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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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CONSIDERACIONES GENERALES
La oferta para 4 camiones, capacidad de 9 brigadistas más conductor, agua 2.000 litros como mínimo y herramientas. Deberán considerar los siguientes elementos de cargo del contratista:
• Con chofer.
• Seguros.
• Modelo año 2017 en adelante.
• Mantenciones y reparaciones.
• Cinturones de seguridad para todos los pasajeros con sistema de
Carrete auto regulable.
• Excelente estado mecánico y dispuesto a trabajar en zonas rurales en actividades inherentes al combate de incendios forestales.
• Aire acondicionado.
• Baliza tipo barra de color Rojo.
• Estanque para el transporte de agua, como mínimo 2.000 litros, con sistemas para conexión de motobomba (la motobomba será facilitada por la corporación).
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Características mínimas del camión |
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Cabina para 9 pasajeros más conductor.
• Motor sobre 160 HP, de potencia.
• Motor sobre 4.000 cc.
• Motor Diesel.
• Capacidad de carga sobre 3.500 kilos.
• Largo carrozable sobre 2.2 metros que permita, la instalación del estanque de agua 2.000 litros mínimo con rompeolas, instalación de motobomba y transporte de herramientas.
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Características Administrativas Generales |
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a) Cada vehículo se contratará sin tope de kilometraje. A modo referencial, pero sin compromiso alguno por parte de CONAF, se estiman recorridos promedios mensuales aproximados de 4.000 Km./mes.
b) El servicio será exclusivo para la CONAF y deberá estar en condiciones de uso inmediato durante toda la vigencia del contrato, debiendo contar la brigada permanentemente con el vehículo contratado, y un conductor habilitado aprobado por la CONAF, con licencia de conducción profesional A2, A3, A4 o la que corresponda al vehículo. Su base de operaciones será la Región de los Lagos, pudiendo desplazarse a cualquier zona del país.
c) Durante la temporada o período de prestación del servicio CONAF se reserva el derecho de cambiar las bases de operación asignada originalmente a los vehículos.
d) Será obligación del contratista: en el evento en que esto ocurra, cancelar los gastos de peaje, los que serán repuestos por CONAF una vez al mes, previo visto bueno del Jefe de Brigada. Los cuales deberán coincidir con los informes mensuales entregados por este.
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Seguros |
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a) Conocido los resultados de la Selección, el proveedor deberá contratar a su costo, para cada vehículo los seguros respectivos, cubriendo por lo menos los riesgos indicados a continuación, hecho que deberá documentar mediante la entrega a CONAF de acreditaciones de las pólizas pertinentes, emitidas por la Compañías Aseguradoras.
• Daños propios de acuerdo al servicio a prestar
• Daños contra terceros (responsabilidad civil)
• Robos
• Seguro obligatorio contra daños físicos personales, establecidos por la Ley Nro.18.290 sobre accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados.
• Los deducibles de los seguros serán responsabilidad del arrendador, en todas las coberturas de la póliza.
Seguro Covid 19, Ley N° 21.342
b) La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir el período de prestación del servicio, durante cada una de las temporadas. Si una de ellas venciera en ese período, el contratista estará obligado a su renovación inmediata, la cual también será de su cargo. Se deberá acreditar el pago total de la prima del seguro al momento de la suscripción del contrato.
c) Se recomienda al contratista, la contratación de una póliza de seguros que cubra los riesgos para circular en terrenos no habilitados para transitar a vehículos motorizados.
No obstante, lo anterior la Corporación se reserva el derecho de solicitar al contratista, en cualquier momento y dentro del período de la temporada de incendios, los documentos que acrediten la vigencia y situación al día de todas estas pólizas.
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Visados o Autorizaciones |
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a) El contratista deberá gestionar previamente y a su costo cualquier tipo de autorización o visado que las autoridades de Transporte, Municipales y/o Carabineros exijan o lleguen a exigir para transportar pasajeros en este tipo de vehículos.
Estos documentos deberán estar disponibles antes del inicio del contrato.
b) Para la obtención de los permisos de circulación, revisión técnica y contratación del seguro obligatorio, el contratista dispondrá de no más de 12 horas, la cual será previamente autorizado por el Jefe Regional del Departamento de Manejo del fuego durante el mes que la ley hubiere habilitado para este fin.
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Mantenciones y reparaciones |
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a) Cada vehículo dispondrá de un máximo de 24 horas por mes en curso, no acumulativo, a fin de efectuar mantenciones y/o reparaciones preventivas, pudiendo el contratista retirarlo de las labores por el tiempo indicado.
En todo caso, la oportunidad en que dicho tiempo pueda hacerse efectivo, será autorizada por el Jefe Regional del Departamento o en su ausencia a través del funcionario subrogante, quienes podrán actuar a través de la Central de Operaciones.
b) Será de cargo exclusivo del contratista los gastos de lubricantes, reparaciones, servicios de mantención, repuestos y cualquier otro gasto que provenga de daños o desperfectos que sufra o cause el vehículo.
c) Para todos los efectos el servicio se inicia en las oficinas del Departamento de Prevención de Incendios Forestales, ubicado en Calle 27 de abril s/n Puerto Montt, todos aquellos gastos derivados de los desplazamientos por motivos de reparaciones, mantenciones y/o revisiones, o aquellos solicitados por el contratista, serán de cargo de este último.
d) En el caso de fallas del vehículo, el contratista podrá corregirlas o repararlas utilizando el tiempo dispuesto en el punto 26.1.3 a). Si la reparación requiriese un tiempo superior a un día, el contratista deberá reemplazar por su cuenta el vehículo dañado, por otro de similares características y en lo posible con el mismo conductor. El reemplazo deberá realizarse inmediatamente de cumplido el plazo señalado, en caso de falta, CONAF queda facultada para contratar con cargo al propietario del vehículo que presta el servicio, un vehículo de reemplazo.
En todo caso CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados, que superen el tiempo permitido para la mantención o reparación del vehículo.
e) En caso de accidentes será obligación del propietario gestionar los trámites de los Seguros señalados en la Cláusula 26.1.2. De ser necesaria la reparación del vehículo y el daño no pudiera repararse en un tiempo de 24 horas el contratista deberá reemplazarlo por uno de similares características del que se encontraba operando, teniendo presente todo lo señalado en los puntos anteriores.
f) Será de cargo del contratista la implementación de la imagen corporativa en el vehículo, la cual constara con adhesivos en ambos costados del vehículo con el logo del gobierno de Chile y mensaje ancla del departamento de Manejo del fuego, a si como de la región de los Ríos el ejemplo se anexa a esta licitación (pero se confirmará, posterior a la adjudicación del servicio).
g) Sera de cargo del contratista y obligatorio la implementación de un GPS, navegador satelital y del sistema de seguimiento de flota, lo anterior para facilitar el desplazamiento y llegada a lugares en forma más rápida y óptima de las unidades (Brigadas).
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En lo relativo al conductor |
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El Contratista deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos:
a) El Conductor no tendrá vínculo laboral con CONAF, siendo responsabilidad del contratista, el pago de las remuneraciones, horas extras, reemplazos, leyes sociales, etc.
b) Edad acorde y condiciones saludables con el trabajo en terreno
c) Experiencia: El conductor debe conocer cabalmente el vehículo que conducirá y estar en posesión de licencia correspondiente, con una vigencia que cubra el período de contrato.
d) La hoja de vida del conductor no puede tener más de 3 multas gravísimas en los últimos 2 años.
e) Acompañar certificado de hasta 3 años de antigüedad, que acredite la asistencia a un curso de manejo a la defensiva, o en su defecto, indicar que no lo tiene, para que la Corporación lo otorgue, si lo estima conveniente y oportuno, una inducción ya sea directamente o por terceros, en manejo a la defensiva.
f) El conductor deberá acatar las instrucciones del Jefe de Brigada, respecto del uso del vehículo y cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Orden Interno, Higiene y Seguridad, Reglamento Ley de Transito, Plan de Prevención de accidentes del Departamento de Manejo del fuego.
g) La falta de cumplimiento del reglamento disciplinario, en lo referido a no acatar las instrucciones del Jefe de Brigada o incurrir en faltas a la moral, buenas costumbres y convivencia, que causen alteraciones al régimen interno de la brigada y que amenacen a la seguridad del personal de CONAF, será motivo suficiente para que la Corporación pueda exigir, a su juicio exclusivo, el reemplazo del conductor.
h) CONAF controlará los turnos y días de permiso con cada contratista en particular los días de permiso de cada conductor. En todo caso, el contratista deberá proveer un conductor de reemplazo para dichas ocasiones, el que deberá cumplir las mismas exigencias que el conductor titular. Todo lo anterior sin perjuicio de la legislación laboral.
i) Estadía: esta será de cargo CONAF de acuerdo a régimen establecido para la brigada.
j) La alimentación del conductor será de cargo CONAF, de acuerdo al régimen alimenticio establecido para la brigada.
k) El conductor deberá acreditar que conoce toda la reglamentación del tránsito vigente y aplicable, en especial lo que se refiere a autorización de “Transporte de Personas” y que cumple con todas sus exigencias.
l) CONAF podrá exigir al conductor la rendición de un examen ante el Jefe Administrativo Regional o quien éste designe, para certificar su idoneidad y competencia, reservándose CONAF el derecho de solicitar el reemplazo del chofer, si se detectaran deficiencias que pudieren ser riesgoso para el trabajo a realizar.
m) El contratista una vez que se adjudicó la licitación deberá presentar una carpeta al Departamento Prevención Incendios Forestales que contenga:
- Contratos de trabajo de los conductores.
- Obligación de informar de los conductores.
- Procedimientos de trabajo de los conductores.
- Registro de entrega de Equipo de Protección Personal de los conductores.
- Colilla de recepción del reglamento interno de la empresa de los conductores.
- Un ejemplar del reglamento interno de la empresa.
- Libro de asistencia.
n) El Conductor: Deberá ser provisto por su empleador de:
• Calzado de seguridad (tipo bota con caña u otro modelo, pero de seguridad).
• Chaqueta y pantalón de seguridad.
• Chaqueta reflectante tipo geóloga
Polera manga larga protección UV.
• Antiparras
• Protección auditiva
• Bloqueador solar (factor 50 mínimo).
• Guantes
. Gorro tipo safari y casco.
m) Recursos para imprevistos: El contratista deberá proveer al conductor de un fondo en dinero efectivo permanente de $ 100.000 -, para solucionar y cancelar gastos imprevistos, reparaciones menores rápidas (correas de ventilador, fusibles, ampolletas, parches de neumáticos, etc.), debiendo reponer los montos que se vayan gastando en un plazo de 48 horas, contadas desde ocurrido el gasto.
Se deja establecido expresamente que, tanto de la naturaleza del gasto, como de la custodia del fondo en efectivo señalado, CONAF no tendrá ninguna responsabilidad.
o) El combustible será con cargo de la Corporación Nacional Forestal, entregándose una tarjeta de combustible asociada al vehículo contratado.
p) Normas internas para el conductor
• Conocer y cumplir lo estipulado en el , Anexo Especial DEPRIF, Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad el cual podría ser consultado sobre los conocimientos que de él tenga, en una eventual auditoria interna de CONAF y/u observaciones de puestos de trabajo.
• Los requisitos y normativas que se exige al conductor titular, los deberá cumplir también el conductor de relevo.
• El conductor debe portar la siguiente información:
a) Mutualidad donde está adherido su empleador
b) Domicilio o morada particular
c) Teléfono de algún familiar directo
d) A qué medicamento es alérgico y grupo sanguíneo
e) Prohibiciones del conductor
f) Transportar terceras personas en el vehículo.
g) Escuchar música con fonos.
h) Hablar por celular.
i) Fumar.
j) Conducir con medicamentos que produzcan somnolencia.
k) Desplazar el vehículo sin la autorización de la CENCOR.
l) Abandonar el vehículo en actividades de incendios.
m) Doblar turnos sin cumplir con el descanso establecido en las bases.
n) No comunicar inmediatamente algún incidente o accidente que afecte a su persona, como también algún desperfecto mecánico del vehículo.
o) Llegar en estado de intemperancia o trasnochado a recibir el turno.
p) Desviarse de la ruta de la brigada, para realizar actividades ajenas a las laborales.
p) De las inspecciones a vehículos y observaciones a conductores:
• CONAF, por intermedio de sus funcionarios, ya sea como parte de los Comités Paritarios, Prevencionista de Riesgo o Jefaturas del Depto. Protección Incendios Forestales, tendrán la facultad de efectuar los controles e inspecciones que se estimen convenientes, en lo que dice relación con el cumplimiento de las obligaciones del Contratista administrativas, legales, de seguridad e higiene. Al mismo tiempo la Corporación, podrá aplicar encuestas de satisfacción a los usuarios finales del servicio, una vez por temporada. El resultado de éstas y las acciones que la Corporación pueda tomar en consecuencia, se pondrá en conocimiento del contratista.
• Se inspeccionará por parte de los Comités Paritarios, Prevencionista de Riesgos o Jefaturas del Departamento de Protección Incendios Forestales la conducción del chofer en el ámbito de las normativas del tránsito además, de las establecidas en el Reglamento Especial de Orden Higiene y Seguridad para Manejo del Fuego sobre el transporte terrestre y de vehículos desde el Art.118 al Art.133.
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NORMAS QUE REGULAN LA LICITACIÓN |
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La licitación se regirá por las presentes bases administrativas y técnicas y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha del llamado a licitación, especialmente la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y prestación de Servicios y su Reglamento. Asimismo, serán reglas propias de la licitación, las aclaraciones que emita y publique CONAF, sean requeridas por los participantes de esta licitación o bien impartidas por CONAF, formando parte de estas bases.
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS |
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Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, se realizarán a través del portal http://www.mercadopublico.cl todas las consultas y solicitudes de aclaración que los oferentes soliciten, utilizando la sección de foro, hasta la hora y día en que se indica en el cronograma. Las respuestas a las consultas estarán disponibles en el mismo portal, a contar del día indicado en el cronograma de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl. Las dudas sobre el manejo del portal deben efectuarse en el fono consulta del portal de compras públicas 600-7000-600.
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MODIFICACION Y/O COMPLEMENTACION DE LAS BASES |
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CONAF podrá modificar y/o complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes mediante el foro del sistema, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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ACEPTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS FUERA DE PLAZO |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. CONAF no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Dicho lo anterior, las bases contemplarán dentro de los criterios de evaluación uno que evalúe el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. (Art. 40° Regl.).
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DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS O DECLARAR DESIERTA O INADMISIBLE LA LICITACIÓN |
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La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquier oferta por incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en estas bases y de declarar desierta la licitación, total o parcialmente, cuando no se presentaren ofertas o habiéndose presentado éstas resulten inconvenientes a sus intereses. En ambos casos se dictará una resolución fundada. (Art. 9° de la Ley 19.886).
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POSTULACIÓN |
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Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación. El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación. Las ofertas deberán hacerse en un valor fijo neto en pesos chilenos.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA REALIZAR EL CONTRATO |
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Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la aceptación de la orden de compra, son los siguientes: Encontrarse inscrito en el registro oficial de Proveedores del Estado, denominado Chileproveedores. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 06 de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva. Esta Corporación examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes del proveedor, que se encuentren publicados digitalmente en el Sistema Chileproveedores
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PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de requisito formal, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del foro inverso. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. (Artículo N° 40 del Reglamento) De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, de acuerdo a lo indicado en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos"
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CONSULTAS Y ACLARACIONES ANTES DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
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Las consultas referentes a las Bases de esta licitación pública, deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del Portal de Compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad, en los plazos estipulados en las presentes bases.
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE SU ADJUDICACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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OBSERVACIONES O RECLAMOS |
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El o los proponentes que deseen efectuar alguna observación, respecto de la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La Comisión Evaluadora de las ofertas recibidas en la presente licitación pública estará integrada por los siguientes funcionarios de la Corporación:
• Jefe DEPRIF Regional o quién subrogue.
• Jefe DEFA o quién subrogue
• Jefe Operaciones DEPRIF Regional o quien subrogue
• Jefe Unidad Jurídica CONAF Región de los Lagos
La Comisión Técnica, luego de su evaluación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, o rechazo de las propuestas analizadas.
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FIRMA DEL CONTRATO |
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CONAF, a través del Director Regional, y el adjudicatario suscribirán un contrato aproximadamente dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el que establecerán sus derechos y obligaciones, del cual las presentes Bases Administrativas y Técnicas son parte integral, así como sus Anexos y la propuesta del adjudicatario.
Si el adjudicatario del Servicio no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor (tales como accidentes, pérdida de vehículos, o por razones de carácter judicial), que no podrán ejecutar las actividades propuestas.
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PLAZO DEL CONTRATO |
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Se estima que la duración del presente servicio es de 12.5 meses con un periodo de evaluación a los 4.3 meses de cada temporada. Es decir al término de la primera temporada (2021-2022); y se podrá ampliar a las temporadas(2022-2023); (2023-2024).
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RENOVACIÓN DEL CONTRATO |
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El contrato podrá ser renovado por dos periodos más, en igualdad de condiciones previo informe de completa satisfacción del servicio por el Departamento de Protección de Incendios Forestales Y siempre y cuando las condiciones presupuestarias así lo permitan.
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REAJUSTABILIDAD DEL CONTRATO |
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En la eventualidad que el contrato sea renovado, éste para efectos del segundo y tercer período (la prórroga, de acuerdo al inciso anterior), será reajustado con la variación acumulada del IPC del año anterior.
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TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disolviese la empresa Contratista
c) Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista.
d) Cuando CONAF, de común acuerdo con el Contratista resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el representante legal del adjudicado es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
f) Fallecimiento del representante legal de Contratista, que implique el término del giro de la sociedad o persona.
g) Si el Contratista no comenzare a prestar los servicios en la fecha indicada por el departamento de manejo del fuego.
h) La no entrega oportuna de la Garantía establecida en las presentes Bases.
i) Cuando CONAF y el Contratista de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
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CONDICIÓN, MODO Y PLAZO DE PAGO |
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1.-CONDICIONES:
1.1.-Una vez que sea recepcionado (s) en total conformidad el o los servicio (s) del oferente adjudicado.
1.2.-Previa visación y/o autorización explícita emitida por la contraparte técnica de CONAF.
1.3.-Una vez solicitado y verificado que se han cancelado, las cotizaciones previsionales del personal utilizado en la prestación del servicio (cuando corresponda).
2.- MODO:
2.1.-Para proceder al pago, proveedor deberá presentar la correspondiente factura o boleta según corresponda, por los productos y/o servicios efectivamente recibidos conforme; ésta debe ir a nombre de:
a) Nombre: Corporación Nacional Forestal
b) RUT: 61.313.000-4
c) Dirección: Ochagavia 458
d) Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
2.2. El adjudicatario al momento de emitir su factura para pago, deberá entregar el respaldo que acredita el pago de las cotizaciones a sus trabajadores del último mes inmediatamente anterior a través de la presentación del certificado F30 y F30.1 emitido por la Dirección del Trabajo.
3.- PLAZO DE PAGO:
3.1.-El documento tributario será cancelado en un plazo no superior a 30 días corridos desde la fecha de la factura por la Tesorería General de la Republica.
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MULTAS Y SANCIONES |
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a) El Adjudicatario podrá ser sancionado por parte de CONAF con una multa igual al 0.2 % del valor bruto total del respectivo contrato; por cada día hábil de atraso en el desarrollo del trabajo contratado, de conformidad a los plazos estipulados en las presentes Bases Técnicas y/o el contrato respectivo. Además, CONAF podrá poner término anticipado al respectivo contrato cuando existieren incumplimientos graves por parte del Adjudicatario.
b) CONAF podrá poner término anticipado al respectivo contrato cuando existieren incumplimientos graves por parte del Adjudicatario. Los cuales se encuentran detallados en la sección término anticipado del contrato.
El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado de Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, Conaf dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, Conaf tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
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CONFIDENCIALIDAD |
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Toda la información que el Adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada secreta, reservada y confidencial quedando prohibidos su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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