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BASES TÉCNICAS |
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OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
La Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, solicita licitar el servicio de mantención
y reparación para seguir con la continuidad del servicio y mantener en óptimas condiciones lo
vehículos en apoyo a los trabajos de la Administración Directa.
Cantidad Unidad Descripción
1 Global
Licitar Contrato de Servicio de Mantención y Reparación para los Vehículos
Livianos de las marcas Chevrolet y Volkswagen de la Dirección de Vialidad,
Región de Arica y Parinacota, según bases administrativas, bases técnicas
y anexos.
I. PARQUE DE VEHÍCULOS, MAQUINARIAS Y/O EQUIPOS A ATENDER:
Nº SIGLA PATENTE VEHICULO MARCA MODELO AÑO Nº MOTOR Nº SERIE
1
15A-KDMA-1509 PKYX-94 CAMIONETA MAXUS T60 DX 4x4 2,8 2021 R919B037618 LSFAM11A9LA044706
2
15A-KDMA-1510 PKYX-84 CAMIONETA MAXUS T60 DX 4x4 2,8 2021 R919C040912 LSFAM11A2LA046961
3
15A-KDMA-1544 RPHW-34 CAMIONETA MAXUS T60 DCAB 4X4 2,8 2022 R9219034645 LSFAM11A7NA046330
4
15A-KDMA-1547 SCYH-34 CAMIONETA MAXUS T60 DCAB 4X4 2,8 2022 R9221001144 LSFAM11A9NA054803
5
15A-KDMA-1548 SCYH-44 CAMIONETA MAXUS T60 DCAB 4X4 2,8 2022 R9221001343 LSFAM11A3NA054814
6
15A-KDMA-1634 SLJR-39 CAMIONETA MAXUS T60 4X4 DX 2023 R922A015042 LSFAM11A1PA064406
7
15A-KDMA-1635 SLJR-43 CAMIONETA MAXUS T60 4X4 DX 2023 R922A015214 LSFAM11A1PA064499
8
15A-KDMA.1655 TFXB-74 CAMIONETA MAXUS T60 4X4 DX MT E6 2024 M9232009200 LSFAM11A8PA091487
NOTA: La cantidad de vehículos maquinarias y/o equipos, al igual que las características de
los mismos podrá ser modificada durante el transcurso del contrato, pudiendo aumentarse o
disminuirse, previa notificación del Inspector Fiscal de Vialidad. Lo anterior, no implicará una
modificación al contrato en el sentido de significar algún tipo de recargo u otra especie de
igual tenor o naturaleza.
II.- RESIDENCIA DEL PROPONENTE.-
Para la Dirección de Vialidad resulta conveniente que el Oferente tenga instalaciones en la
región de Arica y Parinacota, para evitar gastos y/o tiempos por conceptos de traslados (ver
conceptos B4 y B5 incluidos en Anexo N°3), por otra parte se busca fomentar la competencia
entre los oferentes, en consecuencia, y no obstante lo señalado, no se exigirá que el Oferente
tenga instalaciones en la región. Sin embargo, en resguardo de los intereses fiscales y para
efectos de esta licitación, solo se pagarán los traslados realizados dentro de la región de Arica
y Parinacota, salvo que por condiciones excepcionales el Inspector Fiscal considere pertinente
el pago por traslado fuera de la región, en todo caso las condiciones de cada oferta serán
evaluadas de acuerdo a los criterios indicados en la sección 9.13 y de acuerdo a los alcances
de esta sección.
En el caso de que el oferente no presente instalaciones o por el tiempo que no las tenga, la
distancia a considerar de los traslados tendrán como inicio y/o destino, según sea el caso, en
las instalaciones de la Oficina Provincial de Vialidad de Arica (Avenida Alejandro Azolas
N°2831).
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III.- LUGAR DE REPARACIÓN DE LOS EQUIPOS.-
La Dirección de Vialidad determinará el lugar de ejecución del servicio, pudiendo realizarse
en Taller Particular del oferente adjudicado, Taller Fiscal (Provincia de Arica o de Parinacota)
o en faenas de terreno o donde se encuentren destinados los vehículos, maquinarias y/o
equipos.
Todos los equipos y/o herramientas que posea la Empresa deberán ser los apropiados y
encontrarse en buen estado.
Para el caso que la Dirección de Vialidad solicite que los trabajos se realicen en el interior del
Taller Fiscal en forma permanente, el oferente adjudicado deberá considerar las siguientes
solicitudes, restricciones y exigencias:
1.- Consumos básicos y otros de igual índole:
La Empresa deberá instalar de ser necesario, y, por su propia cuenta re-marcadores de
consumo eléctrico, agua, gas, etc., de tal forma de poder determinar el consumo que utilizará
en la reparación de los vehículos, maquinarías y/o equipos o por su permanencia en el recinto
fiscal mientras dure el contrato. En este caso, dicho consumo será pagado por la empresa o
rembolsado a la Dirección Regional de Vialidad.
2.- Los traslados:
El traslado de los mecánicos será por cuenta del oferente en el caso de que las reparaciones
se realicen en terreno o fuera del taller establecido en el contrato.
3.- Medio Ambiente:
Todos los residuos catalogados como peligrosos, según lo establece el Reglamento DS Nº
148/03, que provengan de las respectivas mantenciones o reparaciones de los vehículos,
maquinarías y/o equipos, serán retirados por la Empresa Adjudicataria mediante Empresas
certificadas para este efecto, asimismo; los costos que involucren los retiros serán cancelados
por la Empresa adjudicataria del presente Convenio y no representaran para la Dirección de
Vialidad, Región de Arica y Parinacota, un cobro extra; tanto en mano de obra como en
repuestos, insumos, gastos generales, etc.
La Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, exigirá la presentación y una fotocopia
de cada guía de retiro y posterior certificado que dichas Empresas Especializadas en residuos
peligrosos certificadas emitan.
4.- Seguridad Industrial y Personal:
La Empresa estará obligada a trabajar al interior de los recintos fiscales con al menos los
siguientes elementos de protección personal para cada uno de sus trabajadores:
- Zapatos de seguridad, no mayor a 1 año de uso, y que no presenten un evidente deterioro
por uso.
- Lentes de seguridad transparentes, en buen estado. La frecuencia de cambio la
determinará el estado de éstos.
- Protectores auditivos, en buen estado y limpios. La frecuencia de cambio la determinará el
estado de éstos.
- Guantes de descarne, en buen estado. La frecuencia de cambio la determinará el estado
de éstos.
- Guantes de algodón, en buen estado. La frecuencia de cambio la determinará el estado de
éstos.
- Overol, no mayor a 6 meses de uso y que no presenten un evidente deterioro por
uso. La frecuencia de cambio la determinará el estado de éstos.
- Para los trabajos relacionados con soldadura de cualquier tipo, el trabajador debe
contar con todos sus implementos de seguridad específicos para la actividad.
- Bloqueador solar, la frecuencia de cambio la determinará el uso de éstos.
Asimismo, la Empresa deberá contar con los siguientes elementos de seguridad industrial al
interior del recinto fiscal:
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- 2 (dos) Extintores de incendios de 15 kilos, tipo: A, B, C, en buen estado y vigente.
- Elementos de contención de derrames de productos oleosos.
- Botiquín con elementos de primeros auxilios y elementos de seguridad industrial, tales
como: enjuagues para ojos, etc. Será el Inspector Fiscal del Convenio el encargado de
entregar una lista de artículos de prevención para trabajos en recintos uso industrial.
5.- Otros:
5.1.- La Empresa deberá prestar sus servicios a partir de las 08:30 horas de cada día y según
punto N° XIV de las presentes bases Técnicas.
5.2.- La Empresa deberá velar por la limpieza de o los lugares que utilice para realizar sus
trabajos. Asimismo, la Empresa deberá procurar de adquirir productos de limpieza
biodegradables que permitan la limpieza de los pisos, en el caso que se haya derramado
aceites u otros productos de origen oleoso.
5.3.- La Empresa estará obligada a utilizar posibles formatos que le entregue el Inspector
Fiscal, y escribir en ellos las observaciones u indicaciones que se desarrollaron durante los
trabajos. Lo anterior permitirá a la Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, contar
con la trazabilidad de la mantención, reparación y desarrollo de los servicios.
5.4.- En el caso que la empresa solicite un espacio al interior del recinto fiscal para desarrollar
sus trabajos en forma más óptima, éste deberá ser solicitado por escrito al Inspector Fiscal,
donde dicha empresa se compromete a reparar, proteger, cercar, normalizar, adaptar,
limpiar, etc., dicho espacio por su propia cuenta y costo. Asimismo, lo anterior no significará
un costo o cargo adicional al contrato o a los valores que éste establezca.
5.5.- Como protocolo de seguridad establecido para los trabajos a realizar, sea en recinto
fiscal o en terreno la empresa debe contar con lo siguiente:
- Procedimientos de trabajo seguro.
- Análisis de riesgos para las actividades a realizar.
- Charlas de coordinación en seguridad de los trabajos a realizar (charla de 5 minutos).
- En el caso de realizar trabajos en altura física y altura geográfica, se debe contar
con un examen preventivo ocupacional que ratifique la salud compatible para estas
dos condiciones.
- En caso de turnos excepcionales de trabajo, estos deben contar con la autorización de la
inspección del trabajo.
IV.- Cálculo de Mano de Obra (HH) y Suministro de Repuestos.-
El Oferente adjudicado deberá realizar el cobro de las Horas Hombre en virtud del tiempo
empleado efectivamente en las mantenciones y/o reparaciones de los vehículos, maquinarías
y/o equipos, incluyendo los insumos y repuestos para los mismos, en concordancia a lo
indicado en numeral 9.17. El tiempo a considerar no deberá incluir los tiempos de espera de
repuestos, tiempos de espera administrativos, tiempos muertos de mecánicos o eléctricos en
espera de repuestos, por colación o cualquier otro tiempo que no esté directamente
relacionado con los trabajos o servicios solicitados y con sus respectivos presupuestos
aprobados.
El Inspector Fiscal será el encargado de controlar los cobros de las mantenciones y de las
horas hombre que haga la empresa. Para dicha función, se tendrá en especial consideración
la experiencia y estadística que emanen de convenios anteriores firmados por la Dirección
Regional de Vialidad.
El Oferente deberá considerar que los únicos cobros válidos serán los correspondientes a los
trabajos o servicios solicitados y ejecutados a conformidad del Inspector Fiscal y cuyos
presupuestos hayan sido previamente aprobados, de acuerdo a los valores y conceptos
señalados en el Anexo N°3.
Los repuestos que se utilizarán en las reparaciones deberán ser originales y aportados por el
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proponente adjudicado. De no existir repuestos originales en el Mercado, se podrán utilizar
repuestos alternativos previa autorización del Inspector Fiscal.
La Dirección de Vialidad podrá solicitar el suministro de Repuestos e insumos, para la
mantención de los vehículos, maquinarías y/o equipos, siguiendo el procedimiento establecido
para el funcionamiento del contrato, previo requerimiento del inspector fiscal.
Tanto los repuestos, materiales y otros insumos o análisis que se generen por los servicios
solicitados serán cobrados por la empresa de acuerdo a su oferta económica (Anexo N°3) y a
los presupuestos aprobados. Si por urgencia, se solicitara un servicio imprescindible y no se
dispusiera de un oportuno presupuesto, podrán regir los precios vigentes de mercado,
considerando la pertinencia de aplicar el porcentaje de recargo indicado por el oferente en su
oferta económica. Estos podrán ser analizados previamente o con posterioridad por el
inspector Fiscal, sin perjuicio de la competencia que tiene en esta materia la Unidad de
Auditoría interna del servicio.
Por otro lado, la Dirección de Vialidad Regional podrá entregar repuestos, lubricantes e
insumos que pudiere tener en sus bodegas o que hayan sido comprados en virtud de haber
obtenido un menor valor de estos en una Licitación Pública con respecto a los precios que el
Oferente adjudicado del presente Contrato cobra en sus respectivos presupuestos. Lo
anterior, no implicará un menoscabo para el Oferente Adjudicado y tampoco podrá rechazar
la recepción y utilización de estos artículos en las Mantención y Reparación que se hagan en
virtud del presente contrato, que esté atendiendo o que serán solicitados de atender.
La Dirección de Vialidad a través del Inspector Fiscal podrá exigir la presentación de facturas
por servicios de terceros o repuestos comprados por el contratista si lo estimara necesario.
V.- Devolución de repuestos usados.-
La Empresa deberá devolver los repuestos cambiados en las Mantención correctivas, los cuales
serán almacenados en la bodega de rezago de la Dirección de Vialidad o desechados por ésta.
Tanto los repuestos, insumos u otro residuo peligroso cambiados en las Mantenciones
preventivas estas deberán ser retirados de las instalaciones de la Dirección de Vialidad por parte
del oferente, a requerimiento del Inspector Fiscal, y deberán seguir el procedimiento que
corresponda al tipo de residuo, costos que se entienden considerados dentro de su oferta, donde
deberán entregar un documento de respaldo de dicho retiro por parte de la empresa certificada.
VI.- Cobertura de Servicios.-
Estarán considerados en el Contrato todo tipo de Servicios en que el parámetro a medir sea
la Hora Hombre según se indica más adelante, no obstante la Dirección de Vialidad estimará
si es necesario y en caso justificados por la inspección fiscal, recurrir a un proveedor distinto
inscrito en el Portal Chilecompra o utilizar mecánicos propios de la Dirección Regional de
Vialidad. Lo anterior no implicará un menoscabo para el Oferente Adjudicado.
Sin perjuicio de lo indicado, la Dirección de Vialidad podrá autorizar la realización de servicios
complementarios por terceros proveedores, previa autorización del Inspector Fiscal, debido a
que por la naturaleza del servicio principal solicitado, la Empresa podría no contar con la
especialización de algunos sistemas o servicios, tales como:
- Servicio de desabolladura y pintura de los equipos, (previamente autorizados y ordenado
por fiscal instructor de procedimiento disciplinario designado para investigar eventual
responsabilidad sobre los daños que se presenten por accidentes u otra causa).
- Normalizaciones, modificaciones y reparaciones totales o parciales de los vehículos,
maquinarías y/o equipos.
- reparaciones estructurales.
- Vulcanización.
- Radio de comunicación.
- Recarga y mantenimiento del A/C.
- Trabajos de Maestranza, recuperación o confección de piezas o partes.
- Calibración y ajuste de componentes especiales de los vehículos, maquinarías y/o equipos.
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- Testeo eléctrico con herramientas computacional.
- Traslado de componentes y equipos.
En cuyo caso, la responsabilidades y calidad de los servicios será siempre del proveedor
contratante con la Dirección Regional de Vialidad.
VII.- Servicios que quedan fuera del Contrato.-
No hay servicios, trabajos, insumos, accesorios, repuestos o descartables que queden fuera
del presente contrato, siempre y cuando hayan sido solicitados como trabajos o servicios por
el Inspector Fiscal al adjudicatario y además, en ellos se hayan empleado Horas-Hombre por
parte de la Empresa.
VIII.- Forma de Operar del Contrato.-
a) La Dirección de Vialidad emitirá una Orden de Prestación de Servicios (Orden de Trabajo
OT) firmada por el Inspector Fiscal designado para el presente Contrato. La orden de
prestación de servicios podrá ser, según sea el caso: Orden de Trabajo, Orden de
Reparación, Pauta, Tempario, o cualquier otro medio escrito que indique órdenes o
instrucciones que el Inspector Fiscal haya suscrito formalmente. En esta etapa, la
empresa dispondrá de un plazo de 03 días para entregar a la Dirección de Vialidad, el
presupuesto estimativo de la Orden de trabajo con el plazo asociado al servicio
correspondiente, y en el caso que en el presupuesto sea necesario la intervención de un
tercer proveedor el plazo de entrega será de 05 días hábiles.
b) El presupuesto estimativo deberá ser aprobado por el Inspector Fiscal y podrá ser
modificado, de acuerdo a los respaldos formales que entregue la Empresa y que el
Inspector Fiscal considere pertinentes.
c) Sólo se considerará que se ha dado cumplimiento a la entrega del presupuesto estimativo
dentro del plazo, si tal presupuesto señala el plazo asociado al servicio solicitado, en
contrario corresponde la aplicación de las multas indicadas en numeral 9.26 de las bases
administrativas “Multas y Sanciones”. El Inspector Fiscal deberá consignar formalmente
la fecha de aprobación del presupuesto, para efectos del cumplimiento de plazos o
sanciones.
d) Si al proceder a la reparación de un vehículos, maquinarías y/o equipos de acuerdo a lo
indicado precedentemente en a), la empresa estimara que se omitieron o se consideraron
ítem innecesarios para la reparación, o bien que durante el desarme o inspección del
vehículos, maquinarías y/o equipos se encuentra que son necesarias mayores
reparaciones, la empresa estará obligada a emitir un informe con el objeto de generar
un complemento fundado a la Orden de Prestación de servicios, siempre y cuando el
Inspector Fiscal lo estimare conveniente. La empresa asumirá los costos que se generen
por cualquier trabajo realizado antes de complementar la orden de prestación de
servicios, o cuando dichos trabajos no estén debidamente autorizados por el Inspector
Fiscal. La cuantificación y valorización del tiempo involucrado en el servicio entregado,
para el caso de las mantenciones rutinarias o preventivas, se hará de acuerdo al
Tempario, para el caso de las reparaciones la cuantificación y valorización del tiempo
estará vinculada al tempario complementario o a una estimación responsable de los
trabajos a realizar, consensuada por el oferente y el Inspector Fiscal, la cual podrá ser
modificada posteriormente por el Inspector Fiscal, de acuerdo a la hoja de ruta del técnico
u otro antecedente plausible del cual se disponga.
e) Una vez terminado el trabajo, la Empresa tendrá un plazo de 07 días hábiles, para enviar
al Inspector Fiscal, físicamente el Presupuesto final valorizado de la Orden de Trabajo
realizada para su revisión final, la que deberá ser respaldada por la hoja de ruta del
técnico o informe de taller que realizó la reparación y que deberá estar firmada por quien
supervisó el trabajo, ya sea personal del Sub-departamento de Maquinarias o el operador,
además debe adjuntar un informe técnico a color con fotografía de los trabajos
realizados. Para la emisión de factura es necesario que se dé cumplimiento a las
condiciones y procedimientos indicados en el literal i) de esta sección.
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f) Por otro lado, de ser requerido, la Empresa deberá adecuar o complementar los formatos
físicos y/o digitales de sus presupuestos para incluir en ellos la información que el
Inspector Fiscal considere pertinente. En caso que resulte complejo o poco práctico el
cumplimiento de este requerimiento, se le exigirá a la Empresa que utilice
complementariamente el formato que para estos efectos disponga la Dirección de
Vialidad, Región de Arica y Parinacota, para la presentación de presupuestos en lo que
concierne a trabajos aplicables a este contrato.
g) El Inspector Fiscal dispondrá de un plazo hasta de 10 días hábiles para revisar el Presupuesto
Final respectivo.
h) El Inspector Fiscal informará a la empresa de la aprobación del presupuesto mediante
V°B° en una copia del mismo, o señalará las correcciones que sean pertinentes, en tal
caso en un plazo de 02 días hábiles la Empresa deberá enviar en original el presupuesto
corregido y debidamente suscrito, para V°B° definitivo por parte del Inspector Fiscal, bajo
las condiciones indicadas en letra a). El Inspector Fiscal, deberá señalar la fecha de la
aprobación del presupuesto en el mismo documento, el plazo de reparación o mantención
comenzará regir una vez aprobado el presupuesto y puesto el vehículo, maquinaría y/o
equipo a disposición del proveedor del servicio.
i) Si el presupuesto final se encuentra aprobado y ejecutada la prestación del o los servicios
a entera conformidad del Inspector Fiscal, este hará un corte el uno de cada mes, en
donde incluirá todas las cotizaciones aprobadas, para incluirlas en la caja del mismo mes,
las cotizaciones que lleguen posterior al uno de cada mes quedaran para pago del
siguiente mes, una vez hecho el corte se ingresan al módulo de gestión FEMN para que
sean aprobadas por el Jefe de Conservación Regional, posterior a esto se genera la
Recepción Conforme a través del Portal www.mercadopublico.cl en la Orden de Compra
correspondiente al contrato previo a la recepción conforme el proveedor una vez emitida
la factura electrónica debe enviarla al correo electrónico mop_dte@paperless.cl,
indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago para inicio del procedimiento
de pago, luego de lo cual el Inspector Fiscal deberá anexar los documentos de respaldo
(el presupuesto firmado, copia de la orden de trabajo que dio origen al servicio o cualquier
otro documento que se haya generado durante la prestación de los servicios).
j) Para efecto de la aplicación de los alcances de esta sección (VIII), los plazos serán en días
hábiles y serán días completos.
k) Para efectos de la entrega de los presupuestos, el Proveedor deberá llevar un control en
un libro de correspondencia la entrega de los presupuestos a la Unidad de Maquinaria,
este libro servirá para un mejor control para el Inspector Fiscal, en la aplicación de las
multas registradas en el libro de comunicaciones.
IX.- Disponibilidad de la Empresa.-
El inicio de la prestación de los servicios que otorgue la Empresa, deberá ser dentro del plazo
máximo de 02 día hábiles contados desde que la Empresa recibió la Orden de Trabajo, salvo
casos de emergencia en que el inicio de los trabajos deberá ser a la brevedad posible, o que
el inspector fiscal determine un plazo mayor de acuerdo a las circunstancias en que se
encuentre el vehículo, maquinaria y/o equipo, la ubicación de este y la disponibilidad de
espacio que tenga el taller del proveedor.
X.- Responsabilidad de la Empresa.-
La Empresa adjudicada se compromete a enviar las Órdenes de Trabajo valorizadas antes de
acudir a realizarlas, y el presupuesto final a más tardar 07 días.
La Empresa adjudicada deberá entregar dentro de los primeros 20 días hábiles de la vigencia
del convenio un TEMPARIO que complemente al presentado en la licitación, de modo que se
indique el tiempo en HH estimativos o referenciales de las reparaciones indicados por el
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fabricante, si el adjudicado no es el representante o el concesionario de la marca este debe
entregar el indicado por la marca. Este tempario complementario rige cuando las reparaciones
se ejecuten en el taller propio o taller fiscal. La falta de entrega del tempario complementario
se considerara una causal grave de incumplimiento y permitirá a la Dirección Regional de
Vialidad poner término anticipado al contrato y al cobro de las multas y/o garantías
correspondientes. El o los temparios complementarios que se soliciten serán referenciales, los
trabajos solicitados que tengan relación con estos temparios, serán vinculantes una vez que
se cumplan las condiciones o procedimientos indicados en las Bases Técnicas VIII, letra d).
La Empresa adjudicada, deberá realizar un inventario donde indique cualquier anomalía
(abolladuras, rayados de pintura, falta de antena de radio, rotura o piquetes del parabrisas,
etc.) que se detecte en los vehículos, maquinarias y/o equipos que ingresen a mantención,
reparación e instalación de equipos, insumos y accesorios.
La Empresa será responsable de todo daño de cualquier naturaleza que pudiera producirse
como consecuencia de la prestación de los servicios. Cuando un trabajo resultare mal
ejecutado deberá rehacerse sin costo alguno. También será responsable por daños o pérdidas
de cualquier elemento que los vehículos, maquinarias y/o equipos posean o sean entregados
a su cargo.
La Empresa deberá mantener a disposición del Sub-departamento de Maquinarias Regional
toda la información histórica y actualizada de los trabajos que se ejecutan o que se hayan
ejecutado.
Las especificaciones Técnicas se entenderán como mínimas, la Empresa tiene la obligación de
planificar y ejecutar el trabajo de acuerdo a los procedimientos y normas establecidos para
éstos, garantizando siempre la calidad de los trabajos.
La Empresa se compromete a llevar los registros de las mantenciones, reparaciones e
instalaciones de los vehículos, maquinarias y/o equipos, insumos y accesorios en las carpetas
u hoja de vida, incluyendo la OT, odómetro, kilometraje y la firma de toma de conocimiento
del chofer. Asimismo, deberá realizar las gestiones de coordinación para las inspecciones a
los equipos en terreno, de manera tal que el Inspector Fiscal genere las comunicaciones y
coordinaciones respectivas con los Jefes de Terreno, especialmente para las mantenciones
preventivas.
La Empresa deberá entregar capacitación a los choferes, personal mecánico y personal
administrativo de la Dirección Regional de Vialidad. En el caso de que la capacitación implique
algún costo adicional para el proveedor, este deberá presentar un presupuesto, para su
aprobación, indicando cantidad de HH y gastos asociados a esta.
XI.- Garantía de las Reparaciones.-
Las garantías de las reparaciones correctivas a los vehículos serán de 10.000 km. Pero en los
trabajos que se cataloguen como de envergadura serán de acuerdo a lo estipulado por el
fabricante o por el acuerdo escrito entre la Empresa y el Inspector Fiscal.
XII.- Aportes de la Empresa.-
La Empresa deberá disponer de una solidez económica capaz de responder a las exigencias
que demande las Mantención y Reparación de los vehículos, maquinarias y/o equipos de la
Dirección de Vialidad de Arica y Parinacota. Asimismo, deberá contar con equipos
computacionales que permitan una comunicación expedita vía E-mail con la Dirección de
Vialidad.
Para el correcto cumplimiento de los trabajos que la empresa adjudicada debe realizar en los
vehículos, maquinarias y/o equipos, cuando estos se encuentren en terreno, debe contar con
teléfonos celulares y vehículos que trasladen a los mecánicos y técnicos de la empresa al lugar
donde se encuentran.
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XIII.- Horario Disponible o Posible de trabajo de la Empresa.-
De lunes a Jueves, en taller fiscal o taller de la empresa, entre las 08:30 a 13:00 Horas y de
las 14:00 a 17:30 horas y viernes de 8:30 a 13:00 horas y de las 14:00 a 16:30. Incluyendo
en ello la posibilidad de trabajar fuera del horario normal de trabajo, días festivos, sábado
y/o domingo si así lo requiriese el Inspector Fiscal por urgencia justificada.
De lunes a jueves, en terreno, entre las 08:30 a 17:30 horas y viernes de 8:30 a 16:30 horas,
el horario de colación quedara sujeto a decisión de la empresa de tomarlo o no. Incluyendo
en ello la posibilidad de trabajar fuera del horario normal de trabajo, días festivos, sábado
y/o domingo si así lo requiriese el Inspector Fiscal por urgencia justificada.
Por ser un horario disponible o posible de acuerdo a nuestro horario de trabajo, el proveedor
deberá en el momento de la postulación indicar su horario de trabajo que aplica en su taller,
colación y los días de la semana que trabaja, respetando la jornada laboral según vigencia de
la ley 21.561.
Ejemplos para completar el Anexo 3, letra J:
a) Semana de lunes a sábado:
TRABAJO COLACION SEMANA
JORNADA 1 JORNADA 2 HRS LUNES A……
8:30 A 13:00 15:00 A 18:30 2 LUNES A VIERNES
8:30 A 12:30 ------------------ ------------ SABADO
b) Semana de lunes a viernes:
TRABAJO COLACION SEMANA
JORNADA 1 JORNADA 2 HRS LUNES A……
8:30 A 13:00 14:00 A 18:00 1 LUNES A VIERNES
Con la finalidad de poder aplicar los valores según el anexo 3, letra B.
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