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Resolución de Empates |
En caso de producirse un empate en el puntaje final entre dos o más oferentes, se
aplicará, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
1) En caso de existir oferentes empatados se privilegiará al oferente que haya obtenido el
mayor puntaje en la Evaluación de la Oferta Económica (EOE).
2) Si persiste el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la
evaluación técnica (EOT).
3) Si aún continúa el empate, se elegirá al oferente que obtuvo el mayor puntaje en el criterio
de Presentación Oportuna de Antecedentes (EPOA).
4) De persistir el empate se elegirá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el
criterio de Programa de Integridad (EPI).
5) Si aún subsiste el empate este será dirimido por la oferta que ingresó primero al
portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo indicado en el Comprobante de Ingreso de Oferta.
6) Finalmente, si aún subsiste un empate éste será dirimido por el Presidente de la Comisión
Evaluadora, el que justificará su decisión.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El adjudicatario, en su calidad de empleador, será el único responsable del cumplimiento
íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales,
de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás
pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario o adjudicatarios serán responsables, en forma exclusiva, y sin
que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, cotizaciones
previsionales y de salud, honorarios, impuestos, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones,
gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier
concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo,
lo que se realizará en estricto apego a la legislación vigente. El IND estará facultado para exigir,
en cualquier momento, las planillas o documentación que acrediten el cumplimiento de estas
obligaciones.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no
significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos
presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, ni existirá vínculo alguno
de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
El IND podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier tiempo mientras dure la ejecución de
los servicios, la actualización del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
extendido por la Dirección del Trabajo, para acreditar el cumplimiento de remuneraciones y
cotizaciones de seguridad social.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el proceso de evaluación, la Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del
Portal:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error
formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación
de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten
salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, por afectación del principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los proveedores,
esta se sujetara al plazo establecido en el punto 10.2. letra C) de estas bases.
En cuyo caso las aclaraciones solicitadas y las respuestas otorgadas por el proveedor
pasarán a formar parte integrante de su oferta y de los antecedentes del contrato, de
corresponder, en caso de ser adjudicado.
Tanto la solicitud de rectificaciones de los errores u omisiones del oferente o de los
oferentes, como las respuestas del o los interesados, deberán ser informadas a los oferentes a
través del Sistema de Información. Asimismo, no podrán vulnerar el principio de igualdad de los
oferentes y de estricta sujeción a las Bases.
Las respuestas deberán ser entregadas a más tardar en un plazo de 48 horas desde la
formulación de la consulta.
En todos estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio Presentación Oportuna
de Antecedentes a aquellas propuestas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación
de ofertas, con todo lo requerido.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del
Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa
que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con
los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o
los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad
ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o
éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes. El adjudicatario que preste los
bienes o servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto
estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben
entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en
conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días
hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la
Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado
por el Instituto en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a
través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de dos días hábiles, contados desde el
vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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