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Pacto de integridad |
10.12 Pacto de Integridad
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases
de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la
Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al
artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la
misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del
o los contratos que de ello se deriven.
No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o
afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquiera de sus tipos o formas.
Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta
presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su
viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad
ofertadas.
Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso
licitatorio y en la ejecución del contrato.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
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El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores
y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en
virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el
artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o
interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas
que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación,
independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se
realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de
Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la
participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de
Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso
licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare
algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la
adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada
sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en
atención a lo dispuesto en la cláusula N°9.10 de las presentes bases de licitación. En los dos casos
anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el
proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el
proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del
contrato en conformidad con la cláusula N° 10.8.3, numeral 11, de estas bases de licitación
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