Licitación ID: 622847-3-LP25
DISEÑO Y PROVISIÓN DE MOBILIARIO MUSEO ATACAMA
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mobiliario 1 Unidad
Cod: 56101532
Diseño y provisión de mobiliario para público de línea del Museo Regional de Atacama.VER BASES ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DISEÑO Y PROVISIÓN DE MOBILIARIO MUSEO ATACAMA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Unidad de Proyectos de Infraestructura, dependiente de la División de Planificación y Presupuesto del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural en adelante también el “Servicio” o el “Serpat”, licita públicamente el servicio de “Diseño y provisión de mobiliario para público de línea del Museo Regional de Atacama”. VER BASES ADJUNTAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO DE INVERSIÓN E INFRAESTRUCTURA PATRIM
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
Herrera N° 360
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-04-2025 19:56:00
Fecha de Publicación: 03-04-2025 12:50:41
Fecha inicio de preguntas: 03-04-2025 15:06:00
Fecha final de preguntas: 12-04-2025 15:06:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-04-2025 15:06:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2025 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2025 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 15-05-2025 16:20:35
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Reunión online obligatoria. Se subira link con datos de reunión para conectar. 07-04-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VER BASES ADJUNTAS
Documentos Técnicos
1.- VER BASES ADUNTAS
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación de la oferta económica (25%) La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: POE: (25%) x (OEB/OEE) Donde: POE : Puntaje de la oferta económica en evaluación. OEB : Oferta económica más baja. OEE : Oferta económica en evaluación. 25%
2 Evaluación de la experiencia (20%) La evaluación de la Experiencia del Oferente se realizará según la siguiente fórmula: PEO: (20%) x (EO/EM) Donde: POE : Puntaje del oferente en evaluación. EO : Experiencia del oferente. EM : Experiencia mayor No se considerarán válidos aquellos verificadores que no cumplan con los requisitos mencionados. 20%
3 Enfoque de género – inclusión (3%) INCLUSIÓN (3%) PONDERACIÓN El proveedor cuenta con el Sello Empresa Mujer 3% El proveedor no cuenta con el Sello Empresa Mujer 0% 3%
4 De la evaluación de plazo de ejecución del servici Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: POE = (PM/PE) x 10% Donde: POE : Puntaje de oferta de evaluación PM : Plazo menor PE : Plazo en evaluación El plazo mínimo para la prestación de los servicios es de 60 días corridos y el plazo máximo es de 120 días corridos. El oferente que presente una propuesta que sea inferior o exceda los tiempos indicados, será declarado inadmisible, por no ser de interés para la institución. Para efectos de la evaluación del plazo, se considerará el tiempo en días corridos declarado en la Carta Gantt e indicados en el Formulario N°8. Cabe señalar que el plazo ofertado comenzará a correr desde la suscripción del contrato o el Acta de Inicio de Consultoría y deberá contemplar la definición y ajuste de la propuesta de diseño, definición de colores y materiales, fabricación, provisión, despacho, armado, instalación y entrega en el lugar indicado en las presentes bases. 10%
5 Evaluación de la idoneidad del Profesional encarga El oferente deberá presentar el curriculum del Encargado de contrato de acuerdo con lo indicado en el punto 7.1 de los TDR. EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL DE OBRA ENCARGADO DEL CONTRATO PONDERACIÓN La empresa presenta el curriculum profesional de acuerdo con la indicado en las bases técnicas. 5% El oferente presenta un curriculum profesional que no cumple con la indicado en las bases técnicas. 0% El oferente no presenta curriculum Oferta presentada será declarada inadmisible Nota: La presencia del profesional de obra cumpliendo lo indicado en las especificaciones técnicas será indispensable para el inicio de las faenas, y su no presencia significará días de atraso con sus respectivas multas. 5%
6 Pacto de integridad (2%) PROGRAMA O PACTO DE INTEGRIDAD (2%) PONDERACIÓN Cuenta con Programa(s) o Pacto(s) de Integridad y acredita que éstos han sido difundidos, conocidos y cumplidos por su personal; o si es persona natural, acredita que se ha capacitado en integridad o compliance. 2% Declara que no cuenta con capacitación en integridad o compliance; o declara que no tiene Programas o Pactos de Integridad; o declara que los tiene, pero no acompaña una copia o no logra demostrar que haya existido un proceso de difusión hacia los trabajadores y por tanto no logra acreditar el cumplimiento de los mismos. 0% 2%
7 Metodología y plan de trabajo (10%) METODOLOGÍA Y PLAN DE TRABAJO (10%) PONDERACIÓN Los productos ofertados corresponden a las características técnicas de acuerdo con lo indicado en los Términos de Referencia. Presenta los 2 documentos: • Metodología. • Carta Gantt. Asimismo, demuestra la calidad de la metodología de trabajo e incluye con claridad y detalle los 3 capítulos mencionados previamente para el documento Metodología: i. Normativas, garantías y estándar del producto. ii. Secuencia de actividades y coordinaciones asociadas a las líneas de producción, de despacho e instalación. iii. Equipo de trabajo considerado. 10% Los productos ofertados corresponden a las características técnicas de acuerdo con lo indicado en los Términos de Referencia. Presenta los 2 documentos mencionados, pero faltan capítulos de la metodología (i, ii, iii) o bien, la metodología no es de calidad, falta claridad o detalle de estos, aunque no requiere aclaraciones en el foro inverso. 7% La metodología de trabajo tiene observaciones respecto 10%
8 Evaluación de la Presentación de la Propuesta: (21 Se evaluará una propuesta preliminar de diseño a partir de la presentación por parte del oferente de: • 3 plantas de Arquitectura con la ubicación del mobiliario (piso 1, 2 y 3). • 1 imágenes 3d por elemento (mínimo) • Especificaciones Técnicas del mobiliario propuesto. • Catálogo de materiales • Paleta de colores • Estrategias innovadoras de diseño y ejecución. • Estrategia de sustentabilidad. • Formulario N°10 Todo lo anterior a partir de los Anexos que servirán como referencia y calidad mínima de lo solicitado por parte del Serpat en la presente licitación y que contemplan: • Itemizado del mobiliario solicitado. • Plantas de Arquitectura por cada piso con la ubicación del mobiliario propuesto. • Especificaciones Técnicas generales • Mobiliario de referencia por tipología y cada diseño. • Fotos del Museo y su entorno. El detalle de lo mencionado se encuentra especificado en los Términos de Referencia 21%
9 Evaluación del cumplimiento de requisitos formales CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PONDERACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (2%) 2% Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (formularios incluidos) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 2% Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0% DOCUMENTOS LEGALES (2%) 2% Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y formularios requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2% 22 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PONDERACIÓN Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y Formularios requeridos en las bases), a solicitud del Serpat, en el plazo establecido en el numeral 5.3. 0% La no entrega de los documentos señalados anteriormente, a solicitud del Serpat, en el plazo establecido en el numeral 5. 4%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Construcción Museo egional de Atacama
Monto Total Estimado: 75000000
Justificación del monto estimado El presupuesto estimado para la presente licitación es de 75.000.000 setenta y cinco millones de pesos IVA incluido.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto referencial.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
e-mail de responsable de pago: marcela.vasquezg@patrimoniocultural.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcela Vásquez Gutiérrez
e-mail de responsable de contrato: marcela.vasquezg@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29978468-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural - 60.905.000-4
Fecha de vencimiento: 31-12-2025
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar las obligaciones que impone el Contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del proveedor/a, según lo dispone el Artículo 11° de la Ley N°19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública denominada: “Diseño y provisión de mobiliario para público de línea del museo regional de Atacama”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será recibida al adjudicatario/a, a cambio de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere. El Serpat devolverá la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro de los 90 (noventa) días contados desde el término del Contrato y habiéndose presentado por quien corresponda un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Unidad Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía.
    Otras Garantías
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural - 60.905.000-4
Fecha de vencimiento: 31-12-2027
Monto: 10 %
Descripción: El contratista entregará un documento como garantía de la correcta ejecución de las obras (o post-venta) luego de la recepción provisional a entera satisfacción del Serpat y previo al vencimiento de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Si no presenta la garantía de correcta ejecución dentro del plazo, el Serpat procederá a cobrar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato. La garantía de correcta ejecución será recibida al adjudicatario/a, a cambio de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Glosa: “Para garantizar la correcta ejecución de la licitación pública denominada: “Diseño y provisión de mobiliario para público de línea del museo regional de Atacama”.
Forma y oportunidad de restitución: Dicha garantía será devuelta al contratista después de transcurrido el plazo de su vigencia, y una vez realizada la recepción definitiva, siempre que hasta esa fecha las obras se encuentren en perfecto estado de funcionamiento, lo que será verificado por el Serpat y documentado en un informe que concluirá sobre el giro o devolución de la garantía. Lo anterior sin perjuicio del plazo legal de responsabilidad civil correspondiente a 5 años a que hace la regla tercera del artículo 2003° del Código Civil y de los plazos previstos en las normas vigentes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación, licitacionesupi@patrimoniocultural.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El Serpat contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde el vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Conforme al artículo 56° del Reglamento de la ley N° 19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
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competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes
Asimismo, de acuerdo al artículo 56 inciso 2°, el Serpat podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 3 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat.
Cabe señalar que, al solicitar la aclaración, se le aplicará a la oferta la disminución correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el criterio a evaluar: “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Recepción de las propuestas
La fecha y hora de cierre para la recepción de ofertas técnicas, económicas y de los antecedentes de la parte proponente, serán las señaladas en los antecedentes de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo señalado en el portal, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, quienes presenten una propuesta no la podrán retirar ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. Las ofertas tendrán una vigencia de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
Multas
El Serpat podrá aplicar las siguientes multas: N° CAUSA MULTA A Por cada día corrido de atraso, en la entrega final de los servicios contratados, con un tope máximo de 10 días corridos. 0,2% del contrato por cada día corrido. B Por cada día corrido de atraso, en las entregas parciales de los servicios contratados (etapas 1 y 2), según Carta Gantt con un tope máximo de 10 días corridos. 0,2% del contrato por cada día corrido. C Si se detecta un incumplimiento en las medidas de seguridad del personal, ya sea porque la empresa no entregue a sus trabajadores los materiales, máquinas o insumos necesarios para realizar los servicios encomendados, así como que el jefe de obra no detecte situaciones de riesgo para el personal y del propio edificio. Con un tope correspondiente al 10% del monto contratado, y que esta caucionado por la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 5 UF por evento. D Cuando el adjudicatario no acate las instrucciones en los plazos indicados en el libro de comunicaciones, Con un tope correspondiente al 10% del monto contratado, y que esta caucionado por la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 5 UF por evento. 30 La parte proveedora podrá reclamar, ante el Serpat, de los hechos que constituyen los cargos imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente. Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo hiciere, el Serpat podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo 130° del DS N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, pasado el plazo establecido en el primer párrafo de este numeral, permitirá a el Serpat dar curso al cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan. No se aplicará multa si la falta causante de esta se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al Serpat, o bien ella solicita el retraso.
Confidencialidad
El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, sin la autorización del Serpat, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
Término anticipado del contrato
Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el Artículo 13° de la Ley N°19.886 y en el Artículo 130° del Reglamento de la Ley N°19.886. En lo que concierne al Artículo 135, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos: a) Cuando el adjudicatario supere los 10 días de atraso en la entrega final de los servicios de la fecha de término del contrato. b) Cuando el adjudicatario supere las 4 multas por incumplimiento de medidas de seguridad (EPP y herramientas adecuadas) para sus trabajadores y del propio edificio. c) Cuando, habiéndose cursado el tope de 5 multas, el adjudicatario incurra en el incumplimiento de instrucciones realizadas por libro de obras. d) Cuando el adjudicatario demore más de 5 días corridos en poner en marcha el servicio, con respecto a lo comprometido en la oferta. e) Cuando el adjudicatario no cumpla con el Plan de Trabajo y/o con la Carta Gantt vigente. f) Cuando el servicio prestado sea deficiente y esto se funde en un informe de la Unidad Técnica. Asimismo, el Serpat podrá poner término anticipadamente al Contrato en los siguientes casos: 31 a) Proveedor que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal. b) Proveedor que disuelva la UTP. c) Proveedor que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. d) Proveedor que incumple las obligaciones laborales y/o previsionales hacia sus trabajadores y trabajadoras. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el Serpat podrá poner término anticipado al Contrato de manera fundada, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor/a por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito. La parte Proveedora podrá reclamar ante la decisión de poner término anticipado al contrato al Serpat dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará, confirmando el término anticipado del contrato. No habiéndose presentado descargos por el Proveedor/a, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, debiendo publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, pudiendo el Serpat hacer efectiva la boleta de garantía que tenga en su poder. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo 135l del DS N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. En cualquiera de los casos señalados previamente, el Serpat podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
Modificación de contrato por mutuo acuerdo de las partes
Conforme con lo dispuesto en el Artículo 13° de la Ley N°19.886 y en el Artículo 129 del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica Dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los Dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.