La
evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión, integrada
por 3 funcionarios pertenecientes a la DCCP, designados por el Director
a través de una resolución.
Esta
comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al
Director de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de
evaluación contenidos en las presentes bases y en virtud del proceso de
evaluación descrito a continuación.
Evaluación de las Ofertas:
1°
Para efectos de esta evaluación, se considerarán sólo los productos
ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha
Electrónica y que además correspondan a las categorías y tipos de
productos solicitados en esta Licitación.
2° Se exigirá el
cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 6
“Instrucciones para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación.
Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal,
quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la
evaluación. El oferente podrá ofertar por uno o más productos
licitados, no siendo obligatorio postular a todos ellos.
3°
Criterios de Evaluación:
La
evaluación de las ofertas, se realizará sobre la bases de los
siguientes criterios y ponderaciones respectivas para cada una de las
categorías definidas:
CRITERIO
|
PONDERACIÓN
|
Precio
(P)
|
60%
|
Porcentaje
de recargo por entrega de productos en regiones distintas al origen (F)
|
15%
|
Descuentos
por montos de orden de compra (D)
|
20%
|
Desarrollo
sostenible (S)
|
3%
|
Cumplimiento de los requisitos formales de
presentación de la oferta (R)
|
2%
|
Los
puntajes serán obtenidos por medio de la aplicación de los criterios de
evaluación y sus ponderaciones. La evaluación será realizada a través
del siguiente polinomio:
Fórmula General:
PUNTAJE= (P×0,6)+(F×0,15)+(D×0,2)+(S×0,03)+(R×0,02)
En particular, para las Categorías que
contengan Alimentos Perecibles, la DCCP evaluará regionalmente el
criterio Precio, para cada uno de los ítems ofertados por el
oferente, tomando en consideración su región de origen, declarada en la
ficha electrónica de oferta; En tanto, para las Categorías que
contengan Alimentos No Perecibles, la DCCP evaluará Nacionalmente el criterio Precio para cada uno de los ítems
ofertados por el oferente.
La evaluación de los criterios
Porcentaje de recargo por entrega de productos en regiones distintas al
origen (F), Descuentos por montos de orden de compra
(D), Certificaciones de Calidad (C), Desarrollo sostenible (S) y
Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta
(R), se calcularán para el total de la oferta y su resultado se sumará
al puntaje obtenido por cada ítem ofertado, en el criterio precio, en
relación a la categoría en la cual está circunscrito.
Para efecto de la evaluación regional,
del criterio Precio, señalada precedentemente, se tendrá en
consideración la región de origen del oferente.
DEFINICIÓN Y ASIGNACIÓN DE
PUNTAJE
A
continuación se analizará cada uno de los criterios de evaluación
definidos en las presentes bases:
1.-
PRECIO (60%)
Tratándose
de productos pertenecientes a la categoría de Alimentos Perecibles, la
evaluación de este criterio, considerará el precio por ítem similar
ofertado, es
decir ítems o productos con igual tipo de producto, Modelo y
medida, considerando para ello, la ficha Electrónica emitida por la
DCCP, donde se describe claramente el ítem a ofertar, comparando el
valor ofertado por el proponente, con el menor precio ofrecido entre
todos los participantes en el ítem respectivo.
Tratándose
de productos pertenecientes a la categoría de Alimentos No Perecibles,
la evaluación de este criterio, considerará el precio por ítem idéntico
ofertado, es decir ítems o productos con igual Marca, Modelo, Medida y
Formato de venta, considerando para ello, la ficha Electrónica emitida
por la DCCP, donde se describe claramente el ítem a ofertar, comparando
el valor ofertado por el proponente, con el menor precio ofrecido entre
todos los participantes en el ítem respectivo.
Los precios ingresados por los oferentes deben ser expresados en valores netos (sin impuestos, como por ejemplo, IVA, IABA, ILA y cualquier otro impuesto que se encuentre asociado a los productos del presente Convenio Marco), en números enteros y sin decimales.
Las
ofertas de productos con valor cero y uno, en el precio, serán
descartadas de la evaluación.
Adicionalmente,
si en el proceso de evaluación se constata que la totalidad de los
proponentes que han ofertado por un determinado ítem o producto, lo han
hecho por un precio idéntico, se procederá a desestimar todas las
ofertas referidas al mismo producto o ítem, no pudiendo ser adjudicada
ninguna de ellas.
Asimismo,
se identificarán aquellos productos cuyos precios no se consideren como
válidamente ofertados, es decir, que correspondan a errores evidentes,
entendiendo por tales, aquellos en que los precios ofertados estén
notoriamente fuera y alejados de la curva de distribución normal de
precios. Para efectos de determinar los errores evidentes, la DCCP
aplicará la siguiente fórmula para la identificación de un intervalo de
confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre
los cuales fluctuará el precio de cada ítem o producto, para ser
considerado como oferta válida.
El
cálculo del intervalo de confianza, será realizado de la siguiente
fórmula:
IC =
[P-nS , P+nS]
Dónde:
IC = Intervalo de Confianza
P = Promedio de los valores
ofertados
n = 1
S = Desviación Estándar (*)
(*) Se
entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del
valor promedio.
Con
la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde
se determinará una banda de precios. Los precios que se encuentren por
sobre el Límite Superior del intervalo serán considerados errores evidentes y por tanto no serán
considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se
encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100
puntos en el criterio precio y no serán considerados en la evaluación
de este punto.
Aquellos
productos a los cuales se les asigne 100 puntos en el criterio precio,
por encontrarse bajo el límite inferior del intervalo de confianza y
que resulten adjudicados, no podrán ser bloqueados en un periodo mínimo
de 3 meses a contar del plazo de vigencia del convenio marco.
Finalmente,
las ofertas de precios que se encuentren dentro del intervalo de
confianza de aquellos productos que no fueron descartados por variación
porcentual, se le aplicará la siguiente formula, donde se comparará el
precio del producto evaluado entre todos los proveedores, respecto del
precio mínimo para el mismo producto evaluado:
Puntaje
Precio = ((Precio Mínimo Producto) / (Precio Producto Ofertado)) × 100
En el
caso que algún oferente desee incorporar productos que no existen en el
listado de productos a ofertar, vale decir, productos nuevos, éstos
serán comparados y homologados entre sí, y/o, con los productos
licitados, tras lo cual, serán evaluados siguiendo los procedimientos
ya descritos.
La
incorporación de nuevos productos no podrá exceder la cantidad máxima de 60
productos, en caso de que el proveedor oferte una cantidad
superior se procederá a excluir su oferta por nuevos productos y se
consideraran sólo aquellos que están dentro de esta licitación.
Cuando
un producto, no pueda ser comparado con algún otro producto ofertado,
le serán asignados 95 puntos en el criterio de precio y no será
considerado en la fórmula de asignación de puntaje del criterio precio.
La
DCCP podrá verificar que los precios ofertados corresponden a
transacciones normales del negocio chequeando contra los productos
activos del Catálogo Electrónico durante el periodo de evaluación. En
los casos que la DCCP no encuentre disponible en el Catalogo
Electrónico, los precios de referencia, podrá solicitar un número
representativo de facturas, bajo el concepto de “aclaraciones a la
oferta”, o verificar precios en el mercado.
El
procedimiento de evaluación relacionado al intervalo de confianza se
explica detalladamente en el Anexo N° 6 “Intervalo de confianza
asociado a la desviación estándar”.
2.-
PORCENTAJE DE RECARGO POR ENTREGA DE PRODUCTOS EN REGIONES DISTINTAS AL
ORIGEN (15%)
Los
precios ofertados, deben considerar el valor que implica entregar el
producto según corresponda en la región de origen declarada por el
oferente, por lo tanto, NO
DEBE aplicar
recargo por entrega en la región de origen.
En
caso de aplicar recargo por entrega en regiones distintas a la de
origen, se deberá indicar en la Ficha Electrónica de Oferta el
porcentaje de recargo sobre el valor de la orden de compra, EN NÚMEROS ENTEROS, SIN
DECIMALES, en caso contrario, el valor será aproximado al entero
mayor más cercano para efectos de evaluación.
Para
el cálculo de este puntaje por recargo por entrega de productos en
regiones, se seguirá el siguiente procedimiento:
a) Se
obtendrá para cada región, el porcentaje de recargo mínimo ofertado
entre todos los oferentes que despachan a esa región y será comparado
con el porcentaje de recargo ofertado por cada proveedor en dicha
región, donde se utilizará la siguiente fórmula:
P 1 =
((Porcentaje de Recargo Mínimo Ofertado por Región)/(Porcentaje de
Recargo Ofertado por oferente))×100
En el
caso que un oferente ofrezca cero por ciento (0 %) de recargo en una
región distinta a la de origen, se le asignará para esa región el
máximo de puntaje (100 puntos) y no se considerará en la fórmula de
evaluación general, sin embargo, sí será considerado el coeficiente de
la región en la cual ofertó 0%, para la suma de coeficientes que se
utiliza para el cálculo de recargo por entrega de producto descrito en
el punto c.
En
caso que algún proveedor, declarase recargo por entrega de productos en
la región de Origen, la DCCP eliminará la cobertura para esa región y
ésta no será considerada para efectos de evaluación.
b) El
resultado obtenido (P1) será multiplicado por el Coeficiente definido
para cada Región, obteniéndose así resultados regionales (P2).
P2 =
P1 × Coeficiente Regional
Los
coeficientes definidos para cada Región son los siguientes:
REGIÓN
|
COEFICIENTE
|
XV
|
1
|
I
|
1
|
II
|
1
|
III
|
1
|
IV
|
1
|
V
|
4
|
VI
|
1
|
VII
|
1
|
VIII
|
2
|
IX
|
2
|
X
|
1
|
XIV
|
1
|
XI
|
1
|
XII
|
1
|
RM
|
10
|
c) La
suma de los P2 o resultados regionales obtenidos por cada oferente, se
dividirá, por la suma de coeficientes en los cuales haya participado el
oferente.
Para
obtener el Puntaje F, definido en el punto “3° Criterios de
Evaluación”, título “Fórmula general” de las presentes bases, se
aplicará la siguiente formula:
Puntaje
F = ((Sumatoria Resultados Regionales)/(Sumatoria de Coeficientes))-2
Conforme
a lo anterior, aquellos proveedores que ofrezcan un 0% como promedio
simple en el recargo por entrega de producto, obtendrán automáticamente
el máximo puntaje en este criterio y no serán considerados en la
fórmula.
Aquellos
proveedores que ofrezcan un valor superior a 0% como promedio simple,
en este criterio, serán evaluados con los pasos descritos previamente.
Para
el caso que algún Oferente no complete los valores de recargo, en
alguna o algunas de las regiones que declara ofertar en el Formulario
Electrónico de Oferta, se considerará como “0” el porcentaje de recargo.
3.-
DESCUENTOS POR MONTOS DE ORDEN DE COMPRA (20%)
Para
el cálculo de este puntaje, se seguirá el siguiente procedimiento:
a) Se
multiplicará cada uno de los descuentos ofertados, por el ponderador
asignado para cada tramo de descuento, conforme a lo indicado en la
siguiente tabla:
TRAMO (EN $)
|
PONDERADOR
|
1
|
150.000
|
44%
|
150.001
|
500.000
|
28%
|
500.001
|
1.000.000
|
20%
|
1.000.001
|
y más
|
8%
|
b)
Luego se procederá a sumar los resultados de la ponderación obtenidos
en a), para cada uno de los oferentes.
c) De
los resultados calculados en “b”, se obtendrá el puntaje para cada
oferente, para ello se considerará el descuento máximo obtenido y los
otros valores en la siguiente formula:
Puntaje
= 100 - [0,5 × ((Descto.Máximo - Descto.Oferente) / (Descto.Máximo)) ×
100]
Los
descuentos ofertados para cada tramo deberán ser progresivos y
crecientes respecto del tramo anterior. En el caso de que esto no
suceda, se le asignará 0 puntos en este criterio, y para efectos de la
operación del convenio, será considerado el mayor descuento ofrecido.
En
caso que el oferente no informe descuentos para uno o más tramos, se le asignará 0
puntos en este criterio.
4.- CUMPLIMIENTO DE POLITICAS Y PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD (3%)
La asignación de puntajes en este criterio, será realizada de acuerdo al nivel de cumplimiento de las materias, contenidos y de la entrega de los respectivos medios de verificación, que a continuación se indican de acuerdo a la siguiente tabla:
Materias y contenidos
|
Medio de verificación
|
a) El proveedor tiene un
programa de gestión ambiental que permita prevenir la contaminación generada
por sus productos y operaciones, mejorando de forma continua su desempeño
ambiental.
|
Certificado ISO
14001-2004 vigente o norma chilena equivalente o Certificación de Acuerdo de
Producción Limpia (APL).
|
b) El proveedor
identifica las fuentes de energía utilizadas e implementa acciones de
eficiencia energética.
|
Certificado ISO 50001
vigente (o norma chilena equivalente), o
Sello de eficiencia energética del Ministerio de Energía.
|
c) El proveedor cuenta
con un programa de gestión de residuos, e implementa acciones o políticas que
contribuyen al cumplimiento de estos programas.
|
Acuerdos de reciclaje de
desechos electrónicos, papel y/o vidrio.
|
d) El proveedor cuenta
con un programa para promover la conciencia ambiental en su personal y
capacitarlo en el adecuado uso de
equipos, instalaciones, materias primas, energía, agua, materiales,
residuos y otros desechos.
|
Enviar descripción del
programa y Declaración Jurada.
|
e) El proveedor dispone
de reporte de sostenibilidad.
|
Copia digital del informe
bajo en estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.
|
Aquellos oferentes que declaren el cumplimiento en al
menos una de las materias y contenidos señalados obtendrán los 100 puntos en
este criterio, siempre que adjunten el medio de verificación exigido.
El
proveedor deberá declarar afirmativa o negativamente (Declarando SI o
NO), conforme a lo dispuesto en el Anexo N° 2, “Declaración jurada
cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”, respecto
de si cumple con las materias y contenidos detallados en éste.
En
caso de contar con uno o más de los contenidos de sustentabilidad
anteriormente señalados, el oferente deberá adjuntar la respectiva
Declaración Jurada, junto con la documentación de respaldo que acredite
su cumplimiento, la que podrá ser validada y acreditada por la
Dirección ChileCompra.
En
caso de no contar con alguno de los contenidos de sustentabilidad, el
oferente deberá declarar la opción “NO” en los casos que corresponda.
Asimismo, se entenderá por declaración negativa (“NO”), en caso que:
1.-
El oferente omita acompañar el citado Anexo, o presentando dicho
documento no declare si cumple o no con alguno de los contenidos de
sustentabilidad.
2.-
No acompañar la documentación de respaldo que se requiere para cada
contenido de sustentabilidad.
3.-
No obstante acompañar la Declaración Jurada y documentación de
respaldo, no se logre acreditar o validar la existencia y/o veracidad
y/o contenido de la documentación.
A
continuación se detalla la documentación de respaldo que deberá ser
presentada por el proponente como medio de verificación, para la
acreditación, validación y/o comprobación del cumplimiento de los
contenidos de sustentabilidad:
a) El
Certificado ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o
versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en
NCh (Normas Chilenas).
Para
acreditar el cumplimiento de estas normas, el oferente deberá
presentar, el certificado oficial emitido por el correspondiente
organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o
ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente
reconocido. La señalada certificación, deberá estar vigente al momento
de la presentación de la oferta.
En
caso de no disponer del Certificado ISO 14001-2004 o equivalente,
también podrá presentar el certificado de producción limpia
(Certificado de cumplimiento de Acuerdo de Producción Limpia -APL), con
una vigencia mínima de 1 año, contado desde la fecha de presentación de
la oferta, o bien, copia del Logo del Certificado de Cumplimiento de
los APL “Estrella Azul”, con copia simple del “Contrato de Licencia de
Uso de Marca”, debidamente suscrito. La Dirección ChileCompra se
reserva el derecho de validar la información así como el contenido
entregado por el oferente, ante el Consejo Nacional de Producción
Limpia.
Presentar
el certificado de producción limpia de todas las empresas y/o
instalaciones productivas del oferente, acompañando una declaración
jurada ante notario, adjuntada como archivo electrónico,
individualizando tales empresas y/o instalaciones, haciendo expresa
declaración de que son las únicas con que cuenta el oferente al momento
de presentación de la oferta.
b)
Certificado ISO 50001 sobre sistemas de gestión energética (o versiones
posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh
(Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas, el
oferente deberá presentar el certificado oficial emitido por el
correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea
ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese
internacionalmente reconocido.
En
caso de no disponer del Certificado ISO 50001 o equivalente, podrá
presentar el sello de eficiencia energética entregado por el Ministerio
de Energía, el cual permite identificar y premiar a las empresas que
han determinado la eficiencia energética como una política transversal.
c)
Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio. Para
acreditar el cumplimiento de este acuerdo deberá adjuntar los convenios
de reciclaje de desechos vigente, que su representada mantenga hasta
antes del cierre de presentación de las ofertas. Un ejemplo de este
tipo de acuerdo es el de la Fundación San José.
· http://www.fundacionsanjose.cl/como-ayudar/reciclaje/.
· http://www.fundacionsanjose.cl/inscripcion-campanas/
d)
Programa para promover la conciencia ambiental en el personal de su
empresa. Para acreditar el cumplimiento de este programa, el oferente
deberá informar de manera completa y consistente al menos lo siguiente:
· Programa
y objetivos
· Monitoreo
del programa
· Evaluación
del programa
e)
Reporte de sustentabilidad bajo estándar GRI: Corresponde a una
Iniciativa de Reporte Global (acreditable a través de copia digital del
último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las
orientaciones y directrices de la GRI. Para mayor información puede
visitar el siguiente link:
http://www.globalreporting.org/home/languagebar/spanishpage.htm) o equivalente.
Se
deja expresa constancia, que la Dirección ChileCompra se reserva el
derecho de comprobar y acreditar la existencia, validez, veracidad y/o
atingencia de la información, documentación y/o certificaciones
entregadas, así como el contenido de las mismas.
5.-
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
(2%)
Se
considerará la completitud de la oferta en relación con los
antecedentes requeridos en el punto 6 “Instrucciones para la
presentación de oferta” de estas bases de licitación, es decir, no se
hará diferenciación por categoría. En tal sentido, cuando el proveedor
cumpla con todos los requisitos formales, al momento de presentar la
oferta, obtendrá 100
puntos en este criterio, en caso contrario, obtendrá cero puntos (0).
El
oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido
antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun
cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo
40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 puntos en
este sub criterio.
Para
obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:
CRITERIO
|
PUNTOS
|
Cumple
con los requisitos de presentación de oferta
|
100
puntos
|
No
Cumple con los requisitos de presentación de oferta
|
0
puntos
|