Descripción:
1º Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones. Por su parte, el Hospital San José es un Establecimiento de Autogestión en Red, funcionalmente desconcentrado, que tiene por misión ejercer las acciones de salud que le han sido encomendadas.
2º Que, en cumplimiento de sus funciones indicadas en el numeral precedente, y en atención a lo indicado en la programación mensual del Hospital San José, requieren: 226-1650 Cateter Lazo Andrasnare As, 226-8180 Cateter Ultrasonido Ivus, 226-8206 Microcateter De Presion Ffr 0,0014*150cm , 226-8352 Guia Para Oclusión Crónica.
3º Que, estos insumos no se encuentran en el catálogo electrónico de Convenios Marco, dispuesto en el sistema de Compras Públicas, según da cuenta Certificado de Consulta a Convenio Marco emitido el 09 de marzo de 2023 por jefe (s) de la Unidad de Abastecimiento del Hospital San José, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 inciso quinto del Reglamento de la Ley N°19.886.
4º Que, conforme a lo prescrito en el artículo 8° de la Ley N° 18.575, ley orgánica constitucional de Bases generales de la Administración del Estado, los contratos administrativos se celebrarán previa propuesta pública; por su parte, el artículo 5° de la Ley N° 19.886, ley de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, dispone que la Administración adjudicará los contratos que celebre mediante licitación pública; por último, según prescribe el artículo 9° del reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, procede la licitación pública cuando no proceda la contratación a través de convenio marco.