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RESOLUCIÒN DE EMPATES |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “REQUISITOS TECNICOS”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "TIEMPO DE RESPUESTA”
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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DISPOSICIONES QUE REGIRAN EL PROCESO LICITATORIO Y EL CONTRATO RESPECTIVO |
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La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886, su reglamento y las presentes bases. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita el CESFAM LLay LLay, sea que ellas fueren requeridas por los oferentes o bien impartidas por esta organización de oficio. Las partes se regirán por las disposiciones contenidas en los siguientes textos normativos y documentos, según orden de prelación, que se indica en: a) La Ley n° 19.886 y su Reglamento. b) Las presentes bases de licitación, sus anexos, aclaraciones, respuestas y las modificaciones a las bases si las hubiere. c) Oferta efectivamente adjudicada. d) La resolución de adjudicación. e) Orden de Compra.
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DE LA READJUDICACIÒN |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal de compras y contrataciones públicas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el CESFAM solicitará a los proponentes antes de la fecha de su expiración, la prórroga de las ofertas. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta podrá no ser considerada.
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ACLARACIÒN DE LAS OFERTAS |
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El CESFAM podrá solicitar a los oferentes que solucionen errores u omisiones formales, a través del Portal, durante la etapa de recepción de ofertas y de evaluación de las mismas, hasta que se publique la resolución adjudicatoria correspondiente en el Portal www.mercadopublico.cl Lo anterior, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y, además, se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta, por parte del mandante, como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Portal. Los requerimientos y las respuestas serán publicados en el Portal, para conocimiento de todos los oferentes. Las respuestas o aclaraciones deberán efectuarse dentro del plazo de 48 horas contadas desde la formulación de la solicitud respectiva. El CESFAM en esta etapa podrá permitir la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. En el caso de que uno o mas oferentes omitan algún antecedente de caracter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento del CESFAM. Este punto será evaluado de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes Bases de Licitación.
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DE LA FECHA DE ADJUDICACION |
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En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación establecida en las bases de la licitación, el CESFAM de LLay LLay publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando ahí las razones del estado.
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DE LOS PAGPS |
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La Sección Contabilidad cancelará las facturas o boletas que emita el proveedor adjudicado, previa recepción conforme de las mantenciones efectuadas por el Jefe de Servicios Generales del CESFAM, dentro de los 3'0 dias a contar de la fecha de recepción del documento en Oficina de Partes del CESFAM, ubicada en Agustin Edwards 59, segundo piso, Comuna de LLay LLay.
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MODIFICACIÒN DE LOS DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA |
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El CESFAM LLay LLay, por cualquier causa, y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá modificar los documentos de la propuesta mediante aclaraciones o enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a las consultas presentadas por algún proponente. Las enmiendas, en caso de existir, serán publicadas en el portal mercado publico, exigencia que tendrá caracter obligatoria para todos los participantes del procesos licitatorio. El CESFAM tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, si el nivel de enmiendas y aclaraciones así lo amerita.
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DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El presente contrato tendrá una vigencia de 36 meses a contar de la fecha de su adjudicación, sin perjuicio de las causales de término anticipado establecidas en el documento bases administrativas adjunto.
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BASES TECNICAS DE REQUERIMIENTO DE DOSIMETROS |
1. La adquisición de servicios de dosímetros personales, utilizables en porta dosímetros, para funcionarios de la unidad de rayos x dental que toman radiografías y/o apoyan en dichas tomas.
2 .Se requieren, además, los porta dosímetros necesarios para los dosímetros en uso.
3. Los porta dosímetros deben cumplir las normas técnicas dispuestas por el D.S. n° 03/ 1985 “Reglamento de Protección Radiológica de instalaciones radioactivas"
4.La características generales mínimas exigidas para los dosímetros son las siguientes: - Factor de sensibilidad aplicado automáticamente basado en código de barras 2D- Sensibilidad lineal de 10uSv a partir de 1 mrem hasta 10 usv (1000rem). Rango de medida de energía, desde 5keV a 20Mev. Reporte de dosis (gamma, beta y rayos x ) detección de neutrones adaptando el cr-39, con dosis mínimas reportables de fast 200uSv ( 20mrem) tremales/ intermedio 100usv ( 10mrem). Dosímetro OSL cuerpo entero, con capacidad de Re-lectura, informes de dosis en 24 horas, con plataforma web, 24/7, tejido equivalente. Dimensiones: 8x3x1 material poliestireno.
5 .Los dosímetros personales ofertados deben tener un plazo de vigencia de 3 meses y deberán ser reemplazados periódicamente, luego de cumplida la vigencia.
6. El oferente debe incluir el tiempo de vigencia de los dosímetros y avalar su reposición por el periodo del contrato.
7. Los dosímetros deben estar identificados con su código de serie, código de barra identificación, código 2D de sensibilidad y etiquetas personalizadas.
8. El oferente adjudicado se debe comprometer a enviar los certificados al ISP de los resultados de las dosimetrías.
9. La cantidad de dosímetros y porta dosímetros puede aumentar o disminuir según necesidad del Centro de Salud Familiar.
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OTROS REQUERIMIENTOS TECNICOS |
1. Los oferentes deben contar con el personal especializado que exige la normativa, especificando responsable técnico y responsable del Programa de garantía de calidad.
2. Las instalaciones arquitectónicas deben estar acordes con la legislación y normas específicas al igual que las instalaciones eléctricas e hidráulicas.
3. Debe existir un control de los parámetros ambientales y las condiciones ambientales deben ser las adecuadas y cumplir con los requerimientos especificados por el fabricante de los dispositivos.
4. Deben contar con un Programa de garantía de calidad con el objetivo de asegurar la calidad de los procedimientos y practicas adoptadas internamente en el servicio, avalado por un Manual de Garantía de Calidad.
5. Los oferentes deberán tener las condiciones de almacenamiento y control de dosímetros no irradiado.
6. En aquellos casos que algún dosímetro pudiese mostrar alguna alteración o deficiencia este debe ser reemplazado de inmediato asegurando el cumplimiento de la legislación vigente.
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DOCUMENTOS DE LOS OFERENTES |
- Certificado de autorización y reconocimiento del Instituto de Salud Pública (ISP) de Chile.
- Resolución de autorización sanitaria para prestar servicio de dosimetría personal externa a los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes.
- Declaración jurada (formato propio), que certifique la ausencia de contaminación significativa en los dosímetros.
- Indicar la reglamentación y normativa a la que se atienen.
- Documento en el cual certifica que la empresa controla la dosimetría de sus trabajadores ocupacionalmente expuestos.
- La empresa deberá certificar experiencia de al menos 3 años en arriendo de dosímetros a otras instituciones de salud.
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CAMBIO DE LOS DOSIMETROS |
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1. El recambio de los dosímetros deberá ser trimestral con un informe dosimétrico al mismo periodo. Para todos los efectos de los cambios de los dosímetros en cada trimestre, la empresa deberá efectuar un acta de baja de los dosímetros identificando su número de serie, color, reponiendo inmediatamente por otro con los mismos valores identificadores y color distinto del trimestre de uso.
2. Los equipos deben ser cambiados al término de cada trimestre, 48 horas antes del término de este.
3. El odontólogo encargado del servicio de radiología dental informará a la empresa las fechas de inicio y termino de uso de cada dosímetro y coordinará la devolución y/o recepción de los dosímetros. En este acto, la empresa deberá facilitar el registro en la entrega mediante una guía de despacho, donde consten los datos de los dosímetros y su asignación.
4. El Centro de Salud Familiar Llay Llay podrá solicitar el aumento o disminución de los equipos de dosimetría personal por las siguientes causas: aumento de personal de planta, restitución por pérdida de dosímetros o disminución por retiro de funcionarios del establecimiento.
5. Experiencia: la empresa deberá certificar experiencia de al menos 3 años en arriendo de dosímetros a otras instituciones de salud, en establecimientos de similar envergadura o mayor que la del Centro de Salud familiar Llay Llay. Para lo cual deberá indicar el nombre de las instituciones con los contactos, respaldado con antecedentes escritos. Esto será considerado como cumplido para la oferta del Instituto de Salud Pública.
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PERIODICIDAD DE LA ENTREGA DE INFORMAS DE DOSIMETRIA |
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El CESFAM requerirá que el INFORME DE DOSIMETRIA sea trimestral, DESDE EL AÑO 2026 POR EL PERIODO NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2025 SERA UN BIMESTRE QUE DEBERA SER FACTURADO ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025
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