“BASES ADMINISTRATIVAS
“ASESORÍA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA A LA INSPECCIÓN TÉCNICA PARA EL CONTRATO DE “CONSERVACIÓN CALLEJONES EL MANZANAL, QUIRIQUIÑO Y MANUEL PEÑAILILLO, COMUNA DE YERBAS BUENAS”. CÓDIGO BIP: 40.058.332-0.
1. ANTECEDENTES GENERALES Y OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN:
El Gobierno Regional del Maule, a través del Departamento de Ejecución de Obras, Fiscalización y Adquisiciones, debe efectuar la Inspección Técnica en la ejecución de las obras correspondientes al proyecto “CONSERVACIÓN CALLEJONES EL MANZANAL, QUIRIQUIÑO Y MANUEL PEÑAILILLO, COMUNA DE YERBAS BUENAS”, código BIP N°40.058.332-0, para cuyo efecto se requiere contratar la Asesoría Técnica y Administrativa a la Inspección Técnica.
Las características técnicas de la asesoría, así como las características administrativas del contrato podrán ser conocidas por los interesados en los antecedentes publicados a través de la plataforma de Compras Públicas www.mercadopublico.cl
La asesoría solicitada es la siguiente:
|
ASESORIA
|
PROFESIÓN REQUERIDA
|
CANTIDAD
|
VIGENCIA DEL CONTRATO
|
|
Asesor a la Inspección Técnica de Obras
|
Ingeniero Civil en Obras Civiles, Ingeniero Constructor, Constructor Civil
|
1
|
8 MESES
|
1.1. ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social: Gobierno Regional del Maule.
R.U.T.: 72.227.000-2
Domicilio: 1 Norte N°711, Talca.
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Nombre del servicio: “ASESORÍA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA A LA INSPECCIÓN TÉCNICA PARA EL CONTRATO DEL PROYECTO “CONSERVACIÓN CALLEJONES EL MANZANAL, QUIRIQUIÑO Y MANUEL PEÑAILILLO, COMUNA DE YERBAS BUENAS”, código BIP N°40.058.332-0.
Tipo de contratación: Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.
Tipo de Convocatoria: Abierta.
Moneda: Peso chileno.
Etapas del Proceso de Apertura: Una etapa.
Toma de Razón: No requiere toma de razón por Contraloría General de la República.
Publicidad de las Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación: La publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que las apruebe.
Cierre de Recepción de Ofertas: Diez (10) días corridos siguientes a la fecha de publicación. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) ni en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
Acto de Apertura Técnica y Económica: Este acto se realizará dentro de los dos (2) días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas Aclaración Bases: Los oferentes tendrán tres (3) días hábiles contados desde la fecha de publicación, para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. Asimismo, el Gobierno Regional tendrá dos (2) días hábiles contados desde la fecha de término del periodo de consultas, para responderlas.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas o solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el formulario electrónico de bases de licitación.
Fecha de Adjudicación: La adjudicación se realizará dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la apertura de las ofertas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información Mercado Público las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4. DE LOS OFERENTES
Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme al Reglamento de Compras, y se encuentren inscritas, con su información actualizada y en calidad de “hábil” en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 de la Ley N° 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
5. DE LAS INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS
El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual, será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N°19.886 y en su Reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, en la Ley N°20.393, en la Ley N°21.595, y en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente.
En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se constate el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que, faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada, puede implicar la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal que dispone que, "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio, quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciere, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
6. PRESENTACIÓN DE ANEXOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Presentación de Anexos: Anexos Nº1 “Carta de presentación del oferente”, N°2 “Declaración jurada aceptación de la propuesta”, N°3 “Propuesta Económica”, N°4 “Experiencia del oferente en proyectos públicos”, N°5 “Oferta Técnica”; y N° 6 “Pacto de Integridad”, todos debidamente firmados por el oferente, su representante legal, o por quien tenga poder suficiente para representarlo en la presentación de la oferta.
IMPORTANTE: La no presentación de alguno de estos anexos tendrá como consecuencia, que la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes Bases.
Detalle de Anexos
a) Anexo Nº1 “Carta de Presentación del Oferente”
Firmada por el oferente persona natural o por el (los) representante(s) legal(es) o personero dotado de facultades suficientes para representarla en la presentación de la oferta.
Si el oferente es una Unión Temporal de Proveedores (UTP), por tratarse de adquisiciones superiores a 100 UTM, el representante de la UTP, quien deberá suscribir el formulario, deberá adjuntar al Anexo N°1, el documento que da cuenta del acuerdo para participar en tal forma.
b) Anexo N°2 “Declaración Jurada”
Declaración jurada de aceptación de los antecedentes de la propuesta.
c) Anexo N°3 “Propuesta Económica”
Se consignará la información en la oferta económica, con cada una de las menciones exigidas.
d) Anexo N°4 “Experiencia del Oferente en proyectos públicos”
Se consignará la información requerida sobre la experiencia del oferente para el desarrollo de la Asesoría Técnica en los últimos 10 años calendario. En el caso de las UTP, se incorporará la de las personas naturales o jurídicas que la integran, que el oferente estime del caso incluir.
Sólo se considerará la experiencia acreditada mediante copia del respectivo contrato, documento de adjudicación, factura emitida por la entidad contratante, en que conste el nombre del proyecto, programa, proyecto o servicio desarrollado. Certificado de experiencia emitido por el contratante o el mandante en el cual se indique a lo menos el proyecto u obra, función desempeñada, periodo contratado. Los certificados deben ser coherentes con lo detallado en el currículo y Anexo N°4.
e) Anexo N°5 “Oferta Técnica”
El oferente deberá describir y detallar su oferta, la cual deberá ser acorde y coherente con las actividades planteadas con el fin de dar cumplimiento a los objetivos y productos esperados y descritos en las bases técnicas.
f) Anexo N°6 “Pacto de Integridad”
El oferente deberá declarar y aceptar expresamente un pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo.
7. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las propuestas se presentarán de acuerdo con los anexos señalados y adjuntos, en la modalidad de formato digital a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán ser presentadas íntegramente en idioma español, pero se aceptarán documentos anexos en otro idioma, siempre que se anexe su respectiva traducción al español, tales como prospectos, folletos, etc.
Antecedentes Administrativos: Anexo N°1 “Carta de presentación del oferente”, Anexo Nº2 “Declaración jurada aceptación de la propuesta” y Anexo N° 6 “Pacto de Integridad”.
Antecedentes Económicos: Anexo N°3 “Propuesta Económica”.
Antecedentes Técnicos: Anexo N°4 “Experiencia del oferente en proyectos públicos” y Anexo N°5 “Propuesta Técnica”.
8. DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Cada proponente deberá presentar su oferta a través del Portal, utilizando su propia cuenta de usuario, con arreglo a las condiciones de uso del mismo, disponibles en el sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital. Las propuestas presentadas a través de una cuenta de usuario del portal, que no corresponda a la persona identificada en el Anexo N°1, “Carta de presentación del oferente”, serán declaradas inadmisibles, y no serán evaluadas en sus demás antecedentes, en razón de vulnerar las citadas condiciones de uso, sin perjuicio de las indagaciones que la Comisión Evaluadora pueda efectuar, en orden a verificar el cumplimiento por parte de los oferentes, de la demás, normativa dictada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el ámbito de su competencia. En el caso de las UTP, sólo se aceptarán ofertas presentadas mediante la cuenta de usuario del Portal del apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión. En este caso, el oferente UTP, deberá acompañar el documento que formalice su acuerdo. En caso de inconsistencia entre la información contenida en los Anexos y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la indicada en los Anexos o documentos señalados en el numeral 6 precedente “Presentación de Anexos”.
El organismo licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes Bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al licitante, no será considerado como parte de la oferta, debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático (20 MB). En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, velar por la exactitud y fidelidad de sus contenidos y la veracidad de lo que en ellos conste.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
9. GARANTÍAS
9.1. Garantía de Seriedad de Oferta: Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través del Jefe de la División de Presupuesto e Inversión Regional, resolvió no requerir garantía de Seriedad de la Oferta, en conformidad con la normativa vigente.
9.2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través del Jefe de la División de Presupuesto e Inversión Regional, resolvió no requerir garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en conformidad con la normativa vigente.
10. PRESUPUESTO DISPONIBLE
La asesoría es financiada con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, aprobado por el Gobierno Regional del Maule, para la “Asesoría Técnica y Administrativa a la Inspección Técnica para el contrato de “Conservación Callejones El Manzanal, Quiriquiño y Manuel Peñailillo, comuna de Yerbas Buenas””, código BIP N°40.058.332-0.
De acuerdo con lo anterior, se ha dispuesto un monto referencial de $15.200.000.- (quince millones doscientos mil pesos), impuestos incluidos, para desarrollar en un plazo de 8 (ocho) meses la asesoría al ítem de Obras Civiles.
11. OFERTA
Los proponentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl los antecedentes y Especificaciones Técnicas del servicio ofertado; ello, conforme al Anexo N°5 “Oferta Técnica”.
12. PROPUESTA ECONÓMICA
Se refiere al precio total neto del servicio solicitado, que el proponente debe ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, expresado en pesos, sin incluir el impuesto, ni reajuste alguno.
El proveedor deberá indicar claramente en el Anexo Económico (Anexo N°3) que se suba al portal y en una nota explicativa, los impuestos que gravan su oferta (IVA, segunda categoría o si está exento de impuesto).
13. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Durante la etapa de evaluación el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar a los oferentes:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal aquel referido al precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Gobierno Regional del Maule que se solicitan y permitan salvar o subsanar las propuestas de los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que en ese evento se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
El Gobierno Regional del Maule solicitará estas rectificaciones o aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas para cumplir lo solicitado por el Gobierno Regional del Maule, a través del mismo medio.
En ningún caso se podrá, mediante este procedimiento, subsanar la no presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos que se exigen en las presentes Bases Administrativas.
14. PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
Los plazos y antecedentes de esta licitación serán publicados en el portal www.mercadopúblico.cl.
En consecuencia, no se recepcionarán antecedentes enviados por correo electrónico.
La presentación incompleta de antecedentes será motivo para declarar inadmisible la propuesta del oferente.
15. PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre de la recepción de las ofertas.
16. COSTOS DE LA OFERTA
Los costos en que el proponente deba incurrir como consecuencia de la formulación de su oferta serán de su exclusivo cargo, no dando origen a pago o indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
17. MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del cierre de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, en caso de ser necesario. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes Bases y obligarán a su cumplimiento por todos los proponentes.
18. ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La participación en el proceso de licitación implica la total aceptación, por parte de los proponentes, de todos y cada uno de los términos y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos, Aclaraciones y demás antecedentes de la propuesta, sin necesidad de declaración expresa del oferente.
19. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule se reserva la facultad de interpretar el sentido y alcance de todas aquellas materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de acuerdo con los criterios de ecuanimidad y racionalidad que estime conveniente, teniendo presente los principios de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación objeto de este proceso licitatorio.
20. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas se realizará en una etapa, en la cual se abrirán conjuntamente las ofertas, tanto técnicas como económicas.
La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y a partir de la hora establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automática de las mismas.
Las ofertas, deberán ser enviadas por los Oferentes a través del Sistema de Información. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el Artículo 115 del Reglamento, se podrán recibir en soporte de papel y en los plazos que correspondan.
Sólo se procederá a revisar Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que las hayan presentado utilizando su propia cuenta de usuario, con arreglo a las condiciones de uso del Portal.
21. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
Las ofertas ingresadas al Portal serán objeto de un examen de admisibilidad y en caso de ser calificadas como admisibles por la Comisión Evaluadora, serán objeto de una posterior evaluación técnica y económica.
En esta instancia la Comisión Evaluadora verificará la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos indicados en el numeral 6, constatando que no concurre ninguna de las causales de inadmisibilidad que establecen las presentes Bases.
Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no se ajusten a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley o el Reglamento. Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En este caso, la Comisión Evaluadora considerará para efectos de la evaluación de la licitación, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
22. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Le corresponde a la Comisión Evaluadora la evaluación de las ofertas presentadas.
Las propuestas técnicas y económicas de los oferentes, declaradas admisibles, serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, nombrada al efecto por medio de resolución y conformada por tres funcionarios del Gobierno Regional del Maule.
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las propuestas, podrá solicitar aclaraciones a las personas naturales o jurídicas postulantes, sin perjuicio que será responsabilidad de los proponentes el proporcionar toda la información que permita efectuar una correcta evaluación de las ofertas, de acuerdo con lo solicitado en estas Bases.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la Ley y el Reglamento. En ese sentido, y conforme al artículo 35 de la Ley N° 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligue a guardar confidencialidad sobre él.
Durante el periodo comprendido entre el cierre de recepción de ofertas y la fecha señalada en el calendario de la licitación para la adjudicación de cada proceso, uno o más integrantes de la Comisión Evaluadora realizarán la revisión pormenorizada de los antecedentes de cada uno de los oferentes. De dicha revisión, se confeccionará una minuta o informe por cada propuesta examinada, la que será puesta a disposición de la Comisión Evaluadora. Dichas minutas formarán parte integrante del Acta de Evaluación.
Durante el periodo de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá sesionar las veces que estime pertinente, con el propósito de revisar la documentación presentada por cada oferente y las minutas o informes de evaluación confeccionadas por los revisores, a fin de asistir a un adecuado examen de las mismas. De cada sesión realizada, la Comisión podrá levantar un Acta de Sesión, en la que deberá exponer en forma resumida y clara lo tratado, o bien, incluir dicho contenido en el Acta de Evaluación de las Propuestas que deberá levantar al finalizar el periodo de evaluación, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización no pudiendo los oferentes mantener contacto con el licitante por medios distintos a los previstos en estas Bases.
23. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS OFERENTES
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por la Comisión Evaluadora, fundada en los siguientes criterios:
|
PROPUESTA
|
CRITERIOS
|
PONDERACIÓN
|
|
OFERTA TÉCNICA
|
1.- Oferta técnica
|
10%
|
|
EXPERIENCIA
|
2.- Experiencia acreditada del oferente en proyectos públicos
|
25%
|
|
ENTREVISTA TÉCNICA
|
3.- Los oferentes deberán someterse a una entrevista técnica.
|
45%
|
|
PROPUESTA
ECONÓMICA
|
4.- Oferta Económica
|
10%
|
|
CUMPLIMIENTO
REQUISITOS
|
5.- Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación
|
5%
|
|
PACTO DE INTEGRIDAD
|
6.- Se concederá el puntaje completo a aquellas ofertas que acrediten la existencia de programas de integridad
|
5%
|
|
|
TOTAL
|
100%
|
La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje final, como resultado de la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, de acuerdo con las tablas siguientes, será considerada como la más conveniente para el interés del Servicio y por ende propuesta para su adjudicación.
El puntaje máximo para la presente licitación es de 100%.
Para los medios de verificación (respaldos) se deberá considerar lo siguiente:
- Los medios de verificación deben ser entregados en un apartado Anexo a la oferta, individualizando los medios de verificación por cada subcriterio a evaluar.
- La información proporcionada en el currículum vitae debe ser coherente con lo informado en los anexos respectivos y certificaciones de experiencia, para ser considerados como válidos en la evaluación.
- La información proporcionada por el oferente en los Anexos N°4 y N°5 deberá estar acreditada por los medios de verificación para ser considerados válidos en la evaluación.
Se evaluará en base a los criterios que se expresan en el cuadro anterior, y se detalla en los cuadros siguientes.
23.1 Oferta Técnica (10%):
La evaluación de la Oferta Técnica se realizará sobre la base de lo presentado en Anexo N°5 “Oferta Técnica”, considerando el cumplimiento de las actividades mínimas exigidas en las Bases Técnicas, y la incorporación de mejoras deseables a la oferta.
Requisito de admisibilidad: Para ser considerada admisible, la oferta debe cumplir con todas las actividades y servicios mínimos establecidos en las Bases Técnicas. El incumplimiento de dichas exigencias hará que la oferta sea declarada inadmisible y no acceda al proceso de evaluación.
Evaluación de mejoras deseables: A las ofertas admisibles se les asignará una nota entre 3,00 y 7,00 en función del número de mejoras deseables incluidas.
Mejoras deseables consideradas:
1.- Oferente considera el replanteo del proyecto de pavimentación.
2.- Oferente considera un Informe topográfico.
3.- Oferente considera un estudio y/o asesoría en prevención de riesgo.
4.- Oferente considera plan de trabajo con control de cartillas u otro medio verificador para el avance de obras y materiales.
5.- Oferente cuenta con instrumento audiovisual, como cámara, dron u otro.
La escala de evaluación es la siguiente:
|
Número de deseables
|
Nota Técnica
|
Puntaje ponderado
|
|
5 deseables
|
7,00
|
100 puntos
|
|
4 deseables
|
6,00
|
80 puntos
|
|
3 deseables
|
5,00
|
60 puntos
|
|
2 deseables
|
4,00
|
40 puntos
|
|
1 deseable
|
3,00
|
20 puntos
|
|
0 deseables
|
0
|
0 puntos
|
Las mejoras a la oferta deben estar claramente identificadas, justificadas y descritas técnicamente en el Anexo N°5 “Oferta Técnica”.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 10%.
La evaluación de la oferta será realizada en base a lo presentado en Anexo N°5 “Oferta Técnica”.
- Para la evaluación se considerarán solamente las ofertas que cumplan las exigencias de las Bases Administrativas, las Bases Técnicas y las Aclaraciones, si las hubiere.
- El incumplimiento de los requisitos antes solicitados producirá que la oferta será declarada inadmisible, y, por lo tanto, no accederá al proceso de evaluación.
23.2 Experiencia acreditada del Oferente en proyectos públicos (25%):
|
CRITERIO
|
FORMA DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
|
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
|
|
Experiencia acreditada del oferente en proyectos públicos
|
Experiencia acreditada del Oferente en las materias definidas según Anexo N°4
100 puntos: Acredita 6 o más trabajos en proyectos públicos SIMILARES de AITO, ITO, Residente o proyectista
70 puntos: Acredita 4 a 5 trabajos en proyectos públicos SIMILARES de AITO, ITO, Residente o proyectista
40 puntos: Acredita 2 a 3 trabajos en proyectos públicos SIMILARES de AITO, ITO, Residente o proyectista
5 puntos: Acredita 0 a 1 trabajos, en proyectos públicos SIMILARES de AITO, ITO, Residente o proyectista
|
Anexo N°4 Y CERTIFICADOS DE EXPERIENCIA
|
El puntaje máximo para el presente criterio es de 25%.
23.3 Entrevista Técnica (45%):
Los oferentes deberán asistir a una entrevista técnica donde se evaluarán las competencias asociadas a los perfiles profesionales solicitados.
La escala de medición será la siguiente:
1. Conocimiento Técnico
Dominio de procesos constructivos, materiales, planos, normativa vigente y seguridad.
1 = Deficiente
2 = Bajo
3 = Aceptable
4 = Bueno
5 = Excelente
2. Planificación y organización
Capacidad para planificar tareas, manejar tiempos y coordinar recursos en obra.
1 = No planifica
2 = Planificación ineficiente
3 = Planificación básica
4 = Planificación adecuada
5 = Planificación óptima
3. Resolución de problemas
Habilidad para reaccionar ante imprevistos y proponer soluciones efectivas.
1 = No resuelve
2 = Resuelve parcialmente
3 = Resuelve con apoyo
4 = Resuelve bien
5 = Resuelve eficazmente y prevé riesgos
4. Liderazgo y trabajo en equipo
Capacidad para dirigir, motivar y coordinar al equipo de trabajo.
1 = Sin liderazgo
2 = Baja influencia
3 = Coordinación mínima
4 = Buen liderazgo
5 = Liderazgo sólido y motivador
5. Comunicación
Claridad, precisión y oportunidad al entregar instrucciones o reportes.
1 = Deficiente
2 = Poco claro
3 = Adecuado
4 = Claro y ordenado
5 = Muy claro y efectivo
6. Cumplimiento de normas de seguridad
Conocimiento y aplicación de protocolos de seguridad en obra.
1 = No cumple
2 = Cumple parcialmente
3 = Cumple lo básico
4 = Cumple consistentemente
5 = Promueve cultura de seguridad
7. Responsabilidad y compromiso
Puntualidad, confiabilidad y dedicación en las tareas asignadas.
1 = Bajo compromiso
2 = Parcial
3 = Cumple lo mínimo
4 = Responsable
5 = Altamente comprometido
Escala de puntuación total
- 35 puntos posibles en total (7 criterios × 5 puntos).
- Interpretación:
- 30–35 = Desempeño sobresaliente
- 24–29 = Buen desempeño
- 18–23 = Desempeño aceptable
- 12–17 = Bajo desempeño
- <12 = No cumple el perfil requerido
|
Puntos obtenidos en entrevista
|
Puntos
|
Puntaje en el criterio
|
|
30-35 puntos
|
100 puntos
|
45%
|
|
24-29 puntos
|
80 puntos
|
|
18-23 puntos
|
60 puntos
|
|
12-17 puntos
|
40 puntos
|
|
Menor a 12 puntos
|
No cumple el perfil requerido
|
El puntaje máximo para el presente criterio es de 45%.
23.4 Oferta Económica (10%):
Se analizará el precio que presenten las ofertas, según ANEXO N°3 “Propuesta Económica” otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico, de acuerdo con la siguiente tabla
|
CRITERIO
|
FORMA DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
|
PONDERACIÓN
|
|
Oferta Económica
|
100 puntos: Oferta más económica
|
10%
|
|
80 puntos: Segunda oferta más económica
|
|
60 puntos: Tercera oferta más económica
|
|
40 puntos: Resto de las Ofertas
|
El puntaje máximo para el presente criterio es de 10%.
23.5 Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación (5%):
Se concederá mayor puntaje a aquel oferente que no incurrió en la omisión de requisitos formales en la presentación de su oferta. Se concederá menor puntaje a aquel oferente que haya subsanado la omisión de requisitos formales. Al efecto, se le descontarán puntos por cada certificación o antecedente omitido.
Los puntajes se asignarán de la siguiente manera:
|
ASPECTOS EVALUADOS
|
PUNTAJE
|
|
Oferente no omite requisitos, cumple con la totalidad de documentos.
|
100 puntos
|
|
Oferente omite un antecedente o certificación.
|
50 puntos
|
|
Oferente omite dos o más antecedentes o certificaciones.
|
0 puntos
|
El puntaje máximo para el presente criterio es de 5%.
23.6 Programa de integridad (5%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. A su vez, deberá adjuntar el referido Programa de Integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°6 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un Programa de Integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho Programa de Integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del Programa de Integridad en cuestión, tal como es requerido.
Se entenderá por Programas de Integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
|
CRITERIO
|
PUNTAJE
|
|
Posee un Programa de Integridad que sea conocido por su personal.
|
100
|
|
No posee un Programa de Integridad que sea conocido por su personal.
|
0
|
En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.
El puntaje de este subcriterio se dará según el siguiente polinomio:
Puntaje Programas de Integridad = Puntaje obtenido * 5%
El puntaje máximo para el presente criterio es de 5%.
Requisitos:
- Para la evaluación se considerarán solamente las ofertas que cumplan las Bases Administrativas y Técnicas y las Aclaraciones, si las hubiere.
- El no cumplimiento de los requisitos antes solicitados producirá que la oferta será declarada inadmisible y, por lo tanto, no pasará al proceso de evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes Bases.
24. CRITERIOS PARA DESEMPATE
En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo con los siguientes criterios, en estricto orden de prelación:
1. Criterio Entrevista Técnica;
2. Experiencia acreditada del oferente;
3. Criterio Oferta Técnica;
4. Criterio Oferta Económica;
25. CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar por intermedio de foro inverso del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones técnicas y/o económicas y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones formales, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente por medio del foro inverso del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 25 horas posteriores al ingreso de la consulta en el Portal por parte del Gobierno Regional del Maule, según se dispone en el numeral 13 de las presentes Bases.
26. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Comisión de Evaluación recomendará adjudicar la licitación en favor de aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje por aplicación de lo establecido en el numeral 23 de las presentes Bases.
El puntaje total de cada oferente se expresará con dos decimales.
Estos elementos se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe de Evaluación.
En caso debidamente justificado, la Comisión podrá recomendar declarar desierta la presente licitación debido a que ningún oferente garantiza en forma satisfactoria cumplir en calidad y tiempo la provisión del servicio requerido.
La adjudicación de la licitación se hará mediante resolución de la autoridad facultada para ello, debidamente notificada a través del Sistema de Información.
27. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La resolución que adjudique la Licitación será notificada al oferente que resulte adjudicado, a través de la página www.mercadopublico.cl
Posteriormente, el encargado de esta licitación en el Departamento de Ejecución de Obras, Fiscalización y Adquisiciones enviará un correo electrónico al adjudicatario, comunicándole que dispondrá de un plazo total de cinco (5) días hábiles, a contar de la misma fecha, para suscribir el texto del contrato que será preparado por el Gobierno Regional del Maule.
En caso de que el oferente adjudicado requiera realizar consultas, podrá dirigirlas al correo electrónico compraspublicas@goremaule.cl.
En caso de que el adjudicatario incurra en cualquiera de las inhabilidades para contratar, no se encuentre hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no entregue las declaraciones juradas, no entregue la documentación señalada en numeral 8, entregue documentos falsos, no acepte la Orden de Compra emitida, se entenderá que éste no acepta la adjudicación.
En esta situación, el servicio licitante podrá readjudicar la propuesta y para ello la Comisión Evaluadora realizará el ofrecimiento al proponente cuya oferta le siga en puntaje, quien deberá pronunciarse en el plazo que al efecto se le indique.
El acto administrativo que deje sin efecto la adjudicación respecto del adjudicado afectado, procederá también a readjudicar la licitación, o en su caso la declarará desierta.
En caso de que se proceda a readjudicar al oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el Acta de Evaluación, para proceder con la contratación, éste deberá hacer entrega de la documentación correspondiente, antes del envío de la Orden de Compra.
28. PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El Oferente adjudicatario no podrá transferir los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación referida a la presente licitación, para resguardo del interés del Servicio. Lo anterior, se entiende sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
Los documentos justificativos de los créditos que de ellos emanen serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación del cumplimiento del contrato permanecerá siempre en el oferente adjudicado.
29. PLAZO DE VIGENCIA DEL SERVICIO LICITADO y VIGENCIA CONTRACTUAL
La prestación del servicio contratado regirá a contar de la fecha de total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
La duración máxima de la ejecución o desarrollo de la Asesoría será de 8 (ocho) meses contados desde la fecha en que la contraparte técnica comunique al oferente e informe de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato respectivo. No serán considerados para este fin, los congelamientos o suspensiones temporales que puedan suscitarse de manera inesperada y ajena a las partes, lo que será resuelto por el Gobierno Regional del Maule conforme a los antecedentes invocados y acreditados, tales como paros, manifestaciones, catástrofes naturales, etc.
30. FORMA DE PAGO
El valor del servicio contratado ascenderá al indicado en el contrato respectivo derivado de su Oferta Económica, por la ejecución completa de las actividades y entrega de los productos previstos para la Asesoría, en tiempo y forma.
No obstante, se pagará en 8 (ocho) cuotas mensuales iguales y sucesivas conforme a lo indicado en el contrato.
Lo anterior, siempre que el oferente haya hecho entrega de los informes y/o productos requeridos por el Gobierno Regional del Maule, en las condiciones exigidas en las Bases Técnicas y previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica de la Asesoría.
Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes a la prestación efectiva del servicio, en la forma antes señalada, contra la presentación de la Factura o Boleta de Honorarios, emitida a nombre del Gobierno Regional del Maule, RUT N°72.227.000-2, previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule deberá efectuar el pago que corresponda, teniendo a la vista únicamente la Resolución que aprueba el Contrato, la orden de compra emitida, la factura o boleta de honorarios visada y la recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica, del informe correspondiente y productos, en su caso, además, del o los certificados emitidos por la entidad competente que acredite el cabal cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales.
El informe recepcionado conforme por la Contraparte Técnica será entregado al Jefe de la División de Presupuesto e Inversión Regional, quien, si comprueba la efectiva recepción a conformidad de los productos requeridos, lo firmará y enviará los documentos al Jefe de la División de Administración y Finanzas para su pago.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule, deberá efectuar el pago que corresponda teniendo a la vista únicamente el contrato de servicio debidamente aprobado mediante resolución, la orden de compra emitida, la factura o boleta de honorarios visada, la recepción conforme por parte de la contraparte técnica y el o los documentos que acrediten el cabal cumplimiento a las obligaciones previsionales y laborales.
El precio del contrato será el que se indique en la resolución que aprueba el contrato, producto de la oferta seleccionada; se expresará en pesos, moneda nacional e incluirá todos los gastos en los términos señalados precedentemente, impuestos incluidos.
El proveedor no emitirá factura o boleta antes de la recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica de los productos indicados en las presentes Bases de licitación.
31. PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE INFORMES
a) Procedimiento de presentación de Informes:
Para todos los efectos se considerará como fecha de entrega aquella recepción de los informes directamente a la Unidad de Gestión de Documentos del Gobierno Regional del Maule, ubicada en 1 Norte 711, edificio del Gobierno Regional del Maule en Talca, en días hábiles, en horario de mañana de 9,00 a 13,00 horas.
b) Forma de Entrega:
Cada informe o documento solicitado debe ser entregado en una copia impresa, (cuando el documento esté aprobado) y digital, en formato Word y PDF con todos los anexos respectivos. El formato del informe debe ser de tamaño carta, y las imágenes, gráficas, esquemas entre otros deben estar a color. Según especificaciones señaladas en Bases Técnicas.
c) Procedimiento para aprobación de informes y/o servicios:
Los informes deben ser presentados conforme a las exigencias contenidas en las Bases Técnicas.
Una vez recibido cada informe, la Contraparte Técnica dispondrá de cinco (5) días hábiles para hacer sus observaciones, tiempo que comenzará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de ingreso a la Unidad de Gestión de Documentos.
El tiempo que transcurra entre la entrega de un informe y la comunicación en la que el responsable del contrato se pronuncie acerca de su revisión, formará parte del tiempo de ejecución de la Asesoría.
Si el informe cumple con los requisitos establecidos en el contrato, este será aprobado por la Contraparte Técnica, lo que se comunicará al oferente por escrito, junto con aprobar el pago asociado. Sí, por el contrario, el informe no cumple con los requisitos establecidos en el contrato, este será rechazado, situación que igualmente será comunicada formalmente por escrito al asesor.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que, las observaciones de forma que la Contraparte Técnica formulare con ocasión de la revisión de cada uno de los informes presentados, no constituirán inicialmente motivo de rechazo, sin perjuicio de lo cual, el oferente deberá presentar obligatoriamente una versión corregida que subsane e incluya las observaciones formales por él formuladas, en un plazo de siete (7) días corridos a partir de la recepción de la carta que comunica tales observaciones, lo que será parte del plazo de ejecución de la asesoría. Certificada por la Contraparte Técnica que las observaciones fueron subsanadas, se generará la aprobación del informe por parte de ésta. Por otro lado, el incumplimiento por parte del asesor de dicho requerimiento producirá inmediatamente el rechazo del informe correspondiente y dará lugar a la aplicación de la multa por atraso, contemplada en el punto 32 de las presentes Bases, contado desde el día o fecha en que el asesor debía haber presentado la versión corregida del informe.
El rechazo de un informe deberá ser fundado y comunicado al adjudicatario, conteniendo las observaciones que deban ser subsanadas para dar lugar a su aprobación. La misma carta señalará el plazo de que dispone el adjudicado para subsanar las observaciones y presentar una nueva versión del informe, para lo cual, se considerará un plazo máximo de cinco (5) días corridos.
El tiempo que transcurra entre la notificación del segundo rechazo de un informe y el plazo que disponga para su corrección y entrega informada por la contraparte técnica de la consultoría, formará parte del plazo de ejecución.
32. MULTAS
Normas Generales
El Servicio podrá aplicar, en forma administrativa, multas al proveedor contratado, cuando éste no cumpla con el servicio contratado, salvo caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. El tope de multa será del 15% (quince por ciento) del monto total adjudicado.
En caso de que no sean justificados y que el Servicio califique el incumplimiento respectivo, se notificará por escrito esta decisión al proveedor, indicando la causa y la multa a que da origen el incumplimiento.
El proveedor podrá reclamar de su aplicación al Servicio licitante dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados desde la notificación. El Servicio resolverá la reclamación presentada, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor, o bien la rechazará, confirmando la multa respectiva, en función de los antecedentes de respaldo y fundantes respectivos que se hubieren deducido o acompañado.
Las causas que harán procedente la aplicación de multa y los montos aplicables son los que se especifican a continuación:
a.1 Falta Grave
- Se cobrará una multa ascendente al 2,5 UTM por cada día de atraso en que incurra el asesor en la entrega de informe respectivo con tope de cinco (5) días hábiles.
- Se cobrará una multa de 5 UTM si se detecta en los informes información falsa, manifiestamente incompleta o no se acompaña al mismo los respaldos exigidos en las Bases Administrativas y/o Bases Técnicas, con tope de 1 eventos.
- En el caso de que un mismo informe sea observado por cuarta vez se considerará este hecho como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y podrá dar lugar al término anticipado de éste, además, de cobrar las multas mencionadas anteriormente.
a.2 Falta Moderada
- Inasistencia a la obra para realizar la supervisión en terreno de la ejecución de las partidas del contrato que requieran la presencia de la inspección y/o de la asesoría. 2 UTM con tope de 2 eventos.
a.3 Falta Leve
Se sancionará al asesor por algunas de las siguientes infracciones, ascendente
a 1 UTM a cada una de ellas que se cometiera.
- Si el consultor no realiza en la fecha fijada una actividad previamente convocada o si no se presenta a una reunión de trabajo prevista en el plan de trabajo o, convenida con la Contraparte Técnica, cuando ésta la hubiera requerido, lo anterior, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y aceptado por la Contraparte Técnica, con tope de 2 eventos.
- En caso de que el contenido del informe no se ajuste a la normativa, requisitos o técnicas aplicables a los respectivos productos de la Asesoría, excedan los márgenes aceptables de transcripción de documentos disponibles en internet, o contengan transcripciones parciales o totales de textos o documentos electrónicos y/o disponibles en internet, sin que se consignen las citas o referencia pertinentes, con tope de 3 eventos.
a.4 Aplicación de Multas
- Dichas multas se harán efectivas a través de un procedimiento administrativo, generando una resolución que aprueba las multas, dónde el consultor las podrá realizar de la siguiente manera:
- Pago en efectivo: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas. El proveedor acude a Tesorería con el efectivo y se le otorga un comprobante de ingreso manual entregando copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable de Sigfe.
- Pago por transferencia: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas con el respectivo comprobante de transferencia a Tesorería, en esta Unidad se le otorgará un comprobante de ingreso manual entregando una copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable en Sigfe.
Nota: "El tope máximo para la aplicación de multas en el convenio será de un 15% del contrato, si el proveedor adjudicado supera el porcentaje establecido como máximo de aplicación de multas, el Gobierno Regional podrá poner término anticipado al contrato, conforme al "Procedimiento para aplicación de multas y sanciones.”
El proveedor deberá pagar la multa directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio, debiendo otorgarse recibo para tal efecto.
Se podrá realizar también un depósito en la Cuenta Corriente del Gobierno Regional del Maule N°43509108936 del Banco Estado.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio de poner término anticipado al contrato.
33. CONTRAPARTE TÉCNICA
La Contraparte Técnica estará a cargo de un profesional del Gobierno Regional del Maule nombrado por resolución. Este profesional será responsable de organizar la prestación de la asesoría, supervisar su ejecución, evaluar su cumplimiento, e informar de ello al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional (DIPIR) proponiendo, en su caso, los documentos que hayan de dirigirse al asesor o a la División de Administración y Finanzas, velando por el eficiente desarrollo de la contratación. En su función, la Contraparte Técnica será asesorada por una Comisión Técnica integrada por a lo menos 3 personas designadas por resolución, esta comisión tendrá por función asesorar a la Contraparte Técnica en la supervisión el contrato.
En particular corresponderá a esta Contraparte Técnica desarrollar las siguientes funciones:
a) Revisar, formular observaciones y, en su caso, dar visto bueno a los informes y actividades y efectuar la recepción conforme, cuando proceda a los productos y servicios considerados en la consultoría e informar por escrito a la Jefatura pertinente de las circunstancias que puedan dar origen a multas, adjuntando, en su caso, la respectiva propuesta de oficio o memorando dirigido al Gobernador Regional.
El plazo para revisión de los respectivos informes y/o productos de la Asesoría, Estados de pago y otros que deba realizar la Contraparte Técnica, será de 10 días hábiles, a contar de la recepción completa de los antecedentes o productos, según corresponda. En caso de existir observaciones, se las informará por escrito al oferente, fijándole el plazo para subsanarlas. Ingresado el o los documento(s) y/o productos, según corresponda, habiéndose subsanado las observaciones, la Contraparte Técnica dispondrá del mismo plazo antes indicado para pronunciarse, informando al consultor del resultado de la revisión.
b) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y en el contrato que al efecto se suscriba.
c) Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a las exigencias establecidas en las presentes Bases, en las Bases Técnicas y demás documentos complementarios.
d) Velar por el correcto desarrollo del servicio informando formalmente a la jefatura pertinente para que este informe al Gobernador Regional, en caso de incumplimiento para la eventual aplicación de multas.
e) Las demás que le encomienden las presentes Bases y el Contrato.
Además, podrá requerir al consultor su disponibilidad para participar en reuniones y/o cualquier otro requerimiento generado por el Gobierno Regional del Maule.
34. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite durante la provisión del servicio serán presentadas a la Contraparte Técnica.
La Contraparte Técnica deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual puede abrir un periodo probatorio, de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a diez (10) días, ni superior a treinta (30) días. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitarse informes de especialistas, de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser funcionarios del Gobierno Regional del Maule o externos.
35. OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR CON SUS TRABAJADORES
El proveedor será, por los trabajadores que se desempeñen en los servicios que son objeto de las presentes Bases, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. De este modo, se deja expresa constancia que el Gobierno Regional del Maule se encuentra exento de toda responsabilidad que pudiere derivar de dicha relación laboral, como, asimismo, de cualquier hecho imputable al proveedor y a consecuencia del cual se produzcan lesiones o daños en las personas o bienes de los trabajadores del proveedor.
36. OBLIGACIONES DEL OFERENTE
El oferente deberá proveer la Asesoría, la que será validado y aprobado por la Contraparte Técnica, dando cumplimiento a las siguientes funciones:
- Asesorar técnica y metodológicamente todas las etapas que comprende el proyecto.
- Proveer todos los servicios operacionales y logísticos, requeridos para el desarrollo de todo el proceso de elaboración de la consultoría.
- Elaborar informes y presentaciones de avance y gestión durante los hitos que contempla el proceso.
- Participar en reuniones permanentes, de acuerdo con lo establecido por la Contraparte Técnica del Gobierno Regional del Maule, y en nuevas instancias de trabajo que surjan en el desarrollo del proyecto (reuniones, presentaciones, u otras).
37. SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 N°10 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, el proveedor adjudicado deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales respecto de su personal, expedido por la Dirección del Trabajo, u otro documento idóneo, el cual será presentado al momento de la formalización de la contratación.
En caso de que la empresa adjudicataria registre saldos insolutos por concepto de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, ya sea respecto de trabajadores actuales o de trabajadores contratados en los últimos dos años, no se autorizará el pago del servicio contratado hasta que dichas obligaciones hayan sido regularizadas en su totalidad. Para ello, la empresa deberá presentar los comprobantes, planillas u otros antecedentes que acrediten el cumplimiento íntegro de dichas obligaciones.
El incumplimiento de esta exigencia facultará al Gobierno Regional del Maule para poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, y para excluirlo de futuras licitaciones públicas convocadas por esta institución.
38. TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo con el Art. 13 Bis de la Ley de Compras Públicas, el servicio contratado podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, el Gobierno Regional del Maule sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
h) En caso de disconformidad del servicio prestado según informe fundado de la contraparte técnica.
Las demás causales establecidas en la ley.
Para efectos de la aplicación de la causal de término anticipado indicada en la letra c) precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, lo siguiente:
a) La verificación de causal constitutiva de falta grave, de acuerdo con lo establecido en el numeral 32. En el caso de superar el 15% del monto contratado o superar la aplicación de 2 multas, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato.
b) La verificación de causal constitutiva de falta moderada, de acuerdo con lo establecido en el numeral 32. En el caso de superar el 15% del monto contratado o superar la aplicación de 4 multas el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato.
c) La verificación de causal constitutiva de falta leve, de acuerdo con lo establecido en el numeral 32. En el caso de superar el 15% del monto contratado o superar la aplicación de 6 multas, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato.
De acuerdo con el Art. 13 ter de la Ley de Compras Públicas, en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las Bases, el Gobierno Regional del Maule podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, y ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
39. PROCEDIMIENTO EN CASO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS FRENTE A INCUMPLIMIENTOS
Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas frente a incumplimientos del numeral 31 y/o 36 de las presentes Bases, conforme al artículo 140 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el Gobierno Regional notificará al adjudicatario al correo electrónico fijado en el Anexo N°1, indicando los hechos que ameritan la aplicación de una medida y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de esa fecha, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad de los proveedores mantener dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio al Gobierno Regional del Maule.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Gobierno Regional del Maule dictará un acto administrativo aplicando la medida que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlas o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará mediante un acto administrativo, que se notificará al correo electrónico señalado anteriormente y se publicará oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al Gobierno Regional del Maule por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
40. RECURSOS
En contra de la resolución señalada en el numeral anterior, procederán los recursos que dispone la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Gobierno Regional resolverá dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente el recurso.
41. LEGISLACIÓN SUPLETORIA DE LAS BASES.
Las presentas Bases de Licitación, en todo aquello que no se encuentre expresamente regulado, se entenderán complementadas por las disposiciones establecidas en la Ley N°19.886 y su Reglamento, el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En caso de contradicción o discrepancias entre las presentes Bases de Licitación, con lo dispuesto en la Ley N°19.886, y el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, prevalecerán las estipulaciones contenidas en dicha Ley y Decreto.
42. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1. En casos muy calificados y debidamente fundados, se podrá convenir de común acuerdo con el proveedor una modificación de los servicios contratados. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero ni dar como resultado un contrato de naturaleza diferente.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de Licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generará inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
(iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente artículo, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
43. CONFIDENCIALIDAD
El oferente no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes, y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El oferente, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del/la respectivo/a contratista en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El/la contratista debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Gobierno Regional del Maule el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes y sin perjuicio de lo que establece la Ley Nº20.285, sobre transparencia y acceso a la información pública.