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Resolución de Empates |
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Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°16
Resolución de empate (Excepto Línea N°03)
Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Plazo de entrega, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Precio, de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Cumplimiento de requisitos formales.
Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta.
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
Resolución de empate (Solo Línea N°03)
Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Precio, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Experiencia, de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Cumplimientos de requisitos formales.
Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta.
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Según Bases Administrativas Especiales Punto N°11.- CONSULTAS
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto 10 de las presentes BAE.
Según Bases Administrativas Especiales Punto N°12.- RESPUESTAS A LAS CONSULTAS
Las respuestas a las consultas serán efectuadas por el portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto 9 de las presentes BAE. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones son parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
La Municipalidad de Quillón, podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consultas realizadas por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, realizar aclaraciones, con el sentido de enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente, el que será informado en el portal del sistema de información y contratación pública.
De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la fecha de apertura de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el estudio de las modificaciones.
Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública www.mercadopublico.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Según Bases Administrativas Especiales Punto N°22, Letra e) y N° 23, Letra e)
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Según Bases Administrativas Especiales Punto N°16.-
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Pacto de integridad |
Según Bases Administrativas Especiales N°16
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
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La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf (no se aceptará otro tipo de formato, lo que permitirá a la municipalidad para dejar fuera de bases al proponente).
En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto; sin embargo, en la oferta económica e itemizado debe ser con impuesto incluido.
13.1 Archivo documentación administrativa, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal.
b) Formulario Anexo 2 Declaración Jurada simple, según formato, debidamente firmado por su representante legal.
c) Patente municipal vigente.
d) Programa de Integridad según lo establecido en dictamen N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el Punto N°16 de las presentes Bases Administrativas Especiales. (No presentar este documento NO deja fuera de bases al oferente).
e) Declaración jurada simple de los trabajadores, que acredite que los trabajadores se encuentran en conocimiento del programa de integridad de la empresa. (No presentar este documento NO deja fuera de bases al oferente).
13.2 Archivo documentación técnica, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 3 Ficha técnica de los productos.
b) Formulario Anexo 4 Plazo de entrega.
13.3 Archivo Propuesta Económica, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 5 Oferta económica, según formato, firmado por su representante legal.
El valor de la oferta deberá coincidir con el valor total que determine la suma del presupuesto detallado.
Los oferentes deberán, además, indicar el valor neto de su oferta, a través del portal Mercado Público.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
La falta de cualquier documento DESCRITO EN EL PUNTO 13.2 letra b) y punto 13.3 letra a), la municipalidad declarará al proponente fuera de bases. Además, los errores u omisiones de tipo aritmético que pudiere contener la oferta que efectúe el oferente en el estudio de la propuesta, no alterarán la suma alzada indicada en ella.
Para el llenado de los documentos se deberán utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales.
La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
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ADJUDICACIÓN |
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17.- ADJUDICACIÓN
Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar a los proponentes cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Dicha adjudicación, se realizará a través del portal www.mercadopubilco.cl, una vez que se cuente con la total tramitación del acta de evaluación, decreto alcaldicio que aprueba el acto administrativo y toma de acuerdo de concejo municipal (según corresponda), la que no podrá ser superior a 5 días hábiles a contar de la fecha consignada en el calendario para el cierre de la recepción de las ofertas.
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Re Adjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Según lo señalado en el Art. 58 del Decreto N°661, de fecha 03.06.2024, que Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro de Prestación de Servicios, y deja sin Efecto el Decreto Supremo N°250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda.
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ORDEN DE COMPRA |
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Orden de compra
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedará supeditado en su validez, el hecho que dentro de un plazo no superior a 24 horas desde la emisión de la orden de compra esta sea aceptada por el proveedor.
Esta relación contractual se formalizará, a través de Orden de compra.
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ESTADOS DE PAGOS |
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22.1 Estado de pagos
El precio, se liquidará en un estado de pago, una vez que se haya recepcionado con éxito la totalidad de los productos, según las BAE y Orden de compra, previo informe de ITS.
Para dar curso a cada estado de pago (todas las líneas) el proveedor deberá acompañar los siguientes documentos en original más una copia:
a) Factura a nombre de la I. Municipalidad de Quillón, calle 18 de septiembre Nº250, RUT: 69.141.400-0. (*)
b) Certificado de conformidad
c) Orden de Compra “Aceptada”
d) Acreditar con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
(*) NOTA: la factura deberá ser emitida una vez que el ITS otorgue el visto bueno a las partidas ejecutadas y asociadas al estado de pago correspondiente, la cual deberá ser recepcionada por el encargado o ITS.
Una vez autorizado el estado de pago, el proveedor tendrá la posibilidad de factorizar las facturas correspondientes a los estados de pago posteriores, siempre y cuando hubieren sido autorizados por el ITS y se dé cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del decreto N°661 que aprueba el reglamento de la ley 19.886: “Factoring. Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes.”
Para efectuar la operación de factoring, el contratista o proveedor deberá solicitar autorización por escrito a la Municipalidad, mediante presentación ingresada en la Oficina de Partes Municipal, dirigida al ITO/ITS, Administrador Municipal y la DAF, con a lo menos 30 días de anticipación a la ejecución de la operación. El Sr. Administrador Municipal dará la autorización a la operación de factoring previo informe favorable emitido por el ITS respectivo, certificando que se practicó debida notificación al municipio y que no existen obligaciones ni multas pendientes.
La empresa contratista o proveedora, en caso de requerir una operación de factorización deberá notificar a la Empresa de Factoring respectiva, acompañando copia del contrato, de las presentes BAE, así como la autorización emitida por el Sr. Administrador Municipal.
OBSERVACIÓN: La municipalidad pagará las facturas debidamente cursadas y visadas por el ITS, en un plazo máximo de 30 días contados a partir del día de ingreso por Oficina de partes de la municipalidad.
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