Readjudicacion |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del
plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de
2 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema
www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica isai.bueno@gendarmeria.cl
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Mecanismo de Empates |
En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de
resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Valor
prima mensual de la poliza.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el
criterio Riesgo de compañía de seguros.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio
Sustentabilidad: Fomento de buenas prácticas ambientales.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Experiencia
del equipo.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en
www.mercadopublico.cl
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Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que
será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Otras Clausulas |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los
siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
vi) Anexo 1 Identificación del proponente.
vii Anexo 2 Declaración jurada simple.
viii) Anexo 3 Oferta económica.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Multas |
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los
bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de
especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un _3__% del valor neto
de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de _10__ días hábiles.
Las multas no podrán sobrepasar el _5_% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los
estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos
pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel
cumplimiento, si la hubiere.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con
decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales
Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
2.- Cobre de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (SOLO SI SE EXIGIÓ EN LAS BASES)
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases
y en el contrato respectivo.
b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente
contrato.
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las
presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por
carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días
hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo
fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida
por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad
licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor,
para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos
del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la
entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada
resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta
certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo
mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que
justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no
superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Vigencia de la Poliza |
La vigencia de la póliza será desde el 01 de Febrero del 2023 hasta el 31 de Enero del 2024
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Calidad de la Aseguradora |
El oferente que desea presentar su oferta en la plataforma debe tener la calidad de aseguradora, toda vez
que se debe adjudicar, emitir orden de compra y generar el pago a la misma razón social y rut., sin pasar
por un intermediario de corredora de seguros. Esto debido a la nueva forma de pago a través de pago
centralizado mediante Tesorería General de la Republica.
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Monto de contratación |
El monto disponible queda sujeto a modificaciones sin perjuicio que pueda aumentar hasta 12% o
disminuir la disponibilidad presupuestaria para el presente proceso licitatorio, de acuerdo a lo establecido
en los artículos 11 y 77 del Reglamento de Ley de Compras Públicas 19.886.
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