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Resolución de Empates |
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En caso de existir empate entre uno o más oferentes en la nota final, se tomarán criterios objetivos a la hora de dirimir el empate, de acuerdo al siguiente orden: Se optará y seleccionará la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Precio”; si se mantiene el empate, se privilegiará al oferente que tenga mayor puntaje en el ítem “Experiencia. Si persiste el empate, se deberá optar por quien tenga el mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega”. Si aplicando todo lo anterior el empate se mantiene, se optará por quien obtuvo el mayor puntaje en el ítem “Cumplimiento de Requisitos”.
Si aún con ello persiste el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingresó su oferta al portal; dato que se obtendrá del Comprobante de Ingreso de Oferta, Datos de Oferta, Fecha y Hora de Ingreso.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Si algún oferente omitiera en la presentación algún documento requerido, la Comisión podrá permitir su presentación en 24 horas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, situación que se notificará a través del foro electrónico. La Municipalidad podrá admitir las propuestas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el principio de igualdad que tenga el proponente y no altere el monto de su oferta.
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Cláusula de readjudicación |
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En caso que no llegue a concretarse la aceptación de la Orden de Compra por parte del adjudicad y/o la ejecución, el mandante podrá re adjudicar a la propuesta al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente, o realizar un nuevo proceso licitatorio. Una vez en ejecución y ante la liquidación del contrato por incumplimiento, se podrá contratar directamente el termino por el remanente del contrato o su totalidad según sea el caso u ejerciendo el cobro de las garantías respectivas.
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Características del Contrato |
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El contrato se entenderá formalizado por la aceptación de la orden de compra respectiva.
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CONSULTA Y ACLARACIONES A LOS ANTECEDENTES |
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Cada oferente deberá dirigir sus consultas por escrito mediante el foro electrónico, los días y en el horario establecido en el punto N°3 “Etapas y Plazos” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimientos de todos los interesados a través del portal www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las mismas, dentro de los plazos señalados. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
La Municipalidad se reserva la facultad de emitir otras aclaraciones a los antecedentes de licitación, con posterioridad a la etapa de respuestas y aclaraciones, si ello fuese necesario en interés de la licitación, pudiendo rectificar, enmendar o adicionar información a las bases de licitación. Estas serán puestas en conocimiento de todos los participantes. Todas las consultas y sus respuestas pasan a constituir parte de las presentes bases.
Conforme a la Ley de Compras 19.886, se prohíbe la comunicación entre participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen en el proceso de licitación, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones y consultas del foro establecidas en estas Bases.
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NUMERO DE PROPUESTAS |
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Cada participante deberá presentar una sola propuesta. En el caso que un oferente presentase más de una alternativa, ya sea en aspectos técnicos y/o económicos, se considerará la primera oferta ingresada, lo cual se verificará de acuerdo a la fecha indicada en el comprobante de oferta.
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PROCEDIMIENTO DE APERTURA |
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a) Las propuestas se abrirán en un solo acto ante la Comisión designada por el Mandante para la Propuesta. En caso de ausencia o impedimento de alguno de estos funcionarios, integrará la Comisión sus subrogantes o el funcionario que se designe en su reemplazo.
b) Si se constata que un participante no ingresó en forma y plazo su oferta al Sistema de Información y, no obstante, ingresó los antecedentes en los Anexos, ésta se tendrá por rechazada dejándose constancia de ello en el Acta de Apertura, entendiéndose para todos los efectos legales que la persona natural o jurídica de que se trata no presentó oferta. Salvo que se trate de la situación descrita en el artículo 115 del Reglamento de Compras N°661.
c) En primer lugar, se procederá a la apertura de todos los “Anexos Administrativos”. Si algún oferente omitiera en la presentación algún documento requerido, la Comisión podrá permitir su presentación en 24 horas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, situación que se notificará a través del foro electrónico. La Municipalidad podrá admitir las propuestas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el principio de igualdad que tenga el proponente y no altere el monto de su oferta.
d) Así también la Comisión podrá resolver que aquel oferente sea eliminado del proceso de licitación, cuando su admisión altere el principio de igualdad de los proponentes, por considerar que estos defectos se refieren a cuestiones de fondo. Igual situación ocurrirá si no responde satisfactoriamente a lo requerido a través del foro aclaración de ofertas. Dichos rechazos o admisiones deberán ser fundadamente consignados en el Informe Técnico de Evaluación.
e) La apertura de los “Anexos Técnicos”, procederá a continuación de los “Anexos Administrativos” y finalmente se abrirán los “Anexos Económicos”. Si existe omisión de cualquier antecedente Técnico y/o Económico, eso dejará fuera de bases a la oferta, la cual será desestimada.
f) Del proceso anterior se levantará un Acta, con los datos necesarios para individualizar los proponentes y sus ofertas, constancia de los antecedentes que éstas incluyan, de las propuestas declaradas inadmisibles indicando su causal, de las menciones relevantes que la Comisión estime del caso consignar y de las observaciones o reclamos de los interesados.
g) En cuanto a los reclamos y observaciones se estará a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento N°661.
h) Si no se presentaren proponentes, la Comisión certificará esta circunstancia en Acta, informando de ello a objeto de que se proceda a declarar desierta la licitación.
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Multas |
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Las multas se aplicarán sin forma de juicio ni requerimiento previo, siendo descontadas del estado de pago siguiente o de las garantías del adjudicatario, según corresponda. Las multas serán aplicadas previo informe de la Unidad Técnica por incumplimientos de diversa índole, en las cuales se indicará el tipo y monto de la multa, además de las razones por las cuales se sanciona.
Para estos efectos se procederá a notificar al proveedor dentro de los 5 días hábiles a la resolución que la determina.
La contraparte técnica podrá proponer y aplicar una multa por incumplimiento grave equivalente al 5% del valor total del contrato, por cada evento de incumplimiento en los casos que se indican a continuación:
1. Retraso en la entrega de los equipos requeridos según lo indicado en su oferta con tope máximo de 6 días de atraso. Cada día de retraso en la entrega del bien y/o de los productos constituye un evento de incumplimiento.
2. Atraso en la ejecución de la capacitación requerida. Cada día de retraso en la ejecución de la capacitación constituye un evento de incumplimiento, contados posterior a los 15 días máximos indicados en las presentes bases, con tope de 6 días de atraso sobre dicho tiempo.
3. La entrega de equipos que no den cumplimiento a los requerimientos técnicos especializados en el presente documento, a lo cual el proveedor deberá realizar el cambio del o los equipos que no cumplan.
4. La no entrega del certificado de capacitación de los participantes al momento de finalizar el curso. Se considerará un evento por día de atraso por cada uno de los participantes que no sea entregado el certificado, con tope máximo de 6 eventos.
NOTA: La totalidad de las multas no podrá superar el 30% del monto total adjudicado. En caso de alcanzar un porcentaje superior, se dará por rechazada la Orden de Compra.
Procedimiento de Aplicación:
• La Unidad Técnica notificará las infracciones al adjudicatario mediante carta certificada o correo electrónico, indicando las razones, antecedentes y monto de la sanción aplicada.
• El adjudicatario podrá presentar sus descargos por escrito dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación.
• Transcurrido dicho plazo, y si los descargos no son fundados, la Municipalidad procederá al descuento o cobro de la multa correspondiente.
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CONSULTA Y ACLARACIONES A LOS ANTECEDENTES |
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Cada oferente deberá dirigir sus consultas por escrito mediante el foro electrónico, los días y en el horario establecido en el punto N°3 “Etapas y Plazos” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimientos de todos los interesados a través del portal www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las mismas, dentro de los plazos señalados. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
La Municipalidad se reserva la facultad de emitir otras aclaraciones a los antecedentes de licitación, con posterioridad a la etapa de respuestas y aclaraciones, si ello fuese necesario en interés de la licitación, pudiendo rectificar, enmendar o adicionar información a las bases de licitación. Estas serán puestas en conocimiento de todos los participantes. Todas las consultas y sus respuestas pasan a constituir parte de las presentes bases.
Conforme a la Ley de Compras 19.886, se prohíbe la comunicación entre participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen en el proceso de licitación, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones y consultas del foro establecidas en estas Bases.
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