INSTRUMENTOS Y NORMATIVA APLICABLE |
La presente Licitación y el respectivo contrato a que dé lugar, se regirán por lo dispuesto en Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de Servicios y Decreto N° 661 del año 2024, del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886, por la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y por último, por las siguientes disposiciones normativas, cuyo orden de procedencia, en caso de existir discrepancia, será el que a continuación se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos.
• Las modificaciones a las bases de licitación, debidamente aprobadas por el respectivo trámite administrativo.
• Las respuestas a las consultas y aclaraciones realizadas en esta licitación, mediante Foro de Consulta, a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl.
• La oferta y antecedentes económicos, técnicos y administrativos, con todos sus documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
• La resolución de adjudicación y los antecedentes que la fundan.
• El contrato respectivo y la resolución que lo aprueba.
En el caso de existir errores involuntarios u omisiones en los anexos, y ante cualquier duda en la interpretación del Contrato, primará irrestrictamente, como orden de prelación, lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas.
Asimismo, si se detectaren incongruencias o cláusulas contradictoras en las bases o aspectos poco precisos en éstas o en los anexos, según lo establecido en el Artículo N°40 del Reglamento N°661, a solicitud de parte o de oficio se aprobará una Resolución aclaratoria siempre y cuando el proceso de compra aún se encuentra en estado de “Publicada” en el Sistema de Informaciones de Mercado Público, es decir antes del cierre de recepción de ofertas, según el calendario de la Licitación indicado en el portal www.mercadopublico.cl y deberá considerarse un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones/ aclaraciones.
Si al momento de aperturar o evaluar las ofertas presentadas, la comisión detectare incoherencias en las bases o sus anexos, que impidieron un normal proceso de adjudicación, se procederá a revocar la licitación si aún no se encuentra adjudicada y si por error se procediera a adjudicar, deberá invalidar el proceso conforme lo establece la Ley 19.886 sobre la materia. Todos estos procedimientos deberán instruirse en una Resolución fundada.
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PUBLICIDAD DEL LLAMADO |
El llamado a Licitación Pública será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de la plataforma Mercado Público, www.mercadopublico.cl y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las indicaciones, condiciones de las presentes Bases Administrativas y Técnicas y cronograma de actividades; documentos que con sus modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en el sitio electrónico para los interesados de participar en esta propuesta.
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DOMICILIO Y COMPETENCIA |
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de La Ligua, y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
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REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES PARA QUE SUS OFERTAS SEAN ACEPTADAS. |
a) Los proveedores deberán presentar sus ofertas sólo a través del Portal www.mercadopublico.cl.
b) Los oferentes participantes de esta licitación deberán obligatoriamente presentar en su oferta toda la documentación solicitada. Sólo serán aceptadas las ofertas que se ajusten estrictamente a lo establecido por las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas.
c) Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, la Delegación Presidencial Provincial de Petorca, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases.
d) El oferente debe estar HABILITADO para contratar con el Estado, en el registro electrónico de oferentes de Estado (www.chileproveedores.cl)
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DE LA EXCLUSIÓN DE OFERENTES. |
a) El que no se encuentre habilitado para contratar con el Estado.
b) El que se encuentre inhabilitado según el artículo 4° de la Ley 19.886 de Compras Públicas.
a) No podrán participar en esta licitación directamente o como apoderados de terceros, aquellas personas que integren la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni sean contratados a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estén unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
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CONFIDENCIALIDAD |
El oferente y/o adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del servicio contratado, la documentación, los antecedentes y en general cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución de la prestación o de cualquier actividad relacionada con ésta, salvo aquellas catalogadas como información pública al tenor de la Ley N° 20.285.
El oferente y/o adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo del servicio.
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o cualquier otro interviniente en el servicio.
El oferente y/o adjudicatario en especial deberá mantener la confidencialidad del Registro Único de Beneficiarios, así como los datos correspondientes a las Fichas Básicas de Emergencia Hídrica (FIBEH), las cuales ha tomado conocimiento para el cumplimiento del presente contrato.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES |
Durante la etapa de evaluación la Delegación Presidencial Provincial de Petorca podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Delegación Presidencial Provincial de Petorca y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
En el caso de ser posible rectificar los errores o omisiones por parte de los proveedores detectados en el proceso de evaluación de las ofertas se confiere un plazo de 25 horas para la corrección de estos, contado desde el requerimiento informado a traves del sistema de información. En tal condiciòn se asignara un menor puntaje en los criterios de evaluación.
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Resolución de Empates |
En caso de que se produzca un empate entre los oferentes tras la evaluación de sus propuestas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, de acuerdo con el orden de prioridad establecido:
1. Criterio “PRECIO O VALOR DE LA OFERTA”: Se dará preferencia al licitante que haya obtenido el mayor puntaje en este criterio.
2. Criterio “CALIDAD DE SERVICIO”: Si el empate persiste, se evaluará el puntaje en este criterio, y se priorizará al oferente con el mayor puntaje en los siguientes subcriterios, en orden de preferencia:
· Materialidad del estanque.
· Año de fabricación del camión.
· Recorrido necesario para el transporte del agua potable.
3. Criterio “EXPERIENCIA CERTIFICADA”: Si el empate aún persiste, se resolverá a favor del licitante que haya obtenido el mayor puntaje en este criterio.
4. Criterio “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES”: Si el empate continúa, se otorgará la preferencia al licitante con el mayor puntaje en el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en las bases de licitación.
5. Criterio “PROGRAMA DE INTEGRIDAD”: Finalmente, si el empate persiste, se resolverá a favor del oferente que con mayor puntaje en el pacto de integridad.
Una vez realizada la evaluación, se redactará un Acta de Evaluación que incluirá la recomendación de contratación o el rechazo de las propuestas, conforme a los criterios establecidos en estas bases. Este acta servirá como base para la proposición que se presentará al Delegado Presidencial Provincial de Petorca, quien procederá a seleccionar o rechazar las ofertas mediante la emisión de una resolución
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ADJUDICACIÓN |
La presente licitación será de adjudicación múltiple, mediante suscripción de Contrato — Contrato de Prestación de Servicios".
La Entidad Licitante aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases, por cada uno de los sectores y respecto de cada una de las ofertas presentadas para cada una de ellas.
Las ofertas mejor evaluadas serán aquellas que obtengan la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en las presentes Bases. La Delegación se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando ninguna de las ofertas cumpla con una ponderación mínima de un 75% de la evaluación final.
La adjudicación de la propuesta se hará por acto administrativo y se notificará en conformidad a lo dispuesto en el calendario de Licitación.
La ampliación del plazo de adjudicación podrá realizarse por la sola manifestación de la Delegación a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, dictando un acto administrativo para tales efectos.
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READJUDICACIÓN |
Si el o los proveedor/es adjudicado/s no cumpliese/n con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Delegación podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntajes dentro del plazo de un (1) día corrido contados desde la publicación de la adjudicación original, a través del acto administrativo correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta
b) Si el adjudicatario no presenta el instrumento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento en los plazos establecidos.
c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.8860 en virtud de la Ley N° 20.393.
d) Si el adjudicatario no concurre a la suscripción del contrato en los plazos establecidos en las presentes Bases.
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DESERCIÓN, REVOCACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL PROCESO |
El Delegado Presidencial Provincial podrá declarar desierta la licitación a solicitud de la Comisión Evaluadora, lo cual deberá ser fundado en razones técnicas derivadas del Proceso de Evaluación de las Propuestas, por exceder éstas los marcos presupuestarios o por otra causa, sin derecho a indemnización alguna para los proponentes.
Asimismo, podrá revocar la adjudicación cuando una Licitación ya está publicada y se decida de manera debidamente justificada que la Delegación Presidencial no podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detendrá el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por el Servicio mediante Resolución Fundada y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. De ser el caso, se otorgará el Estado de "Revocada" a la Licitación.
Por otra parte, a solicitud del Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional, se podrá asignar el estado "Suspendida" a la licitación, lo que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y posteriormente, seguir con el curso normal de la misma. Este estado puede asignarse desde la publicación de las Bases hasta la adjudicación.
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VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato entrará en vigencia a contar del día siguiente hábil del acto administrativo que lo apruebe.
El servicio contratado deberá prestarse desde el 01 de junio del año 2025 al 31 de diciembre de 2025.
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DEL PAGO |
El pago por la prestación del servicio se efectuará al término del plazo de ejecución del contrato. Se podrá pagar un periodo mensual de ejecución del contrato al término del mismo, siempre y cuando se cuente con toda la documentación necesaria para su pago y esten depositados los recursos para ello.
El pago procederá solamente si ha ingresado el adjudicatario toda la documentación exigida en las cláusulas del contrato.
Además, para proceder al pago, se deben cumplir con las siguientes condiciones:
1°. Que, la Subsecretaría del Interior dicte el Decreto o Resolución mediante la cual se transfieren los recursos a esta Delegación Presidencial Provincial, conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2025.
2°. Que, los recursos estén efectivamente transferidos, esto es, se encuentren depositados en la cuenta corriente 21909000090 del Banco Estado, Fondos en Administración.
3º Haberse registrado en el sistema de información la fecha de cumplimiento en la prestación del servicio por parte del proveedor.
4º Registrar en el sistema de información la recepción conforme de los servicios por medio de certificado emitido por la Administradora de Contrato o Encargada de Adquisiciones o quien la subrogue.
5°. Que, se dicte por parte de la Delegación Presidencial Provincial de Petorca, una resolución que autorice el pago de la prestación del servicio del presente contrato.
En la resolución que autoriza el pago se verificará si se han cumplido con las obligaciones establecidas en el contrato.
En el certificado de recepción conforme del servicio se verificará esencialmente la cantidad de metros cúbicos de agua efectivamente entregados por el proveedor, como así mismo, el cumplimiento de las demás obligaciones dispuestas en el contrato. Dicho certificado será elaborado en base a la información debidamente registrada en las planillas abastecimiento y de entrega de suministro ingresadas por el proveedor, y respaldada por el registro de GPS.
Si los metros cúbicos entregados por el proveedor a la localidad abastecida son menores a la cantidad contratada en el periodo mensual, se pagará solo la cantidad de metros cúbicos efectivamente entregados, descontándose la cantidad de metros cúbicos no entregados.
Por otra parte, en el evento que los metros cúbicos de agua entregados por el proveedor a la localidad abastecida son mayores a la cantidad contratada en el periodo mensual, se considerará como una mera liberalidad en favor de la localidad abastecida los metros cúbicos en exceso entregados por el prestador del servicio para la localidad afectada.
Finalmente, se emitirá un certificado de pago por la Encargada del Departamento de Administración y Finanzas o quien la subrogue indicando el monto total a pagar por los metros cúbicos entregados consignados en el certificado de recepción conforme.
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