Licitación ID: 3384-16-LE25
Servicio arriendo de cuatro estaciones de trabajo
Responsable de esta licitación: INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 315
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Computadores de escritorio 1 Unidad
Cod: 43211507
Contratación del servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, de acuerdo a lo detallado en las bases de esta licitación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio arriendo de cuatro estaciones de trabajo
Estado:
Revocada
Descripción:
Contratación del servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Instituto Geográfico Militar -IGM
R.U.T.:
81.448.600-1
Dirección:
Avenida Santa Isabel 1651
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-06-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-05-2025 15:31:32
Fecha inicio de preguntas: 28-05-2025 15:40:00
Fecha final de preguntas: 02-06-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-06-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-06-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-06-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-06-2025 14:42:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Las presentes bases de licitación regulan el llamado a propuesta pública, para la contratación del servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, el que se encuentra ubicado en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento y deberán considerar todo lo solicitado y lo requerido en estas bases de licitación
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica conforme a lo solicitado en las bases técnicas, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta, según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público
 
Documentos Económicos
1.- El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma total de $18.655.000.- (dieciocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil pesos) impuesto y gastos incluidos, correspondiente a un contrato de 14 meses. El IGM se reserva el derecho de rechazar y declarar inadmisibles las ofertas que excedan el monto máximo disponible establecido en estas bases de licitación. Los montos correspondientes a los años siguientes, se encontrarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria para esos periodos, los que serán considerados como presupuestos de continuidad del IGM.
2.- Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. En caso de discrepancia entre el “Anexo A” y el Comprobante de ingreso a la oferta, primará lo expuesto en el “Anexo A”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y al Anexo A o similar, de la forma siguiente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 60 60%
2 Tiempo de solución en caso de falla (máximo: 6 hor Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (10 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de solución en caso de falla (máximo de 6 A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de solución / Tiempo de solución evaluado) x 10 Las ofertas que indiquen menos de 1 hora (59 minutos) para el tiempo de solución en caso de falla, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 2 y 4 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (4 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofertado es de 6 horas. 10%
3 Plazo de entrega (máximo 3 meses) El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de meses que el proveedor señale para efectos del plazo de la entrega, instalación, configuración y puesta en marcha, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de días ofertados/oferta evaluada) x 10 Los proveedores que ofrezcan plazo en tramos (Ejemplo: 1 a 3 meses) se les considerará el mayor plazo (3 meses), para aquellos que oferten “Entrega inmediata”, se le asignará 0 (cero) puntos en este criterio, al igual que aquellos que no indiquen plazo de entrega del equipamiento ofertado y para el contrato se considerará el plazo máximo de entrega (3 meses). 10%
4 Certificado de acreditación de condición de partne Los oferentes que adjunten a su oferta un certificado que acredite su condición de partner de la marca de los equipos propuestos, garantizando así la calidad y soporte de los mismos. Se les asignara 7 (siete) puntos. Aquellos oferentes que NO lo adjunten a su oferta serán evaluados con 0 (cero) puntos. 7%
5 Experiencia de los Oferentes Los oferentes deberán adjuntar a su oferta, copia de los formularios F-29 “Declaración mensual y pago simultaneo de impuestos” entregados por el servicio de impuestos internos correspondiente al año 2024 y año 2025 hasta la fecha. Para efectos de determinar el monto de facturación de cada oferente durante el periodo, se aplicará la siguiente fórmula Monto facturado = ((código 538 / 0.19) + código 142). Al oferente que acredite mayor monto de facturación durante el año 2024 y año 2025 hasta la fecha, se le asignarán 5 (cinco) puntos y a los siguientes se les aplicara la siguiente formula: (Monto de facturación evaluado/mayor monto de facturación) x 5 (cinco) puntos 5%
6 Cumplimiento de los requisitos formales A los oferentes que ingresen oportunamente todos los antecedentes administrativos requeridos, se les asignarán 5 puntos. Aquellos oferentes que no adjunten todos los antecedentes requeridos o que la comisión de evaluación requiera solicitar la presentación de algún antecedente omitido por el oferente serán evaluados con 0 puntos, en este criterio. 5%
7 Tiempo de respuesta (máximo 2 horas). Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (3 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de respuesta ante un requerimiento (máximo 2 A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de respuesta / Tiempo de respuesta evaluado) x 3 Las ofertas que indiquen menos de 1 hora (59 minutos) para el Tiempo de respuesta, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 1 y 2 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (2 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofrecido es de 2 horas. 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto disponible
Monto Total Estimado: 18655000
Justificación del monto estimado El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma total de 18.655.000.- dieciocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil pesos impuesto y gastos incluidos, correspondiente a un contrato de 14 meses.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El IGM se reserva el derecho de rechazar y declarar inadmisibles las ofertas que excedan el monto máximo disponible establecido en estas bases de licitación.
Tiempo del Contrato 14 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jefe del Departamento de Finanzas del IGM
e-mail de responsable de pago: contables@igm.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefe de la Sección Geomática
e-mail de responsable de contrato: geomatico@igm.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-24109327-313
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR
Fecha de vencimiento: 31-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de garantía a la vista, carácter de irrevocable y a primer requerimiento en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. Dicha garantía deberá ser, en peso chileno, según consta en el Reglamento de la Ley N.° 19.886. La garantía deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 60 días hábiles después de terminado el mismo. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser entregada en la fecha indicada por el IGM, debiendo entregarse antes de la suscripción del mismo. Transcurrido este plazo, sin que el oferente adjudicado haga entrega de la referida garantía, se entenderá por este sólo hecho, que no existe interés en contratar con el IGM y que revoca o retira su oferta, procediendo a la respectiva readjudicación. El oferente podrá presentar esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento de forma física en un sobre cerrado, con la identificación de la licitación, su ID correspondiente y el nombre de la compañía aseguradora, en el domicilio del organismo contratante, al cual deberá ser entregada; o podrá otorgar la garantía de forma electrónica, debiendo ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”.
Glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Servicio de arriendo de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM”.
Forma y oportunidad de restitución: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
Artículo 1º: Las presentes bases de licitación regulan el llamado a propuesta pública, para la contratación del servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, el que se encuentra ubicado en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento y deberán considerar todo lo solicitado y lo requerido en estas bases de licitación. Artículo 2º: La presente propuesta será llevada a cabo, a través del sistema de información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren hábil en el “Registro de Proveedores” de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Artículo 3º: La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la Ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a la apertura de la oferta técnica y económica. Todos los plazos señalados en las presentes Bases de Licitación, serán en días hábiles, salvo que se establezca expresamente lo contrario. En caso de que algún plazo expire en día inhábil, este se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente. Para estos efectos, se considerarán días inhábiles los sábados, domingos y festivos. Artículo 4º: Todas las notificaciones que se realicen a través del sistema de información se entenderán realizadas, luego de 24 (veinticuatro) horas transcurridas desde que se publicó el documento, acto administrativo o resolución objetivo de la notificación.
DE LOS PARTICIPANTES
Artículo 5º: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores -en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación. Artículo 6º: En caso de presentarse conformación de alguna UTP, deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado (licitaciones menores a 1000 UTM) o la escritura pública (licitaciones superiores a 1000 UTM) que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma y su vigente no podrá ser inferior a la del contrato. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Artículo 7°: Los oferentes podrán presentar excepcionalmente sus ofertas en soporte papel los casos señalados en el Artículo 115°, en relación al artículo 50, ambos del reglamento de la Ley de compras públicas. En tal sentido, los oferentes que requieran acogerse a dicho Artículo, deberán acreditar la imposibilidad de realizar la oferta mediante el sistema de información, en cuyo caso para presentar dicha oferta no se modificará por dicha circunstancia, en caso de que uno o más oferentes se acojan a lo señalado precedentemente, tendrán los mismos plazos en días y horarios estipulados en las presentes bases de licitación y en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo presentar toda su documentación en un sobre cerrado, y deberán presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, RUT y fecha, por el representante legal del oferente y por el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega al IGM.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 8°: El proveedor asumirá todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas y riesgos de llevar a cabo los servicios solicitados. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y el IGM deberán redactarse en idioma español. Artículo 9°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Artículo 10°: El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma total de $18.655.000.- (dieciocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil pesos) impuesto y gastos incluidos, correspondiente a un contrato de 14 meses. El IGM se reserva el derecho de rechazar y declarar inadmisibles las ofertas que excedan el monto máximo disponible establecido en estas bases de licitación. Los montos correspondientes a los años siguientes, se encontrarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria para esos periodos, los que serán considerados como presupuestos de continuidad del IGM. Artículo 11°: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información y dentro del plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases, quedando prohibido todo otro tipo de contacto entre oferentes y funcionarios del IGM, que no sea del área de abastecimiento. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante el sistema de información, el día indicado en en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo ser autorizadas mediante resolución fundada y comunicada a través del portal de compras públicas a todos los participantes. Artículo 12°: La entidad licitante podrá modificar las bases de licitación, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas por medio de resoluciones fundadas y publicadas en el portal de Mercado Público, en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
PACTO DE INTEGRIDAD
Artículo 13°: El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y en sus ofertas. Asimismo, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente las siguientes obligaciones: a) No ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, los contactos solo se harán a través de los canales establecidos en la Ley y en estas bases de licitación. b) Revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. c) Aceptar asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. d) El oferente declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas. e) El oferente reconoce que las obligaciones emanadas del contrato que se suscriba, será la de presentación de servicio y no la mera entrega de los equipos o un contrato de trabajo, por lo que no existen vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el IGM y el personal de la empresa adjudicada. por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa adjudicada tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores, liberando de toda responsabilidad laboral a este instituto.
DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Artículo 14°: Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones. Artículo 15°: Propuesta económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. En caso de discrepancia entre el “Anexo A” y el Comprobante de ingreso a la oferta, primará lo expuesto en el “Anexo A”. Artículo 16º: Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica conforme a lo solicitado en las bases técnicas, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta, según plazo dispuesto en la ficha de licitación publicada en el Portal de Mercado Público. DE LA ADJUDICACIÓN Artículo 17º: Criterios de Evaluación: La evaluación de las ofertas se hará de acuerdo a los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: NRO. ITEM PONDERACIÓN 1 Precio 60 2 Plazo de entrega (máximo 3 meses) 10 3 Tiempo de solución en caso de falla (máximo: 6 horas) 10 4 Certificado de partner de la marca 7 5 Experiencia de los oferentes 5 6 Cumplimiento de requisitos formales 5 7 Tiempo de respuesta (máximo: 2 horas) 3 TOTAL 100 Precio = 60 % (máximo puntos 60) El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y al Anexo A o similar, de la forma siguiente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 60 Plazo de entrega (máximo 3 meses) = 10 % (máximo puntos 10) El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de meses que el proveedor señale para efectos del plazo de la entrega, instalación, configuración y puesta en marcha, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de días ofertados/oferta evaluada) x 10 Los proveedores que ofrezcan plazo en tramos (Ejemplo: 1 a 3 meses) se les considerará el mayor plazo (3 meses), para aquellos que oferten “Entrega inmediata”, se le asignará 0 (cero) puntos en este criterio, al igual que aquellos que no indiquen plazo de entrega del equipamiento ofertado y para el contrato se considerará el plazo máximo de entrega (3 meses). Tiempo de solución en caso de falla (máximo: 6 horas)=10 % (máximo puntos 10) Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (10 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de solución en caso de falla (máximo de 6 A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de solución / Tiempo de solución evaluado) x 10 Las ofertas que indiquen menos de 1 hora (59 minutos) para el tiempo de solución en caso de falla, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 2 y 4 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (4 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofertado es de 6 horas. Certificado de partner de la marca = 7% (máximo puntos 7) Los oferentes que adjunten a su oferta un certificado que acredite su condición de partner de la marca de los equipos propuestos, garantizando así la calidad y soporte de los mismos. Se les asignara 7 (siete) puntos. Aquellos oferentes que NO lo adjunten a su oferta serán evaluados con 0 (cero) puntos. Experiencia de los oferentes = 5% (máximo puntos 5) Los oferentes deberán adjuntar a su oferta, copia de los formularios F-29 “Declaración mensual y pago simultaneo de impuestos” entregados por el servicio de impuestos internos correspondiente al año 2024 y año 2025 hasta la fecha. Para efectos de determinar el monto de facturación de cada oferente durante el periodo, se aplicará la siguiente fórmula Monto facturado = ((código 538 / 0.19) + código 142). Al oferente que acredite mayor monto de facturación durante el año 2024 y año 2025 hasta la fecha, se le asignarán 5 (cinco) puntos y a los siguientes se les aplicara la siguiente formula: (Monto de facturación evaluado/mayor monto de facturación) x 5 (cinco) puntos Cumplimiento de requisitos formales = 5% (máximo puntos 5) A los oferentes que ingresen oportunamente todos los antecedentes administrativos requeridos, se les asignarán 5 puntos. Aquellos oferentes que no adjunten todos los antecedentes requeridos o que la comisión de evaluación requiera solicitar la presentación de algún antecedente omitido por el oferente serán evaluados con 0 puntos, en este criterio. Tiempo de respuesta (máximo: 2 horas) = 3% (máximo puntos 3) Se establecerá una escala de puntaje otorgando la mayor ponderación (3 puntos) al oferente que oferte un menor tiempo de respuesta ante un requerimiento (máximo 2 A los siguientes se les evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Menor Tiempo de respuesta / Tiempo de respuesta evaluado) x 3 Las ofertas que indiquen menos de 1 hora (59 minutos) para el Tiempo de respuesta, se les asignarán 0 puntos en su evaluación. En caso de indicarse, por ejemplo, entre 1 y 2 horas para efectos de evaluación se considerará el tiempo máximo indicado (2 horas) y de no indicar el plazo, se entenderá que el plazo ofrecido es de 2 horas. Artículo 21°: De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de prelación: 1. Criterio “Precio” 2. Criterio “Plazo de entrega” (máximo 3 meses) 3. Criterio “Tiempo de solución en caso de falla (máximo: 6 horas)” 4. Criterio “Certificado de partner de la marca” 5. Criterio “Experiencia de los oferentes” 6. Criterio “Cumplimiento de requisitos formales” 7. Criterio “Tiempo de respuesta (máximo: 2 horas)” En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta. Artículo 22°: Las propuestas serán evaluadas de conformidad con los criterios de evaluación de las presentes bases, confeccionando al respecto, un acta de evaluación. El IGM, adjudicará la presente licitación, a la propuesta que resulte ser más ventajosa, de conformidad con la evaluación realizada, mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información La presente licitación será adjudicada en la fecha señalada en la ficha de licitación, no obstante, se podrá modificar esta fecha por motivos debidamente justificados, lo que deberá ser autorizado mediante resolución fundada y notificada a través del portal de compras públicas, a todos los participantes.
DE LA INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Artículo 23º: El IGM declarará inadmisible aquellas propuestas que no cumplan en general y que no se ajusten con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, la Ley o el reglamento, mediante acto administrativo debidamente justificado, notificando al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. Artículo 24º: El IGM se reserva el derecho a declarar desierta la licitación, si en el resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que NINGUNA DE LAS OFERTAS representan o sirven a los intereses institucionales descritos en las presentes bases, lo que se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga, la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación. En tal caso el IGM, podrá levantar un proceso excepcional de licitación privada aplicándose las normas en todo aquello que atendida la naturaleza de la licitación sea procedente. Derivado de lo anterior, no habiéndose presentado ofertas o todas fueren declaradas inadmisibles fundadamente en el proceso de licitación privada, el IGM podrá aplicar el trato directo por la causal de “Licitaciones sin interesados”, debiendo utilizar las mismas bases de licitación pública.
READJUDICACIÓN
Artículo 25: Procederá la readjudicación en el caso que el adjudicatario, no formalice habilidad dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados. Artículo 26°: En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intensión de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior. De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente. Artículo 27°: Si el oferente adjudicado no suscribiere el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento al contrato, no entregue documentación solicitada en las respectivas bases en caso de haberse solicitado o no aceptare la orden de compra dentro del plazo de 48 horas, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con el IGM, pudiendo este dejar sin efecto la adjudicación, y adjudicarla al oferente que haya obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, y así sucesivamente, lo que dará derecho al IGM para cobrar la boleta de seriedad de oferta. Artículo 28°: Así mismo procederá la readjudicación si el proveedor que resulto adjudicado no de cumplimiento al plazo estipulado para el inicio del servicio licitado, conforme a los requerimientos técnicos.
CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Artículo 29º: Una vez formalizada y publicada la adjudicación, y en caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la misma, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos al correo amolina@igm.cl, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación. Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información. Se reitera la prohibición de cualquier otro tipo de contacto por cualquier medio entre oferentes y cualquier otro funcionario del IGM, que no sea del área de Abastecimiento. El IGM se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de su interés, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases.
DE LAS MULTAS
Multas por atraso de la entrega de los servicios y en caso de incumplimiento contractual. Artículo 30º: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos o incumplimiento contractual dentro de la ejecución de los Servicios contratados, en cuanto a: - Inicio del servicio: Se le cursará una multa por día de atraso en la entrega del servicio, correspondiente al 1% (uno por ciento), del valor neto del total adjudicado, hasta alcanzar un máximo del 15% (quince por ciento), en cuyo caso se podrá poner término anticipado a la contratación, salvo caso fortuito o fuerza mayor. - Atrasos en caso de demora en el tiempo de respuesta ante un requerimiento: Se multará a la empresa adjudicada por el 0,5% del respectivo mes, por cada hora de atraso que el proveedor demore en tomar contacto ante una incidencia reportada por notificación, hasta alcanzar un máximo de 24 horas en cuyo caso se podrá poner término anticipado a la contratación, salvo caso fortuito o fuerza mayor. - Atrasos en caso de solución del problema ante una falla: Se multará a la empresa adjudicada por el 0,8% del respectivo mes, por cada hora de atraso que el proveedor demore en reparar el incidente reportado, dejando completamente operativo el equipo, hasta alcanzar un máximo de 72 horas en cuyo caso se podrá poner término anticipado a la contratación, salvo caso fortuito o fuerza mayor. El inicio del eventual procedimiento de aplicación de multas se notificará por el sistema de compras públicas, dando el derecho a formular sus descargos fundados y acreditados, dentro de 05 días hábiles contados desde la notificación. El monto de las multas será rebajado del pago que el IGM deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos a través de las facturas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento al contrato, a elección del IGM. Artículo 31º: Conforme al reglamento de la Ley de compras públicas, los proveedores deberán fijar a través del sistema de información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, por lo que es responsabilidad de cada proveedor actualizar e informar cualquier cambio ante la Dirección de Compras.
FUERZA MAYOR
Artículo 32°: El Instituto Geográfico Militar y el proveedor no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el Artículo 45° del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, al IGM, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de inicio del servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas. Si transcurrieren más de 5 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectúe la comunicación y aportes de antecedentes al IGM, los días en exceso, sobre los 5 (cinco) días señalados para hacer la comunicación, estarán afectos a la aplicación de multas.
GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 33º: El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de garantía a la vista, carácter de irrevocable y a primer requerimiento en Avenida Santa Isabel #1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. Dicha garantía deberá ser, en peso chileno, según consta en el Reglamento de la Ley N.° 19.886. La garantía deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 60 días hábiles después de terminado el mismo. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser entregada en la fecha indicada por el IGM, debiendo entregarse antes de la suscripción del mismo. Transcurrido este plazo, sin que el oferente adjudicado haga entrega de la referida garantía, se entenderá por este sólo hecho, que no existe interés en contratar con el IGM y que revoca o retira su oferta, procediendo a la respectiva readjudicación. El oferente podrá presentar esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento de forma física en un sobre cerrado, con la identificación de la licitación, su ID correspondiente y el nombre de la compañía aseguradora, en el domicilio del organismo contratante, al cual deberá ser entregada; o podrá otorgar la garantía de forma electrónica, debiendo ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma”. Artículo 34º: La garantía de fiel cumplimiento deberá ser tomada por el oferente adjudicado, o un tercero a nombre de éste, extendida a nombre del Instituto Geográfico Militar, RUT N.º 81.448.600-1, por un monto equivalente al 5% del valor neto adjudicado del servicio, valor que deberá ser expresado en pesos chilenos, con la siguiente glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Servicio de arriendo de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM”. Artículo 35º: El proveedor adjudicado deberá mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 15 (quince) días hábiles previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, éste deberá renovarla, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencia que las indicadas precedentemente o aquella vigencia requerida por el IGM al momento de solicitar su renovación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato previo al vencimiento de la garantía vigente. Si el proveedor no renovare dicha garantía en el plazo señalado, el IGM podrá cobrarla administrativamente a su sola presentación y sin más trámite. Artículo 36º: La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada sin mayor trámite en los siguientes casos: a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo. b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato u orden de compra que corresponde. c) Quiebra o notoria insolvencia de la empresa a menos que se mejore la caución de satisfacción del IGM. Las garantías se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los entes competentes para perseguir judicialmente la responsabilidad del contratante incumplidor. En caso de hacerse efectiva la garantía y seguir vigente el contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar, dentro de un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el cobro de la primera, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en las presentes bases de licitación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato. Artículo 37º: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución. Artículo 38º: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% (cincuenta por ciento) del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el IGM podrá, por medio de resolución fundada debidamente tramitada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con el de la oferta que le sigue.
CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA
Artículo 39°: El IGM, elaborará el respectivo contrato, el que deberá ser suscrito por las partes siendo notificado al proveedor para la firma dentro del término de 30 días corridos, (fecha estimativa, el cual podrá realizarse antes de este plazo), contados desde el acto de la notificación de adjudicación a través del sistema de información. Artículo 40°: El adjudicatario, previo a la suscripción del contrato, deberá hacer entrega de la correspondiente Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Una vez suscrito el contrato se emitirán las Órdenes de Compra, para aceptación de las mismas por parte del proveedor adjudicado. Artículo 41°: En caso que el servicio contemple personal externo de la empresa, el adjudicatario deberá presentar, 72 horas antes de dar inicio a los servicios, el listado con los antecedentes necesarios del personal que ejecutará los servicios, tales como; nombre completo, RUT, nacionalidad, carnet de identidad y domicilio, quedando a criterio del Instituto Geográfico Militar la autorización o rechazo de ingreso a la unidad. Artículo 42°: Las partes excepcionalmente podrán acordar modificaciones al presente contrato, después de su entrada en vigencia, debiendo dichas modificaciones contar con un Addendum escrito, que debidamente firmado por las partes, pasará a formar parte integrante del presente contrato. Artículo 43°: En caso que dichas modificaciones ampliaran o extendieran los servicios requeridos, será obligación de la empresa caucionar los mismos, mediante la ampliación proporcional de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o de una nueva garantía por un monto proporcional, debiendo ser entregada antes de la suscripción del Addendum, garantizando dichos servicios bajo los mismos términos y condiciones que al servicio original. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado. Artículo 44°: El IGM de manera excepcional podrá prorrogar el contrato, por considerarse indispensable para las necesidades del instituto y por la cantidad de tiempo en que se realizará un nuevo procedimiento de licitación pública, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria. Artículo 45°: La relación contractual tendrá una vigencia desde la suscripción del contrato y hasta el término de este, un servicio por un periodo de 14 meses. En caso de sufrir algún cambio en los plazos de la adjudicación e inicio del servicio, la orden de compra se ratificará conforme al mes de inicio del respectivo contrato. Artículo 46°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique al IGM el contrato de factoring y que no existan obligaciones o multas pendientes (Artículos 75° y 127° del Reglamento de la Ley N.°19.886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente, para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 47°: Una vez adjudicado y como requisito para la suscripción del contrato y emisión de las órdenes de compra por el servicio de arriendo de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, el oferente adjudicado, deberá proceder a su habilidad en el “Registro de Proveedores”. En caso que no lo hiciere, en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, facultará al IGM para adjudicar la licitación al oferente que ocupa el 2° lugar en la evaluación y así sucesivamente. Artículo 48º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en el respectivo contrato y las órdenes de compra por el servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones, si las hubiere y su oferta.
MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO
Artículo 49º: La entidad licitante podrá poner término anticipado al contrato o modificar el mismo, si concurren las causales establecidas en el Artículo 129° y 130° del Reglamento de la Ley N.° 19.886, respectivamente. a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genera a la entidad licitante un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de contrato, con un máximo de seis meses. g) Si el adjudicatario se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. h) Si se disuelve la empresa adjudicada. i) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas conforme a la probidad y transparencia. j) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiera implicar conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. k) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. l) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. m) En caso que el atraso supere los 15 (quince) días, para el inicio del servicio, ya establecido para tales efectos en las presentes bases. n) En caso que las multas cursadas por atrasos en el inicio del servicio sobrepasen el 15% del valor total del contrato. o) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Artículo 50°: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado: a) La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. f) El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases técnicas. Artículo 51º: La declaración de término anticipado, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa, según el procedimiento del Artículo 52° de estas bases. En ningún caso el término anticipado de los servicios, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio.
EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO
Artículo 52º: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, el IGM, emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles efectué sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la entidad licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa mediante una resolución fundada, siendo esta notificada y publicada en el Sistema de Compras públicas, ya sea en el ID de la licitación pública como en el aplicativo del Gestor de Contratos. Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, el IGM, si procediere, se aplicará alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el Sistema de Información. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos dispuestos en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO
Artículo 52º: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, el IGM, emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles efectué sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la entidad licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa mediante una resolución fundada, siendo esta notificada y publicada en el Sistema de Compras públicas, ya sea en el ID de la licitación pública como en el aplicativo del Gestor de Contratos. Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, el IGM, si procediere, se aplicará alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el Sistema de Información. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos dispuestos en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
DE LOS PAGOS
Artículo 53°: Para proceder trámite del pago, se requiere que previamente se efectúe la entrega de los servicios contratados en el sistema de información, conforme a lo siguiente: a) La entrega o fecha de cumplimiento de la presentación del servicio, por parte del adjudicatario, en el momento que esto ocurra. b) Emisión del acta de recepción conforme de bienes y/o servicios firmada por el Jefe del Departamento requirente o administrador del contrato del IGM. c) La recepción conforme del servicio adquirido en el sistema de información elaborado por el Jefe de la Sección de Abastecimiento, cambiando de estado la orden de compra. d) En caso de existir inconformidad con el servicio adquirido, se deberá registrar los hechos en que se funda y los antecedentes de respaldo. En este caso no se procederá al pago, sin prejuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan. Artículo 54°: El pago del servicio se efectuará mensualmente por un periodo de 14 meses y se pagará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado cabal cumplimiento mensual al servicio de arriendo de cuatro estaciones de trabajo para el IGM, dando cumplimiento a lo siguiente: 1. Factura comercial: Las facturas deberán ser emitidas por el proveedor conforme al monto y detalle de la órden de compra emitida a través del portal Chilecompra y requiere contener los siguientes antecedentes: - Razón Social: Instituto Geográfico Militar - RUT: 81.448.600-1 - Giro: Investigaciones y Desarrollo Experimental / Imprenta - Dirección: Avenida Santa Isabel #1651, Comuna de Santiago, RM. 2. En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al marco reglamentario, el oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar por lo menos, 05 (cinco) días hábiles antes de que se trámite el pago de la factura. Si no da aviso en el plazo y forma exigida por la Ley, el pago se realizará al proveedor (cedente). La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente y no deben existir obligaciones o multas pendientes. Artículo 55°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante la modalidad que establezcan ambas partes. Artículo 56°: La presente contratación de los servicios que por este acto se licita queda sujeta a la aprobación de la Ley de presupuesto, por encontrarse la presente contratación financiada con fondos presupuestarios año 2026, y la consecuente disponibilidad de fondos, los que se solicitarán como presupuestos de continuidad. Artículo 57°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 58°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases, se entienden incorporadas en la orden de compra y contrato, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
CLÁUSULA DE INTERPRETACIÓN
Artículo 59°: Los vacíos o puntos obscuros o dudosos de las presentes bases, se interpretarán e integran de conformidad la Ley sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento complementario y la Ley de bases de contratos Administrativos de suministro y prestaciones de servicios y su reglamento y específicamente conforme al deber de resguardo de los recursos fiscales y los principios de igualdad de oferentes, probidad y buena Fe.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.