En el evento que un Oferente, al momento de la Apertura Electrónica de la oferta (Administrativa y Técnica), no presente la documentación exigida en número 2.- letra a y b) de la presente cláusula o éstas tengan errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, contará con un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentarlos a través del Portal Mercado Público.
Esta posibilidad de enmienda podrá efectuarse siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Transcurrido el plazo antes señalado, y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el párrafo anterior o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante mediante Resolución fundada.
Lo anterior, en los términos y condiciones establecidas precedentemente y de acuerdo al artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
5.- Cuando haya indisponibilidad técnica del Servicio de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, según lo dispuesto en el Artículo 115 Nº 3, del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso detallado anteriormente, el Oferente afectado deberá en forma obligatoria entregar su oferta en soporte papel, al personal del Departamento Adquisiciones de la Gobernación Marítima de Punta Arenas, ubicada en Avenida Bernardo O’Higgins N° 1169, Punta Arenas, quienes emitirán un comprobante de recepción de oferta, en caso contrario su oferta no podrá ser evaluada.
6.- En el evento que un Oferente, en cumplimiento a lo señalado precedentemente y al momento de presentar su oferta fuera del Portal; omite documentación exigida en el número 2.- letras a y b) de la presente cláusula o éstas contengan errores, contará con un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentar citados documentos. Dicha notificación se efectuará, al correo electrónico de contacto señalado por el oferente al momento de entregar su oferta.
Las ofertas presentadas en conformidad a lo antes indicado serán elevadas al Sistema de Información Mercado Público.
7.- La no presentación oportuna de cualquiera de los antecedentes indicados en las bases administrativas Cláusula I, número 2, letra a) y b), será causal suficiente para que en el acto de Apertura Electrónica correspondiente se declare inadmisible la oferta del licitante.