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1.-
2. ETAPA Y PLAZOS
2.1. Publicación de las bases.
La publicación de las bases de licitación, así como sus respectivos anexos se realizarán en el portal www.mercadopublico.cl el lunes, 10 de noviembre de 2025.
2.2. Fecha inicio preguntas.
Las consultas y/o aclaraciones a las bases se podrán realizar desde el día martes, 11 de noviembre de 2025, a través del portal www.mercadopublico.cl
2.3. Fecha final de preguntas.
Hasta las 15:00 horas del jueves, 13 de noviembre de 2025.
2.4. Fecha de publicación respuestas.
Las respuestas y/o aclaraciones serán publicadas el viernes, 14 de noviembre de 2025.
2.5. Fecha de cierre de recepción de ofertas.
La fecha de cierre de ingreso de la oferta económica y técnica electrónica en el portal www.mercadopublico.cl será hasta las 12:00 horas del viernes, 21 de noviembre de 2025.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre de ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez. Este nuevo plazo de cierre no podrá vencer en un día inhábil, ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modifica también en forma automática la fecha de apertura y fecha de adjudicación, según corresponda.
2.6. Fecha del acto de apertura técnica y económica.
La fecha de apertura será a las 12:01 horas del viernes, 21 de noviembre de 2025.
2.7. Tiempo estimado de evaluación de ofertas.
Las propuestas serán evaluadas en un plazo de 4 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
2.8. Fecha de adjudicación.
La adjudicación se realizará el día viernes 28 de noviembre de 2025, la que se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl de ser necesario, dicha fecha podrá ser modificada, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En los casos en que la adjudicación no se realice en los plazos indicados, el servicio publicará un nuevo calendario de adjudicación con los plazos definitivos, mediante resolución fundada, la que podrá dictarse hasta el mismo día en que se estableció la fecha original de adjudicación.
2.9. Visita a terreno
Se realizará visita a terreno de carácter opcional el día martes, 11 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas en las oficinas de FOSIS Región de Ñuble, ubicadas en calle Constitución 133, Chillán.
3. MODIFICACIONES A LAS BASES
FOSIS podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por propia iniciativa o en consideración a aclaraciones solicitadas por alguno de los oferentes, durante la etapa de consultas y/o aclaraciones, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de propuestas a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
El FOSIS podrá, mediante resolución fundada, dejar sin efecto la convocatoria, motivado en haber dejado de ser necesarios los bienes o servicios, hasta 48 horas antes de la hora fijada para su cierre, debiendo comunicarse esta circunstancia a través del portal www.mercadopublico.cl.
4. INDISPONIBILIDAD TÉCNICA DEL SISTEMA
En caso de que, a la fecha de presentación de las ofertas, el sistema de información presentase problemas para operar en él, el proponente estará habilitado para solicitar ante la Dirección de Compras y Contratación Pública, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de recepción de las ofertas, el certificado de indisponibilidad emitido por dicha Dirección, en el que dará cuenta de la situación antes descrita. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información.
En tal caso, el proveedor estará habilitado para presentar su oferta en soporte papel. Para tal efecto, deberá hacer entrega de aquella ante la oficina de partes del FOSIS, ubicada en calle Constitución N°133 de la ciudad de Chillán.
5. TIPO DE PROPONENTE
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la Ley N°18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley N°19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 661/04).
En el caso de la participación de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), de acuerdo a lo establecido en el artículo 180+ del Reglamento de la Ley N°19.886, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM el representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma; tratándose de contrataciones iguales o superiores al monto indicado, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar. La institución exigirá la inscripción de cada proveedor en el Registro de Proveedores del Estado para suscribir contrato y la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
De acuerdo con el artículo 4, inciso séptimo, de la Ley N°19.886, la institución no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos”, sus sociedades ni con sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la Ley N°18.575. La limitación alcanzará también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de estas sociedades.
Se hace presente que los funcionarios de la institución pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente del artículo 64 de la Ley N°18.575, en caso de contratar como personas naturales por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios de la institución que, además, sean socios de cualquier clase de sociedad que contrate por montos iguales o superiores a las 200 UTM, siendo aquellos directores, administradores, representantes o socios titulares del 10% o más de los derechos en esa sociedad (art. 54 letra a inciso 3º de la Ley N°18.575).
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 4°, de la Ley N°19.886, modificado por la Ley N°20.238, quedarán excluidos, quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Asimismo, quedarán excluidos quienes hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
No estar condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en conformidad a los artículos 8º y 10º de la Ley N°20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada que señale no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente (Formulario Anexo Nº2).
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquel deberá presentar una declaración jurada (formulario N°2) por cada integrante de la UTP. En el caso de las personas jurídicas la suscribirá el respectivo representante legal.
6. ANTECEDENTES LEGALES
6.1 Modalidad de la licitación
Las propuestas se presentarán a través del Sistema de Información Mercado Público, en pesos, sin reajustes de precios, valores unitarios netos (sin impuesto), deberán incluir todos los gastos que demande el cumplimiento del contrato, directos o indirectos.
6.2 Documentos que rigen la contratación
La contratación se regirá por lo previsto en la Ley de Compras y en el Reglamento de Compras, y por los siguientes documentos, los que en caso de discrepancia se interpretarán en forma armónica, sin perjuicio de la preeminencia de las Bases.
a) Bases Administrativas, planos, Especificaciones Técnicas, los respectivos Anexos y demás antecedentes que conforman la licitación.
b) Aclaraciones y Modificaciones a las Bases o a las Especificaciones Técnicas entregadas por la institución, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes, y respuestas a consultas de los oferentes.
c) Oferta del proponente
d) Resolución de Adjudicación.
e) El Contrato
6.3 Consultas, aclaraciones y modificaciones
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el calendario de la licitación.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera del plazo o por un conducto diferente al señalado. No podrán los proveedores ni terceros contactarse de ninguna manera con la entidad licitante o sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.
La institución realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el calendario de la licitación, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la institución podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la institución podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio, la que deberá ser aprobada mediante la respectiva Resolución. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contempla un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior, sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información Mercado Publico.
7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La presentación de la propuesta deberá hacerse en los formularios que se indican en Anexos, los que deben ser ingresados a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl dentro de las fechas indicadas en el punto N°2 Etapas y Plazos de la presente licitación, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF o JPG. Asimismo, deberá completarse en el campo correspondiente en Mercadopublico.cl, el subtotal neto indicado en el anexo Nº3 “Propuesta Económica”.
En caso de discrepancia entre el valor ingresado al Portal Mercado Público y el señalado en el Anexo Propuesta Económica, prevalecerá el valor ingresado en este último, sin perjuicio de su revisión pormenorizada.
La sola presentación de las ofertas por parte del proveedor significa la aceptación de todas las cláusulas a considerar en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, documentos que se entienden forman parte integrante del presente proceso.
En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, el oferente deberá solicitar dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas a la Dirección de Compras y Contratación Pública el certificado de indisponibilidad respectivo, teniendo un plazo de dos días hábiles desde el envío de éste para presentar la oferta fuera del Sistema. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes Administrativos, de la Oferta Técnica y Económica en la oficina de partes de la entidad licitante, en sobre cerrado, indicando el número de la licitación.
8. CONTENIDO DE LA PROPUESTA
La propuesta se compone de los Antecedentes Administrativos, Económicos y Técnicos, según se detalla en los siguientes puntos 8.1, 8.2 y 8.3.
8.1 Antecedentes Administrativos
Nº Documento Indicaciones específicas Según formato
1 Identificación del Proponente. Formulario se adjunta a las presentes bases Anexo Nº1
2 Datos de transferencia electrónica Formulario se adjunta a las presentes bases Anexo Nº1-A
3 Declaración Jurada Simple No requiere firma ante notario, según formato adjunto, en la cual se establece haber estudiado debidamente la propuesta, y todos los antecedentes pertinentes sobre el particular aceptando lo establecido en las presentes bases y las condiciones generales de la propuesta. Anexo Nº2
Además de los documentos precedentes, los oferentes deberán acompañar copia escaneada a PDF de los siguientes antecedentes, según se trate de persona natural o jurídica, salvo que se encuentren inscritos en Registro de Proveedores de Mercado Público y mantengan actualizados estos antecedentes, caso en el cual no será necesario su presentación:
Proponente Persona Natural debe acompañar:
a) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del proponente.
b) Certificado de antecedentes laborales y previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo respecto de sus trabajadores o Declaración Jurada Simple, que dé cuenta de lo anterior, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
a) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representantes(s) Legal(es)
a) Fotocopia simple del RUT del proponente.
b) Certificado de antecedentes laborales y previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo respecto de sus trabajadores o Declaración Jurada Simple, que dé cuenta de lo anterior, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
Proponente Unión Temporal de Proveedores (UTP) debe acompañar:
a) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del Representante o Apoderado de la UTP.
b) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad y/o RUT de los integrantes de la UTP.
c) Certificado de antecedentes laborales y previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo respecto de sus trabajadores o Declaración Jurada Simple, que dé cuenta de lo anterior, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
8.2 Antecedentes Económicos
La oferta económica deberá incluir el documento que se indica en el siguiente cuadro, ajustándose a las indicaciones específicas y al formato de presentación señalado:
Nº Documento Indicaciones específicas Según formato
1 Propuesta económica - Debe ser pesos chilenos, valor neto, sin impuesto o exento.
- Debe considerar el valor total del servicio ofertado, contemplando todos los gastos que demande el cumplimiento del contrato, sean directos o indirectos. Anexo Nº3
8.3 Antecedentes Técnicos
La oferta técnica deberá incluir los documentos que se indican en el siguiente cuadro, ajustándose a las indicaciones específicas y a los formatos de presentación que para cada caso se señalan:
Nº Documento Indicaciones específicas Según formato
1 Cumplimiento Requerimientos Técnicos - Debe completar check list de requisitos solicitados, confirmando el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos exigidos para la correcta prestación del servicio. Anexo N°4
2 Comportamiento contractual Debe adjuntar ficha del proveedor, comprobante base, donde se registran las sanciones aplicadas por licitaciones, convenio marco, compra ágil y tratos directos. www.mercadopublico.cl
3 Materiales y máquinas de aseo a utilizar Detallar o seleccionar listado de materiales y maquinarias de aseo a utilizar Anexo N°5
Tanto la propuesta técnica como la propuesta económica no podrán ser presentadas con posterioridad al cierre de recepción de las ofertas.
9. VALIDEZ DE LA OFERTA.
La oferta tendrá validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la licitación. Si vencido el plazo señalado precedentemente, la institución no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los proponentes la prórroga de su oferta y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, mediante el portal www.mercadopublico.cl, devolviéndose la garantía a aquellos oferentes que no accedan a la prórroga.
10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1. Comisión de Evaluación.
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una comisión de evaluación designada por resolución exenta, integrada por los siguientes funcionarios o por quienes les subroguen o reemplacen legalmente:
Jefe Departamento Gestión de Programas, FOSIS Ñuble.
Apoyo Provincial, Programa Familias SSyOO, FOSIS Ñuble.
Gestor , Programa Familias SSyOO, FOSIS Ñuble.
En caso de considerar pertinente, la comisión podrá requerir asesoría Técnica de otros profesionales expertos en la materia, debiendo mencionar su participación en el informe de evaluación.
La Comisión Evaluadora podrá ser integrada, en forma excepcional y de manera fundada, por personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. En el caso de que la institución no cuente con la expertis necesaria y suficiente para abordar la evaluación desde el punto de vista del conocimiento técnico requerido, se sugiere considerar la posibilidad de proveer a la comisión evaluadora de la asesoría de expertos en las materias técnicas a revisar, de conformidad con lo permitido en el Artículo 37 del Reglamento. (Se deberán efectuar a través del sistema de información. En el caso de aperturas de ofertas en soporte papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto).
La comisión evaluadora revisará las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura Electrónica. Finalmente, deberá emitir un informe de evaluación, el cual deberá referirse a las siguientes materias:
a. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b. Las ofertas que deben declararse inadmisibles o técnicamente no elegibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora estime que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
d. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
e. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente, debiendo dejar constancia de tal aspecto en el respectivo informe de evaluación y declaración jurada. Deberán abstenerse de participar, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº6, de la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora serán sujetos pasivos de la Ley N°20.730, que regula el Lobby, en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esta Comisión. La resolución exenta que designe a los integrantes de la Comisión Evaluadora se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Públicas, la que será ingresada en el Portal de Compras Públicas, una vez que hayan sido nombrados por la Dirección Regional de Ñuble. El resultado de la evaluación se contendrá en el Consolidado de Evaluación que el Gestor de Compras hará entrega para su posterior publicación en el sistema de información.
No podrán los proveedores ni terceros contactarse de ninguna manera con los miembros de la comisión evaluadora, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.
10.2. Evaluación de los antecedentes
En el marco de la evaluación de las propuestas, aquellas ofertas que no se ajusten a los requerimientos de la licitación, serán declaradas técnicamente no elegibles.
Durante el proceso de evaluación FOSIS Ñuble podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal Mercado Publico.
FOSIS Ñuble podrá, además, permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la institución a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de 48 hrs. para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos de Presentación”.
Se reitera que, tanto la propuesta técnica como la propuesta económica no podrán ser presentadas con posterioridad al cierre de recepción de las ofertas.
11. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Las propuestas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación:
Criterio Pond.
Oferta Económica 35%
Cumplimiento Requerimiento Técnico 35%
Comportamiento contractual 10%
Condiciones de empleo y remuneración 10%
Inclusión de género 5%
Cumplimiento Requisitos Formales Presentación Oferta. 5%
100%
Factor % Comentario
Oferta económica 35% Aplicación fórmula: X= Precio mínimo ofertado / Precio oferta evaluada x 100
Cumplimiento Requerimiento Técnico 35% Se asignará el puntaje al oferente de acuerdo con las siguientes tablas de asignación de puntajes:
La fórmula se aplicará en base a los contenidos mínimos solicitados en el anexo N°4.
Aplicación fórmula tabla N°1: X= Cantidad de puntos oferta evaluada / Total de puntos técnicos x 100
La oferta que obtenga una calificación inferior a un 40%, será técnicamente no elegible por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las bases.
Tabla N°1 de Subcriterio: Cumplimiento requerimiento técnico, 20%, según anexo 4.
Cantidad de puntos oferta evaluada Total puntos % Porcentaje de puntos, según formula Porcentaje en nota según criterio 20%
13 13 100 100 20
12 13 100 92 18
11 13 100 85 17
10 13 100 77 15
9 13 100 69 14
8 13 100 62 12
7 13 100 54 11
6 13 100 46 9
5 13 100 38 8
4 13 100 31 6
3 13 100 23 5
2 13 100 15 3
1 13 100 8 2
Con motivo de sostener reuniones y obtener feedback del cumplimiento del convenio es que se evaluará la ubicación de las dependencias administrativas del oferte de acuerdo con la siguiente tabla.
Tabla N°2 Subcriterio: Ubicación dependencias administrativas 5%, anexo 4 Puntaje
Cumple con oficinas en la ciudad de Chillán 100
Cumple con oficinas fuera de Chillán, pero en la provincia de Diguillín 70
Cuenta con oficina fuera de la provincia de Diguillín 10
Tabla N°3 Subcriterio: Equipamiento, equipo e insumos 10%, anexo N°5 Puntaje
Cumple con la totalidad de lo solicitado 100
Cumple parcialmente con la entrega del detalle solicitado. 50
No informa 0
Comportamiento contractual 10% Se revisarán los contratos de aseo y limpieza suscritos con instituciones públicas y privadas a contar del año 2019, respaldado por los respectivos certificados emitidos por las entidades contratantes:
Cantidad de contrataciones Puntaje
El oferente no cuenta con sanciones de acuerdo con el registro de proveedores 100
Cuenta con una o más sanciones de acuerdo con el registro de proveedores Técnicamente no elegibles
Nota: Las ofertas que presenten una o más sanciones, serán técnicamente no elegibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
Condiciones de empleo y remuneración 10% Se evaluará las condiciones de empleo y remuneración de los trabajadores respecto del presente convenio, anexo N°3
Parámetros de Evaluación Puntaje
El oferente propone un 4% adicional a las remuneraciones establecidas en bases. 100
El oferente propone un 3% adicional a las remuneraciones establecidas en bases. 50
El oferente propone un 2% adicional a las remuneraciones establecidas en bases. 10
No ofrece ningún porcentaje adicional a las remuneraciones mínimas indicadas por bases. 0
Sustentabilidad/ Alto Impacto Social 5%
La evaluación del criterio “SUSTENTABILIDAD/ALTO IMPACTO SOCIAL” será llevada a efecto en base a los parámetros contenidos en Cuadro N°2, evaluando en cada proponente lo que éste declare cumplir en el Anexo N°2 denominado “Sustentabilidad/Alto Impacto Social” adjunto a los presentes Términos Técnicos de Referencia.
VARIABLES DE SUSTENTABILIDAD/ALTO IMPACTO SOCIAL
Este criterio de evaluación busca que los proponentes que postulan a un proceso concursal del FOSIS reúnan ciertas condiciones que resultan importantes en materias relacionadas a Sustentabilidad y/o Alto Impacto Social.
Entre las condiciones a ser estimadas para la evaluación de ofertas se encuentran:
1. Política o procedimiento para el ahorro y/o la eficiencia energética. Se debe adjuntar correo o copia de la difusión de la política.
2. Convenio de reciclaje (papel, latas y/o vidrio). Se debe adjuntar convenio.
3. Convenio de Reciclaje de desechos tecnológicos (Computadores, impresoras, baterías, tóner y/o cartuchos de tinta). Se debe adjuntar convenio con proveedor de
reciclaje en lugares autorizados.
4. Campañas internas de reducción del uso de papel en los últimos 12 meses. Adjuntar registro de difusión o informes de campaña.
5. Contratación de personas con discapacidad. Adjuntar una copia simple del documento extendido por el Registro Nacional de Discapacidad del Registro Civil.
6. Paridad de género en contratación de personal. Adjuntar documentos que respalden esta información.
7. Protocolo de prevención del acoso laboral y sexual vigente difundido a todo el personal. Se debe adjuntar medio de verificación que compruebe la existencia del documento y su difusión.
8. Otros. Se deben adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de “Otros”
aspectos ofertados.
Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación Oferta 5% Se considerará la oportunidad de los antecedentes presentados, su claridad y detalle, cuando corresponda. Los puntajes serán evaluados de acuerdo con la siguiente escala:
Presentación de antecedentes Puntaje
El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la oferta y en el tiempo establecido para dicho acto. 100
El oferente no cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la oferta y en el tiempo establecido para dicho acto o los acompañó con posterioridad. 0
100%
11.1 Resolución de empates
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1. El oferente mejor evaluado en el criterio Oferta Económica
2. El oferente mejor evaluado en el criterio Cumplimiento Requerimiento Técnico
3. El oferente mejor evaluado en el criterio Comportamiento contractual
4. El oferente mejor evaluado en el criterio Condiciones de empleo y remuneración
5. El oferente mejor evaluado en el criterio Inclusión de género
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
12. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
La adjudicación de la propuesta se realizará por Resolución de la Dirección Regional de FOSIS Ñuble y a la oferta que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, contenidas en la metodología de evaluación establecidos en las presentes bases. Los participantes serán notificados de la adjudicación a través de Mercadopublico.cl.
El FOSIS adjudicará la licitación a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ley N°19.886, la institución declarará técnicamente no elegible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. De igual manera, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva resolución. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por este concepto. La declaración de inadmisibilidad o de declarar desierta la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en www.mercadopublico.cl.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho a reclamo de los oferentes, en consideración al principio de impugnabilidad de los actos administrativos previsto en los artículos 10 de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y 15 de la Ley Nº19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
13. MODIFICACIÓN FECHA DE ADJUDICACIÓN
En el caso de que la institución no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, se informará a través del sitio de mercado público (www.mercadopublico.cl) dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y, asimismo, indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 58, inciso número 2 del Reglamento de la Ley N°19.886.
14. FACULTAD DE READJUDICAR
La institución deberá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que sigan en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, toda vez que se produzcan alguna de las siguientes situaciones:
a) Si la Orden de Compra no es aceptada dentro del plazo de 24 horas luego de emitida a través del Portal Mercado Público.
b) Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo establecido en las presentes bases.
c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
d) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado en las presentes bases.
e) Si el adjudicatario, al momento de suscribir el contrato, fuera inhábil para contratar con entidades del Estado.
15. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La prestación del servicio inicia a contar del 01 de diciembre de 2025 en las dependencias ubicadas en Calle Constitución 133, Chillán y el día 02 de febrero de 2025 en dependencias ubicadas en calle Claudio Arrau 583. El proponente favorecido estará obligado a firmar el contrato a más tardar dentro de los 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación por la institución. Dicha notificación se realizará a través del Portal Mercado Publico, mediante la adjudicación en el sistema. No obstante, lo anterior y si FOSIS Ñuble lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al correo electrónico indicado por el proponente en el Anexo Nº1.
El adjudicatario contará con 10 días hábiles, contados desde el momento de la adjudicación en el Portal, para acreditar su inscripción en Registro de Proveedores, requisito indispensable para la firma del contrato. Vencido el plazo de 10 días hábiles, sin que el adjudicatario haya suscrito el contrato, la institución determinará si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o efectúa un nuevo llamado a licitación.
El adjudicatario debe presentar a más a tardar en un plazo de 5 días hábiles desde que fue notificado de la adjudicación la siguiente documentación para la redacción del contrato:
- Escritura de Constitución Legal de la Empresa. (Según calidad jurídica del proveedor).
- Certificado de Vigencia de la Sociedad, extendido con no más de 60 días de anticipación a la fecha. (Según calidad jurídica del proveedor)
- Escritura de la última modificación de la Sociedad, si la hubiere. (Según calidad jurídica del proveedor).
- Escritura donde conste la personería o poder del representante legal.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Obligaciones Previsionales extendido por la Dirección del Trabajo (se obtiene en el Portal Web de la Dirección del Trabajo) el que será suficiente para acreditar que el proveedor adjudicado no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
NOTA: Si el adjudicatario está inscrito en Registro de Proveedores sólo deberá proporcionar lo que no se encuentre en Registro de Proveedores.
16. MONTO, DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin embargo, por razones de buen servicio, considerando la naturaleza de los servicios licitados, podrá disponerse excepcionalmente que las prestaciones se inicien desde el momento de la suscripción del contrato, sin que proceda pago alguno mientras el acto aprobatorio del mismo no se encuentre totalmente tramitado.
Con todo, la institución podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases administrativas.
16.1. MONTO DEL CONTRATO
El presupuesto mensual estimado será de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos). El periodo de duración del contrato será 24 meses cuyo monto total será de $36.000.000.- (treinta y seis millones de pesos) ambos montos con impuestos incluidos.
En el caso que alguna propuesta supere el monto disponible, ésta no podrá ser evaluada ni adjudicada.
16.2. PRÓRROGA DE CONTRATO
El contrato podrá ser prorrogado por un plazo de hasta 12 meses posteriores a su vencimiento. La prórroga debe realizarse mediante la elaboración de un informe favorable de la empresa emitido por los Administradores del Contrato (FOSIS), con a lo menos 30 días de anticipación y dirigido al Director Regional, siempre que exista disponibilidad presupuestaria del Servicio.
Esta prórroga obedece a que realizar un proceso de Licitación de estas características en forma anual encarece y eleva los costos de esta Licitación considerablemente. (3.39% aproximadamente del monto anual, según tabla costo de licitación ejercicio presupuestario año 2025).
En caso de hacer una prórroga de contrato, se deberá modificar la fecha de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por el tiempo que sea necesario para dar cumplimiento a lo establecido en bases.
17. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El administrador del contrato será el/la Encargado/a de Gestión Administrativa de la Dirección Regional de FOSIS Ñuble o quien le subrogue o reemplace legalmente, quien tendrá la responsabilidad de supervisar administrativa y técnicamente la correcta ejecución del convenio adjudicado.
18. CESIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicado no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho a la institución para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior, es sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
19. TRABAJADORES DEL PROVEEDOR Y SUBCONTRATACIÓN
El personal que contrate el proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el FOSIS, sino que exclusivamente con el proveedor, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 183-B, 183-C, 183-D y 183-E, del Código Laboral, incorporadas por la Ley Nº20.123.
Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito de la institución, el proveedor sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica de la institución. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la institución, y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por él, sus dependientes o subcontratistas, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.123.-
No obstante, todo lo anterior, y cada vez que FOSIS Ñuble así lo requiera, el proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
20. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Para garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través de www.mercadopublico.cl, una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, tomada por el mismo o por un tercero a su nombre en un Banco comercial o Instituciones de Garantía Recíproca creadas por Ley N°20.179/2007, la que deberá tener las siguientes características:
Tipo de documento Boleta de Garantía, Vale Vista Bancario, Certificado de Fianza (pagadero a la vista o a primer requerimiento), Póliza de Seguro de ejecución inmediata, Depósito a Plazo o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las dispuestas en el decreto N°250, de 2004 del Ministerio de Hacienda.
Beneficiario FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL, RUT 60.109.000-7
Pagadera A la vista
Carácter Irrevocable
Vigencia mínima 60 días hábiles después de la fecha de término del contrato
Expresada en Pesos
Monto Equivalente en pesos al 10% del monto total del contrato.
Descripción La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través de www.mercadopublico.cl. En los casos que se otorgue de manera ELECTRÓNICA, deberá ajustarse a la Ley Nº19.799/2002 y sus modificaciones sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicio de Certificación de dicha Firma.
En caso de que se otorgue de manera FÍSICA, la garantía deberá ser entregada en sobre cerrado en Oficina de Partes del FOSIS de Ñuble, calle Constitución N°133- Chillán, identificando al oferente e ID de la licitación con un mensaje de “NO ABRIR: BOLETA/DOCUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO”, de lunes a jueves entre 8:00 a 12:30 y entre 14:30 a 16:00 y día viernes desde 8:00 a 12:30 horas.
Glosa “Garantizar fiel y oportuno cumplimiento contrato de la ID:1037961-1-LE25”
Forma y oportunidad de restitución El proveedor deberá retirar la garantía de fiel cumplimiento en el Departamento de Administración y Finanzas del FOSIS Ñuble dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento. Finalizado dicho plazo sin que el proveedor haya retirado su garantía, el Departamento de Administración y Finanzas del FOSIS Ñuble la devolverá mediante carta certificada al domicilio del proveedor.
En el caso de la garantía entregada por medios electrónicos será devuelta en la forma indicada por el oferente dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento.
FOSIS Ñuble solicitará la certificación de autenticidad del documento de garantía ante la institución emisora del documento.
La garantía será devuelta por FOSIS Ñuble una vez que se apruebe la recepción sin observaciones por medio de un acto administrativo de la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas al prestador adjudicado haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.
21. APLICACIÓN MULTAS
En caso de que el adjudicatario no diera fiel cumplimiento al contrato que se suscribe entre las partes, en cuanto a plazos, trabajo o al alcance de las labores contratadas, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el FOSIS, este se reserva el derecho de aplicar las siguientes multas al adjudicatario:
a) Será sancionado con el pago de una multa por inasistencia o atraso del trabajador/a, la cual se aplicará por cada día hábil de inasistencia o atraso, con un tope de 3 días de inasistencia o 15 minutos como tiempo máximo de atraso, y se calculará con un 2% del valor total neto (sin IVA) mensual del servicio contratado respecto de los plazos acordados, según oferta adjudicada.
- Aplicación Formula: Valor total x 2%= valor de multa por día de inasistencia o atraso.
b) No utilizar los materiales/maquinarias ofertadas, falta de insumos y/o almacenar bolsas de basura en muebles u otros lugares no habilitados para ello, según programación y oferta adjudicada. Por cada falta se aplicará una multa, con un tope de 3 faltas y se calculará:
- Aplicación Formula: Valor total x 2%= valor de multa por cada falta.
c) No realizar las labores diarias, señales, quincenales y/o semestrales detallas en el punto 2.1 de las bases técnicas. Por cada falta se aplicará una multa, con un tope de 3 faltas y se calculará:
- Aplicación Formula: Valor total x 2%= valor de multa por no cumplimiento de las labores.
El adjudicatario deberá pagar las multas directamente dentro de los 5 días siguientes de la notificación, y si no lo hiciere, el FOSIS estará facultado para deducirlas del valor de los pagos que corresponda efectuar el mes siguiente, con un tope de 3 multas, de lo contrario se podrá poner término anticipado del contrato y el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Asimismo, el FOSIS podrá eximir total o parcialmente de la aplicación de multas al proveedor, cuando los plazos de cumplimiento convenidos hayan sido extendidos por orden suya, o bien, el proveedor no pudo dar cumplimiento a los mismos por falta de algún antecedente, visación, informe o instrucción del FOSIS, o bien, por la exigencia de requerimientos adicionales o especiales del FOSIS.
Si los perjuicios ocasionados al FOSIS por el incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario exceden el monto de las sanciones aplicadas, éste podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondientes.
21.1 Procedimiento de cobro de multa:
El FOSIS estará facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, según las causales contempladas en las presentes bases administrativas.
Para la aplicación de multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento o para terminar anticipadamente el contrato, el FOSIS aplicará el siguiente procedimiento:
a) Detectada la situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato, el FOSIS notificará inmediatamente de ello al proveedor, mediante carta certificada y/o correo electrónico indicado en el anexo N°1 de las presentes bases, informándole sobre la sanción a aplicar y los hechos en que aquella se motiva.
b) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos por escrito ante el administrador del contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c) Vencido el plazo sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del FOSIS, la que deberá ser notificada mediante correo electrónico y/o carta certificada.
d) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el FOSIS tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del descargo, para rechazarlos o acogerlos parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse mediante la dictación de una resolución fundada del FOSIS, en la cual deberá contener el detalle del contenido y las características de la sanción a aplicar. Esta resolución deberá notificarse al proveedor por correo electrónico y/o mediante carta certificada.
e) El administrador del contrato será responsable de informar y dar cuenta a la autoridad competente para la dictación del acto administrativo por la cual se sancione el incumplimiento del proveedor.
f) Recurso de Reposición: el proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por correo electrónico o por medio de carta certificada (lo que ocurra primero) de la resolución fundada singularizada en las letras c y d precedentes, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen dejar sin efecto, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El FOSIS resolverá el recurso de conformidad a lo señalado en la Ley N° 19.880.
g) Una vez ejecutoriada la Resolución fundada del Director Regional de FOSIS Ñuble que aplica la sanción, se procederá a descontar y/o retener de las sumas que deban pagársele al Adjudicatario en la factura en que recayó la sanción o en cualquiera otra derivada de la misma licitación. De no existir facturaciones pendientes de pago, el proveedor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la sanción para realizar el pago mediante transferencia electrónica a la respectiva cuenta corriente de la Institución.
h) El no pago de la multa, dentro del plazo señalado precedentemente, facultará a la institución para poner término anticipado al contrato y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
21.2 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato:
La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá ser ejecutada en los siguientes casos:
I. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
II. Cuando el proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
III. Cuando por causa que sea imputable al proveedor se haya puesto término anticipado al correspondiente. De acuerdo con el procedimiento para la aplicación de termino de contrato de las presentes Bases.
IV. Por incumplimiento de las obligaciones impuestas en las bases y el respectivo contrato.
21.3 Eximente de responsabilidad:
Si se produjeran incumplimientos ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 45° del Código Civil, el adjudicatario deberá presentar al establecimiento, su justificación por escrito dentro de las próximas 24 horas de producido el evento o circunstancia que afecte el cumplimiento del contrato. FOSIS Ñuble estudiará las razones invocadas por el proveedor para justificar los hechos, y resolverá fundadamente, dentro del plazo de 5 días hábiles desde que haya sido notificado, la aceptación o rechazo de la justificación. Sin perjuicio del derecho a reclamo del adjudicatario en consideración al principio de impugnabilidad de los actos administrativos previsto en los artículos 10° de la Ley N°18.575 y 15° de la Ley N°19.880.
22. DE LA FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
La emisión del documento tributario electrónico “DTE” deberá ser en forma mensual, en un plazo no mayor a los 30 días, el DTE debe ser emitido a nombre de FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL, RUT 60.109.000-7, ubicada en Constitución #133 de la ciudad de Chillán. El pago será mediante transferencia electrónica de fondos, dentro del plazo de 30 días contados desde la recepción conforme.
Considerando que se encuentra en funcionamiento la nueva plataforma de Gestión de Documento Tributario Electrónico (SGDTE), el proveedor deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos al momento de la facturación. El incumplimiento de cualquiera de ellos implicará que la plataforma reclame los DTE de forma automática:
• Orden de compra en estado “aceptada” en el Portal Mercado Público.
• La casilla de intercambio en SII es El DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de "intercambio en SII" será reclamado de forma automática transcurridas 72 horas desde la recepción del DTE en la plataforma del SII.
• El DTE debe contener en el campo 801 o campo de referencia, el ID. de la orden de compra, esto dado que el sistema se encuentra integrado con Mercado Público, SIGFE y SII.
La factura será rechazada dentro de los 8 días siguientes a su recepción cuando se presenten algunas de las siguientes situaciones:
• Factura mal extendida o que no incorpore los antecedentes propios solicitados en la presente base, por tanto, el plazo de pago regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.
• En caso de que se haya rechazado en todo o en parte los productos adjudicados o incumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas.
FOSIS Ñuble podrá reclamar en contra del contenido del documento tributario electrónico dentro del plazo de 8 días corridos a contar de la fecha de su recepción. Si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar el plazo de vencimiento de su pago.
Para autorizar el pago respectivo y verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al personal del proveedor, respecto de sus dependientes, FOSIS Ñuble exigirá como requisito que el proveedor acompañe al DTE correspondiente los siguientes documentos:
a) Nómina de él o los trabajadores.
b) Copia del contrato de trabajo de él o los trabajadores que realicen funciones en las Dirección Regional.
c) Fotocopia de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores que prestaron el servicio en FOSIS Ñuble en el mes que se está pagando y;
d) Certificado o comprobante de Pago de Cotizaciones Previsionales y de Salud del mes anterior, de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al que se está pagando.
En todo caso, para el pago del primer mes sólo se exigirá la factura, contratos y las liquidaciones de sueldos firmadas.
Para la segunda facturación y siguientes, no se aceptarán estados de pago que no adjunten las planillas o documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones previsionales y/o laborales.
En el caso de que la empresa realice cambio de personal en las instalaciones, deberá enviar al administrador del contrato, copia del contrato de trabajo y certificado de antecedentes.
23. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
La administración del contrato estará a cargo del/la Encargado/a de Gestión Administrativa de la Dirección Regional de FOSIS Ñuble, quien tendrá las siguientes funciones:
1. Supervisar constantemente la correcta ejecución y/o cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario, para lo cual deberá establecer los flujos de información para la correcta retroalimentación.
2. Visar los respectivos estados de pago derivados del cumplimiento del contrato, conforme las formalidades establecidas en las bases de la licitación y el contrato.
3. En caso de incumplimiento del contrato por parte del Adjudicatario deberá informar a la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, las gestiones necesarias para el procedimiento de sancionatorio que corresponda;
4. Revisar y autorizar las solicitudes de subcontratación o reemplazos de personal, siempre y cuando esta posibilidad se encuentre contemplada en las bases de la licitación y el contrato.
5. Proponer a la jefatura del Departamento de Administración y Finanzas el término anticipado del contrato cuando concurra alguna de las causales establecidas en las bases y el contrato, siempre fundadamente.
6. Si el contrato posee cláusula de renovación, deberá solicitar a la jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, la renovación o no del contrato, en un plazo mínimo de treinta (30) días antes de la fecha de término del mismo.
7. Disponer de información del contrato, de manera de responder oportunamente a los requerimientos de información por parte de las autoridades institucionales competentes.
24. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato que se celebre podrá ser terminado anticipadamente por las siguientes causales:
1.- Mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, mediante aviso escrito con 30 días de anticipación.
2.- Unilateralmente: La institución podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes:
a. En caso de contar con 3 sanciones de acuerdo con el numeral N°21 “Aplicación de multas” de las presentes bases.
b. El no pago de la multa, dentro del plazo señalado en el numeral N°21.1 letra g) de las presentes bases.
c. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios contratados, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que la exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la institución un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d. Estado de notoria insolvencia del Adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato;
e. Registrar, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato;
f. Disolución de la empresa adjudicada y no tuviese continuador legal;
g. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones;
h. Por situación sobreviviente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el establecimiento dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como la Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización;
i. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): I) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta; II) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados; III) disolución de la UTP.
j. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
24.1 Procedimiento de término anticipado y unilateral de contrato
a. El término anticipado y unilateral de contrato por alguna de las causales señaladas en el punto N°2 precedente, y los hechos en que ella se funda, será comunicada al proveedor, mediante oficio del Director Regional de FOSIS Ñuble, a través de carta certificada al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la Ley 19.880.
b. Notificado el oficio u ordinario al proveedor, éste dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
c. Transcurrido dicho plazo sin presentar descargos, la institución dictará la respectiva Resolución Exenta que dispone la medida de término anticipado y unilateral del contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la institución, con los antecedentes que dispongan y/o que el proveedor haya aportado, dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la eventual sanción, a través de una Resolución fundada. En ambos casos, la Resolución deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, y se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación.
d. En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el término anticipado de contrato procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En este sentido, el Adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de notificación de la resolución, para reponer fundadamente, acompañado todos los antecedentes pertinentes a la Reposición.
e. El Director Regional de FOSIS Ñuble, resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición.
f. Dicho acto administrativo deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, y se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación.
g. Finalmente, la sanción ejecutoriada debe ser publicada en el “Registro de Proveedores del Estado” en el aplicativo “Comportamiento Contractual Anterior de los Proveedores”, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Reglamento de la Ley 19.886.
25. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
f. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
g. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
26. DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El proveedor deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio, no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la prestación de los servicios contratados. De esta manera, en ninguna circunstancia el proveedor podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia de la contratación como después de su finalización, salvo autorización expresa del establecimiento, otorgada a través de su Dirección Regional.
Esta prohibición afecta al prestador, a su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados a esta licitación, en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de la contratación del servicio. El prestador sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a la contratación que por la presente licitación pública se pretende materializar.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el establecimiento podrá terminar anticipadamente el contrato de servicio con el proveedor, encontrándose facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de la prestación de los servicios licitados y fiel cumplimiento del contrato, pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato conforme a lo dispuesto en estas bases, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
El proveedor, declara conocer la normativa establecida en la Política de Seguridad de la Información del FOSIS, para las relaciones con el proveedor, las cuales se encuentran disponibles en el link: https://www.fosis.gob.cl/es/transparencia-proactiva/seguridad-de-la-informacion/
27. PROPIEDAD INTELECTUAL
Tanto los insumos de información que se entregarán al Proveedor Adjudicado, como los productos resultantes del contrato suscrito en virtud de este proceso licitatorio, serán de exclusiva propiedad del FOSIS, por lo que se entiende que éste será también titular de todos los derechos de propiedad intelectual derivados de los servicios que se contratan. Por lo anteriormente señalado, los productos resultantes del servicio prestado no podrán ser difundidos ni utilizados como referencia por el Proveedor Adjudicado para otros estudios o publicaciones propias o de terceros, sin previa autorización por escrito del FOSIS.
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