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Resolución de Empates |
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En caso de
presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Oferta
Económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre
oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese
obtenido el mayor puntaje en el criterio “Garantía de los productos”. De
persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor
puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, de
persistir e, empate se adjudicara al oferente que hubiese obtenido em mayor
puntaje en el criterio “Experiencia del oferente” y, finalmente, de
continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que
hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta plazo entrega”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
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En caso de
presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Oferta
Económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre
oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese
obtenido el mayor puntaje en el criterio “Garantía de los productos”. De
persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor
puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, de
persistir e, empate se adjudicara al oferente que hubiese obtenido em mayor
puntaje en el criterio “Experiencia del oferente” y, finalmente, de
continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que
hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta plazo entrega”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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AMBITO DE APLICACIÓN DE LAS BASES Y NORMATIVA APLICABLE AL CONTRATO. |
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Las presentes Bases Administrativas reglamentan la licitación y la adjudicación. Estas Bases Administrativas se complementan con las especificaciones técnicas, ajustándose además a lo establecido en la Ley Nº19.886 -en adelante, la Ley de Compras, sus principios y su Reglamento.
Ante eventuales discrepancias entre los antecedentes de la licitación, se considerará en su interpretación, el siguiente orden de prelación.
Aclaraciones y respuesta de la propuesta.
Especificaciones Técnicas.
Bases administrativas.
Oferta del adjudicatario
Ficha de licitación.
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OMISIONES O DIVERGENCIAS DE LOS ANTECEDENTES. |
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Cualquier omisión o divergencia que existiere en el proceso de licitación, así como en las Bases, su documentación anexa o eventuales discrepancias entre los antecedentes de la licitación y la normativa vigente, no será aprovechada por los oferentes para tomar ventaja de estas y deberán darlas a conocer por escrito durante el período de consultas de la propuesta. Por lo tanto, una vez presentada su oferta, se entenderá que renuncian a reclamar sobre cualquier omisión, divergencia o insuficiencia de la documentación y cualquier consecuencia que por esta causa surja, teniendo los oferentes la obligación de complementar las omisiones en sus respectivas propuestas u ofertas.
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ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y SOLICITUD DE ANTECEDENTES ADICIONALES. |
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La Comisión Evaluadora podrá solicitar que se complemente, aclaren o salven errores u omisiones formales de los antecedentes presentados por los oferentes, con excepción del monto de la Oferta Económica. Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá corregir los errores formales o simplemente aritméticos que presenten las ofertas.
Igualmente, se podrá permitir la presentación de certificaciones. documentos o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El requerimiento de aclaraciones o antecedentes antes señalados lo realizará la Dirección de Administración y Finanzas a través del Portal.
Dichos antecedentes o respuestas o antecedentes deberán ser entregados por la misma vía, a más tardar dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su solicitud y referirse solamente a los puntos solicitados. Si el oferente requerido no cumple con lo solicitado en el plazo señalado, quedará fuera de Bases.
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CONDICIONES DE ENTREGA |
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La entrega de los bienes deberá ser previamente coordinada mediante solicitud formal con la Unidad de Informática de la Ilustre Municipalidad de Corral, conforme a los siguientes antecedentes de contacto y horarios:
• Teléfono: 63 2 471 809
• Correo electrónico: informatica@municipalidadcorral.cl
• Horario de atención: lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas
• Dirección de entrega: Esmeralda N° 145, comuna de Corral
El proveedor adjudicado deberá coordinar la entrega con al menos un (1) día hábil de anticipación.
a) Los proveedores que no cumplan con lo establecido en las presentes Bases, en particular respecto de las especificaciones del producto requerido, quedarán fuera del proceso o no se considerará conforme la entrega, según corresponda.
b) Los productos que se encuentren en mal estado, presenten defectos, o no cumplan con las especificaciones técnicas exigidas, no serán recibidos. En tal caso, el proveedor deberá retirarlos de inmediato, considerándose para efectos de pago únicamente los productos recibidos conforme.
c) El precio ofertado deberá incluir carga, transporte y descarga, hasta el lugar de entrega indicado, no procediendo cobros adicionales por dichos conceptos.
d) El proceso de descarga de los productos deberá efectuarse adoptando todas las medidas de seguridad correspondientes. En caso de realizarse por personas, estas deberán contar con los elementos de protección personal obligatorios, tales como casco, calzado de seguridad y guantes adecuados. Ninguna persona que ingrese al recinto municipal en calidad de trabajador del proveedor adjudicado podrá realizar labores de descarga sin dichos elementos.
e) La Municipalidad de Corral no será responsable por accidentes que ocurran con ocasión de las labores de producción, carga, transporte o descarga de los productos, siendo dicha responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado.
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Procedimiento de aplicación de multas. |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del contrato el organismo comprador notificará inmediatamente de ello al oferente, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del organismo comprador. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el organismo comprador tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo oferente deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo oferente adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
Recurso de reposición: El oferente dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada, de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El organismo comprador tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
El oferente deberá fijar, a través del sistema de información, una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, asimismo, es responsabilidad del proveedor mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizadas e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
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