I.
GENERALIDADES
Las presentes
Bases Administrativas y documentación anexada al Portal Mercado Público, tienen
por objeto regular los procesos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación,
celebración del contrato respectivo y aprobación de este, motivo de la presente
licitación y prestación de los servicios licitados.
Nos remitimos en este punto a las definiciones
previamente dadas por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos de Administrativos
y Suministro de Prestación de Servicios y su Reglamento.
II. LICITACION
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, para lo
cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta
Económica y Antecedentes Administrativos, a través del sistema de información.
Cada
una de las ofertas presentadas en la plataforma Mercado Público, deberá estar respaldada por su
correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta, según lo establecido en los
puntos 11.4 y 12 de las presentes Bases Administrativas. No será recibida ninguna oferta presentada fuera de plazo o
de otra manera que aquella determinada por estas Bases Administrativas.
Las ofertas estarán sujetas a
un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el oferente
adjudicado.
La presente
licitación pública tiene por objetivo contratar servicios
médicos y no médicos para la realización de Procedimientos de Angioplastia Coronaria, consistentes en corregir problemas cardíacos en pacientes
de Hospital Las Higueras.
El servicio licitado, que a continuación se
indica, se
prestará a pacientes beneficiarios y no
beneficiarios, estos últimos, en casos de urgencias vitales de pacientes
particulares y pacientes ISAPRES), todo, en horario inhábil de funcionamiento
del Hospital Las Higueras.
Conforme a
lo anterior, se requiere contratar los servicios para realizar el siguiente
procedimiento.
|
N°
|
Código Fonasa
|
Código Abex
|
Nombre de la línea licitada
|
Cantidad ref.
|
|
1
|
1701131
|
105-0004
|
ANGIOPLASTIA CORONARIA
|
624
|
El número de
procedimientos de Angioplastia indicados en el recuadro serán
referenciales.
EQUIPO CLÍNICO PARA REALIZAR
PROCEDIMIENTOS.
Conforme a lo anterior, el oferente que
participe en la presente licitación deberá contar con un equipo de médicos
cirujanos Cardiólogo
con formación en Hemodinamia o Cardiología Intervencionista y enfermera de
pabellón y técnico, de acuerdo con el siguiente detalle.
Ø 2 médico Cirujano
Cardiólogo con formación en Hemodinamia o
Cardiólogo Intervencionista.
Ø 3
enfermeros/a.
Ø 5
técnico de nivel superior en enfermería (TENS) o profesional que cumpla la
función
Los prestadores a través del cual el oferente otorgue
las prestaciones, no deben haber sido objeto de sanción en algún Servicio
Público, de conformidad al siguiente criterio:
·
Destitución en los 5 años anteriores a la fecha de
cierre de las ofertas.
·
Suspensión del empleo desde treinta días a tres
meses, y/o multa dentro de los tres años anteriores a la fecha de cierre de las
ofertas.
El oferente deberá
indicar en el Formulario N°4 “Datos del Prestador”, Nombre y dos apellidos y
Cédula de Identidad de cada uno de los integrantes (equipo médico y no médico)
que participarán de los procedimientos de Angioplastía, con cargo a esta
licitación.
SERAN OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO:
Los siguientes requerimientos técnicos se
refieren a las condiciones y características técnicas que el oferente
adjudicado y prestadores de servicios, una vez adjudicada la propuesta, deberán
cumplir:
Funcionamiento
del Servicio:
·
El adjudicado deberá
designar a un coordinador (presencial o vía remota), quien, durante la vigencia
del contrato, será el interlocutor de primera línea del adjudicado con el
supervisor del contrato y/o unidad requirente. Sus datos deberán quedar
establecidos en el formulario N°2 de su oferta.
·
Una vez
notificado al adjudicado del requerimiento, deberá presentar en las
dependencias del Hospital Las Higueras al prestador de servicio requerido.
·
El tiempo de respuesta para prestar el
servicio licitado “por llamado de urgencia”, no podrá exceder 2 horas,
desde que sea requerido el oferente vía correo electrónico y vía telefónica.
·
El adjudicado, acepta
por parte del hospital, el derecho de rechazar algún prestador
de servicio que asigne para realizar servicios en el hospital o,
prestando servicios, solicitar su cambio. Lo anterior, previamente fundamentado
por el Supervisor del Contrato.
·
El Hospital, a través de
la unidad requirente, tendrá la facultad de coordinar la ejecución del
servicio, dentro del ámbito de las obligaciones para las cuales
el prestador de servicio fue puesto a
disposición por el adjudicado.
·
En acuerdo con el
adjudicado, El Hospital Las Higueras proporcionará la inducción al prestador presentado por el adjudicado, según
corresponda.
·
El adjudicado será responsable del cumplimiento
de las obligaciones contractuales asociadas a la prestación del servicio por
parte de los prestadores de servicios que disponga.
·
EQUIPO OPERATORIO:
ü
Para realizar estos procedimientos, el
equipo operatorio debe estar conformado, a lo menos por: por 1
médico cirujano Cardiólogo con formación en hemodinamia o cardiólogo intervencionista, 1 enfermero Pabellón, 1 TENS,
o 1 profesional que cumpla las funciones de uno.
** De realizar el procedimiento y No conformar al equipo
operatorio indicado en el detalle anterior, el hospital procederá a descontar
del total de la prestación, el costo del prestador ausente, de acuerdo a los
valores indicados en Formulario 5 “Oferta Económica”. Entendiéndose que la
ausencia de dicho prestador no afectará el buen resultado del servicio.
·
De complementar el procedimiento con otros
servicios o personal adicional a los ya establecidos por el hospital, sus
costos serán de responsabilidad del adjudicado, sin costo adicional para el
hospital.
Obligaciones de los prestadores de servicios:
Ø Una vez
notificado, presentarse en los pabellones de procedimientos de la
Unidad de Hemodinamia, ubicada en el cuarto piso del hospital, el día y hora establecida.
Ø Cada vez que asista al hospital a realizar un
procedimiento, tiene la obligación de marcar su llegada y salida.
Ø Dar cumplimiento a la realización de los
procedimientos, cuando el hospital los requiera, ajustándose a lo establecido
en las presentes bases.
Ø Cumplir con los registros correspondientes, de
acuerdo a los formatos, protocolos y normas del Hospital las Higueras, en los
medios que éste disponga.
Ø Realizar evolución médica y de enfermería del caso
en el RCE (Track), además del Informe del procedimiento efectuado
Ø En los casos que el médico,
profesional o técnico que ejecuta el servicio mantiene un contrato con el
hospital y la prestación se alargue y
termine en horario hábil dentro de su jornada laboral, será
responsabilidad de éste de informar a su jefatura directa, para coordinar,
reagendamiento de sus actividades, de acuerdo a lo indicado en el punto 4 de
las bases “Procedimiento de devolución de tiempo”.
Ø Respetar las normas administrativas, clínicas de
seguridad y los procedimientos internos aplicables a la prestación del servicio,
los cuales serán entregados al momento de requerir sus servicios y actualizados
permanentemente por la institución.
Ø Resguardar la integridad del equipamiento y la
infraestructura utilizada.
Ø El equipo operatorio de cargo
de la licitación debe:
ü Mantener un ambiente de respeto en las
instalaciones que presta servicios, con el personal de planta, usuarios y
colaboradores.
ü Buena presentación personal.
ü Buen manejo
de comunicación, relaciones interpersonales y trato.
ü Retroalimentar
respecto a eventualidades acontecidas en el procedimiento.
ü Cumplir con las obligaciones
específicas y procedimientos requeridos según consta en el Manual
Organizacional de la Unidad Medicina Cardiovascular Integrada, o lo que la
Jefatura de la unidad instruya en contexto de contingencias presentadas.
ü Trabajar
en equipo (enfermeras/os, médicos, tens, Auxiliares y otros) donde preste servicios
de tal modo que la prestación sea un todo integrado que favorezca
al paciente desde el punto de vista físico, psicológico y social.
Los servicios serán
prestados en las dependencias de Hospital Las Higueras, por lo tanto, todos los
materiales, accesorios, instrumentos y equipos necesarios para la correcta
prestación de los servicios, serán de responsabilidad del establecimiento.
Las propuestas no
podrán alterar las condiciones de las presentes Bases, ni contener exigencias,
limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales como:
condiciones para su adjudicación, montos mínimos de servicios. La sola mención en la oferta presentada, de
alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para desestimarla
y declararla inadmisible conforme a los establecido en el punto N° 15 de las
presentes Bases Administrativas.
Si un
Procedimiento de Angioplastia de “llamado de urgencia” se inicia
en horario inhábil, pero termina superponiéndose
al horario institucional, se pagará la prestación, sin costo adicional
para el hospital. Sin embargo, en el caso que, uno o todos los integrantes del
staff presentado por el oferente adjudicado, mantiene contrato vigente con el
hospital, se resuelve que, debido
a la importancia de no interrumpir la intervención, se permitirá continuar
participando de la prestación dentro de su jornada institucional, con la
obligación que las horas funcionarias utilizadas en la prestación, serán
devueltas según las siguientes disposiciones:
Ø PROCEDIMIENTO DE PAGO Y DEVOLUCIÓN DE HORAS
Una vez realizada la prestación, y en los casos que
el prestador que ejecuta el servicio mantiene un contrato vigente con el
hospital y la prestación inicie fuera del horario institucional y se prolongue
o finalice dentro de la jornada laboral del establecimiento y dentro de su
horario funcionario, será responsabilidad de éste de informar a su jefatura
directa, para coordinar reagendamiento de sus actividades interrumpidas por la
prestación de urgencia, devolución que deberá ser realizada durante la
misma semana o la siguiente en que se realizó la prestación de
servicios, salvo eventualidades, las que deberán ser coordinadas, con jefatura
directa y el Área de Operaciones y Gestión de las Personas.
Para lo anterior:
·
La jefatura directa certificará la devolución del tiempo del prestador,
y una vez devuelto, informará por escrito al Área de Operaciones y Gestión de
las Personas, día, horario que el prestador realizó la devolución.
·
El Área de Operaciones y Gestión de las Personas, una vez recibida la
información por parte de la jefatura directa, gestionará resolución exenta que
formaliza la devolución horaria del prestador enviando copia al Área de Gestión
Documental y al jefe directo como respaldo para el posterior cobro/pago de los
servicios.
·
Cuando no se cumpla con lo anterior, el Área de Gestión Documental no
validará la prestación, devolviendo el expediente al proveedor, con copia a la
Subdirección de Gestión Clínica, informando la irregularidad.
·
Será la Subdirección de Gestión Clínica, la responsable de informar al
Jefe Directo del prestador de la situación quien deberá indicar y certificar el
tiempo devuelto. No cumplir con el acuerdo de devolver las horas funcionarias
utilizadas, en el periodo comprometido, será causal de sanción. Lo
anterior, no lo libera de la responsabilidad de devolver el tiempo utilizado.
·
Con la copia de la Resolución Exenta que regulariza “la sobre posición
horaria”, el prestador podrá gestionar el cobro/pago de este servicio,
siguiendo el proceso administrativo inicial indicado en el punto N°27 “PROCEDIMIENTO
DE PAGO DE LOS SERVICIOS” de la presente resolución.
ü Esta condición “CONDICIONES DE PAGO”, es aplicable solo para aquellos
prestadores del staff que mantuviesen un contrato vigente con el hospital y
tengan topes de horarios en su participación, por lo que no invalida el pago a
aquellos prestadores que no son funcionarios del establecimiento.
INCORPORACION DE PRESTADOR
Sí durante la vigencia del contrato, el adjudicado requiera incorporar
a otro prestador para reemplazar a alguno que sea parte del equipo,
el prestador incorporado deberá acreditar el cumplimiento de los
requisitos solicitados en las bases y cumplir en el caso de reemplazar, a lo
menos, las mismas competencias del prestador que se reemplaza; y en el caso de
incorporar para aumentar el staff, cumplir a lo menos el o los tramo/s y
puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos de evaluación por parte
del adjudicado en relación a los prestadores indicados inicialmente en su
oferta a través del Formulario N°4. A lo anterior, deberá completar la
solicitud de incorporación (anexo 1), adjuntar del prestador a incorporar los
respaldos que son requisito de las bases y la documentación que acredite las
competencias o el tramo y puntaje obtenido de los criterios técnicos, a través
del proceso de evaluación, según corresponda; entregar la solicitud referida en
la secretaría de la unidad requirente del Hospital Las Higueras, siendo
responsabilidad del Supervisor del Contrato, o quien le subrogue o
reemplace, verificar que el prestador a incorporar cumpla con igual idoneidad
que los prestadores indicados en la propuesta y respectivamente acreditados
post evaluación.
Por lo relevante que es contar con prestadores acreditados y evaluados
para ejecutar las respectivas prestaciones, se establece que estos servicios deben
ser realizados por los prestadores indicados en la propuesta del oferente
adjudicado, a través de Formulario N° 4 “Datos del prestador”, o hayan
sido autorizados previamente por el Supervisor del Contrato del Hospital
mediante el formulario de solicitud de incorporación (anexo 1). De lo
contrario, no se pagará la prestación
Una vez aprobada la
incorporación, la unidad requirente debe hacer llegar una copia de la
respectiva autorización a la secretaría del Área de Abastecimiento para ser
adjuntado al expediente de la licitación y secretaría del Área de Gestión Documental
como respaldo para el pago de sus servicios.
Una vez entrada en vigencia los servicios,
el adjudicado deberá presentarse en el hospital para generar una reunión de
coordinación con el jefe de la Unidad para dar a conocer el proceso, bajo las
normas internas de la unidad, generándose además los procesos de inducción
local y de infecciones asociadas a atención en salud.
El oferente adjudicado, deberá indicar en
su propuesta, a través del formulario N°2 al coordinador por parte del
adjudicado, para coordinar la ejecución de los servicios.
Cuando sean requeridos sus servicios, el
adjudicado deberá presentar al staff en las dependencias del Hospital Las
Higueras para realizar el procedimiento.
Será responsabilidad del Subdirector
de Gestión Clínica, o quien le subrogue o reemplace “resguardar”
las medidas de verificación de estas prestaciones, en el cumplimiento de sus
obligaciones durante los servicios ejecutados.
El presupuesto disponible para los servicios licitados
es de $581.000.000.- (Quinientos
ochenta y un millones de pesos),
para un periodo de doce meses.
El hospital establece pagar un valor unitario
máximo por procedimiento:
|
N°
|
Código Fonasa
|
Código Abex
|
Nombre de la línea licitada
|
Cantidad ref.
|
Valor máximo a pagar
|
|
1
|
1701131
|
105-0004
|
ANGIOPLASTIA CORONARIA
|
624
|
$930.383
|
El oferente deberá ofertar un valor
unitario por cada procedimiento, según
se desglosa en el formulario N°5. En el referido valor debe contemplar su
gasto de administración.
El oferente deberá registrar en la ficha del portal
Mercado Público el Valor Total Neto Ofertado, conforme a
lo indicado en el Formulario N°5.
Las prestaciones ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente” y se pagarán los
servicios efectivamente ejecutados, sin reajustes y conforme a lo establecido
en las presentes bases administrativas.
El oferente que ofrezca
la alternativa más conveniente para los intereses del hospital resultará
adjudicado.
7. CONTACTO PARA LA LICITACIÓN.
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán
a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá
ingresando al ID asignado a la presente licitación.
Los plazos y etapas serán los señalados en el Portal Mercado Público y en
las presentes Bases Administrativas, para la presentación de las ofertas.
|
ETAPAS
|
PLAZOS
|
|
Fecha de Publicación
|
Máximo 10 días a partir
de la total tramitación de la resolución aprobatoria de las presentes Bases
Administrativas, o el día hábil siguiente, hasta las 15:00 horas.
|
|
Fecha Inicio de Preguntas
|
A partir del día
y hora de la publicación de las Bases Administrativas.
|
|
Fecha Final de Preguntas
|
Hasta el día décimo
segundo, contado desde el día de la fecha de publicación de las Bases
Administrativas.
|
|
Fecha de Publicación de Respuestas
|
Desde el primer
hasta el vigésimo día, contado desde el día de la fecha de publicación de las
Bases Administrativas.
|
|
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
|
El día trigésimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
El plazo de cierre no podrá vencer en días inhábil ni en un lunes o en un día
siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. (Art. N°46 del
Reglamento de Compras Públicas).
|
|
Fecha de Apertura Técnica Y Económica
|
El día trigésimo
primero contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas o
el día hábil siguiente, a las 15:02 horas.
|
|
Plazo de Evaluación de las Ofertas
|
Desde primer al
décimo día, contado desde la fecha y hora de Apertura Técnica y Económica.
|
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Fecha de Adjudicación
|
Entre el primer y
décimo quinto día contado desde la fecha del Informe de Apertura y Evaluación
de Ofertas
|
|
Fecha de Firma de Contrato.
|
Hasta el día cuadragésimo
quinto, a contar de la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación.
|
La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases
o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la
propuesta, antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del
plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello
de acuerdo con lo que resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella
será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema
de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de
la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a
lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas,
en el período señalado en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público
haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos
que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas
en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario
de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o
respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán
que forman parte de las presentes Bases Administrativas y del contrato de prestación
de servicios que se celebrará, para todos los efectos correspondientes.
El Hospital deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta
de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de
aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas,
efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases
Administrativas y Formularios, documentos que integran la presente propuesta.
En todo caso, las
modificaciones que pudieran realizarse para efectos de aclaraciones que se hagan
en este periodo, deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo,
en cuyo caso se considerará una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera
de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente, a menos que procedan las
circunstancias excepcionales contempladas en el Art. 115 del Decreto N°661 del 2024,
del Ministerio de Hacienda.
|
ETAPAS
|
Una sola.
|
|
PRESUPUESTO DISPONIBLE
|
$581.000.000.- (Quinientos
ochenta y un millones de pesos), impuestos
incluidos, para un periodo de doce meses.
La cantidad mencionada no
será obligatoria para la entidad licitante, y dependerá exclusivamente de la cantidad
de requerimientos solicitados, por lo que ningún oferente podrá exigir el cumplimiento
de esta referencia económica.
|
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PARTICIPANTES
|
Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales
y/o jurídicas, chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos
en las presentes Bases Administrativas, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad,
con la documentación correspondiente.
|
|
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
|
Todos los plazos son de
días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se señalen plazos
de días hábiles, los cuales se refieren a hábiles administrativos, esto es de
lunes a viernes. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca
un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil
siguiente.
|
|
COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL
|
Exclusivamente a través
del Portal Mercado Público.
|
Todo proponente u oferente interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente
las Bases Administrativas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna
manera afecten el costo de los servicios licitados, tales como permisos y licencias
que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros.
Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será
el responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El oferente que participe en la licitación acepta todas las condiciones de
ésta.
A la época de presentación de la oferta, el oferente deberá presentar todos
los antecedentes y formularios, los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas
presentadas, en formato digitales utilizando para este efecto Word (como procesador
de textos) e imágenes digitalizadas en formato PDF, todos los anexos deben venir
en idioma español, debidamente firmado si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna
de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10
de la ley N°20.393 sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595 y 35 quáter
de la ley N°19.886, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible. En
este último caso, salvo, las circunstancias excepcionales indicadas en la mencionada
Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse por resolución fundada.
En
el caso de que dos o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente
proceso licitatorio, deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 180 y 181 del
Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
Los
proveedores que oferten bajo el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del 2024, del
Ministerio de Hacienda, deberán ingresar un documento que declare dicha unión, nombrando
un apoderado.
Para la presente licitación los documentos requeridos serán los siguientes:
11.1 Antecedentes administrativos:
·
Formulario N°1: Identificación del Oferente, esto, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24
horas de la notificación de la consulta (Su incumplimiento habilitará para declarar
inadmisible la oferta).
·
Declaración jurada en línea: Los oferentes deberán presentar una
“Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada
completamente en línea a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. (inadmisible).
·
Formulario N°2: Datos de Contacto. El oferente deberá establecer los
siguientes datos: nombre de contacto, correo electrónico y número de teléfono
directo, para coordinar la prestación de los servicios. El citado formulario,
deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima lo escrito (Su
incumplimiento habilitará para declarar inadmisible la oferta).
·
Formulario N°3: Cumplimiento Programa de Integridad (evaluable).
11.2 Antecedentes Técnicos:
·
Experiencia del equipo médico (evaluable). Se adjunta anexo 3
“Certificado de Experiencia Laboral” el cual constituye un
modelo de referencia que cumple con las exigencias establecidas en las
presentes bases administrativas. Su uso no es obligatorio y se entrega
únicamente como apoyo para la correcta presentación de la información.
·
Experiencia del equipo no médico (evaluable). Se adjunta anexo 3
“Certificado de Experiencia Laboral” el cual constituye un
modelo de referencia que cumple con las exigencias establecidas en las
presentes bases administrativas. Su uso no es obligatorio y se entrega
únicamente como apoyo para la correcta presentación de la información.
·
Formulario N°4: “Datos del Prestador”: Nombre y dos apellidos, Cédula de
Identidad, registro de la SIS, Profesión/especialidad y firma del prestador que
ejecuta el servicio (Inadmisibilidad).
·
Certificado emitido por alguna casa de estudios o institución de salud
pública o privada que acredita
haber obtenido la especialización o formación en Hemodinamia de los
médicos cirujanos presentados por el oferente (Inadmisibilidad). No se exigirá certificado si su
especialización en hemodinamia se encuentra registrada en la SIS o bien, su
especialidad sea en Cardiología Intervencionista, igual registrada en la
Superintendencia de Salud (SIS).
11.3 Antecedentes
Económicos:
·
Formulario N°5: Oferta Económica (Inadmisibilidad).
El citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima
lo declarado en el referido formulario.
En Comprobante de oferta en el portal mercado
público, el precio debe estar expresado en moneda nacional, es decir, en pesos
chilenos CLP.
11.4 Entrega de Antecedentes Físicos
·
Aquellas Garantías de Seriedad de la Oferta
otorgadas de manera física deberán entregarse en sobre cerrado y
caratulado con el ID, nombre del oferente y nombre de la propuesta a que se
refiere en Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en
Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano, de lunes a viernes de 08:30
a 15:00 hrs. horario continuado.
·
La garantía se recepcionará hasta el día y
hora de cierre de la propuesta, indicado en el Portal, esto es, el día trigésimo primero, contado desde la fecha
de publicación de las Bases Administrativas.
·
La no presentación oportuna de esta
garantía, tendrá como consecuencia que la oferta sea declarada inadmisible y no
será considerada.
·
Se eximen de la obligatoriedad de recepción física
aquella garantía otorgada de manera electrónica, la cual deberá ajustarse a lo
dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma; en el caso de que el oferente estime
necesario realizar la entrega de ésta a través de oficina de partes, deberá
cumplir con la misma forma de presentación que las garantías otorgadas de
manera física.
Los oferentes
deberán entregar PARA CADA OFERTA una garantía de seriedad de la oferta, tomada
por él o por un tercero, a nombre del Hospital Las Higueras la que deberá tener
las siguientes características:
|
Tipo de documento
|
1.- Cualquier
documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y
que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 52 del DS N°661 del
2024, del Ministerio de Hacienda (pagadera a la vista y de carácter
irrevocable).
2.- En los casos en que
se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo
dispuesto en la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica
y Servicios de Certificación de dicha firma. Ésta podrá ser adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través
el Mercado Publico hasta el día y hora de cierre de la propuesta, esto es, el
día trigésimo primero contado desde la fecha
de publicación de las Bases Administrativas.
LA GARANTÍA CONTRAÍDA
NO PODRÁ CONTENER CLÁUSULAS DE ARBITRAJE PARA LA REDACCIÓN DE CONFLICTOS
ENTRE LAS PARTES Y LA ENTIDAD ASEGURADORA.
|
|
Beneficiario
|
Hospital Las Higueras.
|
|
Pagadera
|
A la vista y de carácter irrevocable
|
|
Vigencia
|
Mínimo desde la fecha de cierre de
recepción de ofertas hasta 150 días desde el día siguiente de la fecha de
publicación de las Bases Administrativas.
|
|
Expresada en
|
Pesos/UF (Unidades de Fomento) la que
debe consignar su equivalencia en pesos
|
|
Monto
|
$ 1.000.000.- (un millón de pesos)
|
|
Glosa
|
Para garantizar la seriedad de la oferta “Contratación de Servicios para realizar Procedimientos de Angioplastia
para el Hospital Las Higueras”. En el caso de vale vista, la glosa debe ser indicada al reverso o
adjuntando documento que así lo indique.
|
|
Oportunidad y forma de devolución
|
La
devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas
hayan sido declaradas A los oferentes no adjudicados les será devuelta la
garantía de seriedad de la oferta vía correo certificado al domicilio señalado
en la oferta, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la formalización
del contrato.
Lo
anterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 del Decreto 661/2024.
Tratándose
de documentos que se otorguen de manera electrónica, éstos serán devueltos al
proveedor correspondiente dentro los 10 días siguientes a la fecha de la
formalización del contrato, en la forma que el proveedor indique.
En el
caso de aquel oferente adjudicado, se les canjeará dicha garantía una vez
firmado el contrato.
En el
caso de declarase desierta la licitación o inadmisibles las ofertas, el plazo
de restitución de la garantía de seriedad de la oferta deberá contarse desde
la notificación de la resolución respectiva dentro los 10 días siguientes a
la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución que
declara desierta la licitación.
|
La garantía de
seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente, ipso facto, de pleno
derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, por el Hospital Las
Higueras una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes
casos:
a) Si el
adjudicatario, independiente del monto adjudicado, desiste de su oferta.
b) Si el
oferente adjudicado, no hace entrega oportuna de la garantía de fiel
cumplimiento del contrato o de la documentación exigida en el punto 24 de las
presentes bases, esto es dentro del plazo 15 días corridos contados desde la
fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, o no concurre a la
firma de contrato dentro del plazo de 45 días corridos contados desde la fecha
de notificación de la Resolución de Adjudicación.
En estos casos, el
Hospital Las Higueras podrá readjudicar los productos licitados, al segundo
proveedor mejor evaluado.
Las ofertas tendrán una validez mínima de 150 días, contados desde la
fecha de publicación de las presentes Bases Administrativas que regulan el
llamado a licitación pública. Si dentro de ese plazo no resulta posible al
Hospital Las Higueras efectuar la adjudicación, éste podrá solicitar a los
proponentes la prórroga de las ofertas antes de su expiración y de la Garantía
de Seriedad de la Oferta, a través del Sistema de Información de Compras y
Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y
Contrataciones Públicas.
Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta
no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
III.
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
La apertura se realizará
en forma electrónica a través de la plataforma del Mercado Público, en la fecha
y hora establecida en el calendario de plazos de la presente licitación, esto es,
el día trigésimo primero a las 15:02 horas, contado desde la fecha de publicación
de las Bases Administrativas. Estas ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación,
a partir del cual se determinará el oferente adjudicado.
El Hospital Las Higueras adjudicará la presente licitación, a quien presente
la oferta que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada
en forma global, asimismo declarará desierta la licitación cuando no se presenten
ofertas, y podrá declarar desierta la licitación, por no convenir a los intereses
institucionales, ya sea por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón fundada,
declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos
establecidos en estas Bases.
Si existiesen ofertas simultáneas
por parte de proveedores de un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí,
respecto de un mismo bien o servicio, se
considerará para la evaluación de la licitación sólo la oferta más conveniente entre
ellos. Para esto, se revisarán y compararán las ofertas de los proveedores
antes mencionados, según los criterios establecidos en el punto N°17 de las presentes
bases administrativas. Las ofertas no seleccionadas, serán declaradas inadmisibles,
de conformidad a lo establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60
del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda.
15.1 La oferta se
declarará inadmisible en los siguientes casos:
· La NO presentación de la oferta económica en el
portal Mercado Público.
·
La NO presentación
de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera física, en Oficina
de Partes del Hospital Las Higueras, dentro del plazo establecido al efecto,
esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas, el día trigésimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público
(punto 11.4 Entrega de Antecedentes Físicos).
·
La NO presentación
de la garantía de seriedad de la oferta otorgada de manera electrónica, en el
Portal Mercado Público, o de manera física, dentro del plazo establecido
al efecto, esto es, el día de cierre de recepción de las ofertas, el día trigésimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público.
(punto. 12 garantía de Seriedad de la Oferta).
· Garantía de seriedad de la Oferta mal emitida.
La declaración de inadmisibilidad, en estos casos
significará el rechazo de la oferta en el Sistema de Información.
15.2 La oferta también se declarará inadmisible
en los siguientes casos.
· Cuando, en la ficha del portal Mercado Público o en el Formulario N°5,
la oferta presentada exceda el presupuesto disponible indicado en los puntos N°6
y 10 de las presentes bases administrativas.
· Cuando no presente, no complete o presente incompleto, a más tardar en el
plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la
consulta, el
Formulario N°1 Identificación del Oferente” y/o Formulario N°2 “Datos de
Contacto”, esto es dentro de las 24 horas de notificada la consulta en el Portal
Mercado Público.
·
Cuando no complete, o no presente, o
presentación incompleta, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el
día trigésimo primero, contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas, el Formulario N°4 “Datos del
Prestador” y/o el Formulario N°5
“Oferta Económica”.
· Si la propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene
exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales
como: condiciones para su adjudicación o montos mínimos de servicios
· Cuando la oferta no cumpla con los requisitos establecidos en el punto 4
de las bases administrativas.
· Cuando el proveedor a través de su formulario N°4 no presente a lo menos
a los siguientes prestadores:
Ø 2 médico Cirujano
Cardiólogo con formación en Hemodinamia o
Cardiólogo Intervencionista.
Ø 3
enfermeros/a.
Ø 5
técnico de nivel superior en enfermería (TENS) o profesional que cumpla la
función
· Cuando algún integrante del equipo médico o no médico indicado por el
oferente en el Formulario N°4, no registre en la Superintendencia de Salud su
título y, en el caso del médico cirujano, no presente certificado emitido por
alguna casa de estudios o institución de salud pública o privada que acredite
haber obtenido la especialización o formación en hemodinamia (No se exigirá
certificado si su especialización en hemodinamia se encuentra registrada en la
SIS o bien, su especialidad sea en Cardiología Intervencionista, igual
registrada en la Superintendencia de Salud), a menos que quienes acrediten, sea una cantidad igual o mayor
a la establecida en las bases. En estos casos, quienes no acrediten, no
podrán prestar servicios durante la vigencia del convenio, hasta que hayan dado
cumplimiento a los requisitos mínimos establecidos en las bases.
· Cuando postule como Unión Temporal y no esté
conformada en su totalidad por empresas de menor tamaño, con excepción de lo
señalado en el artículo 184 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda.
· Cuando el oferente no firme de manera
electrónica la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar. En el caso de
postular como UTP, firmará cada integrante o el apoderado en representación de
los demás integrantes.
· Cuando el oferente no
posea la actividad o giro económico vigente, atingente a los servicios
licitados, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día trigésimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Lo
anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de Terceros del Servicio de Impuestos Internos.
· Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades
contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos
por el artículo 50 de la Ley N°21.595; artículo 4°, inciso sexto y 35 quáter de
la ley N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas
en la Ley.
· Cuando la oferta de un proveedor, se presente
de manera simultánea, a otra oferta presentada por parte de una empresa perteneciente
al mismo grupo empresarial o relacionada entre sí, respecto de un mismo bien o servicio,
y no resulte ser la más conveniente para este organismo; esto de conformidad a lo
establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661,
del Ministerio de Hacienda.
En estos casos, la oferta será considerada inadmisible, significando que
no pasará a la etapa de evaluación.
El oferente se obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos
tributarios, certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que
se encuentren debidamente regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento
de lo anterior, traerá consigo el efecto de inadmisibilidad de la oferta y el
cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente, esto último,
sólo será procedente en cuanto importe la entrega de antecedentes que no se
correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta.
Comisión de Apertura y Evaluación.
La apertura en el Portal Mercado
Público, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa,
técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de Apertura y Evaluación, la
que estará integrada por los siguientes profesionales funcionarios del Hospital
Las Higueras:
· Subdirector Administrativo,
·
Jefe de la Unidad
de Licitaciones,
·
Subdirector Gestión Clínica,
o quienes los subroguen o reemplacen legalmente.
En el caso de considerarlo pertinente, la comisión podrá requerir asesoría
a la Unidad Jurídica del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de apertura y evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas
por el Hospital Las Higueras, de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás
antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a)
Resolver dudas o discrepancias
que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación
de las presentes Bases Administrativas o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b)
Solicitar a los oferentes
las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación
de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas
se comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos
de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento
del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes
para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones
descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán
mantener contacto alguno con la Comisión.
c)
Solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Estos
requerimientos se solicitarán por escrito a través del Sistema de Información de
la Dirección de Compras, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro
del plazo señalado, esto es, dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas
desde que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección
de Compras.
d)
Podrá permitir la presentación
de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento
de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas
o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación.
e)
Revisará y estudiará
la documentación solicitada, evaluará las ofertas, técnica y económicamente, confeccionando
un cuadro comparativo entre los oferentes.
f)
De existir empate en
la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación
se esté usando el máximo de dos decimales, dicho empate deberá dirimirse en primer
lugar a través del análisis del criterio “Precio del
Servicio”, en segundo lugar, a través
del criterio “Experiencia del equipo médico”; y así sucesivamente en el mismo orden
indicado en el punto 17 “Notas y Criterios de Evaluación”, de las bases administrativas.
En caso de persistir el empate a pesar de aplicar los criterios de desempate referidos,
se seleccionará la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
g)
Confeccionará un
“Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos
los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter
administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los
hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo
de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la
ponderación de la pauta de evaluación.
h)
Firmará el “Informe
de Apertura y Evaluación”, mediante el cual propondrá a la Sra. Directora
adjudicar o desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se
ajusta a las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto.
i)
Suscribirán una
declaración jurada en la que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos
de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de
contratación de que se trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35
nonies de la ley N°19.886.
Para la evaluación de las ofertas la comisión
de evaluación ponderará los factores de acuerdo con lo establecido en las presentes
Bases Administrativas y a los porcentajes que se indican en la ficha técnica del
Portal Mercado Público, los que serán evaluados según nota de uno (1) a cien (100),
siendo el cien (100) la mayor nota de las ofertas. Dicho proceso estará considerado
en el informe de evaluación.
Los
criterios que evaluar serán los siguientes:
|
CRITERIOS DE EVALUACION
|
PONDERACIÓN
|
|
Criterios Económicos
|
60%
|
|
Precio del Servicio (60%)
|
|
Criterios Técnicos
|
35%
|
|
Experiencia del equipo médico, según subcriterios (20%)
|
|
Experiencia del equipo no médico, según subcriterios (15%)
|
|
Criterios Administrativos
|
5%
|
|
Cumplimiento en la Presentación de
Antecedentes (3%)
|
|
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
|
La evaluación de los
criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio del Servicio,
en Porcentaje (60%)
El precio será el
establecido por cada oferente en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público a través de Formulario N°5, el que será sometido a ejercicio de
evaluación por el organismo comprador.
La oferta que presente el menor precio en
forma global, impuestos incluidos, se calificará con cien puntos (100), las
demás ofertas tendrán nota de acuerdo al porcentaje de cercanía a la oferta
menor, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Experiencia del Equipo Médico (20%)
Para la aplicación
de este criterio, se realizará la asignación de puntaje, tomando como base los
documentos acompañados en su oferta.
La experiencia en procedimientos de Angioplastía en instituciones
públicas o privadas del área de la salud deberá ser acreditada mediante certificados, emitidos por el empleador
a través de alguna jefatura o representante legal de dicha institución, copias
de contratos, ID de licitaciones adjudicadas, órdenes de compra de licitaciones
y/o tratos directos. La información mínima que debe contener es:
·
Razón social de la clínica/hospital donde
el profesional evaluado prestó los servicios.
·
Identificación en
el citado documento del prestador participante.
·
Se deberá indicar
en el documento la calidad en la que se empleó al prestador (Honorarios,
contrata, planta, compras de servicio, etc.)
·
Periodo (tiempo:
mes/año) en el que el profesional prestó los servicios.
·
Indicar
que se realizó procedimientos de angioplastia.
·
En caso de ser certificado
emitido por el empleador, el documento deberá también:
o Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que
acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que
se empleó al prestador (Honorarios, contrata, planta, compras de servicio,
etc.)
Para la
acreditación de la experiencia a través de certificados emitidos por el empleador,
se adjunta el Anexo 3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia
que cumple con las exigencias establecidas en las presentes bases
administrativas. Su uso no es obligatorio, pudiendo el oferente
presentar certificados propios, siempre que contengan información mínima,
descrita anteriormente.
La ponderación de la nota será la que
resulte de aplicar el 20% al puntaje obtenido, de acuerdo a la siguiente tabla:
|
Experiencia de los médicos
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 48 meses, previos a la
publicación de las bases.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 42 meses y menor a 48
meses, previos a la publicación de las bases.
|
80
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 36 meses y menor a 42
meses, previos a la publicación de las bases.
|
70
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 30 meses y menor a 36
meses, previos a la publicación de las bases.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 24 meses y menor a 30
meses, previos a la publicación de las bases.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 12 meses y menor a 24
meses, previos a la publicación de las bases.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es igual o mayor a 6 meses y menor a 12 meses,
previos a la publicación de las bases.
|
10
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los médicos mencionados en el Formulario
N°4, realizando procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, es menor a 6 meses, previos a la publicación
de las bases.
|
5
|
|
Sí no informa o no acredita experiencia de los médicos realizando procedimientos
de Angioplastía instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
Para efectos de evaluación, se considerará
el total de meses que los médicos mencionados en el Formulario N°4 acrediten
experiencia en procedimientos de Angioplastía instituciones públicas o privadas
del área de la salud, cuya suma se
promediará por todos ellos. Lo que resulte de lo anterior, se llevará a la
tabla de evaluación.
El Hospital Higueras
podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos correspondientes.
Si los documentos no
contienen la información antes indicada, éstos podrán ser desestimados y no ser
considerados en la evaluación del criterio de experiencia, procediéndose a evaluar
sólo los certificados acompañados correctamente.
Si no se acompañan los
antecedentes que acrediten la experiencia en procedimientos de Angioplastía instituciones públicas o privadas del
área de la salud, dentro del
plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo
primero contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, el
oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Experiencia del
Equipo no Médico (15%)
Para
la aplicación de este criterio, se realizará la asignación de puntaje, tomando
como base los documentos acompañados en su oferta.
La experiencia en procedimientos de Angioplastía en instituciones
públicas o privadas del área de la salud deberá ser acreditada mediante certificados, emitidos por el empleador
a través de alguna jefatura o representante legal de dicha institución, copias
de contratos, ID de licitaciones adjudicadas, órdenes de compra de licitaciones
y/o tratos directos. La información mínima que debe contener es:
Para la
acreditación de la experiencia a través de certificados emitidos por el
empleador, se adjunta el Anexo N°3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia
que cumple con las exigencias establecidas en las presentes bases
administrativas. Su uso no es obligatorio, pudiendo el oferente
presentar certificados propios, siempre que contengan la siguiente información
mínima:
·
Razón social de la clínica/hospital donde
el profesional o técnico evaluado prestó los servicios.
·
Identificación en
el citado documento del prestador participante.
·
Periodo (tiempo:
mes/año) en el que el profesional o técnico prestó los servicios.
·
Indicar
que participó en procedimientos de angioplastia.
·
En caso de ser
certificado emitido por el empleador, el documento deberá también:
o Ser firmado únicamente por el empleador, a través de alguna
jefatura o representante legal de dicha institución. El referido documento debe
indicar nombre, cargo y firma del responsable de la entidad que
acredita los servicios.
o
Indicar en el documento la calidad en la que
se empleó al prestador (Honorarios, contrata, planta, compras de servicio,
etc.)
Para la
acreditación de la experiencia a través de certificados emitidos por el
empleador, se adjunta el Anexo 3 “Certificado de Experiencia Laboral”, el cual constituye un modelo de referencia
que cumple con las exigencias establecidas en las presentes bases
administrativas. Su uso no es obligatorio, pudiendo el oferente presentar
certificados propios, siempre que contengan información mínima, descrita
anteriormente.
La ponderación de la nota será la que resulte de
aplicar el 15% al puntaje obtenido, de acuerdo a la siguiente tabla:
|
Experiencia de los profesionales y
técnicos
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
igual o mayor a 48 meses, previos a la publicación de las bases.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
igual o mayor a 42 meses y menor a 48 meses, previos a la publicación de las
bases.
|
80
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
igual o mayor a 36 meses y menor a 42 meses, previos a la publicación de las
bases.
|
70
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
igual o mayor a 30 meses y menor a 36 meses, previos a la publicación de las
bases.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
igual o mayor a 24 meses y menor a 30 meses, previos a la publicación de las
bases.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
igual o mayor a 12 meses y menor a 24 meses, previos a la publicación de las
bases.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS mencionados
en el Formulario N°4, participando en procedimientos de Angioplastía
instituciones públicas o privadas del área de la salud, es igual o mayor a 6
meses y menor a 12 meses, previos a la publicación de las bases.
|
10
|
|
Sí el promedio de la experiencia de los enfermeros/as y TENS
mencionados en el Formulario N°4, participando en procedimientos de
Angioplastía en instituciones públicas o privadas del área de la salud, es
menor a 6 meses, previos a la publicación de las bases.
|
5
|
|
Sí no informa o no acredita experiencia de los enfermeros/as y TENS,
participando en procedimientos de Angioplastía procedimientos de Angioplastía
en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
Para efectos de evaluación, se considerará
el total de meses que los
enfermeros/as y técnicos en enfermería de nivel superior mencionados en el Formulario N°4 acrediten
experiencia en procedimientos de Angioplastía en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, cuya
suma se promediará por todos ellos. Lo que resulte de lo anterior, se llevará a
la tabla de evaluación.
El Hospital Higueras
podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos correspondientes.
Si los documentos no
contienen la información antes indicada, éstos podrán ser desestimados y no ser
considerados en la evaluación del criterio de experiencia, procediéndose a
evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si no se acompañan los
antecedentes que acrediten la experiencia en procedimientos de Angioplastía instituciones públicas o privadas del
área de la salud, dentro del
plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo
primero contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, el
oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Cumplimiento en la
Presentación de Antecedentes (3%)
Si el oferente ingresa al Portal Mercado Público tanto el Formulario N°1
y N°2 solicitados en punto 11.1 de “Presentación Ofertas” de las presentes
Bases Administrativas, a más tardar el día y hora de cierre de recepción de
ofertas de la presente licitación pública, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si un oferente omite uno o más de los Formularios antes mencionados o
alguno de éstos tiene error de forma, la comisión de evaluación solicitará a
través del Portal (foro inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la
corrección de éstos, dando un plazo de 24 horas desde que se
realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección de
Compras, para subsanar, pudiendo optar a una nota 1 (uno).
En caso que el
oferente no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía foro inverso y éste no
ingrese o no subsane error de forma, en relación al Formulario N°1 y/o
Formulario N°2, la oferta será declarada inadmisible, ya que el oferente no
cumple con los requerimientos establecidos en las Bases Administrativas, por lo
que su oferta no pasará a la siguiente etapa de evaluación.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 3% al
puntaje obtenido de acuerdo a la siguiente tabla:
|
Cumplimiento en la Presentación de
Antecedentes
|
Puntaje
|
|
Ingresa Formulario N°1 y N°2, a más tardar el día y hora de cierre de
recepción de las ofertas, esto es el día trigésimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas.
|
100
|
|
Ingresa documentos omitidos o subsana errores de forma dentro del
nuevo plazo.
|
1
|
|
No ingresa Formulario N°1 y/o N°2, o no subsana errores de forma de
éste, dentro del nuevo plazo otorgado (foro inverso)
|
Oferta Inadmisible
|
Cumplimiento Programa de
Integridad (2%)
El programa de integridad
de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o
herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a
determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo
una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Para la aplicación de
este criterio, se tomará como base la documentación presentada por el oferente
a través de su propuesta, que respalda la existencia de programa/s de
integridad en su empresa.
|
Cumplimiento
Programa de Integridad
|
Puntaje
|
|
|
|
El oferente, cuenta con programa de integridad y difusión a su
personal.
|
100
|
|
|
Si no adjunta Formulario N°3 no completa
o no acredita lo solicitado en este criterio.
|
1
|
|
El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y
acreditar, además, la difusión del mismo a su personal; para esto último, podrá
presentar copia de correo corporativo de difusión, copia de participación de
los trabajadores en charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que
permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no
contienen la información necesaria para acreditar que cuenta con programas de
integridad y fueron difundidos a su personal, serán desestimados y no serán
considerados en la evaluación del criterio de “cumplimiento programa de
integridad”.
Si no se acompañan los documentos dentro del plazo
establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado
desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, así también, si los
antecedentes tienen fecha posterior a la publicación de las presentes bases, el
oferente obtendrá un punto en este criterio.
IV. ADJUDICACIÓN Y CONTRATO.
a)
Jefe del Área de
Finanzas o quien lo subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria”.
b) Posteriormente, la Unidad Técnica procederá a la
elaboración de la resolución de adjudicación.
c) Jefe Superior de la Institución mediante resolución
administrativa procederá a adjudicar o desestimar la propuesta de acuerdo con
lo propuesto por la Comisión de apertura y evaluación. Así como también, tendrá la facultad de dejar
sin efecto todo el proceso, cuando existan errores, vacíos o incongruencias en
las bases administrativas.
d)
En
el caso que la Directora del establecimiento decida acogerse a la
excepcionalidad contenida en el artículo 35° quáter de la ley N° 21.634/11-12-2023,
deberá emitir resolución fundada en los términos del artículo respectivo,
justificando su decisión y detallando procedimientos internos de aplicación si
así procede.
e)
Tramitada la
resolución de adjudicación, se subirán al Portal los siguientes documentos:
· Informe de Apertura y Evaluación.
· Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
·
Resolución de
Adjudicación.
· Declaración jurada de
conflictos de interés de los miembros de la comisión evaluadora.
f)
La adjudicación
será publicada en el portal Mercado Público, entendiéndose notificada al
adjudicatario y al resto de los oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha
publicación, de acuerdo al artículo N°9 del Reglamento de la Ley N°19.886.
g)
Una vez notificado,
el oferente adjudicado deberá hacer llegar la garantía de fiel cumplimiento de
contrato, y la documentación exigida en el punto 24 de las bases, esto, a más a
tardar en el plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere
notificado de la Adjudicación.
h)
Recibida la documentación anteriormente señalada, se remitirán los
antecedentes al encargado de contrato para la redacción del respectivo
“contrato” y “resolución aprobatoria del mismo”.
i)
El hospital se
reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten
ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar
desierta la licitación, se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y
será publicada en www.mercadopublico.cl.
j)
Una vez que entre
en vigencia los servicios, la validación y solicitud de documento de cobro de
las prestaciones efectivamente ejecutadas, será de responsabilidad del Área de
Gestión Documental.
El Hospital Las Higueras podrá aplazar hasta en 10 días corridos la fecha
de adjudicación señalada en el Portal en los siguientes casos:
·
Cuando no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación
establecido en las presentes Bases Administrativas.
·
Cuando se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más
tiempo para el estudio de estas.
·
Cuando se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado
Público.
·
Cuando la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras
al momento de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo
o técnico.
Todo lo anterior será debidamente
informado en el portal, a todos los oferentes, mediante tramitación del acto administrativo
que dé cuenta de la postergación de la fecha de adjudicación.
Se deja constancia que, ante consultas sobre el proceso de adjudicación,
éstas podrán efectuarse a través del Sistema de Información, identificando el ID
de licitación, dentro de un plazo de 48 horas, desde que haya sido adjudicada la
licitación, las cuales serán respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo
para consultas indicado anteriormente, no se dará lugar a las respuestas.
En el caso que se formulen consultas, sus respuestas serán publicadas en
la plataforma del Portal Mercado Público.
El Hospital podrá readjudicar la licitación en los siguientes casos:
·
Si el adjudicatario
desiste de su oferta.
·
Si no presenta
garantía Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de 15 días corridos, contados
desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación.
·
Cuando el
adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el punto 24 de las
bases administrativas, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de
notificación de la Resolución de Adjudicación.
·
Si no concurre a la
firma del contrato dentro de los 45 días corridos, contados desde la
notificación de la Resolución de Adjudicación a través del portal mercado
público.
En caso de que no sea posible la readjudicación por no contar con una segunda
oferta evaluada, u otra causa, se procederá a dejar sin efecto la resolución de
adjudicación y se levantará un nuevo llamado licitatorio.
El hospital podrá retrotraer
el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de evaluación
de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los interesados que hubieren participado en el procedimiento
la interposición de los recursos, mediante la publicación en la Plataforma de Mercado
Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación, los cuales de acuerdo
con el principio de impugnabilidad previsto en los artículos 9° de la Ley N°18.575
y 15° inciso primero de la Ley N°19.880, podrán reclamar de esa determinación por
la vía administrativa mediante los recursos
regulados en el último texto legal, teniendo
un plazo de cinco días para que aleguen cuanto consideren procedente en defensa
de sus intereses.
Ya retrotraído el proceso,
se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación,
para continuar con el proceso de adjudicación.
En caso de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores,
vicios u omisiones se revocará la propuesta, con resolución fundada, se revisará
el requerimiento y se levantará un nuevo llamado licitatorio.
Con el fin de garantizar el fiel cumplimiento del contrato el Hospital
Las Higueras exigirá la entrega de una garantía con los términos
señalados en el siguiente recuadro.
La referida garantía, deberá ser recepcionada por el hospital, dentro
de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la
Resolución de Adjudicación. Deberán entregarse en sobre cerrado y
caratulado con el ID, nombre del oferente adjudicado y nombre de la propuesta a
que se refiere en la Oficina de Partes del Hospital Las Higueras ubicada en el
primer piso del edificio administrativo, en Avenida Alto Horno N°777, Las
Higueras Talcahuano. Su horario de atención, en días hábiles, de lunes a
viernes de 08:30 a 15:00 horas, horario continuado.
La no presentación oportuna de esta garantía facultará al Hospital para
readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado.
|
Tipo de documento
|
Con el fin de
garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el Hospital Las
Higueras exigirá la entrega de cualquier documento que asegure el pago de la
garantía de manera rápida y efectiva, tomada a nombre del Hospital Las
Higueras y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 121 del
Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda (pagadera a la vista y de
carácter irrevocable). En los casos en que se otorgue la garantía de manera
electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre
Documentos Electrónicos, Firmas Electrónica y Servicios de Certificación de
dicha firma.
|
|
Solución de Conflictos
|
La Garantía contratada no
podrá contener cláusulas de arbitraje para la resolución de conflictos
entre las partes y la entidad aseguradora.
|
|
Beneficiario
|
Hospital Las Higueras.
|
|
Rut del Beneficiario
|
61.607.202-1
|
|
Pagadera
|
A la vista y de
carácter irrevocable.
|
|
Vigencia
|
Tendrá una vigencia de
a lo menos 120 días corridos desde el término del respectivo contrato.
|
|
Tipo de moneda
|
Pesos Chilenos/UF
(Unidad de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en pesos chilenos,
al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
|
|
Monto
|
Será por el 5%
del monto neto adjudicado.
|
|
Glosa
|
Para garantizar fiel y
oportuno cumplimiento de la propuesta “Contratación
de Servicios para realizar Procedimientos de Angioplastia para el Hospital
Las Higueras”.
|
|
Devolución
|
Cumplido íntegramente el contrato y el plazo de vigencia de la
garantía, a satisfacción del Hospital, la garantía será devuelta al
adjudicado vía correo certificado al domicilio indicado por éste en los
antecedentes de la propuesta, sin perjuicio de devolverla directamente en el
caso de que lo solicite.
En el caso de
renovación o modificación del contrato la garantía deberá ser reemplazada por
otra de acuerdo con nuevo monto y su vigencia deberá extenderse al nuevo
plazo contractual más los 120 días exigidos.
|
Con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrán
hacer efectivas, en su caso, las multas y sanciones que se establecen en las
presentes Bases Administrativas, garantía que asegurará, además el cumplimiento
de las obligaciones laborales y sociales del oferente adjudicado para con sus
trabajadores.
Todo lo anterior se hará efectivo ipso facto de pleno derecho y sin
necesidad de declaración judicial alguna, en caso de ocurrencia de algunos de
los hechos señalados anteriormente.
En el evento de haberse hecho efectivas las multas que no dan lugar al
término anticipado del convenio, según punto 30 “sanciones y multas”, el contratado
deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato dentro de 15 días corridos, a contar de la notificación de la
resolución que aplica la multa, en portal Mercado Público. En dicho contexto,
en el caso de sustituirse la garantía referida precedentemente, el monto de la
nueva caución corresponderá al 5% del saldo insoluto del contrato a la época en
que se efectúe el reemplazo, como lo exige el inciso cuarto del artículo 121
del Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Se celebrará un contrato de servicios para realizar
procedimientos de angioplastia para el hospital las higueras, el que se
formalizará dentro de un plazo de 45 días corridos, a
contar de la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación al oferente
adjudicado. El contrato entrará en vigencia una vez formalizado, salvo alguna
disposición especial indicada en el mismo contrato.
En caso de que la Orden de Compra no haya sido
aceptada, la entidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente
rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
Una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario
deberá hacer llegar, en un plazo no superior a 15 días corridos, contados desde
la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación a través del Portal
Mercado Público, la correspondiente garantía de fiel y oportuno cumplimiento de
contrato, por el 5% del valor neto adjudicado, la cual deberá tener un
vencimiento mínimo superior a 120 días, a la fecha de término del contrato.
Dentro del mismo plazo el oferente deberá hacer llegar la documentación exigida
para la redacción del contrato de la compra de servicios.
Recibida la garantía y la documentación requerida,
que más adelante se detalla, se procederá a la redacción del contrato de la
compra de servicios. Su contenido deberá ajustarse a lo establecido en el
artículo 118 del Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda. Dicho
contrato deberá firmarse dentro del plazo de 45 días, contado desde la
notificación vía portal mercado público de la Resolución de Adjudicación al
oferente.
Los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación pública y del respectivo contrato de compra de servicios,
serán intransferibles.
Para todos los efectos de esta licitación, el
adjudicatario fijará su domicilio en la comuna de Talcahuano.
El adjudicatario debe presentar a más a tardar en
el plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado
de la Resolución de Adjudicación, la siguiente documentación para la redacción
del contrato:
PERSONA NATURAL:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento
laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y
previsionales respecto de sus trabajadores.
En el evento que
el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos
laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no
podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo
afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.796 del 2025,
sobre presupuesto del año 2026.
·
Declaración Jurada
de Inhabilidad para contratar con el Estado.
·
Declaración Jurada
simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211,
de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada
de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo VII
de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración
jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso
sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
PERSONA JURÍDICA.
·
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
·
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad
del Representante Legal.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Copia autorizada de la escritura social.
·
Certificado de Vigencia, modificación y
poderes de la Sociedad de una antigüedad no superior a 30 días en relación a la
fecha de presentación de sus ofertas.
·
Copia de inscripción del extracto en el
registro de comercio.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento
laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y
previsionales respecto de sus trabajadores.
En el evento que el adjudicado se encuentre
incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de
remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar
con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme
al artículo 6° de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
·
Declaración Jurada
simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada
simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26
del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada
de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo VII
de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración
jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso
sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
PERSONA JURÍDICA
CONSTITUIDA EN SISTEMA SIMPLIFICADO LEY N°20.659:
·
Fotocopia
Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
·
Certificado de
Estatuto Actualizado, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Fotocopia de
Iniciación de Actividades en SII.
·
Certificado de
Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Certificado de
Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Formulario F30-1
certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30 certificado
de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores.
·
Declaración Jurada
simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada simple que indique No
encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la
Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto
ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada
de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo VII
de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración
jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso
sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
UNION TEMPORAL DE
PROVEEDORES (UTP):
·
Escritura pública
donde conste la Unión Temporal.
·
Los demás
antecedentes requeridos precedentemente respecto de cada uno de los proponentes
que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
Lo anterior, salvo si los antecedentes exigidos se encuentren acreditados
en Chile proveedores.
Una vez recepcionado conforme estos documentos, se emitirá la orden de
compra global.
El adjudicado deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes
que conozca con motivo de la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados
por el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera,
bajo ninguna circunstancia el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio,
revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar,
alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información,
ya sea tanto durante la vigencia del contrato como después de su término, salvo
autorización expresa del Hospital, otorgada a través de su Director.
Esta prohibición afecta al adjudicado y a su personal, y su responsabilidad
será solidaria, incluso después del término de contrato. El adjudicado sólo podrá
copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a los
servicios contratados.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá
término anticipado al contrato de prestación de servicios celebrado con el contratado,
pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato,
conforme a lo dispuesto en las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las
acciones legales correspondientes.
Se tomará como prefacturación el
Anexo 2, formato adjunto a las presentes bases
administrativas, indicando, a lo menos: Fecha de la prestación, Código y
nombre de la intervención, hora de inicio y término del procedimiento, Nombre y Rut del paciente, datos del equipo médico
y no médico que participa en la intervención. Considerando que estas
prestaciones no son pagadas por hora, su control de inicio y término se
realizará a través del sistema informático de registro de control de
pabellón vigente al momento de realizar la prestación.
Para cumplir con los
tiempos de revisión señalados en el procedimiento administrativo interno
y pago oportuno, el adjudicado deberá entregar la pre factura con los procedimientos
de Angioplastía realizados, de preferencia, el primer día hábil del mes
siguiente de realizado los servicios.
Serán obligaciones del adjudicado
y de las distintas unidades las siguientes:
· EL ADJUDICADO
Ø El prestador deberá ACEPTAR la orden de compra global dentro de
24 horas siguientes a la notificación de ésta a través del portal
www.mercadopublico.cl En caso contrario, se entenderá aceptada si no es
rechazada dentro del mismo plazo señalado anteriormente.
ü De preferencia, el primer día hábil siguiente del mes en que se
ejecutaron las prestaciones, deberá entregar en la secretaría de la Subdirección de Gestión
Clínica, la prefactura “firmada”
con el detalle de todos los procedimientos de Angioplastía, ejecutados en el
mes a cobrar, según anexo 2. También deberá adjuntar
algún documento que acredite pago de los prestadores que realizaron los turnos
en base al último pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta
licitación, siempre y cuando al momento de la rendición existan pagos asociados
a esta licitación. Esto, como comprobante de pago de los servicios realizado
por cada uno de sus prestadores.
Ø Será de responsabilidad del adjudicado llevar el control de los
servicios prestados, en el sentido de no superar el presupuesto adjudicado.
Documento
de Cobro.
Una vez que los servicios sean validados y
cumpla con todos los procesos administrativos necesarios para dar curso al
pago, deberá emitir documento de cobro, al cual deberá adjuntar todos los
antecedentes solicitados por el área de Gestión Documental.
El adjudicado deberá adjuntar, además,
algún documento que acredite pago de los prestadores que realizaron los turnos
en base al último pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta
licitación, siempre y cuando al momento de la rendición existan pagos asociados
a esta licitación. Esto, como comprobante de pago de los servicios realizado
por cada uno de sus prestadores.
El contratado (a) o sus prestadores de
servicio deberán cotizar conforme a la Ley N°21.133, no obstante, a ello,
mantendrán voluntariamente su cotización para efectos de salud, por el monto
total de sus rentas. Además, los contratados eximidos, de conformidad a la
misma ley, deberán contar con seguro de accidentes laborales y enfermedades
profesionales.
El
contratado (a) o sus prestadores de servicio deberán cotizar conforme a la Ley
N°21.133, no obstante, a ello, mantendrán voluntariamente su cotización para
efectos de salud, por el monto total de sus rentas. Además, los contratados
eximidos, de conformidad a la misma ley, deberán contar con seguro de
accidentes laborales y enfermedades profesionales.
·
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CLÍNICA.
Será responsabilidad del Subdirector
de Gestión Clínica,
o quien le subrogue, reemplace o designe llevar el
control de las intervenciones realizadas por el adjudicado en los
pabellones del hospital y “resguardar” las medidas de verificación de
estas prestaciones, el cumplimiento de sus obligaciones durante los
procedimientos ejecutados en el pabellón.
Una vez recibida la pre factura (anexo 2)
con el detalle de los procedimientos realizaros, deberá cotejar:
Ø Que la
prefactura coincida con los procedimientos efectivamente ejecutados.
Ø Que Anexo
2 contenga en sus celdas, la información
requerida.
Ø Otorgar visto bueno en el
Anexo 2 para acreditar la veracidad de la información.
Ø En los casos de existir
reparos, deberá subsanar directamente con el adjudicado.
Ø En caso de que el oferente sea un funcionario del
establecimiento y el procedimiento comience fuera del horario institucional,
prologándose al horario funcionario, verificar que el medico de cumplimiento a
la respectiva devolución de horas durante la misma semana o la siguiente.
Ø Una vez validadas las
intervenciones, remitirá los antecedentes al Área de Gestión Documental,
mediante documento conductor, en el cual deberá señalar al menos, la siguiente
información:
§ Mes en que se ejecutaron
las cirugías.
§ Número de ID de
licitación.
§ Certificar el
cumplimiento de los procedimientos ejecutados en el mes.
§
Adjuntar pre-factura según Anexo 2, con el detalle de los procedimientos
ejecutados.
· ÁREA DE GESTIÓN DOCUMENTAL.
Con la documentación
validada por el Subdirector de Gestión Clínica, será responsable de cotejar:
Ø Revisar y controlar que las prestaciones señaladas en el anexo 2 sean
coincidente con las
ingresadas en el Sistema informático de registro de control vigente al momento de realizar la prestación.
Ø Revisar que los procedimientos se hayan prestado en el horario indicado en el punto
N°29 de las presentes bases.
Ø Cuando la prestación sea realizada a un paciente Isapre, Capredena,
Dipreca u otra previsión que no sea Fonasa o Prais, se cargará la prestación a
esta licitación, debiendo esta área informar a la Unidad de Recaudación al
correo electrónico de esa Unidad, que será indicado en la resolución de
adjudicación, para su revisión correspondiente.
Ø Verificar que el equipo que realiza el procedimiento sean los informados
por el adjudicado a través de Formulario N°4
o se hayan incorporado previamente a través de solicitud de incorporación,
según lo indicado en el punto N°4.
Ø Verificar, que
durante los procedimientos en las cuales participase el prestador, este no se
encontrase realizando turnos originado por la contratación de otra compra de
servicio de este establecimiento. De evidenciarse esta situación, deberá ser
informado por la Jefe de Área de Gestión Documental, y no se procederá al pago
de la prestación indicada, conforme a lo establecido al punto 30 de las
presentes bases.
Ø Identificar al prestador de servicio involucrado en la
compra de servicios y revisar que haya prestado sus servicios; además, velar
porque el prestador de servicio que realiza la prestación, no se encuentre inhabilitado por
alguna de las causales de inhabilidad prevista en el artículo 56° de la Ley N°19.653,
o por alguna de las causales contempladas en la normativa, que lo imposibilite
para contratar con la administración del Estado, sea a honorarios a Suma Alzada
y/o por Compras de Servicios, esto, en relación al incumplimiento al programa
de formación y del periodo asistencial obligatorio (PAO); y/o si es Jefe de
Servicio del establecimiento; o, aun cuando no sea jefe de servicio, si en la
medida que los obliga a no desempeñar otra función remunerada; o por alguna
inhabilidad contemplada en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificada
21.634, articulo N°35 quáter, esto, durante toda la vigencia del contrato,
incluyendo la apertura y evaluación de la propuesta, a menos que exista
alguna circunstancia excepcional, respaldado por un Informe fundado que
autorice su participación bajo la modalidad de compra de servicios.
Ø En caso de que el staff de prestadores adjudicado cuente con prestadores
que mantuviesen contrato vigente con el hospital y el procedimiento, sea ejecutado fuera del horario institucional
pero dentro de la jornada laboral del médico funcionario del hospital, controlar la devolución de hora de los prestadores bajo esta condición,
pagando la prestación siguiendo el procedimiento que se indica en el punto 4 de las presentes bases que dice “PROCEDIMIENTO DE PAGO Y DEVOLUCIÓN DE HORAS”.
ü Lo anterior, es aplicable solo para aquellos prestadores del staff que
mantuviesen un contrato vigente con el hospital y tengan topes de horarios en
su participación, por lo que no invalida el pago a aquellos prestadores que no
son funcionarios del establecimiento.
Ø De existir reparos subsanables, deberá comunicarse directamente con el adjudicado
o con entidades validadoras de
Hospital Las Higueras, según corresponda.
Ø Cuando El anexo 2, previamente firmado por Adjudicado y
Supervisor del Contrato, presente errores de tipeo en alguna de las
columnas, Gestión Documental como ultimo validador corregirá y enviará vía
correo electrónico al Adjudicado y Supervisor del Contrato nómina final previamente
corregida, para su conocimiento y visto bueno; de igual forma, podrá también
informar de alguna prestación indicada en el anexo, que no haya pasado el
proceso de validación. Por lo anterior, el Supervisor del Contrato y el
Adjudicado, por la misma vía, deberá otorgar su visto bueno a la nómina final,
que servirá de respaldo para pasar expediente a contabilidad para su pago.
Ø En caso de que no existan
reparos, procederá a realizar el cálculo de las prestaciones a pagar, de
acuerdo con la cantidad de turnos validados y el valor hora adjudicado,
adjuntará la orden de compra del portal mercado público y solicitará al
adjudicado el respectivo documento de cobro, el cual deberá adjuntar algún
documento que acredite el pago a los prestadores que realizaron los turnos,
anteriores al mes de la prestación que se está cobrando, siempre y cuando al
momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación. Esto, como
comprobante de pago de los servicios realizados por cada uno de ellos, Formulario F30 Certificado de antecedentes laborales y
previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y
previsional
y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la ley
N°16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél que se solicita el
cobro. No presentarlos, facultará al Área de Gestión Documental, rechazar
la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos.
Lo anterior, no se solicitará en caso de
que el adjudicado entregue dentro de sus documentos requeridos para contratar,
una Declaración Simple expresando no contar con trabajadores contratados
por el código del Trabajo.
Ø
Cuando durante el procedimiento quirúrgico, se realice una intervención
quirúrgica adicional; distinta a la que se estipule en las presentes bases, se
deberá realizar el pago, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta
N°50/2009, que establece normas técnico administrativas para la aplicación del
arancel del régimen de prestaciones de salud del libro II del DFL N°1 de 2005,
del Ministerio de salud, en modalidad de atención Institucional.
No se pagará la prestación:
ü Cuando se compruebe que el prestador que participó de las intervenciones
quirúrgicas participó simultáneamente en la realización de turnos a través
de compras de servicios, Esta disposición aplica únicamente a las
intervenciones quirúrgicas que coincidan en horario con la realización de
turnos mediante compras de servicios.
ü Cuando el prestador de servicio que
participa en la prestación con cargo a esta licitación no figura en Formulario N°4
y/o, antes de realizar la prestación, no solicite al Supervisor del Contrato la
autorización de su incorporación, esto, a través de la solicitud de incorporación
adjunto en las presentes bases.
Con
el documento de cobro correctamente emitido y la documentación de respaldo, se
procederá a realizar la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior
envío del expediente a la Unidad de Contabilidad.
La Unidad de Insumos No Clínicos, realizará
la recepción conforme a través de la plataforma de mercado público.
· CONTABILIDAD.
Al momento de recibir el expediente, deberá:
Ø Revisar que la boleta o factura, adjunte la nómina
de los “turnos” ejecutados y sus respectivas validaciones; orden de compra de
Portal Mercado Público y Recepción en sistema ABEX.
Ø En los casos de revelar algún error en el
expediente, deberá regularizar con la unidad correspondiente.
Ø Revisar que las prestaciones coincidan con el valor
adjudicado (orden de compra versus facturación y nómina de respaldo).
Ø Además, deberá revisar que se adjunte a documento
de cobro:
Documentación de antecedentes laborales y previsionales y certificado de
afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo
y Enfermedades Profesionales, a menos que certifique a través de una
Declaración Simple no contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo, cuando corresponda.
Documento que acredite el pago a los prestadores que realizaron los
turnos, anteriores al mes de la prestación que se está cobrando, siempre y
cuando al momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación.
Esto, como comprobante de pago de los servicios realizados por cada uno de ellos.
Para el caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que
subsanaron observación, se debe seguir el mismo procedimiento indicado
anteriormente.
Este procedimiento administrativo interno, podrá ser modificado, de
acuerdo con las necesidades y contingencias del establecimiento, lo cual, se
formalizará a través de resolución exenta que lo apruebe.
Deberá emitir la factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1,
Dirección: Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras, Talcahuano, indicando claramente
en su glosa lo siguiente:
·
N°de la
orden de compra.
·
Detalle
y período del servicio otorgado
Ø Todo Documento Tributario
Electrónico emitido, debe hacer referencia a la orden de compra asociada y generada
en mercado público, en el campo 801 destinada para ello.
Ø El Documento Tributario
Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no mayor a 48 horas a la casilla
de correo dipresrecepcion@custodium.com
Ø Las facturas deben tener
como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo anterior, se procederá al rechazo del documento, a través
de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos.
Pago:
El pago se realizará por transferencia electrónica, por mes vencido, dentro de 30 días corridos, contados desde
la fecha en que el documento de pago es aceptado, de acuerdo a lo estipulado en
la Ley de Presupuesto N°21.796 de
2025 para el sector público correspondiente al año 2026, Partida 16 del Ministerio
de Salud Glosa 02 letra e) “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud
deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la
fecha en que la factura es aceptada”.
De acuerdo con instructivo del Ministerio de Hacienda, los pagos serán realizados
por la Tesorería General de la República.
Los proveedores, podrán consultar sus pagos en la página del banco estado,
para lo cual deben realizar lo siguiente:
1. Entrar al sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con los últimos 4 dígitos del RUT sin el dígito
verificador.
3. Para consultas o inconvenientes deben dirigirse a:
soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores que no tengan registrados sus datos
para transferencia en nuestra base de datos lo pueden realizar enviando un correo
electrónico a cheryl.moreno@redsalud.gob.cl
Los servicios serán prestados en los
pabellones quirúrgicos de Hemodinamia de Hospital Las Higueras, cuarto piso de la segunda etapa del edificio de las
unidades de apoyo del hospital, en Avenida Alto Horno Nº777 Las Higueras
Talcahuano, en los siguientes horarios:
·
Lunes a jueves, de
00:01 horas a 07:59 horas y de 17:01 horas a 24:00 horas
·
Viernes de 00:01
horas a 07:59 horas y de 16:01 horas a 24:00 horas
·
Sábado, domingo y
festivo de 00:01 horas a 24:00 horas
El tiempo de
respuesta, por parte del contratante, para prestar los servicios licitados “por llamado de urgencia”, no podrá exceder 2 horas, desde que sean requeridos sus
servicios.
En caso de que el adjudicado no de cumplimiento al contrato de prestación de servicios
respectivo o, si lo cumple en forma deficiente o tardía (en lo que dice relación
con la prestación ininterrumpida de los servicios) el Hospital Las Higueras de Talcahuano
cobrará una multa. Consecuentemente, la multa corresponderá a la sanción que se
aplica por incumplimiento del contrato de prestación de servicios, que no constituya
causal de término de este, lo que se determinará de acuerdo con la gravedad de la
infracción.
Según lo dispuesto en las
Bases Administrativas y detalles entregados en su oferta, el Hospital Las Higueras
cobrará una multa, en U.F., equivalente en pesos del día que se originó la infracción,
esto, en los siguientes casos:
·
Multa de 2 U.F cuando alguno de los prestadores no se presente
para realizar los servicios contratados, sin previa notificación. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por el Subdirector
de Gestión Clínica, o quienes le subroguen o reemplacen.
· Multa
de 2 U.F.,
cuando alguno
de los prestadores presentado por el adjudicado es funcionario del establecimiento
y no realice la devolución de tiempo, dentro del plazo
establecido en el procedimiento indicado en el punto 4 de las bases. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la jefe del Área de Gestión Documental,
o quien le subrogue o reemplace.
· Multa de 2
U.F Cuando el médico presentado por el adjudicado no cumpla con
los registros que se deban efectuar, formatos, protocolos y normas del
establecimiento, en los medios que éste disponga, de acuerdo con lo establecido
en el punto 4 de la presente resolución. Dicho incumplimiento deberá ser informado
por el Subdirector de Gestión Clínica, o quienes le
subroguen o reemplacen
En todo caso, el tope máximo de multas
aplicadas, no podrá exceder el 30% del valor del contrato, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 136 del decreto 661/2024.
No se pagará la prestación:
·
Cuando el prestador que ejecuta el servicio no figura
en el Formulario N°4 original y tampoco se haya solicitado previamente la
autorización al supervisor del contrato de la incorporación de un nuevo
integrante. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Jefe de
Área de Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace.
·
Cuando se compruebe que el prestador que participó de las
intervenciones quirúrgicas participó simultáneamente en la realización de
turnos a través de compras de servicios, Esta disposición aplica únicamente a
las intervenciones quirúrgicas que coincidan en horario con la realización de
turnos mediante compras de servicios. Dicho incumplimiento deberá ser
informado por la Jefe de Área Gestión Documental, o quien le subrogue o
reemplace.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR MULTAS.
El Subdirector de Gestión Clínica, o quienes le
subroguen o reemplacen, deberán informar los incumplimientos en la prestación
de los servicios por parte del proveedor adjudicado a la Jefa del Área de
Abastecimiento, quien derivará a la jefatura de la Unidad de Insumos No
Clínicos, o quien le subrogue o reemplace, con el fin de gestionar la
notificación de la multa correspondiente.
En el caso de acreditarse una infracción por parte
del adjudicado y que origine la aplicación de la multa correspondiente, el Área
de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor al correo electrónico
señalado en el formulario N°1, de conformidad con lo establecido en el artículo
N°140 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda, quien dispondrá de 5 días
hábiles para presentar sus descargos, a contar de la notificación, mediante un
escrito indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del
oferente y asunto “descargos, remitido a la casilla electrónica
claudia.maldonadof@redsalud.gob.cl.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus
descargos, se entenderá aceptada la sanción interpuesta. En caso de
presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital
disponga y/o el contratante haya aportado, al director del Establecimiento, o a
quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos contados
desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos,
total o parcialmente.
De acogerse los
descargos presentados por el adjudicado, disponiendo la no aplicación de la
multa, el adjudicado será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio
indicado en el contrato.
En el caso de
resolver aplicar la multa, se procederá a dictar la resolución respectiva que
resolverá la aplicación de ésta y su cuantía, el que será debidamente
notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el
adjudicado podrá deducir en contra de la resolución que dispone la aplicación
de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
ALTERNATIVAS PARA EL PAGO DE LA MULTA
Una vez que el proveedor sea notificado de la
aplicación de la multa, existen las siguientes alternativas para su pago:
a) Pago directo del
proveedor.
Una vez que el proveedor sea notificado de la
aplicación de multa, deberá realizar el pago directo de la misma.
El proveedor, tendrá un plazo de 10 días hábiles a
contar de la notificación de parte de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto
de Hospital Las Higueras de Talcahuano, para proceder a efectuar el depósito a
la cuenta corriente y datos indicados por el funcionario de la Unidad de
Contabilidad y Presupuesto de Hospital.
Una vez coordinado y recepcionado el depósito de
parte del proveedor, la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procede a
resguardar la información y realizar la contabilización correspondiente.
Si dentro de 10 días hábiles desde la notificación
de la aplicación de la multa, no ha realizado el pago de la sanción, el
funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procederá a realizar el
cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
b) Cobro de garantía.
El cobro de la garantía se hará efectivo cuando no
se realice la opción anterior, es decir, cuando el proveedor no opte por el
pago directo, siempre y cuando la garantía se encuentre vigente.
Para confirmar la aplicación de multas a los
proveedores, el encargado de atención de proveedores de la Unidad de
Contabilidad y Presupuesto será el responsable de dar aviso mediante correo
electrónico al contacto informado por el proveedor en el Formulario N°1, sobre
el cobro realizado, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la
notificación a través de panel documental de Oficina de Partes del Hospital Las
Higueras de Talcahuano.
El adjudicado no podrá, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente,
los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública,
en especial los establecidos en el contrato de prestación de servicios definitivo.
La infracción de esta prohibición dará derecho a la Dirección del Hospital Las Higueras
para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido
en el punto número 38 de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos
de los créditos, en favor del adjudicado, para el pago de los servicios contratados,
serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El adjudicado podrá concertar
con terceros la subcontratación parcial del contrato, cuyo porcentaje no podrá superar
el 30%, y siempre que el prestador se encuentre impedido de otorgar el servicio
y que se trate de prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa
autorización escrita de parte de la Dirección del Hospital, y sin perjuicio de que
la responsabilidad que se origine por el incumplimiento en la prestación de los
servicios subsistirá en el adjudicado. Sin embargo, no podrá subcontratar prestadores
sancionados con medidas disciplinarias de suspensión o destitución, por el período
en que se encuentra vigente la sanción.
Se establece, que el
responsable por incumplimientos o faltas siempre será el adjudicado.
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación,
en la interpretación, aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas
o Especificaciones Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del contrato
se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico en conjunto
con el Área de Abastecimiento presentarán
los antecedentes a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes
presentarán a la Directora un informe en derecho, el que será sometido a su consideración.
El contrato de prestación de los servicios podrá
iniciar su vigencia una vez sea formalizado, salvo alguna disposición especial
indicada en el mismo contrato, y tendrá una vigencia de 12 meses, siempre
que exista disponibilidad presupuestaria para los periodos vigentes a la fecha
de los respectivos pagos o en su defecto hasta agotar el presupuesto
adjudicado.
En el caso de que existiese presupuesto disponible
al término por plazo de la vigencia del contrato, se podrá realizar de mutuo
acuerdo con el proveedor adjudicado, la prórroga del mismo, en las mismas
condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado completamente.
El contrato podrá ser renovado previo acuerdo de
las partes, por un monto que en conjunto con el contrato original no exceda las
10.000 UTM, esto, por un período igual o menor a 12
meses, por una sola vez, en el evento de ser necesario para una adecuada
marcha del establecimiento, previa evaluación y resolución fundada de este y la
existencia de la disponibilidad presupuestaria para dicho período; en todo
caso, en las mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado
completamente.
Se establece que
en lo que concierne a la renovación, dicha facultad sólo es pertinente en la
medida que concurran los elementos que se detallan en el informe mencionado
precedentemente, pero en el entendido que el nuevo proceso licitatorio está en
curso o que la ampliación resulta necesaria para la instalación del nuevo
proveedor adjudicado.
En tal sentido,
el adjudicatario deberá caucionar su fiel cumplimiento en dicho periodo
mediante una garantía otorgada en los mismos términos previstos en el punto N°23 de las presentes bases administrativas.
Lo indicado en los puntos anteriores, siempre y
cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Convenio, mediante
informe técnico enviado al Área de Abastecimiento.
El contrato podrá modificarse durante su
vigencia, previo acuerdo entre el Hospital y el proveedor adjudicado, en caso
de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las
necesidades de la institución. Lo anterior, por motivos fundados del supervisor
del contrato.
La modificación, formará parte integrante
del respectivo contrato y no podrá alterar los elementos esenciales de la
contratación, descritas en el artículo 129 del Decreto 661 del Ministerio de
Hacienda, en cualquier caso, no podrá aumentarse el monto del contrato más allá
de un 30% del valor total del respectivo contrato.
La modificación del contrato, entrará en
vigencia una vez tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe, y
de corresponder, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de
fiel cumplimiento, que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución.
36. REFERENTE TECNICO.
Enfermera
Supervisora de la Unidad de Medicina vascular Integrada, o quien le subrogue o
reemplace, será responsable de:
ü Entregar las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios
para la elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas
por parte del licitante, durante la preparación de éstas.
ü Una vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas
técnicas presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
ü Una vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas
recibidas, en base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
ü Participar en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de
controversias, de acuerdo con el punto 33 de las Bases Administrativas.
El Subdirector de Gestión Clínica, o quien le subrogue o
reemplace, una vez
adjudicado el
servicio, será Supervisor y responsable del cumplimiento de los requerimientos
y disposiciones indicados en las Bases Administrativas y las condiciones
ofertadas por el adjudicado. Así también, y en paralelo con Jefe de Área Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace, será responsable de reportar al Área de
Abastecimiento en el caso de incumplimientos en la prestación de los
servicios por parte del adjudicado, para la aplicación de multas o término anticipado
del contrato, según corresponda.
Como Supervisor del Contrato, el Subdirector
de Gestión Clínica, o quien le subrogue o reemplace, será responsable de solicitar, con a lo menos cuatro meses de
anticipación la preparación de un nuevo proceso licitatorio, de ser necesario dar continuidad del
servicio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la
ley N°19.886, y el artículo 130 del Decreto 661 del año 2024 del Ministerio de
Hacienda, el Hospital pondrá término anticipado al contrato fundado en alguna
de las siguientes causales:
a)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado.
Se entenderá por incumplimiento grave lo siguiente:
·
La aplicación al adjudicado de 4 multas en un periodo de seis meses.
·
El incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en el
punto 25 de las presentes Bases Administrativas.
·
Subcontratación total.
·
Subcontratación parcial, sin autorización previa de la Directora.
·
Cuando el Prestador
que realiza el servicio, esté inhabilitado por alguna de las causales
contempladas en la normativa, de no asumir cargos en la administración del
Estado; esto, durante toda la vigencia del contrato.
·
En todos aquellos
casos en que el contratante supere los topes establecidos y la multa máxima a
aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto 30 Sanciones y
Multas, de las presente bases.
Procede también
término anticipado del contrato, a aquel oferente adjudicado que haya
participado bajo el artículo 180
y 181 del Decreto 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, según las siguientes causales:
·
La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores – UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre
competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes
pertinentes a Ia Fiscalía Nacional Económica.
·
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a
cualquiera de sus miembros.
·
inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que
la Unión Temporal de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el
contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
·
Si uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho
integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de
la oferta.
·
Disolución de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b)
En el
caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de
Delitos Económicos.
c)
En caso de que el contratado se le imponga la pena de inhabilitación
para contratar con el estado prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393,
sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595.
d)
Estado de notoria
insolvencia del adjudicado, a menos que
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para
garantizar el cumplimiento del contrato.
e)
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses.
f)
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad
ejecutora.
g)
Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos
y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en
especial, de los establecidos en el contrato definitivo, sin autorización del
hospital.
h)
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
i)
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En
caso de acreditarse incumplimiento del contrato de servicios, que origine el
término anticipado de contrato, el Área de Abastecimiento comunicará mediante
oficio al proveedor en el domicilio indicado en el contrato, quien tendrá un
plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la
notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes
del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio
administrativo, en Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la
propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido
este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptado el término
anticipado de contrato. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos
los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya aportado, a
la Directora del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un
plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de los descargos del
proveedor, para rechazarlos o acogerlos.
De
acoger o rechazar los descargos presentados por el contratante, éste será
debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En
el caso de resolver el término anticipado del contrato, se procederá a dictar
la resolución respectiva, el que será debidamente notificado a éste mediante su
publicación en el Portal Mercado Público.
Con
excepción de las causales contempladas en las letras h) e i), la resolución que
ponga término anticipado al contrato, dispondrá el cobro de la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento de contrato, sin necesidad de requerimiento ni acción
judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren
corresponder en contra del contratante, en el evento de que el perjuicio
originado sea mayor al valor de la garantía referida.
Sin
perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contratante podrá deducir en contra
de la resolución que ponga término anticipado al contrato de servicios, los
recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
Si el término
anticipado del contrato obedece a uno de los puntos consignados en las causales
de las letras h) e i), sólo, se dictará el acto administrativo respectivo que
dispondrá el término anticipado del contrato.
a.
El valor ofertado
en comprobante de la oferta del portal mercado público debe coincidir con el total de la oferta indicado a través de formulario N°5 “Oferta
Económica”, en caso de discrepancias,
prevalecerá lo señalado en el Formulario N°5.
b.
Los precios se
deberán cotizar en moneda nacional.
40. OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICADO
El adjudicado queda especialmente sujeto a las disposiciones
contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de éste, en
las relaciones que mantenga con sus trabajadores, en especial a las normas relativas
a Seguridad Social y a la normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento
del Hospital Higueras.
Otras obligaciones del Adjudicado:
a.
El adjudicado deberá dar cumplimiento a las obligaciones contractuales
y previsionales respecto a sus trabajadores.
b.
En la valorización de los servicios se deberá considerar los salarios, leyes
sociales, seguros, implementos de seguridad, transportes materiales, equipos y,
en general, todos los gastos inherentes a las características de los servicios a
prestar.
2º.
TÉNGASE presente que los documentos
singularizados en el numerando primero, esto es, Bases Administrativas, especificaciones
técnicas y Formularios, forman parte integrante de la presente Resolución, para
todos los efectos correspondientes. Los formularios son los siguientes:
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA REALIZAR PROCEDIMIENTOS DE ANGIOPLASTIA PARA EL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
PERSONA JURIDICA
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (RAZON
SOCIAL) :
2.- RUT. DEL OFERENTE (DE LA
EMPRESA) :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- DIRECCION REPR. LEGAL :
8.- FONO REPR. LEGAL :
9.- RUT. REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante
legal
Talcahuano,
__________________________, 2026
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (Nombre
y apellidos) :
2.- RUT (Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION U OFICIO :
5.- DIRECCION :
6.- FONO :
7.- CORREO ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
__________________________, 2026
PROPUESTA “CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS PARA REALIZAR PROCEDIMIENTOS DE ANGIOPLASTIA PARA EL HOSPITAL LAS
HIGUERAS”
El oferente deberá indicar en este formulario
los siguientes datos de contacto, para coordinar la prestación de los servicios
licitados.
Nombre de contacto _____________________________________________
Correo electrónico
_______________________________________________
N°de teléfono
___________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA REALIZAR PROCEDIMIENTOS DE ANGIOPLASTIA PARA EL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El compareciente, en su
calidad de representante legal del proponente, declara bajo juramento que:
|
Programa de
integridad
|
SÍ
|
NO
|
|
Cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
|
|
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA REALIZAR PROCEDIMIENTOS DE ANGIOPLASTIA PARA EL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
|
Nombre del
prestador
|
Cédula Identidad
|
N°Registro
Superintendencia de Salud
|
Profesión
|
Firma del
Prestador
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v El oferente que participe en las bases debe contar con un equipo médico
y no médico conformado, como mínimo, por los siguientes prestadores: 2 médicos cirujanos especialistas en Cardiología con formación en
Hemodinamia o Cardiología Intervencionista; 3 enfermeros/as, 5 técnicos de
nivel superior en enfermería (TENS) o profesional que cumpla sus funciones.
Todos, encontrarse registrados en la Superintendencia de Salud, con sus
respectivas profesiones y, en el caso del médico, además, su especialidad.
v Al firmar el presente formulario, los prestadores de servicios ratifican
su participación, aceptan las disposiciones de las bases administrativas y se
adhieren a las condiciones de la oferta presentada por el proveedor.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE
LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA REALIZAR PROCEDIMIENTOS DE ANGIOPLASTIA PARA EL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El oferente
deberá indicar en este formulario el gasto de administración para cada tipo de procedimiento,
de acuerdo a su rol. Lo anterior, sin perjuicio de que el pago será global, de
acuerdo con el monto presentado en su oferta.
|
Angioplastia
Coronaria
|
|
Profesión
|
Especialidad
|
Calidad
|
Valor ($)
|
|
Médico
cirujano
|
Cardiólogo
intervencionista o Hemodinamista
|
Cirujano
|
$
|
|
Enfermera/o
|
-
|
Enfermero/a
|
$
|
|
TENS
|
-
|
TENS o
profesional que cumpla la función
|
$
|
|
Gasto de Administración
|
|
|
$
|
|
|
Total ($)
|
$
|
Valores totales:
|
Ítem
|
Código Fonasa
|
Código Abex
|
Requerimiento
|
Cantidad de
Intervenciones quirúrgicas referenciales
|
Valor total por intervención ($)
|
Valor total ofertado
(Cantidad de
intervenciones referenciales x valor total por intervención ($)
|
|
1
|
1701131
|
105-0004
|
Angioplastia Coronaria
|
624
|
$
|
$
|
Observaciones:
Ø Valor es exento de I.V.A.
Ø El oferente debe indicar el
gasto de administración.
Ø En la ficha de la página del portal Mercado Público el oferente
deberá indicar el Valor Total Neto Ofertado señalado a través del formulario N°5.
Ø El oferente que no presente el
Formulario “Oferta Económica”, o no complete o presentación incompleta, a más tardar al cierre de la
presentación de las ofertas, esto es, el día trigésimo primero contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas en el Portal Mercado Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026