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Resolución de Empates |
En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Experiencia previa.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Precio.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Comportamiento contractual anterior.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de requisitos formales.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Programas de Integridad.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Implementación de Políticas de Inclusividad.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica carolina.gonzalez.s@mop.gov.cl
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones,
debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Normas Laborales
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista cada mes, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del
Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Confidencialidad |
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El proveedor y su personal deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general) reservados, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente contrato hasta por el plazo de 5 años contados desde la finalización del servicio.
El proveedor durante su gestión y mientras dure el presente contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las políticas de Seguridad de la Información que se encuentran vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal web del MOP http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
Para estos efectos, la información confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros.
El cliente se reserva el derecho de ejercer acciones legales que correspondan, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
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Termino anticipado de contrato |
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La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1.Muerte, incapacidad o extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.
2.Incumplimiento grave que afecte continuidad del servicio, seguridad o interés público, incluyendo: no prestación por 48 horas, daños intencionales, no ejecución en 72 horas, atrasos injustificados por más de 21 días.
3.Insolvencia o proceso concursal sin mejora de cauciones.
4.Imposibilidad de ejecutar la prestación sin opción de modificar el contrato (art. 13 bis Ley 19.886).
5 .Interés público, seguridad nacional o emergencias sanitarias que exijan terminación inmediata.
6.Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones con trabajadores actuales o últimos dos años.
7.Conductas no éticas o corruptas: obsequios, influir en funcionarios, tergiversar hechos.
8.Ventaja indebida por información privilegiada en diseño de bases.
9.Multas que superen 30% del contrato o más de tres en seis meses.
10.Situaciones en UTP: inhabilidad, vulneración de libre competencia, retiro de integrantes evaluados, reducción a menos de dos miembros o disolución.
11.Incumplimiento de cláusulas sobre cesión, subcontratación, pacto de integridad o confidencialidad.
12.Indisponibilidad superior a 60 horas hábiles o reiteradas (36 horas mensuales en tres meses).
13.Atrasos reiterados en suplir vacantes claves o falta de continuidad del personal que afecte objetivos.
14.Inhabilitación para contratar con el Estado según Ley N°21.595 sobre delitos económicos, aplicable
también a personas jurídicas con socios condenados.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula "Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos".
Resuelto el término anticipado, en virtud de las causales anteriormente señaladas, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
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Especificaciones técnicas Servicios a licitar |
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Servicios de limpieza de oficinas y bodegas
Servicio de Aseo de Oficina para las dependencias de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas de la Región de Antofagasta, ubicada en 21 de mayo 470. Piso 2.
Las ofertas que no se ajustaren a los requerimientos mínimos definidos en las presentes bases, serán declaradas inadmisibles y no participarán del proceso de evaluación de ofertas. Asimismo, si durante la ejecución del contrato se evidencian incumplimientos respecto de lo señalado en esta cláusula en relación con los servicios ejecutados por el contratista en virtud del servicio contratado, se aplicarán las medidas que procedan según lo dispuesto en la cláusula "Efectos derivados de Incumplimientos del proveedor" de las bases de licitación.
Dependencias
Las dependencias de la “Dirección” en que se deben realizar las tareas diarias y semanales y mensuales son:
Totalidad de las Oficinas de la Dirección (12)
Sala de Reuniones (1)
Cocina (1)
Baños (1)
Bodegas de Documentos (6)
Bodegas de Materiales (1)
Pasillos (1)
Hall Entrada (1)
La superficie aproximada en la que se deberá realizar las labores de aseo es de 305.96 metros cuadrados
Tareas
Las labores de aseo y su frecuencia de realización serán las siguientes:
Tareas Diarias:
Comprende lunes a viernes
Limpieza general de pisos
Limpieza y Sanitización de muebles, como estaciones de trabajo, escritorios, cajoneras, kardex, bibliotecas, sillas y todo mueble existente
Limpieza y Sanitización de artículos de escritorio (teléfonos, máquinas, calculadoras, impresoras, etc.)
Limpieza de equipos computacionales
Limpieza de Horno Eléctrico y Microondas
Limpieza de pasillos y accesos
Limpieza y desinfección de baños y artefactos sanitarios
Limpieza de papeleros y recolección de basura en bolsas se deberá realizar dentro de la jornada, tantas veces sea necesario
Aplicación de lustra muebles al mobiliario que corresponda
Tareas Semanales:
Comprende cada viernes
Tareas Diarias (papeleros y baño)
Limpieza de muebles, piso, lavaplatos, refrigerador y recolección de basura de kitchen. Limpiar, encerar y sacar brillo a piso flotante y piso cerámico
Aplicación de insecticidas contra insectos y preferentemente contra la araña del rincón.
Desinfectar, asear y limpiar profundamente cocina (tanto el espacio físico como los electrodomésticos y otros existentes) Se
acordará con la Dirección y su representante para efectos de la esta licitación el plan de trabajo, quien solicitará y coordinará las
actividades de acuerdo a las necesidades del Servicio.
Tareas Mensuales:
Comprende 1 viernes al mes
Tareas Diarias (papeleros y baño)
Limpieza y lavado de tapices y estructura de sillas, sillones y similares
Limpieza y desmanchado de paredes y vidrios de paneles de estaciones de trabajo
Limpieza de persianas
Limpieza y lavado de camioneta fiscal de la Dirección aparcada en el estacionamiento del recinto
Mantenciones menores de acuerdo a especificaciones Bodegas ubicadas en el subterráneo
Los lugares serán los singularizados a continuación y sus áreas subadyacentes en:
Pisos, paredes, paneles, artefactos e instalaciones y demás sitios que se indican a continuación:
Oficinas y Bodegas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas y que comprende alfombras, estaciones de trabajo, ventanales interiores, paneles, persianas, sillas, sillones y otros.
Servicio higiénico Kitchen
Sala de Reuniones
Horarios
El servicio de Aseo se efectuará los días lunes a viernes entre las 07:30 y 11:30 horas para las “Tareas Diarias”, “Tareas semanales” y “Tareas mensuales”. (El Horario está sujeto a modificación por mutuo acuerdo por efectos externos). El prestador deberá registrar su asistencia a través de la firma en un Libro de Asistencia que proveerá la DCyF para estos efectos.
Materiales
El suministro de los útiles, materiales y máquinas de aseo para el cumplimiento de las actividades descritas en los párrafos anteriores, serán de cargo de la Dirección.
Los materiales utilizados en el uso de baños, tales como papel higiénico y jabones líquidos y/o similares, serán de cargo de la Dirección.
El Proveedor deberá informar a la Dirección en forma permanente y con anticipación, la necesidad de materiales para su reposición.
Equipo de trabajo
Una vez adjudicado, el oferente deberá presentar una nómina definitiva del personal que ejecutará los trabajos incluyendo nombre completo y cédula de identidad. Esta nómina será presentada al Administrador del Contrato/ Contraparte Técnica. El oferente deberá, además, adjuntar a dicha nómina, certificados de antecedentes vigentes de cada persona propuesta, otorgados por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Se deja expresa constancia que la Dirección se reserva el derecho a constatar la validez del certificado o antecedente entregado, así como de la institución emisora. Asimismo, si esta Dirección considera que los antecedentes acompañados no son suficientes para acreditar la idoneidad del personal – desde el punto de vista legal – podrá solicitar al oferente el envío de antecedentes o certificaciones complementarias, a fin de constatar dicha idoneidad, o bien solicitar al oferente que se nomine a una persona diferente.
El Adjudicatario deberá nominar un supervisor de los servicios con atribuciones para decidir respecto de las exigencias y obligaciones operativas y administrativas a que se refiere este contrato.
Se exigirá participación activa del supervisor de los servicios de aseo y sanitización y coordinación presencial de los operativos propuestos para los servicios requeridos en la operación y/o ejecución del trabajo encomendado así como en las reuniones de coordinación con la contraparte técnica de la Dirección.
Todo reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, debe ser debidamente justificado y autorizado por escrito por la contraparte técnica de la Dirección de Contabilidad y Finanzas. El nuevo integrante del equipo operativo deberá tener las cualidades, calificaciones y aptitudes equivalentes o superiores al operador reemplazado.
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Contraparte técnica y coordinación del contrato |
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El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio contratado. Por su parte, el organismo público contratante designará a un administrador de contrato que se vinculará directamente con el adjudicatario.
Las designaciones del coordinador del contrato por parte del proveedor y el administrador de contrato de la entidad contratante deberán realizarse juntamente con la suscripción del contrato.
De todas formas, la contraparte técnica del Servicio estará representada por el Jefa del Sub. Depto. Administración y Remuneraciones Región Antofagasta o su subrogante cuando corresponda.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente al organismo comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato y el suministro de los productos.
b) Representar al proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
d) Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes.
Todo cambio posterior del coordinador del contrato del proveedor deberá ser informado por éste al responsable de administrar de contrato por parte del órgano público comprador, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuado el cambio, mediante correo electrónico.
Por su parte, el organismo comprador definirá un administrador de contrato cuya función será:
Efectuar la coordinación general del contrato,
a) Firmar la factura emitida por el adjudicatario constatando la de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes,
b) Supervisar el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato,
c) Las demás funciones que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes.
d) Emitir Informe Técnico para Multas si así procede.
La vía formal de comunicación entre el adjudicatario y el organismo comprador será exclusivamente el correo electrónico institucional/corporativo, por lo tanto, cualquier materia pertinente a la ejecución del contrato y las prestaciones del servicio adjudicado, deberán ser efectuados por dicha vía de comunicación, siendo inválido cualquier otro medio de interacción, ya sea físico o virtual, salvo que así sea dispuesto expresamente en estas bases de licitación para situaciones particulares.
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Del pago de los servicios prestados |
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El proveedor solo podrá facturar los servicios efectivamente prestados y recibidos conforme por el Servicio, una vez que el administrador del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los servicios. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
El pago de los servicios será en pesos chilenos.
El adjudicatario deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra para el trámite de pago.
Enviar factura electrónica a casilla mop_dte@paperless.cl, cuya casilla es pertinente para cada oficina de la Dirección de Contabilidad y Finanzas – MOP. El Código Unidad de pago 240 y, su ausencia generará el rechazo automático de la factura en el SII.
Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Obras Públicas establece condiciones propias para el pago a proveedores que se dicta a continuación:
El MOP, sólo podrá realizar el pago de las facturas emitidas a través de trasferencias bancarias y es de responsabilidad del adjudicado realizar este trámite notarial y posteriormente presentarlo en Tesorería de la DCyF.
Con el trámite “Autorización de Pagos a Través de Bancos”, las personas naturales o jurídicas, podrán autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas, para que abonen en la cuenta bancaria (corriente, vista o ahorro) que se indique los valores presentados a cobro en cualquiera de los Servicios o Direcciones que conforman el Ministerio de Obras Públicas a Nivel Nacional. La autorización, se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio que pueda ser revocada expresamente por el mismo mecanismo. Esta acción, es coherente con disposiciones estipuladas en la Ley de Presupuesto del Sector Público, que establece que todos los pagos que realicen los órganos de la Administración del Estado a proveedores de bienes y servicios, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos.
Este trámite se realiza a través del siguiente link: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF
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Estandares de Probidad |
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Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la
relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de
probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos
a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Continuidad del personal |
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Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación,
muerte, incapacidad médica, renuncia, vacaciones, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal que
desempeñarán las funciones asociadas a la presente licitación, deberá informar y proponer,
oportunamente, un cambio de nómina de personal de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.
La Dirección exigirá que, durante la vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para
la prestación del servicio, con objeto de resguardar la calidad del servicio, así como velar por la
confidencialidad de la información. De acuerdo con lo anterior, y en caso de ser requerido, durante la
vigencia del contrato, el adjudicatario podrá solicitar a la entidad licitante el cambio del personal que
cumplan dichos roles claves.
Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse los siguientes elementos:
a) El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir con los requisitos exigidos para el perfil,
respecto del personal que reemplazarán.
Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la Dirección, reservándose ésta el derecho de
aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar proponer otra persona, hasta
que éste sea aceptado por el respectivo organismo contratante. En todo caso, si la entidad licitante
considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del contrato, podrá poner término
anticipado al contrato, según lo dispuesto en la cláusula Término anticipado de contrato, numeral 17.
De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su coordinador de contrato u otra persona
debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección, junto a la solicitud de
cambio de nómina de personal, todos los antecedentes que permitan acreditar la experiencia e idoneidad
de la persona propuesta para asumir el rol en cuestión.
El proveedor del servicio debe esperar la aprobación por correo electrónico, de la solicitud por parte de la
entidad licitante, antes de operar el contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos
contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado,
personalmente, por correo electrónico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y
sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días
hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que
lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida
por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad
licitante tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los
descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o
parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una
resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de
la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o
mediante carta certificada.
Recursos: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados
desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar
dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar
todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Consideraciones respecto a las notificaciones:
Las notificaciones que deban practicarse a los proveedores se realizarán mediante correo electrónico
dirigido a la dirección registrada en el Sistema de Información.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizadas e
informar cualquier cambio a la Dirección.
Procedencia de la responsabilidad:
El proveedor adjudicado será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por
aquellos originados en causales de fuerza mayor o caso fortuito, o en los cuales se demuestre que fueron
ocasionados por causas imputables al órgano público comprador o por terceros no vinculados al proveedor
adjudicado.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
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El proveedor adjudicado deberá pagar multas por incumplimientos en la prestación de los servicios,
siempre que estos deriven de su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en las bases de licitación. El
monto de las multas será descontado del pago que la Dirección deba efectuar al adjudicatario en los pagos
más próximos. Esto no impide que la Dirección recurra a los Tribunales Ordinarios para hacer valer la
responsabilidad que surja del incumplimiento.
Incumplimiento de horarios establecidos en los turnos de trabajo
Las multas por atraso en el horario de ingreso o salida anticipada, según el requerimiento técnico, se
aplicarán así:
-Entre 1 y 10 días hábiles de atraso injustificado en el mes: multa del 1% por cada día, sobre el total de la
factura del mes.
-Entre 11 y 20 días hábiles: multa del 2% por cada día, aplicando desde el primer día de atraso, sobre el
total de la factura del mes.
-21 días hábiles o más: causal de término anticipado del contrato.
El proveedor será sancionado por atraso injustificado en la ejecución de actividades programadas,
aplicable desde el quinto día de la primera prestación. Las multas se aplicarán desde el momento en que
debió realizarse la obligación:
-Si no se realiza el servicio dentro de 24 horas: multa del 5% del total de la factura del mes.
-Si no se realiza dentro de 48 horas: multa del 10% del total de la factura del mes.
-Si no se realiza dentro de 72 horas:causal de término anticipado del contrato.
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Documentos integrantes |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes
documentos:
-Ley N°19.886 y su Reglamento, así como sus modificaciones.
-Bases de licitación y sus anexos.
-Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.
-Resolución de adjudicación.
-Oferta adjudicada.
-Contrato definitivo suscrito entre las partes.
-Órdenes de compra que sean emitidas durante la vigencia del contrato.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en
especial respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro. Sin embargo, lo indicado en las bases
de licitación prevalecerá respecto de lo señalado en los demás documentos, con salvedad de la legislación
indicada en el literal a) precedente u otra que resulte aplicable a este proceso.
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Suscripción del contrato |
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Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requerirá la
suscripción de un contrato.
Previo a la suscripción del contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar todos los antecedentes
requeridos, según lo dispuesto en la cláusula Antecedentes legales para poder ser contratado, de estas
bases de licitación. La entrega de los documentos indicados precedentemente será verificada por la
entidad contratante al momento de suscribir el respectivo contrato. Del mismo modo, el adjudicatario
deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores y en estado Hábil al momento de suscribirse el
contrato de prestación de servicios.
El contrato deberá suscribirse dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de
la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información, debiendo ser aprobados
mediante el correspondiente acto administrativo dictado por el organismo público respectivo o quien tenga
poder suficiente para representarlo, cuando proceda.
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en
alguna de las causales mencionadas en el punto Readjudicación de estas bases de licitación.
Si por cualquier causa que sea imputable al adjudicatario el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo,
se entenderá el desistimiento de la oferta, pudiendo la entidad licitante readjudicar la licitación al oferente
que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, de conformidad con la cláusula
Readjudicación.
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Vigencia y renovación |
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El contrato tendrá la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones del buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse
con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe no obstante, su pago estará
condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado
por la Contraloría General de la República en su dictamen N° 14.362, de fecha 2 de abril de 2008 que
permite esta modalidad.
Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder el plazo de 12 meses, contados desde el vencimiento original del período de suministro, sin que se exceda el 30% del monto originalmente pactado en el contrato. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.
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Emisión de la orden de compra |
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La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión
de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor
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Plazo de Entrega |
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Al ser una prestación de servicios, el plazo de entrega se entenderá mes a mes, donde la entidad licitante
entrega los servicios de aseo correspondientes a la cláusula "Requerimientos Técnicos del Bien o Servicio
a Contratar", el cual será evaluado por la Contraparte Técnica.
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Responsabilidades y obligaciones de las partes |
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Del adjudicatario
a)Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
b)El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas
por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada
y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual.
c)Velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes y servicios entregables requeridos en
virtud de los servicios encomendados, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de
incumplimiento de lo solicitado.
d)Las reuniones no comprendidas en estas bases de licitación que se soliciten durante la ejecución del
contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá
documentarse fehacientemente.
e)Responder y gestionar, según corresponda, todos los requerimientos y/o consultas que surjan por parte
de la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contados desde la notificación
de éstas.
f)Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por la entidad licitante, esto es, en los
plazos que la entidad licitante determine para la entrega de éstos.
g)Proveer los servicios que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada
y cumpliendo con las especificaciones y requerimientos técnicos correspondientes establecidos en estas
bases de licitación y en el contrato. Como también los establecidos de mutuo acuerdo con el organismo,
en el caso que hubiese, los cuales deberán ser formalmente informados a la entidad licitante por correo
electrónico a la contraparte técnica individualizada en el contrato de prestación de servicios.
h)El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago
oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de
movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a
sus trabajadores.
i)Acreditar a la mitad del período de vigencia del contrato, y con un máximo de seis meses, el
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales según lo indicado en la cláusula "Saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social".
j)Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de
servicios.
k)En caso de que el adjudicatario sea una persona natural, y esta misma sea quien ejecutará los servicios
establecidos en las presentes Bases de Licitación, deberá, ante cualquier impedimento que le imposibilite
cumplir con los servicios indicados en los Requerimientos Técnicos de estas bases, designar a una
persona que lo o la reemplace. Para ello, deberá informar al coordinador del contrato derivado de estas
bases, indicando el nombre completo, RUT y período en que se efectuará dicho reemplazo. Bajo ninguna
circunstancia es de responsabilidad de la Dirección coordinar dicho reemplazo.
De la entidad contratante
a)Verificar la concordancia entre el producto/servicio adquirido y el producto/servicio recibido.
b)Efectuar la recepción conforme de los productos y/o servicios entregados verificando que estos cumplan
con el estándar requerido que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta
adjudicada. El organismo contratante deberá velar por realizar dicha recepción conforme dentro de los
plazos establecidos en las bases de licitación.
c)Realizar los pagos oportunamente según lo dispuesto en la cláusula Pago.
d)Velar por la correcta ejecución del contrato de prestación de servicios.
e)Aplicar las medidas que procedan ante incumplimientos que eventualmente pueda incurrir el proveedor
contratado, durante la vigencia del contrato, según lo dispuesto en la cláusula Efectos derivados de
incumplimiento de estas bases tipo de licitación y de acuerdo con el procedimiento dispuesto en la
cláusula Procedimiento para la aplicación de multas de éstas.
f)Verificar a la mitad del período de vigencia del contrato, y con un máximo de 6 meses, el cumplimiento de
lo dispuesto en la cláusula Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social de
estas bases de licitación, esto es, la acreditación, por parte del proveedor, de que no registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, sin perjuicio de exigir lo señalado en cualquier momento
mientras el contrato se encuentre vigente.
g)Velar por el cumplimiento del deber de abstención de sus autoridades y/o funcionarios, independiente de
su calidad jurídica, en lo que respecta a su intervención en el proceso de contratación, y posterior
ejecución contractual, conforme a lo señalado en el artículo 35 quinqués de la Ley N°19.886.
h)Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de
servicios.
i)Mantener una adecuada y fluida comunicación con el proveedor a través de su contraparte técnica y
todos aquellos funcionarios que intervengan en el proceso de pago de los servicios y/o productos
entregados por el proveedor.
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Domicilio y jurisdicción |
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Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Antofagasta y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales
Ordinarios de Justicia.
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