Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través del foro que estará habilitado en el portal Mercado Público en los plazos indicados en el calendario de esta licitación. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, de oficio, la Corporación podrá efectuar aclaraciones a las bases, para precisar su alcance o su contenido, las cuales en ningún caso podrán corresponder a una modificación del pliego de condiciones.
En cumplimiento del artículo 108 del Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores a través del sistema de información serán incluidas en el acto administrativo correspondiente. Una vez dictado dicho acto, este será publicado en el sistema de información, sin individualizar el nombre del proveedor que efectuó las preguntas, en el plazo establecido en el Título 3 “Notificación, Etapas y plazos” de las bases administrativas.
Las respuestas y aclaraciones deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas y tendrán efectos vinculantes para éstos y la Corporación. Con todo, las respuestas, en el evento que impliquen una modificación del presente pliego de condiciones, requerirá la dictación del correspondiente acto administrativo que contemple dicha modificación, en caso alguno la respuesta podrá modificar lo dispuesto en las presentes bases.
Es responsabilidad del oferente revisar recurrentemente si hay nuevas solicitudes, aclaraciones y/o documentos adjuntos al portal, toda vez que el medio oficial de la publicación de los procesos de contratación es el sistema de información.