Licitación ID: 1019-54-LP26
ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS SATELITALES
Fecha de Cierre: 06-07-2026 17:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Plataformas de servicio de mensajería por ubicación 25 Unidad
Cod: 43223209
Adquisición de plataformas satelitales para Estaciones de Alta Montaña, segun Bases Tecnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS SATELITALES
Estado:
Publicada
Descripción:
El objetivo general de la presente licitación pública es la adquisición de plataformas satelitales para Estaciones de Alta Montaña, de acuerdo con las disposiciones que se especifican en las presentes Bases Técnicas y Administrativas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Morandé 59, piso 8
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-07-2026 17:00:00
Fecha de Publicación: 16-06-2026 10:06:04
Fecha inicio de preguntas: 16-06-2026 13:35:00
Fecha final de preguntas: 22-06-2026 13:35:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-06-2026 13:35:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-07-2026 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-07-2026 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-07-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 20-08-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En esta licitación pública podrán participar personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, de derecho público o privado, ya sea en forma individual o en unión temporal de proveedores que, al momento de la presentación de la oferta, acrediten su situación financiera y técnica, en cumplimiento con los requisitos establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento. La propuesta, así como toda la documentación relativa a ella, deberá presentarse en idioma español. No obstante, los antecedentes que originalmente se encuentren redactados en otro idioma deberán acompañarse de una traducción fiel al español, la cual prevalecerá para efectos de la interpretación de la oferta. Se exceptúa de lo anterior la documentación técnica original de fábrica, la que podrá presentarse en idioma inglés. Los oferentes o participantes, por el solo hecho de presentar sus ofertas en la presente licitación, se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas Bases, incluyendo las eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas, sus anexos y todo lo relativo a las mismas.
Documentos Técnicos
1.- Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas. Dichos antecedentes deberán estar íntegramente contenidos en la oferta y presentarse de la forma más completa y específica posible. En caso de los proponentes que participen mediante una unión temporal de proveedores, estos deberán presentar una propuesta técnica común. Importante: La oferta técnica deberá contener, en forma expresa, la información relativa a la garantía técnica aplicable a los productos, así como servicio de postventa, de acuerdo a lo dispuesto en las Bases Técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente, al registrar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario correspondiente a cada equipo ofertado. Dicho monto deberá expresarse en moneda nacional y no podrá exceder el presupuesto máximo disponible para esta contratación, conforme a lo indicado en el numeral XVI de las presentes Bases Administrativas. b. Cada oferente deberá adjuntar un anexo económico en el cual se detalle, a lo menos, lo siguiente: i. El monto total de la oferta, incluyendo impuestos y señalar expresamente si son exentos, según corresponda. ii. El desglose de los precios unitarios, especificando los accesorios, si correspondiere. iii. La cantidad exacta de bienes ofertados. c. En caso de discrepancia entre el valor ofertado en el anexo económico y aquel registrado en el Sistema de Información, prevalecerá lo consignado en el anexo económico. Si la oferta económica supera el presupuesto disponible indicado en el numeral XVI de las Bases Administrativas, será rechazada por los evaluadores (Comisión de Evaluación) y declarada inadmisible mediante resolución fundada de la autoridad competente de la DGA, por incumplimiento de lo establecido en el presente pliego de condiciones. La falta de integridad o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta económica o técnica facultará a la DGA a excluir al oferente del proceso licitatorio. En tal caso, la oferta será descartada y declarada inadmisible mediante resolución fundada, por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes presentar su oferta en forma oportuna, clara y completa, conforme a lo estipulado en las Bases, igual que su contenido y veracidad, entendiendo que los evaluadores no están obligados a requerir, corregir o subsanar la falta u omisión de ningún antecedente o documento que forme parte de la propuesta. No obstante lo anterior, la DGA podrá, durante la etapa de evaluación, solicitar a través del Sistema de Información, que los oferentes subsanen errores u omisiones de carácter formal, siempre que dicha solicitud no contravenga los principios de igualdad entre los oferentes ni de estricta sujeción a las Bases. Es importante destacar que los errores relacionados con el precio ofertado no se considerarán formales y, por tanto, no podrán ser subsanados, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento. La solicitud de aclaración o subsanación constituye una facultad discrecional de la DGA y no implica obligación alguna. Los oferentes podrán subsanar exclusivamente lo requerido, en conformidad con los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los proveedores. Toda solicitud de aclaración o subsanación será informada al resto de los oferentes a través del Sistema de Información (foro inverso), aplicándose las reglas de evaluación conforme con lo dispuesto en el numeral XII de las Bases Administrativas, específicamente, en el factor de evaluación denominado “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Oferta Temeraria: Conforme con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se considerará oferta temeraria o riesgosa aquella cuyo precio ofertado esté significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Para estos efectos se considerará que la justificación presentada por el oferente no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneren la libre. competencia. La declaración de inadmisibilidad o rechazo de esta oferta, será realizada conforme a lo establecido en el artículo 61 del citado Reglamento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Valor unitario del producto El puntaje correspondiente al factor valor unitario por producto ofertado se obtendrá de la siguiente fórmula: V = P mín. / P* V máx. V = Puntaje a asignar. P mín. = Oferta de menor costo (impuestos incluidos). P = Costo de la oferta en evaluación (impuestos incluidos). V máx. = Puntaje máximo asignado a este criterio. 60%
2 Plazo de entrega El puntaje correspondiente a este factor se calculará mediante la siguiente fórmula: t = G mín. / G * t máx. t = Puntaje a asignar. G mín. = Oferta con menor plazo de entrega (en días corridos). G = Plazo de entrega de la oferta en evaluación (en días corridos). t máx. = Puntaje máximo asignado a este criterio. 25%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales Presenta todos los antecedentes y documentos solicitados por las Bases antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas establecida en el calendario de licitación de las presentes bases, 100 puntos. No presenta todos los documentos en su oferta antes de la fecha de cierre de la licitación, pero los presenta dentro de los plazos establecidos en caso de que la Comisión Evaluadora los hubiere solicitado bajo el mecanismo de foro inverso (Aclaración de la Oferta), 50 puntos. No presenta todos los documentos en su oferta antes de la fecha de cierre de la licitación, ni en plazo adicional, en el caso de haber sido solicitados por la Comisión Evaluadora, 0 puntos. 5%
4 Programa de Integridad El oferente cuenta con un programa de integridad y compliance conocido por su personal, 100 puntos. El oferente no cuenta con un programa de integridad y compliance conocido por su personal, 0 puntos. 5%
5 Iniciativas de Sustentabilidad Presenta alguna de las iniciativas señaladas en ANEXO N° 5, vigente y respaldada, 100 puntos. No presenta iniciativas señaladas en el ANEXO N° 5, vigentes y respaldadas, 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2905002 Programa N°02 Administración de Infraestru
Monto Total Estimado: 150000000
Justificación del monto estimado Presupuesto Disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Felipe Castillo Cea
e-mail de responsable de pago: felipe.castillo@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 30-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: Pesos Chilenos. En caso de que la garantía que se presente sea una póliza de seguro o un certificado de fianza, y el monto asegurado se indique en Unidades de Fomento (UF), dicha cifra deberá indicarse obligatoriamente en pesos chilenos, tanto en cifras numéricas como en forma escrita. Asimismo, la garantía deberá señalar de manera expresa que es pagadera a la vista o a primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador y sin cláusula de arbitraje, y deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). La garantía deberá cubrir, ya sea mediante endoso o cláusula expresa, el importe para los casos en que sea necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. Si el instrumento de garantía solo pudiere ser emitido en divisas, UF o similares, deberá indicarse de forma expresa su conversión a pesos chilenos, calculada a la fecha de emisión del documento. En caso de optar por una póliza de seguro pagadera a la vista o a primer requerimiento, y siempre que esta se encuentre dentro de las permitidas por la CMF, deberá excluirse expresamente a la DGA de cualquier cláusula de arbitraje. Por su parte, en caso de optar por un certificado de fianza, este deberá excluir el beneficio de excusión.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS SATELITALES PARA ESTACIONES ALTA MONTAÑA”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser solicitada por escrito, mediante la presentación de una solicitud por parte del proveedor en la Oficina de Partes de la DGA, una vez vencido el plazo de vigencia de dicha garantía y habiendo entregado la Caución Financiera del Servicio de Postventa. El Inspector Fiscal, junto con la jefatura de la División de Hidrología, deberá dejar constancia en acta de la conformidad con la recepción de los bienes, así como del cobro de eventuales multas, en caso de incumplimiento o atraso en su entrega.
    Otras Garantías
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 30-10-2028
Monto: 3 %
Descripción: Pesos chilenos. En caso de que la garantía que se presente sea una póliza de seguro, y el monto asegurado se indique en Unidades de Fomento (UF), dicha cifra deberá señalarse en pesos, tanto en forma numérica como escrita. Además, la garantía deberá expresar claramente que es pagadera a la vista o a primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir –ya sea a través de endoso o cláusula– el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Glosa: “Para garantizar el servicio de postventa del Contrato ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS SATELITALES PARA ESTACIONES ALTA MONTAÑA”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la caución financiera para el servicio de postventa deberá ser solicitada por escrito, mediante la presentación de una solicitud por parte del Proveedor en la Oficina de Partes de la DGA (virtual o presencial), dirigida a la Unidad Técnica, a los quince (15) días posteriores al término de la vigencia de la garantía técnica de los equipos. La petición del Proveedor deberá fundarse en el hecho de que se ha cumplido el plazo ofrecido como garantía técnica, que ya no justifique mantener la retención de la caución financiera. La Unidad Técnica suscribirá un acta, en la que señalará –en síntesis– aspectos sustanciales del cumplimiento del servicio de postventa.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de que el adjudicatario se desista de su oferta; no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato si fuese el caso; no entregue los antecedentes legales necesarios para la contratación; no suscriba el contrato dentro de los plazos establecidos en las Bases Administrativas; no acepte la orden de compra dentro del plazo fijado; no pueda cumplir con la entrega de los bienes o la prestación de los servicios; o concurra cualquier otra circunstancia que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, impida continuar con el proceso de contratación o perfeccionar el contrato, la DGA podrá, mediante acto administrativo debidamente fundado y tramitado, readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le siga en orden de calificación, declararla desierta o efectuar un nuevo proceso de compra. En cualquiera de los casos antes señalados, y cuando proceda conforme a lo establecido en el numeral X de las Bases Administrativas, la DGA podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.
Resolución de Empates

En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Criterio N° 1 “Valor Unitario del Producto”; 2° Criterio N° 2 “Plazo de Entrega”, y 3° Criterio N° 3 “Programa de Integridad”. Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al oferente que haya ingresado primero su oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando para estos efectos la fecha y hora registradas en este. La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios establecidos y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación. Cualquier error de concordancia que se advierta en la presente pauta de evaluación será resuelto por los evaluadores (Comisión de Evaluación), sin modificar ni alterar sustancialmente la lógica de objetividad de los criterios de evaluación definidos. Se debe tener presente que, en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la DGA sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produjere durante el proceso de evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, asimismo y de forma inmediata, si continuará participando en la licitación o si desistirá de esta. En todo caso, la UTP deberá continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, no procederá el reemplazo del integrante que se retire de una UTP, aun cuando el eventual reemplazante reúna características iguales o superiores a las del integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retirare alguno de los integrantes de una UTP que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, dicha circunstancia constituirá una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. La Comisión Evaluadora levantará un acta de evaluación del presente proceso licitatorio, la que consistirá en un informe completo, objetivo y debidamente fundado, suscrito por todos los miembros de la comisión, acompañado de su propuesta de adjudicación, dirigida a la autoridad competente, quien deberá adoptar la decisión final mediante el correspondiente acto administrativo fundado. Junto a dicho informe, la Comisión acompañará todos los antecedentes que le permitan resolver a la autoridad competente seleccionar y aceptar la propuesta más conveniente para la DGA. Con el objeto de resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación cuando la nota de la oferta mejor evaluada obtenga un puntaje inferior a 70 puntos.


Pacto de integridad

El oferente, y posteriormente el proveedor adjudicado, declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación pública, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven. 2. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. 4. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia, tanto en el presente proceso licitatorio como en la ejecución del contrato. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ello se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 9. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. Se hace presente que el adjudicatario deberá observar durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Se deja constancia de que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el numeral XV de las presentes bases de licitación, referente a la readjudicación. En ambos casos, la DGA ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor, si corresponde. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en que el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral XXVIII de estas Bases de Licitación.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.