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1.-
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Las presentes bases de licitación tienen por objeto la contratación del "Servicio de evaluación
curricular, evaluación psicométrica y evaluación Psicolaboral en Dirección Regional
Metropolitana en los casos que indica" para el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.
2. NORMATIVA APLICABLE
La presente Licitación Pública se rige por la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, "la Ley de Compras") y su modernización
establecida en la ley N° 21.634 que moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad
del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de
economía circular en las compras; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°661, de
2024, del Ministerio de Hacienda (en adelante, "el Reglamento"); por la ley N°19.880, que establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración
del Estado; por el Código de Comercio y las demás disposiciones legales respectivas; la ley
N°21.796, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026, del Ministerio de
Hacienda; por sus correspondientes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos (en adelante,
"las Bases"), por las preguntas, respuestas a consultas, aclaraciones y modificaciones a las bases
que sea necesario efectuar y que se hubieran publicado a través del portal www.mercadopublico.cl.
3. COSTOS
Los costos en que incurra el oferente, con motivo de la presente licitación, serán de su exclusivo
cargo y en caso de que su oferta no resulte ser seleccionada, ello no dará origen a indemnización o
reembolso alguno.
4. PLAZOS Y CONDICIONES DE LAS BASES
Todos los plazos señalados en las presentes bases de licitación serán de días corridos, salvo que
se establezca expresamente lo contrario. En caso de que algún plazo expire en día inhábil, éste se
entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un
lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Acaecida esta situación,
también deberá ajustarse la fecha y hora del acto de apertura en lo que corresponda.
Para ambos casos, se considerarán días inhábiles los sábados, domingos y festivos.
5. MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Servicio podrá modificar las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos, por iniciativa
propia o a raíz de las consultas que resulten del foro de consultas y respuestas, siempre en estricta
observancia de los principios de la contratación pública. En ambos casos, hasta antes del
vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones, serán aprobadas mediante resolución, la cual será sometida a la misma
tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes Bases.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web
www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases
estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
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Servicia
Nacional de
Reinse
Social Juveni
no de Chie
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o
recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
6. DEL OFERENTE
6.1. Requisitos del Oferente
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que
individual o asociadamente a través de Uniones Temporales de Proveedores, cumplan con los
requisitos señalados en las presentes Bases, ofertando en la oportunidad, términos y condiciones
establecidos en las mismas.
Para participar del presente proceso de licitación, los oferentes deberán estar inscritos en
Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública
encontrarse habilitados para contratar al momento de presentar su oferta.
Las
el
y
inhabilidades para inscribirse o pertenecer a dicho Registro son aquellas establecidas en el
artículo 154, del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, esto es:
1. Haber sido condenado por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título
Noveno del Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en
los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23°
párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario.
2. Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento
contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con
alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia
en el cumplimiento de sus obligaciones.
infracción de los derechos 3. Haber sido condenado por prácticas antisindicales
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5.
fundamentales del trabajador, según establece la ley.
이
Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del
Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913,
que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de
lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8°
de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las
instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco
Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco
Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo.
6. Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de
Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados
o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación
de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado
la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto
en el citado artículo.
7. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida
dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre
competencia.
8. Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo
10 de la ley N° 20.393.
9. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el
Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
10. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de
un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin
que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la
efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada
la respectiva sentencia.
11. Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores
dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
12. Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N°
20.720.
13. Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de
la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del
presente reglamento.
14. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición
celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.
de
15. Las demás que determinen las leyes, incluyendo:
a) Encontrarse afecto a las prohibiciones para contratar con el Estado establecidas en el
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Servicio
Nacional de
Reinserción
Social Juvenil
Gobierno de Chile
artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886, conforme al criterio establecido en el Dictamen
N° 20.454, de 2019 de la Contraloría General de la República.
b) Que el oferente haya sido condenado a la prohibición de contratar con el estado, de
acuerdo con lo establecido en la ley N° 20.393, que Establece la responsabilidad penal
de las personas jurídicas, en los delitos que indica, en concordancia con la medida
dispuesta en los artículos 8 y 10, sustituidos por el artículo 50 de la ley N° 21.595 de
Delitos Económicos.
Con la finalidad de acreditar los requisitos antes señalados, el oferente (persona natural o jurídica)
deberá firmar online la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se facilitará al momento
de ofertar a través del Sistema de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades del Servicio de verificar esta información, en cualquier
momento, en los registros que para tales efectos se dispongan.
En este sentido, el oferente deberá estar en estado "hábil", al momento de ofertar, en el Registro
Electrónico Oficial de Proveedores de Mercado Público. Esta habilidad del oferente deberá
extenderse para efectos de adjudicación y celebración del contrato o emisión de la orden de compra,
según corresponda.
6.2. Unión Temporal de Proveedores
La unión temporal de proveedores, en adelante, indistintamente, "UTP", para la presentación de
ofertas en la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 180 del Decreto
Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la Ley N° 19.886, debe estar
formada por empresas de menor tamaño, se trate de personas naturales y/o jurídicas, caso en el
cual, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación
afectarán de igual forma a todos los miembros de la asociación, considerados individualmente.
Para efectos de la presente licitación se considerarán empresas de menor tamaño aquellas que
establezca el Artículo segundo de la Ley N°20.416.
La oferta presentada por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una
empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
Cada persona y/o empresa podrá integrar una sola asociación, y solo podrá participar en la presente
Licitación Pública en tal condición o individualmente. De la misma manera, una misma asociación,
no podrá integrar otra asociación para efectos de presentar ofertas. En caso de que lo anterior no se
cumpla, la oferta de la asociación, así como las individuales de sus integrantes, serán
declaradas inadmisibles.
Al momento de la presentación de las ofertas los integrantes de la UTP determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo
anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que
afecte a alguno de los integrantes de ésta.
Todos los integrantes de la unión deberán cumplir individualmente, con todos y cada uno de los
requisitos y formalidades exigidas en las presentes bases de licitación.
En caso de que se conforme una UTP para participar en la presente licitación, se establecen las
siguientes reglas especiales para la presentación de ofertas:
1. Según lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio
de Hacienda, reglamento de la Ley N° 19.886, el acuerdo en que conste la UTP deberá
materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones
inferiores a 1.000 unidades tributarias mensuales, el acuerdo en que conste la unión podrá
materializarse por instrumento público o privado. En ambos casos el representante de la
UTP deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para
participar de esta forma. Al efecto, se estará a lo consignado en el N° 19.1 de las bases
administrativas.
2. El acuerdo de constitución deberá contener, por tanto, la identificación de las partes; la
declaración de responsabilidad solidaria entre las partes del acuerdo, respecto de todas las
obligaciones derivadas de la presente licitación y el respectivo contrato; la vigencia de la
union temporal, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato adjudicado.
3. Para efectos de la designación de representante o apoderado común, y, de conformidad a
la Directiva de Contratación Pública N° 22, deberá contar, entre otros, con los siguientes
poderes:
Presentar antecedentes al proceso licitatorio.
Subsanar errores de aclaración.
Actuar como supervisor del contrato.
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Servicio
Nacional de
Reinsercion
Social Juvenil
4.
no de Chi
Entregar los bienes y/o servicios materia de esta contratación.
Renovar o modificar garantías.
Presentar a cobro facturas o boletas, según el caso.
Suscribir y entregar informes.
Percibir el pago por los servicios derivados de esta licitación
El acuerdo de constitución de la UTP no podrá contener cláusulas de exención o limitación
de responsabilidad para alguno o algunos de sus integrantes. Asimismo, no podrá contener
cláusulas que impliquen la renuncia, total o parcial, individual o colectiva, de la
responsabilidad solidaria.
5. Considerando que solo el integrante que presenta la oferta a través de Mercado Público
firma en línea la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, el resto de los
integrantes que conformen la UTP deberán presentar el Anexo N° 2, según corresponda a
personas naturales o jurídicas.
6.2.1. Modificaciones al acuerdo de constitución de la Unión Temporal de Proveedores
Las modificaciones que se generen al acuerdo de constitución de la UTP deberá materializarse
mediante las mismas formalidades requeridas para su constitución y deberá ser informada al
Servicio, mediante el correo electrónico unidad.adm.centros.drm@reinsercionjuvenil.cl dentro del
plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha de emisión del respectivo documento modificatorio,
debiendo entregar al Servicio una copia de éste, o remitir una copia vía correo electrónico a la casilla
previamente indicada en caso de ser suscrito con Firma Electrónica Avanzada.
Si la modificación ocurre luego de la apertura de las ofertas, y, durante la evaluación de las mismas,
y significare el retiro de uno o más de sus miembros, la UTP deberá informar tal circunstancia al
Servicio y si producto de dicho retiro continuará participando en la licitación o si desistirá de ella,
esto siempre que la UTP esté integrada por 3 o más integrantes, caso contrario se entenderá
disuelta y no podrá ser adjudicada o no podrá continuar ejecutando el contrato, según corresponda.
En caso de continuar con los miembros restantes de la UTP y si quien se retira es alguno de los
miembros que reúne una o más características o atributos objeto de la evaluación, dichos
antecedentes no serán considerados, por lo que la UTP será evaluada, si procediere, considerando
solo a los integrantes que continúan en ella.
Si la modificación ocurre con posterioridad a la adjudicación y antes de la suscripción del contrato
e implica el retiro de uno o más miembros de la UTP que hubiese reunido una o más características
objeto de la evaluación de la oferta, el Servicio procederá a dejar sin efecto la adjudicación y podrá
actuar de conformidad a lo establecido en el punto 18 de las Bases Administrativas.
Si la modificación ocurre con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio evaluará la
procedencia de continuar con la ejecución del contrato, cuando se verifique que este se desarrollará
en los mismos términos de la oferta con el resto de los integrantes de la UTP, caso contrario se
dispondrá el término anticipado al contrato, dando curso al cobro de la respectiva garantía de fiel y
oportuno cumplimiento.
7. АСЕРТACIÓN DE BASES
Se establece que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que el
oferente ha analizado las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, aclaraciones y respuestas a
las preguntas de esta, antes de la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y
aceptación, sin reservas ni condiciones, de toda la documentación antes referida. Por lo anterior, el
oferente se hace responsable y se compromete a cumplir con los requisitos y condiciones solicitadas
en las presentes bases de licitación, así como con la totalidad de las condiciones para la ejecución
del servicio, en especial consideración con aquellos referentes a los productos y servicios
especificados en las Bases Técnicas.
7.1. Pacto de Integridad
El oferente, solo por participar en esta licitación, acepta expresamente el presenta Pacto de
Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo,
sin perjuicio de las señaladas en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
Servicio
Nacional de
Reinserción
Social Juven
b.
C.
lerno de
ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en
el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del
o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar para este proceso licitatorio, tomando todas las medidas necesarias para asegurar
su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que
de ellos se derivase.
f. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
g.
h.
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso de que el Servicio compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de
la presente licitación y/o contratación, que se han vulnerado alguno de los literales precedenteso la
sujeción estricta a las presentes bases y sus modificaciones, se procederá a declarar inadmisible la
oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al contrato, según
corresponda.
8. CONSULTAS Y ACLARACIONES
8.1. Recepción de consultas y solicitudes de aclaración
Los oferentes podrán realizar consultas tanto de carácter técnico como administrativo, según lo
estimen necesario para una acertada presentación de sus ofertas.
Estas consultas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de
publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta la fecha indicada en el numeral 3
"Etapas y Plazos de la Licitación", del punto I "Antecedentes Generales de la Licitación".
la
8.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones
Las respuestas a las consultas y/o solicitudes de aclaración estarán a disposición de los oferentes
en el portal www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido en el numeral 3. "Etapas y plazos de la
licitación", del punto I "Antecedentes Generales de la Licitación. Estas respuestas serán aprobadas
a través del correspondiente acto administrativo.
Las respuestas contribuyen a determinar el sentido y alcance de las Bases Administrativas, Técnicas
y Anexos, según sea su naturaleza, por lo que formarán parte integral de las presentes bases y
deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas. En ningún caso los
oferentes podrán alegar desconocimiento de ellas.
El Servicio se reserva la facultad de interpretar las presentes Bases de licitación, de acuerdo con el
principio de Estricta Sujeción a las Bases y el principio de Igualdad de los Oferentes.
El Servicio podrá realizar de oficio o como resultado de las consultas efectuadas por los oferentes,
aclaraciones respecto de la presente licitación, las que podrán ser informadas junto con las
respuestas a las que se refiere precedentemente.
Si las aclaraciones involucran una modificación en las Bases de Licitación, se realizarán según
numeral 5 precedente.
el
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Nacional de
Social Juvenil
9. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
La presente licitación no requiere la presentación de una Garantía de Seriedad de la Oferta,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del
Ministerio de Hacienda, reglamento de la Ley N° 19.886.
10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las propuestas se recibirán dentro del plazo establecido en el numeral 3. "Etapas y Plazos de la
Licitación", del punto I "Antecedentes Generales de la Licitación".
Sólo se considerarán las propuestas, que hubieren sido presentadas a través del portal
www.mercadopublico.cl y dentro del plazo indicado, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas
en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el articulo N°115
del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la
Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Del mismo modo, los oferentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una
vez presentadas.
En caso de que en la propuesta se contravengan las especificaciones indicadas en las Bases de
Licitación, la oferta no será evaluada y será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo señalado
en el punto 15.1 "Comisión Evaluadora", del título II. "Bases Administrativas".
11. ANTECEDENTES DE LA OFERTA
11.1. Antecedentes Administrativos
Los oferentes deberán presentar en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl,
dentro del plazo de recepción de ofertas, los siguientes antecedentes administrativos:
1. Anexo N°1: Identificación del Oferente. El anexo tiene sólo carácter referencial e informativo para
el Servicio. En caso de una UTP, se requiere individualizar todas las personas naturales o
jurídicas que lo integren y deberán adjuntar, además, el o los documentos indicados en el
numeral 6.2 “Unión Temporal de Proveedores".
2.
3.
Anexo N°2 (Solo para UTP): Formato de declaración jurada de requisitos para ofertar. En
caso de presentar su oferta como UTP, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores
deberá presentar el formato de Anexo N° 2, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
4°, inciso primero, y el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886. Lo anterior considerando que la
Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea solo está disponible para el oferente que
ingresa la oferta al portal de Mercado Público, no contemplando al resto de los integrantes de la
UTP.
Firma de Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea. Esta firma debe realizarla
el oferente que presenta su propuesta a través del Sistema de Información de Compras у
Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en una de las etapas anteriores al envío de la
oferta. Los oferentes sólo requieren firmar en línea dicha declaración, no requieren subir
antecedentes adicionales.
11.1.1 Antecedentes Administrativos para Evaluación
Los oferentes deberán presentar en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl,
dentro del plazo de recepción de ofertas, los siguientes antecedentes administrativos para efectos
de evaluación:
1. Programas de Integridad (Subcriterio Administrativo A2). Cualquier sistema de gestión o
conjunto de reglas y acciones internas cuyo objetivo es identificar, prevenir y sancionar las
infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que se dan en una
organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Estos programas buscan evitar que la
entidad entre en conflicto con los intereses públicos y actividades ilegales como malversación
de fondos, corrupción, fraude, sobornos, entre otros.
Entre el conjunto de programas de integridad se pueden considerar los siguientes: códigos de
ética o comportamiento en el trabajo; reglamentos internos; manuales, protocolos o programas
de integridad; políticas de conflictos de interés o relación con funcionarios públicos; acciones de
cumplimiento normativo (compliance); protocolos de confidencialidad de contratos y protección
de datos; manual de buenas prácticas laborales o de prevención de delitos en el ámbito laboral.
2. Antecedentes que den cuenta de la forma en la que se ha difundido entre su personal
dicho/s programa/s de integridad (listados de asistencia, correos de difusión,
declaraciones juradas de trabajadores, entre otros) (Subcriterio Administrativo A2)
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Nacional de Reinserción
Social Juvenit
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar, en forma oportuna, clara y
completa, los documentos exigidos; el contenido de estos y la veracidad de lo que en ellos conste.
NOTA: Se deberán utilizar los formatos aprobados en las presentes bases. En todo caso, el oferente
podrá utilizar formatos distintos, siempre y cuando los mismos comprendan toda la información y
datos requeridos por este SNRSJ y que sean necesarios para verificar la concurrencia de los
requisitos exigidos o bien para evaluar los términos ofertados, incluyendo además fecha y firma que
corresponda.
Si el oferente acompaña los formatos previstos en los anexos omitiendo completar los aspectos
requeridos, o bien acompaña formatos distintos y que no consideren la información o datos
esenciales, o la fecha y firma correspondiente, podrá declararse inadmisible la oferta, en los casos
en que sea precedente.
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