Acreditación del cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
El pago de las remuneraciones a los trabajadores, cotizaciones y otros pagos que corresponda otorgar, se realizará en estricto apego a la legislación vigente. Los mismo aplicará, en el evento que se paguen los honorarios a prestadores de servicios, debiéndose dar cumplimiento al pago de los respectivos impuestos y otras obligaciones legales.
Será obligación del contratado cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes sociales y contratación de los seguros exigidos, según sea el caso, encontrándose la Corporación facultada para exigir en cualquier momento, las planillas o documentación que acrediten sus pagos.
Los salarios, sueldos u honorarios, así como los bonos o aguinaldos ya sean legales o contractuales o sean estos de cualquier naturaleza que se paguen al personal del contratado, serán de exclusivo cargo de éste, al igual que las retenciones por imposiciones previsionales de salud e impuestos que correspondan.
La Corporación no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el contratado para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, honorarios, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario.
Los oferentes, al presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar disponible en este proceso licitatorio en la plataforma de mercado público, quedaran habilitados para presentar ofertas para la Corporación. El oferente que entregue información falsa en alguna de las declaraciones se sancionará con las penas establecidas en el artículo 210 del Código Penal de la República de Chile.