Licitación ID: 2448-5-LE23
SUMINISTRO DE OXIGENO PERIODO 2023 APS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, Departamento de Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 632
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
SUMINISTRO DE OXIGENO PERIODO 2023 PARA LA APS COQUIMBO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE OXIGENO PERIODO 2023 APS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere licitar Suministro de Oxígeno Periodo 2023.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
Departamento de Salud
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
Bilbao 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-02-2023 15:13:00
Fecha de Publicación: 07-02-2023 15:52:00
Fecha inicio de preguntas: 07-02-2023 19:32:00
Fecha final de preguntas: 10-02-2023 19:32:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-02-2023 19:32:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-02-2023 15:14:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-02-2023 15:14:00
Fecha de Adjudicación: 27-02-2023 17:34:32
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO IDENTIFICACION DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO DECLARACION JURADA SIMPLE
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PROVEEDOR Registra 5 O Más Reclamos En Mercado Público Durante Los Últimos Seis Meses: 0 Punto. Proveedor Registra Entre 1 Y 4 Reclamos En Mercado Público Durante Los Últimos Seis Meses: 50 Puntos. Proveedor No Registra Reclamos En Mercado Público Durante Los Últimos 6 Meses: 100 Puntos. 10%
2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Adjuntar Formulario de Oferta Económica según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 20 puntos / Ingresa Valor Neto en línea de comprobante de la Oferta 20 Puntos / Antecedentes Adicionales Solicitados en las Bases 20 Puntos. 5%
3 PLAZO DE ENTREGA (ADQUISICION) (Menor plazo ofertado/plazo ofertado) x 100 El plazo mínimo a ofertar será de 1 día hábil. Quienes no oferten plazo, serán evaluados con 0 puntos. El plazo de entrega debe considerar el producto dispuesto para su retiro o entrega en el Centro de Salud. Quienes oferten despacho y no plazo de entrega, serán evaluados con 0 puntos. El plazo de entrega ofertado, debe ser en días hábiles. Quienes oferten en días corridos, serán evaluados con 0 puntos. 40%
4 OFERTA ECONÓMICA PROMEDIO (Oferta Económica Promedio Menor/Oferta Económica Promedio) x 100 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 215-22-08-999-006-003
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Maria Palacios Tirado
e-mail de responsable de pago: mepalacios@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: Diego Aguirre Toro
e-mail de responsable de contrato: daguirret@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2311172-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Validez de las Ofertas
El plazo de validez de las ofertas será para todo el periodo en que se encuentre operativo el presente contrato. La presente licitación fija precios para el periodo de duración del contrato, En aquellos casos que los oferentes no informen la vigencia de su oferta, esta se entenderá que cumple con la vigencia señalada precedentemente.
Consultas y Aclaraciones
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
Aclaración de Ofertas
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
Obligación del Evaluador
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
Evaluación de las Ofertas
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha propuesta de acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quién, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
Consideración al Evaluar
Se evaluarán aquellos proveedores que oferten la totalidad de las líneas y cumplan los requerimientos técnicos. De lo contrario sus ofertas serán declaradas inadmisibles.
Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es dalvarezz@municoquimbo.cl.
Resolución de Empates
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación Oferta Económica Promedio. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Plazo de Entrega (adquisición). En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Comportamiento Contractual Anterior. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
Adjudicación de la Propuesta
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se firmará el contrato respectivo y se emitirá la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor. El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente en Chile Proveedores. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
Puntaje Mínimo de Adjudicación
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
Sobre la Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación
Del Contrato
Tomando en consideración que el monto de lo requerido es menor a las 1000 UTM, la relación contractual se formalizará mediante la emisión de órdenes de compra y la aceptación de éstas por parte del proveedor adjudicado. La modalidad del contrato corresponderá a un contrato de suministro, sin intereses de ningún tipo, a número de requerimientos variables, según las necesidades y requerimientos de la Municipalidad, hasta concurrencia del monto total estimado de la adquisición, o hasta el vencimiento del plazo del contrato de suministro que se suscriba con el proveedor, a elección de la Municipalidad. El contratista no podrá ceder o transferir a terceros a ningún título el contrato suscrito con la Municipalidad de Coquimbo. La Municipalidad podrá prorrogar el contrato de suministro que se suscriba con el proveedor, por una sola vez, en las mismas condiciones del contrato original, previo informe favorable de la Unidad Técnica, mediante resolución fundada. El plazo de prórroga será el indispensable para llevar a efecto un nuevo proceso de Licitación Pública, y en ningún caso podrá superar los 4 meses contados desde la fecha de término original. En caso de prórroga, las partes no podrán revisar las condiciones del contrato, pero podrán acordar nuevas condiciones que impliquen una mejora sustancial en la calidad y extensión del Servicio contratado, sin afectar el valor, precio o descuentos aplicables a los bienes y servicios objeto del suministro. En todo caso, la prórroga deberá estar completamente tramitada mediante acto administrativo, antes de la fecha de término del contrato original. La prórroga del contrato de suministro será independiente del aumento del monto total del contrato. Por esta razón, durante toda la vigencia del contrato de suministro, y sus prórrogas, sólo podrá aumentarse el monto total contratado, hasta en un 30%, y solo por una vez. De igual manera, solo podrá prorrogarse el contrato por una única vez. En todo caso, la prórroga deberá estar completamente tramitada mediante acto administrativo, antes de la fecha de término del contrato original.
Responsable de la Relación Contractual
Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad del Encargado Área Modelo Salud y Redes Asistenciales del Departamento de Salud Municipal, Sr. Diego Aguirre Toro, 512-311172. Para ello en el contrato se indicarán los datos de contacto.
Contacto del Adjudicatario
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
Forma de Pago
El prestador adjudicado podrá facturar el Suministro de Oxigeno de forma mensual. El encargado de la relación contractual deberá emitir el respectivo certificado de conformidad y autenticar el servicio prestado. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento”. Responsable del pago es la Jefa de Administración y Finanzas del Departamento de Salud Municipal, Srta. María Esperanza Palacios Tirado, Fono: 512-311172, Correo: mepalacios@municoquimbo.cl
Plazo para Devolución de Factura
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c; que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega. 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
Responsabilidades del Oferente
Será de responsabilidad del proveedor el transporte de todos los materiales necesarios para la ejecución del servicio, además de contratar al personal calificado para la realización del mismo, el cual será íntegramente remunerado por el proveedor. En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno. La Municipalidad no será responsable de las fallas, desperfectos, deterioros, siniestros, daños, robos, hurtos y/o pérdidas que pudieran producirse en los implementos utilizados en la ejecución del contrato, sin importar el origen de los mismos, siendo responsabilidad del proveedor disponer de las medidas de seguridad necesarias.
Modificación a las bases
Se podrán modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. El acto administrativo que modifique bases, siempre, deberá ser publicado en el sistema de información, antes del cierre de recepción de las ofertas, pasando a formar parte integrante de las presentes bases. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Municipalidad podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando lo estime conveniente, de manera fundada. Las modificaciones realizadas a las bases administrativas o a cualquier otro documento integrante de la licitación, formarán parte integrante de la misma, desde su publicación en el sistema de información. Por su parte, se presumirá su conocimiento por parte de todos los proponentes, desde las 24 horas siguientes a la señalada publicación.
Sanción en caso de Incumplimiento
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones: Una sanción pecuniaria del 2,5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega del servicio sea hasta 5 días hábiles imputables al proveedor. Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega de los productos sea mayor a 5 días hábiles imputables al proveedor. Una sanción pecuniaria del 2.5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando se detecten faltas en la entrega total de los productos, que deberá ser certificado por el funcionario a cargo del Departamento de Salud Municipal. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, con problemas en sus envoltorios, o estos tengan un plazo de vencimiento inferior al mínimo señalado en las presentes Bases; o que sean diversos en cuanto a gramaje, marca, u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por día de atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro del plazo ofertado para la entrega. En todo caso, las multas no podrán superar el 20% del valor total del contrato. Superar el tope señalado es causal de término anticipado. Esta sanción comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra en el plazo de 48 horas posteriores a su emisión, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor y se procederá a aplicar la sanción a contar desde este plazo señalado. Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al sr. alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se elaborará el decreto para proceder a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si “EL PROVEEDOR” de los servicios no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior, se notificará a “EL PROVEEDOR” de la sanción aplicada a través del correo electrónico informando en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Las multas, podrán ser descontadas de cualquier factura pendiente o futura de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien descontadas de la garantía de fiel cumplimiento que obre en poder del municipio o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
Término Anticipado
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Se podrá dar termino anticipado cuando el proveedor no demuestre avances ni responda solicitudes de contacto, llamadas telefónicas y/o correos electrónicos. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al prestador a indemnización de ningún tipo.
Normativa y antecedentes que regulan la licitación
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos. a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl. d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto. e) Ficha electrónica de licitación. f) Ofertas de los oferentes a proponentes. g) Análisis de las propuestas. h) Informe y Decreto de Adjudicación. i) Otros Antecedentes Relacionados Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
Jurisdicción de los Tribunales
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Del Giro
El proveedor que desee ofertar en el presente proceso, deseablemente debe tener giro necesario para la venta de los bienes y/o servicios que se requieren por la entidad. No obstante lo anterior, el Departamento de Salud se reserva el derecho a consultar al Servicio de impuestos Internos, cuando el giro señalado en la factura no corresponda al bien o servicio licitado.