Licitación ID: 1126-7-LE25
CONSULTORIA SAT U.O. APICOLA BIOBIO 2 AREA TIRUA
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de extensión 1 Global
Cod: 70141705
Contratación de consultor para la provisión del SAT para los usuarios articulados al mercado, pertenecientes a la siguiente UO de SAT: U.O. Apícola Biobío 2: de la agencia de área Tirúa para 17 usuarios.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORIA SAT U.O. APICOLA BIOBIO 2 AREA TIRUA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo es la provisión servicios profesionales para ejecución del Programa de Asesoría Técnica (SAT), de acuerdo con Norma Técnica y Procedimiento Operativo del Programa SAT, aprobada por Res. Exenta Nº: 0070-0042192024 de 01/02/2024, Aprobó la Norma Técnica y Procedimiento Operativo del Programa SAT y su modificación aprobada por Res. Exenta Nº: 0070-0062252024 del 19/02/2024.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región del Bio Bio
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Serrano 529
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-04-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 04-04-2025 18:37:07
Fecha inicio de preguntas: 04-04-2025 20:00:00
Fecha final de preguntas: 09-04-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-04-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-04-2025 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-04-2025 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 12-05-2025 18:29:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- De acuerdo a lo estipulado en el punto 6. ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS y 9. REQUISITOS DE APERTURA Y ADMISIBILIDAD de las bases Administrativas de Licitación
Documentos Técnicos
1.- De acuerdo a lo estipulado en el punto 6. ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS y 9. REQUISITOS DE APERTURA Y ADMISIBILIDAD de las bases Administrativas de Licitación
 
Documentos Económicos
1.- De acuerdo a lo estipulado en el punto 6. ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS y 9. REQUISITOS DE APERTURA Y ADMISIBILIDAD de las bases Administrativas de Licitación Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Administrativo De acuerdo a lo estipulado en el punto 10.4. Criterios de Evaluación. de las Bases Administrativas de Licitación 10%
2 Técnico De acuerdo a lo estipulado en el punto 10.4. Criterios de Evaluación. de las Bases Administrativas de Licitación 70%
3 Económico De acuerdo a lo estipulado en el punto 10.4. Criterios de Evaluación. de las Bases Administrativas de Licitación 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Subtítulo 24, ítem 09, Asignación 415
Monto Total Estimado: 36739584
Justificación del monto estimado El presupuesto para la licitación corresponde a 36.739.584, impuestos incluidos, para un contrato 24 meses y la atención de 17 usuarios, según punto 16. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO de las bases administrativas de licitación
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: De acuerdo con lo establecido en el punto 14. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO de las Bases Administrativas de Licitación
Observaciones El pago se realizará de acuerdo a las cuotas que queden establecidas y se pagarán de acuerdo al cumplimiento de las condiciones estipuladas y exigidas en el contrato.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: BARBARA VALENZUELA BRAVO
e-mail de responsable de pago: bvalenzuela@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: CARLOS IRIBARREN
e-mail de responsable de contrato: ciribarren@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2184800-4808
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 02-08-2027
Monto: 5 %
Descripción: Se aceptará como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista con carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tales como: Boleta Bancaria Póliza de seguro de ejecución inmediata Certificado de Fianza a la Vista Vale a la vista No se aceptarán cheques como instrumento de garantía. En caso que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente. Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente. La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 121 del Reglamento de Compras.
Glosa: Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento del Contrato para los “Servicios de Asesoría Técnica de la Unidad Operativa Apícola Biobío 2, de INDAP Región del Biobío para 17 usuarios”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes. Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato. INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en la cláusula 18.1 y 18.3 (ambas último inciso), 18.4 punto 7, 18.4 punto 11 y 18.4 punto 12 de las presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el adjudicatario podrá presentar uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
11.1 Re-Adjudicación La re-adjudicación podrá ser ejercida cuando el proveedor originalmente adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1. Que se encuentre inhábil o que Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; 2. Que desista de su oferta. 3. Que se rehúse a suscribir el contrato yo aceptar la orden de compra indicado el inciso noveno del artículo 58 del Reglamento de Compras Ley N° 19.886; 4. Que no entregue la documentación requerida para contratar, así como el no cumplimiento de las demás condiciones y requisitos para la suscripción de contrato, según lo indicado en la cláusula 12 de este documento. 5. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 6. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en la cláusula N° 23 de estas bases de licitación. INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
Resolución de Empates
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
En primer lugar, se seleccionará aquella oferta que haya tenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre enfoque de genero.
En segundo lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio II. Experiencia del profesional y/o técnico que asumirá el Servicio Base.
En tercer lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio III. Experiencia de los profesionales que prestarán Asesoría de Especialista.
En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición
de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de licitación desierta, deben ser
aprobadas por Resolución fundada.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a gasprea@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Respecto a cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social (obligaciones laborales y previsionales):
INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por
término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la Ley N° 20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado de
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto a sus trabajadores, previo requerimiento de INDAP. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser
acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
En el caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor del subcontratista, el
monto de que es responsable, debiendo pagar con esta retención a los trabajadores o institución previsional acreedora, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. De la misma forma, en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, INDAP estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, según lo establece el artículo 124 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886.
El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que del oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados en estas bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Pacto de integridad
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos y obligaciones:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la
Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo
485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe
evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos
Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio,
en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, que
pudiera implicar un conflicto de intereses presente o futuro, entre el respectivo proveedor e NDAP.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar
de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo
que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio
y en la ejecución del contrato.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases
de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estos términos de referencia, así
como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. No tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de INDAP.
9. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso de contratación es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
10. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de
su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
11. El proveedor, una vez iniciado el procedimiento de contratación, se obliga a cumplir la prohibición contenida en el
artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados
en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen
funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad
jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de
Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en
la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad
indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus
respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del
adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación,
dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado,
pudiendo re-adjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N°11.1 de las presentes bases de licitación.
En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada
por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el
proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en
conformidad con la cláusula N° 18.1 y cláusula 11, de estas bases de licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.