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Resolución de Empates |
En caso de empates en los puntajes totales otorgados a los oferentes, se optará por aquella oferta con más alto puntaje en el punto Oferta Económica, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en Equipamiento del Servicio, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en el punto de Experiencia del oferente, de persistir el empate se optará por la oferta
con mayor puntaje en el punto de Materias de Alto Impacto Social, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en el punto de Cumplimiento de los requisitos formales. Aún si se mantuviere el empate, se determinará por quién haya subido primero la oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados en el plazo y la forma señalados en el punto 6.3 de las presentes bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, Asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d)El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación en razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para
evitar la comisión del mismo u otros hechos similares. En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.
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Interpretación del contrato. |
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En la eventualidad que en el curso de los servicios se produjeran discrepancias o incompatibilidades
en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios,
la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en
controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación.
a) Bases de Licitación, preguntas y respuestas del periodo de consulta
b) Contrato.
c) Propuesta Técnica y Económica del ofer
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ENTREGA DEL SERVICIO |
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La entrega del servicio se deberá coordinar previamente con la Unidad técnica.
Direcciones del retiro de basura domiciliaria:
• José Pedro Alessandri 1242, Ñuñoa.
• José Pedro Alessandri 1610, Ñuñoa.
Coordinación del despacho: con contraparte Técnica, cuyos datos serán entregados una vez
adjudicada la licitación.
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Término anticipado del contrato (Orden de compra) |
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El contrato se entenderá resuelto administrativamente y sin derecho a indemnizaciones por cualquier
incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud del
Contrato u Orden de Compra.
Una vez dictada la Resolución respectiva se notificará al proveedor, efectuando la publicación de esta
a través del Portal Sistema, pudiendo el proveedor objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la
Ley 19.880.
La UTEM podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente el servicio, en cualquier momento
por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, de emergencia nacional,
instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, de entes fiscalizadores u otro
motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. En dicho caso, la
UTEM pagará al proveedor el monto que corresponda al avance de los servicios efectivos. Se entenderá
que todos los gastos que origine la liquidación del contrato serán de cargo de la UTEM.
Asimismo, y sin desmedro de las causales de término anticipado por incumplimiento grave que se
señalarán a continuación, los contratantes podrán modificar o poner término anticipado a la relación
contractual que los vincula, de mutuo acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 77, N°1, del
Decreto 250 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos
de suministro y prestación de servicios. Se deja constancia de esta facultad de resciliación en
cumplimiento de lo requerido en el inciso final del artículo 77 del Reglamento recién singulariz
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Forma de pago de las multas |
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Una vez notificada la resolución que impone multa respectiva al proveedor, este deberá pagarla en el
plazo de 5 días hábiles a esta Casa de Estudios, mediante transferencia electrónica bancaria a la cuenta
Banco Santander cuenta N°68-80396-9. De esta transferencia deberá remitirse su comprobante al
correo electrónico proveedores@utem.cl, gestióndecontratos@utem.cl, apezoa@utem.cl y
lcifuent@utem.cl En dicho correo deberá indicarse el nombre de la Licitación, los datos de
individualización de esta, el monto a pagar, y los datos de individualización del proveedor.
En caso de que la multa no sea pagada en el plazo antes indicado, la Universidad quedará facultada a
hacer efectiva las garantías correspondientes (en caso de que las haya) o bien retener el
pago más próximo.
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Consideraciones relacionadas con la facturación |
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a) El adjudicatario no podrá entregar a la Universidad Tecnológica Metropolitana la factura por los
servicios/bienes/materiales prestados mientras la contraparte técnica no apruebe formalmente los
servicios y/o productos solicitados.
b) Al momento de hacerse efectivo los pagos, y no habiendo operado la transferencia a terceros, el
proveedor deberá entregar la copia a que se refiere el artículo 1° de la Ley N°19.983, que regula la
Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Copia de la Factura.
c) De acuerdo con lo prescrito en el artículo 3º de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y
otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, la participación en la presente licitación y
posterior adjudicación del proveedor se entenderá que el mismo autoriza el aumento del plazo
consignado en la citada disposición legal para reclamar en contra del contenido de la factura
emitida, a 8 días corridos contados desde la recepción del referido documento. En este caso,
el reclamo debe ser puesto en conocimiento del emisor de la factura, mediante carta certificada
u otro medio fehaciente, juntamente con la devolución de la factura y la guía de despacho o
con la solicitud de emisión de la nota de crédito, según corresponda.
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Aumento o disminución de los bienes o servicios: |
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La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las
cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del
30% del total adjudicado; previa información vía correo electrónico a la empresa, a través del
Departamento de Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la
modificación.
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