Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Tipo de documento:
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Boleta de Garantía
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Beneficiario:
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Servicio Nacional de Turismo
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2021
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, en conformidad al artículo 11° de la Ley de Compras Públicas, y de las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de carácter irrevocable y pagadera a la vista, que podrá ser tomada en un banco comercial o institución habilitada a nombre del “Servicio Nacional de Turismo”, R.U.T. N.° 60.704.000-1, por un monto equivalente al 5% del valor total bruto de su oferta (valor del contrato), debiendo expresarse el monto en pesos chilenos. Dicha garantía deberá contener la siguiente glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID N.° 1591-19-LE19”, si correspondiere.
Si el instrumento a presentar solo puede ser emitido en UF, debe indicarse en un anexo o en “condiciones generales”, su conversión a pesos chilenos al día de la emisión del documento.
La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo total del contrato, más 100 días corridos.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. De entregarse de forma física, deberá hacerse en dependencias de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Turismo ubicadas en Avenida Providencia N° 1550, Providencia, Santiago, o mediante carta certificada remitida a dicho domicilio, o electrónicamente al correo electrónico abastecimiento@sernatur.cl. En caso de que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
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Glosa:
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Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID N.° 1591-19-LE19
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se haya cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes Bases y contrato, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso el Servicio queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Frente a un incumplimiento de las obligaciones y plazos que establezcan las Bases o el contrato o las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, el Servicio notificará mediante carta certificada el oficio en el que consta tal incumplimiento. El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación por carta certificada para presentar sus descargos al respecto, los que serán resueltos por la Directora Nacional, acogiéndolos o rechazándolos.
En el caso de no ser contestados los descargos o de ser éstos rechazados por la Directora Nacional, se ordenará el cobro de la garantía por resolución fundada y una vez publicada ésta en el Portal, se presentará a cobro sin más trámite.
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