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Descripción del servicio |
Servicio de instalación de central de monitoreo de alarma con transmisión inalámbrica (costo mensual), para las siguientes direcciones:
- Oficinas CONAF ubicadas 3 Norte N° 540 (Departamentos 101, 102 y 103) y casas N° 541 y N° 555, comuna Viña del Mar.
- Oficina Provincial San Antonio, ubicada en calle Litoral N° 296, comuna Santo Domingo.
- Oficina Provincial Petorca, ubicada en calle Uribe N° 26, comuna La Ligua.
- Oficina Provincial San Felipe, ubicada en calle Santo Domingo N° 342, comuna de San Felipe.
- Oficina Provincial Quillota, ubicada en calle Los Ceibos A 4145, comuna de Quillota.
- Oficina Administración Reserva Nacional Lago Peñuelas, ubicadas en la Ruta 68 Km 87,3 comuna de Valparaíso.
- Oficina Administración Parque Nacional La Campana, ubicada en Avenida Granizo N° 9137, comuna de Olmué.
- Oficina Portería Parque Nacional La Campana, ubicada en Camino La Troya S/N, Granizo Alto, comuna de Olmué.
- Oficinas del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, ubicadas en Aeródromo de Rodelillo S/N, Valparaíso.
- Bodegas del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, ubicadas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, Ruta 68 Km. 87,3, comuna de Valparaíso.
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Observaciones respecto de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos |
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Decreto 661 Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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Modificación de Bases |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de licitación, para lo cual se emitirá y publicará una resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Presentación de Ofertas |
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Para participar en el proceso el oferente debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
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Aplazamiento del cierre de la licitación |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo establecido al cierre de la licitación, este podrá aplazarse por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Apertura de las ofertas |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que éstos sean solicitados por CONAF a través del Foro del portal, establecido para tales efectos, lo que será evaluado en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta”.
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Errores u omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 56, del Decreto 661 Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Observaciones a la apertura de las ofertas |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Decreto 661 Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Comisión Evaluadora |
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefa (I) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe (I) de la Sección Administración o a quien designe, Profesional de la Sección Administración o a quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefa de la Unidad Jurídica o a quien designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director regional de CONAF.
Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 51 del Decreto 661 Reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N° 6 dela Ley 18.575.
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Metodología de desempate |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, se adjudicara al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio “precio del servicio de monitoreo mensual”. En caso de persistir el empate será el criterio “Plazo de entrega de la instalación del servicio” el que determine la adjudicación. Si aún persiste el empate será la primera oferta presentada en el Portal de Mercado Público la que obtendrá la adjudicación.
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De la Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Plazo de adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Readjudicación |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a readjudicar la adquisición de los servicios licitados, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
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Consultas a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán efectuarse hasta 2 días hábiles siguiente a la adjudicación en el sistema de compras públicas, al correo marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de incumplimientos previos |
La cláusula de incumplimientos previos, busca garantizar que los proveedores o contratistas, realicen sus procesos con estándares éticos y de cumplimiento. No podrán participar de esta licitación, personas naturales o empresas que hayan incurrido en incumplimientos graves en faenas, durante los dos últimos años, establecidos en los siguientes puntos:
1) Cobro de boleta de garantía: Referido al cobro de boletas de garantía asociada a procesos anteriores, en un plazo de 2 años.
2) Incumplimiento de contrato: Cualquier incumplimiento de contrato que resultó un término anticipado del mismo, según el punto “o)” de la presente base, en un plazo de 2 años.
3) Multas reiteradas: La presencia de multas repetidas en procesos anteriores, en un plazo de 2 años.
Las ofertas cuyos oferentes estén involucrados en uno o más de los puntos antes mencionados, serán rechazadas en el acto de apertura electrónica de la oferta.
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Suscripción del contrato |
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, éste se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación.
Para la confección del contrato el adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF.
Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de publicación y modificaciones posteriores si las hubiera.
3) Certificado de Vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades de él o los representantes legales con vigencia.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada, desistimiento por parte del adjudicado, por no estar inscrito en el registro de Chileproveedores o no encontrarse hábil en éste. CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien adjudicar la licitación a otro oferente. La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes Bases de Licitación, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
Modificación de contrato:
Cabe señalar que CONAF podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado, el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias o características fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo.
La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente.
Del término del contrato por incumplimiento:
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1. Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato.
2. El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4. En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6. Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o a funcionarios de ésta.
7. Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
8. El haberse cursado más de cuatro multas.
9. El superar el 5% del monto del contrato en multas estipuladas en las presentes bases de licitación.
10. Renuncia o Desestimiento de cumplir con el contrato por parte del adjudicatario, facultará a CONAF para efectuar el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4.
Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato:
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a luisa.morales@conaf.cl
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Duración del Contrato:
Contrato de ejecución en el tiempo, con vigencia desde la fecha de firma del contrato y por un período de 24 meses contados desde la firma del respectivo contrato, o bien, hasta el consumo total del monto establecido para su ejecución.
Posibilidad de prórroga de contrato:
El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o fuerza mayor o razones fundadas. Situación que deberá ser evaluada por CONAF, quien podrá otorgar un nuevo plazo que no excederá de 12 meses adicionales, y sólo en caso de que se cuente con presupuesto disponible para dicho efecto.
La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento del monto adjudicado. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación. Además, deberá también reemplazar los seguros solicitados, con el fin de que su cobertura contemple el plazo total de vigencia del contrato.
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Multas |
Se considera como infracción cada día hábil de atraso en la instalación de equipos y equipamiento, en la respuesta de servicio técnico o en el servicio de monitoreo de alarma, de acuerdo a los plazos estipulados en su oferta. La multa aplicada ascenderá a 2 UF, por cada día de atraso en la entrega del servicio revisado y aceptado por CONAF, salvo eventos de fuerza mayor, que la Corporación se reserva el derecho de calificar. Esta multa se descontará inmediatamente en el pago correspondiente. A su vez CONAF informará al proveedor, el valor de la multa que se aplicará, (UF al último día hábil del mes en curso), de acuerdo al siguiente procedimiento:
1.- En caso de producirse el incumplimiento antes mencionado, CONAF enviará un correo electrónico al proveedor, indicando la aplicación de la multa.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde la recepción del correo indicado precedentemente para realizar los descargos pertinentes.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
5.- Las multas no podrán superar el 5% del precio del contrato.
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Obligaciones generales del adjudicatario |
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquel, bajo cualquier título.
2) Ante cualquier problema o daño que se suscite con terceros en la entrega del servicio será expresa responsabilidad del adjudicatario.
3) Los bienes y productos que permanezcan en el lugar de las faenas, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia, que realizará los trabajos de instalación del servicio requerido. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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Subcontratación |
En caso de verificarse subcontratación, será aplicable lo siguiente: El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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Orden de Compra |
Se emitirá una Orden de Compra por el monto del contrato. El valor de las facturas emitidas por el adjudicatario durante la vigencia del contrato se rebajará de la Orden de Compra, hasta que dicho monto se agote. Cuando se trate de servicios adicionales se emitirá una Orden de Compra en forma previa al inicio de los servicios. En caso de renovación del contrato, CONAF emitirá una nueva Orden de Compra por el monto de la renovación.
En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 2 días hábiles, CONAF procederá a cancelar la Orden de Compra. Según lo establecido en los artículos 58 y 117 del Decreto 661 Reglamento de Compras Públicas de la Ley 19.886.
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Modalidad de Pago |
El pago del servicio se realizará a 30 días previa emisión de la factura y una vez aceptada la orden de compra que se emitirá en forma mensual y recepcionado conforme el servicio por parte de CONAF.
Facturación:
Las facturas deben ser emitidas electrónicamente según la normativa vigente del Servicio de Impuestos Internos (SII) y deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato. La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en Campo Folio de la referencia de la factura (801 Formato SII). La factura en formato XML, debe ser publicada dentro de las 72 horas desde su emisión al correo electrónico windte_dte@custodium.com
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Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
4- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otros |
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”
Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta al presente Anexo N° 3 Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para firma de los oferentes y su incorporación como Anexo a su propuesta en la Licitación.
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Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO |
1.- Servicio de Instalación:
El servicio de instalación de la central de monitoreo a través de una conexión inalámbrica, rayos o sensor de movimiento, magnéticos, botones de pánico etc. se debe realizar de manera paralela al funcionamiento normal de CONAF, esto quiere decir que no se debe entorpecer las labores cotidianas que ésta realiza. El horario para ejecutar esta labor será de lunes a jueves entre las 09:00 y las 16:30 horas y, el día viernes entre las 09:00 y las 15:30 horas. Sin perjuicio de lo anterior este horario podrá cambiarse previa coordinación con la Sección Administración de CONAF, Región de Valparaíso.
2.- Servicio monitoreo de alarma:
Se requiere el servicio de instalación de central de monitoreo de alarma con transmisión inalámbrica, para diferentes dependencias de CONAF Región de Valparaíso, que genere formas de identificación y alerta de siniestros o emergencias, y que cuente con capacidad de reacción de manera inmediata. El servicio debe incluir la instalación de los mecanismos o dispositivos necesarios para su funcionamiento.
Además el proveedor deberá enviar reportes diarios por activación y desactivación de alarmas a correos electrónicos institucionales determinados por CONAF.
El servicio se requiere en las siguientes dependencias de CONAF:
En Visita a Terreno se debe definir la cantidad de instalaciones según lo siguiente:
• CENTRAL POWER Y SUS ZONAS
• TECLADO DIGITAL LCD
• SENSORES DE APERTURA
• SENSORES DE MOVIMIENTO
• PULSADORES FIJOS
• FUENTES DE PODER
• EXPANSORES DE ZONAS
• SIRENA EXTERIOR
•3 NORTE N° 540 OF. 101, comuna Viña del Mar.
•3 NORTE N° 540 OF. 102, comuna Viña del Mar.
•3 NORTE N° 540 OF. 103, comuna Viña del Mar.
•3 NORTE N° 541, comuna Viña del Mar.
•3 NORTE N° 555, comuna Viña del Mar.
•PARQUE NACIONAL LA CAMPANA, Avenida Granizo N° 9137, comuna de Olmué.
•PARQUE NACIONAL LA CAMPANA, Camino la Troya S/N Granizo Alto, comuna de Olmué.
•RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS, ADMINISTRACIÓN, Ruta 68, Km 87,3 comuna de Valparaíso.
•OFICINA SAN ANTONIO, calle Litoral N° 296, comuna de Santo Domingo.
•OFICINA LA LIGUA, calle Uribe N° 26, comuna La Ligua.
•OFICINA SAN FELIPE, calle Santo Domingo N° 342, comuna de San Felipe.
•OFICINA QUILLOTA, calle Los Ceibos A 4145, comuna de Quillota.
•Oficinas del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, ubicadas en interior Aeródromo Rodelillo S/N, Valparaíso.
•Bodegas del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, ubicadas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, Ruta 68 Km. 87,3, comuna de Valparaíso.
Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podría solicitar el término anticipado de alguna dependencia o extender el servicio de instalación de la central de monitoreo a través de una conexión inalámbrica, o similar a otras unidades de CONAF, de la región de Valparaíso, no incluidas en el listado, previa solicitud de cotización y aprobación por parte del Jefe de la unidad solicitante.
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