BASES ADMINISTRATIVAS
“CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES”
ID 5184-6-LE21
Especificación: Concesión Casino Hospital de Linares
ID Licitación: 5184-6-LE21.
Mandante: Hospital de Linares.
Duración del contrato: 24 meses.
Unidad Técnica: Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de Linares
Tipo de Adquisición: Licitación Pública, Mayor a 100 UTM y Menor a 1000 UTM.
Tipo de Convocatorio: Abierta.
Tipo Adjudicación: Simple, sin emisión automática de Orden de Compra.
Moneda: En Pesos Chilenos.
Etapa del Proceso: En una Etapa.
I.- ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
1.- GENERALIDADES:
La entidad mandante es el Hospital de Linares, con domicilio en Av. Brasil Nº 753, de Linares, requiere la contratación de “Concesión Casino Hospital de Linares”. Se llama a licitación para renovar la contratación de servicios de casino para el Hospital de Linares.
Que revisado el catalogo del portal www.mercadopublico.cl, se constata, que los servicios requeridos no se encuentran disponible a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Las presentes Bases Administrativas establecen y rigen las condiciones para establecer un convenio de suministro el cual provea de “Concesión Casino Hospital de Linares”. La Licitación contempla la compra de servicios por un periodo de 24 meses.
El proceso de la presente Licitación Pública se regirá íntegramente por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, además por sus Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas debidamente aprobadas.
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar sus propuestas a esta Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran las bases, eventuales respuestas a las consultas formuladas por los proveedores y aclaraciones, si las hubiere.
La presente llamada a licitación será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, esto es www.mercadopublico.cl, se efectuará a través del mismo el proceso completo de postulación y selección de ofertas, adjudicación y contratación se encontrará disponible gratuitamente en dicho sitio electrónico a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.
Podrán presentar ofertas en esta licitación aquellas personas naturales y/o jurídicas que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo establece la Ley Nº 19.886 y su reglamento, cumpliendo con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación.
El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopublico.cl, o en su defecto, proceder a su inscripción en el plazo máximo de 5 días, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 16 de la Ley Nº 19.886. Los oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de dos años previos, quedarán excluidos de la presente licitación.
1.1.- Mandante:
NOMBRE Hospital de Linares.
DOMICILIO Av. Brasil # 753, Linares.
1.2.- Unidad Técnica
DEPARTAMENTO Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de
Linares, conformado por:
-Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, Subdirector de las Personas.
-Sra. Marta Lagos Reyes, Nutricionista Jefe Unidad Central de Producción.
-Srta. Ana Barros Soto. Jefe Unidad de Finanzas.
-Sr. Juan José Gutiérrez Gutiérrez, Jefe Unidad de Mantenimiento.
DOMICILIO Av. Brasil # 753, Linares.
2.- ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION:
Se deja establecido el siguiente calendario de actividades a efectuar durante el periodo de licitación en cuanto a fechas, plazos y horario. Esta información sólo podrá ser modificada por la Unidad Técnica mediante comunicación por escrito (aclaraciones) a todos los proponentes.
|
Etapa del Proceso
|
Fecha
|
Hora
|
|
Publicación
|
27/01/2021
|
18:30
|
|
Inicio de Preguntas
|
27/01/2021
|
18:30
|
|
Visita a Terreno
|
29/01/2021
|
11:00
|
|
Final de Preguntas
|
01/02/2021
|
18:00
|
|
Publicación de Respuestas
|
04/02/2021
|
18:00
|
|
Cierre Recepción de Ofertas
|
08/02/2021
|
15:00
|
|
Acto Apertura Electrónica
|
08/02/2021
|
15:00
|
|
Adjudicación
|
15/02/2021
|
18:00
|
Se contempla una visita a terreno a los Oferentes, la que tiene la finalidad de mostrar las dependencias en las cuales el proveedor adjudicado prestará sus servicios. La visita se programa para el día viernes 29 de enero de 2021 a las 11:00 horas, los interesados deberán presentarse con Don José Mauricio Oyarce Urrea, Subdirector de las Personas del Hospital de Linares o quien lo subrogue, su oficina se encuentra ubicada en segundo piso del Hospital de Linares, por entrada principal, dirección Avda. Brasil Nº 753, Linares. Se otorgará un tiempo máximo de espera de 10 minutos posterior a la hora de visita, a él o los oferentes que lleguen atrasados o no se presenten no podrán obtener puntaje máximo en evaluación de Oferta Técnica y Cumplimiento de Requisitos.
Déjese establecido que el valor del Menú “Beneficio de Alimentación para Funcionarios” no podrá sobrepasar los CL$2.400.- valor entregado por la Dirección del Servicio de Salud del Maule a través de ORD. N°38 de fecha 06 de enero 2021, monto que se reajusta de forma anual según variación del IPC.
3.- LA PRESENTACION DE ANTECEDENTES DEL OFERENTE:
Los interesados deberán presentar su propuesta en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora de cierre publicado en el portal.
Se entenderá por documentos a presentar los siguientes:
Anexo Nº1: Identificación del oferente.
Anexo N°2: Declaración Jurada.
Anexo Nº3: Ficha Técnica.
- En la ficha el oferente debe presentar una oferta técnica propia, acorde a los lineamientos ofrecidos en las Bases Técnicas de la presente licitación, el documento Ficha Técnica de cada oferente estará sujeto a evaluación como indica el punto 5.b).
Anexo N°4: Oferta Económica:
- Se refiere al canon de arriendo que está dispuesto a pagar el oferente por concepto de arriendo de las instalaciones. Como detalla el punto 5.a).
Anexo Nº5: Experiencia del Oferente.
- Se refiere al currículum de la empresa o persona natural, donde además debe indicar:
- Años de experiencia en instituciones públicas o privadas, más referencias comprobables en la prestación de servicios semejantes a los de la presente licitación.
- La cantidad de contratos firmados y efectivamente trabajados.
- La cantidad de raciones promedio mensual vendidas por contrato.
(Servicios realizados en los últimos 5 años, con referencias comprobables, acreditado mediante certificados, contratos, facturas, órdenes de compra u otro medio. Adjuntar documentos de referencias a éste anexo).
* Otros documentos a presentar:
Las personas Naturales deberán adjuntar los siguientes documentos.
- Certificado de antecedentes emitido por el Registro Civil.
- Protocolo de Higiene y seguridad, se refiere a normativa interna sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley N°16.744)
Las personas Jurídicas además deberán adjuntar los siguientes documentos:
-
- Copia del Rol Único Tributario.
- Certificado de Vigencia de la Sociedad.
- Certificado de antecedentes comerciales.
- Certificado de quiebras.
- Protocolo de Higiene y seguridad, se refiere a normativa interna sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley N°16.744)
** Es requisito obligatorio para el adjudicatario, en un plazo máximo de 45 días corridos desde la fecha de adjudicación, lo siguiente:
- Presentar Programa de Aseo y Control de Plagas que contenga: Aseo Industrial, Desratización, Desinsectación y Sanitización. Exigencia establecida en Bases Técnicas punto 8.a)
- Aceptar como medio de pago vales de alimentación y tarjetas de alimentación Sodexo o aquella con que el Hospital de Linares tenga convenio.
- Presentar su correspondiente “Certificación de Registro Sanitario” u/o “Autorización sanitaria para locales de alimentos”, emitida como “Resolución Sanitaria” por la Seremi de Salud, si no presenta su documentación deberá exponer las razones por escrito al director del Hospital de Linares Sr. Nolasco Pérez Pérez, argumentando con la respuesta de la autoridad sanitaria competente.
En caso de no hacer efectivo estos requisitos obligatorios, en el plazo correspondiente, la presente concesión se anulará dando lugar a una readjudicación o una nueva licitación, según corresponda.
4.- ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES:
En conformidad con el artículo 40 inciso 1º de las bases del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 el Hospital de Linares podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases.
5.-PRESENTACION DE LAS OFERTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
El valor a cobrar deberá ser ingresado en el portal y deberá ser ajustado a las especificaciones técnicas y a las presentas bases administrativas.
Junto a lo anterior, el oferente deberá incluir cualquier archivo adjunto que acredite los criterios de evaluación, los cuales serán evaluados, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:
a) Oferta Económica (Canon de arriendo 40%):
En este anexo el proveedor deberá informar cuánto es el valor de arriendo que está dispuesto a pagar por concepto de las instalaciones del casino del Hospital de Linares, valor que pagará en pesos chilenos de forma mensual como se explica en punto 22 de las Bases Administrativas.
El mínimo valor a ofertar es de $250.000.-
Este valor es reajustable anualmente según IPC durante la vigencia del convenio.
Este valor incluye el valor del arriendo más el gasto mensual por concepto de consumo de agua, siendo el gasto mensual de luz de cargo del adjudicatario, quien deberá coordinar los pagos con el Comité para el control y evaluación del casino concesionado del Hospital de Linares.
*El oferente que postule con menor valor al mínimo mencionado quedara fuera de bases y su oferta se considerara inadmisible.
La determinación del puntaje para este criterio se obtendrá sobre el valor ofertado mensual, especificados en el Anexo Nº 4 denominado “Oferta Económica”. Se evaluará en base a la siguiente fórmula.
Puntaje Oferta = Precio de Oferta Evaluada x 100 x 0.4)
Precio Máximo Ofertado
Donde:
Precio Máximo Ofertado; corresponde a la oferta económica de mayor valor entre todas las ofertas recibidas.
Precio de Oferta Evaluada; corresponde al precio de la oferta que está siendo evaluada.
b) Oferta Técnica (40%):
Se evaluará el cumplimiento de los antecedentes presentados e individualizados en el Punto 3 de las Bases Administrativas conjuntamente con la ficha técnica presentada en Anexo N°3. Dichos antecedentes los evaluará la comisión designada para tal efecto y otorgará un puntaje en base al siguiente cuadro:
|
EVALUACION
|
VISITA A TERRENO
|
PUNTOS
|
|
Los documentos presentados cumplen a cabalidad con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.
|
ASISTE A
VISITA A TERRENO
|
100
|
|
Los documentos presentados cumplen a cabalidad con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.
|
NO ASISTE A
VISITA A TERRENO
|
75
|
|
Los documentos presentados cumplen medianamente con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.
|
ASISTE A
VISITA A TERRENO
|
50
|
|
Los documentos presentados cumplen medianamente con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.
|
NO ASISTE A
VISITA A TERRENO
|
25
|
|
Los documentos presentados no cumplen con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica”, según informe de evaluación técnica.
|
ASISTE A
VISITA A TERRENO
|
10
|
|
Los documentos presentados no cumplen con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica”, según informe de evaluación técnica.
|
NO ASISTE A
VISITA A TERRENO
|
0
|
(Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 40%)
e) Experiencia del Oferente (10%):
La evaluación será realizada según el cumplimiento de los antecedentes técnicos presentados en Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”, se evaluará en base al siguiente cuadro:
|
Cumplimiento de Requisitos
|
Puntos
|
|
El oferente tiene experiencia en sector público y/o privado y presenta referencias acreditadas y comprobables, y cumple altamente lo deseable por la Institución.
|
100
|
|
El oferente cumple medianamente con lo solicitado, tiene experiencia, pero no consigue acreditar sus referencias.
|
50
|
|
El oferente no cumple con lo solicitado, y no tiene experiencia comprobable.
|
0
|
(Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 10%)
e) Cumplimiento de requisitos (10%):
Para la determinación del puntaje, en este criterio se considerará toda la información proporcionada por el Oferente de acuerdo a lo exigido en Anexos N°1, 2, 3, 4 y 5, demás documentos solicitados en el Punto N° 3 de las Bases Administrativas y la Visita a Terreno.
Toda vez que el Proveedor presente los antecedentes anteriormente mencionados, será evaluado de la siguiente forma:
|
Cumplimiento de Requisitos
|
Puntos
|
|
Presenta TODOS los antecedentes solicitados.
|
100
|
|
NO presenta la totalidad de los antecedentes solicitados.
|
0
|
(Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 10%)
6.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos”.
7.- MODIFICACIONES A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
En caso de ser necesaria modificaciones los plazos indicados en el número 2 de estas bases se podrán ampliar hasta por 5 días hábiles.
8.- CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
9.- COMISIÓN EVALUADORA
La comisión que realizará la evaluación para la adjudicación, estará constituida por:
Sra. Caroline Beals Campos, RUT: 9.160.178-8. Subdirector de Gestión Administrativa;
Sr. Andrés Peña Rosales, RUT: 8.065.526-6. Subdirector de Operaciones;
Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, RUT: 12.418.955-1. Subdirector de las Personas;
Srta. Ana Flor Barros Soto, RUT: 9.555.721-K. Jefe Finanzas;
Dra. Q.F María Alejandra Valenzuela Vielma, RUT: 9.392.008-2, Jefe de Adquisiciones Clínicas
Sra. Yesica Muñoz Garrido, RUT: 14.549.260-2. Jefe de Abastecimiento;
Sra. Marta Lagos Reyes, RUT: 15.219.278-9. Jefe Central Alimentación.
O en su defecto las personas que subroguen dichos cargos.
La comisión evaluadora quedará reflejada en la Resolución de Publicación de Licitación.
Se prohíbe que los integrantes concedan reuniones a oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares, durante la evaluación salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio a través de las Bases.
Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras la integran.
10.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
La adjudicación se realizará conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 5 de las “Especificaciones Administrativas” de las presentes Bases. Se contendrá en una Resolución Interna en la cual se incorporará el acta debidamente firmada.
10.1.‑ La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
10.2.- Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el Hospital de Linares para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentación, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que se pudiesen requerir durante la evaluación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
10.3.- El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando esta no resulte conveniente a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
10.4.‑ Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos. El mismo procedimiento será aplicado a los proveedores que no resulten adjudicados.
10.5.‑ El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de declarar inadmisible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. La declaración de inadmisibilidad de la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl.
10.6.‑ El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses, siendo no necesariamente la más económica de acuerdo a los criterios de evaluación antes señalados.
10.7.- EL HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de adjudicar en el caso de que existiera un oferente que cumpla con las expectativas.
10.8.‑ La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 41 inciso 2° del reglamento de la Ley N° 19.886.
11.- DEL RECHAZO DE TODAS O ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS
11.1.- La Comisión y el Mandante se reservan la facultad de rechazar todos o algunos de las ofertas realizadas, declarando desierta la Licitación total o parcialmente si se considera que no satisfacen propósito o los requerimientos técnicos de la Licitación; si se estima que no son convenientes a los interés locales, si las disponibilidades presupuestarias fueron insuficientes, atendidos sus montos o por otras razones técnicas o presupuestarias que se expresarán en la Resolución fundada que así lo resuelva, la que será puesta en conocimiento de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl.
La calificación de las causas precedentemente señaladas, será facultad de la Comisión y Mandante y el rechazo de las ofertas fundadas en alguna de ella, no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.
11.2.- Causales para Declarar Desierta la Licitación
La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:
- Que no se presenten oferentes.
- Que lo ofertado no resulte conveniente a los intereses del Hospital de Linares
- Lo establecido en el punto 10.7 de las presentes Bases Administrativas.
La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada exclusivamente por la Comisión Evaluadora. Esta declaración deberá ser efectuada mediante una Resolución fundada, que deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
12.- VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital de Linares podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
13.- VIGENCIA DE LA OFERTA
La vigencia de la oferta presentada a través del Portal Mercado público, será válida por la totalidad del convenio, monto establecido en el sistema de compras públicas para el presente contrato.
14.- READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no acepta la orden de compra, no puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados, no entrega los antecedentes legales para contratar, se desiste de firmar el contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde notificada la adjudicación, la entidad licitante podrá, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje al adjudicatario inicial, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.
15.- FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento)
Si por causas no imputadas al Hospital de Linares, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las Bases para Adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual no podrán exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
16.- GARANTÍAS
Todas las cauciones o garantías que se exijan en las presentes bases administrativas, deberán tener el carácter de irrevocables, ser pagaderas a la vista y estar extendidas, tomadas o emitidas en forma nominativa a nombre del Hospital de Linares expresadas en pesos chilenos o unidades de fomento.
Todas la garantías exigidas en las presentes bases podrán ser constituidas por documentos, como póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía, y cualquier otro instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y cumpla con las condiciones exigidas en estas bases y en el reglamento de la ley 19.886, sin perjuicio de ello, tanto para la garantía de seriedad de la oferta como para la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, no se exigirá glosa alguna cuando la naturaleza del documento no permita incluirla, ni tampoco se exigirá, el señalamiento expreso, en el documento, del vencimiento mínimo indicado en las bases, cuando por su propia naturaleza el instrumento en garantía, tenga un vencimiento igual o superior al exigido.
La fecha y oportunidad de entrega de cada una de las Garantías se establece en los puntos 16.1 y 16.2 de las presentes Bases Administrativas.
Si por alguna razón de incumplimiento grave, la Unidad Técnica requiere hacer efectiva alguna de las Garantías solicitadas a algún(os) oferente(s), este(os) deberá(n) remplazar dicho documento ya cobrado, por una nueva Garantía a nombre del Hospital de Linares, por el mismo monto y con el mismo plazo de vencimiento que el documento inicial. Este nuevo plazo de vencimiento se contará en días corridos desde la fecha de notificación de cobro, de la Garantía original. El plazo de entrega de esta nueva Garantía será de 5 días hábiles, contados desde la fecha de cobro del documento inicial. La no entrega de la nueva Garantía en el plazo señalado facultara a la Unidad Técnica para desestimar la oferta o liquidar el contrato según corresponda.
Todas las garantías y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas.
16.1 Garantía de Seriedad de la Oferta:
Para efectos de esta licitación, no se requerirá garantía de seriedad de la oferta.
16.2 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento:
El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, Rut: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “PARA GARANTIZAR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO A ID 5184-6-LE21 CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES”, por el monto de $300.000.- con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles (lunes a viernes) después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas.
En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº 72 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
La restitución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la garantía vía correo certificado.
16.3 Clausula Penal
Dada la especial naturaleza del servicio contratado, se estipula que ante el incumplimiento del proveedor adjudicado de las obligaciones que emanan de la presente licitación y de la naturaleza misma del servicio contratado especialmente:
- El trato a los usuarios.
- La calidad entregada.
- El cumplimiento de requisitos de las presentes bases administrativas y técnicas.
El Hospital de Linares podrá cobrar y aplicar, a través del procedimiento que corresponda ante tribunales de justicia, una multa penal por concepto de evaluación anticipada de perjuicios, equivalente al mismo valor de la adjudicación a la mitad o un tercio de ella, según la gravedad del incumplimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones compensatorias y moratorias que puedan solicitarse ante los tribunales de justicia conforme a las reglas generales. Se hace presente que por el pago de la pena no se entiende extinguida la obligación principal ni la de cualquier otro perjuicio ya sea directa o indirecta que se pueda suscitar.
El valor de la multa penal también podrá ser descontado del pago del servicio adjudicado.
17.- DEL CONTRATO
17.1.- Formalización del Contrato
Para las adjudicaciones cuyo monto sea menor a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor; cuando se trate de adjudicaciones cuyo monto sea mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y, por último en el caso de las adjudicaciones mayores a 1000 UTM el contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, de acuerdo a los requisitos y condiciones que se expresan en los puntos que a continuación se indican.
17.2.- Plazo para celebrar el Contrato
El contrato deberá suscribirse dentro del plazo de 35 días hábiles desde la total tramitación de la Resolución de Adjudicación. Si vencido este plazo el proponente adjudicado no ha suscrito el Contrato, el Hospital de Linares podrá dejar sin efecto la Resolución de Adjudicación, pudiendo Readjudicar esta propuesta al oferente que sigue en puntaje al adjudicatario inicial o declarar desierto el proceso, situación de la cual se dejará constancia en el portal.
17.3.- Inicio del Contrato
El Contrato que se celebre al respecto comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, salvo en aquellos casos en los cuales en que, por razones de buen servicio las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de la adjudicación.
17.4.- Vigencia del Contrato
El Contrato tendrá una duración de 24 meses, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo aprueba. La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Con todo, el Hospital de Linares, podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, con la única formalidad de comunicar a la Empresa su decisión mediante carta certificada.
17.5.- Modificación de Contrato
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% de valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
17.6.- Gastos del Contrato
Todos los gatos, derechos, impuestos, aranceles, honorarios y demás que se acusen en la celebración del contrato serán siempre de cargo del proveedor.
17.7 Precio y Reajustabilidad.
El canon de arriendo se reajustará de acuerdo a la variación del IPC anual.
El valor de la colación del Menú Beneficio de Alimentación para Funcionarios se mantendrá inalterable en el transcurso del año calendario.
Respecto al valor ofrecido por almuerzos en categoría de extras estos solo podrán ser aumentados 4 veces durante toda la vigencia del convenio y estos aumentos no podrán superar el 5% del valor ofertado cada una de las veces, todo previo acuerdo con el comité antes mencionado.
17.8 Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El Adjudicatario, debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad licitante el derecho de ejercer las sanciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
17.9.- Supervisión y Coordinación del Contrato por parte de la entidad licitante
La Supervisión y Coordinación del Contrato, estará a cargo del Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de Linares, conformado por:
-Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, Subdirector de las Personas.
-Sra. Marta Lagos Reyes, Nutricionista Jefe Unidad Central de Producción.
-Srta. Ana Barros Soto. Jefe Unidad de Finanzas.
-Sr. Juan José Gutiérrez Gutiérrez, Jefe Unidad de Mantenimiento.
En calidad de contraparte técnica para la coordinación del Contrato y quienes ejercerán las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
c) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de multas y sanciones.
d) Coordinar visitas de Inspección junto a una Nutricionista del Hospital, para supervisar que se cumplan las condiciones laborales descritas en Bases de Licitación.
Las demás funciones que le encomiende el presente instrumento.
17.10.- Coordinador del Contrato por parte del proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador del Contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente a Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, RUT N°12.418.955-1, Subdirector de las Personas del Hospital de Linares, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, déjese para este efecto el correo electrónico joyarceu@hositaldelinares.cl, el mensaje se entenderá por leído e informado siempre que exista una confirmación de lectura o acuse de recibo correspondiente. Será en conjunto al comité quienes indicarán las medidas que sean necesarias implementar para dar continuidad con el servicio y dar cumplimiento a este contrato.
b) Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.
La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informado a Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. El Hospital de Linares podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
17.11.- Disolución del Contrato
Serán causales de disolución del Contrato, las contempladas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.
18.- DERECHO A EXIGIR CALIDAD EN EL SERVICIO
El Hospital de Linares podrá aplicar medidas de sanción económica en aquellos casos en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido o en las cláusulas propuestas en las presentes Bases de Licitación.
18.1.- La Amonestación: corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por el adjudicatario, en atención a su importancia, no está afecta a sanción directa. La acumulación de dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados ameritará una multa de 1 UTM.
18.2.- La Multa: deja de manifiesto una falta cometida por la empresa, de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra, cada vez que el adjudicatario no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, especificaciones, a su oferta o en el contrato. El monto de cada multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:
• Multa Leve: será considerada LEVE aquella situación originada por una falta, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la empresa. La multa LEVE será de 1 a 2 UTM. Sin que la enumeración taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son:
- Por comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente del personal del contratista hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 1UTM.
- Cada vez que el contratista acumule dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados. 2 UTM.
- Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. 2UTM.
• Multa Moderada: será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral, directa o indirectamente a pacientes, personas o a la Institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será de 3 a 5 UTM.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa MODERADA son:
- Utilización deficiente de implementos indispensables, o falta de elementos para vigilancia: 3 UTM.
- Utilización de las instalaciones, equipos y/o plata física en objetivos que no sean los convenidos: 5 UTM.
• Multa Grave: será considerada GRAVE, aquella situación que ocasiones daño económico, moral o físico al Hospital de Linares, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término de contrato. La multa GRAVE será de 6 a 10 UTM.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multa GRAVE son:
- Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados. 10 UTM.
- Utilización de personal no calificado. 7 UTM.
- Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en la institución. 10 UTM
- El Supervisor o Coordinador del Contrato llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.
- La aplicación de multas según detalle de cuadro, facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato.
|
Sanción
|
Cantidad de veces aplicada
|
|
Amonestación
|
5
|
|
Multa Leve
|
4
|
|
Multa Moderada
|
3
|
|
Multa Grave
|
2
|
18.3.- MULTA POR ATRASO
Por cada día hábil de atraso en la apertura y funcionamiento íntegro del casino, se cobrará una Multa de 0,5 UTM, según fecha establecida en punto 1.5 de las Bases Técnicas de la presente licitación, con un tope de 10 días hábiles.
En lo que respecta a la instalación: El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega estipulado en su oferta, el que comenzará a regir a contar de la fecha del Acta Entrega de Terreno. La fecha de Acta Entrega de Terreno, será la que indique el funcionario responsable en la Institución beneficiaria con su nombre, firma y timbre.
18.4.- EXCEPCIÓN DE APLICACIÓN DE MULTA POR ATRASO CALIFICADO:
En aquellos casos en que los plazos de entrega se vean afectados exclusivamente por un hecho fortuito o por una causa mayor, que el adjudicatario se vio imposibilitado de prever o que pudiendo haberlo previsto le fue imposible evitarlo, estará obligado a notificarlo al supervisor o coordinador del contrato (señalar nombre y cargo), por escrito.
En la mencionada notificación, el adjudicatario deberá indicar, además, los planes de contingencia adoptados y el nuevo plazo de entrega al que se compromete.
En todo caso, la calificación de excepción de aplicación de multa por atraso, recaerá siempre en el supervisor o coordinador del contrato.
19.- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
En casos de incumplimiento por parte del adjudicatario, de cualquiera de las obligaciones consagradas en las Bases de Licitación, especificaciones, en su oferta o en el contrato, se procederá a dictar Ordinario que contendrá el incumplimiento y la normativa infringida, y que será notificado al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada, con la finalidad de que en un plazo de 10 días hábiles, manifieste sus descargos en relación al incumplimiento y acompañe todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recepcionados los descargos presentados dentro del plazo legal conferido, la Entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción de los mismos, para acogerlos total o parcialmente o rechazarlos y formular la aplicación de la multa, todo lo cual, se materializará mediante la dictación de Resolución fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada al adjudicatario.
Respecto a la mencionada Resolución fundada, el adjudicatario, una vez notificado, tendrá un plazo de 5 días hábiles, para presentar Recurso de Reposición y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez vencido el referido plazo y habiendo presentado recurso, la Entidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, a contar de la presentación del mismo, para acogerlo total o parcialmente o para rechazarlo y hacer efectiva la aplicación de la multa, mediante Resolución Fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada.
En lo referente a las notificaciones en forma personal, estas se entenderán válidamente practicadas, cuando el respectivo comunicado o resolución, sean entregadas, por un funcionario de la entidad, al adjudicatario o al o los representantes legales de la empresa adjudicada, según sea el caso, bajo recepción de firma conforme o de estampado que dé cuenta de la negativa de realizar dicha acción.
En lo referente a las notificaciones por medio de carta certificada y dirigidas al domicilio que el adjudicatario hubiera informado en documentos del proceso licitatorio, estas se entenderán válidamente practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
En lo que respecta a la Resolución fundada emanada de la autoridad máxima de la Entidad y que instruye la aplicación de multa o exonera de la misma al adjudicatario, se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. -
19.1.- DEL COBRO DE LAS MULTAS:
Válidamente notificada la Resolución fundada que instruye la aplicación de multas, cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, el monto podrá ser rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá a cobrar la multa directamente al adjudicatario, para lo cual, éste dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.
El no pago de la multa en el plazo establecido, faculta a la Entidad para hacer el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si es que la hubiere.
20.- MULTA POR ATRASO EN HORARIO DE APERTURA
En caso que el concesionario no cumpla con la especificación en cuanto a su horario de apertura, que se indican en las especificaciones técnicas correspondiente a las 08:00 Hrs de lunes a viernes, este será amonestado con las mismas exigencias descritas en el punto 18 de las presentes bases, siendo esta sanción acumulativa, en el cual, las amonestaciones reiteradas facultarán al Hospital para poner término anticipado al contrato.
21.- ORDEN DE COMPRA:
Para efectos de esta licitación no se requerirá generar orden de compra para este servicio.
22.-FORMA DE PAGO CANON DE ARRIENDO:
22.1.- El pago se realizará al Hospital de Linares, al mes vencido, con un plazo máximo de diez días hábiles, a través del Departamento de Finanzas en horario de 08:30 a 16:00 horas, de lunes a jueves y viernes de 08:30 a 15:00 horas, con factura emitida por la institución.
22.2.- Para el proceso de pago, se define como responsable al adjudicatario, el que debe estar íntegramente identificado en Anexo N°1 de estas Bases Administrativas, el pago se deberá efectuar mediante uno de los mecanismos que se detallan a continuación:
- Pago Directo en Caja, mediante efectivo o cheque nominativo, el cual deberá ser extendido a nombre de: “Hospital de Linares”.
- Depósito Bancario: Se podrá efectuar depósito en cuenta corriente de los recursos adeudados al HOSPITAL DE LINARES, a la cuenta corriente que se informará oportunamente al adjudicatario. Posterior al depósito obligatoriamente deberá enviar el comprobante mediante correo electrónico indicando brevemente las referencias de dicho pago a: Srta. Ana Flor Barros Soto, Jefa de la Unidad de Finanzas del Hospital de Linares, correo: abarros@hospitaldelinares.cl.
23.- PRELACIÓN DE DOCUMENTOS:
En caso de discrepancia o discordancia entre los diferentes antecedentes de la licitación, prevalecerán unos sobre otros, conforme al orden de prioridad siguiente:
1) Las aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación.
2) Las bases administrativas y técnicas. (Considerándose para este efecto, complementarias y no excluyentes).
3) Oferta del Proveedor.
4) La ley 19.886.
5) El reglamento de la ley 19.886.