9.1.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
9.1.1. ANTECEDENTES GENERALES
ProChile requiere el servicio integral de control de asistencia presencial y remoto para sus funcionarios, por un periodo de 24 meses desde la recepción conforme de su implementación, considerando un sistema de registro y administración de marcaje, soporte, entrega de equipamiento a nivel nacional, y una solución digital para las oficinas comerciales distribuidas internacionalmente.
Este servicio deberá cumplir con lo establecido en la normativa vigente del sector público en la materia, resguardando los registros de marcas de inicio y término de la jornada laboral de los/as funcionarios/as.
Para efectos del presente proceso de contratación, y de manera referencial, debe considerar a lo menos de 650 accesos (usuarios) para realizar la gestión de asistencia.
ProChile podrá durante la vigencia de la contratación aumentar hasta un 5% más la cantidad de usuarios con acceso a la solución ofertada, sin que eso represente un costo adicional para la institución.
9.1.2. OBJETIVO GENERAL
Se requiere que un proveedor provea el servicio integral de control de asistencia, que permita a los/as usuarios/as registrar el inicio y el término de la jornada laboral, considerando al menos, las siguientes características:
a) La implementación de los dispositivos de captura en las siguientes ubicaciones:
• 4 equipos en Santiago, con alrededor de 340 funcionarios(as), (2 en Teatinos, 1 San Martín, 1 Andrés Bello.15 oficinas regionales (1 por región) para un promedio de 15 funcionarios(as) por oficina.
• Tres Lectores, para equipo de administración. (Aeropuerto de Santiago UCO Valparaíso, SOFOFA en providencia).3 lectores de huella con conexión USB que permita registrar asistencia mediante huella digital para un promedio de 4 funcionarios por oficina.
• Marcaje remoto para las Oficinas Comerciales de ProChile en el Exterior.
b) Implementación de al menos los siguientes servicios de marcaje remoto:
• Página web con acceso para todos los funcionarios/as.
• Marcaje por APP, aplicación descargable en teléfonos móviles, tanto en Chile como para los funcionarios/as de nuestras oficinas comerciales distribuidas por el mundo. Actualmente en el exterior la utilizan aproximadamente personas r a 190
c) Integración de las capturas realizadas por dispositivos de captura de marcas con los sistemas de administración y gestión que utiliza ProChile, con el objetivo de mantenerlos operativos durante toda la vigencia de la contratación. Esto implica que deberá entregar en la información recopilada en los formatos que ProChile entregará al proveedor adjudicado.
d) La instalación, transporte implementación de dispositivos tanto en Santiago como en regiones debe ser provisto por el proveedor, junto con la mantención que se requiere para que los dispositivos se encuentren operativos y en correcto funcionamiento durante la duración del contrato.
e) La solución de problemas que pueden presentar los dispositivos de marcaje durante la ejecución del contrato deberá ser abordada a todo evento por el proveedor (hardware y software), para lo cual debe disponer de canales de soporte y reparación, los que deben estar incluidos en la oferta. El servicio de soporte debe considerar todos los materiales, insumos y mano de obra necesaria para la correcta prestación del servicio.
Cualquier modificación relativa a los canales de atención deberá ser informada previamente a su implementación por el PROVEEDOR a la Contraparte Técnica del contrato.
f) El proveedor deberá disponer de una página web para la visualización del registro de datos, considerando al menos los siguientes perfiles de acceso:
• Usuario: el cual pueda registrar, revisar y exportar sus marcas de asistencia.
• Administradores, jefaturas y supervisores: el cual pueda registrar, revisar y exportar sus marcas de asistencia además de revisar, modificar, exportar y respaldar en línea marcas y estado de relojes.
Los oferentes deberán proponer una solución para la implementación del servicio requerido, que permita el cumplimiento de las especificaciones técnica y de acuerdo al plazo máximo de 10 días hábiles solicitado en la presente bases de licitación.
9.1.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
El proveedor deberá proveer distintos sistemas de registro de asistencia, el hardware, el software y firmware asociado, que debe considerar a lo menos:
• Dispositivos de captura de marca: Reloj Control. (reloj biométrico por huella y reloj biométrico por huella y reconocimiento facial, según se detalla).
• APP Nativa: una aplicación que ha sido diseñada y programada en un entorno de ejecución de aplicaciones diferente del navegador web. y que requiere de instalación y actualización.
• Página Web. Sitio web responsivo: página web, o aplicación que corre sobre navegador web y que responde de forma automática al tipo de dispositivo.
• Lector de huella con conexión USB.
A continuación, se detallan los servicios que componen el requerimiento de Sistema de Control de Asistencia Integral:
• Provisión de equipamiento de registro de marcas de asistencias tanto al inicio como al término de la jornada
El proveedor deberá proveer e instalar 19 equipos más 3 lectores de huellas USB para marcaje se asistencia para funcionarios/as en las dependencias de ProChile a nivel nacional, según el siguiente detalle y características:
• 16 Reloj Control Biométricos, para marcaje por huella digital que soporte flujo mínimo de 15 personas.
• 3 Reloj Control Biométrico, para marcaje por huella digital y reconocimiento facial, que soporte altos flujos (referencial 340 personas) e incorpore batería de 4 horas de duración.
• Alimentación eléctrica de 110/220 Vol., con opción de conectar UPS (No es requisito incluir UPS en la oferta).
• Conexión a red vía cable UTP, opcionalmente WiFi o 4G o superior.
• Equipo compacto para montaje en muro de dimensiones aproximadas de 20 por 20 cm.
• Equipos que cuenten con configuraciones automatizadas para cambios de horarios (invierno/veranos) correspondientes a cada región en territorio nacional.
• Los equipos de marcación deberán disponer de un dispositivo que permita al funcionario, indicar si su marcación es de entrada o salida.
• Los equipos de marcación deberán disponer de la automatización de cambio de jornada (mañana/tarde).
• Tres (3) lector de huellas con conexión USB, para marcaje por huella digital.
La distribución de los equipos requerida es la siguiente, de acuerdo al detalle contenido en anexo N°5:
• Quince (15) equipos biométricos estándar (huella digital), instalados 1 por cada oficina regional, para un promedio de 15 funcionarios por oficina.
• Dos equipos (2) en oficina central ubicada en calle Teatinos 180, Santiago, piso 1 y piso 10, para atender alrededor de 350 funcionarios en conjunto:
a)Un equipo (1) Piso 1 (reloj biométrico por huella y reconocimiento facial).
b)Un equipo (1) Piso 10 (reloj biométrico estándar por huella).
• Un equipo (1) reloj biométrico por huella y reconocimiento facial, en oficina secundaria ubicada en calle San Martin 88, Santiago, para atender alrededor de 100 funcionarios.
• Un equipo (1) reloj biométrico por huella y reconocimiento facial, en oficina regional ubicada Av. Andrés Bello 2299, Piso 13, Providencia, Santiago, para atender alrededor de 50 funcionarios.
• Tres (3) lector de huellas con conexión USB para equipo de administración. (Aeropuerto de Santiago, UCO Valparaíso, SOFOFA en Providencia).
• Durante la vigencia del contrato, y con ocasión de algún cambio de dependencia de ProChile, podrá solicitar el traslado y reubicación de un máximo de dos (2) equipos sin costo adicional, siempre que las nuevas dependencias se encuentren en la misma región que la distribución inicialmente definida.
• Provisión de App Nativa para el registro de marcas de asistencia tanto al inicio como al término de la jornada.
El proveedor deberá proveer una APP, aplicación móvil (diferente del sitio responsivo) de marcación con georeferenciación, con la posibilidad de que el administrador pueda crear y modificar geocercas. La aplicación deberá operar en sistemas operativos iOS y Android, permitiendo su uso en Smartphone, tablets y otros con la intermediación de un programa descargable para estos fines, además debe tener las configuraciones para huso horario en cada país del mundo.
App nativa: una aplicación que ha sido diseñada y programada en un entorno de ejecución de aplicaciones diferente del navegador web y que requiere de instalación y actualización.
La aplicación debe contar al menos con las siguientes características:
• Acceso: Se descarga e instala desde una tienda de aplicaciones (App Store, Google Play).
• Desarrollo: Utilizando los lenguajes de programación específicos de cada plataforma (Swift/Objective-C para iOS, Java/Kotlin para Android).
• Plataforma: Diseñada para una plataforma específica (iOS, Android).
• Actualizaciones: Las actualizaciones se distribuyen a través de las tiendas de aplicaciones y los usuarios deben instalarlas manualmente.
• Funcionalidad: Acceso completo a las funciones del hardware del dispositivo, el acceso debe estar integrado con Active Directory de Prochile.
• Provisión de Página Web para el registro de marcas de asistencia tanto al inicio como al término de la jornada.
Se requiere implementar una solución de en una modalidad de marcaje dentro de una plataforma web, el cual debe permitir al usuario realizar el marcaje mediante un inicio de sesión para cada usuario (user y password), orientado para las personas con teletrabajo.
-Sitio responsivo: (también llamado sitio web responsive o diseño web adaptable) significa que el sitio debe estar diseñado para adaptarse automáticamente al tamaño y tipo de pantalla del dispositivo desde el que se accede, ya sea un computador, una tablet o un teléfono móvil.
• Acceso: Se debe acceder directamente a través de un navegador web, sin necesidad de descargar e instalar. El acceso debe estar integrado con Active Directory de Prochile.
• Desarrollo: Debe emplea tecnologías web como HTML, CSS y JavaScript.
• Plataforma: Funcionamiento en cualquier dispositivo con un navegador compatible y conexión a internet.
• Actualizaciones: Las actualizaciones deberán implementarse de forma centralizada por el adjudicatario y ser visibles para todos los usuarios de inmediato.
• Funcionalidad: Puede tener limitaciones en el acceso a las funciones del hardware del dispositivo, como la cámara o el GPS, y requiere de acceso a internet para su funcionamiento.
Debe permitir obtener reportes exportables en formatos Excel, PDF y/o otros, manteniendo la información en línea, clara, concisa y fidedigna.
• Sistema de registro
La solución debe contemplar un servicio en la nube en donde se registren de forma centralizada las marcas de todas las sucursales, y que de forma automática se reflejen los registros de todos los equipos instalados en todas las oficinas de ProChile.
La cantidad de personal a registra asistencia, son alrededor de 650 funcionarios totales, distribuidas según el siguiente detalle:
• 350 personas, en la Región Metropolitana.
• 120 personas, distribuidos 15 Regiones del país.
• 180 personas, distribuidos en 54 Oficina Comerciales en el Exterior.
Paralelamente el sistema de registro debe considerar el marcaje opcional mediante página web y mediante Aplicación móvil (App) ambas proporcionadas por el proveedor.
Las características mínimas del sistema de registro son:
• Software para el servicio de marcaje de asistencia modalidad SaaS (software as a service) con alojamiento CLOUD.
• El sistema deberá ofrecer servicios de administración por niveles con el fin de que un ente central provea los elementos que rigen a toda la institución, pero también deberá permitir la administración de elementos específicos para las diversas localidades tanto en Chile como en el exterior.
• El servicio deberá incluir los parches, actualizaciones, licencias de uso (si se requiere), los que están incorporados durante todo el periodo de contratación y son parte integral del servicio prestado.
• Integración del sistema ofertado con equipos de captura de marcas.
• API/REST disponible para poder generar canales de comunicación entre sistemas.
• Información entregada en los formatos que solicitará ProChile para la Integración con sistemas internos y la extracción de las marcas de forma automática.
• Entrega de distintos reportes programables en tiempo real y extracción de las marcas a partir de una interfaz web.
• El sistema debe ser 100% móvil y responsive, es decir, tener un diseño web adaptable y disponible para su uso en distintos dispositivos, tales como computadores, smartphones, tablet, etc.
• Deberá permitir la notificación automática a los correos electrónicos de las personas que se encuentren pendientes de cumplimiento de marcajes de inicio de jornada.
• Compatible con la última versión de los buscadores (Internet Explorer, Chrome y Edge). En el caso que, existan nuevas versiones de navegadores, las modificaciones al sistema serán sin costo para ProChile.
• Entregar informar reportes de estado de conexión/desconexión de los relojes.
• Permitir entregar diferentes roles a usuarios debidamente individualizados como administradores los cuales podrán realizar configuraciones en página web y otros equipos cuando se requiera.
• Entregar distintos tipos de reportes de marcas de ingreso y salida, descargables en PDF y Excel, tanto individuales como generales.
• El sistema debe soportar distintos medios de registro de marcación, los cuales podrán ser utilizados indistintamente:
• Equipo de reloj control con reconocimiento biométrico, de reconocimiento facial de alta gama (3 unidades) y estándar (16 unidades).
• Lector de Huella para marcación de asistencia diaria.
c. APP, Aplicación móvil de marcación con georreferenciación, con la posibilidad de que el administrador pueda crear y modificar geocercas.
d. A través de página web, la cual debe contener un banner grafico con el objetivo de dirigir al funcionario/a la obligatoriedad de realizar la marcación de inicio y término de jornada laboral remota.
e. Mediante llamada telefónica (opcional).
• Disponibilidad durante las 24 horas del día, todos los días del año.
• Soporte para la operación y mantenimiento
La solución debe contemplar apoyo para la operación y mantenimiento, incluyendo como mínimo:
• El servicio de instalación y puesta en marcha de los equipos de marcaje, en todas las sucursales de ProChile.
• Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para la solución de incidentes de los equipos, manteniendo un SLA de atención presencial y/o digital según el requerimiento, de al menos de 24 horas hábiles. Deberá considerar un horario de atención para resolución de incidentes de lunes a viernes de 8:30 a 18:30 horas.
Para el caso de regiones, el plazo de respuesta podrá extenderse hasta 48 horas hábiles.
• Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo en línea para el sistema de marcaje, manteniendo un SLA no superior a 6 horas desde la incidencia hasta la solución definitiva. Deberá considerar un horario de atención para resolución de incidentes de lunes a viernes de 8:30 a 18:30 horas.
• Deberá contar con cobertura de soporte y mantenimiento a nivel nacional, dando la posibilidad de generar dentro del sistema distintas “empresas” o “sucursales” para la mejor administración de las oficinas de ProChile.
• Jefe de Proyecto
El proveedor deberá nombrar a un jefe de Proyecto asignado durante todo el periodo del contrato, quien deberá ser informado a la Contraparte Técnica de ProChile al inicio del periodo de contratación, considerando sus datos de contactos (teléfono(s) y correo electrónico) y que será el(la) encargado(a) de las comunicaciones y coordinaciones entre ProChile y el adjudicatario.
• Plazo de Implementación
El proveedor deberá implementar el Sistema Integral de Control de Asistencia Presencial materia de la presente contratación, en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe este contrato, y considerando la provisión de los equipos en las dependencias de ProChile en Santiago y Regiones (15).
Se deberá considerar en la implementación y puesta en marcha del servicio, la instalación de los equipos, la configuración de Software y todas las pruebas técnicas respectivas que aseguren el correcto funcionamiento.
La red y puntos eléctricos se encuentran disponibles y serán proporcionados por ProChile.
Para el caso de las Oficinas Comerciales en el Exterior, sólo será aplicable la solución de marcaje remoto (APP aplicación móvil y web).
La implementación total será verificada mediante acta de recepción por parte de la contraparte técnica del servicio.
• Cantidad de usuarios para Servicio de Gestión y Control de Asistencia
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Producto
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Cantidad Usuarios
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Plataforma de control y gestión de asistencia.
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650
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Mesa de Soporte
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650
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Actualizaciones de equipos y plataforma de servicio.
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650
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APP
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650
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Se hace presente que todas las especificaciones técnicas establecidas en el numeral 9.1 representan requisitos técnicos mínimos de la contratación (Excepto en los casos en que expresamente se indica como una característica opcional), por lo tanto, en caso de que los proveedores no lo consideren como parte de su oferta, esta será declarada inadmisible y no será evaluada.
9.1.4. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:
Anexo N° 1: Formulario Datos del Oferente
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N° 1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considerará como presentada por el oferente.
Anexo N° 2: Formulario Oferta Económica
Los oferentes deberán completar el Anexo N°2: Formulario Oferta Económica”, indicando el precio en pesos chilenos, el que debe considerar el detalle de los servicios requeridos e incluir impuestos y todos los costos que ello implique. El monto total ofertado no podrá exceder de $56.000.000.- (cincuenta y seis millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados.
De no incluirse el mencionado Anexo N° 2, o si dicho Anexo no contiene toda la información solicitada, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
Anexo N° 3: Formulario Oferta Técnica
Presentación escrita, atendiendo a lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, que debe considerar la totalidad de los servicios requeridos, de acuerdo con el Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”. La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:
Ítem I. Descripción de la propuesta: el oferente deberá completar el formulario adjunto en el Anexo N°3 con la descripción escrita y detallada de los servicios propuestos para dar cumplimiento a lo indicado en el numeral 9.1.3. de las Bases de Licitación.
Ítem II. Plazo de implementación del servicio: Los oferentes deberán indicar en el ítem II del Anexo N° 3 de las presentes Bases, el plazo de puesta en marcha del Sistema Integral de Control de Asistencia Presencial y Remoto.
En todo caso, el plazo no podrá ser superior a 10 días hábiles contados desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.
En caso de ofertar con un rango de días, se considera para efectos de evaluación el mayor plazo declarado en dicho rango.
Ítem III. Experiencia del Oferente: Se deberá indicar un máximo de 5 servicios similares al solicitado en la presente licitación, es decir, servicios de control de asistencia de mínimo un año de duración y para al menos 200 usuarios prestados desde el año 2020 a la fecha, según formato contenido en el Anexo N°3.
Para el caso de servicios prestados en el año 2025, sólo se considerarán aquellos que se encuentren terminados a la fecha de publicación de las presentes Bases.
Cada prestación de servicios deberá ser acreditada mediante la presentación de alguno de los siguientes
documentos: (1) Copia íntegra del contrato respectivo o su equivalente, firmado por las partes; (2) Carta o certificado emitido por el cliente; o (3) Orden de compra en estado aceptada o recepción conforme para entidades del sector público, en caso de entidades privadas la orden de compra deberá estar aprobada o firmada por el emisor o cliente.
Los documentos utilizados para acreditar la experiencia deberán contener al menos la siguiente información (obligatorio): cliente, descripción del servicio, cantidad de usuarios y año y plazo en que este fue prestado.
ProChile sólo evaluará cinco (5) servicios que figuren en el ítem III del Anexo Nº 3.
Si el servicio fue prestado para ProChile deberá indicar los datos en el listado, pero no será necesario
adjuntar documentos de acreditación.
No serán considerados como válidos los comprobantes que se deban obtener o consultar en otra fuente que no sea la documentación contenida en la propuesta.
Ítem IV. Criterios inclusivos: Los oferentes deberán completar el formulario establecido en el numeral IV del Anexo N° 3 y agregando la información referida al Sello Mujer, Contratación de personas con discapacidad y Contratación de Empleo Joven:
• Sello Empresa Mujer: El/la oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores. (Este sello se puede verificar en www.mercadopublico.cl).
En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer (información del Registro Civil) y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones: (1) tener más del 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres, (2) el representante legal o gerente general es mujer y (3) tener más del 50% de representantes legales mujeres. Esta información deberá ser acreditada mediante la presentación de la documentación que lo respalde, en caso que la información se encuentre disponible en el Registro de Proveedores, podrá no adjuntarla como parte de su oferta.
En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro, instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación equivalente al Sello Empresa Mujer.
• Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar: (1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o el certificado de discapacidad.
• Contratación de Empleo Joven (18 a 24 años, 11 meses): el oferente debe adjuntar: (1) Contrato de trabajo firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación), más copia de la cédula de identidad del trabajador y del certificado de las cotizaciones previsionales correspondientes a los últimos 3 meses, anteriores a la fecha de presentación de la oferta del proponente, o (2) Acreditación como beneficiario del programa Subsidio empleo Joven del SENCE, y copia de la cédula de identidad del/de la joven.
Ítem V: Programa de Integridad y ética empresarial.
De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal, lo que deberá ser declarado por los oferentes, completando el formulario contenido en el numeral IV. del Anexo N°3 de este pliego de condiciones.
Para efectos del presente proceso de licitación, se entenderá como programa de integridad y ética
empresarial un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos, promoviendo una cultura de cumplimiento.
El cumplimiento de lo anterior deberá ser acreditado por los oferentes, según lo informado al ofertar
en el ítem IV del Anexo N°3. Además, los oferentes deberán adjuntar copia del programa y el documento correspondiente que acredite su difusión, tales como, correos electrónicos institucionales, actas de recepción, toma de conocimiento o recepción a conformidad firmada por los trabajadores, comunicado interno que conste en su página web y/o intranet, copia de reglamento interno dónde conste la aplicación del programa, u otro.
Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación.
En el caso de que los oferentes presenten su oferta como persona natural, sólo será requisito contar con un Programa de Integridad y Ética empresarial, pues, por lógica, la sola presentación del documento se entenderá como el medio de acreditación para su difusión.
Cuando las ofertas sean presentadas por UTP, todos los integrantes deberán cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.
Para efectos de la evaluación del ítem referido al “Programa de Integridad y Ética empresarial” se considerará la información proporcionada por los proveedores en el numeral IV. del Anexo N°3 de las presentes Bases.
En el caso de que el proveedor adjudicado haya sido calificado con nota cero en este criterio de evaluación, podrá complementar la información remitida en su oferta, junto con los antecedentes que le serán solicitados para la formalización de la contratación, según los requisitos dispuestos en el numeral 9.14 “Condiciones Contractuales” de las presentes Bases de Licitación.
En orden a dar cumplimiento con el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 19.886, al momento de suscribir el contrato el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de un Programa de Integridad y Ética empresarial y que efectivamente es conocido y aplicado por el personal. En caso contrario, no podrá ser contratado por ProChile pudiendo dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación según lo indicado en el numeral 9.13 de las presentes Bases.
Para comprobar lo declarado los oferentes deberán adjuntar el documento correspondiente que acredite lo solicitado.
En el caso de ofertas presentadas por UTP, todos los integrantes deberán cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.
Las propuestas que no contengan todos los anexos o éstos no se acompañen debidamente completados, en los formatos indicados y con toda la información solicitada, y/o anexo N° 3 no se encuentre firmado, no serán evaluadas.
No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas.
9.1.5.- PRIMACÍA DE LAS BASES
En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha electrónica de licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl, primarán las presentes bases, las cuáles se encontrarán dentro de los archivos adjuntos, de la citada ficha de licitación.
9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente Licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, modificada por la Ley N° 21.634, su Reglamento aprobado por el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y las presentes Bases, las que son obligatorias para los que participen en la Licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones de el o los Adjudicatarios se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
• Ley N°19.886, modificada por la Ley N° 21.634 que la moderniza y el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó su Reglamento.
• Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
• Contrato que suscriba ProChile con el Adjudicatario.
• Oferta del Adjudicatario y Aclaraciones a la misma.
• Orden de Compra que emita ProChile.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones del contrato, fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días.
9.6.- COSTO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3.- "Etapas y Plazos", de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). ProChile pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- "Etapas y Plazos".
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
PROCHILE podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases y serán aprobadas por resolución de PROCHILE.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo aquellas ofertas de las proponentes enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en pesos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-42-LE25. Presionar el Botón “Buscar”.
a) Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego cliquear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.
b) Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
c) Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
d) Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
e) Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un/a funcionario/a del Departamento de Compras, de la Dirección Administrativa de ProChile.
El/la funcionario/a del Departamento de Compras revisará y verificará el cumplimento de los antecedentes indicados en el numeral “4. Antecedentes para Incluir en la Oferta”, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedará reflejada en la apertura electrónica declarando como inadmisibles dichas postulaciones. Esta acta será de conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, ProChile podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
Conforme con el inciso cuarto del artículo 51 Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N°19.886, los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios (as) de ProChile. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
• Respecto de las ofertas que hayan sido rechazadas en el acto de apertura, deberán pronunciarse señalando en el Acta de Evaluación de Ofertas las razones que lo justifican.
• En cuanto a las ofertas que hayan sido aceptadas, serán sujetas a una fase de análisis de admisibilidad por parte de la Comisión evaluadora, la que tendrá como fin determinar si cada oferta presentada da cumplimiento a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación.
• Aquellas ofertas que resulten admisibles, deberán ser evaluadas por la comisión en función de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, considerando todos los parámetros definidos para el proceso, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
• Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
• La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
• Dejar constancia, en el Acta de Evaluación de ofertas, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, se dejará constancia, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
• Recomendar a la autoridad competente el(los) proveedor(es) adjudicado(s).
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:
• Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-42-LE25. Presionar el Botón “Buscar”.
• Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
• Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
• Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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CRITERIOS A EVALUAR
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Porcentaje
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A. Descripción de la propuesta técnica
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30%
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B. Plazo de implementación del servicio
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30%
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C. Experiencia del oferente
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20%
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D. Propuesta Económica
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15%
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E. Criterios inclusivos
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3%
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F. Programa de Integridad y Ética Empresarial
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2%
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A.- Evaluación del criterio de Descripción de la propuesta técnica (30%).
Se evaluará el nivel de cumplimiento de los requerimientos, de acuerdo a lo señalado por cada oferente respecto al plan de instalación, características técnicas de plataforma, soporte y mantención. Para tales efectos, se considerarán todos los puntos señalados en el numeral 9.1 “REQUERIMIENTOS TÉCNICOS” de las presentes Bases de Licitación.
Las propuestas se calificarán de acuerdo con la siguiente tabla de notas:
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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La propuesta entregada por el oferente, cumple de manera satisfactoria con todos los requerimientos descritos en las especificaciones técnicas, pues describe en detalle todos las características y demás elementos solicitados en el numeral 9.1 de las Bases de Licitación, entregando elementos -adicionales - funcionalidades- que le dan un mayor valor a la solución, respecto de los requerimientos técnicos descritos.
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Nota 3
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La propuesta entregada por el oferente cumple de manera satisfactoria con todos los requerimientos descritos en las especificaciones técnicas, pues describe en detalle todos las características y demás elementos solicitados en el numeral 9.1 de las Bases de Licitación, sin embargo, no entrega elementos adicionales -funcionalidades-que le dan un mayor valor a la solución respecto de los requerimientos técnicos descritos.
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Nota 2
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La propuesta entregada por el oferente cumple con todo lo solicitado, pues menciona los servicios solicitados en las especificaciones técnicas, en el numeral 9.1 de las Bases de Licitación, sin embargo, su descripción carece de precisión o detalle en alguno de ellos.
Además, entrega elementos adicionales -funcionalidades- que le dan un mayor valor a la solución, respecto de los requerimientos técnicos descritos.
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Nota 1
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La propuesta entregada por el oferente cumple con todo lo solicitado, pues menciona los servicios solicitados en las especificaciones técnicas, en el numeral 9.1 de las Bases de Licitación, sin embargo, su descripción carece de precisión o detalle en alguno de ellos y no entrega elementos adicionales -funcionalidades- que le dan un mayor valor a la solución respecto de los requerimientos técnicos descritos.
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B.- Evaluación del criterio Plazo de implementación del servicio (30%)
Se evaluará el plazo de implementación del sistema de control de asistencia integral, de acuerdo con el plazo en días corridos señalado por cada oferente en Anexo N°3 ítem II.
El plazo de implementación ofertado no podrá ser superior a 10 días hábiles contados desde la total tramitación del acto que aprueba el contrato que se celebre al respecto.
Para la evaluación de este criterio, se aplicará lo siguiente:
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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Oferta entre 1 y 5 días corridos
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Nota 3
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Oferta entre 6 y 10 días corridos
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Nota 2
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Oferta entre11 y 130
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Nota 1
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Oferta14 y 15 días corridos
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C.- Evaluación del criterio Experiencia del Oferente (20%)
Listado con un máximo de 5 servicios similares al solicitado en la presente licitación, es decir, servicios de control de asistencia de mínimo un (1) año de duración y para al menos 200 usuarios prestados entre el año 2020 y 2025 debiendo estar ejecutado, , según formato contenido en el Anexo N°3.
Para la evaluación de este criterio, se aplicará el siguiente cuadro:
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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Acredita 5 prestaciones similares a la requerida.
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Nota 3
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Acredita 4 prestaciones similares a la requerida.
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Nota 2
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Acredita 3 prestaciones similares a la requerida.
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Nota 1
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Acredita 2 prestación similar a la requerida.
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Nota 0
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No entrega información suficiente o no acredita prestaciones.
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D.- Evaluación del criterio Propuesta Económica (15%)
Para la evaluación de este criterio, se considerará el precio total ofrecido en la propuesta, por el periodo de 24 meses, de acuerdo con lo establecido en el Anexo N° 2, “Formulario Oferta Económica”, incluyendo impuestos y eventuales costos asociados.
La propuesta de menor valor económico será calificada con el mayor puntaje asignado para este factor (nota 4). Las siguientes ofertas serán calificadas con un puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Nota Oferente: Valor económico de la oferta de menor precio x 4
Valor económico de la oferta que se analiza
El monto total ofertado no podrá exceder del presupuesto mensual estimado, que asciende a $56.000.000.- (cincuenta y seis millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados.
E.- Evaluación del criterio inclusivos (3%)
Para la evaluación de este criterio, los oferentes deberán informar completando el numeral IV.- del Anexo N° 3, y obtendrán la nota de acuerdo con la siguiente tabla:
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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Acredita 3 iniciativas inclusivas.
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Nota 3
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Acredita 2 iniciativas inclusivas.
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Nota 2
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Acredita 1 iniciativa inclusiva.
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Nota 0
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No se entrega información o no acredita.
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F.- Evaluación del criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial (2%)
La evaluación de este criterio se realizará en base a si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, y acompaña los antecedentes requeridos, lo que será evaluado según lo indicado en el ítem V del Anexo 3.
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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Declara poseer un programa de integridad y ética empresarial conocido y aplicado por su personal, adjunta copia de dicho Programa y de los medios que acrediten que éste es conocido y aplicado por su personal.
En caso de personas naturales, declara poseer un programa de integridad y ética empresarial y adjunta copia de dicho Programa.
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Nota 0
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Declara no poseer un programa de integridad y ética empresarial o bien posee uno pero no acredita que sea conocido y aplicado por su personal.
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Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación.
Criterios de Desempate
El resultado de la evaluación se obtendrá de las notas obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes de ponderación asignados a dichos criterios, los que al ser sumados serán considerados como puntaje final.
En el caso que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:
-Mayor puntaje obtenido en el criterio Descripción de la propuesta técnica.
-Mayor puntaje obtenido en el criterio Plazo de puesta en marcha del servicio.
-Mayor puntaje obtenido en el criterio Experiencia del Oferente.
-Mayor puntaje obtenido en el criterio Propuesta Económica.
-Mayor puntaje obtenido en Criterios inclusivos.
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.
La adjudicación se efectuará, a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.
En caso de que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral N°3.- “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
De acuerdo al artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”, o cuando estas no se ajusten a lo establecido en las Bases de Licitación, la Ley N°19.886 y sus modificaciones o su Reglamento.
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 19.886. En este caso, la ProChile considerará para efectos de la evaluación de la presente licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no sea considerada una oferta “riesgosa o temeraria” de acuerdo a la definición establecida en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile, podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles y/o cuando estas últimas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas, no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.
Consulta sobre la Adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica comprasprochile@prochile.gob.cl.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes casos:
• Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
• Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribirlo;
• Si el Adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con ProChile;
• Si el Adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato;
• Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato dentro del plazo fijado para este fin en la resolución adjudicataria.
• Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
• Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
• Si el Adjudicatario no devuelve firmado el contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”.
• Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste.
• En caso que el adjudicatario, habiendo declarado poseer un programa de integridad y ética empresarial no lo adjunto durante la etapa de evaluación de ofertas y tampoco lo entrega al momento de la suscripción del contrato.
Verificada alguna de las causales anteriores, ProChile podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar un plazo superior a los 20 días hábiles, salvo razones fundadas calificadas por el Servicio que justifiquen su ampliación, para la celebración del respectivo contrato, período en que debe gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Juntamente con la devolución del contrato firmado y la Declaración Jurada, conforme al Anexo N° 4, el Adjudicatario deberá entregar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores.
Para la elaboración del respectivo contrato, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes Antecedentes Legales:
1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):
• Declaración Jurada, según formato ANEXO N°4-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y en el artículo 33 de la Ley N°21.595.
• Cédula de identidad del Adjudicatario.
• Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integran.
• Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial.
2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:
• Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
• Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
• Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
• Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
• Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
• Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y los artículos 33 y 50 de la ley N° 21.595 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
• Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
• Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.
3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:
• Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
• Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
• Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
• Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595.
• Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
• Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.
4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
• Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa Adjudicatario
• Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
• Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
• Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.
El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores.
En los casos de que el oferente sea una empresa pública, se requerirá el acto administrativo de nombramiento de su representante legal o su equivalente, conforme lo determine la normativa aplicable al caso, y toda la documentación anteriormente citada, en los casos que sea procedente conforme con la naturaleza de la empresa pública.
9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el contrato podrá modificarse:
• Aumento del monto total contratado, lo que no deberá superar el 30 %.
• Aumento del Plazo de vigencia del contrato por solo una vez, hasta completar el total del monto máximo aumentado que no deberá superar el 30 %.
• Modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Con todo no podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello. Cualquier modificación de aquellas señaladas previamente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En caso de materializar la modificación del contrato, el proveedor deberá renovar vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, equivalente a lo indicado en el capítulo 8. GARANTÍAS REQUERIDAS.
9.16.- DEL PAGO
ProChile pagará mensualmente y por períodos vencidos el precio que corresponda según la propuesta económica del Adjudicatario.
El procedimiento general será el siguiente:
• El pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los servicios contratados, y siempre que cuente con aprobación de la Contraparte Técnica de ProChile.
• Las facturas electrónicas deben ser enviadas, a los correos electrónicos “prochilerecepcion@custodium.com” y “dipresrecepcion@custodium.com”.
• Cada factura deberá ser emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto). Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
• El pago estará sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato suscrito al efecto por las Partes y aceptada la Orden de Compra emitida, a través de www.mercadopublico.cl.
Los pagos podrán efectuarse, a través de transferencia electrónica, para lo cual el proponente adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.
Sin perjuicio de lo indicado se hace presente que contratación está sujeta a la disponibilidad de fondos que la respectiva Ley de Presupuestos contemple para el año 2025, 2026 y 2027, respectivamente.
No obstante lo anterior, ProChile sólo pagará al adjudicatario el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO de las presentes Bases.
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en ProChile, al Jefe del Departamento de Gestión de Personas, de la Dirección Administrativa de ProChile, a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado y la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al reemplazante.
9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de ProChile que lo apruebe y se extenderá por un período de 24 meses desde recepción conforme de la implementación de acuerdo al plazo de 10 días hábiles o menor ofertado por el adjudicatario.
Sin perjuicio de lo señalado, la extensión de su vigencia más allá del ejercicio presupuestario anual quedará supeditado a la existencia de recursos suficientes para este efecto. Por lo anterior, ProChile queda, desde ya, facultado para poner término anticipado al contrato que para los efectos de la ejecución del servicio se celebre, invocando como fundamento, la falta de recursos suficientes en el ejercicio presupuestario de que se trate, sin que ello deba hacerse con una anticipación determinada y sin que genere responsabilidad alguna para el Servicio. Por lo cual, dicha decisión unilateral no implicará el pago de suma alguna por ningún concepto que no sea el pago de los servicios efectivamente prestados por el proveedor contratado, lo cual deberá ser certificado por la Contraparte Técnica de ProChile.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá terminarse anticipadamente por PROCHILE sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
• La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
• Resciliación o mutuo acuerdo de las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
• Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratado, entendiéndose por tal la aplicación de tres multas o sanciones en un año, y/o el incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que tenga con sus trabajadores, o se haya superado el porcentaje máximo establecido en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes bases.
• Estado de notoria insolvencia del contratado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
• Por la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.
• Por la incapacidad del contratado de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato, según se indica en el N° 5 del artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
• Si los representantes o el personal dependiente del contratado cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
• No renovación o reposición de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, según lo dispuesto en el párrafo final del numeral “8. GARANTÍAS REQUERIDAS” de las presentes Bases.
• Incumplimiento de cláusula de “CONFIDENCIALIDAD” señalada en el contrato.
• Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
• Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia del Contrato.
• En caso de no existir disponibilidad presupuestaria en el año respectivo.
• En caso que al proveedor se le imponga una pena de Inhabilitación para contratar con el Estado, lo que produce la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el proveedor condenado, de acuerdo al artículo 33, inciso segundo, de la Ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el caso que al proveedor se trate de una persona jurídica y se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, regulada en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Es caso de la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, y cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo indicado en el numeral 9.15 de las presentes Bases o en el reglamento de compras, ProChile pagará el precio sólo por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, lo que deberá ser verificado por la Contraparte Técnica de ProChile.
En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato que sea imputable al contratado, será utilizado el mismo procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.
Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si existieren. El referido acto administrativo será impugnable por el contratado, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
Conforme con lo señalado en el artículo 135 del Reglamento de la Ley N° 19.886, PROCHILE deberá cobrar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de término anticipado del contrato, salvo en los casos que la imposibilidad del cumplimiento del contrato no obedeciere a motivos imputables al Proveedor.
9.20.- SANCIONES
El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por ProChile con el pago de multas, en los siguientes casos. Para los efectos de sanciones, se aplicarán las multas de acuerdo a la siguiente tabla, las cuales, conforme con lo señalado en el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en todo caso no podrán superar el 30% del monto total del contrato:
• Por no proporcionar los servicios contratados en las modalidades exigidas en estas Bases de Licitación Pública y ofrecidas por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputable, en cuyo caso se aplicará una multa por cada incumplimiento, equivalente al 0,3% del monto total del contrato, con un tope de 4 eventos al año
• Atraso en la implementación de la solución, por no proporcionar el servicio de instalación e implementación de la solución (equipos, página web, APP y lectores USB) en las condiciones y plazos establecidos en las presentes bases y ofrecidas por el Adjudicatario en su propuesta, se le aplicará una multa por día hábil de atraso, equivalente el 2% del valor total del contrato, con un tope de 10 días.
La multa no se aplicará si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.
Si PROCHILE considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al contratado, indicando el monto y fundamento de la misma. El contratado dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos.
En los descargos, el Proveedor deberá señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Todo ello, sin perjuicio de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento sancionatorio con el mismo objeto. Asimismo, deberán solicitarse las diligencias probatorias pertinentes.
Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, PROCHILE resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al contratado, copia del Acto Administrativo pertinente.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por el contratado por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones del artículo 59 de la Ley Nº 19.880.
En caso de que PROCHILE determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, el Adjudicatario deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 5 días contados desde su notificación mediante la resolución fundada. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, PROCHILE quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago, o bien, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al Adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, el Adjudicatario que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
PROCHILE, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que el Adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del oferente contratado dará derecho a PROCHILE a hacer efectiva la boleta de garantía prevista en el numeral 8.- “Garantías requeridas” y a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la empresa referida no podrá participar
9.22.- CONFIDENCIALIDAD
El personal del Adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.
Asimismo, el Adjudicatario quedará obligado a guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de la información de PROCHILE a que pueda tener acceso en razón de la ejecución del contrato. Esta obligación recaerá, además, en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título, asumiendo el adjudicatario la responsabilidad por el cumplimiento de dicha obligación.
9.23.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i.El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii.El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii.El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv.El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v.El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi.El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii.El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii.El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.