Licitación ID: 932-15-LP25
CONTRATACIÓN CONVENIO DE SUMINISTRO 2025-2027 SERVICIOS DE ASEO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES REGIÓN LIBERTADOR GRAL BERNARDO O´HIGGINS RECINTOS DEPORTIVOS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio de aseo del Instituto Nacional de Deportes, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Recintos Deportivos, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACIÓN CONVENIO DE SUMINISTRO 2025-2027 SERVICIOS DE ASEO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES REGIÓN LIBERTADOR GRAL BERNARDO O´HIGGINS RECINTOS DEPORTIVOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
EL IND DE RANCAGUA, REQUIERE DE LA CONTRATACIÓN CONVENIO DE SUMINISTRO 2025-2027 SERVICIOS DE ASEO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN LIBERTADOR GRAL BERNARDO O´HIGGINS, RECINTOS DEPORTIVOS, mediante un proceso de Licitación Pública, siendo necesario aprobar, previamente, las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que regularán dicho proceso de contratación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
I.N.D. REGION VI
R.U.T.:
61.107.000-4
Dirección:
Manuel Antonio Matta N°220 Població
Comuna:
Rancagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-06-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 28-05-2025 18:05:00
Fecha inicio de preguntas: 28-05-2025 19:36:00
Fecha final de preguntas: 06-06-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-06-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-06-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-06-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-07-2025 17:11:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO DE CARACTER OBLIGATORIO-A efectuarse el 6° día hábil del presente cronograma, a las 12:00 horas en calle Manuel Antonio Matta nº 220, Población Cuadra, comuna de Rancagua, de la ciudad de Rancagua, de la Región del Libertador Gral. B 05-06-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 6. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 6.1 Contenido de las Ofertas. Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada por: a) Los Antecedentes Generales. b) La Oferta Técnica; que corresponde a la descripción de los servicios solicitados y ofertados; c) La Oferta Económica; que corresponde al precio total a suma alzada de los servicios ofertados. Los oferentes podrán presentar los antecedentes requeridos para participar en el proceso de licitación, sólo en el período determinado para tal efecto, sin existir plazos extraordinarios complementarios. 6.1.1 Antecedentes Generales. Todos los proponentes, deberán generar el antecedente que se singulariza a continuación, en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl: Declaración jurada sobre requisitos para ofertar, ya sea persona natural o persona jurídica, la cual consta en línea y se realiza al postular a una licitación en www.mercadopublico.cl. Los Oferentes que tengan la calidad de inscritos en www.chileproveedores.cl se consideran hábiles para contratar con el Estado, por lo que sólo deberán entregar el antecedente específico que se exige precedentemente. Cabe mencionar que los oferentes que cuenten con esta declaración adjunta a su ficha de Chileproveedores no será obligatorio adjuntarla nuevamente a la oferta. Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, y contar con la inscripción vigente en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, como requisito para celebrar el contrato definitivo. Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar además, al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en conformidad al reglamento de la ley N° 19.886. Si no se presenta dicho documento, la oferta presentada será declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- 6.1.2 La Oferta Técnica. Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales. Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas. 6.1.2.1 Contenidos mínimos de la oferta técnica Deberá cumplir todos los requerimientos establecidos en las bases técnicas, anexar especificaciones técnicas reales del servicio ofertado y el Anexo N°6 de estas bases, debidamente llenado. Las ofertas que no cumplan con la totalidad de estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- 6.1.3 La Oferta Económica Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional e indicar el monto total a suma alzada correspondiente a los servicios requeridos en las presentes bases. El oferente deberá indicar el valor total que asigna a su propuesta, mediante un itemisado de acuerdo al formato establecido en el ANEXO N° 4. 6.1.4. Costo de formulación de las ofertas Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Programa de Integridad Oferente cuenta con programa de integridad=100 puntos; Oferente NO cuenta con programa de integridad=0 puntos. 5%
2 Condiciones de empleo y remuneraciones Porcentaje de trabajadores del oferente con contrato de trabajo y cuya remuneración bruta es superior a 2 ingresos mínimo Puntaje 80% o más de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 100 60% a menos del 80% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 75 12 ingresos mínimos mensuales requeridos. 40% a menos del 60% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 50 20% a menos del 40% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 25 Menos del 20% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 0 10%
3 Evaluación de Ofertas Técnicas Años de experiencia en el mercado de 10 años o más=100 puntos; Años de experiencia en el mercado de 9 a 8 años=80 puntos; Años de experiencia en el mercado de 7 a 6 años=60 puntos; Años de experiencia en el mercado de 5 a 4 años=50 puntos; Años de experiencia en el mercado menor a 4 años=30 puntos; No presenta experiencia= 0 puntos. 30%
4 Evaluación Ofertas Económicas Oferta económica más baja x 100/ Oferta económica en evaluación. 50%
5 Comportamiento contractual anterior No presenta multas o sanciones en el registro ficha de proveedores= 100 puntos; Presenta una (1) multa o sanción en el registro ficha de proveedores= 50 puntos; Presenta entre dos (2) y cuatro (4) multas o sanciones en el registro ficha de proveedores= 25 puntos; Presenta cinco (5) o más multas o sanciones en el registro ficha de proveedores= 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUB TITULO 22
Monto Total Estimado: 84000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Los valore incluyen iva.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Pamela González Padilla
e-mail de responsable de pago: pamela.gonzalez@ind.cl
Nombre de responsable de contrato: Rodrigo Cabrera Taibe
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.cabrera@ind.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2230366-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
11.8 Cesión, Factoring y Subcontratación No se permitirá la subcontratación de los servicios.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE
Fecha de vencimiento: 01-10-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato suscrito con el IND, en virtud de la Propuesta Publica denominada adjudicación de la CONTRATACIÓN CONVENIO DE SUMINISTRO 2025-2027 SERVICIOS DE ASEO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN LIBERTADOR GRAL BERNARDO O´HIGGINS, RECINTOS DEPORTIVOS y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores .
Glosa: El adjudicatario deberá entregar al momento de la firma del contrato, de forma física o electrónica, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, R.U.T. Nº61.107.000-4, por el monto de 5% del precio final neto adjudicado, y con vigencia por todo el plazo del contrato, aumentado en 60 días hábiles.
Forma y oportunidad de restitución: Se deja constancia que podrá presentarse cualquier instrumento de garantía, que asegure el pago de la garantía de misma de manera rápida y efectiva, y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en el párrafo anterior y en el artículo 121 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº19.886 de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Esta garantía se dirigirá, además, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales que el adjudicatario contraiga o tenga en los últimos dos años con sus trabajadores. La no renovación de la garantía, por al menos otros 60 días del plazo original, faltando 30 días para su vencimiento en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del adjudicatario, facultando al Instituto para hacerla efectiva. La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del contrato. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso que el adjudicatario no de íntegro, cabal y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contractuales.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y LA ENTREGA DE RESPUESTAS
5. DE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y LA ENTREGA DE RESPUESTAS 5.1 Recepción de consultas y solicitudes de aclaración.
Los oferentes podrán hacer las consultas y solicitudes de aclaración que estimen procedentes respecto de las disposiciones contempladas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las que se formularán a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el cronograma de estas Bases.
5.2 Respuestas.
La totalidad de las consultas y solicitudes de aclaración que formulen los oferentes serán respondidas o evacuadas en el plazo indicado en el cronograma de las presentes Bases Administrativas, quedando tales respuestas a disposición de todos los interesados en el portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, en su caso, del contrato resultante del presente proceso licitatorio.
DE LA EVALUACION DE LAS OFERTAS
8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1 La Comisión Evaluadora.
Las ofertas que inicialmente fueron declaradas admisibles, serán analizadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes de Chile:
a) Encargado del Área de Recintos Deportivos, don Rodrigo Cabrera Taibe, o quien lo subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe;
b) Coordinadora de instalación deportiva, del Área de Recintos Deportivos, doña
Marcela Larenas Sandoval, o quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el
Director Regional designe;
c) Encargada del Área Regional de Compras y Abastecimiento, Ivonne Aguirre Rojas, o quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe.
8.2 Consultas Aclaratorias a Oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los
oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
8.3 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la
evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
8.4 Criterios de Evaluación de las Ofertas.
Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación, la cual será confeccionada de acuerdo a los criterios de evaluación que se indican a continuación:
8.4.1 Condiciones de empleo y remuneraciones (CER): 10% En conformidad al Artículo 55 Decreto N°661 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N°21.634, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el caso de servicios habituales, que deban proveerse a través de licitaciones o contrataciones periódicas, deben ajustarse estrictamente con las obligaciones y prohibiciones del artículo 6 de la Ley de Compra. En ningún caso el mero cumplimiento por parte de un oferente de las obligaciones legales, laborales o previsionales podrán ser consideradas como un factor para otorgarle puntaje. Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo Nº 2, considerando todos los trabajadores de la empresa junto al certificado de cotizaciones de cada una de las personas y el formulario F30-1 de la Dirección del Trabajo. La entidad licitante podrá verificar la información declarada con la información declarada en el anexo Nº 2. La asignación de puntajes será según la siguiente tabla:
Porcentaje de trabajadores del oferente con contrato de trabajo y cuya remuneración bruta es superior a 2 ingresos mínimo Puntaje 80% o más de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 100 60% a menos del 80% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 75 12 ingresos mínimos mensuales requeridos. 40% a menos del 60% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 50 20% a menos del 40% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos. 25 Menos del 20% de los trabajadores con remuneración bruta superior a 2 ingresos mínimos mensuales requeridos.
8.4.2 Evaluación Programa de Integridad (PI): 5%
El siguiente punto de evaluación, busca que quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento integro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para los proveedores y participen en las actuaciones que deben llevar a cabo, procedan con la debida integridad en el ejercicio de sus funciones. En consideración a lo anterior, procede que los oferentes acrediten mediante una Declaración Jurada Simple Anexo N°3, si sus trabajadores cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal: Porcentaje de ponderación Oferente cuenta con programa de integridad 100 puntos Oferente NO cuenta con programa de integridad 0 puntos
8.4.3 Comportamiento Contractual Anterior (CCA): 5%
La Evaluación del Comportamiento Contractual Anterior de los oferentes, se realizará en conformidad a la información existente en el registro de proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en conformidad al artículo 96 bis del Decreto N° 250 del 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y de Prestación de Servicios, de acuerdo con la siguiente tabla:
Medición Puntaje No presenta multas o sanciones en el registro 100 13 ficha de proveedores Presenta una (1) multa o sanción en el registro ficha de proveedores 50 Presenta entre dos (2) y cuatro (4) multas o sanciones en el registro ficha de proveedores 25 Presenta cinco (5) o más multas o sanciones en el registro ficha de proveedores 0
8.4.4 Evaluación Ofertas Económicas (OE): 50%
El oferente deberá indicar el costo total y mensual del servicio, con IVA incluido, utilizando el Anexo Nº4 de estas bases, de lo contrario será declarada su oferta como inadmisible. La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la siguiente fórmula:
Oferta económica más baja x 100 Oferta económica en evaluación
8.4.5 Evaluación de Ofertas Técnicas (OT): 30% Una propuesta que en esta etapa no cumpla con los requerimientos mínimos de las Bases Técnicas, será rechazada. La Evaluación de la calidad técnica Ofertas Técnica se realizará en base a los años de experiencia en el mercado por parte de los oferentes (empresas a las que presta servicios, calidad de la maquinaria a utilizar), de acuerdo a la siguiente tabla, la cual se debe indicar en el Anexo N° 5.
Descripción Puntaje Años de experiencia en el mercado de 10 años o más 100 puntos Años de experiencia en el mercado de 9 a 8 años 80 puntos Años de experiencia en el mercado de 7 a 60 puntos 14 6 años Años de experiencia en el mercado de 5 a 4 años 50 puntos Años de experiencia en el mercado menor a 4 años 30 puntos No presenta experiencia 0 puntos.
8.4.6 Evaluación General de las Propuestas.
Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de los puntajes de los criterios evaluados multiplicados por su respectiva ponderación. Esto mediante la siguiente fórmula: Puntaje Final = (CER*(% pond))+(PI*(% pond))+(CCA * (% pond)+(OE*(%pond)+( OT*(%pond))
8.5 Mecanismo de solución en caso de empates. En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse el empate, se escogerá al proponente que ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación técnica. De mantenerse el empate, se escogerá al proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio condiciones de empleo y remuneraciones. De mantenerse el empate, se escogerá al proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio programa de integridad. Y de mantenerse el empate, se escogerá al proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio comportamiento contractual anterior. Finalmente, y de persistir el empate, se escogerá a la oferta que hubiere ingresado primero al portal www.mercadopublico.cl.
DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
9. DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
9.1 Adjudicación 15 La Adjudicación se hará por Resolución del IND, sobre la base del Acta de Evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. En el evento que el Adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Oficial de la Administración www.chileproveedores.cl, deberá hacerlo dentro del plazo de 10 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación. En caso de no adjudicarse o no resolverse la inadmisibilidad de las ofertas o la deserción del proceso en el plazo señalado en el cronograma, el Instituto fijará un nuevo plazo de días hábiles para dictar el acto administrativo respectivo, el cual, se informará a través de www.mercadopublico.cl junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo original. En caso de que el adjudicado no acepte o rechace por cualquier motivo la respectiva Orden de Compra, en el plazo de 48 horas una vez de enviada a éste, o no de cumplimiento a los requisitos para celebrar el contrato, el IND se reserva el derecho de adjudicar la propuesta al siguiente proponente mejor evaluado, o declarar desierto el proceso.
9.2 Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta.
El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del bien o servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente. Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
9.3 Comunicación de resultados de la licitación. Se comunicará el resultado de la Propuesta a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la correspondiente Resolución.
9.4 Consultas respecto de la adjudicación. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de cinco días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el IND en las presentes Bases Administrativas. 16 Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
DEL CONTRATO
10. EL CONTRATO
10.1 Elaboración del contrato Notificada la adjudicación, el IND procederá a redactar el contrato en conformidad al contenido de estas Bases, a las consultas y respuestas, a los documentos aclaratorios intercambiados por las partes, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la legislación vigente, todo lo cual se entiende, desde ya, como parte integrante del texto contractual. 10.2 Ofrecimiento a la firma y plazo. Elaborado el contrato, el Instituto lo ofrecerá a la firma del Adjudicatario otorgándole un plazo máximo de 5 días hábiles para suscribirlo, contado desde la fecha en que se le comunique, vía correo electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Será responsabilidad del Adjudicatario que su dirección de correo electrónico consignada en el Portal sea correcta y esté habilitada para todos los efectos de estas bases. Dentro de este mismo plazo (5 días hábiles) el adjudicatario deberá entregar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Respecto de las personas jurídicas, en la misma oportunidad y por el mismo medio, el IND requerirá declaración jurada simple de no estar afecto a la prohibición contemplada en el artículo 10 de la Ley Nº20.393, la cual deberá ser entregada al momento de la suscripción del contrato, en las dependencias de la Dirección Regional del Instituto, ubicadas en Manuel Antonio Matta # 220, ciudad de Rancagua, dentro del mismo plazo señalado. En la misma oportunidad y por el mismo medio, el IND podrá requerir cualquier otro antecedente al Adjudicatario, necesario para acreditar su habilidad para contratar con el Estado, ya sea en originales o en copias autorizadas ante Notario, los cuales deberán ser entregados en la Oficina de Partes, de la Dirección Regional, ubicada en Manuel Antonio Matta # 220, ciudad de Rancagua, dentro del mismo plazo de suscripción señalado. Entonces una vez entregados los antecedentes señalados, en el caso que fueran solicitados, se procederá a la suscripción del contrato, conjuntamente con la entrega por parte del Adjudicatario de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si el adjudicatario no firma por cualquier razón el contrato, o no da cumplimiento a los trámites previos a la firma de éste, o no realiza la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o se desiste de su oferta, o no se inscribe en el registro electrónico oficial de proveedores del estado dentro del plazo señalado en estas bases, el Instituto estará facultado para resolver que se adjudica la licitación al siguiente proponente mejor evaluado, o declarar desierto el proceso.
10.3. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. El adjudicatario deberá entregar al momento de la firma del contrato, de forma física o electrónica, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, R.U.T. Nº61.107.000-4, por el monto de 5% del precio final neto adjudicado, y con vigencia por todo el plazo del contrato, aumentado en 60 días hábiles, en la que se deberá incorporar la glosa, cuando el documento lo permita, lo siguiente Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato suscrito con el IND, en virtud de la adjudicación de la CONTRATACIÓN CONVENIO DE SUMINISTRO 2025-2027 SERVICIOS DE ASEO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN LIBERTADOR GRAL BERNARDO O´HIGGINS, RECINTOS DEPORTIVOS y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores . Se deja constancia que podrá presentarse cualquier instrumento de garantía, que asegure el pago de la garantía de misma de manera rápida y efectiva, y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en el párrafo anterior y en el artículo 121 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº19.886 de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Esta garantía se dirigirá, además, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales que el adjudicatario contraiga o tenga en los últimos dos años con sus trabajadores. La no renovación de la garantía, por al menos otros 60 días del plazo original, faltando 30 días para su vencimiento en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del adjudicatario, facultando al Instituto para hacerla efectiva. La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del contrato. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso que el adjudicatario no de íntegro, cabal y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contractuales.
10.4 Vigencia del contrato
El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, la que será notificada al Adjudicatario, otorgándole copia de la misma, sin perjuicio de su publicación en el Portal Mercado Público. La duración del contrato será hasta la recepción definitiva sin observaciones, y entera conformidad del IND de los servicios licitados. contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases.
10.5 Plazo
El servicio será prestado por un plazo de 2 años (24 meses), a partir de día 1° de agosto de 2025. Con todo, las partes, de común acuerdo, podrán modificar el plazo establecido en el párrafo primero de esta disposición, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y artículo 129 N° 1 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
10.6 Acreditación del cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de Seguridad Social
En caso de que el adjudicatario cuente con trabajadores dependientes, y para que el instituto emita la orden de compra respectiva, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl, para entregar el IND un certificado de antecedentes laborales y previsionales de cobertura nacional, extendido por la inspección del trabajo competente, vigente al momento de la adjudicación, respecto del cumplimiento de las normas laborales y previsionales, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. El IND podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier tiempo, mientras dure la prestación de los servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y Previsionales.
10.7 De la aceptación de la orden de compra. Se establece un plazo máximo de 48 horas, desde emitida la orden de compra, generada por concepto de prestación de los servicios contratados, para que el oferente adjudicado realice la aceptación de dicha orden a través del portal de mercado público. En caso de que esto no se efectúe, será considerado un incumplimiento grave del oferente adjudicado, por lo cual, el mandante procederá a la cancelación de la orden respectiva, cuya decisión será informada al proveedor, quedando el mandante facultado para decretar el término anticipado del convenio de suministro.
10.8 Recepción
La recepción será mensual, para lo cual el proveedor deberá coordinarse con Sub unidad de Recintos Deportivos, en forma previa a la ejecución de los trabajos que corresponda. Una vez realizado el servicio, el proveedor entregará la factura conforme al procedimiento vigente. Al mismo tiempo emitirá un informe del servicio, al administrador del contrato, que será validado una vez verificado el cumplimiento cabal de éste. También deberá entregar un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales, y fotocopias de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores. El pago de las facturas se realizará una vez presentada toda la documentación y que la unidad requirente emita la calificación del proveedor.
DE LA EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
11. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
11.1 Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto designa como su Administrador al Encargado de la Sub Área de Recintos, don Rodrigo Cabrera Taibe, o a quien lo subrogue o reemplace, la que tendrá las siguientes facultades-responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
c) Verificar la vigencia del instrumento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y cuando procediere, aprobar su devolución o solicitar que se haga efectiva
d) Revisar y aprobar el pago del servicio contratado, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.
e) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto, de los servicios contratados.
f) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.
Asimismo, el adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados.
11.2. Multas
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del Adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto. Verificada la infracción por el Administrador del Contrato, notificará por escrito al Adjudicatario, informando que se ha incurrido en una infracción, con indicación de la multa a aplicar.
La multa procederá por cada incumplimiento o infracción contractual que se produzca, y será aplicada administrativamente al adjudicatario, para cuyo pago, deberá realizar transferencia electrónica o depósito a la Cuenta Corriente N°38109100533 de Banco Estado, a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, R.U.T. N° 61.107.000-4, y remitir el comprobante de pago a pamela.gonzalez@ind.cl. La adjudicataria será sancionada con una multa conforme a la siguiente tabla:
INFRACCIÓN MULTA  Cada vez que el servicio no cumpla con las necesidades solicitadas por la Institución, de acuerdo a las especificaciones técnicas indicadas en las Bases Técnicas, o con la oferta presentada. 0.5% (cero coma cinco) del valor mensual del servicio facturado por cada servicio que no cumpla.
La aplicación de multas no libera al Adjudicatario de otras sanciones, como del Término del Contrato o del cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Contrato si procediera.
11.3 Causales de Modificación y de Término Anticipado del Contrato.
Sin perjuicio de causales especiales que se señalen en el respectivo contrato, serán causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las causales o circunstancias previstas en el artículo 13 bis, de la Ley de Compras o del artículo 130, del Reglamento de la Ley de Compras, que son las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, el IND sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento la Ley de Compras Públicas
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato. h) Por necesidades (Fuerza mayor y/o caso fortuito) del IND, lo cual se avisará mediante carta certificada con una anticipación mínima de 15 días corridos.
11.4 Causales de incumplimiento grave
Sin perjuicio de lo señalado, el Instituto podrá poner además término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones, las que serán consideradas incumplimientos graves a las obligaciones que impone el contrato:
a) Incumplimiento de los plazos relacionados con el pago de eventuales multas.
b) Incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por el Administrador del Contrato.
c) Todo incumplimiento en las obligaciones que emanen de esta contratación, ya sea por cumplimiento parcial o tardío, que impidan llevar a cabo los objetivos para los cuales se contrató el servicio.
d) Toda otra conducta u omisión imputable al contratista, que impida o perturbe el otorgamiento oportuno y eficaz de los servicios contratados, y que afecte el normal desarrollo de las funciones del Instituto.
e) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la aceptación de la orden de compra o mientras preste los servicios contratados, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
f) Por la aplicación de multas por un monto superior al 20% del total del contrato. En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá poner anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
11.5 Procedimiento para la aplicación de multas, para el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o para resolver el término anticipado: Verificada la infracción por el Instituto, notificará por escrito al adjudicatario, informando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su monto, o, en su caso para poner el término anticipado al contrato. El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo el IND mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual.
11.6 Cumplimiento de la Legislación Laboral
Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, el Instituto podrá exigir en cualquier momento al contratista que informe sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o de sus subcontratistas, mediante certificado de la Inspección del Trabajo respectiva, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad del monto y estado de cumplimiento. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a este Servicio de ser informado y de retención, establecidos en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones, de conformidad con el artículo 183-D del Código del Trabajo. La no exhibición de los documentos a que se refiere el inciso anterior, autorizara a "El Instituto" para pagar las deudas laborales y previsionales de los trabajadores ante el organismo respectivo, para ello descontará de los estados de pago correspondiente y/o pondrá término del Contrato.
11.7 Cumplimiento de las disposiciones respecto de prevención de riesgos
El contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre seguridad, condiciones sanitarias y ambientales, contenidas en la Ley 16.744, sobre Normas de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y su Reglamento, y en el Decreto Supremo N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Las obligaciones señaladas serán fiscalizadas por el Administrador del Contrato, quien informará por escrito cualquier anomalía producida a las autoridades que correspondan, según el caso.
11.8 Cesión, Factoring y Subcontratación
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común. EL IND deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por los proveedores, siempre y cuando sea notificado oportunamente de dicho contrato, y que no existan obligaciones pendientes. No se permitirá la subcontratación de los servicios.
11.9 Pago El pago se efectuara previa recepción conforme del IND de los servicios contratados. El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes de presentada la factura, debidamente visada por el Administrador del Contrato, y extendida a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, RUT N° 61.107.000-4, domiciliado para estos efectos en Calle Manuel Antonio Matta N°220, Población Cuadra, Rancagua. Cada factura debe ser enviada a la casilla: indrecepcion@custodium.com 11.10 Anticipos y Reajustes No se contempla pagos anticipados por ningún concepto. El precio convenido para el contrato se considerará invariable y no reajustable


ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIO
12. ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS. El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para la contratación de los servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado. Dicha adaptabilidad del contrato se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 129 de su Reglamento, contenido en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.  El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
PACTO DE INTEGRIDAD.
13. PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.