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PRECIOS |
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El precio de la(s) oferta(s) presentada(s) vía portal Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional y en valores netos y deben coincidir con los informado en el correspondiente anexo de oferta económica.
Los valores consignados en la oferta, presentados por el oferente, deben considerar cualquier otro costo asociado a ésta, incluyéndose tanto los costos directos asociados, aun cuando no estén indicados expresamente en los antecedentes de la licitación, conforme al Principio de Buena Fe que rigen a los contratos. De lo anterior, se colige que no se aceptará bajo ningún respecto cobro extraordinario por conceptos que no hayan sido incorporados en la oferta y en consecuencia autorizados, en la respectiva resolución de adjudicación de la licitación en comento. Costos que deberán ser asumidos por el proveedor para todo efecto legal.
Las ofertas se considerarán para todo efecto que poseen una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de las ofertas en el portal Mercado Público
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EVALUACION |
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La Comisión de Evaluación estudiará las ofertas que cumplan los requerimientos exigidos, en función de las más convenientes para los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado aplicando los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y hará una propuesta de adjudicación a la Dirección del Servicio; o bien propondrá fundadamente declarar desierta la licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes para el cumplimiento de su labor.
La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases consecutivas:
1. Fase I: Se verificará la integralidad del contenido de fondo de los documentos adjuntos a cada oferta declarada como “aceptada” a través del Acta de Apertura Electrónica, realizando un análisis exhaustivo de cada uno de ellos. Solo las ofertas que cumplan con las exigencias solicitadas en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES” pasarán a la siguiente fase II de evaluación. La oferta será declarada “inadmisible” si no cumple con lo establecido precedentemente. Lo anterior no obsta a que la comisión en su cometido, revise aquellas ofertas declaradas por el Sub-Departamento de Adquisiciones como “rechazadas”, de acuerdo a lo señalado en el acápite “APERTURA DE LAS PROPUESTAS”.
2. Fase II: Se realizará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las ofertas declaradas como “admisibles”, aplicando lo señalado en el acápite “CRITERIOS DE EVALUACION”.
Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación o no en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en estas bases.
La Comisión de Evaluación informará al Sr. Director del Hospital Lonquimay el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s).
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ADJUDICACION |
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El Director del Hospital Comunitario Intercultural de Lonquimay adjudicará la propuesta a través del portal, según la información proporcionada por la comisión de evaluación en el informe de evaluación, la que será publicada y notificada el adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio, de acuerdo con el artículo N°6 del Reglamento de la Ley de Compras.
El Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta que resulte ser la más conveniente para los intereses del Servicio, aunque no sea la de menor precio, que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las Bases, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada, en la cual se especificarían los aludidos criterios; o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Servicio, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. Asimismo, el Servicio podrá declarar desierta la totalidad de la licitación o algunos de sus ítems si las ofertas no se ajustaren al precio estimado por el Servicio para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los casos que proceda, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del artículo N°11 del Reglamento de la Ley de Compras. La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el Portal.
Cuando la adjudicación no se realice, sea o no por causas imputables al Servicio, dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El contrato comenzará desde la aprobación de la adjudicación por resolución de adjudicación fundada y se tendrá una vigencia de 12 meses. Dicho contrato podrá ser renovado mediante resolución exenta por un máximo de 1 período anual (12 meses), si el proveedor resulta bien evaluado y se cuenta con la disponibilidad presupuestaria, para lo cual ambas partes deben consentir expresamente en ello y por escrito. Dicha facultad podrá efectuarse con una anticipación de hasta 10 días hábiles al término de la vigencia del respectivo período, y en caso contrario se entenderá que las partes han consentido en no perseverar en el referido contrato. En caso de renovarse el contrato, se deberán reajustar los valores originariamente ofertados por la variación que haya experimentado el índice de precios al consumidor (IPC) en el período de vigencia del contrato.
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Resolución de Empates |
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En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatara a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1.- El oferente mejor evaluado en el criterio precio.
2.- El oferente mejor evaluado en el criterio ubicación casa matriz o sucursal.
3.- El oferente mejor evaluado en el criterio Certificaciones.
4.- El oferente mejor evaluado en el criterio Experiencia.
Si aun así no fuere posible desempatar, y con el fin de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes, se resolverá adjudicando a quien haya ingresado primero la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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Resolución de Empates |
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En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatara a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1.- El oferente mejor evaluado en el criterio precio.
2.- El oferente mejor evaluado en el criterio ubicación casa matriz o sucursal.
3.- El oferente mejor evaluado en el criterio Certificaciones.
4.- El oferente mejor evaluado en el criterio Experiencia.
Si aun así no fuere posible desempatar, y con el fin de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes, se resolverá adjudicando a quien haya ingresado primero la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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