Licitación ID: 4352-2-LP26
Cuentas Corrientes y otros Servicios Bancarios
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLON
Fecha de Cierre: 30-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías y asistencia financiera 1 Global
Cod: 84101501
Servicio de apertura de cuentas corrientes y servicios relacionados al giro bancario, Municipalidad de Quillón y servicios incorporados 2026 - 2030  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Cuentas Corrientes y otros Servicios Bancarios
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto, atender las múltiples necesidades de la Municipalidad en cuanto a servicios financieros y económicos se refiere, junto con la necesidad de actualizar y modernizar la gestión municipal en dicha materia, velando por una eficiente e idónea administración de los medios públicos. En este contexto, se requiere de la contratación de una serie de servicios bancarios en los términos y condiciones detallados en las Especificaciones Técnicas y demás documentos integrantes de la presente licitación, entre los servicios a contratar, se contemplan los siguientes: 1. Apertura y mantención de cuentas corrientes. 2. Emisión de Certificado de saldos de las cuentas corrientes. 3. Generación de cartolas. 4. Servicio de información en línea. 5. Servicio de transferencia electrónica de fondos. 6. Recepción de depósitos. 7. Cheques. 8. Emisión de vales vistas y boletas de garantías. 9. Servicio de pago de remuneraciones. 10. Condiciones preferenciales a funcionarios. 11. Servicio de pago de cotizaciones previsionales. 12. Servicio de pago a proveedores y abonos varios. 13. Servicio de recaudación de ingresos municipales. 14. Servicio de pago de Intereses en cuentas corrientes bancarias en moneda nacional. 15. Servicio transporte de valores.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
R.U.T.:
69.141.400-0
Dirección:
18 De Septiembre 250
Comuna:
Quillón
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 31-03-2026 18:07:40
Fecha inicio de preguntas: 06-04-2026 8:30:00
Fecha final de preguntas: 09-04-2026 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-04-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-05-2026 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-05-2026 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-06-2026 18:37:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según punto 12.1 de la BAE
Documentos Técnicos
1.- Según punto 12.2 de la BAE
 
Documentos Económicos
1.- Según punto 12.3 de la BAE
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Punto 16, letra c) de las BAE 10%
2 Oferta Económica Punto 16, letra a) de las BAE 60%
3 Incremento Anual de Tasa de Interés Punto 16, letra b) de las BAE 20%
4 Programa de Integridad Punto 16, letra d) de las BAE 5%
5 Cumplimiento de los requisitos Punto 16, letra e) de las BAE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Ilustre Municipalidad de Quillón
Monto Total Estimado: 1
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 1460 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andrea Nuñez
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores2@quillon.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
punto 20 de las BAE
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Quillón
Fecha de vencimiento: 30-08-2030
Monto: 1 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: punto 15.2 de las BAE
Forma y oportunidad de restitución: punto 15.2 de las BAE
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1.- GENERALIDADES
El objeto de la presente licitación pública consiste en la contratación de los servicios de apertura y mantención de cuentas corrientes bancarias en moneda nacional y demás servicios asociados al giro bancario señalados en las bases de esta licitación, requeridos por la Ilustre Municipalidad de Quillón y sus servicios incorporados de educación (Departamento de Administración de Educación Municipal o DAEM) y salud municipal (Departamento de Salud Municipal o DESAMU), en adelante “La Municipalidad”, para la administración de sus recursos financieros en el cumplimiento de sus funciones, según el detalle y especificaciones establecidas en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas de la presente licitación.
2.- DEFINICIONES
Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa: a) Adjudicatario: Es el Oferente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad de Quillón para ejecutar el servicio denominado “Servicio de Apertura de Cuentas Corrientes y Servicios Relacionados al Giro Bancario, Municipalidad de Quillón y Servicios Incorporados 2026-2030”, de acuerdo a lo solicitado. b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones contenidas en documentos aprobados por la Municipalidad que regulan el proceso de licitación, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo, en definitiva, son las reglas a las cuales queda sometida la relación jurídica entre el Municipio y el Oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación. c) Bases Técnicas: Son los documentos aprobados por la Municipalidad donde se contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. d) Contrato: Es el acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el banco, en relación de ejecutar la obra denominada “Servicio de Apertura de Cuentas Corrientes y Servicios Relacionados al Giro Bancario, Municipalidad de Quillón y Servicios Incorporados 2026-2030”. e) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario. f) Garantías Administrativas: Se refiere a las garantías o cauciones de seriedad de la oferta, de fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución de las obras que se materializarán a través de cualquier documento bancario que garantice el cumplimiento de obligaciones en dinero, la cual deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, y, tendrán como finalidad indemnizar a la Municipalidad en el caso del no cumplimiento de alguna obligación, según lo estipulado en las Bases de esta licitación. g) I.T.S: Inspección Técnica del Servicio, que será designada mediante decreto alcaldicio dictado al efecto, quienes, a su vez, podrán ser asesorados por otros funcionarios municipales competentes relacionados con el servicio. h) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón. i) Municipalidad: Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas. j) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública, que se encuentre inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado y que comparece presentando una oferta o cotización en este proceso de compras. k) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos. l) Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que puedan proporcionar bienes y/o servicios de acuerdo a lo solicitado por la Municipalidad de Quillón. m) Suma Alzada: La oferta es a precio fijo, sin que procedan en consecuencia, pagar mayores cantidades, ampliar plazos ni otorgar indemnización por concepto o motivo alguno. n) Unidad Técnica: Ilustre Municipalidad de Quillón, representada por su Alcalde, (o bien, quien lo subrogue).
3.- APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente licitación y el contrato administrativo definitivo se regirán exclusivamente por las presentes Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, anexos, oficios y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia, según se estipulará en puntos siguientes de estas bases. Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato definitivo será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia competentes de la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
4.- CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
4.1.-Modalidad de Contratación El contrato suscrito entre la Municipalidad y la Entidad Bancaria adjudicada será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el precio, sólo en caso que resulte correspondiente, será el valor en dinero que pague la Municipalidad al proveedor por los servicios contratados. Los precios unitarios corresponderán a los ofertados por el oferente adjudicado en el Formulario N°5 en moneda nacional. Estos valores deberán incluir todos los costos asociados a la entrega del servicio, sean éstos directos o indirectos o a causa de ellos. Sin que la numeración sea taxativa, los valores ofertados deben considerar el pago remuneraciones, impuestos, insumos, seguros, gastos financieros, gastos generales, imprevistos, utilidades, arriendos, garantías, derechos, entre otros que concurra el proveedor para prestar el servicio contratado y, en general, todo lo necesario para prestar el servicio bancario en forma completa y correcta, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes de la presente licitación pública. 4.2.- Reglamentación Las normas aplicables a las presentes bases administrativas serán la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575; Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880; Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº19.886, Decreto Supremo Nº661 aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886; Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695, aclaraciones, consultas, Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas. El Marco Regulatorio, será el siguiente: a) Ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y sus modificaciones y actualizaciones. b) Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024. c) Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y sus modificaciones y actualizaciones. d) Ley Nº 10.336 sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República. e) D.F.L N°1 de 2006, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional De Municipalidades, y sus modificaciones y actualizaciones. f) Ley Nº 20.123 que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios y sus actualizaciones si las hubiere. g) D.F.L. N°3 de 1997, del Ministerio de Hacienda, que Fija Texto Refundido, Sistematizado y Concordado de la Ley General De Bancos y de otros Cuerpos Legales que se indican, y sus modificaciones y actualizaciones. h) Decreto Ley N°3.475, que Modifica la Ley de Timbres y Estampillas contenida en el Decreto Ley N° 619, de 1974, y sus modificaciones y actualizaciones. i) Ley N°21.000, que Crea la Comisión para el Mercado Financiero, y sus modificaciones y actualizaciones, especialmente las disposiciones de la Ley N°21.130, que Moderniza la Legislación Bancaria, particularmente en cuanto pone término a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), traspasando sus funciones y atribuciones en el ámbito bancario a la Comisión para el Mercado Financiero creada por la ley N° 21.000. j) D.F.L. N°707 de 1982, del Ministerio de Hacienda, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, y sus modificaciones y actualizaciones. k) Recopilación Actualizada de Normas de Bancos e Instituciones Financieras, emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, especialmente su Capítulo 2-2, sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques. l) Decreto N°439 de 1987 del Ministerio de Hacienda, que Exime a Municipalidades de Obligación que indica. m) Normas sobre administración financiera y administración de cuentas corrientes bancarias para los servicios y entidades públicas establecidas por la Contraloría General de la República y la Dirección de Presupuestos. n) Dictamen N°020243N14 de 20 de marzo de 2014 emitido por la Contraloría General de la República y o) Dictamen N°078767N14 de 10 de octubre de 2014 emitido por la Contraloría General de la República. 4.3.- Orden de Prelación Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de Prelación de la Documentación (en orden de mayor a menor importancia), será: Prelación Administrativa 1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas 2. Bases Administrativas Especiales Decretadas 3. Formularios 4. Contrato. Prelación Técnica 1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas 2. Detalle y especificaciones técnicas de los servicios y todos los antecedentes técnicos que dan origen al requerimiento y la presente licitación. Ante cualquier discrepancia en estos antecedentes técnicos, prevalecerá el que de mejor cumplimiento de a la ejecución del servicio requerido. 3. Contrato. La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del contratista por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
5.- DEL SERVICIO
La presente licitación tiene por objeto, atender las múltiples necesidades de la Municipalidad en cuanto a servicios financieros y económicos se refiere, junto con la necesidad de actualizar y modernizar la gestión municipal en dicha materia, velando por una eficiente e idónea administración de los medios públicos. En este contexto, se requiere de la contratación de una serie de servicios bancarios en los términos y condiciones detallados en las Especificaciones Técnicas y demás documentos integrantes de la presente licitación, entre los servicios a contratar, se contemplan los siguientes: 1. Apertura y mantención de cuentas corrientes. 2. Emisión de Certificado de saldos de las cuentas corrientes. 3. Generación de cartolas. 4. Servicio de información en línea. 5. Servicio de transferencia electrónica de fondos. 6. Recepción de depósitos. 7. Cheques. 8. Emisión de vales vistas y boletas de garantías. 9. Servicio de pago de remuneraciones. 10. Condiciones preferenciales a funcionarios. 11. Servicio de pago de cotizaciones previsionales. 12. Servicio de pago a proveedores y abonos varios. 13. Servicio de recaudación de ingresos municipales. 14. Servicio de pago de Intereses en cuentas corrientes bancarias en moneda nacional. 15. Servicio transporte de valores.
6.- DEL PRECIO Y CANTIDAD
Las ofertas se formularán por $1 (un peso) moneda nacional, sólo para efectos de ingresar un monto en el portal www.mercadopublico.cl El proveedor deberá pagar a la Municipalidad de Quillón intereses por conceptos saldos efectivos mantenidos en las cuentas corrientes en moneda nacional de ésta, y de los servicios incorporados a su gestión conforme a la tasa fija de interés ofertada. Para efectos del cálculo de los saldos promedios mensuales correspondientes, se deberán considerar los saldos diarios disponibles en todas las cuentas corrientes en moneda nacional de la Municipalidad de Quillón y de los servicios incorporados a su gestión, al cierre de cada día, ese este hábil o no, durante todo el mes calendario. Para los efectos de la determinación de los saldos diarios disponibles en un día inhábil bancario o festivo, se considerará el saldo existente al cierre del último dial hábil bancario anterior. La suma de los saldos diarios de las cuentas corrientes en moneda nacional y sus respectivos ajustes, (si procediera) se dividirá por el número de días efectivamente, transcurridos en el mes respectivo, determinándose el promedio mensual del saldo disponible en las cuentas corrientes moneda nacional. El abono del interés, (si procediera) se realizará a más tardar el séptimo día hábil del mes siguiente, sobre la base de los saldos mantenidos en el mes precedente, en la cuenta corriente que la Unidad Técnica indique para tales efectos el monto de estos intereses serán ingresados al presupuesto de ingresos Municipal. La Municipalidad y los servicios incorporados (DAEM, DESAMU), NO se obligarán a mantener un determinado saldo promedio mensual mínimo para recibir abono por concepto de pago de intereses (si procediera).
7.- DE LOS PLAZOS
La vigencia del servicio, será a partir de la fecha consignada en el contrato y tendrá una duración de 1.460 días corridos (4 años), a contar del 11 de mayo de 2026 o desde la fecha consignada en el contrato. El plazo de inicio en la prestación de los servicios, (gestión e implementación de servicios bancarios, será propuesto por el Oferente, sin embargo, no podrá exceder de los 30 días, desde la autorización de contraloría una vez adjudicado en el portal www.mercadopublico.cl No obstante, en caso de ser conveniente a los intereses municipales, el contrato podrá renovarse por única vez hasta un plazo máximo de 12 meses, contados desde el vencimiento del plazo del contrato original. El plazo del contrato podrá ser suspendido mediante Decreto Alcaldicio en caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la Municipalidad.
8.- DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación las instituciones bancarias autorizadas para operar en Chile por la Comisión del Mercado Financiero y que se encuentren clasificadas por una empresa Clasificadora de Riesgos reconocida por la Comisión para el Mercado Financiero, que cumplan con los requerimientos establecidos en las presentes bases, en el Reglamento de la Ley N°19.886 y que estén habilitadas para efectuar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl. Dichas instituciones bancarias deben contar con presencia en la Región de Ñuble, además de cumplir con las exigencias que se indican en las presentes BAE. Según los establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en caso de ser adjudicados y a la firma del contrato, deberán presentar documento que adquiere el carácter de escritura pública de la constitución y Nombramiento de un representante o apoderado común. La vigencia de esta unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo contractual. Sin perjuicio de lo expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante notario público chileno, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. La Unión Temporal de Proveedores, debe encontrarse dentro de lo regido por el “Párrafo 2” de la Unión Temporal de Proveedores, en los artículos del N°180 al N°184 del Decreto N°661. Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en el numeral 12.1. El oferente que represente la Unión Temporal de Proveedores como apoderado designado, será quien deba presentar la totalidad de antecedentes en el portal www.mercadopubilco.cl, debiendo coincidir el RUT y Razón Social de la empresa apoderada, con el RUT y Razón Social de la empresa que ingresa la información a la plataforma transaccional. En caso que la propuesta de una UTP sea ingresada a la plataforma www.mercadopublico.cl por un miembro distinto a la figura de apoderado, la oferta será declarada inadmisible. 8.1.- Inhabilidades para participar: no podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que cuenten con inhabilidades para pertenecer al Registro de Proveedores, según señala el Capítulo X, Artículos contenidos en el Párrafo 7 del Decreto 661 que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886. Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de éstas.
9.- CALENDARIO DE LICITACION

En la siguiente tabla se detallan los plazos máximos de cada proceso de licitación, según el artículo 41 N°4 del decreto 661 que establece plazo para la adjudicación de contratos en el contexto de La Ley de Compras Públicas.

ACTIVIDAD

PLAZO

Fecha de Publicación

Dentro de 5 días hábiles contados desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.

Fecha inicio de preguntas

05 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, las presentes bases.

Fecha cierre de preguntas

Dentro de 3 días posteriores a la fecha de inicio de preguntas, en portal ww.mercadopublico.cl

Respuestas de las preguntas

Dentro de 5 días posteriores a la fecha de cierre de preguntas, en portal www.mercadopublico.cl

Fecha de cierre de recepción de ofertas

30 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl

Apertura de las Ofertas

Hasta 1 día desde cierre de recepción de ofertas

Adjudicación

Dentro de 30 días hábiles, posterior al acto de apertura de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

En caso que la fecha de cierre de recepción de la oferta corresponda a un día sábado, domingo o festivo, será reemplazado por el día hábil siguiente.

Tanto las fechas de Aperturas, como de Adjudicación establecida en el portal de compras públicas podría sufrir algún retraso, la nueva fecha será informada mediante el portal anunciando allí las razones del atraso.

10.- CONSULTAS
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N° 9 de las presentes BAE. La Ilustre Municipalidad de Quillón, ya sea por iniciativa propia o en atención a consultas presentadas por algún oferente podrá modificar las bases, a fin de lograr dar viabilidad al proceso, hasta antes de la fecha programada de cierre de recepción de ofertas, mediante la publicación de un Decreto Alcaldicio que exprese dichos cambios. Estas modificaciones serán notificadas en el portal www.mercadopublico.cl antes de la apertura de la licitación, siendo su aplicación obligatoria para todos los participantes. Al igual que con las respuestas y aclaraciones a las consultas, será responsabilidad del oferente cerciorarse de eventuales modificaciones y sus efectos, no pudiendo alegar desconocimiento de estas, ya que serán parte integrante de las Bases Administrativas. En caso de que las Bases sean modificadas y dependiendo de la magnitud e implicancia de estos cambios, se podrán establecer nuevas fechas para el cierre y recepción de propuestas a fin de otorgar un plazo prudencial a potenciales oferentes interesados para que puedan conocer y adecuar sus ofertas. Así mismo se podrán extender los periodos de consultas y adjudicación.
11.- RESPUESTAS A LAS CONSULTAS
Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente. Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes. De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
12.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación y calendario de Licitación expuesto en el punto 9 de las presentes BAE. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf (no se aceptará otro tipo de formato, facultando a la municipalidad para dejar fuera de bases al proponente). Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir los requerimientos obligatorios especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos, no serán evaluados y por tanto, quedaran fuera de bases. En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto. Ver punto 6 de las BAE 12.1.- Archivo documentación administrativa, deberá incluir: a) Formulario Anexo N°1, Identificación del Oferente, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo N°2, Hoja Declaración Jurada simple, según formato, firmado por su representante legal. c) Patente Municipal Vigente d) Copia escaneada del Instrumento de Garantía a nombre de la I. Municipalidad de Quillón que garantice la “Seriedad de la Oferta” por un valor de $1.000.000.- (Un millón) según lo indicado en el punto Nº14.1 de las presentes BAE, en caso de ser documento de garantía digital, esta podrá ser adjunta directamente al sistema de información www.mercadopublico.cl e) Formulario Anexo N°3 Experiencia del Oferente, Trayectoria de la entidad bancaria en el Mercado Nacional (Adjuntar Certificación) y Nómina de contratos vigentes o ejecutados con instituciones públicas, dentro de los últimos 4 años (Adjuntar Certificados y/o medios de verificación formales). f) Programa de Integridad según lo establecido en dictamen N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°17 de las presentes Bases Administrativas Especiales. g) Declaración jurada simple de los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, que acredite que se encuentran en conocimiento del programa de integridad de la empresa. 12.2.- Archivo Propuesta Técnica, deberá incluir: a) Certificado de Clasificación de Riesgos: El oferente deberá acompañar el Certificado de Clasificación de Riesgos, el cual, deberá haber sido emitido por una Clasificadora de Riesgo autorizada por la Comisión de Riesgo autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y encontrarse vigente a la fecha de la presentación de su oferta. b) Formulario Anexo N°4, Plazo de Inicio de los servicios (días posteriores a la fecha de adjudicación) 12.3.- Archivo Propuesta Económica, deberá incluir: a) Formulario Anexo N°5, Formulario Oferta, según formato, firmado por su representante legal. (Los proponentes que su oferta fuere de $0, de igual forma deberán señalar como valor de la propuesta a postular por un monto de $1 (un peso), en el sistema www.mercadopublico.cl) b) Formulario Anexo N°6, Incremento tasa de Interés, firmado por el representante legal Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases. Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales. La no presentación de uno o más antecedentes, como la adulteración de los mismos, la comisión tendrá la facultad de dejar automáticamente al proponente Fuera de Base. La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio. Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases. Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales. La no presentación de uno o más antecedentes, como la adulteración de los mismos, la comisión tendrá la facultad de dejar automáticamente al proponente Fuera de Base. La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
13.- APERTURA DE LA LICITACIÓN
La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en portal www.mercadopublico.cl. Y calendario expuesto en el punto 9 de las presentes bases. El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público.
14.- ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACION
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y período de evaluación. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal, errores en el precio de la oferta, como aquellos documentos que son sujeto a evaluación. El plazo para la corrección de estas omisiones será de 25 horas, contadas desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante.
15.- DE LAS GARANTÍAS
Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”. b) Las Garantías de Seriedad de la Oferta (si corresponde) y la de Fiel Cumplimiento de Contrato podrán ser tomadas por el proponente, o por un tercero a su nombre, y no únicamente por el oferente o cualquiera de sus socios o integrantes, como se indica en el Dictamen N°18.171, de fecha 19.07.2018, de la Contraloría General de la República, y ser emitida a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0. Deberán entregarse con el nombre del servicio. c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "el fiel cumplimiento de contrato" o "correcta ejecución", según corresponda con la glosa: “SERVICIO DE APERTURA DE CUENTAS CORRIENTES Y SERVICIOS RELACIONADOS AL GIRO BANCARIO, MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN Y SERVICIOS INCORPORADOS 2026-2030”. d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del contratista y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. 15.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta: Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su Oferta, mediante una o más Boleta de Garantía, Vale Vista o cualquier otro instrumento pagadero a la vista o a su presentación y de carácter irrevocable, que asegure el pago de la garantía en forma inmediata correspondiente a un monto de $1.000.000.- (Un millón de pesos). Esta garantía deberá ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Quillón, rol único tributario N° 69.141.400-0 y con una vigencia mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de emisión del documento. Vale decir que, el plazo de validez de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser equivalente a la oferta. La Glosa debe indicar: Garantía por Seriedad de la Oferta por la Licitación Pública “Servicio de Apertura de Cuentas Corrientes y Servicios Relacionados al Giro Bancario, Municipalidad de Quillón y Servicios Incorporados 2026-2030”. Esta garantía, en caso de ser física (formato papel) deberá ser ingresada a través de la oficina de partes de la I. Municipalidad de Quillón, calle 18 de Septiembre N°250, Quillón, hasta el día que se indique como fecha de cierre de recepción de ofertas, indicadas en Etapas y Plazos de la ficha electrónica de la licitación, siendo ingresada al municipio de lunes a viernes hasta las 13:30 hrs. Toda garantía formato físico, ingresada fuera del horario señalado, será causal suficiente para rechazar la oferta en el acto de apertura electrónica del portal mercado público. En los casos que dicha garantía sea “electrónica”, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, podrá ser ingresada junto a la totalidad de los antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl o, a través de la casilla de correo electrónico de Oficina de Partes de la Municipalidad oficinadepartes@quillon.cl, con copia a apoyoabastecimiento@quillon.cl y secretariasecplan@quillon.cl. dentro del plazo (día y hora) indicado para la recepción de las ofertas, para que la oferta sea considerada válida. La no presentación de esta garantía en los plazos establecidos, tendrá como consecuencia el rechazo de la oferta en el acto de apertura. Esta Garantía se hará efectiva en los siguientes casos: • Cuando el oferente adjudicado no se presente a la firma del Contrato en el plazo establecido en documento que le informa su adjudicación. • Cuando el oferente adjudicado desista de la oferta entre la presentación de esta y la adjudicación. • Cuando el adjudicatario no presente la garantía de fiel cumplimiento del contrato al momento de la firma del contrato o en la fecha indicada para ello. • Cuando la Municipalidad determine la falsedad, falta de autenticidad o integridad de la información aportada por el oferente. • No estar habilitado en el registro de proveedores al momento de la firma del contrato. Esta Garantía será devuelta a los oferentes no adjudicados una vez firmado el contrato, previa solicitud, por escrito, de los oferentes participantes. Su devolución se hará efectiva según lo indica el Art 53 del Decreto 661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886. 15.2.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato: El proponente que se adjudique la oferta, deberá reemplazar la garantía mencionada en el inciso anterior de las presentes Bases Administrativas Especiales, en un plazo de 8 días hábiles, posterior a la adjudicación de la oferta en el portal, por una que garantice el "Fiel Cumplimiento del Contrato", por un monto de $ 10.000.000 (diez millones de pesos). con una vigencia del plazo contractual aumentado en 180 días corridos. La que debe ser ingresada por oficina de partes antes de las 13:30 horas del día indicado como plazo máximo de su recepción. La Glosa debe indicar: Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato de la Licitación Pública “Servicio de Apertura de Cuentas Corrientes y Servicios Relacionados al Giro Bancario, Municipalidad de Quillón y Servicios Incorporados 2026-2030”. En los casos que dicha garantía sea “electrónica”, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, podrá ser ingresada junto a la totalidad de los antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl o, a través de la casilla de correo electrónico de Oficina de Partes de la Municipalidad oficinadepartes@quillon.cl, con copia a apoyoabastecimiento@quillon.cl y secretariasecplan@quillon.cl. dentro del plazo (día y hora) indicado. En caso que el contrato se extienda por un periodo dentro de la vigencia de los días aumentados en la garantía (180 días corridos), no será necesario el reemplazo de ésta. En caso de existir aumento de plazo, la garantía del fiel cumplimiento del contrato, deberá reemplazarse o renovarse contemplándose el mayor plazo. En tal sentido, la empresa adjudicada deberá ingresar el nuevo instrumento con al menos 01 día hábil de anticipación a la expiración al plazo original. La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del prestador de servicio, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 24 De las Multas. La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del prestador de servicio. En tal sentido, se puede hacer efectiva para efectuar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al proveedor; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud previa presentación de informe por parte del I.T.S. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad bancaria correspondiente.
16.- EVALUACION DE LAS OFERTAS

16.1.- Comisión de Evaluación

Los integrantes de la comisión de evaluación, serán sujetos pasivos según los dispuesto en la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los Siguientes funcionarios o quienes subroguen:

NOMBRE

UNIDAD / DIRECCIÓN

Nelly Stange Chavarría

Jefa Finanzas DAEM

Bernardo Gajardo Salazar

Tesorero Municipal

Jorge Ortiz Pávez

Director (S) DESAMU

Fátima Fuentealba Arriagada

Profesional SECPLAN, en calidad de asesora

Edgardo Carlos Hidalgo Varela

Secretario Municipal, Ministro de Fe

Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.

Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor Alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.

Vale decir que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Decreto Supremo Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda que, aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

Sólo serán consideradas en el proceso de evaluación de las ofertas las propuestas que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, procede su evaluación.

La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles se realizará en una etapa, considerando los criterios de evaluación de acuerdo con las siguientes ponderaciones:

16.2 Criterios de Evaluación

ÍTEM

DETALLE

PONDERACIÓN

a

OFERTA ECONOMICA

(Tasa de Interés)

60%

b

INCREMENTO ANUAL DE TASA DE INTERÉS

20%

c

EXPERIENCIA OFERENTE

Años de Experiencia 30%

10%

Cantidad de Contratos 70%

d

PROGRAMA DE INTEGRIDAD

5%

e

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

5%

a)        OFERTA ECONÓMICA Tasa de Interés (ponderación 60%)

De acuerdo a lo señalado en el Punto Nº6, de las presentes Bases Administrativas Especiales, El puntaje se asignará de acuerdo a la tasa de interés ofertada, Formulario Anexo N°5.

DESCRIPCIÓN

PUNTOS

Mejor tasa de interés ofertada     

100

Segunda mejor tasa de interés ofertada

85

Tercera mejor tasa de interés ofertada  

70

Cuarta mejor tasa de interés ofertada   

55

Quinta y demás mejores tasas de interés ofertadas

40

No indica tasa de interés u oferta con tasa de interés 0 “cero”

Fuera de bases

b)        INCREMENTO ANUAL DE TASA DE INTERÉS (ponderación 20%)

El oferente que en su propuesta presente el mayor incremento anual de tasa de interés, indicado en Formulario Anexo N°6 solicitado en punto 12.3 letra b) de las presentes bases, será asignado el mayor puntaje, según la siguiente tabla de puntuación.

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Mayor incremento anual de tasa de interés

100 puntos

Segundo mayor incremento anual de tasa de interés

80 puntos

Tercer mayor incremento anual de tasa de interés

60 puntos

Cuarto mayor incremento anual de tasa de interés

40 puntos

Quinto y otros mayores incrementos anual de tasa de interés  

20 puntos

No Indica o no oferte incremento anual de tasa de interés

0 puntos

c)        EXPERIENCIA DEL OFERENTE (ponderación 10%)

Se evaluará con mayor puntaje aquella oferta que presente mayor experiencia, en cuanto a cantidad de años en el mercado nacional, como la cantidad de contratos ejecutados en vigencia de los últimos 4 años con instituciones públicas (tomados de los certificados y/o de los antecedentes que se aceptan en el Punto N°12.1, letra e) de estas bases.

         c.1).- Años de Experiencia (ponderación 30%)

Este criterio de evaluación considera “Trayectoria de la entidad bancaria en el Mercado Nacional” el oferente deberá declarar, mediante el Formulario Anexo N°3 la cantidad de años de trayectoria, debidamente acreditados. Para efectos de la evaluación sólo se considerarán años cumplidos, por lo tanto, la declaración debe ser expresada en números enteros sin decimales.

En caso que el valor declarado contenga decimales, sólo se considerará el valor entero, sin aproximar.

El puntaje será asignado de acuerdo a la siguiente tabla, según la sub-categoría indicada.

TRAYECTORIA DE LA ENTIDAD BANCARIA

PUNTAJE

Mayor a 20 años

100 puntos

Mayor o igual a 15 y menor a 20 años

80 puntos

Mayor o igual a 10 y menor a 15 años

60 puntos

Mayor o igual a 05 y menor a 10 años

40 puntos

Mayor o igual a 02 y menor a 5 años

20 puntos

Menor o igual a 02 años

10 puntos

c.2).- Cantidad de contratos los últimos 4 años (ponderación 70%)

Este criterio de evaluación considera contratos de la entidad bancaria con instituciones públicas a nivel nacional. El oferente deberá declarar, mediante el Formulario Anexo N°3 la cantidad de contratos con entidades públicas, debidamente acreditados.

CONTRATOS

PUNTAJE

Sobre 20 contratos con instituciones públicas

100 puntos

Entre 15 y 19 contratos con instituciones públicas

85 puntos

Entre 11 y 14 contratos con instituciones públicas

70 puntos

Entre 5 y 10 contratos con instituciones públicas

55 puntos

Entre 2 y 4 contratos con instituciones públicas

40 puntos

1 contrato con instituciones públicas

25 puntos

0 contratos con instituciones públicas

  0 puntos

d)        PROGRAMA DE INTEGRIDAD (Ponderación 5%):

El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023.

La no presentación de la documentación solicitada en este punto, no será causal para dejar al proponente fuera de bases, asignándosele el puntaje establecido en tabla.

La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de este por parte de sus trabajadores (*), según el siguiente detalle: 

ÍTEM

PUNTAJE

Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal

100

Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal

50

Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal

No presenta programa de integridad

No informa

0

La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada simple u otro documento que acredite la toma de conocimiento por cada uno de sus trabajadores.

NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos sus trabajadores.

La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.

El oferente que no presente su respectivo Programa de Integridad, se evaluará con el puntaje mínimo, dicho Programa de Integridad se sugiere contar con los siguientes compromisos:

a)        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación público, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerles o concederles a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)        El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objetivo influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

c)         El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas prácticas, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

e)        El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

f)          El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.

El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relaciones directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar otros antecedentes del oferente que permitan determinar, que la Obra en licitación, será ejecutada correctamente.

e)        CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS (ponderación 5%)

DETALLE

PUNTAJE

Para la presentación de documentos omitidos de los puntos 12.1, letra a), b), c) punto 12.2, letra a), b), al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos.  Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo fatal de 25 horas.

Presenta los documentos solicitados en los puntos 12.1, letra a), b), c) punto 12.2, letra a), b) dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl

100

Presenta documentación incompleta o fuera del plazo primitivo solicitada a través de foro inverso.

50

No presenta la documentación solicitada a través foro inverso.

Documentación presentada a través de foro inverso emitida posterior al cierre de recepción de las ofertas.

Documentación presentada se encuentra sin vigencia.

Fuera de Bases

La comisión emiti un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.

Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar otros antecedentes del oferente que permitan determinar, que el operativo será ejecutado correctamente.

Serán causales de eliminación inmediata, para no formar parte de las ofertas propuestas al señor alcalde, los siguientes aspectos (se considerarán los antecedentes con una antigüedad de cinco años):

  • Verificación de anomalías, falsificaciones o de adulteración de la documentación presentada.

Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta.

La comisión emitirá un acta de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.

16.3.- Foro inverso

La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.

Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 12.1 letras d) y e), y 12.3, letras a) y b), materia de evaluación, los que a falta de su presentación dejarán al proponente FUERA DE BASES.

Mientras que, la falta u omisión de antecedentes solicitados en el punto 12.1 letras f) y g), será materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°16.2 letra d).  Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.


Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que la adquisición será ejecutada correctamente.

17.- MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATES
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica (tasa de interés). En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Incremento Anual de Tasa de Interés y por último, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea el mayor puntaje en el criterio Experiencia del oferente.
18.- DE LA ADJUDICACION
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas de cada Línea de licitación, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°17 “Mecanismo de resolución de empates” en caso de que dos o más oferentes se encuentren con el mismo puntaje. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. 18.1.-Readjudicación La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta. 2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro del plazo señalado en las presentes bases, si procede. 3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado. 4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N°12 de las presentes bases. 5. Si no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación. 6. Si el producto o servicio adjudicado perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación cuando se produzca la situación anteriormente señalada. 7. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación. 8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. En caso de concurrir a alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
19.- DEL CONTRATO
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la adjudicación de las pólizas de seguro, se deberá firmar el contrato dentro de un plazo de 10 días hábiles, de no poder cumplirse dicho plazo será facultad de municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal. Si el oferente no suscribe el contrato o no acompaña la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo señalado, la Municipalidad podrá hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, pudiendo entonces proceder a adjudicar el servicio a otro de los oferentes o llamar a nueva Licitación, según lo estime conveniente la Municipalidad. 19.1.- De la orden de compra A la hora de realizar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el oferente deberá realizarla por un monto de $1.- (un peso), mientras que en Formato N°5 se debe indicar el monto de la oferta económica (Tasa de Interés), por los servicios específicos solicitados en Términos de Referencia y las presentes Bases. En este sentido, la respectiva orden de compra tendrá el valor de $1.- (un peso) y será enviada al Banco adjudicatario una vez esté completamente tramitado el contrato de prestación de servicio. El Banco adjudicatario tendrá el plazo de 02 días hábiles bancarios para aceptar la respectiva orden de compra a contar de la fecha de envío a proveedor.
20.- PROHIBICION DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO
En cuanto a las obligaciones comprometidas por el proveedor, no podrá ceder o transferir el contrato, a persona natural o jurídica alguna. Sin embargo, y previa autorización municipal podrá subcontratar servicios contenidos en la presente licitación, conservándose como responsable directo ante la Municipalidad. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “proveedor” se establecen, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato.
21.- SUPERVISION
Actuará como Inspección Técnica del Servicio, la Dirección de Administración y Finanzas (DAF) de la Ilustre Municipalidad de Quillón, la cual velará por el fiel cumplimiento del contrato dando cumplimiento con lo establecido en las presentes bases, y demás antecedentes. La Entidad Bancaria, deberá someterse exclusivamente a las coordinaciones del I.T.S. las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la I.T.S estipule. Dichos requerimientos, se instruirán de manera escrita a través de correo electrónico habilitado para ello (la comunicación podrá ser vía telefónica frente a casos de emergencias y/o imprevistos, de las cuales posteriormente y en más breve plazo se dejará constancia escrita). El incumplimiento de cada orden del I.T.S, y en general cualquier incumplimiento de contrato, será sancionado con una multa que se definirá en las presentes bases administrativas, por cada día durante el cual no sea acatada, hasta un plazo máximo de 5 días corridos, posterior a ello el municipio podrá (si el caso lo amerita) dar término anticipado al contrato ejecutando la Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta prestación de los servicios. La multa se aplicará sin forma de juicio y se deducirá de los estados de pago, o de la garantía mencionada si aquellos no fuesen suficientes. Sin perjuicio de lo anterior, si frente a una instrucción del I.T.S. La Entidad Bancaria no se encuentra posibilitado de cumplirla en los tiempos instruidos (caso fortuito, fuerza mayor o imprevisto), podrá solicitar fundadamente una prórroga del plazo, siempre y cuando dicha solicitud se formalice previo al vencimiento del plazo instruido por la I.T.S en primera instancia. En estos casos, la I.T.S tendrá la atribución de autorizar o no la prórroga del plazo solicitada. Corresponderá a la I.T.S entre otras, las siguientes funciones: a) Para efectos contractuales, ser el interlocutor válido de la Municipalidad con el Proveedor. b) Fiscalizar la debida ejecución del contrato. c) Sugerir al Alcalde aplicar multas singularizadas en las presentes Bases. d) Suscribir los Estados de Pagos Mensuales, sólo si lo(s) hubiere. e) Aprobar la recepción conforme de los servicios contratados. f) Proponer a la Municipalidad el término anticipado del contrato. g) Exigir a La Entidad Bancaria r la presentación de cualquier documentación que, a su juicio, estime necesaria para la correcta ejecución del contrato.
22.- PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DEL SERVICIO
El Proveedor deberá cumplir todas las instrucciones y/o disposiciones de carácter técnico administrativo contenido en las presentes Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas y demás antecedentes de la licitación pública que aseguren una correcta ejecución de los servicios bancarios contratados. El Proveedor deberá realizar la migración de las cuentas vigentes de manera óptima, en los menores tiempos posibles, evitando dificultar procesos actuales. El Proveedor se obliga a dar estricto cumplimiento a la legislación vigente en todas las materias que involucre la presente licitación pública. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias y otras, será de exclusiva responsabilidad de éste. La Municipalidad no tendrá obligación ni responsabilidad alguna con el personal que trabaje o preste servicio para la entidad Bancaria, ni se considerará como personal municipal ni subcontratado para cualquier efecto legal. El Proveedor estará obligado a: a) Dirigir, ejecutar, administrar la ejecución de los trabajos contratados ciñéndose estrictamente a las especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna prestación de los servicios bancarios contratados. b) Coordinar la ejecución de los servicios y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo. c) La presentación oportuna y con la documentación completa del pago, sólo en caso que hubiese. d) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Inspección Técnica del Servicio vinculadas al contrato materia de la presente propuesta pública en un plazo máximo de 3 días hábiles. e) Hacer efectivo en el plazo establecido a la Municipalidad el pago de intereses en la cuenta corriente que disponga ésta derivados de la mantención de los saldos vistas mensuales de la totalidad de las cuentas corrientes conforme a la oferta del banco estipulada en el Formulario N°5. f) Recepcionar en todas las sucursales del país los depósitos efectuados por la Municipalidad y los servicios incorporados a su gestión mientras esté vigente el contrato. g) Asistir a todas las reuniones de coordinación y control de los servicios que requiera la Municipalidad. La Inspección Técnica del Servicio informará con la debida antelación el día y hora de las reuniones de coordinación h) Disponer de los recursos humanos, técnicos y de infraestructura que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los requerimientos, en calidad y plazos definidos para cada servicio. i) Pagar cheques de las cuentas corrientes de la Municipalidad y los servicios incorporados a su gestión en cualquiera de sus sucursales en el país. j) Informar a la Inspección Técnica del Servicio las deficiencias que detecte en el cumplimiento del contrato. k) Designar un(a) ejecutivo(a) que concentre y coordine los distintos servicios del banco contemplados en las Especificaciones Técnicas. l) No efectuar cargos voluntarios en las cuentas corrientes por concepto de gastos, comisiones, impuestos, precios, tarifas, etc. m) Mantener en la Inspección Técnica del Servicio un registro actualizado con el nombre, dirección, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico del ejecutivo de cuentas del banco asignado al contrato con el fin que pueda ser ubicado en forma permanente para ser llamado ante cualquier eventualidad. n) Acusar recibo de toda comunicación que se le haga desde la Inspección Técnica del Servicio y dar respuesta a ella en el plazo requerido o inmediatamente si así se le requiere por la gravedad o urgencia del asunto. o) Dar cumplimiento o responder por las obligaciones contractuales y previsionales con sus trabajadores que prestan servicio a la Municipalidad de Quillón. p) El pago total de las imposiciones, la retención y pago de los impuestos y en general el cumplimiento de las leyes sociales y tributarias con relación al personal que contrate para prestar el servicio requerido en estas Bases, no existiendo vínculo de subordinación o dependencia entre la Municipalidad y dicho personal. q) Todas las demás obligaciones establecidas en las leyes aplicables a la materia y en las presentes Bases.
23.- PRORROGA
Si durante el plazo del contrato del servicio, la Municipalidad requiere contratar servicios conexos, o realizar la prórroga al contrato vigente por un plazo de 90 días corridos o por el tiempo que conlleve a un nuevo proceso de Licitación (lo que ocurra primero), siempre que el monto de dicha prórroga no supere el 30% del contrato original y que la empresa proveedora manifieste estar de acuerdo, se podrá llevar a cabo, formalizando la relación contractual de ésta, a través de la emisión de la Orden de Compra.
24.- DE LAS MULTAS

Si el proveedor incurre en incumplimiento de las obligaciones impuestas conforme al presente proceso licitatorio, resultarán aplicables las multas administrativas que se indicarán.  Las multas se descontarán administrativamente del instrumento de garantía, de otros valores o estados de pago o bien será requerido su pago directamente al proveedor, según corresponda. Las multas a aplicar serán las siguientes:

TIPO

CAUSAL

MONTO

Grave

a)   No cumplir con los requisitos, condiciones o especificaciones establecidas en el punto 5 Presentes BAE.

b)   No comenzar la implementación de la nueva sucursal Bancaria en los tiempos ofertados.

10 UF por evento

Moderada

a)   Por cada día de atraso en la implementación de los servicios ofertados por el proveedor.

b)   Por interrupciones de servicio por más de 4 horas.

c)  Por fallas atribuibles al sistema operativo de la Entidad

5 UF por evento

Leve

a)   Por cada día de atraso en la entrega de los documentos o antecedentes requerido por la Municipalidad.

 3 UF por día

Las multas serán aplicadas a iniciativa del Inspector Técnico de Servicio, quien deberá emitir un informe fundado consignando expresamente los hechos en que consiste el incumplimiento y la norma infringida, según lo especificado en el párrafo anterior, e indicar la multa que se propone aplicar, de lo cual deberá dar traslado al proveedor por 5 días hábiles fatales, notificándolo vía correo electrónico, a la casilla que la entidad informe al momento de la suscripción del contrato. Los descargos del proveedor deberán ser ingresados vía correo electrónico o por Oficina de Partes Municipal. Transcurrido el plazo para formular descargos, sea que se hayan emitido o en su rebeldía, se remitirán los antecedentes al Sr. Alcalde a fin de que se resuelva la aplicación de la multa mediante decreto alcaldicio. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

El valor de la UF, corresponderá al día en que sea notificada la aplicación de multa.

En caso que existan falencias o incumplimiento en las características del servicio, el oferente deberá subsanar las faltas, sin perjuicio de la correspondiente aplicación de multas.

Las multas establecidas según tabla, se descontarán del estado de pago en curso.

Será el o la ITS quién se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar y la buena calidad y totalidad del servicio.

Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato.

Será facultad del Sr. Alcalde, aplicar, rebajar o desestimar completamente la multa, en virtud de los descargos y pertinencia de éstos.

Procedimiento multas:

1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.

2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.

3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.

4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.

5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.


25.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Mandante podrá poner término administrativo y en forma anticipada a un contrato, de acuerdo a lo indicado en el artículo 130 del Decreto 661 que, aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios o, en los siguientes casos: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley 19.886. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Puesto término anticipado del contrato por cualquier causal antes señalada, salvo la estipulada en el numeral 2 del presente punto, se mantendrán las garantías y retenciones del contrato para responder por el mayor precio que puedan costar el servicio por un nuevo Contrato, como así mismo de las multas que corresponda pagar por el atraso que se produzca, o cualquier otro perjuicio que resultase para el Mandante. Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta. Puesto término anticipado del contrato por cualquier causal antes señalada, salvo la estipulada en la letra “d”, se mantendrán las garantías y retenciones del contrato para responder por el mayor precio que puedan costar el servicio por un nuevo Contrato, como así mismo de las multas que corresponda pagar por el atraso que se produzca, o cualquier otro perjuicio que resultase para el Mandante. En este contexto, de determinarse el término administrativo y en forma anticipada a un contrato, se deberá efectuar una liquidación del estado de avance efectivo del diseño, a objeto de liquidar la parte financiera. Para ello, durante este proceso la municipalidad deberá determinar el costo de los diseños pendientes, efectuando una su contratación de acuerdo a lo señalado en la normativa vigente, para ser rebajadas de los estados de pago pendientes y/o garantías en custodia.
26.- DEL DOMICILIO Y JURISDICCION APLICABLE
Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.