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Resolución de Empates |
En caso de existir empate entre uno o más oferentes en la nota final, se tomarán criterios objetivos a la hora de dirimir el empate, de acuerdo al siguiente orden: Se optará y seleccionará la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Localidad”; si se mantiene el empate, se privilegiará al oferente que tenga mayor puntaje en el ítem “Precio”. Si persiste el empate, se deberá optar por quien tenga el mayor puntaje en el criterio “Experiencia” y “Enfoque de Género”. Si aplicando todo lo anterior el empate se mantiene, se optará por quien obtuvo el mayor puntaje en el ítem “Cumplimiento de Requisitos y Mano de obra Local”.
Si aún con ello persiste el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingresó su oferta al portal; dato que se obtendrá del Comprobante de Ingreso de Oferta, Datos de Oferta, Fecha y Hora de Ingreso.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Cada oferente deberá dirigir sus consultas por escrito mediante el foro electrónico, los días y en el horario establecido en el punto N°3 “Etapas y Plazos” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimientos de todos los interesados a través del portal www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las mismas, dentro de los plazos señalados. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
La Municipalidad se reserva la facultad de emitir otras aclaraciones a los antecedentes de licitación, con posterioridad a la etapa de respuestas y aclaraciones, si ello fuese necesario en interés de la licitación, pudiendo rectificar, enmendar o adicionar información a las bases de licitación. Estas serán puestas en conocimiento de todos los participantes. Todas las consultas y sus respuestas pasan a constituir parte de las presentes bases.
Conforme a la Ley de Compras 19.886, se prohíbe la comunicación entre participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen en el proceso de licitación, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones y consultas del foro establecidas en estas Bases.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
a) Las propuestas se abrirán en un solo acto ante la Comisión designada por el Mandante para la Propuesta. En caso de ausencia o impedimento de alguno de estos funcionarios, integrará la Comisión sus subrogantes o el funcionario que se designe en su reemplazo.
b) Si se constata que un participante no ingresó en forma y plazo su oferta al Sistema de Información y, no obstante, ingresó los antecedentes en los Anexos, ésta se tendrá por rechazada dejándose constancia de ello en el Acta de Apertura, entendiéndose para todos los efectos legales que la persona natural o jurídica de que se trata no presentó oferta. Salvo que se trate de la situación descrita en el artículo 115 del Reglamento de Compras N°661.
c) En primer lugar, se procederá a la apertura de todos los “Anexos Administrativos”. Si algún oferente omitiera en la presentación algún documento requerido, la Comisión podrá permitir su presentación en 24 horas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, situación que se notificará a través del foro electrónico. Así también la Comisión podrá resolver que aquel oferente sea eliminado del proceso de licitación, cuando su admisión altere el principio de igualdad de los proponentes, por considerar que estos defectos se refieren a cuestiones de fondo. Igual situación ocurrirá si no responde satisfactoriamente a lo requerido a través del foro aclaración de ofertas. Dichos rechazos o admisiones deberán ser fundadamente consignados en el Informe Técnico de Evaluación.
d) La apertura de los “Anexos Técnicos”, procederá a continuación de los “Anexos Administrativos” y finalmente se abrirán los “Anexos Económicos”. Si existe omisión o error de cualquier antecedente Técnico y/o Económico, eso dejará fuera de bases a la oferta, la cual será desestimada.
e) Del proceso anterior se levantará un Acta, con los datos necesarios para individualizar los proponentes y sus ofertas, constancia de los antecedentes que éstas incluyan, de las propuestas declaradas inadmisibles indicando su causal, de las menciones relevantes que la Comisión estime del caso consignar y de las observaciones o reclamos de los interesados.
f) En cuanto a los reclamos y observaciones se estará a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento N°661.
g) Si no se presentaren proponentes, la Comisión certificará esta circunstancia en Acta, informando de ello a objeto de que se proceda a declarar desierta la licitación
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MULTAS |
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Las multas se aplicarán sin forma de juicio ni requerimiento previo, siendo descontadas del estado de pago siguiente o de las garantías del adjudicatario, según corresponda, previa elaboración de un informe técnico por parte de la Unidad Técnica Municipal.
N° Causal Multa
1 Por incumplimiento en la hora de entrega del servicio o montaje. 1 UTM por cada hora de retraso en el inicio del evento
2 Entrega o disposición de productos en mal estado, con fallas de calidad, o que no cumplan las condiciones sanitarias o de presentación exigidas. 3 UTM por producto defectuoso o preparación defectuosa o no apta para el consumo.
3 Incumplimiento de las especificaciones técnicas, condiciones ofertadas o calidad del servicio (por ejemplo: cantidad de personal, atención deficiente, falta de vajilla, mobiliario o insumos comprometidos). 2 UTM por incumplimiento verificado
4 Conducta inadecuada o falta de respeto del personal del proveedor hacia funcionarios municipales o asistentes. 5 UTM por incidente comprobado.
5 Incumplimiento en la presentación de mano de obra local, al momento de prestación del servicio 5 UTM por incumplimiento verificado
Procedimiento de Aplicación
• La Unidad Técnica notificará las infracciones al adjudicatario mediante carta certificada o correo electrónico, indicando las razones, antecedentes y monto de la sanción aplicada.
• El adjudicatario podrá presentar sus descargos por escrito dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación.
• Transcurrido dicho plazo, y si los descargos no son fundados, la Municipalidad procederá al descuento o cobro de la multa correspondiente.
Nota: El monto total de las multas que se apliquen al oferte por cualquier tipo de incumplimiento no podrá superar, en conjunto, el treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. Una vez alcanzado dicho límite, la entidad podrá considerar resuelto el contrato por incumplimiento, sin perjuicio de las demás acciones legales o contractuales que correspondan.
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