Licitación ID: 1859-5-LE26
FAENAS FORESTALES SIEMBRA POR CHILE OSORNO
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Fecha de Cierre: 19-06-2026 12:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 73
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de asistencia forestal 1 Unidad
Cod: 70151508
Servicio de habilitación, reforzamiento y reparación de cercos, forestación con plantas nativas e instalación de protectores; comunas de Osorno, Puyehue, Río Negro, San Juan de la Costa y San Pablo; provincia de Osorno.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
FAENAS FORESTALES SIEMBRA POR CHILE OSORNO
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporación Nacional Forestal, Oficina Provincial Osorno, requiere contratar los servicios de un contratista o proveedor que ejecute las actividades de habilitación, reforzamiento y reparación de cercos perimetrales; cultivo, plantación, aplicación de hidrogel, fertilizante y repelente en plantas nativas tipo speedling e instalación de protectores de plantas anti lagomorfos. Dichas actividades se enmarcan en el Programa de Restauración de Bosques Nativos a Gran Escala - Siembra por Chile de CONAF, Región de Los Lagos. E1O2RT9
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
X Región - Provincial Osorno
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Martinez de Rosas 430
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-06-2026 12:00:00
Fecha de Publicación: 08-06-2026 7:59:16
Fecha inicio de preguntas: 08-06-2026 10:05:00
Fecha final de preguntas: 12-06-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-06-2026 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-06-2026 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-06-2026 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-07-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1: Declaración Jurada Simple de conformidad de las bases, firmada por el oferente, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el texto de las Bases Únicas de esta licitación pública, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada Licitación Pública y presentar su oferta.
2.- Anexo N°4: Antecedentes generales y administrativos del/de la oferente.
3.- Anexo N°7: Declaración jurada simple acerca del sistema de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de funcionarios.
4.- Anexo N°10: Declaración Jurada simple de estar en conocimiento sobre lo indicado en Protocolo de Plantaciones Forestales documento elaborado por El Consejo de Política Forestal, el cual será aplicado en las faenas que comprende esta licitación, en lo pertinente.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2: Experiencia del oferente. Se deberá incorporar para la evaluación de la oferta, el Anexo N°2 detallando la experiencia verificable en la ejecución de faenas de acuerdo a lo definido en los criterios de evaluación. La experiencia deberá estar referida a la persona natural o jurídica que oferta, en el caso de las personas jurídicas, también se considerará la experiencia referida al/la representante legal. La experiencia deberá ser comprobada mediante facturas que así lo acrediten.
 
2.- Anexo N°8: Tiempo de Ejecución de la Faena. Declaración jurada simple donde el oferente declara el tiempo de ejecución de la faena.
 
3.- Anexo N°9: Declaración Jurada simple que compromete la contratación de mano de obra local, es decir la licitación considera como un criterio de evaluación el porcentaje de trabajadores(as) que participarán de la faena que garanticen Generación de empleo e ingresos económicos locales. Se considera mano de obra local cuando el/la trabajador/a contratado/a resida dentro de la provincia donde se ejecutan las obras. La documentación válida que acredite la condición será cualquiera de los siguientes: 1. Certificado de residencia emitido por una junta de vecinos. (Con firma y timbre legibles) 2. Certificado de residencia emitido por una Comunidad Indígena. (Con firma y timbre legibles) 3. Declaración Jurada Notarial en la que el trabajador declara su domicilio. Cualquiera de los documentos, según corresponda, requerirá fecha de emisión no mayor a 90 días corridos anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación. Dichos documentos, además de copia de los contratos de trabajo, deberán ser presentados al inicio de las obras.
 
4.- Anexo N°11: Declaración jurada simple donde el oferente declara contar con planes de integridad, modelo de prevención de delitos, programas de compliance y/o código de éticas, junto a la acreditación o no del conocimiento de éstos por parte del personal de trabajo. También se permite la acreditación la aplicación de capacitaciones, con su respectiva aplicación de puntaje de acuerdo al criterio técnico de evaluación. Se deberá adjuntar el Anexo N°11 junto a la documentación de respaldo, si corresponde.
 
5.- El oferente podrá adjuntar su comprobante de registro en sectorial “Huella de Carbono” en ventanilla única de RETC, o presentar correo electrónico de recepción conforme del envío de la carta de compromiso voluntario huellachile@mma.gob.cl (adjuntar correo electrónico de confirmación de la inscripción o de recepción de la carta de compromiso). Más información y detalles en https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/77463-programa-huella-chile. Solo serán válido los documentos mencionados, ya sea correo de recepción de carta de compromiso, donde se identifique claramente el remitente y destinatario, o el comprobante de registro como tal en “Huella de Carbono”. En caso de presentar el correo electrónico de la recepción de la carta de compromiso, este no podrá tener una antigüedad mayor a 6 meses contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3: Propuesta Económica. El oferente deberá expresar su oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, en valores netos, la que deberá considerar todos los gastos derivados del trabajo a realizar según lo establecido en las bases técnicas, incluyendo los gastos de los EPP, los que son de exclusiva responsabilidad y cargo del adjudicatario. Se deben incorporar los valores ofertados de manera unitaria por actividad, sin perjuicio que la propuesta económica sea evaluada por el monto total de las actividades licitadas. Deberá adjuntar también el Anexo N°3 a su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Contratación mano de obra local Desde un 86% hasta un 100% de mano de obra local: 100 ptos. Desde un 50% y menor a un 86% de mano de obra local: 75 ptos. Desde un 1% y menor a un 50% de mano de obra local: 50 ptos. 0% de mano de obra local, no indica o no adjunta Anexo N°9: 0 pto. 20%
2 Compromiso Huella de Carbono El oferente presenta comprobante de registro o correo de recepción de carta de compromiso en "Huella de Carbono": 100 ptos. El oferente NO presenta comprobante de registro o correo de recepción de carta de compromiso en "Huella de Carbono": 0 pto. 5%
3 Cumplimiento de los requisitos formales Todos los antecedentes administrativos se entregan antes del cierre de recepción de ofertas: 100 ptos. Se completan los antecedentes administrativos a través del foro inverso: 60 ptos. No presenta los antecedentes administrativos a través del foro inverso: 0 pto. 5%
4 Propuesta económica Puntaje PRECIO (oferente x) = Precio (mínimo entre los oferentes) / Precio (oferente x) * 100 10%
5 Experiencia de los oferentes (1) Experiencia ejecutando y/o supervisando faenas de plantaciones forestales. Mayor a 20 ha: 100 ptos. Mayor a 10 ha hasta 20 ha: 60 ptos. Menor o igual a 10 ha: 10 ptos. No posee, no acredita y/o no indica experiencia: 0 pto. 15%
6 Experiencia de los oferentes (2) Experiencia en confección, mejoramiento y/o reparación de cercos. Mayor a 15.000 m: 100 ptos. Desde 10.000 m hasta 15.000 m: 60 ptos. Menor o igual a 10.000 m: 10 ptos. No posee, no acredita y/o no indica experiencia: 0 pto. 15%
7 Programa de integridad De acuerdo a lo indicado en la cláusula: Asignación puntaje criterio técnico "Programa de integridad". 5%
8 Tiempo de ejecución Hasta a 44 días hábiles: 100 ptos. Desde 45 hasta 55 días hábiles: 60 ptos. Desde 56 hasta 65 días hábiles: 10 ptos. No serán consideradas para evaluación aquellas propuestas que oferten un tiempo de ejecución superior a 65 días hábiles. 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa Siembra por Chile
Monto Total Estimado: 52077256
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Semanas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Cristian Saldivia
e-mail de responsable de pago: cristian.saldivia@conaf.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 29-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: El oferente que resulte adjudicado deberá presentar el documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato previo a la firma del mismo, correspondiente al 5% del valor neto adjudicado. La garantía consistente en cualquier documento pagadero a la vista con carácter irrevocable y nominativo a favor de la Corporación Nacional Forestal, como, por ejemplo: Boleta de garantía bancaria, Vale Vista Bancario, Certificado de Fianza, Póliza de Seguro, Póliza de Garantía de ejecución inmediata, entre otros. La garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen al Adjudicatario, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa y por la sola voluntad de CONAF, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada. La garantía de fiel cumplimiento de contrato tiene por objeto resguardar el correcto cumplimento por parte del oferente adjudicado, de las obligaciones emanadas del contrato y de las bases técnicas y administrativas, del cumplimiento estándar y oportuno de cada actividad contenida en el plan de trabajo y de la oferta. Además, para los casos de prestación de servicios, como es del caso, la garantía de fiel cumplimiento asegurará también el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, cuando corresponda. La garantía no debe devengar intereses ni reajustes de ninguna especie con cargo a la Corporación Nacional Forestal, debe ser pagadera a la vista, tomada por uno o varios integrantes del oferente con carácter de irrevocable y nominativa a favor de la CONAF. La entrega de esta garantía es un requisito esencial para efectos de la suscripción del Contrato. Entrega física de la garantía: Deberá ser entregada en sobre cerrado, remitido a nombre de la Jefatura Provincial Osorno, indicando la siguiente leyenda en su exterior: Contiene Garantía de Cumplimiento de contrato Licitación ID: 1859-5-LE26 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE FAENAS FORESTALES, PROVINCIA DE OSORNO, TEMPORADA 2026”. El documento deberá ser entregado a CONAF con anterioridad a la firma del respectivo contrato. La garantía podrá tomarse electrónicamente, la cual deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos y ser enviada a la siguiente dirección de correo electrónico hildegard.krause@conaf.cl, con copia a las siguientes direcciones de correos electrónicos, cristian.saldivia@conaf.cl y jose.ruiz@conaf.cl, sin embargo, se deberá presentar obligatoriamente una copia impresa al momento de la firma.
Glosa: Si el instrumento de garantía requiere Glosa, deberá indicar lo siguiente: “Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE FAENAS FORESTALES, PROVINCIA DE OSORNO, TEMPORADA 2026, y de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del oferente”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez el operador o contratista haya realizado y acreditado la ejecución de la totalidad de las obras de los servicios, lo cual deberá ser aprobado debidamente por el Responsable del contrato.
    Otras Garantías
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 29-01-2027
Monto: 20 %
Descripción: Garantía por anticipo del presupuesto adjudicado: El oferente que resulte adjudicado podrá solicitar, mediante correo electrónico dirigido al Encargado Provincial Sección Finanzas y Administración cristian.saldivia@conaf.cl y Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático luis.cardenas@conaf.cl, un anticipo de hasta el 20% del monto adjudicado, el cual debe ser garantizado al 100% mediante un documento pagadero a la vista de carácter irrevocable (boleta de garantía bancaria, vale vista bancario, certificado de fianza, póliza de seguro, póliza de garantía de ejecución inmediata, entre otros) en el que se asegure el cobro de manera rápida y efectiva. La entrega de esta garantía es requisito para realizar el pago del anticipo y deberá entregarse a la Oficina de Administración y Finanzas de CONAF, Oficina Provincial Osorno, ubicada en calle Martínez de Rozas N° 430, en la ciudad de Osorno. La garantía deberá ser tomada para caucionar el 100% del anticipo otorgado, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa y por la sola voluntad de CONAF, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada. La Garantía deberá ser tomada en una institución bancaria chilena, compañías de seguros o afianzadoras sin que ella devengue intereses ni reajustes de ninguna especie con cargo a la Corporación Nacional Forestal, pagadera a la vista e irrevocable, tomado por uno o varios integrantes del oferente, “a la orden de” CONAF. Podrá tomarse electrónicamente, caso en el cual deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos y ser enviada a las siguientes direcciones de correo electrónico, cristian.saldivia@conaf.cl y jose.ruiz@conaf.cl. El anticipo de los servicios adjudicados será descontado en su totalidad en el estado de pago inmediato a realizar el contratista, o futuros en caso que el anticipo otorgado sea mayor al monto del estado de pago inmediato a la solicitud del anticipo, siempre y cuando se hayan aprobado dichos estados de pago por el Responsable del Contrato y/o Encargado de Bosques y Cambio Climático Provincial de CONAF.
Glosa: Los instrumentos que requieran Glosa deberán contener el siguiente texto para concepto de anticipo: “Para garantizar el anticipo del presupuesto adjudicado en la ejecución de la licitación: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE FAENAS FORESTALES, PROVINCIA DE OSORNO, TEMPORADA 2026”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro de los 10 días hábiles contados desde la recepción conforme de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo (Art. 125 Reglamento de la Ley de Compras Públicas).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En el caso que el oferente adjudicado no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no acepte la orden de compra dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios y o bienes licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
Bases
Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se encuentran publicadas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras. Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
Modificación de las bases
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del FORO de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl Estas complementaciones y/o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
Fecha de la adjudicación
En caso de no cumplirse con el plazo máximo de adjudicación indicado en el cronograma de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
Objetivo específico de la licitación
La Corporación requiere contratar a un(a) contratista o proveedor(a) para que ejecute los siguientes servicios:


Sin perjuicio de lo anterior CONAF podrá proponer o modificar las actividades de trabajo en cada predio, para lo cual, deberá existir acuerdo entre las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado. Cualquier modificación deberá considerar lo mencionado en la cláusula “Modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras”.
Plazo de ejecución del servicio
El plazo de ejecución del servicio tendrá como duración el tiempo declarado por el oferente en el “Anexo N°8: Tiempo de Ejecución de la Faena” y comenzará a regir desde el día en que se firme el acta de entrega de faenas que suscriben la contraparte técnica de CONAF y el contratista. Sin embargo, a solicitud formal del contratista podrá evaluarse la factibilidad de ampliación del plazo de ejecución por parte de CONAF para dicha faena, la cual considerará factores técnicos y climáticos, no imputables a la gestión del contratista entre otros, para la autorización de su ampliación. No obstante, la fecha de término del contrato y/o ejecución de las actividades licitadas no podrá exceder el día 30 de octubre de 2026.
Modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras
Sea el caso que, por razones climáticas o por razones técnicas fundadas se requiera modificar el plazo de ejecución del servicio del contrato, la Corporación podrá excepcionalmente modificar el plazo del presente contrato, siempre y cuando el adjudicado posea la capacidad técnica y presupuestaria para finalizar las actividades faltantes. De igual forma, si por las razones mencionadas anteriormente se requiere la modificación del plan de actividades, ya sea añadiendo o cambiando una actividad o más, éste se podrá realizar siempre que exista un acuerdo entre ambas partes. Si estas modificaciones requieren un aumento de presupuesto, el monto a aumentar para completar el nuevo plan de actividades no podrá exceder el 30% del total adjudicado y se deberán respetar los mismos valores ofertados para cada actividad, o existir un acuerdo para valorizar las eventuales nuevas actividades, siempre y cuando exista el presupuesto para dichas actividades. Si la modificación del plan de actividades no significase un aumento del presupuesto adjudicado, el acuerdo podrá formalizarse mediante un acta firmada entre el contratista y el responsable del contrato; en cualquier otro caso de modificación del plazo de ejecución y/o aumento de las obras, deberá ser formalizado mediante una modificación de contrato. En caso de modificación del plazo del contrato y/o aumento de presupuesto, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con fecha de vigencia de acuerdo a la nueva fecha de término de contrato y/o del 5% del valor neto del aumento de presupuesto. La garantía deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles después de notificada la aprobación de la modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras, y deberá proceder con el mecanismo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Características del oferente
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Quedan excluidos quienes, en los 2 años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal. Asimismo, quedarán excluidos de participar los funcionarios de la Corporación, o personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 56 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha. En caso de ser el oferente una Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° 1 y 2 de la Ley 20.393. Por último se excluyen además todas las personas naturales o jurídicas que en los últimos 5 años hayan sido objeto de término anticipado de contrato por incumplimiento de las faenas o actividades contratadas por la Corporación Nacional Forestal.
Requerimientos de los oferentes
Los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos:

• Ser personas naturales o jurídicas, que tengan inicio de actividades.
• No ejercer funciones de supervisión, control o recepción de cualquier tipo de actividad o faenas que se amparen en algún contrato del Programa de Restauración de Bosques Nativos a Gran Escala – Siembra por Chile impulsado por CONAF, Región de Los Lagos.
• No haber sido sancionado por incumplimientos de faenas o actividades contratadas y sujetas a término anticipado de contrato por parte de CONAF en los últimos 5 años.
• Poseer experiencia verificable en:
1. Ejecución y/o supervisión de Plantaciones Forestales, la cual deberá ser expresada en hectáreas.
2. Habilitación (confección) y/o mejoramiento y/o reparación de cercos, la cual deberá ser expresada en metros de cerco.
• La experiencia deberá ser comprobada mediante facturas que así lo acrediten. Los criterios de evaluación serán:
1. Plantaciones Forestales: la superficie de la faena expresada en hectáreas.
2. Habilitación (confección) y/o mejoramiento y/o reparación de cercos: la longitud en metros de cerco habilitado (construido) y/o mejorado y/o reparado.
En caso de que una factura no especifique la superficie de plantaciones y/o la longitud de metros de cerco construido, mejorado y/o reparado, el oferente deberá complementar la información de esa factura con documentos que acrediten o aclaren la superficie y/o longitud referida, tales como, copias de contrato, detalle de estados de pago, finiquitos, informes técnicos o certificados en que se acredite la ejecución de lo declarado. Estos documentos complementarios deberán demostrar claramente su relación con la factura original presentada.
• La experiencia deberá estar referida a la persona natural o jurídica que oferta, en el caso de las personas jurídicas, también se considerará la experiencia referida al/la representante legal.
• Para detallar la experiencia, el oferente deberá completar el Anexo N°2 y adjuntar los documentos de respaldo.
• Proporcionar de manera permanente los Elementos de Protección Personal (EPP) y de Higiene Personal adecuados al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, lentes de protección, casco, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes para la seguridad). Cumplir plenamente con las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, la cual regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La normativa citada puede ser encontrada en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que rige las operaciones de CONAF en todo el territorio. Este reglamento se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
Apertura de las ofertas
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará en el portal de Mercado Público, a cargo del Profesional Administrativo del Programa Siembra por Chile de la Región de Los Lagos, y de un representante de la unidad requirente del servicio. La admisibilidad de las ofertas quedará sujeta a las indicaciones señaladas en las presentes bases. Los archivos recibidos en las ofertas, serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.

Observaciones a la apertura de las ofertas:  Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.
Presentación de ofertas técnicas y económicas
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.

Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación. Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Asignación puntaje criterio técnico "Programa de integridad"
• El oferente cuenta y entrega alguno de los siguientes elementos: a) Planes de integridad, b) Modelo de prevención de delitos, c) Programas de compliance, y/o d) Código de ética; los cuales son conocidos por su personal y entrega respaldo de lo declarado: 100 puntos.
• El oferente cuenta y entrega algunos de los siguientes elementos: a) Planes de integridad, b) Modelo de prevención de delitos, c) Programas de compliance, y/o d) Código de ética; pero no entrega el respaldo de que son conocidos por su personal: 75 puntos.
• El oferente no cuenta con los elementos mencionados anteriormente, pero acredita capacitaciones a su personal en temas relacionados a: a) Cumplimiento normativo, b) Transparencia, c) Probidad, d) Ética; y entrega el programa de la capacitación, como el respaldo de la asistencia a estas capacitaciones por parte de sus trabajadores: 50 puntos.
• El oferente: a) No cuenta con ningunos de los elementos mencionados anteriormente ni con capacitaciones en la materia, b) No adjunta el documento de ninguno de los elementos mencionados anteriormente, c) No entrega el programa de la capacitación declarada ni el respaldo de que su personal asistió a estas capacitaciones, d) No presenta Anexo N°11 “Declaración Jurada Programa de Integridad”: 0 punto.
Consultas y aclaraciones durante el proceso de licitación
Consultas durante el proceso de licitación: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación, tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.

Consultas posteriores al cierre de la licitación y antes de la adjudicación: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Comisión evaluadora de las ofertas
CONAF constituirá una Comisión Técnica Evaluadora, la cual se congregará para revisar y evaluar todas las ofertas técnicas y económicas que cumplan con los requisitos formales de presentación. La Comisión estará integrada por los siguientes funcionarios, o quienes los subroguen o a quienes éstos designen:

• Jefe Provincial, Provincia de Osorno.
• Encargado Programa de Bosques y Cambio Climático, Provincia de Osorno.
• Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.

Asistirá en calidad de ministro(a) de fe y asesor(a) el(la) Abogado(a) de la Unidad Jurídica de la Provincia de Osorno.

En caso de ausencia de alguno de los integrantes de la Comisión, podrá ser reemplazado por la Jefatura del Departamento de Bosques y Cambio Climático de la Región de Los Lagos. Por su parte el(la) Abogado(a) de la Unidad Jurídica de la Provincia de Osorno, en caso de ausencia, podrá ser reemplazado(a) por un(a) Abogado(a) de la Unidad Jurídica de la Región de Los Lagos.

Resolución de empates
Si existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje los siguientes criterios que a continuación se indican, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia:

1. Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Experiencia de los oferentes”.
2. Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “Tiempo de ejecución”.
3. Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Contratación mano de obra local”.

En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta al el portal de compras públicas, entre aquellas ofertas que se encuentren empatadas.
Adjudicación
La Comisión Técnica Evaluadora, luego de analizar los antecedentes de cada propuesta, emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas. Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o éstas fuesen consideradas insuficientes o muy malas en el aspecto técnico. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaran ofertas, o si éstas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación. CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos. No se adjudicarán ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado, de acuerdo a lo indicado en el Articulo N°58 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. Una vez adjudicado, el oferente deberá presentar los documentos necesarios para la elaboración del respectivo contrato. De no presentar los documentos en el plazo indicado, CONAF podrá optar por la segunda oferta mejor evaluada, si corresponde.
Contrato
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación. La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl. Los adjudicados deberán adjuntar la documentación original que les sea requerida por las Unidades Jurídicas Regional o Provincial dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la ejecución de las actividades al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación o mecanismo de compra que corresponda, declarando inadmisible el proceso. Para la firma del contrato el oferente debe adjuntar los siguientes documentos: • Antecedentes generales y administrativos de la empresa (Anexo N°6). • Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Sin la oportuna presentación de este documento CONAF no procederá a la firma de contrato. • Listado de trabajadores que se desempeñarán en las faenas (Anexo N°5, se entregará con posterioridad). • Certificado de residencia de los trabajadores/as que se desempeñaran en las faenas. Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
Responsabilidad del proveedor
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente. El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas. El Contratista deberá informar al Responsable del contrato los movimientos de personal que llegaren a ocurrir durante la ejecución de las obras, sean estas contrataciones o despidos de personal, las cuales deberán ser respaldadas con la documentación respectiva (Contrato o Finiquito). Al inicio de las faenas el Contratista deberá obligatoriamente, presentar y mantener una carpeta con todos los antecedentes (Ley de Subcontratación N°20.123), que permitan la correcta supervisión de las obras. Dicha carpeta debe contener los siguientes documentos originales o fotocopias: • Listado de trabajadores(as) que van a realizar el trabajo (Anexo N°5, se entregará con posterioridad). • Contratos de Trabajo del personal que participará en el trabajo. • Registro firmado de entrega de Equipo de Protección Personal para cada trabajador. • Registro firmado de entrega del reglamento interno para cada trabajador, si corresponde. • Calendario o Carta Gantt de actividades a realizar. • Reglamento Interno con recepción de la Inspección del Trabajo, si corresponde. • Registros firmados de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI). • Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar. • Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, o Higiene y Seguridad según corresponda. • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo. • Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. • Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Ley de subcontratación
El proveedor adjudicado podrá realizar la subcontratación del servicio. Para tal efecto deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, el cual se encuentra como archivo adjunto en las bases. Para ilustración del oferente, en dicho documento podrá encontrar todas las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. En caso que el proveedor adjudicado realice la subcontratación del servicio adjudicado, deberá informar a CONAF antes de la firma del contrato. El proceso de subcontratación será regido por el Artículo 128 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Contraparte técnica y administrativas del contrato
Contraparte Técnica: La contraparte técnica corresponderá al Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático, o un(a) profesional designado por CONAF. También se entenderá a este profesional como el Encargado del Contrato. Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:

• Supervisará el contrato, tanto de forma administrativa como en terreno.
• Autorizará la información para el acceso a los estados de pago.
• Autorizará los informes y realizará las evaluaciones al prestador de servicio.

Contraparte Administrativa: La contraparte administrativa corresponderá a la Sección de Finanzas y Administración, Provincia de Osorno. Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:

• Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
• Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
• Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
• Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
• Comunicar a Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
Modalidad, forma y plazo de pago
La modalidad de pago será “Pago por avance faenas”. El pago por avance de faenas consiste en el pago actividades finalizadas contempladas en la licitación, siempre y cuando se cumplan las especificaciones establecidas en el punto “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO” de los Requerimientos Técnicos de esta licitación. Se considerarán un máximo de tres (3) estados de pago. El monto de cada estado de pago no podrá ser inferior al 30% del total adjudicado en la licitación (monto de la orden de compra respectiva), a excepción del último estado de pago que eventualmente podría corresponder a un valor menor al 30% señalado. Para acceder a cada estado de pago por avance de faenas, el Contratista deberá presentar al responsable del contrato, un informe Técnico con las actividades efectivamente ejecutadas (Anexo N°6) y la documentación necesaria para acceder al pago de los servicios prestados. El monto a pagar será de acuerdo a las actividades ejecutadas conforme y la oferta económica con la cual se adjudicó la licitación. El anticipo de los servicios adjudicados, si corresponde, será descontado en su totalidad en el primer estado de pago, o en estado de pago siguiente al momento de la entrega del anticipo solicitado.

El Informe Técnico (Anexo N°6), deberá contener los siguientes aspectos: • Detalle de las actividades realizadas y sus características. • Set de fotos de las actividades ejecutadas. • Archivo en formato gpx o gdb de medición con GPS de las actividades ejecutadas, considerando track y puntos en datum wgs84. En caso que existan observaciones menores al informe o en la claridad de la información, éstas podrán ser subsanadas por el Contratista. En caso que el informe contenga errores u observaciones de gravedad, podrá ser rechazado por CONAF. El rechazo de este informe impedirá acceder al estado de pago solicitado y el Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar un nuevo informe. El rechazo del Informe Técnico en tres (3) oportunidades consecutivas dentro del mismo estado de pago, será causal de cobro de multa por incumplimiento grave.

Para acceder al estado de pago, el Adjudicatario deberá adjuntar a la solicitud de pago los siguientes documentos: • Informe Técnico aprobado por CONAF. • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30-1). • Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30). • Copia de los contratos de trabajo de los trabajadores. • Planilla actualizada de trabajadores firmada, donde se indique que mantienen en su poder los Elementos de Protección Personal (EPP), para cada estado de pago.

El pago se gestionará cuando: • CONAF recepcione conforme y de su aprobación del Informe Técnico emitido por el operador o contratista, validado por el Responsable del Contrato y/o el Encargado del Programa de Bosques y Cambio Climático. • CONAF recepcione conforme la documentación respecto al cumplimiento de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en la obra. Una vez aprobado el informe de recepción de actividades y recibida la documentación por parte del oferente, se solicitará la emisión de la factura correspondiente para proceder al pago.
Facturación
La Factura, deberá ser presentada posterior a la aprobación del informe técnico respectivo. Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:

Razón Social: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
R.U.T.: 61.313.000-4
Giro: Otros servicios de apoyo a la Silvicultura N.C.P.
Dirección: Martínez de Rozas 430, Osorno
Orden Compra: 1859-X-SE26

Deberá enviar la factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com indicando que dicha factura es a crédito. El envío electrónico de la factura no debe ser superior a un plazo de 48 horas desde la emisión de la factura. Se deberá indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra el cual debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos ni espacios, pero sí debe considerar todos los guiones (Ejemplo: 1859-X-SE26). El documento tributario electrónico DTE, deberá ser presentado una vez que la contraparte técnica apruebe y valide el informe correspondiente. Dicho DTE deberá ser presentado junto con los formularios F30 y F30-1, según lo indicado en el punto “Acceso a estado de pago”. El servicio se pagará dentro de los 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Factura y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático. En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
Término anticipado del contrato y/o cobro de la garantía
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato y/o realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la Ley:

1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Si durante la duración del contrato se cursasen tres (3) sanciones por Incumplimientos Graves.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11. Si el Adjudicatario posea inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
12. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
13. Si se llegase a detectar que el Contratista ha solicitado dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
14. Si se llegase a acreditar el incumplimiento por parte del oferente con lo indicado en el programa de integridad presentado, si corresponde.

CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato, caso en el cual no procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato por razones fundadas y previamente aceptadas por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Responsable de Contrato, con 30 días de anticipación. El no cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, o cobrar la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Director Regional procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880. La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
Incumplimientos graves
Cuando sea detectado un incumplimiento grave por parte del Contratista, la Corporación procederá al cobro de una multa correspondiente al 2% del valor total del contrato. El máximo de multas a aplicar, bajo la denominación de incumplimiento grave, son tres, una vez completada la tercera multa por incumplimiento grave se considerará como causal de término anticipado del contrato. Se considerarán como incumplimientos graves, cuando:

• Si durante la duración del contrato se cursaren en total tres (3) sanciones por concepto de Multa.
• Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
• Cuando el Informe Técnico para acceder al estado de pago, sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en tres (3) oportunidades consecutivas dentro de un mismo estado de pago.
• Si el adjudicatario no cumpliese con la condición de entrega del equipo de EPP a sus trabajadores, al inicio y durante la duración del contrato.
• Si el adjudicatario no presentase alguno de los documentos con los que se adjudicó la licitación.
• El adjudicatario no cumpla con la propuesta de contratación de mano de obra local, ofertada mediante declaración jurada (Anexo N°9), durante la ejecución de las actividades.

No procederá el cobro de multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Multas
Se podrá cobrar una multa de 5 UF, cuando se cometa alguna de las faltas señaladas a continuación. Estas podrán ser acumulables por cada día de retraso, hasta que se subsane dicha falta o la situación que la originó. Las causales de multas son:

• El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para pago superior a 5 días corridos a contar del plazo acordado para el estado de pago.
• El prestador del servicio no entregue la documentación laboral y previsional requerida al inicio de las faenas y para los estados de pago.
• No mantener alguno de los documentos de carácter obligatorio en la carpeta de documentación de faena.
• Por cada día de atraso con respecto al plazo de ejecución indicado en el Anexo N°8.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor. Cumplida tres (3) sanciones de multa por las causales señaladas anteriormente, será considerada como causal de sanción por incumplimiento grave.

Monto Máximo por cobro de Multas: El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
Procedimiento aplicación de multas
El procedimiento de aplicación de multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Responsable del Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
Procedimiento cobro de garantías
Para el cobro de garantías, CONAF notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a CONAF, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada informando el cobro de la Garantía. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
Prohibiciones y seguros
El oferente seleccionado o Contratista, no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de los servicios adjudicados. Los derechos y obligaciones que nacen del contrato serán intransferibles. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que de él emanen serán transferibles, de acuerdo con las reglas del derecho común. Respecto de los seguros de los trabajadores, el Adjudicado debe cumplir con todos los requisitos y procedimientos señalados en el punto N°17 del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, otorgado por CONAF.
Confidencialidad y propiedad intelectual
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después del término de la prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa o sociedad contratante y/o su o sus representante(s), deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial. Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de los servicios se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la CONAF, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario o su y/o sus representante(s) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF. Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
Principio de igualdad y no discriminación arbitraria
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:

1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.

Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Ley 21.643, Ley Karin
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada. Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa. Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda. Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal. En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento. Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente. Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.
Requerimientos técnicos
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO

La Corporación requiere ejecutar el servicio de Servicio de Faenas Forestales, Provincia de Osorno, Temporada 2026, las actividades y requerimientos solicitados se presentan a continuación:

Cuadro N°1: Actividades requeridas para el Servicio de Faenas Forestales, Provincia de Osorno, Temporada 2026.


Cuadro N°2: Resumen especificaciones técnicos en cada actividad del Servicio de Faenas Forestales.


Las actividades mencionadas se ejecutarán de acuerdo a lo requerido en cada faena forestal. El detalle de cada faena forestal, la cantidad de predios y su localización se describen en la cláusula "Objetivo específico de la licitación".

La ubicación general de cada predio se visualiza en la Figura N°1. El detalle de los antecedentes de los 20 predios programados para ejecución se encuentra en el ítem “Características Técnicas de las Actividades”, según cada actividad.

Figura N°1: Ubicación de los 20 predios a intervenir.


2. MATERIALES Y ACOPIO

Para las actividades contempladas en esta licitación la CONAF, proveerá al contratista los siguientes materiales e insumos:
• 1.663 Polines impregnados 3” – 4”de diámetro y 2,6 m de largo.
• 141 rollos de Alambre de Púa 275 m por rollo.
• 17 rollos de Malla Ursus 1,25 m.
• 46 rollos de Malla Ursus 1,0 m.
• 142 kilos de Grapas 1 ½.
• 205 kilos de Grapas 1 ¼.
• 62 kilos de Clavos de 4”.
• 97 litros de Carbonileo.
• 1.703 protectores plásticos.
• 7.260 plantas nativas.
• 155 kilos de basacote.
• 22 kilos de hidrogel.
• 90 kilos de repelente de liebres.

Los materiales e insumos se ubicarán en cinco puntos de acopios (Figura N°2):
1. Predio ubicado en la comuna de S. J. Costa, Sector Purrehuín, distante a 34 km de la ciudad de Osorno.
2. Predio ubicado en la comuna de S. J. Costa, Sector Punotro, distante a 48 km de la ciudad de Osorno.
3. Predio ubicado en la comuna de San Pablo, Sector Pucopío, distante a 50 km de la ciudad de Osorno.
4. Predio ubicado en la comuna de Puyehue, Sector Las Parras, distante a 87 km de la ciudad de Osorno.
5. Oficina provincial Conaf Osorno. Martínez de Rozas 430, Osorno.

Figura N°2: Ubicación de los cinco acopios de materiales.


El traslado de los materiales desde los puntos de acopio hasta las faenas, será a costo del Contratista.

3. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS ACTIVIDADES

3.1. CERCADO
La actividad comprende la ejecución de 4.342 m de cercos nuevo a habilitar, el reforzamiento estructural de 4.320 m de cercos existentes y la reparación puntual de 620 m de cercos dañados, totalizando 9.282 m de obras de cercado a ejecutar.

Cuadro N°3: Longitud (metros) de la actividad de cercado.


3.1.1. Habilitación cerco perimetral (tipo ursus): Consiste en el emplazamiento de 902 m de cerco con malla Ursus de 1,00 m de altura. La estructura se ejecutará con estacones de polín impregnado de 4” x 2,60 m, empotrados cada 2,75 m. Se instalará la malla Ursus de 1,00 m y se fijarán cuatro (4) hebras de alambre de púas dispuestas de la siguiente forma: primera hebra a nivel de suelo; segunda a 0,15 m por encima de la malla; tercera a 0,30 m por encima de la malla; y cuarta a 0,50 m por encima de la malla, alcanzando una altura total de exclusión de 1,50 m. Los estacones se deberán proteger con producto preservante (Carbolineo) en la sección en contacto con el suelo y enterrarse a una profundidad mínima de 60 cm. El alambre de púas será tensado mecánicamente y se instalarán refuerzos (pies de apoyo/diagonales) en quiebres y extremos según corresponda.

Figura N°3: Imagen de referencia de diseño de cerco perimetral de malla ursus de 1,0 m.


Los predios donde se establecerá este tipo de cerco se detallan en el siguiente cuadro.

Cuadro N°4: Antecedentes del predio.


3.1.2. Habilitación cerco perimetral (tipo púas 7 h): Consiste en la habilitación de 800 m de cerco de alambre de púas. El diseño considera siete (7) hebras de alambre engrapadas a estacones de polín impregnado de 4” x 2,60 m, empotrados cada 2,75 m. La primera hebra se posicionará a 0,05 m sobre el nivel del suelo; la segunda, tercera y cuarta se colocarán separadas 0,20 m entre sí desde la hebra anterior; la quinta, sexta y séptima se dispondrán separadas 0,30 m entre sí respecto a la hebra precedente, alcanzando una altura total de exclusión de 1,55 m (ver Figura N°4). Los estacones se deberán proteger con producto preservante (Carbolineo) en la sección en contacto con el suelo y enterrarse a una profundidad mínima de 60 cm. El alambre de púas será tensado mecánicamente y se instalarán refuerzos (pies de apoyo/diagonales) en quiebres y extremos según corresponda.

Figura N°4: Imagen referencial. Diseño de cerco de 7 hebras de alambre de púas.


El predio donde se establecerá este tipo de cerco se detalla a continuación.

Cuadro N°5: Antecedentes del predio.


3.1.3. Habilitación de cerco modular (tipo ursus): Comprende el emplazamiento de 720 m de cerco modular con malla Ursus de 1,25 m de altura. El diseño se basa en módulos cuadrados de 6 x 6 m. Cada módulo considerará 19 estacones de polín impregnado (4” x 2,60 m): ocho polines empotrados en el perímetro, ubicados cada 3 m, y ocho polines adicionales dispuestos en diagonales (dos por vértice) para reforzar las esquinas. Asimismo, cada módulo incluirá una escalera de acceso fabricada con tres polines: un polín paralelo situado a 0,65 m de un polín estructural y dos polines que soportan siete peldaños de 0,65 m de longitud, colocados horizontalmente entre los polines verticales. La estructura se completa con malla Ursus de 1,25 m y el engrapado de tres (3) hebras de alambre: la primera a nivel de suelo y las restantes a 0,20 m y 0,40 m por encima de la malla, respectivamente. Todas las uniones deberán quedar correctamente fijadas y el conjunto reforzado según detalle de montaje (ver Figura N°5).

Figura N°5: Imagen referencial diseño de cerco modular.


Los estacones se deberán proteger con producto preservante (Carbolineo) en la sección en contacto con el suelo y enterrarse a una profundidad mínima de 60 cm.

El predio donde se instalará este tipo de cerco se indica a continuación.

Cuadro N°6: Antecedentes del predio.


3.1.4. Habilitación cerco perimetral (tipo púas 7h) con estacones de alerce: Consiste en el tendido de 1.920 m de cerco de alambre de púas utilizando estacones de alerce suministrados por el propietario. Para la habilitación se deberá realizar un despeje de una faja para emplazar el cerco, la cual estará ubicada a una distancia no menor a 2 m desde el borde de camino. El ancho de la faja será de entre 50 centímetros a 1,2 metros, suficiente para instalar el cerco y permitir al personal que ejecuta la faena transitar libremente y en forma segura y posteriormente de la misma forma recorrer el cerco para su medición y control. La corta de vegetación, se realizará a ras de suelo, limitando la intervención a la eliminación de herbáceas, matorrales y arbustivas, evitando la corta especies arbóreas (ver Figura N°6). El diseño del cerco considera siete (7) hebras de alambre de púas engrapadas a estacones de alerce, empotrados cada 2,50 m. La primera hebra se ubicará a 0,05 m sobre el nivel del suelo; la segunda, tercera y cuarta se dispondrán separadas 0,20 m entre sí desde la hebra anterior; la quinta, sexta y séptima se dispondrán con separación de 0,30 m respecto a la hebra precedente, alcanzando una altura total de exclusión de 1,55 m (ver Figura N°7). Todas las hebras deberán quedar correctamente tensadas y fijadas.

Figura N°6: Detalle de cobertura vegetacional predominante en el borde de camino.


Figura N°7: Imagen referencial. Diseño de cerco de 7 hebras de alambre de púas.


Los estacones se deberán proteger con producto preservante (Carbolineo) en la sección en contacto con el suelo y enterrarse a una profundidad mínima de 60 cm. El alambre de púas será tensado mecánicamente y se instalarán refuerzos (pies de apoyo/diagonales) en quiebres y extremos según corresponda. El predio en donde se ejecutará este tipo de cerco se detalla a continuación.

Cuadro N°7: Antecedentes del predio.


3.1.5. Reforzamiento de cerco: Comprende el mejoramiento de 4.320 m de cerco. La estructura existente está compuesta por polines impregnados de 3”–4” ubicados cada 2,75 m y cinco (5) hebras de alambre de púas paralelas, separadas aproximadamente 0,25 m entre sí (ver Figura N°8).

Figura N°8. Imagen referencial de cerco existente.


Con el fin de garantizar la exclusión de animales, el Contratista deberá incorporar al cerramiento existente malla Ursus de 1,25 m o 1,00 m de altura, según disponibilidad, y adicionar una (1) hebra de alambre de púas en la parte superior (ver Figura N°9). En tramos con cavidades o aberturas originadas por la topografía se instalarán segmentos complementarios de alambre de púa, anclados a soportes fabricados con polines suministrados por CONAF. Todas las hebras, segmentos y anclajes deberán quedar correctamente tensados, fijados y verificados en terreno.

Figura N°9: Imagen referencial reforzamiento de cerco.


Los predios donde se ejecutará el reforzamiento de cercos se señalan a continuación.

Cuadro N°8: Antecedentes del predio.


Nota: En el predio Violeta Doris Breca Gallardo de los 720 metros de cerco, 200 serán reforzados con malla ursus de la forma explicada anteriormente y los 520 metros restantes serán reforzados con la adición de 6 hebras de alambre de púas intercaladas entre las hebras existentes. Esto debido a la abrupta topografía del rodal que dificulta la instalación de malla ursus.

3.1.6. Reparación de cerco: Consiste en la reparación de 620 metros de cerco existente de malla ursus en predio ubicado en el sector de Pucopio a orillas de las Laguna Trinidad (Kusrupuyewe) con la finalidad de proteger una plantación de Coigue de 6 años.

Cuadro N°9: Antecedentes del predio.


El cerco existente evidencia presencia de polines fracturados y/o cortados a nivel del suelo lo cual genera problemas de estabilidad y firmeza del cerco. Para subsanar la situación, los trabajos comprenden la instalación de nuevos polines, intercalados de manera equidistante, entre los ya existentes. En los nuevos polines instalados, se deberán fijar mediante engrapado, la malla ursus y las hebras de alambre existentes, cuidando de que queden correctamente tensadas. Los nuevos polines, en la sección en contacto con el suelo deberán ser impregnados con preservante (Carbolineo) y empotrados a una profundidad mínima de 60 cm.

3.1.7. Especificaciones técnicas aplicables a todos los cercos: Instalación de pies de apoyo o diagonales para reforzar postes extremos y empalmes en quiebres del cerco. El alambre de púa deberá quedar correctamente tensado mediante herramienta mecánica apropiada (tensadora), garantizando su alineación y tensión uniforme. La porción del estacón en contacto con el suelo debe ser tratada con preservante (Carbolineo) antes del montaje para prevenir pudrición y roturas prematuras. Los estacones se enterrarán con martinete u otra herramienta adecuada a una profundidad de al menos 60 cm. En tramos donde la topografía origine cavidades o aberturas por las que puedan ingresar animales pequeños (ver Figura N°10), se adicionarán segmentos de alambre de púa y se anclarán a soportes fabricados con polines suministrados por la Corporación. Todas las hebras y segmentos deberán quedar correctamente tensados y fijados.

Figura N°10: Ejemplo de aberturas y cavidades.


Se deberá realizar la construcción de uno o más pasos tipo chilote en cada sector cercado, ubicados estratégicamente para garantizar acceso operativo y seguridad en maniobras de ingreso y salida. Igualmente, cuando sea necesario, se deberá instalar una tranca tipo argentina en sectores donde se requiera habilitar un paso de tránsito de vehículos motorizados o de tracción animal.

Figura N°11: Ejemplo de Paso tipo chilote.


Cuando proceda, ejecutar roce de la faja de instalación para despejar la línea de cerco, eliminando únicamente la vegetación herbácea y arbustiva necesaria, evitando daños a árboles y manteniendo la menor afectación posible de cobertura vegetal.

3.2. PLANTACIÓN
La actividad comprende el establecimiento de 7.260 plantas nativas en formato speedling, incluyendo su manipulación y cultivo en terreno, la aplicación de retenedor de humedad (hidrogel), la dosificación de fertilizante de liberación controlada (Basacote 6M) y la aplicación de repelente granulado para protección frente a lagomorfos (exceptuando las plantas que llevarán protección individual). Todas las aplicaciones se efectuarán según las dosis, tiempos y procedimientos especificados en las bases técnicas y bajo la supervisión técnica de CONAF.

Cuadro N°10: Cantidad de unidades de plantas y protectores para faenas de plantación.


En la superficie a ejecutar esta actividad, las plantas se dispondrán conforme a los diseños establecidos (tres bolillos, enriquecimiento y distribución en núcleos), ajustando densidades y espaciamientos a las condiciones topográficas y de cobertura vegetal de cada sitio. La superficie total de ejecución será de 16,03 ha (ver Cuadro N°11).

Cuadro N°11: Cantidad de plantas, diseño de plantación y espaciamiento para cada propietario.


3.2.1. Manipulación de plantas: El abastecimiento de plantas será a cargo de CONAF, las que serán entregadas en faenas o en su defecto en CONAF, Oficina Provincial Osorno, calle Martínez de Rozas 430. La entrega de las plantas se realizará de forma parcializada, de acuerdo al avance del o la Contratista en la faena de plantación y previa coordinación del contratista con el supervisor técnico de CONAF.

Para la manipulación de las plantas en terreno, se deben tomar todos los resguardos y precauciones, siendo indispensables las siguientes:
• Evitar desecación, exposición al sol, al viento y/o lluvia.
• Cuidar que no existan extravíos o daños (en especial daño causado por animales).
• Extremar cuidado en la manipulación de las plantas, evitando daños mecánicos, tales como rotura del tallo, daño en follaje o raíz, procurando no romper el molde de tierra que contiene las raíces de la planta.
• Mantener debidamente hidratadas las plantas en los predios a forestar, antes de plantar.
• Las plantas deben ser plantadas en un tiempo máximo de 24 horas luego de ser entregadas en el predio. En caso de existir saldo de plantas pasado ese periodo, estas deberán ponerse en barbecho, a la sombra y con abundante riego.

Si hubiese pérdidas de plantas por no considerar lo anterior, se atribuirá negligencia al contratista y será de su cargo la reposición de ellas con plantas de las mismas condiciones morfológicas.

3.2.2. Preparación de suelo: En primera instancia se procederá a realizar el trazado o marcado de la plantación y limpieza del terreno. El objetivo es definir la ubicación de cada casilla de plantación y despejar de vegetación el área cuando sea necesario, para permitir el libre desplazamiento de las personas que intervengan en la plantación y eliminar malezas que impidan el desarrollo de los árboles a establecer. El material combustible que resulte de esta acción deberá ser apilado en fajas.

3.2.3. Casillas manuales: En el lugar que ocupará cada planta se confeccionará una casilla con el uso de una pala plantadora neozelandesa de al menos 40 x 40 cm. En esta casilla se debe mullir el suelo, para mejorar las condiciones de establecimiento y favorecer la infiltración de agua. Los bordes de la casilla no deben quedar compactados por el uso de la pala. El hoyo para la plantación, se realizará con ahoyador con diámetro de barreno de 8" (20 cm), la profundidad del orificio dependerá de la longitud de la broca (promedio 80 cm). El mullido profundo favorece la porosidad del suelo, incrementa la capacidad de infiltración y facilita el desarrollo vertical de raíces hacia capas más profundas y humedecidas, mejorando el establecimiento en condiciones de estrés hídrico. Adicionalmente, una vez terminado el orificio con la broca del barreno, de deberá romper la pared del hoyo desde los laterales, al menos en dos puntos, con ayuda de una pala adecuada (por ejemplo neozelandesa) a fin evitar el efecto glazing o capa vidriada que genera una barrera impenetrable para el agua y raíces. En caso de terrenos que presenten pendiente el material excavado se dispondrá aguas abajo (contra pendiente) para conformar un montículo o terraplén en media luna, destinado a captar y retener la escorrentía y favorecer la infiltración en la zona de plantación. El terraplén deberá dimensionarse con sección y pendiente adecuadas para prevenir deslizamientos y compactarse hasta alcanzar estabilidad. Se realizará supervisión y verificación in situ de la estabilidad del terraplén antes de finalizar la faena. Al momento de proceder a colocar la planta en el hoyo de plantación se debe reincorporar sustrato (tierra) de forma tal que al enterrar la planta, el cuello quede a una distancia de al menos 15 cm con respecto al nivel de la superficie. Colocar la planta en posición vertical, centrada en el hoyo, evitando deshacer o dañar el molde de tierra que contiene las raíces. Cada planta deberá quedar firme y estable en suelo eliminando bolsas de aire, pero sin compactar en exceso.

3.2.4. Aplicación de retenedor de agua: El o la contratista efectuará, simultáneamente con la actividad de confección de casillas, una aplicación de “Retenedor de agua” denominado HIDROGEL, que reduce la evaporación y el escurrimiento de agua. Se deposita en el hoyo de plantación, inmediatamente bajo la ubicación que tendrá el pan de rices de la planta, mezclado con el suelo mullido, con la intención de que las raíces de la planta se extienden en profundidad para obtener el agua que será retenida por este producto. La dosis a utilizar es de 3 gramos por planta.

3.2.5. Fertilización: Simultáneamente con la actividad de plantación y a cada una de las plantas, se hará aplicación de “fertilizante de liberación controlada” denominado BASACOTE 6M, el que se depositará directo al hoyo de plantación y a la misma profundidad que alcanza el pan de raíz, mezclado con la tierra del lugar y el sustrato que contiene a la raíz. La dosis a utilizar es de 20 gramos por planta.

3.2.6. Protección contra lagomorfos: Se hará uso de repelente orgánico en 5.557 plantas y protección individual en 1.703 plantas para evitar daños por lagomorfos.

Aplicación de repelente
: Una vez efectuada la plantación se aplicará repelente granulado natural para lagomorfos alrededor del cuello de la planta, en la casilla de plantación, a una dosis de 14 g por planta. Esta aplicación se realizará en todas las faenas salvo en los predios donde las plantas cuenten con protección individual instalada.

Uso de protector individual: Se emplearán protectores individuales de polipropileno de diseño triangular, con una altura de 50 cm y lados de base de 12 cm (ver Figura N°12). El protector incorpora aletas de ensamblaje que conforman una estructura rígida y orificios de ventilación que permiten la circulación de aire y sirven como puntos de fijación para el tutor. Su instalación consiste en una vez plantada la plántula, ensamblar el protector y colocarlo sobre la planta, enterrando su borde inferior aproximadamente 15 cm para proteger el cuello radical frente a la fauna. Introducir un tutor (coligue o vara de poda) junto a uno de los vértices del protector, empotrando el tutor en el suelo y asegurándolo al protector mediante alambre pasado por los orificios de ventilación. El conjunto deberá quedar estable, sin dañar el pan radicular.

Figura N°12: Imagen referencial protector de planta.


3.2.7. Diseño de plantación de tres bolillos: El diseño en Tres bolillos consiste en un esquema de plantación en triángulo en donde se deberá ubicar cada planta en el vértice de un triángulo equilátero que se forma al trazar líneas de 3x3 metros de distanciamiento entre hileras (Figura N°13). Este esquema de plantación permite otorgar una mayor cobertura de árboles en el terreno y mayor aprovechamiento de escurrimiento de agua por planta. El trabajo comienza por trazar la primera hilera o línea madre sobre la que se establecerá el distanciamiento de 3x3 entre plantas y entre las siguientes hileras. Con este diseño las plantas quedan situadas intercaladas entre hileras. En caso de presencia de tocones grandes de árboles, entre otras situaciones que obstruyan el distanciamiento solicitado, se podrá desviar (lo menos posible) el trazado original de la faja de plantación, asimilando esta desviación con el fin de plantar el total de individuos indicados en cada predio. Dicho eso, la empresa contratista junto a personal de CONAF, podrán evaluar en terreno cuál es el mejor sector para realizar el cambio de casilla.

Figura N°13: Esquema de plantación en tres bolillos (Distanciamiento de 3 x 3 m).


3.2.8. Diseño de plantación de enriquecimiento: Se requiere el enriquecimiento con plantas nativas en una superficie de 1,16 hectáreas. Las plantas se establecerán en zonas libres de vegetación, es decir claros o cualquier espacio disponible para plantar y serán distribuidas procurando de establecer un distanciamiento entre plantas de 2,5 x 2,5 metros, dispuestas homogéneamente en la superficie a restaurar. La superficie efectiva de plantación, corresponde a 0,65 hectáreas en la que se distribuirán 1.402 plantas (ver Figura N°14).

Figura N°14: Imagen referencial faena de enriquecimiento.


3.2.9. Diseño de plantación con protección individual: Se contempla la plantación de 1.480 plantas con protección individual. El diseño de plantación corresponde a un esquema mixto, que considera: a) plantación homogénea en tresbolillo, con un espaciamiento de 3×3 m; b) plantación bajo la cobertura de árboles aislados, en exposición sur, dispuesta en dos fajas con distanciamiento de 2×2 m entre fajas y entre individuos; y c) plantación en fajas a ambos lados del cauce temporal, con un espaciamiento de 2×2 m entre plantas (ver Figura N°15). El objetivo de esta actividad es generar cobertura arbórea en sectores donde las condiciones microclimáticas de sombra y humedad favorecen el prendimiento, supervivencia y posterior establecimiento de los individuos plantados. La superficie total asociada a esta actividad corresponde a 5,25 ha, incrementando la cobertura vegetal adyacente al bosque de ribera que protege el curso de agua (ver Figura N°15).

Figura N°15: Faena de plantación con protección individual.


3.2.10. Diseño de plantación en núcleos con cerco modular: Se requiere la plantación suplementaria de 690 plantas distribuidas de forma agrupada en un total de 30 núcleos en el predio del Sr. Ricardo Fuentes, ubicado en el sector Las Parras, comuna de Puyehue. La plantación se ejecutará en núcleos dentro de cercos modulares de 6 x 6 m, previamente marcados en la superficie a restaurar. En el interior de cada módulo se dispondrán 23 plantas, ubicadas a 1 m del perímetro del cerco para evitar el ramoneo por parte de animales vacunos; la superficie efectiva destinada a plantación por módulo será de 25 m². La distribución de plantas será homogénea, distanciadas a 1x1 m y en tres bolillos (ver Figura N°16). No obstante, si en el área efectiva de plantación, existe vegetación o presencia de raíces o tocones que imposibiliten la colocación de una planta, esta deberá ser plantada en el espacio adyacente más cercano e idóneo.

Figura N°16: Distribución plantas en núcleo dentro del cerco modular.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.