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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública.
Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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antecedentes generales |
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La presente licitación pretende la Compra de equipos y materiales de oficina y producción para el Departamento de Protección Contra Incendios Forestales (DEPRIF) CONAF Región del Maule.
Toda propuesta deberá ajustarse a las condiciones que establecen las presentes Bases Técnico Administrativas y las aclaraciones que en el proceso de licitación se hicieren a estos documentos.
2.- INDIVIDUALIZACION MANDANTE:
MANDANTE:
NOMBRE : CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, REGIÓN DEL MAULE
DOMICILIO : 4 Norte N° 1673, TALCA
RUT : 61.313.000-4
TELEFONO : (71) 2209520
REPRESENTANTE : DIRECTORA REGIONAL - MARÍA ISABEL FLORIDO PINOCHET
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modalidad licitacion |
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La licitación se ajustará a la modalidad de Propuesta Pública, según calendario de licitación contenido en las presentes Bases Técnico Administrativas.
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financiamiento |
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- La ejecución del Proyecto considerado en la presente licitación será financiado por CONAF Región del Maule, con fondos especialmente destinados para ello.
- El presupuesto disponible para realizar la oferta de productos solicitados asciende a la suma de $15.120.000- I.V.A. Incluido.
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participantes |
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En la licitación sólo podrán participar proveedores inscritos en el Portal www.mercadopúblico.cl.
Oferentes que hayan sido sujeto de ejecución de Garantía en los últimos 5 años, no serán evaluados.
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recepción de propuesta |
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Las propuestas sólo se recibirán digitalmente por medio del Portal Mercado Público hasta la fecha de cierre que señale éste.
Para participar de la licitación es obligatorio el envió de todos los anexos solicitados en el punto 13 de las presentes bases administrativas
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periodo de consultas y aclaracion |
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Las consultas y aclaraciones se podrán efectuar en el periodo señalado en el Portal Mercado Público.
No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
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factores de ponderacion para evaluacion |
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Se evaluarán las propuestas que cumplan con los requisitos administrativos y técnicos solicitados, considerando los siguientes aspectos:
CUADRO DE EVALUACIÓN LOTE
Ítem Observaciones Ponderación
Mejor oferta Económica
(ANEXO N°1 ) Detalle de la Oferta Económica
Menor precio unitario promedio de la oferta
X = (Precio mínimo ofertado x 100)/Precio Oferta X
60%
Completitud de los antecedentes Presenta todos los antecedentes: 100 ptos.
Son solicitados y adjunta el o los antecedentes por el foro inverso: 50 ptos. No presenta o adjunta los antecedentes por foro inverso: 0 ptos
10%
Fomentar el Desarrollo Local (ANEXO N°3) Empresas que ofertan:
Empresas con sede en la región del Maule = 100 ptos.
Empresas con sede región de O´Higgins, Ñuble o Biobío = 60 ptos.
Otras regiones = 0 ptos.
15%
Criterio servicio post venta (reposición o cambio) (ANEXO 7) Menor o igual a 1 días corridos=100ptos.
Entre 2 y 3 días corridos=50ptos.
Entre 4 y 7 días corridos=0ptos. 15%
El puntaje final será el resultado de la ponderación de dichas puntos por los factores precedentemente indicados.
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plazo de entrega productos |
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a) Plazo de entrega
La entrega deberá efectuarse en las direcciones indicadas en las presentes Bases de Licitación, la que no podrá sobrepasar del 26 de Diciembre de 2025, y entendiéndose como tal la fecha de la entrega total de los productos solicitados.
b) Forma de Pago
El pago por la compra de los productos, será contra entrega de éstos de acuerdo a lo señalado en el párrafo precedente y una vez emitida la Orden de Compra.
Para solicitar el pago deberá adjuntar los siguientes documentos:
- Documento tributario de cobro (factura)
Emisión de la Factura:
1. Debe ser emitida una vez Aceptada la Orden de Compra en www.mercadopublico.cl y confirmado por CONAF dicha facturación.
2. Debe(n) estar recibido conforme los productos y/o servicios y aprobación de la respectiva boleta o factura realizada por el Funcionario requirente.
3. La emisión de la factura debe ser extendida a:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales Domicilio: 4 Norte N° 1673 - Talca
Región: Del Maule
Se debe indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra (debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos, espacios, etc.). Ejemplo 1421-50-SE22
4. Debe enviar factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com (máximo 72 horas desde la emisión de la factura)
5. La factura o boleta de servicios debe estar aceptada a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII) en pesos chilenos.
6. Debe estar aceptada válidamente en nuestro sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos.
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forma de pago |
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El pago se realizará en moneda nacional (pesos chilenos), dentro de los 30 días corridos, a través de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República, www.tgr.cl.
NOTA: Ante la eventualidad de cesión de derechos sobre los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE’s) emitidos se solicita informar a la Sección Finanzas mediante correo electrónico a francisca.orostica@conaf.cl para actualizar los datos de pago al nuevo beneficiario de la transferencia de fondos.
La omisión de algunos de estos documentos, imposibilitará el pago, sin perjuicio del cobro de las garantías y/o multas que procedan.
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confidencialidad |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el contratista o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren, salvo expresa autorización de CONAF.
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propiedad intelectual |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y cualquier tipo, producto del presente contrato constituye propiedad intelectual de CONAF, y solo podrán ser utilizados previa autorización de CONAF y citando la fuente.
En consecuencia, el contratista y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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responsabilidad proveedor |
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Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el contratista respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes durante el período del contrato.
El proveedor o contratista es el único responsable de los servicios contratados ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o contratista será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores durante la entrega.
Corresponde al proveedor cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan con los trabajadores que elaboren o participen en la entrega de los artículos/servicio requeridos en esta licitación, no teniendo CONAF ningún vínculo laboral con ellos.
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antecedentes a considerar en la oferta |
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Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación.
Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
- Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad Foro.
- Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
- Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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reajudicacion |
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En los casos en que el oferente no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases, no pueda cumplir o se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los productos/servicios licitados al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
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presentacion de oferta |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el Portal de Compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley Nº19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público.
Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes del proceso de Licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las Bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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modificacion de las bases |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del Foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl.
Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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consultas y aclaraciones |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública.
Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
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pacto integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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clausula ley 21643 ley karin |
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En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada.
Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa.
Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda.
Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal.
En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento.
Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente.
Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.
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multa y sanciones |
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- Multas
Todo incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas bases o en el contrato, por causas imputables al proveedor y que no obedezcan a fuerza mayor debidamente acreditada y comunicada formalmente, será sancionado de la siguiente forma por parte de CONAF:
a) Multas operativas
Atraso en la entrega de los productos.
No entregar los productos con las características ofrecidas
No cumplir con la entrega de los productos
- Monto de las multas
En caso de concurrir cualquiera de las causales antes señaladas, las multas se aplicarán de la siguiente manera:
Por cada día de atraso o de incumplimiento se aplicará una multa equivalente al 0.5% del valor del producto que se encuentra atrasado o en incumplimiento. Con un tope del 30% del monto.
En caso de concurrir cualquiera de las causales antes señaladas, las multas se aplicarán de la siguiente manera:
La aplicación de una multa no exime al proveedor de la obligación de subsanar la falta cometida.
- MONTO MÁXIMO POR COBRO DE MULTAS
El total de multas aplicadas durante la vigencia de la compra no podrá sobrepasar el treinta por ciento (30%) del monto total adjudicado.
- PROCEDIMIENTO APLICATIVO DE MULTAS
El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores, respecto de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación.
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas, a través de la entrega de un informe técnico e insumos que permitan el cálculo de las multas.
2.- El Departamento de Finanzas y Administración Región del Maule, calculará las multas aplicadas y, posteriormente, notificará de ello al proveedor por carta certificada de la Directora Regional, informándole sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el contratista.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, para efectuar sus descargos por escrito ante la Directora Regional, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser enviada a los correos De OIRS
(talca.oirs@conaf.cl), Jefe Departamento de Finanzas y Administración (Jorge.espinoza@conaf.cl ), Jefe Sección Administración (Samuel.saldias@conaf.cl ), Jefe Departamento Contra incendios Forestales (marcelo.rodriguez@conaf.cl)
4.- Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución fundada de la Directora Regional, la cual será notificada mediante carta certificada al proveedor, la que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el contratista.
5.- Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Directora Regional, según corresponda, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles administrativos para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6.- Al respecto, la aceptación o el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por la Directora Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, y posteriormente ser notificada al proveedor por carta certificada. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el contratista.
7.- Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la Resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida a la Directora Regional, y enviada a los correos electrónicos Jefe Departamento de Finanzas y Administración (Jorge.espinoza@conaf.cl ) , Jefe Sección Administración (Samuel.saldias@conaf.cl ), Jefe Departamento Contra incendios Forestales (marcelo.rodriguez@conaf.cl)
8.- La Directora Regional, resolverá mediante resolución fundada, la reposición dentro del plazo de 30 días hábiles administrativos, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Dicha Resolución deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el contratista.
9.- En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de una Factura Electrónica de parte de CONAF, la que deberá ser pagada dentro los 30 días siguientes a la fecha de emisión de ésta, mediante depósito o transferencia electrónica.
10.- Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato por incumplimiento gravísimo. Sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
11.- Las notificaciones de la Corporación se entenderán practicadas a partir del tercer día (hábil) de enviada la carta certificada.
12.- En contra de esta resolución proceden los recursos de la Ley N°19.880.
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