Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES 70.072.600-2
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Fecha de vencimiento:
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31-08-2026
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Monto:
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5
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Descripción:
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El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y previsionales, presentando una garantía equivalente al 5% del valor total neto del respectivo contrato, dicha garantía debe ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos y con una vigencia mínima de 60 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato.
Podrá ser presentado una boleta de garantía, vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica, el certificado de fianza a la vista o cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que tenga el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, nominativo y no endosable y pagadera a la vista, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y del pago de obligaciones laborales y sociales.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (ex Superintendencia de Valores y Seguros de Chile), extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo electrónico y recibido por Oficina de Partes de la Dirección Regional Metropolitana de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio será informado oportunamente.
Unidad Jurídica Regional, cuenta con un plazo los 3 días hábiles contados desde la notificación en el portal, de la Resolución de adjudicación, para contactar al o los oferentes adjudicados, a fin de coordinar la suscripción de contrato.
La Subdirección de Asesoría Jurídica, para la suscripción de contrato, cuenta con 10 días hábiles, contados desde la solicitud de antecedentes al o los oferentes.
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL CURSO DE CAPACITACIÓN “REFLEXIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE LAS PRACTICAS PEDAGÓGICAS”, MODALIDAD PRESENCIAL DESTINADA A FUNCIONARIAS EDUCADORAS Y TÉCNICOS EN PÁRVULOS DE LOS JARDINES INFANTILES DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES”.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato establecido del Anexo N°8 en las presentes bases.
Para la autentificación de los documentos de garantía, En consideración a que las entidades financieras (Bancos y Aseguradoras), tienen una serie de requerimientos no estandarizados para la certificación de autentificación de los documentos en garantía y, que la mayoría de ellos, solo emiten un certificado al tomador de garantía y no al beneficiario; el oferente deberá adjuntar el certificado de validez al documento de garantía presentado.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error o defecto formal, que se contenga en el instrumento de garantía expresado defectuosamente, dentro del plazo previsto para su presentación. Si la subsanación se requiriere el último día de ese término, se concederán tres (3) días hábiles para la corrección del documento de garantía. Si en el período de vigencia del contrato, se resuelve la aplicación de una multa, el adjudicatario deberá gestionar el pago correspondiente, de modo directo a Junji, en los términos que señale el acto administrativo correspondiente.
De no cumplirse con el pago directo de multa o bien, no se regulariza la situación anómala, la JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato.
El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
En todos aquellos casos en que se disponga el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin que se haya puesto término al contrato, el adjudicado se obliga a constituir una nueva por monto total y con la vigencia original, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
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Glosa:
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EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL CURSO DE CAPACITACIÓN “REFLEXIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE LAS PRACTICAS PEDAGÓGICAS”,
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de las garantías de fiel cumplimiento se realizará en la Unidad de Tesorería de la Dirección Regional Metropolitana, ubicada en calle ahumada N°11, 5° piso, comuna de Santiago, en los días y horarios que se le informe al proveedor prestador del servicio, mediante correo electrónico.
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