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11. DE LA PARTICIPACIÓN. |
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11.1Requisitos del oferente.
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales y jurídicas del giro, inscritos en el portal Chile
Proveedores, hábiles para contratar con el Estado, quienes cumpliendo con los requisitos señalados en las presentes
bases presenten una oferta en la forma exigida. Sin embargo, no podrán adjudicarse la propuesta quienes están
inhabilitados de inscribirse en dicho registro, en virtud de lo dispuesto en el artículo 154 del Reglamento de la Ley Nº
19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 661 del Ministerio de Hacienda, de 12 de diciembre de 2.024.
En especial, no se admitirá ofertas de personas imposibilitadas legalmente para contratar con la Municipalidad de
Punitaqui.
Los oferentes que tengan calidad de personas naturales, podrán actuar personalmente conforme a lo prescrito
en el Decreto Supremo N° 661 de 12 de diciembre de 2.024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento
para la aplicación de la Ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre compras públicas.
Se hace presente que para adjudicar al oferente éste deberá contar con inscripción vigente y hábil en el portal
chile proveedores. Asimismo, será necesario que cuenten con algún tipo de inscripción vigente en registro de
contratistas, ya sea Registro Municipal MINVU, MOP y/o SERVIU.
Los oferentes que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, podrán postular, pero deberán destinar
del pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa o persona natural, según
sea el caso, acreditar de las totalidades de las obligaciones se encuentran liquidas, informando al mandante con a
no más de cinco días de anticipación del vencimiento de la boleta de garantía por fiel y oportuno cumplimiento del
contrato.
11.2 Inhabilidades.
Por aplicación del artículo 4° de la ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre compras públicas, no
podrán participar en esta licitación, aquellos oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el estado
por los siguientes motivos:
a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de
la propuesta o de la formalización de la adjudicación, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursables establecidos en el código penal.
b) El Alcalde de la comuna de Punitaqui, Concejales, así como los funcionarios directivos de la Ilustre
Municipalidad de Punitaqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
artículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del estado, ni
sociedades de personas de las que aquellos o éstas forman parte, ni sociedades en comanditas por acciones o
anónimas cerradas en las que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o
éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, tampoco gerentes, administradores,
representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas.
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14. CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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14.1Recepción de consultas
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de la presente propuesta pública,
deberán realizarla a través del foro de consultas y respuestas contenido en el portal web www.mercadopublico.cl
desde el día de publicación de esta licitación. La fecha de cierre de consultas estará detallada en la ficha de licitación
disponible en el portal www.mercadopublico.cl.
14.2 Aclaraciones a las ofertas por error u omisión.La Municipalidad de Punitaqui se reserva el derecho de solicitar que los oferentes salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los respectivos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores y no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, debiendo informarse de dicha solicitud a los demás oferentes
a través del sistema de información a cargo de la Dirección de Compras.
Podrá, asimismo, la Municipalidad solicitar la presentación de antecedentes o certificados que los oferentes
hayan omitido, siempre y cuando hayan sido obtenidos con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
ofertas o se refiera a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
El plazo para que el oferente pueda corregir errores o salvar omisiones en la presentación de sus respectivas
ofertas será de 48 horas continuas, contado desde el requerimiento efectuado a través del sistema.
Para aquellos oferentes que no den respuesta en el plazo entregado, las propuestas serán declaradas
inadmisibles.
14.3 Respuesta a las consultas y aclaraciones.
Las respuestas a las consultas y a las solicitudes de aclaraciones se entregarán por el portal web www.
mercadopublico.cl hasta la fecha y hora indicada en dicho medio de comunicación. Las respuestas a las consultas
formuladas y las aclaraciones respectivas forman parte integrantes de las bases de la presente propuesta pública.
Nota: Las consultas no formuladas oportunamente en la forma y en el plazo estipulado, darán derecho a la
municipalidad a dar por entendido y aceptado todos los antecedentes que forman parte de la presente propuesta
pública. Por lo tanto, los oferentes no tendrán derecho a reclamos y tampoco indemnizaciones posteriores de
ninguna especie.
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15. GARANTÍAS DE LA PROPUESTA. |
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Los participantes de la presente licitación pública, deberán suscribir los instrumentos de garantía que se detallan
más adelante, por los montos que allí se establecen y con las vigencias pertinentes.
La Municipalidad de Punitaqui no aceptará documentos de garantía tomadas por terceros distintos al oferente o
al adjudicatario, según sea el caso.
Respecto a documentos en garantía de las ofertas o fiel cumplimiento de contrato, específicamente respecto a
pólizas de garantía o certificados de fianza u otros que se otorguen conforme la Ley N° 19.779 sobre “Documentos
Electrónicos”, firma electrónica y certificación de dicha firma, estos deberán ser adjuntados de manera electrónica
en los días y hora estipulados en el cronograma de licitación al siguiente email de la oficina de partes municipal:
oficinadepartes@munipunitaqui.cl.
15.1 Seriedad de la oferta.
De conformidad a lo establecido en el articulo 52 del decreto supremo N°661 del 12 de diciembre del año 2.024
del Ministerio de Hacienda, el cual aprueba el reglamento de la ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634
sobre compras públicas, La presente Entidad licitante no requerirá garantía de seriedad de la oferta.
15.2. De Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales
Una vez realizada la adjudicación en el portal ChileCompra, el adjudicado deberá presentar garantía a la vista,
sin días de aviso, con carácter de irrevocable (EJ: boleta de garantía o Vale Vista o certificado de fianza), para
caucionar el fiel cumplimiento del contrato y de las Obligaciones Laborales, y todos los compromisos que
deriven del contrato en un plazo NO SUPERIOR A DIEZ DÍAS CORRIDOS. ESTE DOCUMENTO DEBERA SER
EMITIDO A NOMBRE DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUNITAQUI, RUT: 69.040.900-3. Sin perjuicio de lo
anterior, la Municipalidad de Punitaqui podrá ampliar el plazo establecido para la entrega de dicha garantía, previa
solicitud del proveedor, la que deberá ser debidamente fundada y realizada antes del término de los diez días corridos
establecidos. Se solicita presentar esta garantía a la vista por un monto igual al 5% del precio contratado, cuya validez
no sea menor al plazo ofertado más 12 meses. En caso de aumento de obras, ésta garantía deberá ser renovada de
acuerdo al nuevo monto del contrato y en caso de ampliación de plazo, la garantía debe ser reemplazada por otra,
de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 3 meses. Sin embargo, si la garantía considera la ampliación del plazo
y los 12 meses corridos establecidos, no será necesario presentar una nueva boleta. Sólo en la situación de servicios
sin ampliación de plazos el proveedor debe presentar una Boleta adicional por el 5% de dicho aumento. La fecha de
vencimiento expuesta en el portal ChileCompra es sólo referencial, en la emisión de la garantía deberá ceñirse a los
plazos de vigencia estipulados en las bases, debiendo cubrir todo el plazo de ejecución de las obras incluyendo
ampliaciones de plazo si las hubiere, más 3 meses. Si en alguna etapa de la propuesta la garantía no cumple con la
vigencia requerida, el proveedor deberá prorrogarla, siendo requisito la vigencia de ésta durante todo el plazo desde
la firma de contrato más 12 meses, para la aprobación de la recepción.
Esta garantía debe contener la siguiente glosa:
“Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales
Propuesta Pública: “Construcción Plaza Sede Junta de Vecinos, Código Bip 40072093-0”.
El instrumento financiero presentado será restituido una vez que se entregue la boleta de correcta ejecución y
buen comportamiento de contrato, ello sin perjuicio de la responsabilidad del contratista señalado en el artículo
2003 del Código Civil. Esta garantía se hará efectiva en los siguientes casos:
a) Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, contrato y
normativa respectiva, la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se hará efectiva y el contratista perderá
el 100% del valor de ésta.
b) Si existe incumplimiento de pago de las obligaciones laborales y previsionales, en tal caso el mandante
podrá hacer efectiva la boleta y contratista perderá el 100% del valor de ésta.
c) Si existe incumplimiento del plazo contractual ofertado y las multas cursadas no pudieren hacerse efectiva
en el estado de pago pendiente, se dará curso a la boleta perdiendo el contratista el valor correspondiente a las
multas imputadas, asimismo, se dará curso a la boleta de garantía en el caso que las obras presenten un retraso
superior a los 60 días del plazo original pactado, en tal caso el contratista perderá el 100% de su valor sumados a
las multas cursadas que se descontarán del estado de pago pendiente.
En caso de haber aumentos de plazo, ya sea por modificación de especificaciones o por atrasos justificados de
parte del contratista, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberán modificar las fechas de
vencimiento de las Boletas de Garantía en igual cantidad de días del aumento de plazo más tres meses prorrogando
la caución vigente. En caso que exista modificación del contrato y esto implique modificación de los montos de
inversión, la boleta deberá ser modificada En caso de aumento de obras y ampliación de plazo esta garantía deberá
reemplazarse por otra equivalente al 5% del valor total de contrato considerado el incremento y con una vigencia. que considere el plazo total incluido su aumento más tres meses. Sólo cuando haya aumento de obra y no de plazo,
se aceptará una boleta complementaria a la original correspondiente al 5% del aumento. De existir modificación al
contrato ésta se hará a través de Anexo al mismo al cual no se le dará curso si el contratista no presentare las
cauciones solicitadas.
15.3. De Correcta Ejecución y de Buen Comportamiento de la Obra.
Previo a la Recepción Provisoria de las Obras, el Contratista deberá entregar junto a la correspondiente factura,
una Boleta de Garantía Bancaria, póliza u otro instrumento financiero de cobro inmediato a la vista correspondiente
al 5% del valor total contratado, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, R.U.T: 69.040.900-3, con la glosa:
“Garantizar la correcta Ejecución y buen comportamiento de la obra: “Construcción Plaza Sede Junta de
Vecinos, Código Bip 40072093-0” y con una vigencia de doce meses, tomada a fin de caucionar la correcta
ejecución de las obras, ello sin perjuicio de la responsabilidad del contratista señalada en el artículo 2003 del Código
Civil.
a) Esta Boleta de Garantía será devuelta al Contratista una vez realizada la Recepción Definitiva de las Obras.
b) Esta Boleta podrá hacerse efectiva por parte de la Unidad Técnica, si se detectaran fallas en la obra y el
contratista no se hiciere cargo de ellas, o, si a su fecha de vencimiento, no ha sido realizada la Recepción Definitiva
y/o la Boleta no ha sido renovada.
c) Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad que al Contratista corresponda de conformidad a lo dispuesto
por el Código Civil.
d) La garantía será devuelta al proveedor a su solicitud, previa recepción definitiva conforme de la ejecución
de las obras y recibido conforme sin observaciones las mismas.
** Las fechas referentes a garantías publicadas en el Portal www.mercadopublico.cl son solo referenciales,
para su emisión deberá estarse a los plazos de vigencia exigidos en el Contrato.
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21. DEL CONTRATO. |
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Suscribirán el contrato:
a) El contrato será redactado por la Unidad Jurídica. El proponente adjudicado tendrá el plazo de 10 días hábiles
contados desde la fecha de notificación de la adjudicación para entregar la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento
de Contrato y las obligaciones laborales y presentarse a la suscripción del mismo. La notificación de adjudicación se
efectuará por parte de la Unidad Técnica al oferente adjudicado, a través de algún medio que permita certificar ésta.
b) El precio del contrato corresponderá al sistema de suma alzada sin reajuste, sin intereses de ninguna especie,
el que incluirá el costo de los aportes y/o derechos a los servicios respectivos, pago de honorarios, impuestos,
derechos notariales, gastos generales, utilidades, así como todo gasto adicional o imprevisto que irrogue su
cumplimiento, sea indirecto, directo o a causa de él.
c) Si el adjudicatario desiste y se niega a suscribir el contrato dentro del plazo estipulado, la Unidad Técnica
hará efectiva la Boleta de Garantía de la Seriedad de la Oferta y sin llamar a nueva licitación, podrá proponer
adjudicar a los otros proponentes en el orden en que hubiesen sido evaluados. El monto del cobro de la Boleta de
Garantía por Seriedad de la Oferta quedará a beneficio del Municipio en el caso que el contratista se desista de su oferta y no suscriba el contrato.
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24. PLAZOS. |
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El plazo efectivo para ejecución de las obras será el ofrecido por el oferente en su propuesta y en días corridos,
el cual regirá a contar de la entrega del terreno por parte de la Unidad Técnica y será de 180 días corridos. El oferente
no podrá superar el plazo antes indicado de lo contrario su oferta será declarada inadmisible. A su vez es
IMPORTANTE: Si un oferente presenta en su oferta un plazo menor al 70% de los días estipulados en la licitación, quedará automáticamente fuera de bases sin más trámite, por considerarse su oferta peligrosa.
La Unidad Técnica podrá acoger solicitudes de aumento de plazo debidamente fundamentadas, pero tales
aumentos no darán derecho al pago de gastos generales, salvo casos muy justificados y con expresa aceptación
del Mandante. En caso que se autorice aumento de plazo el contratista deberá reemplazar la boleta bancaria de la
obra por otra equivalente, todo acorde a lo indicado en el punto 15.2 de las presentes bases
Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema,
de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos
públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde
dicha solicitud.
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25. RESPECTO DEL PLAZO Y EFECTOS DEL CONTRATO. |
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El mandante podrá suspender el plazo y efectos del contrato en las siguientes ocasiones:
a) En el caso que la tramitación de los certificados necesarios para obtener la recepción provisoria de la obra
sufra un retraso en su tramitación y obtención no imputable al contratista y supere los plazos normales de
procedimiento que manejan dichas instituciones, el mandante podrá suspender transitoriamente el plazo de
ejecución del contrato, sin derecho a indemnización.
b) Cuando se presenten casos de fuerza mayor, imprevistos, caso fortuito, u otro hecho, debidamente calificado
por la unidad técnica municipal a cargo de la ejecución del contrato, se podrá suspender el plazo y efectos del
contrato, sin derecho a indemnización alguna para el contratista.
c) La suspensión indicada en la letra a), se realizará previa solicitud escrita del contratista y en caso que la
unidad técnica acoja dicho requerimiento, se dictará un decreto Alcaldicio que autorice la medida, cuya suspensión
se iniciará desde la fecha de emisión del respectivo decreto.
d) Tratándose de la suspensión indicada en la letra b), ésta se realizará mediante la dictación de un Decreto
Alcaldicio, y regirá desde la fecha de notificación de dicho acto administrativo al contratista, el cual se enviará al
domicilio informado en su oferta, dejando copia de éste en el lugar de la obra. Se entenderá válidamente notificado,
desde el tercer día de despachada la citada notificación.
e) Una vez salvada la causal por la cual se suspende el plazo, se dictará el respectivo decreto de restauración.
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32. VISITA A TERRENO. |
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Se realizará una visita a terreno de carácter obligatoria. En cumplimiento a lo dispuesto en el Instructivo N°6/2024
del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, se establece el siguiente Programa de Visitas a Terreno, de carácter obligatorio, para el proceso de licitación del proyecto “Construcción Plaza Sede Junta de Vecinos, Código
Bip 40072093-0”.
1. La visita a terreno tiene por finalidad permitir a cada oferente conocer las condiciones físicas, topográficas y
logísticas del sector donde se ejecutará la obra, asegurando igualdad de condiciones, transparencia, trazabilidad y
el cumplimiento de las medidas precompetitivas establecidas por el TDLC.
2. Las visitas se realizarán de manera individual para cada oferente, evitando la presencia simultánea de distintas
empresas. La Municipalidad no sostendrá contacto directo previo con las empresas fuera de la plataforma de
compras públicas, salvo las jornadas de agendamiento. Las jornadas de agendamiento se considerará Hito Oficial
del proceso licitatorio. En caso de que el representante legal de la empresa no pueda asistir a la jornada de
agendamiento o a la visita a terreno, podrá hacerlo otra persona debidamente autorizada mediante poder simple
otorgado por el representante legal, el cual deberá ser presentado en el momento de la acreditación.
3. Se informará en el cronograma adjunto en los antecedentes de la licitación la fecha y horario en que se
desarrollarán las jornadas de agendamiento.
Asistencia Presencial: Las empresas interesadas deberán concurrir en la fecha y hora confirmada posterior a su
agendamiento.
Registro y Asignación: El funcionario municipal designado inscribirá a la empresa en el acta habilitada, indicando
nombre, RUT, representante y RUT, y asignará fecha y hora específicas para la visita individual.
Acta de Asignación de Visita: El representante de la empresa (o la persona autorizada con poder simple) y el
funcionario municipal firmarán el acta, entregándose copia a la empresa (la cual deberá estar adjunta en su oferta)
y quedando la original en poder del municipio.
No se aceptarán solicitudes posteriores ni reprogramaciones fuera del calendario oficial.
4. Ejecución de la Visita Punto de Encuentro: Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en el 2do piso de la
Municipalidad de Punitaqui (Edificio Consistorial), según horario entregado en jornada de agendamiento.
Responsabilidad de Movilización: Cada empresa deberá llegar por sus propios medios y asumir los costos y
riesgos asociados.
El funcionario municipal a cargo de la visita deberá consignar en el Acta de Visita a Terreno Obligatoria la hora
efectiva de inicio de esta.
El funcionario a cargo tendrá facultades para declarar ausente a todo proveedor que, habiendo suscrito el acta
de visita, se retire antes de que esta finalice.
Al término de la visita, se firmará el acta por ambas partes, entregando copia a la empresa y archivando la original
en el expediente municipal.
5. La participación en las jornadas de agendamiento es requisito indispensable para la asignación de hora de
visita.
La asistencia a la visita a terreno, en la fecha y hora asignadas, es requisito obligatorio para la presentación de
oferta.
La no asistencia a cualquiera de estas etapas inhabilitará la presentación de oferta.
Serán rechazadas en el acto de apertura o en la revisión previa a la evaluación que realice la comisión evaluadora
aquellas propuestas presentadas por oferentes, que no conste hayan suscrito la referida Acta de Visita a Terreno, la
cual será debidamente publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl
1) PROCEDIMIENTO DE AGENDAMIENTO (tercer día hábil, una vez publicada la licitación en el portal Mercado
Público, se considera como primer día hábil, el siguiente a la publicación)
• Canal exclusivo: correo electrónico a secplan@munipunitaqui.cl
• Asunto: “Agendamiento visita – ID XXXX-XX-XXXX”
• Contenido mínimo: razón social y RUT del oferente; nombre, cargo y teléfono de la persona responsable;
número de asistentes (máx. 2 por empresa); día preferente y hasta tres alternativas de bloque horario (ver punto 2)
• Criterio de asignación: en estricto orden de ingreso del correo dentro del horario indicado.
• Secuencia de llenado: al completar los bloques del lunes 6 de octubre, se continuará con los del martes 7 de
octubre.
• Confirmación: la Municipalidad enviará correo de confirmación con el bloque asignado y punto de encuentro.
2) DÍAS Y BLOQUES DE VISITA: Las visitas se efectuarán en las fechas indicadas en el anexo que se acompañará
como adjunto a la presente licitación, el cual será publicado en el portal Mercado Público.
3) CONSIDERACIONES
• Inicialmente se asignará un (1) bloque por empresa. Si quedaran cupos, se evaluará reasignación.
• En caso de alta demanda, se habilitarán fechas adicionales de visita, lo que se informará mediante nueva
aclaración en el portal.
• Esta aclaración no modifica las demás fechas o requisitos del proceso establecidos en las Bases.
Se solicitará que la persona que concurra a dicha visita de terreno, sea profesional del área de la construcción,
ya sea, Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor o Constructor Civil (Estos profesionales deben contar con
un poder notarial en el que se indica que es asignado para dicha visita).
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33. CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Para la evaluación de las ofertas la Comisión ponderará los siguientes factores de acuerdo con el porcentaje
que se indica, los que serán evaluados según puntaje de cero (0) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor
ponderación de las ofertas.
Para uniones temporales de proveedores se ponderará la suma de experiencias en el criterio Experiencia de
los oferentes.
Los criterios de ponderación serán los siguientes:
PRIMERA ETAPA
CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
A. Experiencia 30%
B. Capital Comprobado 20%
C. Registro 30%
D. Cumplimiento del Requisito formal en la presentación de los oferentes 10%
E. Programa Integridad 10%
SEGUNDA ETAPA
CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACION
A. Plazo 10%
B. Mano obra local 10%
C. Precio 80%
TOTAL 100%
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4. PRESUPUESTO. |
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El presupuesto oficial para la ejecución del presente proyecto denominado “Construcción Plaza Sede Junta
de Vecinos, Código Bip 40072093-0”, financiado por el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de
Coquimbo, correspondiendo a la suma única y total de $131.826.098.- (Ciento treinta y un millones ochocientos
veintiséis mil noventa y ocho pesos). La oferta es a precio fijo y no se pagarán mayores obras ejecutadas, si éstas no han sido autorizadas por el
Municipio, tampoco se aumentarán los plazos sin su autorización ni se pagarán indemnizaciones de ninguna
naturaleza.
Aquellas ofertas que superen el valor antes indicado serán declaradas inadmisibles.
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