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Resolución de Empates |
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Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción en favor de quien presente el mejor puntaje en el Criterio de Evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien acredite el mayor puntaje en el Criterio de Evaluación “Experiencia”. De mantenerse aún la paridad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene la igualdad, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta quien haya presentado el mejor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los Oferentes podrán realizar Consultas a la Municipalidad de Vitacura respecto de la Adjudicación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información de Mercado Público, bajo el siguiente enlace:
https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/reclamoaOOPP/
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (FORMULARIO F30) vigente a la fecha de apertura de la licitación, emitido por la Dirección del Trabajo, según lo requerido en los numerales 10.2 y 11.2 de las BAE de la presente Licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley de Compras.
Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 56° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886. De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá será rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso de que la Municipalidad compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al respectivo contrato, según corresponda.
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MODIFICACIÓN N°1 |
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el punto 10.1. MANTENCIÓN PREVENTIVA (BT)
Donde dice: “Como mínimo el Concesionario deberá realizar las siguientes acciones:”
Debe Decir: “Como mínimo el Concesionario deberá realizar las siguientes acciones en los elementos publicitarios menores adosados al mobiliario urbano:”
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MODIFICACIÓN N°2 |
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En el punto 10.1. MANTENCIÓN PREVENTIVA (BT):
Donde dice: “10.1. MANTENCIÓN PREVENTIVA”
Debe Decir: “10.1. MANTENCIÓN PREVENTIVA DE REFUGIOS PEATONALES, MUPI Y POSTES DE ALUMBRADO PÚBLICO”
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MODIFICACIÓN N°3 |
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En el punto 10.2. MANTENCIÓN CORRECTIVA (BT):
Donde dice: “10.2. MANTENCIÓN CORRECTIVA”
Debe Decir:“10.2. MANTENCIÓN CORRECTIVA DE REFUGIOS PEATONALES, MUPI Y POSTES DE ALUMBRADO PÚBLICO”
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MODIFICACIÓN N°4 |
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En el punto 10.3. MANTENCIÓN REPARATIVAS Y DE REPOSICIÓN (BT):
Donde dice: “10.3. MANTENCIÓN REPARATIVAS Y DE REPOSICIÓN”
Debe Decir: “10.3. MANTENCIÓN REPARATIVAS Y DE REPOSICIÓN DE REFUGIOS PEATONALES, MUPI Y POSTES DE ALUMBRADO PÚBLICO”
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MODIFICACIÓN N°5 |
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Modifíquese el segundo párrafo del Numeral 10.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA de las BAE, quedando éste como sigue:
El monto de esta garantía será de $20.000.000 (veinte millones pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 120 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la UF o UTM al día de cierre de recepción de ofertas. Independiente de las líneas ofertadas, se debe emitir solamente una garantía de seriedad, en los términos y condiciones establecidos en el presente numeral.”
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MODIFICACIÓN N°6 |
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Eliminar la siguiente frase del numeral 4. ELEMENTOS DE MOBILIARIO URBANO QUE COMPRENDE LA CONCESIÓN, de las BT
“En cada caso, los empalmes solicitados deberán encontrarse a nombre de la Municipalidad de Vitacura”.
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MODIFICACIÓN N°7 |
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Sustitúyase el inciso final del numeral 4.3 de las Bases Técnicas, de acuerdo con lo siguiente:
“Su ubicación y dimensiones, se detalla en el Anexo 6- A, incluido en las presentes Bases de licitación.”
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MODIFICACIÓN N°8 |
DEL NUMERAL 4. CRONOGRAMA DE LICITACIÓN DE LAS BAE, “DEL CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA
”
Donde dice:
“A las 15:00 hrs, del 25 día hábil desde la publicación del Decreto Alcaldicio de Llamado en el portal”.
Debe decir:
“A las 15:00 hrs, del 27 día hábil desde la publicación del Decreto Alcaldicio de Llamado en el portal
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MODIFICACIÓN N°9 |
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Incorpórese inciso final al Numeral 8.2.2 Publicidad Análoga de las Bases Técnicas, según lo siguiente:
Por cada año de contrato deberán realizarse las 15 Campañas señaladas en el cuadro precedente durante la vigencia de la Concesión, a contar del Acta de Inicio de la Concesión, según lo dispone el Numeral 11.4 de las Bases Administrativas Especiales.
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MODIFICACIÓN N°10 |
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Incorpórese como documento adjunto a la presente licitación el archivo denominado “Especificaciones Técnicas de postes de alumbrado público objeto de la Concesión”, a través del portal www.mercadopublico.cl
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