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OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS |
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De acuerdo al artículo 61 del DS 661/2024, el DESAM podrá declarar inadmisible una o
más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el
precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o
de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones
técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está
incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una
perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del
contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del
incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que
vulneran la libre competencia.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, el DESAM deberá
previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o
los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que
justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han
definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas
en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el
Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la
propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla
inadmisible.
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Resolución de Empates |
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje
en el siguiente criterio,
Plazo de entrega; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en
el siguiente criterio.
Proveedor local; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en
el siguiente criterio.
Comportamiento contractual anterior; De persistir el empate, se considerará a quien
tenga mayor puntaje en el siguiente criterio.
Programa de integridad; Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la
propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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EMISIÓN ORDEN DE COMPRA |
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El DESAM formalizará la adquisición del bien mediante la emisión de una Orden de Compra,
conforme al artículo 117°, del Reglamento DS 661/2024, de la Ley N° 19.886.
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PAGOS |
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El pago se realizará de acuerdo a la recepción conforme. El proveedor deberá facturar de
acuerdo a lo entregado y recepcionado en CESFAM.
Las facturas deberán ser enviadas a los siguientes correos electrónicos:
dsoto@munifutrono.cl, cmolina@munifutrono.cl y aguentrepan@munifutrono.cl
Con todo, el pago será en pesos chilenos, efectuado mediante cheque y/o transferencia
electrónica dentro de los treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de recepción
de la factura respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme. Cuando el resultado
del monto a facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero
siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario,
el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N – Futrono.
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INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO |
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La contraparte técnica del DESAM corresponderá al Inspector Técnico del Servicio (ITS),
quienes realizarán las siguientes actividades:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos
en estas bases.
b) Comunicarse por cualquier vía con el encargado del contratista, dándole observaciones
de forma y fondo del desarrollo del servicio prestado.
c) Fiscalizar que los servicios entregados se ciñan estrictamente a lo indicado en las bases
técnicas y otros documentos complementarios.
d) Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio a la Unidad de
Adquisiciones del DESAM en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
e) Dar visto bueno y recepción conforme del servicio.
f) Las demás que le encomienden las presentes bases.
g) El ITS de la presente licitación será Referente programa Odontológico o quien lo
reemplace, del CESFAM Belarmina Paredes de Futrono.
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CAUSAL Y MONTO DE LAS MULTAS |
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El DESAM podrá administrativamente cobrar multas al adjudicatario, cuando se verifiquen
las situaciones que se indican en el siguiente cuadro, y por los montos que para cada caso
se señalan:
N° Causa
Monto de la multa
1 El incumplimiento por parte del oferente seleccionado en el
plazo de entrega de los insumos.
1 U.F. por cada día
de incumplimiento,
con un tope de 5
días.
2 Enviar producto distinto al solicitado y/u ofertado por proveedor,
sin previo aviso a ITS.
1 U.F. por evento con
un tope de 5 eventos
dentro del primer
semestre
del
suministro.
1 U.F por evento y/o
día
3 Cualquier otro incumplimiento de las bases que afecte
directamente la correcta prestación del suministro.
según
corresponda. Tope 5
eventos durante la
vigencia
del
suministro.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente
considerada la haga procedente.
El valor de la U.F será el que corresponda al del día en que se verifique la falta.
En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma
acumulada, un 5% del valor total del suministro.
26. PAGO DE LAS MULTAS
El contratista podrá pagar las multas directamente en el Departamento de Administración
y Finanzas de la Municipalidad de Futrono o a la cuenta corriente de la Municipalidad,
indicada mediante oficio que aplica la multa, debiendo otorgársele recibo para tal efecto.
En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con
reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado del
pago que corresponda de acuerdo al suministro.
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