Licitación ID: 2667-26-LR26
Habilitación Nuevo Centro de Salud CECOSF. Vitacura
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de Cierre: 21-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Valor Total Neto por las Obras civiles de habilitación del nuevo Centro de Salud de Vitacura (CECOSF), conforme a las especialidades, características y requerimientos, dispuestos en las Bases Administrativas y Técnicas, y los Anexos de la Licitación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Habilitación Nuevo Centro de Salud CECOSF. Vitacura
Estado:
Publicada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación de una persona natural o jurídica para que realice los trabajos de habilitación del nuevo centro de salud de Vitacura (CECOSF), contemplando trabajos de: retiros de escombros existentes y los nuevos que salgan de las demoliciones, excavaciones, compra e instalación de ascensor, refuerzos estructurales, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, instalaciones de clima, construcción de tabiquerías, instalación de pisos, instalación de porcelanatos en baños, fabricación e instalación de mobiliario, y todo lo dispuesto en las presentes bases de licitación. conforme a las características y requerimientos, dispuestos en las BAG, BAE y BT, Anexos, modificaciones y respuestas a consultas si correspondiere, así como en otros documentos de este proceso licitatorio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
1111
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-03-2026 21:34:00
Fecha inicio de preguntas: 17-03-2026 21:35:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-04-2026 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-04-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-05-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 19-06-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes Administrativos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes Tecnicos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
 
Documentos Económicos
1.- Adjuntar antecedentes económicos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Según el numeral 7.1.2 letra B de las BAE. 93%
2 Cumplimiento de Requisitos Formales Según el numeral 7.1.2 letra B de las BAE 2%
3 Plazo Total de Ejecución de las Obras y Plan de Tr Según el numeral 7.1.2 letra B de las BAE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal 2026
Monto Total Estimado: 520000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones impuestos incluidos.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Nancy Ortiz Farías
e-mail de responsable de pago: nortiz@vitacura.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 20-07-2026
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo 52° del Reglamento de la Ley de Compras, pagadero a la vista e irrevocable. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: a) vale vista; b) boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; c) póliza de seguro de ejecución inmediata (ver condiciones particulares en Numeral 10.3) d) depósito a la vista; e) certificado de fianza a la vista emitido por sociedades de garantía recíproca; f) cualquier otro instrumento pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago en forma rápida y efectiva, de conformidad al artículo 52° del Reglamento de la Ley 19.886. El monto de esta Garantía será de $5.000.000.- (cinco millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima de al menos, 90 días corridos, siguientes a la fecha de cierre recepción de las ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la UF o UTM al día de cierre de recepción de ofertas. Glosa de la Garantía: Garantiza seriedad de la oferta de la licitación pública ID 2667-26-LR26. La Garantía de Seriedad de Oferta podrá ser incorporada en forma digital a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en caso de que se ajuste a lo dispuesto en la ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, deberá hacer entrega obligatoria del documento en Secretaría Municipal, ubicada en Av. Bicentenario N° 3.800, Piso 3°, hasta el día y hora señalados para el ingreso de las ofertas en el Portal. En el evento de no cumplir con la entrega o el ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en tiempo y forma antes señalados, el Oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta. En caso que la suscripción del respectivo contrato no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el Municipio podrá solicitar prórroga de estas, siendo obligación del oferente su cumplimiento, en caso de que decida continuar con su oferta; si alguno de los oferentes no accediera a la solicitud, su propuesta se tendrá por desistida, en cuyo caso la Municipalidad devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco (05) días hábiles, contados desde su vencimiento. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en cualquiera de los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta presentada. b) Si el oferente entrega antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta (Aplica dictamen CGR N°10.706 de 2019). c) Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo establecido en el Numeral 11.1 “Requisitos para contratar” de las presentes Bases Administrativas. d) Si el adjudicatario no acompaña los documentos que se le soliciten para la redacción del Contrato en los plazos establecidos en las presentes Bases Administrativas. e) Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada en las presentes Bases Administrativas. f) Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en el plazo que dispongan las presentes Bases Administrativas.
Glosa: Garantiza Seriedad de la Oferta Licitación Pública ID 2667-26-LR26
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos: a. En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato. b. Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles, una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 02-04-2027
Monto: 5 %
Descripción: Notificada la adjudicación a través del Portal, y dentro del mismo plazo otorgado para para acompañar la documentación legal señalada en el Numeral 11.2 “Documentación para elaborar el contrato” de las presentes Bases Administrativas, el oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Adjudicatario, con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. El monto de esta Garantía, será el equivalente al 5% del precio neto final ofertado por el adjudicatario, expresada en pesos chilenos. Su vigencia deberá comprender todo el período de la contratación, definido en el Numeral 11.4 de las BAE, más al menos, 60 días hábiles, a partir de la fecha de emisión de la garantía. Para todos los efectos se considerará como monto del contrato, el valor total de la oferta económica adjudicada, en base a los valores ofertados en el Anexo N°6 “Itemizado Oferta Económica”. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva. Glosa de la garantía: “Garantiza fiel cumplimiento del contrato licitación ID 2667-26-LR26”. La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá entregarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso que se efectúe físicamente, deberá entregarse materialmente en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA). La SECPLA será la encargada de revisar la conformidad de la garantía, de acuerdo con los términos y condiciones solicitados en las bases, y remitirá el documento original a la Tesorería Municipal, para su debida custodia y resguardo. En el evento de no cumplir con la entrega física o electrónica de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las disposiciones precedentes, el Municipio podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta y adjudicar ésta al que le siga en puntaje, de acuerdo a lo establecido en los numerales 9.1 y 9.2 de las presentes bases administrativas especiales. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 124° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, por incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, como también en los siguientes casos: i. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato. ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados establecidos en las bases de licitación y el Contrato. iii. Por la declaración de término anticipado, respecto de las causales imputables al proveedor. iv. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor. Ante casos de incumplimiento, y con el objeto de respetar los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 137° del DS N°661 “Reglamento de la Ley N°19.886”, se adoptará el procedimiento establecido en el Numeral 16.1 “Procedimiento de Aplicación de Multas” de las presentes bases administrativas, en todo lo que resulte procedente, permitiendo al contratista o concesionario exponer sus descargos de manera previa al cobro de la caución.
Glosa: Garantiza fiel y oportuno cumplimiento del contrato licitación ID 2667-26-LR26
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores al término de vigencia del contrato, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora del contrato, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo. No obstante, lo anterior, será obligación de la adjudicataria, presentar con 20 días de anticipación al término de la Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1). Estos certificados deben estar vigentes al momento de su presentación y ser entregados al ITO, quien dará su aprobación. En aquellos casos en que la adjudicataria no presente los formularios señalados, la Subdirección de Tesorería Municipal deberá hacer efectivas las garantías de fiel cumplimiento, en el caso que correspondiere. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, siendo este responsable de mantenerlas vigentes por todo el periodo que caucionan, especialmente en aquellos casos de eventuales aumento de plazos, debiendo ser reemplazadas por otro documento, conforme al nuevo plazo contractual, más los días previstos según corresponda a la Licitación, siendo todos los costos financieros de responsabilidad única de la adjudicataria.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 31-03-2027
Monto: 2000 Unidad de Fomento
Descripción: El contratista será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten la ejecución de las obras, así como los que se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo a lo estipulado precedentemente. Con el objeto de caucionar el pago de los daños indicados en el párrafo que antecede, el contratista deberá entregar, previo a la suscripción del contrato, una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, por un monto equivalente a UF 2.000 (dos mil Unidades de Fomento) con pago de prima único o en cuotas por lo que deberá presentar el comprobante de pago de la totalidad de la Póliza o bien el pago de la cuota correspondiente al día. A su vez, este instrumento debe considerar obligatoriamente, una cláusula de responsabilidad civil patronal, por UF 1.000 (mil unidades de fomento). La vigencia de la Póliza será, a lo menos, desde la fecha de emisión de la misma, la cual deberá ser siempre anterior a la fecha de suscripción del contrato, más 30 días corridos posteriores a contar de la fecha de recepción definitiva de las obras. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptará la presentación de pólizas que contengan una cláusula de renovación automática o cuya vigencia sea inferior a la exigida en el párrafo anterior, siempre y cuando sean renovadas anualmente, en los casos que corresponda, con, al menos, 30 días de anticipación a la fecha de su vencimiento. Excepcionalmente, y en el caso que el adjudicatario mantenga una Póliza de Responsabilidad Civil vigente de carácter general para todos sus mandantes, el oferente deberá establecer como asegurado adicional a la Municipalidad de Vitacura, manteniendo en todo momento vigente este tipo de Seguro de Responsabilidad Civil. En caso de que la obra se extendiese más allá del plazo ofertado y este periodo no estuviese debidamente resguardado por la Póliza de Responsabilidad Civil vigente, el contratista deberá realizar la respectiva prórroga y mantener la vigencia de la Póliza, hasta la nueva fecha de término validada por la ITO y el Decreto Alcaldicio que lo sancione, con, al menos 30 días de anticipación a la fecha de su vencimiento. Esta Póliza de Seguro tendrá como asegurado a la Municipalidad de Vitacura, debiendo incorporar entre sus condiciones particulares: a. Incluir Cláusula de prohibición arbitraje: queda entendido y convenido que la Municipalidad de Vitacura, no puede participar en arbitrajes, quedando esta responsabilidad bajo el contratante de dicha póliza. b. Incluir Cláusula de inalterabilidad: prohibición de introducir modificaciones a los términos y condiciones de la misma, sin autorización previa y expresa, y por escrito, de la Municipalidad de Vitacura. c. Si la póliza contempla deducible, éste debe ser de cargo exclusivo del contratista, la cual debe constar en las condiciones particulares de ésta. (En las pólizas se puede encontrar en las condiciones particulares, ítem deducible o como cláusula de deducible). La renovación de la póliza de seguro, deberá hacerse con un mínimo de 30 días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento. En caso de daños a la propiedad privada, pública o a terceros, cuyo monto sea inferior al deducible del seguro entregado en Garantía de la Responsabilidad Civil, el Contratista deberá responder en forma inmediata una vez notificado por el ITO. Esta póliza será devuelta al Contratista una vez trascurridos 10 días hábiles siguientes al vencimiento de la vigencia de la misma. De igual forma, será considerado como requisito esencial para la suscripción del contrato, y su no entrega oportuna facultará a la Municipalidad para dejar sin efecto la adjudicación, como también dará lugar a la readjudicación de la licitación si fuese procedente y conforme a los intereses municipales. En caso de daños a terceros, el contratista se obliga a activar en forma personal el procedimiento para responder civilmente por dichos daños, notificando de dicho trámite en un plazo no mayor a 48 horas a la Municipalidad de Vitacura, vía Libro de Servicios u otro medio escrito acordado con el ITO. Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del Contratista, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido.
Glosa: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL LICITACIÓN PÚBLICA ID 2667-26-LR26
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN BASES
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

Si al completarse la evaluación, dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien acredite la mayor cantidad de contrataciones en el criterio “Experiencia del Oferente”. De persistir la paridad, se resolverá a favor de quien acredite mayor cantidad de contrataciones en el criterio “Experiencia Jefe de Obra”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio “Plazo total de ejecución de las obras y plan de trabajo” De mantenerse el empate, se dirimirá por quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. Con todo, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl 


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los Oferentes podrán realizar Consultas a la Municipalidad de Vitacura respecto de la Adjudicación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información de Mercado Público, bajo el siguiente enlace:

https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/reclamoaOOPP/

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (FORMULARIO F30) vigente a la fecha de apertura de la licitación, y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, (F30-1 a partir del segundo mes del Contrato si el plazo ofertado supera los 30 días), ambos emitidos por la Dirección del Trabajo, según lo requerido en los numerales 10.2, y 12.1 letra a)  de las BAE de la presente Licitación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley de Compras.

Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 56° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886.

De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.

Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.

Pacto de integridad

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar su oferta, se obligan a no tomar ventaja indebida de cualquier posible deficiencia en el respectivo proceso licitatorio y a colaborar con el municipio, a fin de que la adjudicación de la propuesta se efectúe con la mayor transparencia y equidad posible.

El participante declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el proveedor adjudicado acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.

4. 
Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5. 
Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el proceso licitatorio y en la ejecución contractual.

6. 
El proveedor adjudicado manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7. 
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las respectivas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8. 
El proveedor adjudicado reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9. 
El proveedor adjudicado se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

En caso de que la Municipalidad compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al respectivo contrato, según corresponda.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.