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DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO |
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El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente, “el sistema”, “el Portal” o www.mercadopublico.cl, y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme a los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su calendario de eventos, documentos que con sus eventuales modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en dicho sitio electrónico, con el objeto que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.
El día de publicación del llamado, constituirá el día cero hábil del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos de días hábiles para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso concursal, salvo que se indique expresamente que son días corridos.
Los sábados, domingos y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de las presentes bases.
Si el plazo de cierre para la recepción de oferta expirara en día inhábil, lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas, éste se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente.
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DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES |
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2.1 Aceptación de los términos de las Bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
2.2 Interpretación de las Bases
El CFT de Los Ríos se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los principios de libre concurrencia de los oferentes e igualdad ante las Bases, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
2.3 Estatuto Jurídico
La relación contractual se regirá por las normas obligatorias y complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que formarán parte integrante de la misma para todos los efectos legales y, en caso de discrepancias, prevalecerán en el orden que se indica:
1. Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
2. Respuestas y Aclaraciones a las ofertas del CFT Los Ríos, a las consultas formuladas por los interesados, si las hubiere.
3. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
4. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
5. La Ley N°19.886, modificada por la Ley N°21.634 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
6. Orden de Compra.
Las presentes bases son obligatorias para quienes participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el solo hecho de formular una oferta.
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DE LAS OFERTAS |
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En virtud de lo establecido en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886, las ofertas deben ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas.
Los participantes de este proceso de licitación deberán presentar propuestas considerando todos los productos licitados para la presente licitación. De lo contrario, el CFT de Los Ríos declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con esta condición.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del sistema de información. En el caso de aperturas de ofertas en soporte papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones en el acta que se levantará especialmente al efecto.
4.1 Vigencia de las ofertas
Las ofertas deberán mantenerse vigentes durante 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de apertura de la licitación.
4.2 De las ofertas presentadas por Uniones Temporales de Proveedores
Se entenderán como Uniones Temporales de Proveedores, en adelante, también “UTP” aquellas asociaciones de personas naturales y/o jurídicas para la presentación de una oferta, debiendo establecer, en el documento que formaliza la Unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el CFT de Los Ríos y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Además, deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a. Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Tener por objeto la unión para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Constituirse exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el acuerdo que conste en la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
En caso en que la inhabilidad se produzca durante el periodo en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en acta.
En el evento en que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse mediante acto administrativo.
Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:
1. Cuando la modificación de la composición de la UTP suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.
2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.
3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.
El representante de la UTP deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Lo anterior, en virtud del artículo 181 del Reglamento de Compras.
4.3 Contenido de las Ofertas
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada oferta deberá estar conformada por:
• Los Antecedentes Generales del Oferente.
• La Oferta Técnica del Oferente.
• La Oferta Económica del Oferente.
4.3.1 De los Antecedentes Generales
Todos los proponentes, deberán presentar los siguientes documentos:
a) Declaración jurada simple de requisitos para postular en la presente licitación a través de www.mercadopublico.cl: en donde el proponente declara que no le afectan ninguna de las inhabilidades ni prohibiciones para postular a la presente licitación, establecidas en el inciso 1° del artículo 4º de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, de no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal y de no haber sido sancionado por infracciones a la libre competencia, en los términos del artículo 26 letra d), del Decreto Ley N°211, sobre normas de protección a la libre competencia. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, esta declaración debe ser presentada por cada uno de los integrantes.
b) Anexos y propuestas establecidos en la presente licitación: todos los oferentes deberán adjuntar todos los documentos que se mencionan a continuación, en la oportunidad que se indique:
- Anexo N°1: Identificación del oferente.
- Anexo N°2: Oferta Económica.
- Anexo N°3: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con el CFT de Los Ríos.
- Anexo N°4: Programa de integridad.
- Anexo N°5: Oferta Técnica.
Lo exigido constituye un requisito esencial, por consiguiente, aquel oferente que no presente los anexos, documentos y otros antes indicados en el Portal, su oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de salvar errores u omisiones contenidos en aquellos una vez requerido por el Servicio, en virtud de lo indicado en el artículo 56 del Reglamento de Ley de 19.886.
En caso de existir discrepancia entre lo señalado en el portal www.mercadopublico.cl. y los anexos, prevalecerá lo publicado en el Portal.
Todos los proponentes deberán adjuntar los antecedentes antes singularizados, en soporte electrónico y a través del portal www.mercadopublico.cl (letra a, del ambiente del proveedor).
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas, en el día y hora indicada en el cronograma de actividades de la licitación. Asimismo, será de su responsabilidad constatar que el envío de su oferta técnica y económica haya sido realizado con éxito a través del sitio www.mercadopublico.cl.
No se aceptarán propuestas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo la ocurrencia de alguna de las circunstancias excepcionales establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras.
4.3.2. Garantía de Seriedad de la Oferta
No aplica en virtud de lo indicado en el artículo 2 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
4.3.3. La Oferta Técnica
Corresponde a la descripción de los servicios a contratar, conforme a lo requerido en las Bases Técnicas, mediante Anexo N°5 respectivamente, lo cual deberá presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl (Letra b del ambiente del proveedor), de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, debiendo utilizarse para ello los anexos indicados en el punto precedente.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes, designado para estos efectos, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal.
La Unión Temporal será considerada como el “Oferente” y sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante el CFT de Los Ríos y de todas las obligaciones que se generen con la entidad.
Las ofertas que no adjunten lo descrito en este punto serán declaradas inadmisibles, quedando excluidas del proceso de evaluación de las ofertas, lo anterior es sin perjuicio de errores u omisiones formales, según lo establecido en el punto 6.3. de las presentes bases.
4.3.4. La Oferta Económica
Es la que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, detalla el precio del servicio ofertado en la correspondiente oferta técnica, en todos sus aspectos esenciales.
El presupuesto estimado en la presente licitación corresponde a $7.330.000.- (siete millones trescientos treinta mil pesos) impuesto incluido. Considerando lo siguiente para línea de adquisición:
La Oferta Económica deberá presentarse electrónicamente y además deberá adjuntar el Formato de Presupuesto contenido en Anexo Nº2 de las presentes Bases en los anexos económicos del portal www.mercadopublico.cl (Letra b del ambiente del proveedor), de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio.
Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y en NETO, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto, lo anterior, independiente de completar el anexo, en donde se establece el impuesto respectivo si correspondiese.
Asimismo, se deja constancia que en caso de disconformidad entre el precio informado en el formulario electrónico del Portal y el precio informado en el Anexo N°2: “Oferta económica”, primará lo señalado en el Portal.
4.4. Costo de formulación de las ofertas
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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APERTURA ELECTRÓNICA DE LOS ANTECEDENTES GENERALES Y OFERTAS |
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La Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad y lugar indicado en el Calendario de Eventos, liberándose las ofertas el día y hora señalada en dicho cronograma.
La Apertura es electrónica y no un acto presencial, en el que se procederá a la Apertura Electrónica de los Antecedentes Generales del Oferente y de las Ofertas Técnicas y Económicas.
Seguidamente, se abrirán todos los archivos electrónicos de “Antecedentes Generales” de los oferentes, desde el Portal Chile Proveedores o Mercado Público, según corresponda, revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de los documentos exigidos en las Bases.
Los oferentes interesados tendrán acceso al acta de apertura a través del Portal y podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura electrónica de las ofertas a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl las que serán analizadas por la unidad técnica requirente.
5.1. CASOS EXCEPCIONALES DE APERTURA EN SOPORTE PAPEL
Podrá efectuarse el proceso de compra y la recepción total o parcial de las ofertas fuera del sistema de información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En este caso, el proponente deberá entregar en la fecha, horario y dirección, señalados en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes Bases Administrativas, los Anexos y antecedentes contemplados en las presentes Bases de Licitación en Casa Central, ubicada en calle Comercio #238, La Unión, Región de Los Ríos.
Los documentos deberán entregarse en sobres cerrados y caratulados, consignándose en forma visible y clara, el nombre y número de Adquisición (ID) y el nombre y domicilio del proponente.
El Centro de Formación Técnica estatal de la Región de Los Ríos efectuará la apertura de las propuestas presentadas en soporte papel, conjuntamente con la apertura electrónica de las restantes propuestas, si las hubiere.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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6.1 La Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora será designada en el resuelvo 3° del mismo acto administrativo que aprueba las presentes bases, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, será integrada por al menos tres funcionarios públicos del CFT de Los Ríos.
En el evento que el (los) funcionario(s) designado(s) ni sus subrogante(s) legal(es) no pudiese(n) ejercer las funciones encomendadas, el CFT de Los Ríos podrá a través de resolución fundada designar a nuevos integrantes. Dicha resolución deberá ser publicada con anterioridad a la fecha de inicio de la evaluación.
La Comisión Evaluadora elaborará un acta final de la evaluación correspondiente, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación y los resultados de la misma, en los términos establecidos en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Consultas Aclaratorias a Oferentes
Durante el período de evaluación, la Entidad Licitante de estimarlo necesario podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación.
Durante el período de evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, requerimiento que será informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Dentro del plazo máximo de 1día hábil de efectuado el requerimiento por parte de la Entidad Licitante, de conformidad con el artículo 56 del Reglamento, los oferentes podrán corregir estos errores o acompañar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Evaluación de las Ofertas
Los criterios de evaluación estarán principalmente centrados en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad y aptitud de los oferentes para entregar los productos ofertados, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Las ofertas que no cumplan con todos los criterios, antecedentes y documentación solicitados en las presentes bases, no serán sometidas a evaluación, y se declararán inadmisibles, en los casos expresamente establecidos en estas bases, conforme lo indicado en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
El proceso de evaluación contempla los siguientes criterios, valorizados según las ponderaciones que se indican a continuación. Cada criterio será evaluado en forma independiente y su resultado será representado por una calificación, la cual, ponderada por el respectivo factor, arrojará el puntaje final de la oferta:
Las Ofertas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente Pauta de Evaluación:
CRITERIOS PORCENTAJE
1 Oferta Técnica 45%
2 Oferta Económica 50%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales 3%
4 Cumplimiento Programa de Integridad 2%
TOTAL 100%
De la oferta técnica (45%)
El puntaje al presente factor se determinará de acuerdo con la propuesta del oferente respecto al plazo de entrega de los productos solicitados, puestos en Avda. Pedro de Valdivia N°550, Valdivia, Región de Los Ríos, es decir, el plazo ofertado debe considerar el tiempo de despacho de los productos. Para lo anterior, el oferente deberá indicar en el Anexo N°5, el plazo ofertado en número de días corridos. El factor será evaluado según el siguiente cuadro.
PLAZO DE ENTREGA (DÍAS CORRIDOS) PUNTAJE
Inferior o igual a 7 días corridos 100 puntos
De 8 a 12 días corridos 70 puntos
De 13 a 15 días corridos 50 puntos
Superior a 15 días corridos Inadmisible
Consideraciones:
Será declarada inadmisible una oferta, en el caso que no se presente el Anexo N°5 completado o que proponga un plazo de entrega superior a 15 días corridos.
La aceptación de la orden de compra no podrá exceder de 24 horas a través del Portal, por cuanto luego de trascurrido el plazo, se iniciarán los procesos necesarios para cancelar la ya emitida y readjudicar la compra, según corresponda.
Los oferentes deberán adjuntar fichas técnicas originales del fabricante, de los productos ofertados, que es un requisito de admisibilidad, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible.
Los oferentes deberán indicar un plazo único de días corridos como plazo de entrega, y no un rango, por ejemplo: 10 días, 7 días. Si se indica un rango de días (por ejemplo, de 7 a 10 días) se considerará, para efectos del puntaje a asignar, el día del término del plazo (en el ejemplo anterior, 10 días).
El plazo de entrega debe ser el mismo para todos los productos.
6.4.2 De la Oferta Económica (50%)
El criterio de evaluación de la oferta económica está orientado a determinar dentro de aquellas ofertas técnicas que cumplen las exigencias requeridas en las Bases, cuál resulta económicamente más ventajosa y conveniente para el CFT de Los Ríos. Para tal efecto, los oferentes deberán utilizar el formato contenido en el Anexo N°2, Oferta Económica, para los servicios requeridos. la cual será evaluado conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Oferta Económica = ((Oferta menor)/(Oferta evaluada))× 100
Será declarada inadmisible la oferta, en el caso en que no se presente el Anexo N°2.
No se evaluarán documentos que no hayan sido solicitados.
Cumplimiento de los requisitos formales (3%)
El criterio de evaluación de cumplimiento de los requisitos formales está orientado a determinar dentro de aquellas ofertas que cumplen las exigencias requeridas en las Bases, cuales han presentado íntegramente los antecedentes solicitados por el CFT de Los Ríos en tiempo y forma.
Para tal efecto, los oferentes adjuntar todos los antecedentes administrativos, técnicos y económicos en el tiempo y forma solicitados al presentar su oferta, sin perjuicio de salvar errores u omisiones una vez requerido por el Servicio. Se le asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente recuadro:
Aplica cuando: Puntaje
El oferente presenta la totalidad de los documentos requeridos en el ingreso de la oferta en tiempo y forma. 100
No presenta la totalidad de los documentos requeridos en las Bases al momento de presentar la oferta, sin embargo, salva errores u omisiones una vez requerido por el Servicio. 50
El oferente no presenta la totalidad de los documentos ni salva los errores u omisiones una vez requerido por el Servicio Inadmisible
Cumplimiento de Programa de Integridad (2%)
El programa de integridad de una empresa, organización o persona natural se entiende como un conjunto de instrumentos, medidas y compromisos internos que fomentan, entre sus integrantes o en el ejercicio individual de su actividad, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permite evitar prácticas corruptas o delictivas.
Los oferentes deberán informar si cuentan con un programa de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores, a través del anexo N°4.
Las personas naturales deberán informar y acreditar, por el mismo medio, que cuentan con capacitaciones o certificaciones fidedignas en integridad, probidad y/o Compliance.
Adicionalmente, para acreditar lo anterior, los proveedores deberán:
1) Presentar, protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad.
2) Entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por su personal y/o trabajadores tales como: un comunicado interno, afiche informativo, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, constancia de la inducción, capacitación, seminarios, etc.
3) Las personas naturales deberán acreditar mediante certificados emitidos por las respectivas instituciones sus cursos, capacitaciones o diplomados.
El puntaje se asignará conforme al siguiente detalle:
Oferente cuenta con programas de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores y entrega respaldos de verificación. 100 puntos
Oferente no cuenta con programas de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores o no entrega respaldos de verificación. Puntos
6.5 Evaluación Total de las Propuestas
El puntaje final de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación de la oferta técnica (POT) y la oferta económica (POE), de acuerdo con la siguiente fórmula:
PF = (POT × 45%) + (POE × 50%) + (PCF × 3%) + (PPI × 2%)
Donde:
PF = Puntaje Final
POT = Puntaje Oferta Técnica
POE = Puntaje Oferta Económica
PCF = Puntaje Cumplimiento requisitos formales
PPI = Puntaje Programa de Integridad
Este puntaje final permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determine el orden de prelación para adjudicar, y que podrá ser aplicable, en caso, que, el adjudicatario no entregue la documentación necesaria dentro del plazo establecido al efecto, para emisión de la Orden de Compra.
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DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO |
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7.1. Adjudicación
El CFT adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, aunque ella no sea la de menor valor.
En dicho acto, deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en las bases, hayan permitido al o los adjudicatarios obtener la calificación de oferta más conveniente.
Para estos efectos la Entidad Licitante deberá publicar la mayor cantidad de información respecto del proceso de evaluación, tales como informes técnicos, actas de comisiones evaluadoras, cuadros comparativos, entre otros. Lo anterior, en virtud de lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de Compras.
El oferente cuya propuesta u oferta ha sido seleccionada de este modo, será denominado el oferente adjudicatario.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada del Jefe de Servicio.
La entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, conforme a lo establecido en el artículo 61 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886.
El CFT se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes del cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 58 del D.S. N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que señala: “Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad. Asimismo, podrá ser prorrogado en el caso del artículo 61 del presente reglamento”.
7.2. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas con relación a la adjudicación, en el plazo de dos días a contar de la fecha de la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de adjudicación. Dichas consultas deberán realizarse a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
7.3. Notificación
La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, que para todo efecto se debe encontrar habilitado en el portal de mercado público al momento de presentar la oferta.
7.4. Readjudicación
El CFT de Los Ríos podrá readjudicar la licitación dentro de 60 días contados desde la publicación de la adjudicación original, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra dentro del plazo de 24 horas desde su notificación.
b) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
c) Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos.
d) Por incumplimiento grave de las condiciones establecidas en la contratación.
e) Por término anticipado de la contratación.
f) Por aplicación de multas equivalentes al 30% del valor del contrato.
g) Por no cumplir los productos con las especificaciones técnicas requeridas en las bases de licitación, circunstancia que será evaluada por el CFT Estatal de Los Ríos.
El CFT de Los Ríos podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo con los intereses del Servicio se estime conveniente proceder con otro mecanismo de contratación. Lo anterior, de conformidad al artículo 58 del Reglamento de la Ley 19.886.
7.5. Eventual rechazo de las ofertas o declaración desierta de la Licitación
En conformidad al artículo 9° de la Ley N° 19.886 el CFT de Los Ríos declarará inadmisible por resolución fundada, cualquier oferta que no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, de acuerdo con las causales expresamente establecidas.
Asimismo, el CFT podrá por resolución fundada declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando exceda el Presupuestario disponible o cuando en general éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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DE LA FORMALIZACIÓN, VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
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8.1. Formalización de la contratación
Al tratarse de bienes o servicios estándar, de simple y objetiva especificación notificada la adjudicación, el CFT procederá a formalizar la contratación mediante Orden de Compra emitida a través del Portal de Mercado Público en conformidad al contenido de las presentes Bases, a las consultas formuladas y sus respectivas respuestas, a los documentos aclaratorios intercambiados por las partes, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas y su Reglamento.
Una vez emitida la Orden de Compra, el CFT enviará ésta al adjudicatario, otorgándole el plazo de 24 horas para su aceptación, sin perjuicio que dicho plazo puede ser ampliado por necesidades del Servicio.
Al momento de la aceptación de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá hacer entrega de la Declaración Jurada contenida en Anexo N°1, según corresponda, en la que declara no tener vínculo de parentesco con los funcionarios del CFT de Los Ríos, en los términos establecidos en el artículo 35 quáter de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios, y si éste fuere una persona jurídica, además manifestará no haber sido condenado con la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, contemplada en los artículos 8º y 10º del artículo primero de la Ley Nº 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho y del artículo 26 letra d) del Decreto Ley N° 211, que establece normas de protección a la libre competencia, como también aquellas inhabilidades contempladas en los artículos 35 quáter, quinquies, septies incorporados mediante la ley N°21.634 a la Ley de Compras Públicas. Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante individualmente considerado, debiendo presentar por separado la declaración solicitada en el Anexo N°1.
8.2. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
La presente contratación no exige la presentación de garantías de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
8.3. Vigencia y duración
La presente contratación tendrá una vigencia correspondiente al plazo de entrega ofertado por el adjudicatario contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor.
No se cursará pago alguno por los productos adquiridos, sino hasta la total entrega de los bienes objeto de la presente licitación de conformidad a lo establecido en el Anexo 5 del plazo de entrega de las presentes bases.
Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del CFT de poner término anticipado a la contratación en los casos expresamente señalados en estas Bases.
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN |
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9.1. Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de la entrega por el adjudicatario, el CFT designará a un(a)colaborador(a), quien tendrá al efecto las siguientes facultades y responsabilidades:
a) Certificar la recepción, a entera satisfacción del CFT de los productos y/o servicios contratados.
b) Fiscalizar el estricto cumplimiento de los servicios contratados y de los productos adquiridos.
c) Gestionar el control y seguimiento de estado de los productos contratados y reportar al adjudicatario en caso de fallas de propias de los equipos y/o del servicio, en que proceda aplicar la garantía técnica.
d) Indicar la fecha de facturación al proveedor, la cual debe ser posterior a la entrega y recepción conforme de los productos o servicios contratados de forma mensual.
9.2. Sobre el despacho y entrega de los productos
Una vez emitida la Orden de Compra y aceptada ésta por parte del proveedor, el adjudicatario deberá coordinar el despacho y la entrega de los productos con el respectivo funcionario responsable del CFT de Los Ríos.
La entrega será en Avda. Pedro de Valdivia N°550, Valdivia, Región de Los Ríos. El costo del envío, debe asumirlo el adjudicatario.
Para efectos del despacho de los productos, estos se recepcionarán solo con guías de despacho; no se recibirán facturas que fueren emitidas antes de la recepción conforme de los productos, en cuyo caso los documentos serán rechazados.
Todos los productos deben ser entregados conjuntamente. No se aceptarán despachos parciales aun cuando lo hicieren dentro del plazo ofertado.
9.3. Pago del servicio
El pago se hará vía “TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA”, hasta en 30 días corridos desde la recepción conforme de los productos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Centro de Formación Técnica Estatal de la Región de Los Ríos dispondrá de un plazo de pago de hasta noventa días corridos, en aquellos casos en que el pago se encuentre sujeto al cobro de multas, ocasionada por atrasos o incumplimientos en la entrega de los productos en que haya incurrido el proveedor, dado el mayor tiempo de tramitación que esto conlleva, siempre y cuando se cuenten con todos los antecedentes para la tramitación de la multa que deben ser aportados por la unidad contratante CFT y el proveedor adjudicado.
Las facturas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Razón Social: Centro de Formación Técnica Estatal de Los Ríos
- R.U.T.: 62.000.400-6
- Domicilio: Calle comercio N°238, La Unión, Región de Los Ríos, Chile.
- Deberán indicar el N° ID de la orden de compra respecto de la que se está facturando.
Para ello, el oferente adjudicado deberá enviar obligatoriamente sus datos bancarios y adjuntar copia cedible de la(s) factura(s) asociada(s) al correo electrónico: lalvarez@cftdelosrios.cl
Las facturas serán de vueltas al proveedor, en los siguientes casos:
a) Cuando contenga errores de emisión o de contenido, por ejemplo, no registre el número de la Orden de Compra o el monto no corresponda.
b) Cuando no exista recepción conforme del servicio contratado.
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SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO |
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10.1. Multas
El CFT aplicará multas por incumplimiento de los plazos de entrega ofertados, dichos plazos se contarán desde la aceptación de la Orden de Compra.
En dicho caso, se aplicará una multa correspondiente al 3% del valor neto a pagar por día corrido de atraso.
Las multas no podrán sobrepasar el 30% del valor neto total del contrato.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
10.2. Modificación o Término anticipado de la contratación
El CFT podrá modificar oponer término anticipado a la contratación, por las causas indicadas en el artículo 129 y 130 del Reglamento de Compras, y especialmente las siguientes:
a) Por resciliación de las partes (mutuo acuerdo).
b) Por exceder las multas el tope máximo del 30% del monto neto total de la contratación.
c) Por estado de notoria insolvencia del contratante.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento del deber de confidencialidad de la información.
f) Por declaración de quiebra del adjudicatario.
g) Por cambio en las fechas indicadas en las especificaciones técnicas.
h) Por no cumplir los productos y/o servicios con las especificaciones técnicas requeridas.
i) Por incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en la contratación, circunstancia que será calificada por el CFT de Los Ríos.
10.3. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, el CFT notificará inmediatamente de ello al adjudicado, mediante correo electrónico o carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el CFT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante correo electrónico o carta certificada.
En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
No procederán estas sanciones si se estableciere la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el CFT, mediante Resolución fundada del jefe del Servicio.
Adoptada esta medida y exceptuando las causales descritas en las letras a) y d) precedentes, el CFT procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si existiere, y ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados.
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