1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2. NORMATIVA:
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3. PARTICIPANTES:
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5. VISITA A TERRENO
Con la finalidad de conocer las dependencias y que los oferentes puedan desarrollar la propuesta, es necesario que el oferente realice una visita a terreno de carácter obligatorio, la que se llevará a efecto, al quinto (5) y sexto (6) día hábil luego de ser publicada la licitación, ambas de acuerdo al siguiente horario:
En el primer día: La visita comenzará a las 10:00 Hrs Recinto Enlace Penco. Luego, a las 15:30 hrs., en la inspectoría de Santa Juana.
En el segundo día: la visita comenzará a las 10:00 Hrs., en la Inspectoría de Florida. Luego a las 15:00 en la Inspectoría de Hualqui.
Ambas visitas serán guiadas por un funcionario de la Dirección Provincial de Vialidad. Cabe destacar, que será un requisito obligatorio la visita de un representante de la empresa a las dependencias en dónde se requiere el servicio, por lo tanto, deberá firmar por la respectiva acta de visita a terreno. La no presentación a esta visita a terreno será causal para dejar la oferta fuera de bases.
ACTA DE VISITA A TERRENO
En Concepción, a X de X de 2026 se deja constancia de que las Empresas que participaron en la visita obligatoria, de acuerdo a lo señalado en el punto 1.10.5 “VISITA A TERRENO”, correspondiente a Bases de Licitación Pública Id. N° 998-XX-LP26 “SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, son las siguientes:
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Empresa Asistente
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Rut de la Empresa
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Firma
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1.10.6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
La Dirección de Vialidad Región del Biobío, requiere contratar el Servicio de Seguridad, Vigilancia y Televigilancia para resguardo del recinto, oficinas, talleres, materiales, maquinarias, equipos y vehículos de la administración directa de faenas. Se contempla el servicio presencial de 24 hrs en Recinto Fiscal de la Dirección Provincial de Vialidad Concepción, ubicado en Ruta 150 Km. 6,5 Comuna de Penco y, servicio presencial nocturno en los siguientes recintos: Inspectoria de Hualqui, ubicada en Calle Portales Nº 890; Inspectoria de Santa Juana, ubicada en Calle Pedro de Valdivia #736 e Inspectoria de Florida, ubicada en Ruta N-48-O, aproximadamente Km 41, Comuna de Florida, Provincia de Concepción.
Asimismo, según se indica en el siguiente punto, en ciertos recintos debe realizar tele vigilancia de cámaras en controles de acceso, instaladas en el mismo recinto a través de equipos de monitoreo (TV) con sistema de respaldo de la Información, debiendo entregarse dichos respaldos mensualmente o cuando el Inspector Fiscal lo requiera.
1.10.6.1. FUNCIONES GENERALES SEGÚN RECINTO:
A) Servicio de Guardias
- Oficina Provincial de Vialidad Concepción (Enlace Penco): Servicio de Seguridad, Vigilancia y Televigilancia las 24 hrs, los 365 días del año, sin excepción.
- Inspectoría de Hualqui, Santa Juana y Florida: Servicio de Seguridad, Vigilancia 12 Horas del día, de lunes a viernes de 19:00 a 7:00 Hrs, los 365 días del año, sin excepción. Sábado, Domingo y festivos, 24 hrs, los 365 días del año, sin excepción.
B) Servicio de Televigilancia
Es la observación permanente de las imágenes proyectadas por las cámaras en monitores ubicados en la Oficina Provincial e Inspectorías, tales como:
- Inspectorías de Hualqui, Santa Juana y Florida, televigilancia remota permanente, mediante sistema de cámaras de seguridad instalado en cada recinto, con monitoreo centralizado desde la Oficina Provincial de Vialidad Concepción (Enlace Penco), operando las 24 horas del día, los 365 días del año, sin excepción.
Durante la ejecución del contrato, el proveedor deberá entregar, cada vez que el Inspector Fiscal lo solicite, mediante correo electrónico, el respaldo de las grabaciones generadas por el Sistema de Videovigilancia, correspondientes a un período de hasta tres (3) meses anteriores a la fecha de la solicitud.
La información requerida deberá ser proporcionada en un dispositivo de almacenamiento externo, ya sea pendrive o disco duro, que contenga los registros solicitados. En caso de que el proveedor no entregue la información requerida dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la recepción de la solicitud, se aplicará la multa establecida en el numeral 1.10.16 “Sanciones” de las presentes Bases.
1.10.6.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD PRESENCIAL:
a) Proteger las maquinarias, equipos y vehículos pesados del Recinto.
b) Efectuar rondas con validación por marcación celular GPS.
c) Fiscalizar el acceso en las entradas al recinto (portones y puertas), controlando la identidad de quienes ingresen y registrando en el libro de novedades, en los días y horarios establecidos.
d) Proteger los bienes materiales.
e) Prevenir, disuadir, detectar o neutralizar la ocurrencia de conductas reñidas con la legalidad de personas ajenas a estas dependencias.
f) Proponer por escrito a la Dirección de Vialidad las modificaciones de las normas que estime conveniente para obtener una vigilancia eficaz.
g) Preservar la normalidad de las actividades propias de la Dirección de Vialidad diariamente.
h) Entregar a la Dirección de Vialidad los antecedentes necesarios para realizar la respectiva denuncia ante los tribunales de Justicia o Ministerio Público frente al daño provocado por terceros.
i) Cumplir y hacer cumplir las normas de orden interno establecidas por la Dirección de Vialidad relacionadas con la vigilancia para resguardar la seguridad de las Instalaciones ante la posible acción de terceros extraños.
j) Aplicar los diferentes procedimientos contra incendio, robo, rondas, contra amenazas de bomba, control de acceso, protección del sitio del suceso, plan de emergencia y evacuación cuando sea atingente.
1.10.6.3. RECURSO HUMANO
Para el servicio presencial, se requerirá por parte del Proveedor, el contar con el recurso humano necesario para la realización del servicio operacional de los Guardias de Seguridad, tanto en el recinto fiscal “Enlace Penco” como en las Inspectorías, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.10.6.1.
No se considerarán las ofertas que no contengan la dotación mínima que se señala en el siguiente cuadro:
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GUARDIAS
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Enlace Penco
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Inspectoría de Hualqui
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Inspectoría Santa Juana
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Inspectoría Florida
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TURNO DE DIA
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2
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1 (Sábado, Domingo, Festivo)
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1 (Sábado, Domingo, Festivo)
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1 (Sábado, Domingo, Festivo)
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TURNO DE NOCHE
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2
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1
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1
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1
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- Esta información deberá ser indicada por el Proveedor en Formulario N° 5 “Dotación mínima de personal”, requerido en el punto 1.5 de las presentes bases de licitación, que deberá ser firmado por el oferente o por quien represente a la Empresa.
Inherente a las labores de Guardia y Seguridad que requiere la Dirección de Vialidad, la empresa deberá proporcionar recurso humano en condiciones físicas y psíquicas acordes a esas necesidades, que pueda reaccionar rápida y eficazmente frente a la ocurrencia de contingencias que ameriten la intervención del o los guardias dentro del perímetro del recinto o en los accesos a este, por ejemplo: agresiones de terceros a funcionarios de la Dirección de Vialidad o frente a acciones delictuales o vandálicas flagrantes.
Para el comienzo del contrato, a las 00:00 horas el proveedor adjudicado, deberá disponer de dos guardias en “Enlace Penco” y un guardia en cada Inspectoría (Hualqui, Florida y Santa Juana).
1.10.6.4 DOCUMENTACION DEL PERSONAL DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO:
En caso de que durante la vigencia del contrato, sea necesario reemplazar a algún trabajador, ya sea por decisión de la empresa, o por requerimiento de esta Dirección de Vialidad, el nuevo trabajador deberá cumplir con los mismos requisitos que el personal habitual, debiendo presentar a su respecto los antecedentes requeridos en el punto 1.6 letra e).
1.10.6.5. FUNCIONES GENERALES
El oferente adjudicado deberá presentar, a más tardar a los 15 días hábiles de iniciado el contrato, un dosier con “Procedimiento de trabajo” en el cual se incluya una propuesta de procedimientos de emergencia y evacuación específicos para el recinto de la Oficina provincial, para los siguientes casos:
a) Procedimiento contra incendio.
b) Procedimiento contra robo. (Para este procedimiento de forma puntual, la Empresa deberá establecer el reemplazo de los guardias, en la eventualidad que ocurra un asalto y estos sean violentados. Esto quiere decir, que si los guardias son retirados del turno, la Empresa adjudicada deberá cubrir dichas ausencias.)
c) Procedimiento de rondas.
d) Procedimiento contra amenaza de bomba.
e) Procedimiento de control de acceso.
f) Procedimiento de protección del sitio del suceso.
g) Procedimiento de emergencia y evacuación cuando sea atingente.
En el caso de la ocurrencia de cualquiera de las situaciones descritas en este punto en cualquier horario, la empresa deberá entregar informe detallado de lo sucedido, en un plazo no superior a 12 horas de ocurrido los hechos.
Para tal efecto, la Dirección de Vialidad una vez contratado el servicio de vigilancia, entregará los protocolos internos a la empresa; para que con ello elaboren su propuesta de “procedimientos de trabajo”, cuyo dosier deberá ser aprobado por el Inspector Fiscal del contrato, quien lo revisará y podrá emitir observaciones en caso de ser necesario en un plazo de 15 días hábiles de iniciado el contrato. La aprobación de los procedimientos, se realizará estampando en los documentos firma y timbre de APROBACION de la revisión de los procedimientos finales.
Estos serán exigibles en el desarrollo del contrato. Su no presentación será causal de multa.
Cabe mencionar, que estos deberán abarcar y contener como referencia los alcances y requisitos indicados en los procedimientos institucionales.
1.10.6.6. DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE LA EMPRESA
Será de responsabilidad del proveedor, el tener al día los pagos de las remuneraciones, imposiciones, los que serán exigidos por el Inspector Fiscal a cargo del contrato, al momento de presentar la respectiva factura para su aprobación y posterior pago.
Además la Empresa debe contemplar lo siguiente:
a) Colación del personal será proporcionado de cargo de la Empresa adjudicada, en ningún caso el valor de la colación será de cargo de la Dirección de Vialidad.
b) No se permitirá ningún tipo de colación, comida o refrigerio individual fuera del recinto.
c) Serán de cargo de la Empresa suministrar a sus trabajadores: refrigerador, microondas, hervidor de agua y lockers. Deberá proveer de 4 calefactores eléctrico de no más de 800 watts de potencia y será de su responsabilidad y cargo, la mantención y correcto funcionamiento en el recinto Enlace Penco, y en el caso de las Inspectorías solo es necesario, hervidor, calefactor.
d) Serán de cargo de la Empresa la ropa de trabajo, libro de novedades, control de asistencia, útiles de escritorio y cualquier otro elemento necesario que requiera el personal para la prestación del servicio objeto de dicha licitación.
e) Todo el personal que contrate el proveedor será por su cuenta y exclusiva responsabilidad, no teniendo en consecuencia relación contractual con la Dirección de Vialidad, de modo que sus remuneraciones, imposiciones previsionales, impuestos, bonificaciones y cualquier otra forma de remuneración le serán pagadas por el proveedor, asimismo será de este los costos que originen cualquier eventual accidente de trabajo que pudiere afectar el personal por el contrato.
f) La Dirección de Vialidad proveerá un lugar para que la empresa lo utilice como lugar de cambio de vestimenta, almacenaje de materiales y equipos de trabajo.
g) La empresa velará por tener la dotación para la respectiva instalación y los reemplazos que por cualquier motivo se generen. Siempre se deberá cumplir el requisito solicitado en el punto 1.10.6.3. “Recurso Humano”. Los reemplazos del personal deberán ser informados oportunamente al Inspector.
h) Revisar una vez al día los reportes de las distintas cámaras de video vigilancia y enviar reporte de novedades diariamente.
1.10.6.7. UNIFORME DE TRABAJO Y EQUIPAMIENTO
La empresa adjudicada deberá proveer de todos los elementos descritos en los artículos octavo y noveno del título II “DE LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD, NOCHEROS, PORTEROS Y RONDINES” del Decreto 867 del 13/06/2027 del Ministerio del interior y seguridad pública “DICTA REGLAMENTO SOBRE NUEVOS ESTÁNDARES PARA PERSONAS, PERSONAL Y EMPRESAS QUE RECIBEN SERVICIOS O REALIZAN ACTIVIDADES DE SEGURIDAD PRIVADA, Y MODIFICA DECRETOS QUE INDICA”
Estas prendas y elementos, deberán ser entregados a los trabajadores al momento de comenzar a regir el Contrato, y en ningún caso serán de costo de los trabajadores.
En el caso de que el vestuario se deteriore o sea de mala calidad, será responsabilidad del oferente su reposición. Es deber de la empresa velar por el estado del vestuario, sin perjuicio de que el Inspector Fiscal designado podrá notificar y exigir el cumplimiento del buen estado del mismo y la debida reposición de éste, si así corresponde.
Adicionalmente, se solicita que los guardias, al momento de comenzar a regir el contrato y durante todo su desarrollo, posean los siguientes elementos:
a) Linterna LED de tamaño grande (5), con sus respectivas pilas y/o cargadores, dos para enlace Penco y las restantes para Inspectorías.
b) Un Teléfono celular en cada instalación (4 en total) con minutos y datos suficientes para realizar llamadas al supervisor, inspector fiscal, carabineros u otro funcionario de Vialidad en caso de alguna contingencia en todas las instalaciones.
c) Equipos de radiocomunicación (3) equivalentes a Motorola o Kenwood con programación digital de una frecuencia y dos canales. Estos equipos serán para comunicación interna de los guardias (2), y el tercero le será entregado al Inspector Fiscal u otro funcionario responsable del recinto fiscal.
Nota: Una vez terminado el contrato, el Proveedor deberá retirar todos sus equipos.
Será responsabilidad del supervisor de la empresa el correcto uso de los mismos.
1.10.6.8. SISTEMA DE GRABACIÓN DE IMÁGENES (CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN) Y ESPEJO PANORAMICO
La empresa adjudicada deberá instalar, a su entero costo, un sistema de grabación de imágenes (Circuito Cerrado de Televisión – CCTV), con el objeto de reforzar la seguridad de las instalaciones, controlar accesos, registrar eventos relevantes y permitir el almacenamiento y reproducción de imágenes frente a eventuales hechos constitutivos de delito, daños a bienes fiscales o ingresos no autorizados.
El sistema deberá contemplar, como mínimo, los siguientes equipos y características:
a) Dieciocho (18) cámaras fijas tipo Bullet o Turret IP, para exterior, con resolución mínima de 4 MP, compresión H.265 o superior, visión nocturna infrarroja mínima de 30 metros, protección IP67 o superior y capacidad de detección de personas y vehículos.
b) Una (1) cámara PTZ IP, con resolución mínima de 4 MP, zoom óptico mínimo de 20x, giro horizontal continuo de 360°, visión nocturna mínima de 100 metros, protección para intemperie y capacidad de seguimiento automático de objetivos (Auto Tracking) o equivalente.
c) Sistema de grabación NVR, compatible con la totalidad de las cámaras instaladas, con capacidad de almacenamiento suficiente para conservar registros continuos por un período mínimo de 30 días.
d) Dos (2) televisores o monitores de monitoreo, de al menos 43 pulgadas, resolución UHD o superior, para instalación en la Oficina Provincial de Vialidad Concepción (Enlace Penco).
e) Cuatro (4) monitores LED, de al menos 32 pulgadas, destinados a los puestos de vigilancia de Enlace Penco, Inspectoría de Florida, Inspectoría de Hualqui e Inspectoría de Santa Juana.
f) Todo el cableado, canalizaciones, soportes, accesorios, fuentes de alimentación, equipos de comunicación y demás elementos necesarios para la correcta instalación y funcionamiento del sistema.
g) Aplicación o plataforma para monitoreo remoto desde dispositivos móviles Android e iOS, así como acceso desde computador (de la empresa) autorizado por la Dirección de Vialidad.
Distribución mínima de cámaras:
* Oficina Provincial de Vialidad Concepción (Enlace Penco): 9 cámaras fijas y 1 cámara PTZ.
* Inspectoría de Florida: 3 cámaras fijas.
* Inspectoría de Hualqui: 3 cámaras fijas.
* Inspectoría de Santa Juana: 3 cámaras fijas.
La ubicación definitiva de las cámaras será determinada por el Inspector Fiscal al inicio del contrato, considerando accesos vehiculares, accesos peatonales, patios de estacionamiento, sectores de acopio de materiales, talleres, galpones y otros puntos que requieran cobertura de vigilancia.
La empresa deberá efectuar la instalación completa y dejar el sistema operativo dentro de los primeros 5 días corridos contados desde el inicio del contrato.
Asimismo, será responsable de la operación, mantención preventiva y correctiva, soporte técnico y reposición de equipos defectuosos durante toda la vigencia del contrato.
El sistema deberá permanecer operativo las 24 horas del día, los 7 días de la semana (Proveer su propia conectividad a internet y no intervenir ni conectarse a la red de comunicaciones institucional).
h) Instalación de espejo panorámico en la dependencia de Enlace Penco.
Una vez finalizado el contrato, y dentro del plazo máximo de 5 días hábiles, la empresa deberá retirar todos los equipos de su propiedad, previa coordinación con el Inspector Fiscal, levantándose un acta de retiro y conformidad correspondiente.
1.10.6.9. CONTROL DE RONDAS
La empresa adjudicataria, deberá confeccionar un sistema de control de rondas en el recinto ubicado en Ruta 150, Km. 6.5, mediante sistema de marcación celular por GPS, lo anterior para un mínimo de diez puntos de marcación. Dicho sistema deberá estar operativo las 24 horas del día y los 7 días de la semana. En caso de no ejecución de las rondas respectivas, el inspector fiscal notificará a la empresa la eventual multa de acuerdo a lo indicado en el punto 1.10.16 Sanciones.
El sistema de control deberá entregar reporte diario el cual será entregado al supervisor.
Una vez terminado el contrato, el proveedor deberá retirar sus equipos.
El control de rondas, deberá realizarse cada una hora, en los puntos de marcación determinados por el Inspector Fiscal, cuyo informe debe entregarse al inspector fiscal mensualmente, de acuerdo al siguiente detalle:
La ubicación de puntos para marcación se determinará al momento de comenzar el contrato
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Recinto
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Cantidad de puntos a controlar
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Enlace Penco
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10
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Inspectoría Florida
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4
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Inspectoría Hualqui
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4
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Inspectoría Santa Juana
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4
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Nota: El incumplimiento en la entrega del informe mensual de las rondas, será sancionado conforme lo establecido en el punto 1.10.16 “Sanciones”.
1.10.6.10. SUPERVISIÓN DE LA EMPRESA:
La empresa prestadora del servicio de seguridad, contará con al menos 1 supervisor para el control interno y desarrollará las siguientes actividades en el contrato:
- Tener permanente control del personal asignado al Recinto.
- Visitar al menos una vez en la semana (7 días) al personal que está cumpliendo el servicio de vigilancia en el Recinto.
- Recibir el reporte de entrada y salida del turno de los guardias.
- Dejar registro en el libro respectivo de las novedades detectadas en su visita.
- Informar inmediatamente al Inspector Fiscal la ocurrencia de hechos delictivos o emergencias de incendio, dentro del recinto fiscal enlace penco o inspectorías
- Efectuar seguimiento a las novedades producidas.
- Mantener informado al Inspector Fiscal de las novedades producidas.
- Entregar al IF informe de las falencias observadas en cada instalación y proponer mejoras.
1.10.6.11. DEL LIBRO DE NOVEDADES Y REGISTROS
Este libro será proporcionado por la empresa adjudicada, será de tamaño oficio, con sus hojas debidamente foliadas. Se efectuarán en él todas las anotaciones pertinentes, se registrarán las visitas de control y las observaciones rutinarias del Inspector Fiscal.
Se dejará la primera hoja para anotar los teléfonos de emergencia, como Bomberos, Plan Cuadrante tanto del Recinto Fiscal Enlace Penco, como el de las respectivas inspectorías contempladas en el servicio, Ambulancia Mutual (a la cual está adscrita la Empresa de Vigilancia y de la Dirección de Vialidad), Supervisor, Inspector Fiscal, etc. Esta hoja será firmada por el Supervisor de la Empresa.
En la segunda hoja, se anotarán los cargos fijos (inventarios), tanto fiscales o de la empresa que forman parte del servicio de vigilancia. Esta Hoja será firmada por el Inspector Fiscal y el Supervisor de la Empresa.
A partir de las siguientes, las hojas se rayarán para formar las columnas que se denominarán HORA / OBSERVACIÓN.
Cada turno deberá iniciar el servicio, encabezando en el libro de novedades, los siguientes antecedentes:
Concepción, xx de (mes) de 202(x)
Turno de (xx) horas a (xx) horas
Guardia de Turno: “Juan xxxxxx.”
Cargo Fijo: (c/s novedad, según corresponda)
Cada turno se cerrará con la firma y nombre del guardia que entrega y del que recibe.
En caso de quedar líneas en blanco entre la entrega y recepción de los turnos al final de página, deberán invalidarse a través de una línea en diagonal.
Para el caso del ingreso de personal o vehículos fiscales o particulares, fuera de los horarios laborales, fines de semana o festivos, deben ser autorizados por el Inspector Fiscal del contrato del recinto respectivo, y quedará dicha autorización en Libro de Novedades, para el respectivo control y autorización de ingreso.
La empresa deberá dar aviso oportuno, mediante correo electrónico al Inspector Fiscal, de algún desperfecto en el sistema de Tele Vigilancia.
Deberá así mismo el oferente adjudicado mantener un libro de registro para registrar y controlar el flujo peatonal, vehicular, carga y descarga, y de quienes transiten por las dependencias señaladas en las Bases, especificando, los horarios de la entrada y salida de éstos. Para el caso de los funcionarios, deberá solicitarse el porte de su credencial.
1.10.6.12. DEL ARCHIVADOR DE ANTECEDENTES
En la portería deberá estar disponible, en todo momento y actualizado, un archivador con los siguientes antecedentes, para la revisión y control de las Autoridades Fiscalizadoras, en el siguiente orden:
a) Copia de la Resolución que Adjudica el Contrato.
b) Directiva de Funcionamiento autorizada por el Depto. OS-10 de Carabineros, actualizada.
c) Certificado de Adscripción a Mutualidad (de la Empresa).
d) Antecedentes Personales de los trabajadores:
1.- Copia del Contrato de Trabajo.
2.- Copia de la Cédula de Identidad por ambos lados.
3.- “Derecho a Saber” firmado por el trabajador.
4.- Copia del Seguro de Vida del trabajador.
5.- Copia de la Credencial de Guardia.
6.- Copia de recepción conforme de los EPP respectivos.
e) Lista de Procedimientos para casos de incendios, accidentes, rondas, control de acceso, emergencia u otros.
f) Otros antecedentes pertinentes de conocimiento.
1.10.6.13. REVISION DE ANTECEDENTES POR EL INSPECTOR FISCAL
Cada mes, el INSPECTOR FISCAL, solicitará la siguiente documentación a la empresa:
- Copia del libro de asistencia del mes.
- Copia de las liquidaciones de sueldo de los trabajadores que se desempeñaron durante el mes en las instalaciones de la Dirección de Vialidad, las que deben contener el timbre de la Empresa, firmas de trabajador y empleador (de lo contrario el comprobante de depósito).
- Certificado de pago de Cotizaciones de obligaciones laborales y previsionales y de Salud, emitido por FONASA o la(s) correspondientes ISAPRES y las AFP.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección de Trabajo.
- Contrato de Trabajo
- Copia de Cedula de identidad.
- Copia de licencias Médicas.
- Finiquitos firmados (si correspondiere), de lo contrario comprobante de aviso correo o carta aviso empleador.
- Carta de cambio de instalación. Se entiende, en el caso que el trabajador sea cambiado por la empresa a otro lugar de trabajo y debe ser notificado de este cambio.
La documentación antes mencionada debe ser recepcionada por el Inspector Fiscal. Luego de su revisión, con la recepción conforme del Inspector Fiscal, más la evaluación del servicio, se procederá solicitar a la empresa que facture, informando por correo electrónico. Luego de ello, se envía a pago la factura del mes correspondiente.
1.10.7. INGRESO DE OFERTAS:
La documentación referida en el punto Nº 1.5. "Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.7.1 Contenido de las ofertas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que, se prohíbe la doble participación en un mismo proceso licitatorio; por lo tanto, un oferente no podrá presentar una oferta de forma individual y, al mismo tiempo, participar a través de una Unión Temporal de Proveedores (UTP). Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
1.10.8. APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.8.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.8.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.9. RESOLUCIÓN DE EMPATES:
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de mantenerse la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Condiciones de empleo y remuneración”.
De persistir el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio "Experiencia de los oferentes".
De persistir el empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
Si se mantiene el empate, se establece como quinto mecanismo de desempate, que se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Comportamiento contractual del proveedor”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
1.10.10. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, al oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, que estarán integrados por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiarán los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente.
Asimismo, declarará desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad.
Además, la Dirección de Vialidad, declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 54 del Reglamento de Compras, la integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
1.10.10.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución dictada por el Director Regional de Vialidad Biobío, la que será publicada en www.mercadopublico.cl , una vez que se encuentre totalmente tramitada.
1.10.10.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.10.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA:
La Orden de Compra será enviada por el monto total de servicio y será emitida una que se cumplan los siguientes requisitos:
1.10.10.3.1) Esté tramitada la resolución que aprueba la contratación del Servicio.
1.10.10.3.2) Entregada la Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento, que en la eventualidad que corresponda a una Boleta Bancaria o Póliza de seguro, la Unidad de Compras la remitirá al Fiscal Regional del Ministerio de Obras Públicas para su visación.
1.10.10.3.3) Plazo de entrega del Servicio: El servicio deberá prestarse desde las 00:00 hrs. del día que se indique en la orden de compra, previa aceptación de esta por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”. Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.11. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN:
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.12. GESTIÓN DEL CONTRATO:
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; En el caso que se encuentre inhabil, se otorgará un plazo de 15 días hábiles para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se procederá dar término al contrato. En caso contrario, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato, y procederá al cobro de la garantía de hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Lo anterior, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo inciso 2° del artículo 159 del Decreto 661/2024.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable, 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: La duración del contrato será de 12 meses, a partir de las 00:00 hrs. del día habil siguiente, previa aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. El contrato regirá durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá facilitar al Inspector Fiscal fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y si corresponde, procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16.1.1., de las bases de licitación.
f ) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
f.1) Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial.
Se entenderá que se alteran estos elementos:
- Cuando se efectúan modificaciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, que provocaría aceptar una oferta distinta a la aceptada inicialmente o hubiese afectado al principio de libre concurrencia de los participantes.
- Cuando se efectúan modificaciones que alteran el objetivo primitivo de la contratación.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2) Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.13 PRÓRROGA DEL CONTRATO
En caso que el nuevo proceso de compras no esté afinado al término del presente contrato, y debido a la imperiosa necesidad de contar con el servicio de seguridad funcionando, este se podría prorrogar de común acuerdo de las partes, mientras esté en condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga, será por un plazo máximo de dos (2) meses.
En este caso, el proveedor deberá, además, presentar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por dicha prórroga. El monto de esta Garantía será el equivalente al 5% del valor neto del contrato de prórroga, y el o los instrumentos que garanticen el pago, deberán cumplir con las mismas exigencias y condiciones establecidas para la garantía solicitada inicialmente. La nueva garantía deberá ser presentada hasta el 5º día hábil, contado de la resolución que autoriza la prórroga. En caso contrario, se procederá al término del contrato, de conformidad con el vencimiento del plazo de vigencia original.
La aceptación de la prórroga por parte del proveedor adjudicado deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días corridos luego de formulada la solicitud por correo electrónico por parte del Área de Adquisiciones Regional. En caso de no manifestar su aceptación dentro del plazo indicado, se entenderá como rechazada.
1.10.14. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y PAGO:
1.10.14.1. RECEPCIÓN:
El Inspector Fiscal recibirá conforme el servicio, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya prestado efectivamente el servicio.
2) Que se haya obtenido el certificado de habilidad del proveedor, por el encargado de adquisiciones respectivo. En caso que se encuentre inhábil, se otorgará un plazo de 10 días corridos para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se procederá término al contrato. Lo anterior, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo inciso 2° del artículo 159 del Decreto 661/2024.
3) Que el proveedor adjudicado, haya presentado el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo, en el cual consigne que no presenta deuda previsional para el mes del cual se está haciendo el cobro. Esta documentación podrá hacerla llegar al correo o como lo determine el Inspector Fiscal del Contrato.
4) Chequeo del punto 1.10.6.13. REVISION DE ANTECEDENTES POR EL INSPECTOR FISCAL.
5) Acta de recepción conforme, formulario de evaluación del proveedor y comprobante de recepción conforme desde Mercado Público.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.14.2. FACTURACIÓN:
El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la ejecución del contrato.
2) Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual) y serán solo una vez que se haya ejecutado el servicio cada 30 días.
3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme por hito"
4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código:
CÓDIGO 1000 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION
7) La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
8) En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N° 21.796 de presupuestos año 2026, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la recepción conforme de lo contratado.
1.10.14.3. PAGO:
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.
1.10.15. FACTORING:
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.16. SANCIONES
1.10.16.1 MULTAS: las multas que procedan se aplicarán administrativamente, descontando el monto de la factura a pagar, según el procedimiento que se indica más adelante.
Tablas de multas por incumplimiento de aspectos técnicos:
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INCUMPLIMIENTOS ASPECTOS TÉCNICOS
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MULTA DIARIA O POR EVENTO
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Tope máximo
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Multa por atraso en la implementación del servicio por causa imputable al adjudicado, de acuerdo a la fecha establecida de inicio en el punto 1.10.6.8. SISTEMA DE GRABACIÓN DE IMÁGENES (CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN) Y ESPEJO PANORAMICO, con tope de 10 días corridos.
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1 UF
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10 UF
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Multa por atraso en la entrega del dossier de acuerdo a lo establecido en el punto 1.10.6.5. FUNCIONES GENERALES, con tope de 5 días hábiles.
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1 UF
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5 UF
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Multa por mal comportamiento del personal, en caso que sean sorprendidos durmiendo, consumiendo o bajo los efectos del alcohol y/o drogas, así como maltrato verbal o físico con los funcionarios y entre ellos, quedando registrado en el libro de novedades, con tope de 4 eventos.
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2 UF
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8 UF
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Inasistencia de personal de guardia (por cada día), con un tope de 10 eventos.
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3 UF
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30 UF
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Multa por atraso en ingreso al turno de personal de guardia (por cada oportunidad).
Se considera atraso por sobre 5 minutos de la hora de ingreso.
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0.5 UF
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15 eventos
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Multa por inasistencia en la visita del supervisor de la empresa, según lo establecido en el punto 1.10.6.10 letra b), con un tope de 5 eventos.
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1 UF
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5 UF
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Multa por inasistencia de personal de reemplazo (por cada día), con un tope de 4 eventos.
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3 UF
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12 UF
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Inhabilitación de teléfono celular (por cada día), con un tope de 5 eventos.
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1 UF
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5 UF
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Multa por guardia prestando servicio sin el uniforme o equipamiento de acuerdo a Decreto 867 o lo solicitado en el punto 1.10.6.7. UNIFORME DE TRABAJO Y EQUIPAMIENTO (por cada día). Con un tope de 5 eventos.
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1 UF
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5 UF
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Multa por incumplimiento de la entrega de respaldo de videos a solicitud del Inspector fiscal mediante correo electrónico, donde se almacenen los registros obtenidos por el Sistema de Video vigilancia. Con un tope de 5 eventos.
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2 UF
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10 UF
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Multa por no tener carpeta con la documentación al día, en la garita de portería, para la fiscalización de las Autoridades pertinentes (periodo mensual), con un tope de 5 eventos.
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2UF
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10 UF
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Multa por no reparar sistema de Televigilancia, en un plazo mayor a 12 horas, con un tope de 2 eventos.
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3 UF
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6 UF
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Multa por discontinuidad del sistema de televigilancia. Con un tope de 4 eventos.
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3 UF cada 12 horas
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12 UF
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Multa por incumplimiento en la ejecución de una o más funciones indicadas en los puntos 1.10.6.2. “FUNCIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD PRESENCIAL” y 1.10.6.9. “CONTROL DE RONDAS”. Con un tope de 6 eventos.
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1 UF
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6 UF
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Observación:
El Valor UF o UTM para el cálculo de las multas será aquel vigente en el día en que se cometa la falta o incumplimiento.
En el caso que el proveedor incurra en el máximo de multas por uno o más conceptos, se pondrá término administrativo anticipado y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
1.10.16.1.1. MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS
En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
1.10.16.1.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE LA GARANTÍA: Se pondrá término administrativo anticipado al contrato, y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato, y especialmente, en los siguientes casos:
a) Si la empresa adjudicada incurre en multas por sobre los topes considerados en el punto 1.10.16.1, cualquiera sea su causal.
b) Si la empresa adjudicada incumple la obligación de pago de las cotizaciones previsionales.
c) Si la empresa proveedora no paga a sus trabajadores el porcentaje por sobre el IMM ofertado en el Formulario N° 4 “CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN”.
d) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
e) Si la empresa adjudicada no regulariza su habilidad en el registro de proveedores según lo establecido en el punto 1.10.12 letra b), salvo que, se determine proceder de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2° art. 159 Decreto 661/2024.
1.10.17 PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
1.10.17.1 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.17.2 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE OTRAS SANCIONES, COMO EL TÉRMINO ANTICIPADO:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de cinco (05) días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la sanción o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Durante la ejecución del contrato, para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En caso de que se detecte que el proveedor se encuentra inhábil, se otorgará el plazo establecido en el punto 1.10.12 letra b) de las presentes bases de licitación. Si transcurrido ese plazo, la empresa no subsana la observación, se procederá, si correspondiere, conforme lo dispuesto en el inc. 2 del artículo 159, a saber: “En el evento de declararse la inhabilidad sobreviniente del Proveedor, podrán continuar ejecutándose los contratos vigentes a la fecha de declaración de la inhabilidad hasta su total terminación, siempre que la Entidad respectiva funde tal decisión en razones de interés público o continuidad del servicio, lo que deberá constar en el acto administrativo correspondiente; salvo, que la ley disponga su terminación inmediata o de pleno derecho.”
1.10.19. ESTÁNDARES DE PROBIDAD
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
1.10.20. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
1.10.21. FORMULARIOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO“, declara bajo juramento que:
- El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
- No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
_________________________________________ _____________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2026.
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO“, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
_________________________________________ _____________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA____ de_____________ de 2026.
FORMULARIO N°3
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Programas de integridad y ética empresarial
En ____ de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar lo siguiente:
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DETALLE
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MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA:
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El oferente, personal natural o jurídica, con personal contratado, acredita contar con programa de integridad y que es conocido por sus trabajadores.
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El oferente es persona natural o jurídica*, sin personal contratado, y cuenta con programas de integridad y ética empresarial que acompaña.
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El oferente no acredita contar con programa de integridad y que es conocido por sus trabajadores.
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*Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias. Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial.
En el caso de persona natural o jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda), la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal. En caso contrario, el Inspector Fiscal no dará recepción conforme.
______________________________________
Nombre, RUT y Firma
Oferente o Representante (s) Legal (es)*
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OBSERVACIÓNES:
- Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
- La Comisión de Evaluación podrá verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.
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Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
FORMULARIO N° 4
CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN
“SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”.
IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR
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EMPRESA PROVEEDORA
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RUT EMPRESA
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DIRECCION (casa matriz)
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NOMBRE CONTACTO
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TELEFONO CONTACTO
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E-MAIL CONTACTO
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Si es un Proveedor de Unión Temporal (UTP), indicar nombre apoderado.
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Si es un Proveedor de Unión Temporal (UTP), indicar nombre y Rut. Empresa que presentará factura.
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1) REMUNERACIÓN POR SOBRE EL INGRESO MÍNIMO:
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PORCENTAJE DE INCREMENTO SOBRE EL SUELDO MINIMO MENSUAL
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__ %
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Nota: Se debe considerar un solo porcentaje
2) EXISTENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS:
__________________________________________ _____________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2026.
FORMULARIO Nº 5
(Para ofertar)
“DOTACION MINIMA DE PERSONAL”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO declara bajo juramento los siguientes términos respecto a mi oferta técnica:
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GUARDIAS
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Enlace Penco
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Inspectoría de Hualqui
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Inspectoría Santa Juana
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Inspectoría Florida
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TURNO DE DIA
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2
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1 (Sábado, Domingo, Festivo)
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1 (Sábado, Domingo, Festivo)
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1 (Sábado, Domingo, Festivo)
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TURNO DE NOCHE
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2
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1
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1
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1
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Cantidad total de personal para el servicio: _________
Nota: El servicio requiere un mínimo de 10 trabajadores para el cumplimiento de ambos turnos.
_________________________________________ _____________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA____ de_____________ de 2026.
FORMULARIO Nº 6
CONTRATO AD REFERÉNDUM
SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO.
En Concepción, a _ de _ de 2026, entre la DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, RUT 61.202.000-0, representada por el Sr. Director Regional de Vialidad Región o su subrogante, con domicilio en A. Prat Nº 501, piso 5º, Concepción, en adelante VIALIDAD y la empresa x, RUT: x, representada por don xx, RUT: xx con domicilio en xxx, Comuna de xxx, Ciudad de xxx, en adelante LA EMPRESA, se suscribe el presente Contrato:
- LA EMPRESA acepta la adjudicación de la Licitación “SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, autorizada por Resolución Exenta DRV Nº xxx, de fecha xx de xxx de 2025.-
- Las partes estipulan que las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Aclaraciones de la Licitación por “SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, que dan origen a este Contrato, forman parte del mismo, para todos los efectos legales y prevalecerán sobre este Contrato.
- LA EMPRESA acepta entregar a VIALIDAD, el Servicio descrito en su oferta:
3.1. Descripción: Mediante el presente documento, se contratará un “SERVICIO DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y TELEVIGILANCIA, PARA LA PROVINCIA DE CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, de acuerdo a lo solicitado en el punto 1.10.6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
La Dirección de Vialidad Región del Biobío, requiere contratar el Servicio de Seguridad, Vigilancia y Televigilancia para resguardo del recinto, oficinas, talleres, materiales, maquinarias, equipos y vehículos de la administración directa de faenas. Se contempla el servicio presencial de 24 hrs en Recinto Fiscal de la Dirección Provincial de Vialidad Concepción, ubicado en Ruta 150 Km. 6,5 Comuna de Penco y, servicio presencial nocturno en los siguientes recintos: Inspectoria de Hualqui, ubicada en Calle Portales Nº 890, Inspectoria de Santa Juana ubicada en Calle Pedro de Valdivia #736 e Inspectoria de Florida ubicada en Ruta N-48-O, aproximadamente Km 41, Comuna de Florida, Provincia de Concepción.
- El monto del contrato asciende a la suma de $__ (pesos), con un valor mensual de $ ___ (pesos), IVA Incluido.
- La duración del servicio será de 12 (doce) meses.
- RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y PAGO:
6.1 RECEPCIÓN:
El Inspector Fiscal recibirá conforme el servicio, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya prestado efectivamente el servicio.
2) Que se haya obtenido el certificado de habilidad del proveedor, por el encargado de adquisiciones respectivo. En caso que se encuentre inhábil, se otorgará un plazo de 10 días corridos para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se procederá término al contrato. Lo anterior, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo inciso 2° del artículo 159 del Decreto 661/2024.
3) Que el proveedor adjudicado, haya presentado el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo, en el cual consigne que no presenta deuda previsional para el mes del cual se está haciendo el cobro. Esta documentación podrá hacerla llegar al correo o como lo determine el Inspector Fiscal del Contrato.
4) Chequeo del punto 1.10.6.13. “REVISION DE ANTECEDENTES POR EL INSPECTOR FISCAL”, de las bases de licitación.
5) Acta de recepción conforme, formulario de evaluación del proveedor y comprobante de recepción conforme desde Mercado Público.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura, para disponer su pago.
6.2 FACTURACIÓN:
El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la ejecución del contrato.
2) Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual) y serán solo una vez que se haya ejecutado el servicio cada 30 días.
3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme por hito"
4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código:
CÓDIGO 1000 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION
7) La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
8) En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N° 21.796 de presupuestos año 2026, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la recepción conforme de lo contratado.
6.4 PAGO:
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.
7. COBRO DE DOCUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
LA EMPRESA entrega ________________ Nº _______________ por garantía de fiel cumplimiento de contrato por un monto de $xxxxxxxxxxx.- (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx pesos) con fecha de vencimiento al ___ de ________ del __________.
Al vencimiento del plazo por el cual hubiere sido otorgada, si no hubiere causal para su cobro, la devolución se gestionará en Unidad de Abastecimiento Provincial de la Dirección de Vialidad, transcurrida su vigencia.
8. GESTIÓN DEL CONTRATO:
8.1) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
8.2) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; En el caso que se encuentre inhabil, se otorgará un plazo de 15 días hábiles para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se procederá termino al contrato. En caso contrario, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato, y procederá al cobro de la garantía de hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Lo anterior, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo inciso 2° del artículo 159 del Decreto 661/2024.
8.3) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable, 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
8.4) DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: La duración del contrato será de 12 meses, a partir de las 00:00 hrs. del día habil siguiente, previa aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. El contrato regirá durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
8.5) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y si corresponde, procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 9.1 letra b).
8.6) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
8.6.1. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial.
Se entenderá que se alteran estos elementos:
- Cuando se efectúan modificaciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, que provocaría aceptar una oferta distinta a la aceptada inicialmente o hubiese afectado al principio de libre concurrencia de los participantes.
- Cuando se efectúan modificaciones que alteran el objetivo primitivo de la contratación.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
8.6.2. Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
9. SANCIONES
9.1 MULTAS: las multas que procedan se aplicarán administrativamente, descontando el monto de la factura a pagar, según el procedimiento que se indica más adelante.
a) Multas por incumplimiento de aspectos técnicos:
Tablas de multas por incumplimiento de aspectos técnicos:
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INCUMPLIMIENTOS ASPECTOS TÉCNICOS
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MULTA DIARIA O POR EVENTO
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Tope máximo
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Multa por atraso en la implementación del servicio por causa imputable al adjudicado, de acuerdo a la fecha establecida de inicio en el punto 1.10.6.8. SISTEMA DE GRABACIÓN DE IMÁGENES (CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN) Y ESPEJO PANORAMICO, con tope de 10 días corridos.
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1 UF
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10 UF
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Multa por atraso en la entrega del dossier de acuerdo a lo establecido en el punto 1.10.6.5. FUNCIONES GENERALES, con tope de 5 días hábiles.
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1 UF
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5 UF
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Multa por mal comportamiento del personal, en caso que sean sorprendidos durmiendo, consumiendo o bajo los efectos del alcohol y/o drogas, así como maltrato verbal o físico con los funcionarios y entre ellos, quedando registrado en el libro de novedades, con tope de 4 eventos.
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2 UF
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8 UF
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Inasistencia de personal de guardia (por cada día), con un tope de 10 eventos.
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3 UF
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30 UF
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Multa por atraso en ingreso al turno de personal de guardia (por cada oportunidad).
Se considera atraso por sobre 5 minutos de la hora de ingreso.
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0.5 UF
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15 eventos
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Multa por inasistencia en la visita del supervisor de la empresa, según lo establecido en el punto 1.10.6.10 letra b), con un tope de 5 eventos.
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1 UF
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5 UF
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Multa por inasistencia de personal de reemplazo (por cada día), con un tope de 4 eventos.
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3 UF
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12 UF
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Inhabilitación de teléfono celular (por cada día), con un tope de 5 eventos.
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1 UF
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5 UF
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Multa por guardia prestando servicio sin el uniforme o equipamiento de acuerdo a Decreto 867 o lo solicitado en el punto 1.10.6.7. UNIFORME DE TRABAJO Y EQUIPAMIENTO (por cada día). Con un tope de 5 eventos.
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1 UF
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5 UF
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Multa por incumplimiento de la entrega de respaldo de videos a solicitud del Inspector fiscal mediante correo electrónico, donde se almacenen los registros obtenidos por el Sistema de Video vigilancia. Con un tope de 5 eventos.
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2 UF
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10 UF
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Multa por no tener carpeta con la documentación al día, en la garita de portería, para la fiscalización de las Autoridades pertinentes (periodo mensual), con un tope de 5 eventos.
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2UF
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10 UF
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Multa por no reparar sistema de Televigilancia, en un plazo mayor a 12 horas, con un tope de 2 eventos.
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3 UF
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6 UF
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Multa por discontinuidad del sistema de televigilancia. Con un tope de 4 eventos.
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3 UF cada 12 horas
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12 UF
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Multa por incumplimiento en la ejecución de una o más funciones indicadas en los puntos 1.10.6.2. “FUNCIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD PRESENCIAL” y 1.10.6.9. “CONTROL DE RONDAS”. Con un tope de 6 eventos.
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1 UF
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6 UF
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Observación:
El Valor UF o UTM para el cálculo de las multas será aquel vigente en el día en que se cometa la falta o incumplimiento, salvo en aquellas de control mensual, en que el valor UF será aquel vigente el último día del mes, de acuerdo a tabla SII.
b) MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS
En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
9.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE LA GARANTÍA: Se pondrá término administrativo anticipado al contrato, y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato, y especialmente, en los siguientes casos:
a) Si la empresa adjudicada incurre en multas por sobre los topes considerados en el punto 9.1.
b) Si la empresa adjudicada incumple la obligación de pago de las cotizaciones previsionales.
c) Si la empresa proveedora no paga a sus trabajadores el porcentaje por sobre el IMM ofertado en el Formulario N° 4 “CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN”.
d) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
e) Si la empresa adjudicada no regulariza su habilidad en el registro de proveedores según lo establecido en el punto 1.10.12 letra b), salvo que, se determine proceder de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2° art. 159 Decreto 661/2024.
10. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE OTRAS SANCIONES, COMO EL TÉRMINO ANTICIPADO:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos.
En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Para conformidad, firman el presente Contrato: (en dos ejemplares, si es firma manuscrita).
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Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Ministerio de Obras Públicas
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Representante Legal
Empresa ______________________
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