Artículo 1.- Objeto de la licitación:
La CMF llama a presentar ofertas en la licitación pública para la contratación del servicio de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia, según las especificaciones que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
Artículo 2.- Mandante de la licitación:
El mandante de la licitación es la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Presidenta.
Artículo 3.- Datos básicos de la licitación:
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Etapas
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Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
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Presupuesto
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El presupuesto disponible total para esta contratación es de hasta $ 44.164.352.- (cuarenta y cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y dos pesos), impuestos incluidos.
El presupuesto disponible incluye todos los gastos e impuestos que pudieren corresponder.
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Participantes
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Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
Personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N°19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los Derechos Fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
Los oferentes tampoco podrán encontrarse inhabilitados en virtud de lo establecido en los Artículos 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886 y lo indicado en el D.L. N°211 de 1973. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada electrónica que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.
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Cómputo de plazos
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Los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
Se consideran hábiles los días de lunes a viernes, e inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
Todos los plazos de horas se entenderán de horas corridas, salvo que se indique lo contrario.
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Idioma
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Castellano.
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Comunicación con la CMF
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Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl
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Soporte de documentos
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Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
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Funcionario encargado del contrato
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Jefatura de la División Gestión de Personas de la CMF.
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Funcionario responsable del pago
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Jefatura de la División de Finanzas de la CMF.
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3.1.- Gastos:
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la CMF.
3.2.- Documentación que rige esta licitación:
Esta licitación se rige por lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que, en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:
a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;
b) Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la CMF, a través de la resolución correspondiente;
c) Respuestas a las preguntas de los oferentes, y
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CMF.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.
3.3.- Modificaciones a las bases:
La CMF podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta el día antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
3.4.- Cronograma de la licitación:
El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl.
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N°
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Etapa
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Plazos (días corridos) (*)
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1
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Fecha de publicación de las bases
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Día uno (1). Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.
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2
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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Doce (12) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.
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3
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Fecha de inicio de preguntas
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Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde las 09:00 horas.
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4
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Visita técnica a las instalaciones N° 1
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Cuarto (4) día después de haberse publicado las bases, a las 10:00 horas.
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Visita técnica a las instalaciones N° 2
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Quinto (5) día después de haberse publicado las bases, a las 10:00 horas.
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5
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Fecha final de preguntas
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Dos (2) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 18:00 horas.
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6
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Fecha publicación de respuestas
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Hasta los dos (2) días posteriores a la recepción final de las preguntas, hasta las 18:00 horas.
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7
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl a las 16:05 horas.
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8
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Fecha de evaluación de ofertas
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Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl.
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9
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Fecha de adjudicación
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Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas.
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10
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Suscripción del contrato y emisión de Resolución que Aprueba Contrato.
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Dentro de los diez (10) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.
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(*) Los días establecidos en el cronograma de la licitación son corridos, considerando días inhábiles a los días sábados, domingos y festivos.
Si el día fijado como término de algunos de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
3.4.1.- Visita técnica (una obligatoria):
Los interesados en participar en la licitación deberán asistir a lo menos a una de las dos visitas técnicas programadas, las que serán guiadas por un funcionario de la División de Gestión de Personas de la CMF, en día(s) y hora(s) indicada(s) en cronograma de licitación.
La visita en terreno tendrá lugar en ambas sedes pertenecientes a la CMF, sede alameda ubicada en la comunidad Stgodowntown Torre I y II, Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, comuna, ciudad de Santiago y su sede moneda ubicada en calle Moneda N° 1123. De dicha visita se levantará un acta que contendrá:
a) La fecha y hora de la visita.
b) El nombre del oferente y su RUT.
c) Nombre, cédula de identidad y firma de la persona que asista a la visita en representación del oferente.
El acta será publicada en el Portal con posterioridad al término de la misma.
Todas las consultas e inquietudes que surjan en la visita técnica deberán ser formuladas a través del Portal en la etapa de consultas, según plazo indicado en el cronograma de licitación, y serán respondidas a través de dicho sistema de Información, en la fecha allí señalada.
El oferente que no se presente a la vista técnica en la hora señalada en el cronograma de estas bases, no podrá incorporarse posteriormente a ella.
Es importante resaltar que cada oferente podrá optar por asistir a las dos visitas programadas o solo a una, según estime conveniente, siendo obligatoria su participación en al menos una. La inasistencia será causal de inadmisibilidad de la oferta.
3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:
Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del Portal web www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día antes del cierre del plazo para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.
Artículo 4.- Contenido de la oferta:
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, oferta técnica, condiciones inclusivas y oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3, respectivamente.
En caso que el oferente quiera complementar la información de su oferta con archivos adicionales a lo requerido en estas bases, deberá hacer la referencia en su “Propuesta Técnica Detallada” (apartado 4.2.- Oferta Técnica, de las presentes bases administrativas) a la página y al nombre del documento adicional que la complementa. De no existir la referencia solicitada, estos documentos adicionales no serán considerados por la comisión evaluadora en la revisión de las ofertas.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
4.1.- Antecedentes administrativos:
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:
4.1.1.- Declaración jurada electrónica en la plataforma dispuesta por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en atención a su Directiva de Contratación Pública N°37, recomendaciones sobre el uso y aplicación del registro de proveedores.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración en la forma dispuesta en el Portal de Compras Públicas.
4.1.2.- Identificación del oferente:
Todos los oferentes deberán presentar el documento “Identificación del oferente” de acuerdo con el formato del Anexo N° 1.
Además, aquellos oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la CMF. Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.
El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la CMF, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución, debiendo los nuevos integrantes estar hábiles para contratar con el Estado, de conformidad a la Ley.
Asimismo, en caso de ser adjudicada su oferta, al momento de contratar, el adjudicatario deberá presentar:
a) Una copia de Inscripción con vigencia de la persona jurídica, otorgada por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. De la misma manera, para el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, deberá presentar el certificado de vigencia y el certificado de estatuto actualizado, ambos otorgados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que no podrán tener una antigüedad superior a 3 meses.
b) Una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública, u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) del proveedor y las facultades de que están investidos para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en los párrafos que preceden correspondiente a cada una de las personas jurídicas. Junto a lo anterior, deberá acompañar una escritura pública como documento para contratar donde conste la unión temporal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto N° 661, del año 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886.
Respecto de los oferentes que se encuentren constituidos como agencias de sociedades extranjeras, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, deberán acompañar los documentos señalados en el artículo 447 del Código de Comercio o 121 de la Ley N°18.046, según sea el caso.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles y vigentes en dicho Registro.
4.2. Oferta técnica:
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información solicitada en los siguientes documentos:
El oferente deberá adjuntar en la sección “Anexos Técnicos” del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente:
a) “Propuesta Técnica Detallada” (obligatorio): consistente en un documento donde el oferente deberá detallar su propuesta técnica de trabajo, describiendo la planificación, instalación y puesta en marcha de los servicios, así como todas las tareas relacionadas con el requerimiento técnico del servicio ofertado y las características técnicas específicas de las soluciones ofertadas.
b) Anexo N° 2 “Oferta Técnica” (obligatorio).
c) Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente” (no obligatorio).
4.3. Oferta Económica:
Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor total del servicio de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia, en pesos chilenos, incluidos los impuestos que pudieran corresponder.
El oferente deberá presentar la información solicitada en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, como documento adjunto a su oferta, en formato Word, Excel u otro, el que deberá ser completado obligatoriamente con toda la información solicitada. En caso de no presentar esta información, será causal de inadmisibilidad de su oferta.
De producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente en los formularios del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 4 “Oferta Económica” de estas bases, para todos los efectos, prevalecerá lo establecido en el anexo citado.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato.
En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas:
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el cronograma de la licitación, de estas bases administrativas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CMF solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de su oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.
4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas:
Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:
- No presenten cualquiera de los antecedentes indicados como obligatorios en las letras a) y b) del punto 4.2, de las presentes bases administrativas.
- No presenten la información requerida en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”.
- Sobrepasen el presupuesto total disponible, conforme lo indicado en el artículo 3 de las bases administrativas.
- No cumplan con los requisitos establecidos en las bases técnicas de licitación, que deben ser informados de acuerdo a lo solicitado en el Anexo N° 2 “Oferta Técnica”.
- Si la CMF solicita, de acuerdo a bases, a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
- No se presenten a lo menos a una de las visitas técnicas, según lo descrito en el punto 3.4.1 de las bases administrativas.
- En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.
Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten los siguientes antecedentes:
- Información requerida en los Anexos Nos 3, 5, 6 y 7.
La no presentación de la información señalada será evaluada con “0” puntos.
Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el apartado I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.
Artículo 5.- De la apertura de las ofertas:
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas hábiles siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.
La CMF podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas hábiles siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación:
La CMF podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
La CMF podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 72 horas corridas desde la notificación de la CMF para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.
Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
Artículo 7.- De la evaluación:
Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto (“Comisión Evaluadora”), analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Presidente de la CMF la adjudicación de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la Institución o bien, la Comisión Evaluadora podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Comisión para el Mercado Financiero:
- Pablo Labraña Alcaíno, Jefe División de Gestión de Personas;
- Rodrigo Meneses Suzarte, Analista Senior División de Gestión de Personas;
- Javiera Espinosa, Analista Senior División de Gestión de Personas.
En caso de que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a su reemplazante.
Durante la etapa de evaluación, la CMF podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información a través de los medios de contacto indicados por los propios oferentes para validar información con terceros.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.
Asimismo, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán emitir de forma individual declaración jurada de conflicto de interés.
7.1.- Proceso de evaluación:
El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, programa de integridad y condiciones inclusivas, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas, se utilizarán dos decimales.
En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la CMF el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.
La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:
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Nº
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Criterio
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Ponderador por Criterio
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I.- Requisitos formales de la oferta
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Completitud de la oferta
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3%
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II.- Aspecto económico de la oferta
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Valor mensual bruto servicio de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
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30%
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III.- Aspecto técnico de la oferta
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1.
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Servicios adicionales
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20%
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2.
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Años de experiencia del oferente en el rubro de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
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15%
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3.
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Cantidad de contratos de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
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25%
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IV.- Condiciones sustentables
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Condiciones inclusivas
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3%
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V.- Pacto de integridad
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Programa de integridad
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1%
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VI.- Equidad de género
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Inclusión con enfoque de género
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3%
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I.- Evaluación requisitos formales de la oferta:
Completitud de la oferta.
Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la CMF. La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:
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Tramos
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Puntaje
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|
Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos.
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100
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Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.
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50
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Si la CMF requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera del proceso de licitación.
En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica o condiciones inclusivas, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
II.- Evaluación oferta económica:
Las ofertas que sobrepasen el presupuesto total para la contratación del servicio requerido, serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación. Para las ofertas que no sobrepasen el presupuesto, este criterio se evaluará de la siguiente forma:
Las ofertas económicas serán evaluadas de la siguiente manera: se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor (valor total del servicio en pesos chilenos impuestos incluidos).
Para el resto de las ofertas, se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i) : Puntaje de la oferta económica.
P (i) : Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m) : El menor precio ofertado por los oferentes.
En el caso de contar con una sola oferta para evaluar, se le asignarán 100 puntos.
III.- Evaluación oferta técnica:
La oferta técnica deberá efectuarse completando la información solicitada en el Anexo N° 2.
Es importante señalar que el oferente deberá cumplir con todos los puntos solicitados en las bases técnicas, de lo contrario se considerará su oferta inadmisible.
Las propuestas que cumplan con las bases técnicas continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:
1. Servicios adicionales.
Para evaluar este criterio, se considerará, de acuerdo a la siguiente tabla de puntaje:
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Tramos
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Puntaje
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Presenta más de tres servicios adicionales
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100
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Presenta tres servicios adicionales
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60
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Presenta dos servicios adicionales
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30
|
|
Presenta un servicio adicional
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20
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No presenta o no informa.
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0
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Cada oferente deberá presentar los servicios adicionales ofertados en el punto N° 3 del Anexo N° 3 “Oferta Técnica”. Debiendo entenderse como servicios adicionales, aquellos elementos que sean relevantes, esto quiere decir, que estén relacionados y entreguen valor al servicio ofertado, a modo de ejemplo:
- Capacitaciones para el personal de la CMF.
- Garantía y reposición de los equipos de lectura.
- Disponer de mesa de ayuda ante requerimientos de la CMF.
- Otros propuestos por el oferente y que agreguen valor a la oferta presentada.
2.- Años de experiencia del oferente en el rubro de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia .
Este criterio se evaluará de acuerdo a la información proporcionada por cada oferente en el punto N° 1 del Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente”, de acuerdo a los siguientes tramos.
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Tramos
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Puntaje
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Oferente con 10 o más años de experiencia en el rubro de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
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100
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Oferente con más de 5 y menos de 10 años de experiencia en el rubro de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
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75
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Oferente con 5 años o menos de experiencia en el rubro de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
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50
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No tiene experiencia o no entrega información.
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0
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Para informar los años de experiencia en el rubro, cada oferente deberá completar el punto N°1 del Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente” de las presentes bases de licitación. Esta información será verificada utilizando el comprobante de consulta del Servicio de Impuestos Internos (SII) a través de su sitio web https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html
En caso de haber discrepancia entre los años de experiencia en el rubro presentado por el oferente en el punto N°1 del Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente” y el comprobante del SII, prevalecerá este último.
Si el oferente no completa el punto 1 del Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente”, o no indicare en él los años de experiencia, se le asignará “0” puntos en este criterio.
3.- Cantidad de contratos de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.
Se considerarán la cantidad de servicios ejecutados por el oferente. Para ello el oferente deberá entregar un resumen con dichos trabajos y/o servicios completando la información solicitada en el punto N° 2 del Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente”, lo que deberá ser debidamente respaldado o acreditado. Se evaluarán los servicios prestados a contar del año 2015.
La cantidad de servicios informados por cada oferente serán evaluados de acuerdo a los siguientes tramos de evaluación.
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Tramos
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Puntaje
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Más de 10 servicios prestados.
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100
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Entre 6 y 10 servicios prestados
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80
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Entre 3 y 5 servicios prestados
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40
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No informa o menos de 3 servicios prestados
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0
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Para la verificación de servicios prestados, cada oferente deberá acompañar alguno de los siguientes documentos:
- ID de licitación en mercado público.
- Orden de compra, que contenga como mínimo la descripción del servicio de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia entregado y el año de suscripción.
- Copia simple del contrato respectivo, firmado por ambas partes.
- Copia de una factura emitida a la institución pública y/o privada, que contenga como mínimo la descripción del servicio de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia entregado y el año de suscripción.
En caso de no presentar los respectivos respaldos que permitan verificar la veracidad de los servicios prestados, se procederá a desestimar y no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio.
No se consideran como válidos certificados o respaldos emitidos por el mismo proveedor que está ofertando o por un proveedor que es parte de una UTP al momento de ofertar.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información solicitada en el punto N° 2 del Anexo N° 3 o no presenta los respaldos que permitan verificar la veracidad de lo informado, se procederá a no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio, siendo calificada la oferta con “0” puntos. Solo se considerarán los antecedentes y/o respaldos que se encuentren debidamente acreditados.
IV. Condiciones inclusivas:
1. Condiciones inclusivas:
En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, contratando trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o Sello Chile Inclusivo, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.
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Tramos
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Puntaje
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Cuenta con tres o más trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o cuenta con Sello Chile Inclusivo.
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100
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Cuenta con dos trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas.
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80
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Cuenta con un trabajador en situación de discapacidad, joven entre 18 y 25 años cumplidos o perteneciente a pueblos indígenas.
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50
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El oferente no tiene contratado trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o no informa.
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0
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Para efectos de acreditar la contratación de personal con discapacidad, joven, perteneciente a pueblos indígenas o Sello Chile Inclusivo, se requerirá acompañar los siguientes documentos:
Personal en situación de discapacidad:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
- Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personal joven entre 18 y 25 años cumplidos:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
- Acreditación beneficiaria de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de cédula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personal perteneciente a pueblos indígenas:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
- Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por CONADI.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Sello Chile Inclusivo (Fuente: http://www.sellochileinclusivo.cl/):
- Adjuntar documento donde conste la obtención y vigencia del Sello Chile Inclusivo del Servicio Nacional de la Discapacidad.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información requerida en el Anexo N° 5 “Condiciones Inclusivas”, se le asignará “0” puntos en este criterio.
V. Pacto de Integridad
Oferente cuenta con pacto de integridad
El oferente deberá informar si cuenta con herramientas en relación con el cumplimiento de un programa de integridad que ya ha sido dado a conocer a la empresa. Para tales efectos, el oferente deberá incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, los antecedentes señalados en el Anexo N° 6.
Lo anterior, de acuerdo con lo establecido por la instrucción N° E370752/2023 de Contraloría General de la República, sobre “Obligatoriedad de programas de integridad y compliance por parte de los proveedores” y lo establecido en las presentes bases respecto del Pacto de Integridad.
Con motivos de acreditar la veracidad de la información presentada se deberá adjuntar documento que respalde la declaración, esto es: actas de capacitaciones, código de ética, actas de jornadas de inducción sobre la materia, normativa interna anticorrupción (en relación al soborno y los demás delitos establecidos en la ley 20.393 de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica), u otro documento que conste que efectivamente se instruyó al trabajador en las materias que se están comprometiendo.
Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla:
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N°
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Pacto de integridad
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Puntaje
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1
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Presenta información demostrable
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100
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2
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No informa o no se puede demostrar
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0
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VI. Equidad de género
Inclusión con enfoque de género
Este criterio evaluará si el oferente fomenta la equidad de género, pudiendo con ello incluir en su oferta uno o más de las 3 siguientes opciones de condiciones de evaluación:
A.- Opción N° 1: El oferente es una persona natural de sexo femenino.
Medio de verificación o acreditación: en el caso de que la oferente no se encuentre inscrita en el Registro de Proveedores, deberá adjuntar a su oferta copia de su cédula de identidad. Si se encuentra inscrita no será necesario adjuntar documentación adicional.
Para personas naturales, lo anterior se basa en la información del Registro Civil, incluyendo a quienes han rectificado su sexo registral bajo la Ley Nº21.120 de Identidad de Género, identificándose como mujeres.
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N°
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Inclusión con enfoque de género
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Puntaje
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|
1
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Presenta información demostrable
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100
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2
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No informa o no se puede demostrar
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0
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B.- Opción N° 2: El oferente es una microempresa liderada por mujer (s)*.
Medio de verificación o acreditación: en el caso de proveedores que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores, deberán acompañar un instrumento público que dé cuenta de los socios actuales de la empresa. Por ejemplo, copia de la escritura de constitución y de sus posteriores modificaciones o el certificado de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces con anotaciones al margen. En el caso de “empresas creadas en un día” podrán acompañar copia de sus estatutos vigentes. En el caso de oferentes inscritas en el Registro de Proveedores no deberán acompañar documentación adicional si la señalada precedentemente se encuentra disponible en dicho registro.
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N°
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Inclusión con enfoque de género
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Puntaje
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1
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Presenta información demostrable
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100
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2
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No informa o no se puede demostrar
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0
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*Las empresas lideradas por mujeres son aquellas en las que se puede establecer que éstas tienen la propiedad o el control de las operaciones. Esto se hará mediante los siguientes criterios:
• Tener más del 50% de propiedad de mujeres
• Tener una gerenta general
• Tener más del 50% de representantes legales mujeres.
C.- Opción N° 3: El oferente demuestra paridad de género en sus contrataciones, dónde se evalúa el % de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores de la misma empresa (oferente), en el mes anterior a la presentación de la oferta.
Medio de verificación o acreditación: Última planilla de cotizaciones de seguridad social pagadas en PreviRed o algún documento equivalente.
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N°
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Tramos
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Puntaje
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1
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Porcentaje de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores mayor al 75%
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100
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2
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Porcentaje de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores mayor al 50% y menor a 75%
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50
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3
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Porcentaje de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores menor o igual al 50%
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0
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Para el caso que el oferente, presente en su oferta antecedentes evaluables por más de una de las 3 opciones descritas anteriormente, se considerara aquella que obtenga mayor puntaje, estás igualmente no son acumulables en ellas.
Para efectos de evaluación, los oferentes deberán incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, el Anexo N° 7 junto con los documentos de respaldo legalmente válidos y vigentes que acrediten el cumplimiento de algunas de las opciones respectivas.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información solicitada en el Anexo N° 7 o no presenta los respaldos que permitan verificar la veracidad de lo informado, se procederá a no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio, siendo calificado con “0” puntos.
Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora:
La Comisión Evaluadora emitirá un informe (Informe de Evaluación), en el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada oferente, describiendo los antecedentes evaluados, y todas las aclaraciones que pudieren haberse realizado.
En caso de producirse empates entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:
- Mayor puntaje en el criterio “Valor mensual bruto servicio de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.”.
- Mayor puntaje en el criterio “Cantidad de contratos de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.”.
- Mayor puntaje en el criterio “Servicios adicionales”.
- Mayor puntaje en el criterio “Años de experiencia del oferente en el rubro de servicios de arriendo, instalación y soporte del sistema de control de asistencia.”.
Artículo 9.- De la adjudicación:
La CMF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.
La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la CMF señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 20 días hábiles para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.
Artículo 10.- Readjudicación:
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el inciso final del artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La CMF podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo establecido en estas bases o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 y todas las inhabilidades y prohibiciones contempladas en la Ley, al momento de la suscripción del contrato. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 35 quáter la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles inmediatamente que tenga conocimiento de esta situación, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, mediante una resolución fundada, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación:
La CMF, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases.
La CMF, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886.
Artículo 12.- Del contrato:
De la presente licitación pública derivará el contrato “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ARRIENDO, INSTALACIÓN Y SOPORTE DEL SISTEMA DE CONTROL DE ASISTENCIA PARA LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO”. El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, de Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes; y la oferta del adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.
Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el artículo 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 y todas las inhabilidades y prohibiciones contempladas en la Ley, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N°20.393 ni encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en virtud de lo dispuesto en el D.L. N° 211 de 1973. Asimismo, no deberá encontrarse afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 33 de la Ley N°21.595. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada electrónica, que deberán presentar los oferentes en la presente licitación. Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores:
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse en estado “Hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.
Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la CMF podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.
Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente que no le permita contratar con el Estado y en consecuencia no pueda estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días hábiles.
12.2.- Condiciones básicas del contrato:
12.2.1. Domicilio de la CMF: Comuna de Santiago, Región Metropolitana.
12.2.2. Subcontratación: No se permite
12.2.3. Cesión de derechos: No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.
12.2.4. Vigencia del contrato: El contrato entrará en vigencia una vez tramitada totalmente la resolución que lo aprueba y se mantendrá vigente durante un período de 48 meses desde la total implementación del servicio.
No obstante lo anterior, por razones de buen servicio, la CMF podrá solicitar el inicio de los servicios una vez suscrito el contrato, antes de la formalización de la resolución que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno, sino una vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
12.2.5. Plazo para ejecución del contrato: El servicio deberá prestarse por un periodo de 48 meses. Sin perjuicio de lo anterior, antes del inicio y para efectos de la implementación del servicio, el oferente adjudicado, deberá obligatoriamente realizar todas las tareas asociadas al plan de trabajo de implementación señalado en el N° 4 de las bases técnicas, a más tardar en el mes de abril del presente año.
12.2.6. Precio y forma de pago: El presupuesto disponible total para esta contratación es de hasta $ 44.164.352.- (cuarenta y cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y dos pesos), impuestos incluidos.
El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación. Los precios ofertados tendrán una vigencia igual a la vigencia del contrato. Durante la vigencia del contrato los precios ofertados no podrán ser alterados.
La CMF pagará los servicios adjudicados, por transferencia electrónica o por la Tesorería General de la República, en 48 cuotas iguales, mensuales, por mes vencido, en moneda nacional, al día de emisión de la factura o instrumento tributario de cobro, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada de la Jefatura División de Gestión de Personas, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del proveedor respecto de su personal directo y subcontratado.
En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.
En forma previa a la facturación, el proveedor deberá aceptar la orden de compra respectiva y verificar en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl la recepción conforme del servicio entregado. Por tanto, el proveedor no debe facturar hasta que; habiendo prestado el servicio, reciba el formulario Ficha de Recepción Conforme de Bienes y/o Servicios, el cual será tramitado internamente y puesto a disposición para el proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
El proveedor deberá entregar el documento tributario de cobro en soporte digital y, enviarlas por correo electrónico, dirigidas a la siguiente casilla de correo cmfrecepcion@custodium.com
La CMF podrá rechazar las facturas, para lo cual deberá estarse a lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.
Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, sólo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba el contrato respectivo.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.
12.2.7. Normativa, antecedentes y documentos aplicables: La relación contractual con el adjudicatario se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:
1. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
3. Aclaraciones a las bases entregadas de oficio o las respuestas emitidas en el periodo de consulta o respuestas.
4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado -incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los demás antecedentes.
5. La resolución exenta que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.
6. La resolución exenta que aprueba el contrato.
En caso de existir diferencias entre el contenido del contrato y lo señalado en las presentes bases, prevalecerá lo dispuesto en el presente acto administrativo.
12.2.8. Solución de controversias y legislación aplicables: La relación contractual se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
12.2.9. Contraparte técnica: Para todos los efectos se entenderá como contraparte técnica la Jefatura División de Gestión de Personas de la CMF, quien actuará como nexo entre el proveedor contratado y la CMF.
La contraparte técnica ejercerá las siguientes funciones, sin que la enunciación sea taxativa:
a) Supervisar y coordinar el cumplimiento de los servicios establecidos en estas bases y el contrato para su oportuno cumplimiento.
b) Impartir instrucciones al oferente adjudicado, mediante directrices, y requerimientos destinados a obtener un mejor y estricto cumplimiento de los objetivos.
c) Convocar a las reuniones que estime necesario sostener con el oferente adjudicado o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. El oferente adjudicado deberá facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse también a requerimiento del oferente adjudicado.
12.2.10. Notificaciones: Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por escrito. Para ello, ambas partes deberán designar como domicilios los que constan en la comparecencia del contrato.
Ello, sin perjuicio de las eventuales comunicaciones que puedan realizarse por la vía electrónica a los correos institucionales.
12.2.11. Suscripción del contrato: El respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el oferente o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Compras de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.
Lo anterior, sin perjuicio de poder aplicar las recomendaciones dadas en la Directiva N° 34, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de fecha 13 de abril de 2020, de configurarse los casos que allí se señalan.
Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la CMF quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva. En este caso, la CMF, procederá a la readjudicación en conformidad a las normas establecidas en estas bases.
Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
12.3.- Obligaciones y prohibiciones:
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La CMF podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, directos y subcontratados, lo que deberá ser acreditado por el proveedor mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1). No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor directos y subcontratados y la CMF, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados, directos y subcontratados.
e) Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF.
12.4.- Responsabilidad:
El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases, en el contrato y demás documentos y antecedentes que se entienden formar parte de él.
Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del servicio materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.
12.5.- Multas:
La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados debidamente por el proveedor.
12.5.1. Causal, monto y tope de la multa:
1.- Multa por incumplimiento en la entrega del servicio de mantención preventiva mensual: multa por incumplimiento a lo descrito en el numeral 3.1 del punto 3 de las Bases Técnicas.
Las multas serán aplicadas de acuerdo con la siguiente tabla:
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Multas
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5% del valor bruto mensual del contrato.
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2.- Multa por incumplimiento en plan de trabajo de implementación del servicio: multa por incumplimiento a lo descrito en el punto 4 de las Bases Técnicas.
Las multas serán aplicadas de acuerdo con la siguiente tabla:
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Tramos
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Multas
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a) De 1 a 5 días hábiles de atraso en la implementación del servicio.
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2% del valor bruto total del contrato.
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b) Entre 6 a 10 días hábiles de atraso en la implementación del servicio.
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4% del valor bruto total del contrato.
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c) Entre 11 o más días hábiles de atraso en la implementación del servicio.
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6% del valor bruto total del contrato.
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Para los efectos de aplicación de multa se entenderán días hábiles los días de lunes a viernes, a excepción de los días feriados.
El tope anual de aplicación de las multas será de un 15% del valor total bruto del contrato.
12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas:
En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, la Jefatura de la División de Gestión de Personas, deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario;
b) Identificación de la resolución que aprueba el contrato;
c) Responsable por parte del adjudicatario;
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;
f) Monto de la multa, y
g) Firma de la Jefatura de la División de Gestión de Personas.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá a través del sistema de información por correo electrónico único establecido por el proveedor en el registro de proveedores, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser presentados por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1.449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de aplicación de multas.
La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará a través del sistema de información por correo electrónico establecido por el proveedor en el registro de proveedores, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, el cual deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de una multa.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.5.3.- Pago de las multas:
El monto de la multa será rebajado del estado de pago respectivo que se deba efectuar al adjudicatario, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.
Artículo 13.- Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones no podrán afectar los precios establecidos en la oferta.
La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.
Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad:
El adjudicatario y su personal, ya sea directo o subcontratado, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la CMF o de la propia CMF, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos y contratistas del adjudicatario, quien que deberá velar por el estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminada el contrato.
Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF, especialmente en lo que dice relación con la Política de Relaciones con el Proveedor, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos, se hará entrega al adjudicatario, en el acto de suscripción del contrato, un ejemplar de dicha política para que sea aplicada en lo que sea pertinente.
Artículo 15.- Término del contrato:
15.1.- Término normal:
El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.
15.2.- Término anticipado del contrato:
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886 y 130 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante.
d) Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso.
e) Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra.
f) Por causa de interés público.
g) Por exigirlo la seguridad nacional.
h) Por razones de buen servicio.
i) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
j) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
k) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros.
l) Inhabilidad sobreviniente del proveedor o de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
m) Disolución de la UTP.
n) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores directos o subcontratados, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la CMF podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal, directo o subcontratado, empleado en la prestación del servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía de dichos empleados, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.
- o) A solicitud de la CMF y a partir del duodécimo mes de ejecución del contrato se podrá prescindir de los servicios contratados, con aviso previo de 60 días. Desde la fecha que se dé termino al contrato no procederá pago alguno.
Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contratado las siguientes, que serán certificadas por la Jefatura de la División de Gestión de Personas.
a) Si a juicio debidamente fundado de la CMF, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.
b) Si este afecta el normal cumplimiento de las funciones de la CMF.
c) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.
d) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 “obligaciones y prohibiciones del adjudicatario” de estas bases.
e) Por exceder el tope de multa establecido en el numeral 12.5.1 de estas bases.
f) La cesión del contrato, en los casos no autorizados expresamente por una ley.
g) El incumplimiento al punto 12.2.2 “Subcontratación” y al artículo 14 “Confidencialidad y políticas de seguridad” de las Bases Administrativas.
El término anticipado del contrato será dispuesto por la CMF a través de una resolución fundada, previo informe de la Jefatura de la División de Gestión de Personas, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el proveedor.
En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.
En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, la Jefatura de la División de Gestión de Personas de Inversión deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario;
b) Identificación de la resolución aprobatoria del contrato;
c) Responsable por parte del adjudicatario;
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y
f) Firma de la Jefatura de la División de Gestión de Personas.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá a través del sistema de información por correo electrónico único establecido por el proveedor en el registro de proveedores, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o a través de la aplicación CMF sin papel disponible en el sitio web institucional.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de estos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de término de contrato.
La resolución que disponga el término de contrato se notificará a través del sistema de información por correo electrónico único establecido por el proveedor en el registro de proveedores, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, el cual deberá ser ingresado a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique el término anticipado de contrato.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.