Licitación ID: 4127-50-LE25
[TICSRA] SUSCRIPCIÓN SOFTWARE VIDEOCONFERENCIA
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 44
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Software de video conferencia 100 Unidad
Cod: 43233502
LICENCIAS VIDEO CONFERENCIA ENTERPRISE POR 1 AÑO - INCLUDES CAPACITY 500 AND WEBINAR 500 o equivalente  

2
Software de video conferencia 1 Unidad
Cod: 43233502
VIDEO WEBINAR 1000, 1 HOST o equivalente  

3
Software de video conferencia 1 Unidad
Cod: 43233502
VIDEO WEBINAR 3000, 1 HOST o equivalente  

4
Software de video conferencia 3 Unidad
Cod: 43233502
LICENCIAS DE SALAS (ROOMS) Suscripción 1 AÑO o equivalente  

5
Software de video conferencia 2 Unidad
Cod: 43233502
LICENCIAS CRC H.323 - 1 YEAR PREPAY o equivalente  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
[TICSRA] SUSCRIPCIÓN SOFTWARE VIDEOCONFERENCIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio, debe coordinar con distintas instituciones, tanto públicas como privadas, una gran cantidad de reuniones a distancia, siendo necesaria una herramienta de tipo SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS DE USO DE SOFTWARE Y SERVICIOS PARA LA CONFIGURACIÓN E INSTALACIÓN DE LA SOLUCION VIDEO CONFERENCIA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaria de Redes Asistenciales
R.U.T.:
61.975.700-9
Dirección:
Mac Iver 541
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-07-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 01-07-2025 10:52:45
Fecha inicio de preguntas: 01-07-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 04-07-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-07-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-07-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-07-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-07-2025 17:29:18
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Revisar Bases adjuntas
2.- Anexos en formato editable
Documentos Técnicos
1.- Revisar Bases adjuntas
 
Documentos Económicos
1.- Revisar Bases adjuntas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta Económica De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. se evaluara el factor: Precio (100%) 50%
2 Propuesta Técnica De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. se evaluaran tres factores: A.- Certificado de acreditación calidad de partner (60%) B.- Solución dentro del cuadrante de gartner según bases técnicas (20%) C.- Plazo de implementación de la solución en Minsal – Plan de Trabajo (20%) 45%
3 Propuesta Administrativa De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. se evaluaran dos factores: Cumplimiento de los requisitos formales (80%) y Programa de integridad (20%) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Bonnie Pereda
e-mail de responsable de pago: bonnie.pereda@minsal.cl
Nombre de responsable de contrato: contraparte técnica Ministerial
e-mail de responsable de contrato: no_aplica@minsal.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-0000000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
BASES ADJUNTAS
Es obligación de los oferentes, Estudiar, Analizar y Aceptar la totalidad de las cláusulas contenidas en las Bases de licitación adjuntas, sean estas, Administrativas, Técnicas y Económicas
I- BASES ADMINISTRATIVAS
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.
Artículo 1°: Antecedentes. -
El Ministerio de Salud, en adelante MINISTERIO o MINSAL, indistintamente, llama a licitación pública, para la contratación de servicio para “SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS DE USO DE SOFTWARE Y SERVICIOS PARA LA CONFIGURACIÓN E INSTALACIÓN DE LA SOLUCION VIDEO CONFERENCIA.”
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM.
Al efecto, el monto máximo de la contratación es la suma de $45.000.000- (cuarenta y cinco millones de pesos), impuesto incluido.
Artículo 2°: Bases. -
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 
I.- Bases Administrativas.
II.- Condiciones Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos: 
Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”. 
Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”. 
Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”. 
Anexo N°2-C: “Identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores” 
Anexo Nº3: Formato de “Oferta Económica”. 
Anexo N°4: Certificación de acreditación calidad de partner de la marca 
Anexo N°5: Plan de Trabajo
Anexo N°6: Cumplimiento de criterios de admisibilidad de la propuesta técnica
Anexo N°7: Cumplimiento Programa de Integridad
Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y el contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: 
a) Las presentes Bases Administrativas, Condiciones Económicas, Bases Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
d) Consultas, Respuestas y aclaraciones.

Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo.  
Bases: Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y Anexos, que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el MINISTERIO, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.  
Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación. 
Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.  
Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen las condiciones económicas de la licitación y del contrato a que dé lugar. 
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo. 
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.  
Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el MINISTERIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. 
MINISTERIO: Ministerio de Salud. 
Ministro/a: Ministro/a de Salud. 
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases. 
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:  
a) Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases. 
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases. 
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.  
Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos: 
1. Las garantías requeridas. 
2. Las presentes Bases. 
3. Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases. 
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo con las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO. 
Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.chileproveedores.cl).  
Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl). 
Subsecretaría: Subsecretaría de Redes Asistenciales. 
Subsecretario/a: Subsecretario/a de Redes Asistenciales. 
Unión Temporal de Proveedores: Conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. 
Artículo 5°: Plazos de la licitación. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. 
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 45 y 115 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República. 
Artículo 7°: Notificaciones. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 8°: Aspectos Económicos de la Propuesta. -
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.
Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que emitan facturas y que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases. Además, deberá estar inscrito en alguna de las categorías del Registro de Proveedores.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº19.886 
Quedarán excluidos de la licitación, quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los 2 años anteriores a la formulación de la propuesta.
Asimismo, quedarán excluidos de la licitación, quienes hayan sido sancionados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos ley N° 21.595 de delitos económicos.
El Ministerio no podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
En el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el solo hecho de participar en esta Licitación, el proponente participante de esta Licitación declara expresamente:
1. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N° 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
2. Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación con la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT. 
3. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
4. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT. 
5. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
6. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato que resulte del presente proceso de licitación establecidas en la normativa vigente, afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado. En caso de concurrir una causal de inhabilidad respecto de alguno de los integrantes de la unión, ésta deberá decidir y comunicar si continuará con el presente proceso concursal con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La omisión, adulteración o falsificación física o ideológica de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámite la oferta presentada, sin perjuicio de la facultad de la Institución de hacer efectiva las responsabilidades que de ello pudieran derivar y, en particular, se facultará al MINISTERIO para el cobro de las garantías que existieren en su poder.
Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, tendiendo en consideración los motivos de abstención señalados en el artículo 35 quinquies, de la ley N° 19.886 y otras leyes.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. 
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el presente procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. 
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación, y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.
3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Sólo se recibirán propuestas a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
Cada proponente podrá presentar solo una Propuesta por el total del servicio.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
El contenido de la Propuesta será el siguiente:
a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
2. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.
3. Fotocopia simple de la Patente comercial vigente.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es). 
3. Documento oficial o fotocopia simple de la escritura pública, según corresponda, en la que conste el poder del (o los) representante (s) legal (es) de la sociedad, o del decreto de nombramiento en el caso de las instituciones estatales. Se deberá marcar con destacador el texto en que conste la designación del representante legal.
4. Fotocopia simple del RUT de la sociedad.
5. Adicionalmente, el representante legal de la entidad proponente deberá suscribir la declaración de responsabilidad a través del sistema de información.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar el instrumento privado o público en que se formaliza la unión el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
a.3.- Proponente Unión Temporal de Proveedores (UTP)
Además de los documentos correspondientes a las personas naturales o jurídicas, según corresponda, se deberán presentar los siguientes antecedentes:
o La UTP deberá contar con un apoderado común, quien deberá acompañar a la oferta el Anexo N°2-C: “Identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores”.
Instrumento en que se formaliza la UTP el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Adicionalmente, el apoderado deberá firmar la declaración de responsabilidad a través del sistema de información.
b) Oferta Técnica
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases.
La oferta técnica deberá contener, además, lo siguiente:
1. Cumplimiento de todos los criterios de admisibilidad definidos en anexo N° 6
La falta de presentación de cualquiera de los documentos descritos con la información completa tendrá como consecuencia la declaración de inadmisibilidad de la oferta.
c) Oferta Económica.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°3 de estas Bases.
4.- Admisibilidad de las Propuestas.
Artículo 14°: Admisibilidad de las Propuestas. -
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12º, 13º todos los antecedentes técnicos exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:
Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.
Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en la letra b) del artículo 13º de las presentes Bases.
Que la propuesta supere el monto máximo previsto para la licitación.
Las Ofertas deberán cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos en estas bases, entendiéndose que éstos son requisitos técnicos esenciales para poder participar de este proceso licitatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requisitos serán declaradas inadmisibles y por tanto no serán consideradas en la evaluación.
Será responsabilidad de los oferentes proporcionar con su oferta todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas.
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º siguiente.
Artículo 15°: Errores u omisiones formales. -
En virtud del Artículo 56 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2004, durante la etapa de evaluación la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes no podrán conferirles a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
En estos casos, la Subsecretaría comunicará al oferente las omisiones detectadas a través del Sistema de Información y le concederá un plazo fatal de dos días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de Requisitos de Presentación” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el Artículo 21º de las presentes Bases.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que pudiesen encontrarse en el Registro
5.- Apertura Electrónica.
Artículo 16°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
6.- Validez de las Propuestas.
Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.
7.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.
Artículo 18°: Comisión de Evaluación. -
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, integrada por los miembros que a continuación se indican, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación, y que se establece en este acto:
a) Jefe del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, o quien este delegue.
b) Profesional de la División de Finanzas y administración Interna (DIFAI)
c) Profesional del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.
Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: 
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en el artículo 14º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes, de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en las Bases.
3. Elaborar el Informe de Evaluación, refiriéndose a las siguientes materias, conforme al Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Compras:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
- La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Todos los miembros integrantes de la comisión evaluadora deben realizar:
- Su declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses 
- Una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes
Artículo 19°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas. -
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en los artículos 14º y 15º de las presentes Bases.
Artículo 20°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico. 
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.


Artículo 21°: Notas y Criterios de Evaluación. -

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

CRITERIOS

FACTOR (PONDERACIÓN)

Propuesta Técnica (45%)

A.- Certificado de acreditación calidad de partner (60%)

B.- Solución dentro del cuadrante de gartner según bases técnicas (20%)

C.- Plazo de implementación de la solución en Minsal – Plan de Trabajo (20%) 

Propuesta Económica (50%)

Precio (100%)

 

Propuesta Administrativa (5%)

 

Cumplimiento de los requisitos formales (80%)

Programa de integridad (20%)

PROPUESTA TÉCNICA (pondera 45%)

La evaluación de las propuestas técnicas se realizará de acuerdo con los siguientes factores, para lo cual, cada uno de ellos tendrá la ponderación asignada:

a. Certificado de acreditación calidad de partner (60%)

Debe contar con una certificación oficial como Partner Golden o superior de la marca ofertada.

Certificado acreditación calidad de partner

Puntaje

SI

100

NO

0

b. Cuadrante de gartner (pondera 20%)

Solución dentro del cuadrante de gartner según bases técnicas

Cuadrante gartner

Puntaje

Está en recuadro de líderes dentro de cuadrante Gartner según bases técnicas

100

Está en recuadro de Competidores dentro de cuadrante Gartner según bases técnicas

70

Está en recuadro de Visionarios dentro de cuadrante Gartner según bases técnicas

50

Está en recuadro de jugadores de Nicho dentro de cuadrante Gartner según bases técnicas

20

No está dentro de cuadrante Gartner según bases técnicas

0

















 c.
Plazo de implementación de la solución en Minsal (20%)

Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta de PLAN DE TRABAJO del Anexo N°5, el puntaje corresponderá al valor obtenido del cálculo de la fórmula:

Tiempo menor * 100
Tiempo ofertado

 

d. Puntaje criterio propuesta técnica

El puntaje ponderado del criterio “Propuesta técnica” se obtendrá a partir de la siguiente fórmula: Puntaje propuesta técnica = [(A * 0,60) + (B * 0,20) + (C * 0,20)]

Puntaje ponderado propuesta técnica = [(Puntaje propuesta técnica) * (0,45)]

Donde: A Certificado de acreditación calidad de partner; B es “Cuadrante de Gartner” y C es” Plazo de implementación de la solución en Minsal

PROPUESTA ECONÓMICA (pondera 50%)

La evaluación de las propuestas económicas solo se realizará de acuerdo con el factor precio, que considera el precio total por la renovación, incluido el impuesto correspondiente y cualquier otro gasto asociado a la oferta.

El cálculo del puntaje ponderado del criterio “Propuesta económica” se obtendrá a partir de la siguiente fórmula:

Puntaje propuesta económica = [(Precio total mínimo ofertado / Precio total de la oferta a evaluar) * 100]

Puntaje ponderado propuesta económica = [(Puntaje propuesta económica) * (0,50)]

Donde: Precio total mínimo ofertado es la oferta que genera un precio ofertado cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas, y precio total de la oferta a evaluar es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

PROPUESTA ADMINISTRATIVA (pondera 5%)

La evaluación de las propuestas administrativas se realizará de acuerdo con los siguientes factores, para lo cual tendrá la ponderación que a continuación se indica:

a. Cumplimiento de los requisitos formales (pondera 80%)

El cumplimiento de los requisitos formales tiene por finalidad evaluar el correcto ingreso del contenido de los anexos y cualquier otro antecedente requerido en la propuesta administrativa. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

CRITERIO

PUNTAJE

Cumple con los requisitos formales dentro de plazo.

100

No Cumple requisitos formales

0

b. Programas de integridad (B pondera 20%)

El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

DETALLE

PUNTAJE

Acredita que cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal.

100 puntos

No cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal o no acredita dicha situación.

0 puntos

El puntaje ponderado del criterio “Propuesta administrativa” se obtendrá a partir de la siguiente fórmula:

Puntaje propuesta administrativa = [(A * 0,80) + (B * 0,20)

Puntaje ponderado propuesta administrativa = [(Puntaje propuesta administrativa) * (0,10)] Donde: A es “Cumplimiento de los requisitos formales”, y B es “Programas de integridad

PUNTAJE FINAL

Puntajes de la propuesta técnica, económica y administrativa, expresado de la siguiente forma:

Puntaje final = puntaje ponderado propuesta técnica + puntaje ponderado propuesta económica + puntaje ponderado propuesta administrativa

CRITERIOS DE DESEMPATE

En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, en el orden señalado:

a)    El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.

b)    El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.

c)    El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta administrativa”.

Artículo 22°: Informe de Evaluación. - 
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación, acogiéndose al artículo 57° del Reglamento de la Ley de Compras, en el cual deberá estar contenida la siguiente información: 
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. Análisis final de evaluación y de observaciones.
6. La proposición fundada dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Oficina de Compras, dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación” para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes
8.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 23°: Adjudicación. -
El Ministerio adjudicará la presente licitación pública a un solo proponente. 
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 21° de las presentes Bases.
Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. 
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
Además, en el mismo acto, el MINISTERIO podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
Ofertas riesgosas o temerarias:
Se entenderá que una oferta es riesgosa o temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una garantía de fiel cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. 
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado en el Artículo 61 del reglamento de la Ley 19.886.
Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación. -
El Ministerio declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio. Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado. 
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante, cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la ley Nº 19.886. 
Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada. 
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.  
9.- Del Contrato.
Artículo 25°: Contrato. -
En virtud del inciso N°1 del artículo N°117 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2004, podrán ser formalizadas mediante la emisión de una orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor, las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
Este es el caso de la presente licitación, al ser los servicios requeridos de simple y objetiva especificación, por lo que no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes y bastará la emisión de una orden de compra y la aceptación de ésta, para su formalización. 
Sin perjuicio de lo anterior, en estas Bases se entenderá por “contrato” al acuerdo regulado por las presentes bases, la propuesta del adjudicatario y las observaciones realizadas a esta propuesta por el Comité Evaluador, que comienza con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor.
Artículo 26°: Antecedentes Requeridos para la contratación. - 
Inscripción en Registro de Proveedores
En conformidad al Artículo 16 de la Ley 19.886, es requisito que el oferente esté inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá encontrarse en estado “hábil” en el Registro de Proveedores
Artículo 27°: Precio del contrato y pagos. -
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases. 
Artículo 28°: Vigencia del Contrato. -
El contrato tendrá una duración máxima de 12 MESES, comenzando a regir a contar de la Aceptación de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases. 
La vigencia de la contratación se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.
Artículo 29°: Domicilio. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.
Artículo 30°: Informes. -
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.
Artículo 31°: Encargado Técnico. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
Artículo 32°: Cesión del contrato. - 
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 33°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado.
Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. 
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
10.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Multas por atrasos. - 
El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada facultará al MINISTERIO para aplicar una multa equivalente al 1% (uno por ciento) del precio total del contrato por cada día corrido de atraso hasta completar un 15% de dicho precio.
Las multas serán aplicables por atrasos indicados en artículo de Niveles de Servicio, del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato.
Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. 
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos. 
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario quién resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio de Salud. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaría la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº 19.880.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
La ejecución de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases.
11.- Terminación anticipada del contrato.
Artículo 35°: Terminación anticipada del contrato. -
Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores. 
Si le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. 
Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. 
Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. 
Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. 
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo. 
Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. 
Incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato. 
Inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el Artículo 34° de las presentes Bases. 
Aplicación de multas que excedan del 15% del precio del contrato.  
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), si existiese, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.

II – BASES ECONÓMICAS
12. Aspectos Económicos
Artículo 36°: Monto de la oferta económica   
El Monto máximo por licitar asciende a la suma de hasta $45.000.000.- (cuarenta y cinco millones de pesos) impuestos incluidos, por un periodo de 12 meses.
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en dólar americano y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. 
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del Artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°3 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Sistema para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación
Artículo 37°: Condiciones de pago. -   

El pago del precio se efectuará de acuerdo con la siguiente descripción:

HITO

MONTO

ENTREGABLES

1

Valor ofertado incluyendo IVA (una cuota)

  1. Certificado que acredite la suscripción del licenciamiento a nombre de MINSAL por 12 meses.
  2. Informe de inicio de puesta en marcha.
  3. Acta recepción conforme del Plan de Trabajo detallado firmado por la contraparte técnica y proveedor.
  4. Documentación implementación
    1. Procedimiento de instalación y despliegue.
    2. Procedimiento de Administración.
    3. Diagrama integración del sistema.
    4. Instructivos de configuraciones y operatividad de la plataforma.

El pago se llevará a cabo mediante la aprobación de la Jefatura del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de MINSAL, con la previa certificación de la contraparte técnica Ministerial.

Cumpliéndose las condiciones señaladas en los párrafos precedentes, el MINISTERIO hará efectivo el pago dentro de los 30 días de recibida la factura.
Sin perjuicio de lo anterior, para cursar el pago el proveedor, debe informar sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponde respecto de sus trabajadores, y en caso de que corresponda, las mismas obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los cuales deben garantizar la veracidad del monto y del estado de cumplimiento de las obligaciones antes dichas.
Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados, y esta se envíe mediante la plataforma del Servicio de Impuestos Internos dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico.
La factura deberá contener en su glosa al menos Número de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar Número de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. (No enviar documentos en sobre cerrado).
Solo se procederá al trámite de pago si se ha aceptado la orden de compra en el portal. Archivo XML debe ser enviado a la casilla subredarecepcion@custodium.com. 
III – BASES TÉCNICAS
13.- Antecedentes.  
El Ministerio de Salud como proveedor de servicios a la comunidad, debe asegurar y mantener los servicios digitales operativos, los que son soportados por infraestructura que permite asegurar la continuidad operativa de estos. Dentro de sus funciones y responsabilidades, el Ministerio, debe coordinar con distintas instituciones, tanto públicas como privadas, una gran cantidad de reuniones a distancia, siendo necesaria una herramienta de este tipo, como esta solución tecnológica.
La solución de Video conferencias Zoom actualmente utilizada en el Ministerio ya cuenta con datos almacenados desde el 2018 a la fecha, tales como:
a) Usuarios.
b) Grabaciones históricas.
c) Reportes
Links recurrentes (salas virtuales programadas para todo el año 2025)
14.- Objetivos.
Artículo 38°: Objetivos. -
OBJETIVO GENERAL
Suscribir el licenciamiento de un software de videoconferencia, incluyendo los servicios de configuración, implementación y soporte técnico de la solución tecnológica, con una vigencia de un (1) año, para garantizar la comunicación eficiente, segura y continua entre los usuarios de la entidad.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Adquirir los servicios necesarios para la configuración inicial del software de videoconferencia, asegurando su correcto funcionamiento conforme a los requerimientos técnicos de la entidad.
Realizar la suscripción del software de videoconferencia por un período de un año, incluyendo el acceso a todas sus funcionalidades y actualizaciones.
Optimizar los procesos de comunicación institucional mediante el uso de herramientas tecnológicas que promuevan la colaboración remota y la eficiencia organizacional.
15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.
Artículo 39°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -
El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios corresponderá al plazo de implementación ofertado más 12 meses correspondientes a la duración de la suscripción de las licencias requeridas, y comenzarán a regir a contar de la emisión de la orden de compra respectiva y aceptación de ésta por parte del proveedor, y se extenderán hasta que se haya dado total e integró cumplimiento a lo requerido en las presentes bases de licitación.
El plazo total para la implementación no podrá exceder los 30 días corridos, una vez acordado el Plan de trabajo entre ambas partes, plazo que comprende el periodo de la puesta en marcha, y que comenzará a correr una vez transcurridas 24 horas desde que el MINISTERIO de conformidad del Plan de Trabajo, mediante acta firmada por la Contraparte Técnica.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a partir del segundo día hábil de emitida la orden de compra.
16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.
Artículo 40°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -
Suscripción de licencias de software video conferencia y contratación de servicios para la implementación y configuración de la solución por 1 año.

PRODUCTO/SERVICIO

CANTIDAD

LICENCIAS VIDEO CONFERENCIA ENTERPRISE POR 1 AÑO - INCLUDES CAPACITY 500 AND WEBINAR 500 o equivalente

100

VIDEO WEBINAR 1000, 1 HOST o equivalente

1

VIDEO WEBINAR 3000, 1 HOST o equivalente

1

LICENCIAS DE SALAS (ROOMS) Suscripción 1 AÑO o equivalente

3

LICENCIAS CRC H.323 - 1 YEAR PREPAY o equivalente

2


Debe ser multiplataforma, los usuarios se podrán conectar desde sus computadores, Tablet o dispositivos móviles.
Contar con un servicio que permita la visualización y control de pantallas del expositor y participantes.
Disponer de personalización de pantallas: compartir pantallas simultáneas.
Permitir configuración e instalación en los siguientes sistemas operativos Windows, Mac, Android u Otros.
Cada usuario o licencia deberá soportar hasta 500 invitados.
La plataforma deberá soportar la integración con todos los protocolos de telefonía.
Deberá contar con el servicio On premise. Audio/video/contenido/grabación. 
Deberá permitir realizar grabación, en computador local, servidor on premise o en la nube privada de Video Conferencia del proveedor del servicio, con almacenamiento ilimitado en la nube.
Ingreso a salas de video conferencia a través de una línea telefónica.
Permitir transferencia de archivos vía mensajería instantánea.
Cuente con portal de administración que permita:
a) Creación y administración de usuarios.
b) Administración y estadísticas de salas.
c) Administración y estadísticas de usuarios. 
d) Administración y estadísticas de grabación.
e) Administración y estadísticas en tiempo real.
f) Administración y Programación de salas y reuniones.
Permitir el agendamiento de video conferencia mediante correo electrónico en las diferentes plataformas.
Consolidación y Migración de cuentas free a profesional y viceversa.
Integración Full con plataforma Polycom.
Conexión de video conferencia, LAN y WAN.
Reuniones 1 a 1 ilimitadas.
Número de reuniones ilimitadas.
Servicio de instalación, configuración y soporte de video conferencia “WEB CONFERENCE” que permita audio y video en calidad HD, contenido de escritorio y mensajería instantánea privada y grupal.
El proveedor que se adjudique la licitación deberá ser responsable de migración del servicio actualmente operativo. 
a) Licencias pro y básicas.
b) Grabaciones.
c) Reportes
d) links recurrentes (salas virtuales programadas para el año 2025)
e) Cualquier otra información contendida.
La licencia debe permitir:
Realizar reuniones hasta 500 usuarios
Realizar 2 reuniones de forma simultánea.
Realizar seminarios web hasta 500 usuarios
La transmisión de una reunión o seminario web via streaming mediante Youtube live y/o Facebook live 
Asignar licencia conector H323 según demanda.
Por lo anterior, es posible continuar con la plataforma actual o bien considerar una diferente, la que debe considerar la migración de todas las cuentas existentes a la fecha, grabaciones, reportes desde el año 2021, creación de links recurrentes del año 2025; todo lo anteriormente mencionado debe venir detallado el en plan de implementación de la nueva herramienta de video conferencia, esto con la finalidad de permitir la continuidad operacional de los servicios y así no afectaría la comunicación diaria entre los distintos Servicios de Salud, Hospitales, Centros de atención primaria y el resto de las instituciones del sector salud.
Dentro de la migración se debe considerar que la migración de la plataforma actual debe ser reconfigurada por el proveedor para dar continuidad a todas las comisiones programadas entre los distintos establecimientos del sector que ya están definidas en la plataforma actual. Estas comisiones y/o reuniones se encuentran agendadas para todo el año en curso, con distintos referentes de acuerdo con cada programa de salud.
Requisitos específicos
La plataforma debe ser Cloud - Paas
La plataforma debe correr en alguna de las tres cloud más usadas (Amazon, Google o Azure)
Debe contar con dos métodos de autenticación (Ej.: User y pass, mail de verificación)
La plataforma debe tener la posibilidad de instalar un proxy en la red para poder hacer patching caching
El proxy debe correr en al menos sistema Linux Ubuntu o Red Hat
El proxy no debe tener costo adicional
La Plataforma debe ser cloud escalable
Se debe considerar que el aplicativo que se utilizara para video conferencia debe estar dentro del de Gartner 2024 UCaaS,

1. EQUIPAMIENTO
Se deberá coordinar con MINSAL la revisión de la infraestructura existente para la operación completa de la plataforma y entregar continuidad operativa del servicio, lo referente a cuentas, grabaciones, links recurrentes y reportes serán almacenados en la nube.
2. DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y PUESTA EN MARCHA
Consiste en la obligación de la empresa adjudicada de dejar operativo y configurado el servicio y licenciamiento contratado.
Asimismo, se consideran implícitamente incluidos en los servicios de instalación y configuración, cualquier tarea adicional necesaria para dejar operativa la solución ofertada por el proponente y de responsabilidad de este.
SOBRE EL PLAN DE TRABAJO
Se deberán considerar los siguientes aspectos, del Plan de Trabajo, que debe presentar el oferente:
Plan de implantación y control detallado del proceso completo, la integración entre las partes involucradas en el mismo y de la correcta gestión de las fases de planificación, ejecución, seguimiento, control y cierre conducen al éxito final del proyecto. 
Provisión del servicio y Testing de Pruebas.
Configuración del producto solicitado.
Metodología de transferencia tecnológica.
3. ENTREGABLES
El proveedor deberá entregar:
1. Certificado que acredite la suscripción del licenciamiento a nombre de MINSAL por 12 meses.
2. Informe de inicio de puesta en marcha.
3. Acta recepción conforme del Plan de Trabajo detallado firmado por la contraparte técnica y proveedor.
4. Documentación implementación 
a) Procedimiento de instalación y despliegue. 
b) Procedimiento de Administración. 
c) Diagrama integración del sistema.
d) Instructivos de configuraciones y operatividad de la plataforma.
17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.
Artículo 41°: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios. -
Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregados en las instalaciones que disponga la División requirente, del MINISTERIO, conforme la naturaleza de éstos.
Para el plazo de entrega de los bienes y/o servicios requeridos se estará a lo dispuesto en los artículos 39° y 40° de las presentes Bases
18.- Contraparte Técnica Ministerial.
Artículo 42°: Contraparte Técnica Ministerial. -
La Contraparte Técnica Ministerial encargada de actuar como interlocutor con el adjudicado, en todo lo relacionado con materias técnicas propias de la contratación, será un profesional del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones MINSAL, quien además deberá velar por la correcta ejecución de las obligaciones del adjudicado.
Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá: 
1. Convocar al Ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y calidad de los bienes y/o servicios contratados.
2. Proporcionar al Ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
3. Evaluar los informes entregados por el Ejecutor. Su aprobación o rechazo será comunicado al Ejecutor vía correo electrónico, con copia al Encargado Técnico designado por él. 
4. Emitir los Informes de Cumplimiento del Ejecutor.
19. Condiciones y restricciones.  
Artículo 43°: Presentación de propuestas. -
Los oferentes deberán presentar su propuesta por todos los servicios licitados. No se aceptarán ofertas parciales.
Artículo 44°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. 
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO. Debido a lo anterior, es el MINISTERIO quien determina las formas de uso futuro de los mismos.
El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.
Artículo 45°: Cumplimiento de las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información
Todo oferente, funcionario y proveedor del MINSAL debe conocer y dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link https://www.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion/ y cumplir con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL para cada proyecto y/o tarea.
Política General de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud.
Toda persona que desarrolle labores para el MINSAL ya sea por contratación directa o indirecta, debe dar estricto cumplimiento a la Política General de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, observando sus directrices y colaborando en su aplicación e implementación desde el ámbito de sus funciones y competencias. 
Los proveedores e instituciones colaboradoras del MINSAL, serán responsables por los incumplimientos a las normas y políticas de seguridad de la información, con independencia del régimen contractual en base al cual desarrollen sus labores, o que desarrollen las labores a través de personal de su dependencia o subcontratación.
En caso de incumplimiento, MINSAL se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción y podrá perseguir las responsabilidades legales, administrativas y contractuales que surjan del referido incumplimiento, sin perjuicio de solicitar al proveedor el reemplazo de los profesionales vetados por otros cuya idoneidad y competencias sean aprobados por el organismo contratante.
Las políticas publicadas en este sitio web, corresponden a las relacionadas directamente con los proveedores, dependiendo de la naturaleza de los proyectos o contrato, es posible que sean aplicables otras políticas, las que pueden ser solicitadas a MINSAL una vez tramitado el contrato respectivo.
Supresión, cancelación o destrucción de datos
Antes que finalice el contrato, el Proveedor deberá generar los entregables que den cuenta de la eliminación de toda la información de casillas y activos Ministeriales a las que tuvo acceso para la realización de los ejercicios. 
Toda modificación, cancelación o destrucción de datos debe realizarse de acuerdo con los estándares generalmente aceptados, siempre por instrucciones del mandante, debiendo dejarse acta de las operaciones realizadas.
En su calidad de procesador o mandatario, el proveedor o la institución colaboradora será responsable de la ejecución del proceso, y de dejar constancia de los distintos pasos y resultados obtenidos.
Los dispositivos digitales y magnéticos deben ser sometidos a procedimientos de formateo seguro antes de ser descartados. 
En los procesos de digitalización de información queda prohibido a los proveedores destruir o descartar los originales sin la autorización del mandante.
Durante la operación del servicio por parte del proveedor, se deba considerar que se cumplan las políticas y procedimientos de gestión de incidentes establecidos durante la contratación, incluyendo la generación de registros de incidentes y su comunicación oportuna a las partes interesadas. 
ANEXOS
Ver anexos en bases de licitación adjuntas
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.