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PROPONENTES |
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Podrán participar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras y/o uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases, en su llamado y en los documentos Anexos de la propuesta, y que no tengan algunas de las inhabilidades establecidas en el inciso 1° del Artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se transcribe en su parte pertinente:
“(…) Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años”.
En el caso de las personas naturales o jurídicas extranjeras, éstas tendrán la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato, en los términos establecidos en el inciso cuarto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
En caso que él, o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo señalado en el punto 8 de las presentes bases. En el caso de una unión temporal de proveedores, cada proveedor de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La oferta deberá estar disponible, en formato digital, junto con la documentación de respaldo que más adelante se indica, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, en la fecha y hora indicada en calendario de licitación.
Sólo se aceptará una propuesta por oferente, de modo que, existiendo más de una, la Municipalidad de Timaukel sólo analizará aquella que se hubiera presentado primero en el precitado Portal, rechazando las demás.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN |
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Las consultas o aclaraciones que puedan surgir en relación a las presentes Bases, deberán ser formuladas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha de publicación de estas bases y hasta la fecha indicada en calendario de licitación.
Las respuestas estarán en conocimiento de todos los oferentes a través de este mismo medio, a más tardar a la hora del día señalado en calendario de licitación.
La Municipalidad podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
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PRECIO, VALIDEZ DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO |
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La oferta deberá presentarse con valores NETOS, en moneda nacional y deberá tener una validez mínima de 60 días corridos, y en ella se entenderán incorporados todos los gastos e impuestos que pudieren ser aplicables (no se incluye I.V.A) este si correspondiera se ingresará en el anexo económico, debiendo ingresar en la ficha de licitación el valor neto ofertado.
La cancelación se realizará contra la presentación de la respectiva factura una vez realizada la recepción conforme del producto por parte de la Municipalidad de Timaukel, en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción conforme de la factura.
No se permitirá la recepción de la factura con una fecha anterior a la recepción del Servicio.
Las facturas deberán ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, Rut N°69.251.600-1, con dirección en Villa Cameron S/N comuna de Timaukel, Provincia de Tierra del Fuego.
Esta información deberá ser recepcionada por la Entidad dándole por tanto al proveedor la posibilidad de facturar.
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
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El acto de apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y hora indicada en calendario de licitación, en forma electrónica, a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, en una sola etapa, en las dependencias municipales, ubicada en la Villa Cameron S/N, Timaukel.
Al momento de la apertura, el control de los antecedentes legales y/o administrativos, será formal, es decir, sólo se verificará que se presenten todos los antecedentes requeridos. El análisis de fondo de los antecedentes se efectuará con posterioridad durante el período de evaluación de las ofertas.
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COMISION EVALUADORA |
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Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por 3 funcionarios de la Municipalidad de Timaukel, nombrada a través de un Decreto Alcaldicio refrendado por la autoridad competente de este Municipio. La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del reglamento de la Ley 19.886. Además, no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún tipo de donativo de parte de terceros.
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RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de producirse una igualdad en la ponderación de las ofertas presentadas, se adjudicará la licitación a la propuesta que haya obtenido el más alto puntaje en PRECIO. De persistir el empate, se adjudicará la oferta que haya obtenido el más alto puntaje en EXPERIENCIA y si aún se mantiene la igualdad entre algunos oferentes, se dirimirá por el puntaje obtenido en VALOR AGREGADO y por último en CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
Finalmente, de mantenerse de todos modos el empate, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
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LUGAR Y FECHA DE LA PRESTACION DEL SERVICIO |
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El servicio que por este acto se licita debe ser prestado en dependencias Municipales, ubicadas en Villa Cameron S/N, comuna de Timaukel, Provincia de Tierra del Fuego; Región de Magallanes y Antártica Chilena, el día 17 de diciembre de 2019. Iniciará a las 15:30 hrs. y finalizará a las 17:30hrs.
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ERRORES U OMISIONES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad de Timaukel podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo mínimo de 25 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta, según se indique al momento de solicitar dicha aclaración. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, pero se asignará puntaje cero (0), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos”. En caso que no se cumpla con el plazo otorgado se desestimará la oferta por no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación.
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ADJUDICACION |
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La Municipalidad de Timaukel adjudicará la presente licitación a aquel oferente que, encontrándose hábil para contratar con los organismos del Estado, haya presentado la oferta más conveniente a sus intereses, de acuerdo a la evaluación realizada, debiendo notificar el resultado de la licitación a más tardar el día indicado en el Portal Mercado público.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación y/o la línea del producto, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de Decreto fundado o en el acta de evaluación según corresponda.
El Decreto de adjudicación será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha del acta de evaluación.
En el evento que se presente alguna imposibilidad de informar el resultado de la adjudicación, esta situación será notificada en el Sistema de Información, indicando las razones que justifican el incumplimiento, fijando el nuevo plazo para hacerlo, mediante el correspondiente acto administrativo.
En el caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Chile-Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
Los proponentes no favorecidos no percibirán indemnización de ninguna naturaleza, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas.
Las consultas que pudieran suscitarse con motivo de la adjudicación deberán consultarse a través del “Portal Mercado Público” en los foros dispuestos para ello, siendo respondidas por este mismo medio.
No obstante, lo señalado precedentemente, la Municipalidad de Timaukel mediante decreto fundado, podrá declarar desierta la licitación por no convenir a los intereses institucionales o, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en estas bases y en las especificaciones técnicas. Dicha resolución será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas dentro del plazo de 30 días corridos desde la fecha del acta de evaluación.
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READJUDICACION |
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La Municipalidad de Timaukel podrá re adjudicar la presente licitación al oferente que hubiere obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas (y así sucesivamente con el tercero y siguientes), dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o no lo hace dentro del plazo establecido en las bases o en el artículo 65° del DS. N° 250;
b) Si no hace entrega, en el plazo establecido, de los antecedentes requeridos en el numeral siguiente;
c) Si se desista de su oferta o cambia unilateralmente el monto, forma o condiciones de ella;
d) Si rechaza la orden de compra; y,
e) Si no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo indicado en el numeral anterior.
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CONTRATO, VIGENCIA |
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Por tratarse de un contrato de simple y objetiva especificación mayor a 100 UTM y menor a 1000 UTM, se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor y se entenderá formar parte de la orden de compra las condiciones estipuladas en las presentes bases y sus anexos por las cuales se regirán las partes contratantes y la oferta presentada.
Este tendrá una vigencia hasta dos días después del día del evento y el proponente estará obligado a ofertar por el costo que comprende el servicio de acuerdo a las Especificaciones Técnicas y documentos adjuntos a estas bases, asumiendo el adjudicatario todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye además el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, remuneraciones e imposiciones de personal, costos de las garantías, traslados, hospedaje, alimentación y en general todos los gastos que irrogue o exija el cumplimiento del contrato, sea directo o indirecto.
Sin perjuicio de la total tramitación de la resolución aprobatoria del contrato, el adjudicatario iniciará la prestación de sus servicios desde la fecha de aceptación de la orden de compra, la cual deberá ser aceptada en un plazo máximo de 24 horas de emitida la orden de compra, según lo dispuesto en el artículo N° 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Con todo, los servicios sólo podrán ser pagados en la medida que la precitada resolución aprobatoria se hubiera dictado.
En todo caso, si durante la ejecución del contrato, ciertas causas o circunstancias no imputables a culpa o negligencia del adjudicatario hicieren imposible su oportuno cumplimiento, podrá ampliarse el plazo estipulado para su término, previa solicitud por escrito y fundada de éste, la cual en caso de aceptarse sólo podrá ser formalizada mediante la dictación de un decreto fundado que, indicando el motivo de la modificación, cumpla con todos los requisitos indicados en el artículo 79° del DS. N° 250, de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886.
Para todos los efectos legales del contrato las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Porvenir y se someterán a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La Municipalidad está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
3. Si se disuelve la empresa adjudicada.
4. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la ENTIDAD un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
5. Cuando de común acuerdo, la ENTIDAD y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, o bien a la mitad de la ejecución del contrato.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Municipalidad concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
El término anticipado del Contrato deberá disponerse previa resolución fundada dictada al efecto. Además, deberá ser notificado por carta certificada al adjudicatario, salvo en la situación descrita en el N° 1 precedente, en que se requerirá un acta suscrita por el representante legal del adjudicatario y el Sr. Alcalde, dando cuenta de ello.
Con todo, durante el período transcurrido entre la notificación del término anticipado y la nueva contratación que efectúe la Municipalidad de Timaukel, el adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones pactadas.
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MULTAS |
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VER PUNTO 12 DE LAS BASES
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CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario debe dar garantía respecto al resguardo de la confidencialidad de toda la información y antecedentes que él mismo, sus representantes o su personal conozcan con ocasión de la ejecución de los servicios convenidos, la cual será considerada secreta, reservada y confidencial, quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio durante la vigencia del presente contrato o después de su finalización; salvo expresa autorización de la Municipalidad de Timaukel.
La Municipalidad de Timaukel podrá, directamente, ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes y entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor adjudicado que no cumpla con esta cláusula, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
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CESION |
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El Adjudicatario no podrá ceder, transferir o traspasar en forma alguna, total ni parcial los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, ni constituir sobre tales derechos y obligaciones, garantías, prendas u otros gravámenes que la pudiera afectar.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y además documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de la licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables en la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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OTRAS CONSIDERACIONES |
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Las presentes bases prevalecerán por sobre todo otro instrumento emitido en relación a su contenido. Queda absolutamente prohibido al adjudicatario, ceder las obligaciones que asuma en virtud de la presente licitación. Su incumplimiento se regirá por lo dispuesto en el numeral 11 N°4. Además, la Municipalidad de Timaukel no cancelará anticipo alguno al adjudicatario.
En caso de que fuera necesario modificar estas bases, sea por caso fortuito o fuerza mayor; en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes; o, por otras circunstancias debidamente fundamentadas en un acto administrativo debidamente tramitado, se otorgará un plazo prudencial de adecuación, el que será informado en el sitio www.mercadopublico.cl.
Igualmente, si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en estas bases, se informará en el precitado sitio, las razones que justifican dicho incumplimiento, así como el nuevo plazo para la adjudicación.
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