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Presentación de Ofertas: |
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Apertura de las ofertas: |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto le sean aplicables.
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Observaciones a la apertura de las ofertas: |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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De la aceptación de las ofertas: |
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Con el objeto de que las ofertas no sean rechazadas en el acto de apertura electrónica, se debe efectuar un cuidadoso análisis de las bases publicadas, de manera tal de entregar todos los antecedentes que son indispensables para acceder a la etapa de evaluación de ofertas. Entre los antecedentes indispensables a entregar se encuentra la información solicitada en los anexos.
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Errores u omisiones: |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Adjudicación: |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Si ningún oferente obtuviese más de 50 puntos ponderados en la tabla de evaluación, CONAF podrá desestimar las ofertas declarándolas inadmisibles por no asegurar la calidad del servicio a contratar.
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De los Vehículos Adjudicados: |
El proveedor adjudicado, una vez suscrito el contrato, deberá poner él o los vehículos adjudicados a disposición de la Corporación 24 horas antes de la fecha de inicio del servicio de arrendamiento en las dependencias de la Oficina Regional, ubicada en calle 3 Norte 555, Viña del Mar. Esta fecha será informada por CONAF al proveedor adjudicado al correo electrónico indicado en su oferta. Lo anterior para la respectiva revisión de los vehículos por parte de CONAF.
Los gastos de traslado en que pueda incurrir por este concepto el proveedor, serán de su costo.
La Corporación, previa revisión, se reserva el derecho de rechazar aquel vehículo que, habiendo sido adjudicado, no cumpla en forma satisfactoria, a su juicio, los requerimientos mecánicos, estéticos, técnicos o de implementación y equipamiento, según lo exigido en estas bases, situación en la cual el proveedor deberá cambiar el vehículo de acuerdo a los requerimientos de estas bases, para lo cual tendrá el plazo de 3 días corridos. Si no lo hiciere, CONAF quedará facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento.
Los vehículos deberán ser entregados con el estanque de combustible lleno, de la misma forma la Corporación los restituirá al término del contrato.
Los vehículos del proveedor que se adjudique la licitación, quedarán aparcados en recintos de CONAF.
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Readjudicación: |
En caso que el proveedor rechace la adjudicación, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del reto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
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Plazo de Adjudicación: |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse éste mediante Resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate: |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor precio (valor de la oferta) el que determine la adjudicación, si aún se mantiene el empate, será el factor año de antigüedad de la flota el que dirima la adjudicación. Si aún persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación: |
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En caso de no existir ofertas un día antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Recepción de antecedentes: |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes. No obstante, CONAF podrá solicitar, a través de foro inverso, si es que lo estima necesario, solamente antecedentes administrativos.
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Consultas a la adjudicación: |
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Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico: marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad: |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Comisión Evaluadora: |
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La comisión estará constituida por la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración, o quien designe, el Jefe (S) de la Sección Administración o quien designe, el Encargado de vehículos regional o quien designe, y como ministro de fe, la Jefa de la Unidad Jurídica o a quien designe.
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Orden de Compra: |
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Una vez adjudicada la licitación pública y firmado el contrato con el proveedor adjudicado, se procederá al envío de la orden de compra en forma mensual.
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Modificación de Bases: |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Del contrato: |
El contrato será elaborado por la Unidad Jurídica de la Corporación y deberá estar disponible para ser suscrito en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación. Este contrato contendrá los términos del convenio de suministro adjudicado. No obstante, se elaborará un anexo a este contrato, por cada camioneta requerida por CONAF, el que contendrá el período de arrendamiento específico para esa camioneta y la singularización de dicho vehículo. Para suscribir el contrato el proveedor, deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo en caso de proceder.
Para suscribir el contrato o aceptar la orden de compra contemplada en el artículo 63 del reglamento de la Ley de Compras, el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Por causas, tales como disponibilidad presupuestaria u otra, CONAF podrá unilateralmente adelantar o retrasar la fecha de inicio o término de la prestación del servicio de arrendamiento, previa comunicación por correo electrónico enviado al adjudicatario, sin que éste tenga derecho a indemnización alguna por causa del término anticipado del servicio. Este aviso deberá darse con una anticipación de a lo menos 7 días corridos, en ambos casos.
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Cesión de contrato: |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones.
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Duración del contrato: |
La duración del contrato de arrendamiento de camionetas corresponderá a un periodo de 24 meses o al período en que se utilice el monto máximo estimado del contrato (5.000 UTM) aproximadamente, contado desde la firma del respectivo contrato. Es decir, se pondrá término al contrato, en el momento en que se verifique primero cualquiera de estas dos alternativas.
Se deja constancia de que el valor total del servicio de arrendamiento de camionetas para CONAF región de Valparaíso, no podrá exceder, bajo ninguna razón, el tramo de la presente licitación pública, entre 2.000 y 5.000 UTM.
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Término anticipado del contrato: |
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Serán causales de término anticipado, las siguientes situaciones que no son taxativas:
1) Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, mediante carta certificada enviada al domicilio indicado en el contrato, con 15 días corridos de anticipación.
2) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
4) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
5) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
6) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
7) Las camionetas entregadas en arrendamiento no cumplen con los requisitos generales establecidos en las Bases como obligatorios y copulativos.
8) El haberse cursado más de 2 multas por incumplimiento o atraso en la entrega del servicio.
9) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e. Disolución de la UTP.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 3.
En estos casos, el pago del servicio se efectuará por la Corporación, contra la presentación de la factura respectiva y demás requisitos exigidos en el Punto “Modalidad de Pago del Contrato” de estas bases, la que será proporcional al número de días transcurridos, hasta la fecha de término anticipado.
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Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: |
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Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases.
Incumplimientos de las exigencias técnicas de los bienes y/o servicios adjudicados establecidos en el Contrato.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor.
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Procedimiento de aplicación en caso de término anticipado de contrato: |
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1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde el envío de la carta certificada, señalada precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a marco.soto@conaf.cl.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, CONAF emitirá una resolución fundada de lo resuelto.
4.- Respecto de esta resolución, el proveedor dispondrá de los medios de impugnación establecidos en la Ley N° 19.880.
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Aplicación de multas: |
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Se aplicarán multas en las siguientes situaciones:
- Atraso en el tiempo de entrega de los vehículos: Si cumplido el plazo de 3 días corridos posterior a la solicitud de CONAF para la entrega de camionetas, no se ha hecho entrega de ésta, se aplicará una multa de 0,5 UF por cada día de atraso por cada vehículo.
- Incumplimiento en la prestación del servicio: Si el vehículo presenta una falla, requiere reparación o sufre un accidente y se suspende el servicio por un período superior a tres (3) días corridos, sin que se haya efectuado reemplazo de la camioneta de la camioneta, se aplicará una multa de 0,5 UF, considerando el valor del día de la UF, por cada día sin prestación de servicio.
Adicionalmente CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al período (días no trabajados).
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Procedimiento de aplicación de las multas: |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito al Director Regional, a la casilla marco.soto@conaf.cl, oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, con copia a marco.soto@conaf.cl, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de una dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida.
La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva media. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
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Modalidad de Pago del Contrato: |
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El pago del servicio se efectuará por periodos mensuales vencidos, dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura electrónica respectiva, previo envío de la orden de compra, la aceptación de ésta por parte del adjudicatario y el recibo conforme del servicio por parte de CONAF.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
Aceptada la factura por parte de CONAF, la que una vez contabilizada quedará a disposición de la Tesorería General de la República.
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
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Facturación: |
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La factura debe ser emitida electrónicamente según la normativa vigente del Servicio de Impuestos Internos (SII).
La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en Campo Folio de la referencia de la factura (801 Formato SII).
La factura debe ser publicada dentro de las 72 horas desde su emisión al correo electrónico windte_dte@custodium.com.
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Plazo del contrato: |
Se suscribirá con el oferente adjudicado un contrato bajo la modalidad de convenio de suministro por un período de 24 meses contados desde la firma del respectivo contrato. El convenio de suministro se podrá prorrogar por un período de 12 meses adicionales al contrato inicial, siempre que este no sobrepase las 5.000 UTM y de la disponibilidad presupuestaria de la Institución.
Si se decidiera prorrogar el contrato con el adjudicatario, deberá extender el plazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en las mismas condiciones de la garantía original.
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Pacto de Integridad: |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Unión temporal de proveedores: |
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En este proceso de Licitación Pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22.
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente Licitación Pública y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, representado por la orden de compra, incluyendo la renovación que se contemple.
Los Anexos N° 1 “Declaración Jurada Simple” y N° 2 “Antecedentes Actualizados del Oferente” deberán ser completados por cada uno de los proveedores de la Unión Temporal de Proveedores.
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Observaciones generales: |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO: |
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Camionetas requeridas para la prestación del servicio:
Se requieren, 18 camionetas, esta cantidad es solo referencial, pudiendo variar de acuerdo a los requerimientos específicos.
El combustible, televía (TAG) y peajes serán de cargo de la Corporación, a excepción del traslado ida y vuelta de las camionetas, tanto al inicio como al término del contrato respectivo, hacia y desde la ciudad de origen, hasta el lugar indicado por CONAF. Asimismo, el propietario deberá pagar el costo por el uso de las carreteras concesionadas, valor que será reembolsado por CONAF, previa entrega del documento de pago.
En cada vehículo se instalará, por cuenta de CONAF y durante el periodo de prestación del servicio, un sistema de GPS y autoadhesivos corporativos.
Características generales:
Las camionetas requeridas deben contar con las siguientes características mínimas, que son de carácter obligatorio y copulativo. CONAF podrá rechazar las camionetas ofertadas de no cumplir con las características mínimas solicitadas.
- Tipo de combustible Petróleo Diésel (sello verde)
- Doble cabina
- Desde 2.300 centímetros cúbicos de cilindrada o superior
- Año 2020 en adelante.
- Torque 375/ 1500-2500 RPM como mínimo
- Cubre Pick up instalado.
- Aire Acondicionado.
- Cierre centralizado.
- Capacidad mínima de 750 kilos.
- Doble tracción (4x4)
- Cada vehículo se contratará sin tope de kilómetros.
- Set de herramientas
- Dispositivo Televía (TAG).
- Neumáticos tipo AT (All Terrain)
- En buenas condiciones visuales y estéticas.
Nota: En forma excepcional, algunas de las camionetas podrían utilizar neumáticos tipo MT (Mud Terrain), situación que será informada al proveedor adjudicado, a través de los canales establecidos, antes de que éste haga entrega de la camioneta a CONAF.
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Servicios de TAG: |
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Para efectos del cobro por servicio de TAG, el proveedor deberá emitir mensualmente un documento con una nómina detallada de los gastos asociados al servicio aludido. La Corporación emitirá una orden de compra por el valor neto de los servicios asociados al cobro del TAG, para reintegrar los montos asociados a la prestación del servicio, la cual deberá ser aceptada por el proveedor y posteriormente emitir la factura exenta asociada a la orden de compra.
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CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL SERVICIO DE COSTO DEL PROVEEDOR: |
- Mantenciones programadas.
- Será responsabilidad del proveedor, el cambio o sustitución de la camioneta en un plazo no superior a 3 días corridos, cuando ésta no estuviese en condiciones de prestar el servicio bajo cualquier circunstancia, ya sea causa directa del proveedor y/o ajena a éste. De igual forma y previo acuerdo de las partes, se podrá cambiar el vehículo ofertado mediante una cláusula anexa al contrato original, si las circunstancias así lo requieren, el que deberá cumplir con a lo menos las mismas condiciones que el vehículo original.
- En caso de accidente, será responsabilidad del proveedor realizar los trámites ante la Compañía de Seguros, para la reparación del vehículo.
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SEGUROS: |
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El proveedor adjudicado, deberá contratar a su costo, para cada uno de los vehículos arrendados, los siguientes seguros de carácter obligatorio.
- Daños propios (valor comercial)
- Daños contra terceros (responsabilidad civil) a los menos 200 UF.
- Seguro obligatorio.
Los dos primeros seguros señalados deberán ser sin deducible. Estos seguros son de cargo exclusivo de la empresa propietaria de los vehículos.
La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir todo el periodo en que prestará el servicio. Si una de ellas venciere dentro de ese periodo, el proveedor estará obligado a su renovación inmediata, la cual también será de su cargo.
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TIEMPO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS: |
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Una vez suscrito el contrato, CONAF solicitará vía correo electrónico al proveedor adjudicado, que las camionetas en arrendamiento sean entregadas en un plazo de 24 horas antes del inicio del servicio. Con posterioridad a este plazo, se aplicará una multa establecida en la cláusula “Multas”.
Se deja constancia de que CONAF solicitará, al proveedor adjudicado, la entrega de la o las camionetas de acuerdo, a sus propias necesidades, no estando obligado a contratar la totalidad de las camionetas desde el inicio del contrato, ya que la cantidad indicada en las presentes bases es solo referencial y no implica obligación alguna para CONAF.
Será causal de aplicación de multa, los siguientes incumplimientos de contrato:
- Atraso en el tiempo de entrega de los vehículos: Si cumplido el plazo de 24 horas no se ha hecho entrega de las camionetas solicitadas por CONAF, se aplicará una multa de 0,5 UF por cada día de atraso por cada vehículo.
- Interrupción en la prestación del servicio: Si el vehículo presenta una falla, requiere reparación o sufre un accidente y se suspende el servicio por un período superior a tres (3) días corridos, sin que se haya efectuado reemplazo de la camioneta, se aplicará una multa de 0,5 UF, considerando el valor del día de la UF, por cada día sin prestación de servicio.
Adicionalmente CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al periodo (días no trabajados).
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Definiciones: |
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Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12. Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos.
13. Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.
14. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
15. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
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