Licitación ID: 4366-1-LE26
Construcción Refugios peatonales comuna de Quillón
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLON
Fecha de Cierre: 13-01-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 21
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Se refiere a la construcción de refugios peatonales en diversos puntos de la comuna de Quillón. Las características de su ejecución, están detalladas en las respectivas Especificaciones Técnicas, planimetría, presupuesto detallado y la totalidad de antece  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Construcción Refugios peatonales comuna de Quillón
Estado:
Publicada
Descripción:
El presente proyecto se refiere a la construcción de refugios peatonales en diversos puntos de la comuna de Quillón. Las características de su ejecución, están detalladas en las respectivas Especificaciones Técnicas, planimetría, presupuesto detallado y la totalidad de antecedentes que forman parte del llamado a licitación pública. Las ubicaciones y emplazamientos de los refugios peatonales, podrán contemplar modificaciones menores, de acuerdo las preexistencias del terreno.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLAN
R.U.T.:
69.141.400-0
Dirección:
18 De Septiembre 250
Comuna:
Quillón
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-01-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 02-01-2026 13:53:20
Fecha inicio de preguntas: 05-01-2026 15:30:00
Fecha final de preguntas: 07-01-2026 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-01-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-01-2026 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-01-2026 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 03-02-2026 9:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas Especiales Punto N°13, 13.1.-
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas Especiales Punto N°13, 13.1.-
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas Especiales Punto N°13, 13.2.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Apertura Técnica Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Apertura Técnica.- 50%
2 Apertura Económica Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Apertura Económica.- 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: I. Municipalidad de Quillón
Monto Total Estimado: 35000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La Unidad Técnica, podrá adjudicar la obra cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
Tiempo del Contrato 100 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andrea Núñez Benítez
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores2@quillon.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Quillón
Fecha de vencimiento: 16-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: Según Bases Administrativas Especiales Punto N°15, 15.1.-
Glosa: Según Bases Administrativas Especiales Punto N°15, 15.1.-
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Administrativas Especiales Punto N°15, 15.1.-
    Otras Garantías
Beneficiario: I. Municipalidad de Quillón
Fecha de vencimiento: 30-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar la correcta ejecución de las obras del proyecto denominado "La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.O."
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de correcta ejecución de la obra se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.O.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
3. CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
3.1.- Modalidad de Contratación Propuesta Pública a suma Alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, ni indemnizaciones de ningún tipo, según calendario de Licitación contenido en portal mercado público. Las aprobaciones y recepciones de la obra correspondientes antes de la solicitud de recepción, todo a cargo del contratista que se adjudique la obra. - 3.2.- Reglamentación Las normas aplicables a las presentes bases administrativas serán la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575; Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880; Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Obra Nº19.886, Decreto Supremo Nº661, aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886; Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695, aclaraciones, consultas, Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas. El Marco Regulatorio, será el siguiente: a) Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº 19.886. b) Ley N°21.634, que Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado. c) Decreto Supremo N° 661 del año 2024, que aprueba Nuevo Reglamento de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el decreto supremo Nº 250, de 2004, del ministerio de hacienda. d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695. e) Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880. f) Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575 g) Ley N° 20.730 y su reglamento de fecha 08.03.2014, la Ley del Lobby. h) El D.S.Nº458/75 de V.U., “Ley General de Urbanismo y Construcción”, y su Ordenanza, con todas sus modificaciones posteriores. i) Normas Nch, Norma de los fabricantes, en el empleo y uso de los materiales, etc. j) Ley Nº 16.744, especialmente en lo referido al Artículo 66 bis, sobre gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios. k) Manuales de fabricante utilizados en la obra en cuestión. - l) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores. m) Ley N°20.123 y reglamento que regula el trabajo y en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios n) Decreto Supremo N°40 que aprueba reglamento sobre prevención de riesgos profesionales. o) Oficio N° E57512/2025, que remite copia de las instrucciones de carácter general N°6/2024, del tribunal de defensa de la libre competencia. p) Ley Nº18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades”. q) Ley N°19.300 de Medio Ambiente y sus Reglamentos. r) D.F.L. Nº458/75 Ley General de Urbanismo y Construcciones. s) Ley N° 20.753 Sobre Normas De Seguridad Mínimas De Las Pasarelas Peatonales Y Los Pasos Desnivelados O Puentes, las cuales también pueden incluir refugios peatonales t) Ley N° 20.422 establece las normas de accesibilidad universal en espacios públicos, lo que incluye la creación de refugios peatonales que sean seguros y accesibles para todos los usuarios, independientemente de su capacidad física o cognitiva. u) Normativa Aplicable vigente. 3.3.- Orden de Prelación. Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de Prelación de la Documentación (en orden de mayor a menor importancia), será: Prelación Administrativa 1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas) Decretadas. 2) Bases Administrativas Especiales, Decretadas. 3) Formularios. 4) Contrato. Prelación Técnica 1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas) Decretadas. 2) Bases Técnicas de la obra. 3) Contrato. 4) Propuesta del oferente. La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del contratista por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
4. DE LA PARTICIPACIÓN
Podrán participar en esta licitación, los contratistas y/o profesionales competentes, en el rubro del área de la construcción, de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcción, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza y Leyes Locales de la Municipalidad. Que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, y que estén inscritos y en estado hábil en el Registro de Proveedores, al momento de su adjudicación, para efectuar los trabajos correspondientes a su categoría, que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, y que estén habilitados en el registro de la Ley de Compras Públicas (Chile proveedores) al momento de su adjudicación. Según los establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, deberá presentar documento que adquiere el carácter de escritura pública de la constitución y Nombramiento de un representante o apoderado común, de acuerdo a lo solicitado en el punto N°13 Presentación de las Ofertas letra i) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP) de las presentes bases administrativas. La vigencia de esta unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo contractual. Sin perjuicio de lo expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante notario público chileno, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. La Unión Temporal de Proveedores, debe encontrarse dentro de lo regido por el “Párrafo 2” de la Unión Temporal de Proveedores, en los artículos del N°180 al N°184 del Decreto N°661. Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en el numeral 13. Letra i). Según lo definido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sólo se encuentran habilitados para ejecutar obras de construcción, reconstrucción, alteración, modificación y reparaciones de edificios y la urbanización de ciudades, los profesionales competentes como personas naturales y aquellas sociedades que actúen, a través de un profesional competente. Por ello, en los casos de personas naturales, estos deben tener la calidad de Profesional Competente del área de la construcción, es decir, poseer el siguiente título: Ingeniero civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor o Constructor Civil. Los registros de contratistas, deberán ser acreditados por el contratista mediante un certificado actualizado. Este documento no podrá tener una fecha de emisión superior a 30 días corridos antes de la fecha de apertura económica de la propuesta, siendo estos de carácter obligatorio, y el no contar con ellos la municipalidad dejará automáticamente fuera de bases al oferente. Debiendo poseer el siguiente registro, atingentes a obras similares:  Registro de Municipalidades (en obras civiles y construcción)
5. DE LOS PROPONENTES
Los oferentes, por el solo hecho de la postulación, aceptan el derecho irrestricto de la Municipalidad de Quillón para hacer interpretación y aplicación de las Bases y suplir la falta de regulación de algún tema determinado, todo ello en la forma necesaria para cumplir efectivamente sus fines, esto es elegir el mejor oferente, que permita la realización en las mejores condiciones y adoptar, durante la vigencia del contrato, las modalidades de buen funcionamiento, para alcanzar el resultado deseado. Además, aceptan y reconocen las facultades de las partes para regular, de común acuerdo, aquellas materias no comprendidas en las Bases y Especificaciones Técnicas y aquellas imposibles de prever Además, deberán cumplir las obligaciones que contraen desde su participación en la licitación como oferentes o adjudicatarios, en su caso, sin que motivo o razón alguna autorice desconocerlas, excusarse o desistirse de su cumplimiento. Del mismo modo aceptan y quedan obligados a someterse a las decisiones que, en el ejercicio de las facultades consignadas en estas Bases y en la legislación, emitan los organismos municipales correspondientes. Lo anterior, sin perjuicio de los eventuales derechos que puedan hacer valer los oferentes ante los organismos competentes.
6. DEL PROYECTO
La propuesta se refiere a la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN REFUGIOS PEATONALES, COMUNA DE QUILLÓN” elaborado por la Municipalidad de Quillón. Los alcances de las obras corresponden a lo siguiente: El presente proyecto se refiere a la construcción de refugios peatonales en diversos puntos de la comuna de Quillón. Las características de su ejecución, están detalladas en las respectivas Especificaciones Técnicas, planimetría, presupuesto detallado y la totalidad de antecedentes que forman parte del llamado a licitación pública. Las ubicaciones y emplazamientos de los refugios peatonales, podrán contemplar modificaciones menores, de acuerdo las preexistencias del terreno.
7. DEL PRECIO
El presupuesto máximo disponible asciende a $35.000.000.- (treinta y cinco millones, de pesos) impuestos incluidos. La Unidad Técnica, podrá adjudicar la obra cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
8. DE LOS PLAZOS
El plazo para la ejecución de las obras en todos sus detalles será propuesto por el oferente; sin embargo, este no podrá ser inferior a 60 días ni mayor a 100 días corridos, a contar de la fecha consignada en el Acta de Entrega de Terreno, hasta la fecha en que se solicite la Recepción Provisoria del Contrato, a través del oficio conductor ingresado en oficina de partes. Cabe precisar que las obligaciones contraídas por el contratista en virtud del contrato de ejecución de la obra, involucra la ejecución de las obras, su certificación y la recepción de la obra y/o autorizaciones correspondientes. No se consideran dentro del plazo contractual a aquellos días que los organismos disponen para la revisión y autorización de los permisos sectoriales respectivos, lo cual deberá ingresar una copia al I.T.O. una vez iniciada la solicitud del permiso, recepción o autorización respectiva, siempre que de ello dependa la ejecución de las obras y que las solicitudes hayan sido hechas con la anticipación necesaria, lo que significa que, si el atraso es por una mala planificación de los procesos para obtener los permisos, revisiones o recepciones, no se considerarán plazos fuera de los acordados en el contrato. El plazo ofertado se entenderá en días corridos, sin deducción de lluvias, feriados ni festivos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito calificado por la ley vigente.
10. VISITA A TERRENO
Este llamado a licitación, NO contempla visita a terreno. Sin embargo, en el portal www.mercadopublico.cl, se publicará un documento en formato KMZ e imagen referencial del sector, junto a un video o fotos con los alcances del proyecto.
11. CONSULTAS - 12. RESPUESTAS A LAS CONSULTAS
11. CONSULTAS Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes BAE. 12. RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Las respuestas a las consultas serán efectuadas por el portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes BAE. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones son parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente. Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases Administrativas, Planos de arquitectura e ingeniería y Especificaciones Técnicas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes. De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados. La Municipalidad de Quillón, podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consultas realizadas por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, realizar aclaraciones, con el sentido de enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente, el que será informado en el portal del sistema de información y contratación pública. De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la o la fecha de aperturas de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para la obra de las modificaciones. Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública www.mercadopublico.cl.
13. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf. No se aceptará otro tipo de formato. Por lo que, dado el caso la municipalidad dejará fuera de bases al proponente. La oferta se presentará en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses. Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos (IVA). En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto; sin embargo, en la oferta económica e itemizado debe ser con impuesto incluido. 13.1 Archivo documentación Administrativa - Técnica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo 2 Declaración Jurada simple, según formato, debidamente firmado por su representante legal. c) Fotocopia de Cedula de Identidad del Oferente y/o Representante Legal Persona Natural, letra d): d) Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, en Original o copia, y presentar fotocopia del título profesional o certificado de título que lo califica como profesional competente, de acuerdo a la ley de urbanismo y construcción. Persona Jurídica letra e), f), g), h): e) Copia del RUT de la empresa. f) Certificado de vigencia de la sociedad. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación. g) Certificado de Poder Vigente del representante legal. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación. h) Copia de Escritura Pública de la sociedad, cuyo objeto tenga como giro principal el de construcción o afín (esencial). i) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cuando corresponda. j) Documento que certifique la Inscripción vigente del Registro de Contratista o Registro de Municipalidades, extendido con una antigüedad no superior a 30 días corridos de la fecha de la Apertura técnica, por el Registro correspondiente. k) Patente Municipal vigente, que indique rubro de acuerdo a lo señalado en el Punto Nº4 de las presentes Bases. l) Copia firmada por el oferente de foro de preguntas y respuestas de la licitación, expuesta en el portal www.mercadopublico.cl. m) Programa de Integridad, oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°17.letra e) de las presentes Bases Administrativas Especiales (la no presentación del programa no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES) n) Declaración jurada simple de los trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad según punto N°17.letra e) de las presentes Bases Administrativas Especiales (la no presentación del programa no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES). o) Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, emitido dentro de los 30 días anteriores al acto de apertura técnica de la propuesta. p) Formulario Anexo 3 Nómina de obras en ejecución y terminadas durante los últimos 4 años con características similares a la Obra Licitada, ejecutadas por la empresa, no subcontratos, señalando: - Nombre de la Obra - Monto - Nombre Entidad Requirente - Número de contacto mandante - Año. - N° Obras ejecutadas En tal sentido, se deberá acreditar, a través de certificados emitidos por los mandantes (no se considerarán, órdenes de compra, recepciones, facturas, etc. por obras realizadas), en los cuales se señale claramente monto del contrato y de preferencia la calificación obtenida. Sin perjuicio de lo anterior la falta de dichos certificados, facultará a la municipalidad para desestimar dicha nómina. q) Formulario Anexo 3.1 Nómina de obras en ejecución y terminadas durante los últimos 4 años con características similares a la Obra Licitada, lideradas por el jefe de obras (residente) propuesto en la presente licitación pública, señalando: - Nombre de la Obra - Monto - Nombre Entidad Requirente - Número de contacto mandante - Año. - N° Obras ejecutadas En tal sentido, se deberá acreditar, a través de Certificados emitidos por los mandantes en conjunto con las respectivas Órdenes de Compra (no se considerarán, recepciones, facturas, etc. por obras realizadas), Los certificados deben señalar la unidad mandante, el nombre de la obra, el ID de mercado público, m2 y/o cantidades según partidas (en m2, unidades, ml, kg, entre otras y de acuerdo al tipo de obras), monto del contrato, fecha, nombre y timbre de quien emite el certificado y de preferencia la calificación obtenida. Sin perjuicio de lo anterior la falta de dichos certificados, o verificación de adulteración o falsificación, facultará a la municipalidad para desestimar dicha nómina y tomar acciones pertinentes. r) Formulario Anexo 5 Plazo de Ejecución de la Obra, días corridos. 13.2 Archivo Propuesta Económica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 4 Oferta, según formato, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo 6 Programa de trabajo, indicando los tiempos necesarios (semanas) para el desarrollo de las obras (según itemizado de presupuesto detallado). c) Formulario Anexo 7 Nómina Personal Técnico de la Obra y mano de obra a contratar: Se deberá indicar el Personal Técnico y cantidad de mano de obra calificada y No calificada que se utilizará para el desarrollo y dirección de las Obras, señalando además sueldo líquido mensual a percibir. Además, se debe acompañar fotocopia simple del título o del certificado de título profesional del encargado de la obra (Residente), el que deberá tener la calidad de Profesional competente de la Construcción, al tenor de la normativa vigente: Ingeniero civil. d) Formulario Anexo 8 Programa de Inversión, de acuerdo a los Estados de Pago, considerados en punto Nº23 de las presentes Bases y Programa de Trabajo. El último estado de pago, no podrá ser inferior al 10% del monto del contrato. e) Formulario Anexo 9 Presupuesto detallado por partida, y análisis de precio unitario, según itemizado de presupuesto oficial entregado por la Municipalidad de Quillón. Estos datos podrán presentarse en el modelo entregado por la municipalidad u otro similar, siempre y cuando éste respete el desglose, orden y unidad de medida de las partidas del Formato anexo adjunto. El presupuesto no permite la agregación de partidas ni cambio de nombres o unidades, si se detectase, se procederá a invalidar la oferta presentada. El valor de la oferta deberá coincidir con el valor total que determine la suma del presupuesto detallado. Los oferentes deberán, además, indicar el valor neto de su oferta, a través del portal Mercado Publico. Aquel oferente cuya oferta en el portal de mercado público difiera de la oferta presentada en el Formulario Oferta (FORMATO Nº4), será el valor indicado en el portal, el valor que prevalezca. Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases. Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requerimientos obligatorio especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos serán evaluado con el puntaje mínimo, Además, los errores u omisiones de tipo aritmético que pudiere contener la oferta que efectúe el oferente en la obra de la propuesta, no alterarán la suma alzada indicada en ella. Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales. La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
15. DE LAS GARANTÍAS
a) Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”. b) Las Garantías de Seriedad de la Oferta (si corresponde) y la de Fiel Cumplimiento de Contrato podrán ser tomadas por el proponente, o por un tercero a su nombre, y no únicamente por el oferente o cualquiera de sus socios o integrantes, como se indica en el Dictamen N°18.171, de fecha 19.07.2018, de la Contraloría General de la República, y ser emitida a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0. Deberán entregarse con el nombre del proyecto. c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "el fiel cumplimiento de contrato" o "correcta ejecución", según corresponda con la glosa: “CONSTRUCCIÓN REFUGIOS PEATONALES, COMUNA DE QUILLÓN”. d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del contratista y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. f) No se aceptarán garantías tomadas por terceros. 15.1.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato: El proponente que se adjudique la oferta deberá presentar la garantía mencionada en las presentes Bases Administrativas Especiales, en un plazo de 9 días hábiles, posterior a la adjudicación de la oferta en el portal, por una que garantice el “Fiel Cumplimiento del Contrato”, por un monto equivalente al 5% del valor total de la oferta con una vigencia del plazo contractual aumentado en 60 días. La que debe ser ingresada por oficina de partes antes de las 13:00 horas del día indicado como plazo máximo de su recepción. La garantía deberá ser a la vista e irrevocable. Asimismo, podrá ser presentada electrónicamente, procurando lo indicado en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberá ser enviada a la casilla de correo electrónico de Oficina de partes de la municipalidad oficinadepartes@quillon.cl con copia a secretariasecplan@quillon.cl y abastecimientomunicipal@quillon.cl . En caso de existir aumento de plazo, la garantía del fiel cumplimiento del contrato, deberá reemplazarse o renovarse contemplándose el mayor plazo. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva boleta con al menos 05 días hábiles de anticipación a la expiración al plazo original. La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del prestador de la obra. En tal sentido, se puede hacer efectiva para efectuar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al contratista; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.O. 15.2.- Garantía de correcta ejecución de las obras: Una vez ejecutada conforme las obras, sin observaciones, la empresa deberá entregar un documento de garantía por el 5% del precio total del contrato, para garantizar la "Correcta Ejecución de las Obras". La vigencia de esta garantía será de un año contados desde la fecha de consignada en el acta de Recepción Provisoria conforme de las obras, aumentado en 90 días a partir de la fecha de recepción provisoria sin observaciones, emitida por el municipio. Nota: En el caso que la entidad donde se tome el documento, no incorporara la glosa en el documento de garantía, el contratista deberá solicitar a la entidad emisora le entregue un certificado o documento similar que acredité que no incorpora glosa en el documento y los motivos. Para esta salvedad el contratista, además, deberá presentar una carta firmada por el Representante Legal, donde relacione el instrumento de garantía con la glosa de ésta, según corresponda “Fiel Cumplimiento del Contrato” y/o “Correcta Ejecución de la Obra”. Una vez recibida la garantía se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio que apruebe el Acta de Recepción Provisoria, pudiendo desde esta instancia proceder a presentar la solicitud de cancelación del último Estado de Pago. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad bancaria correspondiente. La garantía de correcta ejecución de la obra se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.O.
17. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas, se realizarán en 2 etapas, la primera corresponde a la evaluación técnica, que corresponde a la capacidad e idoneidad técnica y administrativa del oferente. Todos los oferentes que superen los requisitos y que cumplan con un puntaje mínimo de 70 puntos ponderados totales en la evaluación técnica, avanzarán a la segunda etapa; “evaluación económica”, en la cual, todos los oferentes estarán en las mismas condiciones iniciales: Apertura Técnica: LETRA CRITERIO PONDERACIÓN a) Experiencia del Contratista 40% b) Experiencia Profesional Jefe de la obra 20% c) Tiempo de Ejecución 20% d) Comportamiento contractual anterior con la entidad 10% e) Cumplimiento requisitos formales 5% f) Programa de Integridad 5% • EVALUACIÓN TÉCNICA Las ofertas que cumplan con el puntaje mínimo de 70 puntos ponderados totales, avanzarán a la evaluación económica. a) Experiencia del contratista (ponderación 40%) Se considerará la experiencia de la empresa oferente, acreditada en unidad monetaria certificada en obras ejecutadas de similares. Esta información deberá ser ingresada por el oferente en formulario Anexo N°3 junto con certificados emitidos por los mandantes de los últimos 4 años, solicitados en el Punto N°13.1 letra p) de las presentes BAE. Obras construidas de similares Características Se considerará la experiencia acreditada en unidad monetaria certificada en obras ejecutadas de similares, solo se contabilizará la experiencia en los cuales el mandante sea un organismo público o municipalidades. Mayor monto en unidad monetaria certificada en obras 100 Pts. Segundo mayor monto en unidad monetaria certificada en obras 90 Pts. Tercer mayor monto en unidad monetaria certificada en obras 80 Pts. Cuarto mayor monto en unidad monetaria certificada en obras 60 Pts. Quinto mayor monto en unidad monetaria certificada en obras 40 Pts. Sexto mayor monto en unidad monetaria certificada en obras y demás 10 pts. No posee experiencia, no presenta información, información incompleta o con errores. 0 Pts. Se considera como experiencia similar obras de “Estructuras metálicas y/o hormigón armado”, entre otros de similares características. b) Experiencia del Jefe de Obra “RESIDENTE” (ponderación 20%) Se considerará la experiencia del profesional a cargo de la obra (Residente), acreditada en unidad monetaria certificada en obras ejecutadas de similares. Esta información deberá ser ingresada por el oferente en formulario Anexo N°3.1 junto con certificados emitidos por los mandantes de los últimos 4 años, solicitados en el Punto N°13.1 letra q) de las presentes BAE. Experiencia Profesional Jefe de la obra Se refiere al número de contratos ejecutadas o en ejecución, como administrador o profesional residente, cuyo mandante sea un organismo público o municipalidades, en obras de similar naturaleza. Mayor cantidad de obras de experiencia certificada 100 Pts. Segunda mayor cantidad de obras de experiencia certificada 90 Pts. Tercera mayor cantidad de obras de experiencia certificada 80 Pts. Cuarta mayor cantidad de obras de experiencia certificada y demás 60 Pts. No posee experiencia, no presenta información, información incompleta o con errores. 10 Pts. Se considera como experiencia similar obras de “Estructuras metálicas y/o hormigón armado”, entre otros de similares características. c) Tiempo de ejecución (ponderación 20%) De acuerdo a lo señalado en el Punto Nº8 de las presentes Bases Especiales. – PLAZO PUNTAJE Primer menor plazo 100 puntos Segundo menor plazo 90 puntos Tercer menor plazo 80 puntos Cuarto menor plazo 70 puntos Quinto menor plazo 60 puntos sexto menor plazo y demás hasta los límites 50 puntos Inferior a 60 días o mayor a 100 días corridos, o no indica Fuera de Bases d) Comportamiento contractual anterior con la entidad (ponderación (10%) Se evaluará con mayor puntaje aquella oferta que no haya tenido incumplimientos ni faltas en contratos pactados en periodos anteriores con la I. Municipalidad de Quillón o Departamentos incorporados (DESAMU y/o DAEM) en los últimos 2 años. Categoría Puntaje Sin problemas anteriores (multas y/o términos de contrato) 100 pts. Con problemas anteriores: multas 20 pts. Con problemas anteriores: términos de contrato 0 pts. e) Cumplimiento de los Requisitos Formales (ponderación 5%) DETALLE PUNTAJE Para la presentación de documentos omitidos de los puntos 13.1, letra a), b), c), d), e), f), g) h), i), j), k), l) y o) al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos. Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo fatal de 25 horas. Presenta los documentos solicitados en los puntos 13.1, letra a), b), c), d), e), f), g) h), i), j), k), l) y o) dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl 100 Presenta información incompleta en los documentos o formularios, o presenta documentos omitidos de los puntos 13.1, 13.1, letra a), b), c), d), e), f), g) h), i), j), k), l) y o), posterior al plazo primitivo, solicitados a través de foro inverso, 50 No presenta la documentación solicitada a través foro inverso Fuera de Bases f) PROGRAMA DE INTEGRIDAD (5%): El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023. La no presentación de la documentación solicitada en este punto, no será causal para dejar al proponente fuera de bases, asignándosele el puntaje establecido en tabla. La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de este por parte de sus trabajadores (*), según el siguiente detalle: ITEM PUNTAJE Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal. 100 puntos Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal. 50 puntos No presenta programa de integridad 0 puntos La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser, a través de una declaración jurada simple de cada uno de sus trabajadores. NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos los trabajadores atingentes a la presente obra. La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores. El oferente que no presente su respectivo Programa de Integridad, se evaluará con el puntaje mínimo. • EVALUACIÓN ECONÓMICA LETRA CRITERIO PONDERACIÓN a) Valor de la Oferta 90% b) Contratación Mano de obra no calificada 5% c) Remuneraciones de mano de obra no calificada 5% a) Valor de la oferta (ponderación 90%) De acuerdo a lo señalado en el Punto Nº7, de las presentes Bases especiales, de haber incongruencia entre propuesta en Formulario oferta económica y propuesta ofertada en el portal, se considerará información entregada en el Formulario de Oferta Económica para la evaluación de la oferta. Formula: (Menor Precio Ofertado) * 100 = Puntaje a ponderar (Precio de oferta evaluada) La oferta que presente un valor superior al monto máximo disponible, la oferta quedará automáticamente fuera de bases. b) Contratación de mano de obra no calificada (ponderación 5%).  Se considerará un contrato por persona, por periodo total de ejecución, como también contratos parciales (partidas o sub partidas).  Se evaluará la cantidad de la mano de obra no calificada local, información que deberá ser ingresada por el oferente en Formulario Anexo N°7. Lo anterior acorde a la siguiente tabla: Categoría Nº trabajadores Puntaje Contrato Inicio a Fin de la Obra Mano de obra local NO Calificados a contratar para la ejecución de la Obra. Se considera como mínimo, la contratación de a lo menos el 55% de la Mano de Obra no calificada local, acorde lo indicado en punto 22.2 de las presentes BAE. Oferta con mayor cantidad de mano de obra NO calificada. 100 Pts. Segunda oferta con mayor cantidad de mano de obra NO calificada. 90 Pts. Tercera oferta con mayor cantidad de mano de obra NO calificada. 80 Pts. Cuarta y resto de ofertas con mayor cantidad de mano de obra NO calificada. 60 Pts. No presenta mano de obra NO calificada. 10 Pts. No presenta información, información incompleta o con errores. Fuera de Bases c) Salario mínimo de la mano de obra no calificada (ponderación 5%). Se evaluará la remuneración líquida mensual de la mano de obra no calificada local, para dicha evaluación se calculará el promedio del valor total de la suma de los sueldos a contratar, información que deberá ser ingresada por el oferente en Formulario Anexo N°7. Lo anterior acorde a la siguiente tabla: Categoría Tramo de remuneraciones Puntaje Remuneración líquida a pagar a los trabajadores NO calificados a contratar para la ejecución de la obra, ya sea contratado por el total de la ejecución de la obra o de modo parcial. Para la evaluación de esta categoría se considerará la sumatoria del todos los sueldos realizando un promedio, al cual se le asignará el puntaje. Oferta con mejores remuneraciones liquidas sobre los $650.000 100 puntos 2da. mejor oferta de remuneraciones liquidas y otras sobre los $650.000.- 90 puntos Oferta con mejores remuneraciones líquidas sobre los $600.000 80 puntos 2da. mejor oferta de remuneraciones líquidas y otras sobre los $600.000.- 70 puntos Oferta con mejores remuneraciones líquidas sobre los $550.000 60 puntos 2da. mejor oferta y otras, de remuneraciones líquidas sobre los $550.000.- 50 puntos Oferta de remuneraciones líquidas entre sueldo mínimo mensual vigente y $549.999 10 puntos Oferta de remuneraciones líquidas menor a sueldo mínimo mensual vigente.- 0 puntos No presenta información, información incompleta, con errores Fuera de Bases
18. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, luego de la evaluación económica, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Experiencia del contratista, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Valor de la oferta, de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Tiempo de Ejecución. Serán causales de eliminación inmediata, para no formar parte de las ofertas propuestas al señor alcalde, los siguientes aspectos (se considerarán los antecedentes con una antigüedad de cinco años): a) Verificación de anomalías, falsificaciones o de adulteración de la documentación presentada. Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta. La comisión emitirá un acta de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
19. ADJUDICACIÓN
Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar a los proponentes cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública. La adjudicación, no podrá superar los 15 días hábiles, contados desde la apertura económica de las ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl. 19.1. DE LA READJUDICACIÓN La Municipalidad podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación, en caso de que el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El proceso podrá repetirse hasta el último proponente admisible evaluado. Lo anterior, se efectuará por resolución fundada y podrá realizarse también en aquellos casos de término anticipado de contrato, sin perjuicio de las facultades generales de la Municipalidad para llamar a un nuevo proceso licitatorio según las reglas legales y reglamentarias aplicables.
20. DEL CONTRATO
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la contratación de las obras, se deberá suscribir el contrato con la Unidad Técnica, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha del acto administrativo que aprueba la adjudicación. De no poder cumplirse dicho plazo será facultad del municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal. Si el oferente no suscribe el contrato o no acompaña el documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo señalado, la Municipalidad podrá a adjudicar la obra a otro de los oferentes o llamar a nueva Licitación, según lo estime conveniente la Municipalidad. 20.1. Orden de Compra Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedará supeditado en su validez, el hecho que, dentro de un plazo no superior a 2 días hábiles desde la emisión de la orden de compra, esta sea aceptada por el proveedor. 20.2. Entrega de Terreno La entrega de terreno se deberá realizar dentro de los siguientes 10 días hábiles, a partir de la emisión de la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior el inicio de las obras, no podrá exceder los 5 días corridos desde el acto de la entrega de terreno, salvo que se produzca un retraso administrativo municipal justificado o caso fortuito calificado por la ley vigente. De no cumplirse con el plazo estipulado la I. Municipalidad de Quillón, por causa atribuible al contratista, podrá hacer efectivas las garantías administrativas y dar término anticipado al contrato, según corresponda.
23. ESTADOS DE PAGOS
El precio del Contrato se cancelará en estados de pagos mensuales, de acuerdo a los avances fiscos de las partidas efectivamente ejecutadas sin observaciones y en concordancia al presupuesto presentado, considerando el Programa de Inversión entregado por el oferente (Formulario Anexo N°8), y haber presentado la documentación previamente exigida en el Art. 26 de las presentes bases y previo informe favorable del I.T.O. Los estados de pagos serán ingresados en oficina de partes los días 20 de cada mes o en día hábil siguiente. Para dar curso a cada estado de pago el contratista deberá acompañar los siguientes documentos en original más dos copias, en tres carpetas separadas y ordenadas en el orden con los siguientes documentos mínimos: a) Carta conductora dirigido al Sr. Alcalde, solicitando el estado de pago. b) Carátula Tipo MOP con timbre y firma de la Unidad Técnica, el que deberá incluir el avance físico de la obra en porcentajes, incluir nombre c) Detalle de partidas con nombre y firma del ITO responsable de la supervisión de la obra. incluir nombre y código del proyecto. d) Certificado vigente de la Inspección del Trabajo (F30-1) que acredite el cumplimiento del mes inmediatamente anterior, el cual no debe tener reclamos laborales, ni incumplimientos laborales, este certificado no será exigible en el primer estado de pago y siempre que no cuente con trabajadores en el mes anterior. e) Nómina de Trabajadores del mes inmediatamente anterior, firmada por el contratista. f) Contratos de trabajo de sus trabajadores, anexos, liquidaciones de sueldo e imposiciones del mes inmediatamente anterior g) En el caso de Subcontratistas deberá adjuntar una nómina de subcontratistas y sus trabajadores firmadas por ambas partes, el contrato de la prestación de la obra de subcontratistas, el F30-1 del mes inmediatamente anterior asociada a la obra y el contratista, además de lo señalado en párrafo anterior de todos los trabajadores del subcontratista. h) Set fotográfico de al menos 6 imágenes de avance de la obra, será obligatorio que una de ellas sea una fotografía clara y legible del letrero de obras instalado. i) En el primer estado de pago, se deberá remitir: - Copia del contrato de ejecución de Obras - Copia de garantía de fiel cumplimiento de contrato y certificación bancaria de autenticidad - Acta de entrega de terreno - Carta de apertura, acta de adjudicación y decreto respectivo - Decreto que nombra al ITO del proyecto - Acreditación con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. j) Tratándose del último estado de pago, se deberá remitir: - Acta de recepción provisoria, sin observaciones - Boleta de garantía correcta ejecución y buen comportamiento de la obra - Registro fotográfico de la obra terminada. Las fechas de ingreso del Estado de Pago a través de oficina de partes municipal serán los días 20 de cada mes, o el día hábil siguiente, el cual será internamente derivado al I.T.O. designado para su revisión y verificación en terreno. Una vez validado el Estado de Pago por el ITO, se procederá a solicitar al Contratista la emisión de la Factura correspondiente, la que deberá ser ingresada por oficina de partes municipal. La factura será emitida a nombre de la I. Municipalidad de Quillón, Rut 69.141.40-0 considerando incluir en su glosa, N° de estado de pago de la obra, nombre del proyecto “CONSTRUCCIÓN REFUGIOS PEATONALES, COMUNA DE QUILLÓN”. Consideraciones especiales: El último estado de pago no podrá ser inferior al 10% del monto del contrato. Donde la Unidad Técnica deberá adjuntar el acta de recepción con y sin observaciones con el correspondiente acto administrativo que la aprueba, garantía de correcta ejecución y respectiva certificación bancaria de autenticidad. Los estados de pago serán considerados como un abono parcial que efectúa el Mandante durante el curso de los trabajos, y sólo tendrá el carácter de un anticipo concedido al Contratista a cuenta del valor de la obra; en ningún caso se estimará este anticipo como la aceptación de la cantidad y calidad de obra ejecutada por el Contratista, al cual corresponde dicho abono. El contratista tendrá la posibilidad de factorizar las facturas correspondientes a los estados de pago, siempre y cuando hubieren sido autorizados por el ITO, posterior a su visación y se dé cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del decreto N°661 que aprueba el reglamento de la ley 19.886: “Factoring. Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”. Para efectuar la operación de factoring, el contratista o proveedor deberá solicitar autorización por escrito a la Municipalidad, mediante presentación ingresada en la Oficina de Partes Municipal, dirigida al ITO, Administrador Municipal y la DAF, con a lo menos 30 días de anticipación a la ejecución de la operación. El Sr. Administrador Municipal dará la autorización a la operación de factoring previo informe favorable emitido por el ITO respectivo, certificando que se practicó debida notificación al municipio y que no existen obligaciones ni multas pendientes. La empresa contratista o proveedora, en caso de requerir una operación de factorización deberá notificar a la Empresa de Factoring respectiva, acompañando copia del contrato, de las presentes BAE, así como la autorización emitida por el Sr. Administrador Municipal. OBSERVACIÓN: La municipalidad pagará las facturas debidamente cursadas en un plazo máximo de 30 días contados a partir del día de ingreso por Oficina de partes de la municipalidad.
24. DE LAS MODIFICACIONES
Toda modificación de contrato, o situaciones no previstas, eventualidades que podrían requerir una modificación del proyecto “Aprobado”, deberá ser autorizada por la Unidad técnica mandante de la obra. En los casos que exista la necesidad, la disponibilidad presupuestaria y el visto bueno de la Unidad Técnica, se podrá autorizar, una modificación de contrato que disminuya o aumente cantidades de obras existentes en la oferta del contratista. Ante un eventual aumento en el valor del contrato, éste no podrá ser superior al 30% del monto previamente contratado. Así mismo, de existir la necesidad contar con una(s) partida(s) adicional(es) que sean necesarias para la conclusión de la obra, entendiéndose como tal la ejecución de partidas distintas de aquellas estudiadas en la licitación, o condiciones de interpuestos por los organismos sectoriales, excluyéndose todas aquellas que son del buen arte de construir para ejecutar las partidas contratadas, tampoco será motivo de obra extraordinaria aquellas omitidas en la obra de la propuesta. Los aumentos y disminuciones de obras deberán presentarse en un formato presupuesto, uno para aumento, uno para disminución, el (o los) cual(es) serán construido con los precios unitarios del contrato, las cubicaciones resultantes y los porcentajes de utilidad y gasto general al presupuesto de la oferta. Las obras extraordinarias se presentarán en un formato presupuesto separado, el cual se construirá con las partidas necesarias, numeradas correlativo al presupuesto del contrato. Su precio unitario deberá ser respaldado por un análisis de precios unitarios (A.P.U.), las cubicaciones necesarias para la ejecución de lo planteado evitando unidades globales y los porcentajes de utilidad y gasto general idénticos al presupuesto de la oferta. No podrá ejecutarse las partidas de aumento u obras extraordinarias antes que estas sean autorizadas. Su ejecución sin autorización no dará derecho a su cobro. 24.1 Aumentos de Plazo La ejecución de aumentos de obra y obras extraordinarias darán derecho al contratista a solicitar un aumento de plazo, el cual no podrá superar un 20% del plazo original de la obra. Los aumentos de plazos que solicite el contratista por alguna situación ajena a la normalidad del contrato, los plazos necesarios que puede solicitar deben ser calificados por fuerza mayor o caso fortuito calificados por la ley vigente, debiendo acompañar la documentación necesaria que lo acredite y califique, sin objeciones. No es motivo para de solicitar aumento de plazo el retraso en la entrega de un producto adquirido tardíamente. 24.2 Paralizaciones Se entenderá por paralización una detención del plazo contractual, el cual suspende los trabajos quedando la obra bajo resguardo y costo del contratista por un tiempo determinado y de común acuerdo, el cual deberá ser solicitado por el contratista y aceptado por el mandante, previo informe técnico. Las paralizaciones podrán ser aceptada por las partes cuando por motivo de una modificación cuyo visto bueno deba darlo un organismo externo, o bien en virtud de un permiso o autorización sea necesario esperar un pronunciamiento, y este sea fundamental para dar cumplimiento al contrato y, además, sea ingresado por el contratista con antelación. No será autorizado una paralización de la obra si el contratista en el último 10% de su plazo contractual presente las solicitudes de permisos o autorización a los organismos, lo cual se interpretará como un trámite tardío pudiendo rechazase por la I.T.O. mediante correo electrónico o libro de obras. Cada solicitud que ingrese el contratista deberá ser analizada por el I.T.O. el cual evacuará un informe que considere y analice la solicitud y documentos solicitados, comprobatorios y adicionales, revisando la pertinencia técnica, económica y con las presentes Bases para emitir un informe en el cual evidencie las consideraciones y recomiende o no la autorización. Posteriormente deberá enviar el informe junto a la solicitud del contratista a Secplan. La Secplan deberá solicitar autorización y visación de la modificación del proyecto, siempre y cuando no se encuentre en ejecución la obra, obteniendo la visación de la entidad competente, será informado mediante correo electrónico o memo al I.T.O. validando o no la compatibilidad de la modificación con lo planteado. Una vez con todos los vistos buenos se solicitará al contratista el ingreso de la actualización de la garantía, en cuanto a monto y/o plazo, y se firmará una modificación de contrato incluyendo un presupuesto modificatorio que actualice las cantidades y/o partidas, si corresponde, para luego dictar el Decreto Alcaldicio. Una vez dictada la resolución se procederá a publicar en el portal www.mercadopublico.cl
29. DE LAS MULTAS
La obra deberá estar completamente ejecutada en todos sus detalles dentro del plazo ofertado por el contratista, contados desde la fecha consignada en el acta de entrega de terreno. En caso de no cumplir con lo establecido en las BAE la Municipalidad queda facultada para aplicar multas: TIPO CAUSAL MONTO Grave -No cumplir con los requisitos, condiciones o especificaciones establecidas en las Presentes BAE. -No dar cumplimiento a lo normado en el punto N°22.1, respecto del Letrero de Obras. -No dar cumplimiento a lo normado en el punto N°23, respecto del proceso de factoring. -No acatar órdenes sobre las obras u otros aspectos del contrato, imparta por escrito la I.T.O. (*) -Por día de atraso del plazo de ejecución del contrato. 5 UTM por evento Moderada -En el caso de generar deterioro a causa o con ocasión de los trabajos realizados a la infraestructura (**) -No cumplir con las obligaciones de legislación laboral -Por incumplimiento del % mínimo de mano de obra local, sin justificación validada por el ITO 3 UTM por evento Leve -La no exhibición o la falta de libro de obras en la obra respectiva, cada vez que el I.T.O lo requiera. -No cumplir con mantener vigentes documentos de garantías respectivos, además del Termino Anticipado de Contrato. 1 UTM por día (*) Dichas órdenes deberán ser cumplidas, o apeladas, por el contratista, en un plazo máximo de 5 días. (**) Si fuese así se exigirá la reposición en igual capacidad, cantidad y materialidad de los activos dañados con la finalidad de restablecer y/o mejorar las condiciones iníciales de entrega de las obras, además se aplicará multa estipulada en tabla precedente. Para todos los efectos se considerará como día de término de la obra, el día anterior (sin multa) de la Recepción de la Carta informativa con este contexto por la Oficina de Partes de la Unidad Técnica. Será el ITO, quien se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas o salvedades, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar la buena calidad y totalidad de la obra según día de inicio requerido. Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato. En el caso donde las multas superen el margen indicado, la Municipalidad estará facultada para dar término anticipado al contrato. Será facultad del Sr. Alcalde, aplicar, rebajar o desestimar completamente la multa, en virtud de los descargos y pertinencia de éstos. Procedimiento de multas: 1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega de la obra, del ITO y/o quien le subrogue o designen. 2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación. 3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITO. 4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico. 5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.