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. Subsanación de errores u omisiones formales |
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Durante la evaluación, la Municipalidad podrá solicitar, a través de Mercado Público, la subsanación de errores u omisiones formales en un plazo breve y fatal de 48 horas corridas, contado desde la publicación del requerimiento en el Sistema, o el plazo que establezca el calendario de la licitación. La subsanación deberá respetar la igualdad de los oferentes y no podrá conferir ventajas indebidas.
No serán subsanables los errores en precio, la falta de oferta económica, la modificación del precio o plazo de entrega, la sustitución del producto ofertado, la falta de acreditación de especificaciones técnicas mínimas, la falta de compromiso de entrega en las tres localidades, ni cualquier antecedente que altere la esencia de la oferta. La posibilidad de subsanar será considerada en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
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. Comisión evaluadora |
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Las ofertas serán evaluadas por una comisión evaluadora designada mediante acto administrativo dictado y publicado antes de la apertura de ofertas. La comisión estará integrada por al menos tres funcionarios municipales, preferentemente de DIDECO/PRODESAL, SECPLAN y DAF/Adquisiciones, o quienes legalmente les subroguen. Podrán incorporarse asesores técnicos con derecho a voz y sin derecho a voto, cuando resulte necesario, los que en ningún caso podrán superar la cantidad de miembros de la comisión con responsabilidad administrativa y derecho a voto.
Los integrantes de la comisión deberán abstenerse de intervenir si concurre causal de conflicto de interés o inhabilidad. La integración de la comisión, sus declaraciones de ausencia de conflicto de interés y el informe final de evaluación deberán publicarse en Mercado Público, conforme a la normativa aplicable
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. Desempate |
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En caso de empate en puntaje final, se preferirá sucesivamente: a) la oferta con mejor puntaje en oferta económica; b) la oferta con mejor puntaje en plazo de entrega; c) la oferta con mejor puntaje en fecha de vencimiento; d) la oferta con mayor dotación de descarga; e) la oferta que acredite mejor programa de integridad; y f) de persistir el empate, la oferta ingresada primero en Mercado Público. El informe de evaluación deberá dejar constancia del desempate aplicado.
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. Adjudicación, readjudicación y declaración de desierta |
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La adjudicación se efectuará mediante acto administrativo fundado, al oferente cuya oferta sea admisible y obtenga el mayor puntaje final, siempre que resulte conveniente al interés municipal. El acto de adjudicación deberá publicarse en Mercado Público junto con el informe de evaluación, cuadro comparativo y antecedentes que fundamenten la decisión.
La Municipalidad podrá declarar inadmisibles las ofertas que no se ajusten a las bases, la ley o el reglamento, y declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes al interés municipal. En ambos casos, la decisión deberá fundarse y publicarse en el Sistema.
Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra dentro de 48 horas, no entrega la garantía de fiel cumplimiento cuando corresponda, no acredita habilidad para contratar, se desiste o incurre en causal que impida contratar, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo reglamentario, siempre que su oferta sea admisible y conveniente al interés municipal
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. Formalización mediante Orden de Compra |
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La contratación se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra en Mercado Público y su aceptación por el proveedor adjudicado. La Orden de Compra, las presentes bases, sus anexos, las aclaraciones, la oferta adjudicada, el acto de adjudicación y la garantía de fiel cumplimiento, si correspondiere, integrarán el marco contractual.
La aceptación de la Orden de Compra obligará al proveedor al cumplimiento íntegro de precio, cantidad, calidad, plazo, logística, garantías, multas y demás condiciones establecidas en estas bases. La Municipalidad podrá solicitar el rechazo de una Orden de Compra no aceptada, conforme a la normativa aplicable.
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Garantía de fiel y oportuno cumplimiento |
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No se exigirá garantía de seriedad de la oferta, por no configurarse los supuestos legales y reglamentarios para imponerla en este procedimiento.
Sí se exigirá garantía de fiel y oportuno cumplimiento equivalente al 5% del precio final neto adjudicado. La exigencia se funda en el riesgo objetivo de ejecución asociado a la adjudicación única, la entrega en tres localidades rurales, las condiciones climáticas y logísticas de la comuna, la necesidad de continuidad del programa durante el invierno, la eventual afectación de beneficiarios si el proveedor incumple, y la conveniencia de asegurar el cobro de multas y reposiciones.
• Instrumento: cualquier caución o garantía pagadera a la vista, irrevocable y a primer requerimiento, física o electrónica, que asegure cobro rápido y efectivo. No se restringirá a un instrumento específico.
• Monto: 5% del precio final neto adjudicado.
• Vigencia: plazo de entrega ofertado más 60 días hábiles posteriores a la recepción conforme total, o el plazo mayor que indique el instrumento.
• Entrega: dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación y siempre antes de la aceptación de la Orden de Compra o formalización efectiva, según instruya la Municipalidad.
• Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación pública Adquisición y entrega de alimento forrajero para la ejecución del Programa Alimento Forrajero Comuna de Lago Verde 2026”.
• Devolución: una vez cumplidas todas las obligaciones contractuales, emitida la recepción conforme total, pagadas o descartadas multas y vencido el plazo de vigencia exigido, previa solicitud del proveedor.
Con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas aplicadas, reposiciones incumplidas, gastos por incumplimiento y demás medidas contractuales establecidas en estas bases, sin perjuicio de otras acciones legales que procedan.
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Entrega, guías de despacho, recepción conforme y facturación |
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Los productos deberán entregarse en los puntos de acopio o recintos municipales definidos por la contraparte técnica en Lago Verde, Villa Amengual y Villa La Tapera, dentro del plazo ofertado y aceptado. La entrega deberá coordinarse con al menos 48 horas de anticipación con la contraparte técnica municipal a los siguientes correos: partes@lagoverdeaysen.cl , dideco@lagoverdeaysen.cl y prodesal.lagoverde@lagoverdeaysen.cl
Cada entrega deberá respaldarse con guía de despacho o documento tributario que haga sus veces, indicando Orden de Compra, localidad, fecha, producto, cantidad de sacos, peso por saco, lote y datos del proveedor. La Municipalidad podrá rechazar entregas sin documentación suficiente.
La recepción conforme será emitida por la contraparte técnica municipal, preferentemente DIDECO/PRODESAL o quien designe el acto administrativo, una vez verificado el cumplimiento íntegro de cantidades, especificaciones técnicas, estado físico, vencimiento, documentación y descarga en cada localidad. Podrán levantarse actas parciales por localidad y un acta final de recepción conforme total.
Solo una vez emitida la recepción conforme total quedará autorizada la emisión de la factura respectiva. Se prohíbe emitir factura como documento de transporte o con anterioridad a la recepción conforme total. Si el proveedor emite factura antes de dicha recepción, la Municipalidad podrá reclamarla o rechazarla conforme a la normativa tributaria y contractual aplicable.
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