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Resolución de Empates |
MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes,
se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a
continuación se indica:
1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más
oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere
obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación "Oferta económica".
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el
empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio "Plazo de entrega".
3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el
empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio "Garantía del
Equipo".
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el
empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio " Servicio Técnico y
Postventa”
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el
empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio "Cumplimiento
de requisitos formales".
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6. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el
empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio "Cumplimiento de
Programa de Integridad".
7. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la
primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
PUBLICACIÓN Y CONSULTAS/ACLARACIONES:
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar
aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos señalados el
punto 7 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información
www.mercadopublico.cl.
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La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos
los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de
las preguntas, en el plazo indicado en el referido punto 7.
Se deja constancia que las respuestas y aclaraciones solo se efectuarán a través del foro
electrónico existente en el portal www.mercadopublico.cl. No se responderán consultas fuera
de este medio.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones se entenderán
incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las complemente o
rectifique, y que no sea expresamente excluido por INIA.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, INIA podrá solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del
Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
INIA podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas y certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación de éstas.
Para dichas subsanaciones se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su
comunicación al oferente por parte de INIA, la que se informará a través del Sistema de
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información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
De conformidad con el artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, se asignará un menor
puntaje el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales” a las ofertas que no
cumplieron, dentro del plazo para presentación, con todo lo requerido.
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Pacto de integridad |
PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de
las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
1) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún trabajador/a en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni
con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier
de sus tipos o formas.
3) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión
y vigencia de la misma.
4) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los
contratos que de ellos se derivase.
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6) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma.
7) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
8) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen
y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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